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1 Tema: Experimentación con embriones Subtemas implicados: Embriones híbridos Clonación Crioconservación 2 http://www.elmundo.es/elmundosalud/2007/04/26/biociencia/1177600813.html Las parejas españolas apuestan por donar a la ciencia sus embriones sobrantes Im a g e n d e u n a c lín ic a d e re p ro d u c icó n a iss tid a ( F o to : Ju tsy ) Actualizado jueves 26/04/2007 18:02 (CET) MARÍA VALERIO (elmundo.es) MADRID.- ¿Qué le gustaría hacer con sus embriones sobrantes de un proceso de fecundación 'in vitro'? Un equipo de investigadores andaluces planteó esta cuestión a 97 parejas que se habían sometido a esta técnica de reproducción asistida y la mitad respondió que los donaría para la investigación con células madre. Sólo el 1% contestó que los destruiría. Los entrevistados se habían sometido a una fecundación 'in vitro' en el Hospital Virgen del Rocío de Sevilla o en el Virgen de las Nieves de Granada hacía más de tres años y de hecho más del 65% de ellos tenían ya hijos (en algunos casos gemelos o incluso trillizos). Transcurrido ese tiempo, investigadores del Banco Andaluz de Células Madre les invitaron a una entrevista con un experto en embriología y un asesor legal para ver cuáles eran sus preferencias con respecto al resto de embriones sobrantes del proceso de fecundación y que permanecían congelados en un banco público. En los ciclos de fecundación 'in vitro', el número de embriones que se generan suele superar a los que se implantan en el útero de la madre. Las opciones eran cuatro: mantenerlos congelados hasta el final de la vida reproductiva de la mujer por si decidían de nuevo tener descendencia, donarlos a otras parejas infértiles (siempre con fines reproductivos y renunciando a cualquier obligación sobre los niños nacidos de esos embriones); destruirlos definitivamente, o bien donarlos a la ciencia para su uso en proyectos de investigación biomédica. En la cuarta opción "las parejas recibieron información actualizada sobre un proyecto de obtención de líneas de células madre embrionarias con una posible aplicación futura para el estudio del cáncer infantil", explica a elmundo.es José Luis Cortés, cumpliendo así con la legislación vigente en España sobre este aspecto que obliga a destinar los embriones para un proyecto concreto. El 49% de los participantes optó por donar sus embriones congelados para investigación, mientras que otro 44% optó por conservarlos criopreservados, "sobre todo si aún tenían una mínima posibilidad de volver a tener familia". Otro 7% eligió la donación a parejas con problemas de infertilidad y sólo el 1% eligió la destrucción del material. Juan Antonio García Velasco, director del Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI) en Madrid, reconoce que no le sorprenden los resultados. "Por nuestra experiencia sabemos que, transcurridos unos años desde el tratamiento, y cuando ya tienen un niño en casa, estas personas son más sensibles a la donación que antes de iniciar todo el proceso". De hecho, admite, el porcentaje de personas dispuestas a ceder sus embriones sobrantes, es creciente. "En parte gracias a la confianza que se ha creado con el centro y en parte debido a que reconocen que gracias a los avances de la ciencia ellos mismos han podido tener un hijo". La clave: conocer y entender todas las opciones 3 Los científicos, encabezados por Pablo Menéndez y José Luis Cortés, del Centro de Investigaciones Biomédicas de Granada, consideran que la clave para la elección del destino de los embriones congelados radicó en la completa y clara explicación de todas las opciones en el transcurso de la entrevista, lo que permitió aclarar las dudas de las parejas sobre los aspectos legales y éticos de la donación con fines científicos. La más frecuente, si su acto tenía algo que ver con la clonación. El trabajo no pasa por alto el hecho de que, a pesar de tratarse de un país de fuerte tradición católica, España cuenta con un ambiente y una legislación bastante favorable para los estudios con células madre embrionarias. A su juicio, sus resultados podrían ser extrapolables a otros países, como Estados Unidos, aunque reconocen que sus resultados contrastan fuertemente con los de otra investigación llevada a cabo en varias clínicas de fertilidad estadounidenses en 2003. En aquella ocasión, las parejas que estaban esperando para una fecundación artificial rellenaron un cuestionario para conocer cuántos embriones tenían congelados. Sólo el 2,8% de ellos respondió que donaría a la investigación el material sobrante; aunque como resaltan los científicos andaluces, se encontraban en una fase muy distinta del proceso. "El momento del ciclo reproductivo es importante", asegura Cortés, "no es lo mismo tener ya satisfechas las necesidades de descendencia que estar aún pendiente de quedar embarazada". Además, destaca, "una cosa es mandar un sondeo o cuestionario, y otra tener a la pareja delante en el momento que debe firmar el consentimiento informado". Según los datos del estudio, en 2003 había en España unos 100.000 embriones criopreservados sobrantes de procesos de reproducción asistida en un total de 203 clínicas. La nueva ley de investigación biomédica contempla la posibilidad de llevar a cabo experimentos de clonación terapéutica, siempre que estén relacionados con un proyecto concreto, autorizado por un Comité de garantías, y siempre que no requieran la creación de un embrión específicamente para ello. De hecho, la legislación española deja la última decisión sobre qué hacer con los embriones congelados sobrantes en manos de los padres. En un estudio llevado a cabo en 2003 por el Instituto Dexeus de Barcelona con 262 parejas que estaba intentando tener hijos mediante técnicas de reproducción asistida, el 74% respondió que aceptaría donarlos para investigación frente a sólo el 17% que los cedería a otras parejas. 4 http://actualidad.rt.com/ciencia_y_tecnica/medicina_salud/issue_27377.html Medicina Británicos experimentan mezclando humanos con animales Publicado: 25 jul 2011 | 17:32 Ultima actualizacion: 25 jul 2011 | 17:32 Científicos del Reino Unido han creado en secreto unos 150 embriones humano-animales. Esta información ha sido revelada por el periódico Daily Mail y ha causado una reacción inmediata en la sociedad. Los seres experimentales, que contienen material genético animal y humano, fueron creados para investigar diferentes vías de tratamiento de distintas enfermedades. La mezcla de humanos con animales ha sido posible gracias a la aprobación de la Ley de Embriología y Fertilización Humana de 2008. El acta permite crear 'cíbridos', donde un núcleo humano se implanta en una célula animal, y 'quimeras', donde se mezclan células humanas con embriones animales. La controversia generada por la noticia tiene raíces éticas. Así, el político británico Lord Alton, opina que experimentos con células madres de ninguna manera pueden tener éxito por razones de ética y moral. Por otra parte el profesor Robin Lovel-Badge, del Instituto Nacional de Investigaciones Médicas del Consejo Británico de Investigación Médica, cree que los estudios no son preocupantes porque las leyes prescriben destruir los embriones a los 14 días de su producción. La Ley de Embriología y Fertilización Humana de 2008 dio permiso oficial a cuatro instituciones británicas para experimentar con genes animales y humanos. Sin embargo, la falta de fondos detuvo las investigaciones. Los científicos no se desesperan y creen que esta área tiene un futuro revolucionario. 5 http://www.religionenlibertad.com/articulo.asp?idarticulo=17007 Genitoplástica Cirugías para «convertir» en niños a las niñas neonacidas, 9 Agosto 2011 Jorge Enrique Mújica El periódico «Hindustan Times» asumió la tarea de realizar una investigación detallada sobre la genitoplástica, una práctica de la cual se venía hablando últimamente pero de la que no se tenía una base ni datos del todo exactos. ¿Y a qué apuntan los resultados? A que unas 300 niñas habrían sido sometidas a una operación quirúrgica de «cambio de sexo» -a esto se le llama genitoplástica- en el Estado Madhya Pradesh en el centro de la India. «En India no hay problemas para este tipo de operaciones en cuanto que precisan sólo el consenso de los padres y su declaración», dijo al «Hindustan Times» el doctor Brijesh Lahoti, uno de los médicos que llegan a cobrar 3,200 dólares por las operaciones para modificar el aparato sexual y a las que se asocian tratamientos hormonales. En declaraciones recogidas por L´Osservatore Romano (cf. 13.07.2011, p. 7), el secretario de la comisión para la justicia y la paz de la Conferencia de Obispos Católicos de la India, padre Charles Irudayam, explicó el contexto de fenómeno: «Es fruto de una mentalidad que privilegia al varón como fuente de ganancias, y como hijo de mayor valor, mortificando la dignidad femenina». Y agrega: «La preferencia del hombre es un factor todavía fuerte en las familias de fe hindú, por la creencia de que, para salvarse, es necesario un hijo varón. Con el factor religioso el problema se vuelve de amplias dimensiones». Y es que en India más del 80% de la población es hinduista. Además de la negativa valoración moral, ¿qué valoración médica se puede hacer sobre este tipo de prácticas sobre las que, gracias a la presión de organizaciones de derechos humanos y de la misma Iglesia católica en India, la «Comisión Nacional India para la Protección de los Derechos del Niño» ha comenzado investigaciones? De acuerdo al doctor V. P. Goswamy, presidente de la «Academia India de Pediatras», «la genitoplástica es posible en una niña o niño normales, pero sabiendo que los órganos tenderán a no desarrollarse por la falta de hormonas y esto tendrá consecuencias graves». En declaraciones para «The Telegraph of Calcuta», el doctor Goswamy refiere que «esos casos que estamos conociendo son desconcertantes y merecen nuestra indignación e intervenciones apropiadas». La cirugía para «cambiar» el sexo a las niñas neonatas se ha presentado como alternativa al aborto selectivo de mujeres que en los últimos 20 años se ha cobrado más de 5 millones de vidas por el simple hecho de ser niñas. «Aquí, con la complacencia de estructuras hospitalarias sin escrúpulos, los padres pueden acceder a prácticas que consideran menos traumáticas que un aborto o la supresión de la neonata, o al menos así la justifican», subraya un artículo publicado en el diario italiano «Avvenire» (cf. 16.07.2011, p. 3). Según otros estudios citados por el mismo diario, son 7,000 en promedio los fetos abortados cada día, especialmente de niñas. Tomando en cuenta este dato, serían más de 10 millones las niñas que habrían sido eliminadas por aborto o apenas nacer por el sólo hecho de ser mujeres. De los más de 1,200 millones de habitantes de India, las mujeres son 586 millones. 6 http://www.elmundo.es/elmundosalud/2011/10/05/biociencia/1317834413.html 7 http://www.elmundo.es/elmundosalud/2011/10/18/biociencia/1318928272.html 8 9 http://www.notivida.org/Articulos/Fivet/ZENIT%20Embriones%20humanos%20congelados.html "The Moral Licitness of Adopting Frosen Embryos, with answers to objections", in T. Berg - E. J. Furton, Human Embryo Adoption, Biotechnology, Marriage, And the Right to Life, The National Catholic Bioethics Center, Boston 2006, 273-295. LA LICITUD MORAL DE LA ADOPCIÓN DE EMBRIONES CONGELADOS Y LA RESPUESTA A LAS OBJECIONES Dr. Ramón Lucas Lucas, LC Catedrático de Antropología filosófica y Bioética, Facultad de Filosofia, Universidad Gregoriana, Roma. Miembro de la Pontificia Academia de la Vida Dra. Mónica López Barahona Decana Facultad de Ciencias Biosanitarias, Universidad Francisco de Vitoria, Madrid. Miembro del Comité Nacional de Ética Miembro de la Pontificia Academia de la Vida Dr. Salvador Antuñano Alea Universidad Francisco de Vitoria, Madrid. La situación de los embriones congelados no es nueva, pero sigue siendo dramática. Miles de personas humanas se encuentran en un estado del todo anormal y la pregunta que nos hacemos es: ¿es lícito transferir estos embriones al útero de una madre que no es quien los encargó cuando se hizo la fecundación in vitro? Evidentemente esta pregunta se formula en el contexto de una determinada visión antropológica, en la cual los embriones congelados de que hablamos, son seres humanos, personas, con valor absoluto y dignidad propia. La respuesta a esta pregunta es positiva. Su desarrollo se articulará respondiendo a las objeciones más frecuentes que se hacen a esta posición. Pero antes de exponer y responder individualmente a las objeciones, es conveniente analizar y distinguir bien los actos humanos implicados, para ver la catalogación moral de cada uno de ellos. 1. La fecundación «in vitro»1: técnica dirigida a conseguir una fertilización del oocito humano fuera de su proceso natural en la unión sexual del hombre y la mujer. Este acto es moralmente negativo en base a tres criterios fundamentales: el respeto del embrión humano 2 , la naturaleza de la sexualidad humana y del acto conyugal, la unidad de la familia. 2. La no trasferencia del embrión fecundado «in vitro» al útero materno: es un acto humano en relación con el anterior, pero entitativamente diverso de él, tanto que puede ser realizado por diferente sujeto. Es éticamente negativo porque priva al embrión de la posibilidad de desarrollarse en el ambiente y condiciones que le son naturales. 3. La crioconservación es otro acto humano diferente de los dos anteriores, que puede ser realizado incluso por otro sujeto diverso de los anteriores. Consiste en una suspensión del desarrollo P.C.Steptoe, R.G.Edwards, Birth after the reimplantation of a human embryo, The Lancet, 12 August 1978, vol.II, n° 8085, p.366. 1 2 Donum vitae I, 6 10 embrionario. Mediante congelación en nitrógeno líquido, individuos humanos generados son conservados a temperaturas muy bajas (-196°) en una casi total inmovilidad biológica3. La congelación y descongelación son dos técnicas que pueden producir un daño irreversible en los embriones que les cause la muerte 4 , 5 , 6 Si bien en las últimas décadas se han realizado avances importantes en criopreservación de embriones humanos de oocitos, las tasas de mortalidad de los embriones congelados tras su descongelación se cifran entre un 30 y un 50% 7, 8, 9 . Así, en el proceso de descongelación necesario para transferir al útero de la mujer a los embriones que pudieran ser adoptados muchos morirían; pero si permanecen en el congelador por tiempo indefinido, o se descongelan sin darles la oportunidad de ser gestados morirán TODOS. Por ello, la adopción es la única alternativa que permite salvar y desarrollar la vida de algunos de ellos. Por otra parte, es un acto moralmente negativo, que «ofende el respeto debido a los seres humanos»10 y que constituye una interferencia abusiva sobre el ciclo vital11 . Una vida humana, una - J.Mandelbaum, J.Belaïsch-Allart, A-M.Junca, J-M.Antoine, M.Plachot, S.Alvarez, M-O.Alnot, J.Salat-Baroux, Cryopreservation in human assisted reproduction is now routine for embryos but remains a research procedure for oocytes, Human Reproduction, June 1998, vol.13, suppl.3, pp.161-174. - G.H.Zeilmaker, A.T.Alberda, I.Van Gent, C.M.P.M.Rijkmans, A.C.Drogendijk, Two pregnancies following transfer of intact frozen-thawed embryos, Fertility and Sterility, August 1984, vol.42, n°2, pp.293-296. 3 4 Smith GD, Silva e Silva CA. Developmental consequences of cryopreservation of mamad oocytes and embryos. Reprod Biomed Online. 2004 Aug; 9(2):171-8. 5 Auroux M, Cerutti I, Ducot B, Loeuillet A. Is embryo-cryopreservation really neutral? A new long-term embryo freezing in mice: protection of adults from induced c according to strain and sex. Reprod Toxicol. 2004 AugSep;18(6):813-8. 6 Tao J, Craig RH, Johnson M, Williams B, Lewis W, White J, Buehler. Cryopreservation of human embryos at the morula stage and outcomes after transfer. Fertil Steril. 2004 Jul; 82(1):108-18. 7 Boone WR, Crane MM 4th, Johnson JE, Higdon HL 3RD, Blackhurst. Changes in the freezing protocol for human zygotes alter embryo development and pregnancy rates embryo.Fertil Steril. 2005 Jan;83(1):182-8. 8 Amarin ZO. A flexible protocol for cryopreservation of pronuclear and clone stage embryos created by conventional in vitro fertilization and intracytoplasmic sperm injection. Eur J Obstet Gynecol Reprod Biol. 2004 Dec 1; 117(2):18993. 9 Ding J, Pry M, Rana N, Dmowski WP. Improved outcome of frozen blastocyst transfer with Menezo´s two-step thawing compared to the stepwise thawing protocol. J Assist Reprod Genet. 2004 Jun;21(6):203-10. 10 - Donum vitae, I, 6. - Juan Pablo II, Discurso a los participantes en el simposio "Evangeliunm vitae y Derecho", 24 Mayo 1996, L'Osservatore Romano, 25 mayo 1996, p.5; Medicina e Morale, 1997/1, p.107-112. 11 La crioconservación de embriones se considera parte integrante de la FIVET porque permite conservar los embriones no trasferidos, en vez de destruirlos, en vistas de una sucesiva transferencia. - Cf. A.L.Bonnicksen, Embryo Freezing: Ethical Issues in the Clinical Setting, Hastings Center Report, December 1988, vol.18, n°6, pp.26-30. - Assisted reproductive technology in Europe, 2000. Results generated from European registers by ESHRE, The European IVF-monitoring programme (EIM) for the European Society of Human Reproduction and Embryology (ESHRE). Report prepared by A.Nyhoe Andersen, L.Gianaroli and 11 vez originada, debe seguir su curso natural, que nadie puede interrumpir ni "suspender". La continuidad temporal e histórica es un bien intrínseco a la corporeidad humana, propia de la persona, y un derecho, debido al cual un individuo se comprende a sí mismo. La edad es más que una connotación temporal: es una coordenada de la vida personal que la identifica en la condición corpórea (espacio-temporal). Alterarla, provocando un vacío de tiempo en la existencia de una persona, es un arbitrio y una imposición. Detener el ciclo vital de un embrión humano es expresión de «voluntad de poder», con el que uno decide sobre otro, débil e indefenso. La crioconservación no «interrumpe» la vida: ésta está «allí» —congelada, depositada— como un producto de consumo, al lado de muchos otros, preparada para cuando haga falta. Su dignidad está en el valor de uso, sujeto también a caducidad, desde el momento que nadie puede garantizar la integridad física y la misma vitalidad de un embrión congelado, a causa de los tiempos y de las modalidades de congelación-descongelación12. Así al poder le sucede la violencia con que éste se libera de vidas «caducas», «inservibles». La práctica, además, manifiesta un ulterior acto negativo: el abandono del embrión crioconservado por parte de los padres que lo encargaron13 . La gran mayoría de los embriones crioconservados no son transferidos, sea porque los inmediatamente tranferidos después de la fecundación in vitro llegaron a buen éxito, sea porque los padres cambiaron parecer. 4. La descongelación de embriones: es también otro acto diferente de los tres anteriores. Es importante distinguir bien cada uno de los actos humanos. Los tres primeros: fecundación in vitro, no trasferencia al útero y congelación del embrión, son en sí mismos éticamente negativos. La descongelación del embrión, acto diferente de los anteriores, puede ser negativo o positivo, dependiendo ello no sólo del objeto del acto, sino también de las circunstancias y del fin por el cual el sujeto actúa. Hay que tener presente que en la valoración moral de un acto intervienen siempre tres elementos fundamentales: el objeto del acto, es decir la finalidad intrínseca al acto mismo (finis operis); las circunstancias en que el acto se realiza y el sujeto actúa, que pueden ser agravantes o atenuantes, e incluso especificar ulteriormente la naturaleza del acto; y por último la intención o fin del sujeto que actúa (finis operantis). El acto de descongelación, en si mismo positivo, en cuanto ofrece la posibilidad del regreso al estado biológico normal, lo será también por la intencionalidad del sujeto que pretende devolver al embrión a su estado normal de desarrollo en el útero materno. Será por el contrario un acto en sí mismo negativo si se hace para manipular o eliminar al embrión, o si descongelado no se le ofrece la posibilidad de un útero, porque en ese caso la descongelación sería la causa directa y formal de la muerte del embrión14. 5. La adopción de embriones: también aquí hay que distinguir bien los actos morales que el hombre realiza: - la fecundación in vitro es un acto en sí negativo K.G.Nygren, Human Reproduction, March 2004, vol.19, n°3, pp.490-503. - BLEFCO, Congelation d'embryon: statistiques françaises (1985-1993), Contraception, Fertilité, Sexualité, Septembre 1996, vol.24, n°9, pp.674-677. Journal international de Bioéthique, 1996, vol.7, n°3 p.240. - J.Mandelbaum, J.Belaïsch-Allart, A-M.Junca, J-M.Antoine, M.Plachot, S.Alvarez, M-O.Alnot, J.Salat-Baroux, Cryopreservation in human assisted reproduction is now routine for embryos but remains a research procedure for oocytes, Human Reproduction, June 1998, vol.13, suppl.3, pp.161-174. 12 G.Moutel, E.Gregg, J.P.Meningaud, C.Hervé, Developments in the storage of embryos in France and the limitations of the laws of bioethics. Analysis of procedures in 17 storage centers and the destiny of stored embryos, Medicine and Law, 2002, vol.21, n°3, pp.587-604. 13 14 Volveremos más adelante sobre este punto en una de las objeciones. 12 - la no trasferencia al útero materno: es un acto en si negativo - la crioconservación: es un acto en sí negativo - el abandono por parte de los padres naturales del embrión crioconservado: es otro acto, diferente de los anteriores, también en sí negativo - la adopción por parte de los padres adoptivos: es un acto diverso de todos los dos anteriores, y en sí mismo es positivo. Cada uno de los actos tiene una entidad propia. Si no se quiere caer en una argumentación de tipo consecuencialista, hay que analizar la estructura intrínseca del acto moral. El criterio que rige es el bien primario y fundamental: la vida del embrión. A los actos ya negativos en sí mismo que lo preceden, no se puede impedir que siga un acto en sí positivo, como la adopción, ni se le puede a éste último atribuir el carácter negativo por el hecho de que los otros lo sean. Cierto que a nadie se le puede imponer la adopción, pero tampoco impedir. Tampoco este acto de amor adoptivo implica justificación de los actos negativos anteriores, ni afirmación de un proceso "normal"; es diferente de ellos y se hace como medio extremo, para salvar el bien principal: la vida del embrión. A una situación ya extrema y negativa, no querida ni justificada por quienes adoptan, éstos oponen un acto de amor y generosidad en si mismo positivo. Del mismo modo que la adopción de un "adulto" no justifica el abandono hecho por los padres, ni tampoco una desestima de la maternidad natural, tampoco en el caso de la adopción de embriones. Cierto, no es la situación ideal para los embriones. Lo ideal sería no haberlos producido artificialmente, ni congelado. Y dentro de esta situación ya negativa de la crioconservación, lo «ideal» sería que los «padres» que lo encargaron(perdón por la ofensa al embrión) no los abandonasen y los acogiesen aceptando la trasferencia en el útero15. Pero, la falta de todas estas soluciones «ideales» no debe conducir a tildar de inmoral el acto de generosidad de una madre que en algún modo «subsana» estos actos ilícitos16 . Ni a impedir este acto de generosidad que se constituye, de hecho, en la única vía posible para que el embrión siga su desarrollo vital. G.Herranz, La Destrucción de los Embriones Congelados, Persona y Bioética, Julio/Septiembre 1997, vol.1, n°1, pp.57-66 15 16 Diversos autores consideran la licitud de esta opción. - German Grisez, The Way of the Lord Jesus, vol.3, Difficult Moral Questions, Quincy, Illinois, Franciscan Press, 1997, p.242. - M.P.Faggioni, La questione degli embrioni congelati, L'Osservatore Romano, Lunes-Martes 22-23 Julio 1996, p.6. - W.May, Catholic Bioethics and the Gift of Human Life, Our Sunday Visitor, Huntington, Ind., 2000. - H.Watt, A Brief Defense of Frozen Embryo Adoption, The National Catholic Bioethics Quarterly, Summer 2001, vol.I, n°2, pp.151-154. - J.Berkman, The morality of adopting frozen embryos in light of Donum Vitae, Studia Moralia, June 2002, vol.40, n°1, pp.115-141. - Fr.de Rosa, On Rescuing Frozen Embryos, Linacre Quarterly, August 2002, vol.69, n°3, p.228-260. - J.Berkman, Gestating the Embryos of Others. Surrogacy? Adoption? Rescue?, The National Catholic Bioethics Quarterly, Summer 2003, vol.3, n°2, pp.309-329. - J.Berkman, Reply to Tonti-Filippini on "Gestating the Embryos of Others", The National Catholic Bioethics Quarterly, Winter 2003, vol.3, n°4, pp.660-664. 13 Establecidos estos criterios fundamentales, analizamos las objeciónes17 más recuentes al tema de la adopción de embriones crioconservados. La “adopción prenatal” se propone como solución a los embriones congelados, pero esto no es una solución completa ni práctica al problema; puesto que no puede obligarse a nadie a adoptar embriones congelados, muchos embriones quedarían congelados y seguiríamos sin saber qué hacer con ellos. Respuesta: esto muestra el callejón sin salida al que lleva la crioconservación de embriones sobrantes. El problema principal está aquí, y la solución definitiva, ética y práctica, está en no producirlos in vitro y no crioconservarlos. Dicho esto, y respondiendo a la objección, hay que distinguir “lo práctico” de “lo ético”. Una cosa es que no obligue y otra que no sea un bien moral. Evidentemente hay que buscar una solución para todos los embriones. Pero, puesto que el mal ya está hecho por haberlos congelado, cualquier solución comporta riesgos negativos y la conciencia de que se está tratando de dar solución a un mal y a una situación del todo anormal. Se trata de ver cuales, de todas las posibles, son éticamente correctas. Y habrá que hacerla en tanto en cuanto sea posible. Por otra parte el no poder resolver el problema por completo no implica que no se pueda éticamente hacer; debe hacerse todo lo posible para resolver, al menos parte del problema. Si partimos de que el mal moral está ya dado por los actos anteriores, la adopción será siempre una solución límite pero aceptable. Aunque fuera la única solución “teórica”, no puede ser solución “práctica”, pues no está regulada por la estructura pública como la adopción de los nacidos. Respuesta: el hecho de que la adopción prenatal no esté regulada, o incluso más, que choque con legislaciones vigentes que no reconocen derechos al nasciturus, no significa que la adopción sea ilegítima, sino quizás más bien que haya que regularla adecuadamente –y eso bien puede ser que implique cambiar más de alguna ley injusta-que no tenga prevista esta - W.B.Smith, Rescue the Frozen?, Homelitic and Pastoral Review, October 1995, vol.96, n°1, pp.72,74; - W.B.Smith, Response, Homelitic and Pastoral Review, August-September 1996, vol.96, n°11-12, pp.16-17. - N.Tonti-Filippini, Frozen Embryo "Rescue", Linacre Quarterly, February 1997, vol.64, n°1, pp.34. - M.Cozzoli, L'embrione umano: aspetti etico-normativi, in "Identità e Statuto dell'embrione umano", Pontificia Academia Pro vita, Libreria Editrice Vaticana, 1998, pp.237-273, vedi pp.266270. - M.Geach, Are there any circumstances in which it would be morally admirable for a woman to seek to have an orphan embryo implanted in her womb?, in Luke Gormally, ed., Issues for a Catholic Bioethics, London, The Linacre Center, 1999, pp.341-346. - M.C.Geach, Rescuing Frozen Embryos, in Edward J.Furton (ed.), «What is Man, O Lord? The Human Person in a Biotech Age», Prooceedings of the Eighteenth Bishops' Workshop, Boston, The National 17 Catholic Bioethics Center, 2002, pp.217-230. - H.Arkes, May Embryos Be Adopted?, Crisis, March 2000, p.12. 14 posibilidad. Es decir, habrá que bajarla de la teoría a la práctica. La ley civil debe adecuarse al bien objetivo de la persona. Por otra parte, es desde esta perspectiva, desde donde hay que ver las leyes que, aunque tardías, quieren dar solución a situaciones de inseguridad jurídica y a problemas de un calado ético y sanitario considerable, causados por las técnicas de fecundación in vitro. Téngase presente que no siempre lo que es “práctico” coincide con lo que es “ético”. El ideal ético es el respeto de todos nuestros semejantes y la no experimentación con ellos. Aunque sea por etapas, hacia ahí tiene que orientarse la ley, reafirmando la ley de la gradualidad y no la gradualidad de la ley. Puesto que la vida del embrión congelado es un bien intangible, no se los puede matar directamente; la única posibilidad parece ser la de permitirles morir18, extrayéndolos de las neveras. Respuesta: dejar que la vida siga su curso “normal” y que muera, cuando se ha hecho todo lo éticamente posible para evitarlo, es ciertamente un bien moral y el reconocimiento humilde de la contingencia humana. Pero este no es el caso de los embriones crioconservados. Una cosa es dejar que el embrión siga su curso normal y muera, y otra muy diversa hacer un acto que directamente y de forma inmediata es causa eficiente de su muerte. El acto de descongelación al que no sigue la trasferencia al útero, no «deja» que el embrión muera, sino que causa positivamente su muerte. A falta de un útero para trasferirlo, el estado de crioconservación permite al embrión seguir viviendo19 ; ciertamente en un estado de vida «suspendida», anómalo y negativo, pero también ciertamente mejor que la muerte provocada por la descongelación. Además, «dejarlos morir» significa aquí dos cosas que son dos actos éticamente negativos: primero descongelarlos causando su muerte y, segundo no hacer nada para que puedan desarrollar la vida que ya tienen. La adopción prenatal significa, por el contrario darles una oportunidad real de desarrollo humano. No es el bien máximo posible, porque en la situación en que se encuentran no hay bien alguno, excepto su misma existencia; el mal, que es mucho y grave, ya se ha hecho. Pero de todas las opciones, es la que intenta subsanar el mal causado, la que puede darles una salida digna, la que está más de acuerdo con la apertura al amor. Dejarlos indefinidamente en las neveras sería usar medios desproporcionados y extraordinarios, como es la crioconservación, que ofenden la dignidad del embrión. 18 E.J.Furton, On the Disposition of Frozen Embryos, Ethics and Medics, September 2001, vol.26, n°9, pp.1-3. - J.Cohen, K.L.Inge, S.R.Wiker, G.Wright, C.B.Fehilly, T.G.Turner Jr., Duration of Storage of Cryopreserved Human Embryos, Journal of in Vitro Fertilization and Embryo Transfer, October 1988, vol.5, n°5, pp.301-303. - R.G.Edwards, H.K.Beard, Destruction of cryopreserved embryos. UK law dictated the destruction of 3000 preserved human embryos, Human Reproduction, January 1997, vol.12, n°1, pp.3-11. 19 - ESHRE (European Society of Human Reproduction and Embryology), II. The cryoconservation of human embryos, Human Reproduction, May 2001, vol.16, n°1, pp.1049-1050. 15 Respuesta: frente a la falta de un útero materno, la permanencia en estado de crioconservación, es la única alternativa para preservar el bien primario que es la vida del embrión. No puede apelarse a "medios extraordinarios" y «desproporcionados», ni a ofensa de la dignidad del embrión2 0 porque de hecho ese es el único medio ordinario y proporcionado de existencia (aunque "suspendida") del embrión. La comparación con enfermos terminales que usa medios "extraordinarios" no es lícita porque en estos casos se trata de dejar que el paciente siga su curso normal y evitar el encarnizamiento terapéutico. El encarnizamiento terapéutico que usa medios desproporcionados al bien del enfermo, implica que esos medios son inecesarios, inútiles y aumentan la penosidad. Estas características no se verifican en la crioconservación; de hecho a falta de un útero, la crioconservación es necesaria, útil, y no penosa, para conservar la vida del embrión. Respecto a la «ofensa de la dignidad del embrión» y a la privación de la «acogida materna» se debe decir que esos daños ya se hicieron antes, cuando se crioconservaron en vez de ser acogidos por una madre. Prolongar ahora el estado de congelación, a falta de un útero materno, no añade nada a esos daños ya infligidos injusta e inmoralmente, que continúan siendo ofensa, pero siempre inferior a la alternativa de provocar directamente su muerte mediante descongelación. Se aplica aquí el principio moral de «limitar los daños» y disminuir los efectos negativos de actos intrínsecamente malos21. No se está justificando la crioconservacion, sino que asumiendo que ya se ha hecho y es inmoral, el continuar en ese estado a falta de un útero, es la única alternativa éticamente viable. Si la vida se considera como un valor absoluto, es necesario hacer todo lo que es moralmente posible para salvar la vida de una persona. Pero la adopción prenatal entra dentro de lo que no es moralmente posible, puesto que los medios para salvar esa vida son desproporcionados, extraordinarios e ilegítimos. Respuesta: Todo en la cuestión de los embriones congelados está ya, desde el principio, en el campo de lo desproporcionado, extraordinario e ilegítimo. Ahora bien, asumido esto como se ha dicho precedentemente, y buscando solución a esta situación ya dada, parece que en el estado en que están, hay medios que son proporcionados para salvarlos, y por tanto han de considerarse también como “legítimos”, pues son los que se pueden poner y se deben poner. En otras palabras, los términos “desproporcionado y extraordinario” son siempre relativos al sujeto que se pretende curar, salvar, ayudar, etcPara un embrión concebido y gestado en el seno de su madre biológica, sería desproporcionado y extraordinario gestarlo en otro seno. Pero para un embrión congelado que puede ser implantado en un seno que permita su desarrollo, esto resulta proporcionado y ordinario para él. Por otra parte, no parece moralmente ilegítimo salvar una vida que puede ser salvada y sí parece ilegítimo –por negligencia- no salvarla cuando se daban las condiciones para hacerlo, como cuando hay quien puede “proporcionar” ese seno y “poner en orden” al pobre embrión. N.Tonti-Filippini, Frozen Embryo "Rescue", Linacre quarterly, February 1997, vol.64, n°1, pp.3-4. N.Tonti-Filippini, The Embryo Rescue Debate. Impregnating Women, Ectogenesis, and Restoration from suspended Animation, The National Catholic Bioethics Quarterly, Spring 2003, vol.3, n°1, pp.111-137. 20 21 Evangelium vitae, 73 16 ¿Se podría considerar al embrión «sobrante» como un «donante» de sus propias células, y así emprender la investigación con él para bien de la humanidad y progreso de la medicina? Respuesta: Es un hecho que muchos científicos invocan este camino y piden poder usar los embriones congelados para investigación con finalidad terapéutica, y para obtener células madre embrionarias22 . Hay que responder, sin embargo, que el embrión, sea “sobrante”23 o normal, es siempre una persona humana. El criterio moral es el mismo que para toda otra persona. La finalidad buena en la intención del sujeto no cambia la naturaleza mala del acto mismo de la destrucción del embrión. En realidad este uso de embriones con finalidad de investigación y terapia se basa en un no reconocimiento de la naturaleza humana personal del embrión preimplantatorio, y en el hecho de considerarlo un simple material biológico disponible24 . Por lo que se refiere a la «donación» de sus células, si es una verdadera persona humana, el criterio moral que rige la donación, es el mismo que para toda otra persona. Evidentemente si está vivo, no hay que matarlo para que pueda ser donador, y si está muerto sus restos biológicos podrán ser utilizados con los mismos criterios que son utilizados los restos mortales de cualquier persona adulta. Estos criterios éticos para la donación son claros: 1) el respeto de la vita del donante y del receptor; 2) la tutela de la identidad personal del receptor y de sus descendientes; 3) el consentimiento informado; 4) la total gratuidad, la no comercialización y justa asignación. La adopción de embriones favorecería a quienes defienden la práctica de su congelación, pues caería la objeción de que tales embriones estarían destinados a morir. Además abriría la puerta a la cesión de embriones, dando lugar a otra forma de procreación heteróloga. Respuesta: Esta objeción implica una argumentación de tipo consecuencialista y una confusión de los actos que se describieron al inicio de este trabajo. Quien no tiene buena intención buscará siempre justificaciones para sus actos injustos. Pero el bien no debe dejar de hacerse por este motivo. Hay que distinguir bien los cinco tipos de actos aquí implicados: la fecundación in vitro, la no trasferencia al útero, la crioconservación, el abandono por parte de los padres naturales son cuatro actos inmorales. La adopción por parte de los padres adoptivos es otro acto distinto de los anteriores y en sí lícito. Lo que hay que hacer es definir bien los términos de la licitud moral de la adopción prenatal, puesto que la finalidad objetiva (finis operis) cuando se la propone como solución, no es la justificación del mal anteriormente realizado, sino todo lo contrario. El reconocimiento de que la crioconservación es un mal, cierra la puerta a la producción de embriones “sobrantes”, y - S.A.Beyler, W.R.Meyer, M.A.Fritz, Disposition of extra embryos, Fertility and Sterility, August 2000, vol.74, n°2, pp.213-215. - D.Hoffman, G.L.Zellman, C.C.Fair, J.F.Mayer, J.G.Zeitz, W.E.Gibbons, T.G.Turner Jr., Cryopreserved embryos in the United States and their availability for research, Fertility and Sterility, May 2003, vol.79, n°5, pp.1063-1069 22 23 J. Berkaman dice que la palabra «abandonados» (abandoned) define mejor el estado de estos embriones que la palabra «sobrantes o supernumerarios» (spare, leftover). J.Berkman, Gestating the Embryos of Others. Surrogacy? Adoption? Rescue?, The National Bioethics Quarterly, Summer 2003, vol.3, n°2, pp.309-329. Ver p.311. 24 Donum vitae, I, 4 17 ningún acto ulterior positivo para ofrecer a esos embriones ya congelados una salida digna, puede ser «objetivamente» interpretado como una justificación de la misma. Evidentemente la adopción prenatal hay que regularla estrictamente. Por otra parte, la crioconservación no puede tener aquí un argumento sólido para sostenerse, pues es mala no sólo porque “destine a la muerte” a los embriones, sino que es mala en sí misma, puesto que detiene ilícitamente el desarrollo de una vida personal. Tampoco parece que, si se definen bien los términos, pueda asemejarse a la procreación heteróloga, sino más bien –como el término lo expresase asemeja a la adopción de los ya nacidos, puesto que no justifica el mal anterior ya causado, sino que intenta de alguna forma remediarlo. En cuanto a los términos, parece que la expresión “adopción prenatal” es inadecuada, porque en una adopción en sentido estricto los padres no contribuyen al desarrollo biológico del hijo sino que sólo custodian su existencia y contribuyen a su desarrollo psíquico y ético. Respuesta: En la objeción hay que distinguir dos puntos. Primer punto: el término «adopción prenatal» se refiere a una realidad de auténtica generosidad y amor de los padres hacia el hijo, y nada tiene que ver la «cesión de embriones», como se verá más adelante25. Segundo punto: esta objeción es no sólo inexacta, sino también errónea. Los padres adoptivos contribuyen al desarrollo biológico del hijo, desde el momento en que los nutren y cuidan. Un caso particularmente relevante es el de las nodrizas –o madres de leche-. A la objeción presentada se le puede dar la vuelta: la contribución de la madre durante la gestación intensificaría precisamente su “parentesco” con el hijo adoptivo: al vínculo afectivo se uniría cierto vínculo biológico –y psicológico-. La maternidad no es sólo una función biológica, sino sobre todo una vocación personal, que implica todas las dimensiones de la persona: biológicas, psicológicas y espirituales. Ser madre adoptiva no sólo recibiendo en el hogar al hijo ya nacido, sino recibiéndolo en su seno y gestándolo, es ciertamente una realización de la maternidad mucho más intensa y desinteresada que la maternidad adoptiva de hijos ya nacidos. Precisamente por esto, el acto de donación y amor que implica es mucho más intenso, generoso y aún heroico que la adopción de los ya nacidos, practicada a vecesno por motivos en favor del hijo, sino por un cierto “egoísmo” de los padres que quieren tener un hijo.Y ni si quiera esto hace maña en sí misma la adopción. Puesto que la adopción prenatal supone implantar un embrión en una mujer que no le ha dado origen, la intencionalidad del acto no basta para diferenciarlo objetivamente de la maternidad de alquiler. Respuesta: Los términos resultan aquí clarificadores e indican meridianamente la diferencia específica de dos actos, objetivamente (finis operis) –y no sólo subjetivamente (finis operantis)- distintos: adoptar es algo muy distinto de alquilar. Lo primero es un acto de - F.Demartis, Mass Pre-Embryo Adoption, Bioetica, Rivista Interdisciplinare, 1998, vol.VI, n°1, pp.101-103. Idem, Mass Pre-Embryo Adoption, Cambridge Quarterly of Healthcare Ethics, Winter 1998, vol.7, n°1, pp.101-103. 25 - J.Berkman, Gestating the Embryos of Others. Surrogacy? Adoption? Rescue?, The National Bioethics Quarterly, Summer 2003, vol.3, n°2, pp.309-329. Ver p.311. 18 amor, generosidad y donación. Lo segundo una prestación o “servicio técnico” convenientemente remunerado, utilitario, interesado... “Las cosas no son lo que parecen, sino lo que significan” (Chesterton). Acoger en el amor y la donación la vida de un embrión congelado no es reducir la maternidad a una mera función fisiológica, sino todo lo contrario: es ayudar al embrión a que se desarrolle de acuerdo con su ser humano personal, precisamente por esas conexiones biológicas y psicológicas que a veces se presentan como objeciones infundadas. La mujer que adopta un embrión congelado no es nunca una madre de alquiler por la muy simple razón de que no alquila nada. La diferencia entre alquilar un vientre y abrir el propio seno –y la propia vida-, entregándolo generosamente, e incluso heroicamente, para acoger gratis et amore una vida débil, denigrada y condenada de otra forma al exterminio, y hacerse cargo de ella desde ese momento, es tan grande que la mera comparación es, no sólo desproporcionada, inadecuada y falsa, sino completamente superficial insensible y ofensiva. Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, la adopción de embriones se presenta no sólo como lícita sino incluso como obligatoria. Pero a nadie se le puede obligar a adoptar. Luego la solución de la adopción parece absurda. Respuesta: Se puede iniciar la respuesta con un ejemplo. Hay que hacer todo lo posible para salvar una persona que se está ahogando. Pero uno que no sabe nadar no está obligado a tirarse al río para hacerlo. Hay que hacer todo lo posible para eliminar el hambre en el mundo, pero yo no estoy obligado a dejar mi trabajo y mi familia para ir a dar de comer a los niños hambrientos. La maternidad/paternidad responsable exige evidentemente que a nadie se le pueda obligar a la adopción, sino que ésta, como la propia generación normal de los hijos, quede al exclusivo juicio de conciencia de la pareja, que debe en su elección guiarse por los criterios de responsabilidad y generosidad. Pero esta misma libertad implica que se debe permitir y favorecer a aquellas parejas que libre, responsable y generosamente quieran adoptar embriones. La adopción prenatal no obliga a nadie por la sencilla razón de que a todos se les pide evitar siempre el mal, pero a nadie se le obliga a hacer todo el bien que hipotéticamente podría realizar; tanto menos cuando este bien asume las características del heroísmo. Pero del mismo modo que no lo puedo obligar, tampoco lo puedo impedir si alguien generosamente desea hacerlo. Impedir el heroísmo es impedir el bien moral. Respecto de los embriones, la adopción se plantea como la solución extrema a un mal ya hecho, en la medida en que sea posible –es decir, en la medida en que efectivamente puedan implantarse esos embriones–. Respecto de la pareja, es un bien moral extraordinario, y por extraordinario no puede ser obligatorio, pero por bueno tampoco impedido. Y proponerlo así no es absurdo y tanto menos inmoral. Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, bastaría como condición suficiente la disponibilidad de una eventual madre. Y en ausencia de una pareja de padres estables, resultaría legítimo acudir también a mujeres solteras o con orientación homosexual –siempre que no presenten problemas en la esfera reproductiva, pues lo que hay que garantizar es la vida del embrión–. Respuesta: Evidentemente, la vida del embrión es el bien primero y es lo primero que hay que garantizar. Pero también hay que garantizarle, en la medida de lo posible, un recto desarrollo personal. La vida del embrión no es sólo una vida biológica, sino una vida humana personal. Y eso pasa por regular la adopción prenatal, como se hace con la adopción 19 de los ya nacidos, de forma que se implanten los embriones en aquellas mujeres que pueden ofrecer garantías de un buen desarrollo personal e integral al hijo. Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, quedarían subordinados los siguientes valores reconocidos por una antropología personalista: el derecho del hijo a ser gestado en el seno de la propia madre; el derecho del hijo a nacer en un contexto que garantice también el crecimiento equilibrado de la personalidad (familia); el valor de la maternidad como evento personal que excluye en línea de principio la separación de los procesos biológicos, fisiológicos y afectivos; la representación de la procreación humana como acto interpersonal de naturaleza triádica –padre, madre, hijo-. Respuesta: Hay que mantener, de nuevo, la diferencia de los actos morales (como ya se dijo al inicio) y de los derechos fundamentales. Todos esos valores reconocidos por una antropología personalista son valores jerarquizados en función de un valor primigenio y anterior a todos ellos –como que es el supuesto y condición necesaria para que se den-: la vida humana. La vida humana tiene prelación sobre esos valores enunciados, no en el sentido que se pueda «producir» sin ellos o contra ellos, sino en el auténtico sentido de que si no hay vida humana no se dan tampoco esos valores. Ya decían los antiguos «primum vivere et postea philosophari». De lo contrario, habría que concluir que no tiene valor, dignidad, ni sentido la existencia de quienes han visto violados esos derechos –y esto es absurdo, entre otras cosas, porque excluiría a buena parte de la humanidad-. Por otra parte, la objeción es insostenible, y no hay subordinación alguna, pues de hecho, el embrión congelado ha sido ya, injusta e ilícitamente, privado de esos derechos: su madre biológica lo ha abandonado; también lo ha abandonado su familia; la maternidad biológica ha quedado completamente pervertida y subvertida; lo mismo el acto de su procreación humana... El mal ya está hecho. Sólo la adopción prenatal puede intentar subsanar de alguna forma tales injusticias y atropellos. La adopción prenatal no puede proponerse a parejas estériles, porque avalaría la tesis del “derecho al hijo” y podría someter a riesgo la vida del embrión congelado cuando la potencial madre pudiera sufrir problemas por la reproducción. Respuesta: En esta objeción hay que distinguir varios aspectos para no confundir la verdadera adopción prenatal de la que estamos hablando de otras mal llamadas «adopciones». El primer aspecto es el de la «cesión» de embriones crioconservados a parejas estériles en sustitución de la fecundación in vitro. Aquí el principio de fondo es el supuesto «derecho al hijo» y lo que cambia entre uno y otro es el modo de lograrlo. Evidentemente no podemos hablar de adopción, como tal, y el acto es ilícito porque trata al embrión «cedido» como cosa e instrumento26. El segundo aspecto es que con la lógica de la objeción tampoco podría proponerse la adopción postnatal a parejas estériles. La tesis del “derecho al hijo” la sostienen también parejas fértiles que generan con esa idea a sus hijos. Esa tesis es un problema distinto del 26 En relación con la destrucción masiva de embriones crioconservados han surgido posiciones como estas, ligadas al interés personal, que nada tienen que ver con el acto de amor generoso de la verdadera adopción prenatal. Cf. Christian Doctors Will Work to Adopt Frozen embryos, Pro-Life Infonet, May 11, 2003. 20 de la adopción de embriones. Esta posición tiene que ver con las intenciones subjetivas de cada persona (finis operantis), que podrán viciar la bondad del acto humano desde este punto de vista, pero que no cambian la natural bondad del mismo. Evidentemente, como ya se dijo, quienes adoptan deberían hacerlo por el bien del hijo, y no por sí mismos; deberían acoger al embrión como persona y no como «cosa» u objeto que sacia su «derecho al hijo». Este criterio vale para todo acto moral; si fuera malo un acto en sí mismo y para todos, por que algunos pueden hacerlo con malas intenciones, entonces hasta las acciones más nobles estarían prohibidas. El tercer aspecto es que es incorrecto objetar que la adopción prenatal somete a riesgo al embrión congelado; el embrión congelado vive –o mejor, está latente- en riesgo y degeneración continua hasta que no se lo implante. El temor al llamado “aborto terapéutico”, puede solucionarse con una legislación adecuada y justa. Además, ese temor, que en todo caso podría ser la situación de algunos embriones, no invalida por sí el principio general. Si la vida se considera como un valor fundamental –porque es condición de la misma jerarquía de otros bienes humanos y condición necesaria, pero no suficiente, para alcanzar el fin específico del hombre-, entonces, el valor vida puede ser conmensurable en línea de principio (por ejemplo, se puede dar la vida por otro, o se puede privilegiar la fidelidad a la verdad respecto de la conservación de la vida). Respuesta: el valor de la vida es una valor absoluto relativo, como el hombre mismo. Evidentemente el hombre tiene un valor absluto, pero no lo tiene por sí mismo, porque -si se permite el juego de palabras- él no es un Absoluto Absoluto, sino un absoluto relativo. Si el hombre es un absoluto es porque se funda en último término en el Absoluto divino; su absolutez es relativa o, mejor dicho, participada. La obligatoriedad y absolutez de la moral reclama un Absoluto ontológico, personal, que siendo completamente Absoluto pueda fundar la obligatoriedad del valor absoluto relativo del hombre. Es en este contexto ontológico-existencial, donde la vida humana, poseyendo el valor absoluto de la persona, es sin embargo relativa al Absoluto del Valor. Por tanto, en relación a ese Absoluto de valor y a lo que a Él se refiere (valor moral, valor religioso, verdad religiosa y moral), la vida humana guarda una jerarquía participada y entra dentro de la jerarquía de valores. En razón de un valor jerárquicamente más alto, su valor es relativo. Si se subordina al valor de la vida el valor de la maternidad como evento personal que excluye en línea de principio la separación de los procesos biológicos, fisiológicos y afectivos y se admite que en casos excepcionales es lícito separar el vínculo biológico para privilegiar el afectivo –pues en este caso el vínculo afectivo es fuente del biológico-, no se ve por qué no sea también válido lo contrario: que se pueda prescindir del vínculo biológico donde falta el afectivo (tesis abortista). Respuesta: No se trata de subordinar o separar “previamente”, sino de ofrecer la mejor solución posible a una separación ya dada. La existencia humana no es una ecuación matemática. El hecho de que en la adopción prenatal –como de hecho ocurre también en la adopción de los ya nacidos- el vínculo afectivo no “separe” –porque de hecho tal “separación” es previa al vínculo afectivo- sino que llegue a suplir el vínculo biológico original no tiene porque implicar de ningún modo que cuando ese vínculo no se da, tenga que romperse también el vínculo biológico. El vínculo biológico genera responsabilidad ineludible. También la genera el vínculo afectivo. Por otra parte, no parece haber proporción de igualdad entre un caso donde el vínculo afectivo que “es fuente” del vínculo biológico 21 (sería más preciso decir que “suple”) contribuye al bien de una vida humana personal y el otro caso en el que, al suprimir ambos vínculos, se suprime también la vida personal. No hay reciprocidad porque no es lo mismo hacer un acto bueno que hacer un acto malo: lo primero significa aumentar la densidad ontológica de la realidad –por eso el vínculo afectivo puede, si se pone, suplir el vínculo biológico-; lo segundo es privar la realidad de un bien debido, y por tanto empobrecerla. La adopción prenatal subvierte la concepción de la maternidad y de la filiación, porque legitima la separación entre los componentes biológicos, afectivos y relacionales de la procreación. Respuesta: La adopción prenatal no legitima la separación de los componentes biológicos, afectivos y relacionales de la procreación. Al contrario: los supone e intenta suplirlos cuando no se han dado. Porque al hijo embrionario se lo acoge con amor de donación y apertura en una comunidad de vida y amor –la familia, a la que no subvierte, sino que reafirma-. El embrión ha sido ya generado sin la vinculación necesaria de los componentes biológicos, afectivos y relacionales. Se trata de remediar esa situación en un contexto y condiciones, por parte de quien lo acoge, que efectivamente otorguen al embrión no sólo un lugar biológico, sino un ambiente humano. De aquí la necesidad de una legislación adecuada también para este tipo de adopción. Los embriones congelados no han anidado todavía en el vientre y es imposible actuar de forma ordinaria para que lo hagan, respetando la relación biológica y antropológica entre madre e hijo. Esto los pone en situación análoga a la de los embriones y fetos abortados espontáneamente. Respuesta: La relación biológica y antropológica entre madre e hijo ha quedado ya trágicamente rota. La adopción prenatal intenta suplir en la medida de lo posible esa relación con otra que la sustituya. El único medio “ordinario” que tienen estos embriones para poder anidar es la implantación técnica. Esta implantación no genera una nueva vida –y por tanto, este acto no atenta contra una dignidad violada previamente–, simplemente se limita a ayudar a su desarrollo –es, auténticamente, una mera terapia proporcionada a esa situación ya dada–. Esta es también la grande diferencia respecto a la generación de una vida humana mediante fecundación in vitro e inmediata trasferencia al útero. Aquí la trasferencia forma parte integral del proceso de concepción del embrión e inicio del embarazo. Ambos, fecundación in vitro y transferencia son procesos técnicos de dominio, poder y selección del embrión. Muy diferente es la transferencia del embrión congelado, la cual está desligada objetiva y subjetivamente de la fecundación-congelación precedentes, y bajo ningún concepto puede interpretarse objetivamente como una justificación de las mismas. Por otra parte, hay una diferencia esencial entre la situación de estos embriones y la de los abortados espontáneamente: en los segundos no concurre de ninguna forma la libertad humana y en los primeros sí: los segundos no han podido anidar, a los primeros se les ha impedido hacerlo hasta ahora; en el caso de los abortados espontáneamente, la libertad humana no puede hacer nada para evitar su muerte, en el caso de los congelados sí –y no hacerlo, en la medida que sea posible, es negligencia–. 22 Según la ley moral natural y la moral católica la única posibilidad para que una mujer quede embarazada es el acto conyugal. La adopción prenatal de embriones crioconservados haría posible un embarazo fuera del ambiente del acto conyugal, y por tanto sería inmoral. Respuesta: en situación normal, el comienzo del embarazo es el inicio de la vida de un ser humano. En situación normal, el embarazo que sigue a la relación de amor conyugal es el único modo lícito para que inicie y se desarrolle la vida de un ser humano. Pero con los embriones crioconservados nos encontramos en una situación anormal, completamente diferente de la anterior. Ya desde tiempos de Aristóteles, es deber de la «prudencia» la aplicación adecuada de la norma moral universal a la situación particular, si no se quiere caer en un esencialismo moral. Esto no significa que el fin bueno justifica un acto con un objeto intrínsecamente malo, ni tampoco que la adopción prenatal de embriones crioconservados conlleve la abolición del principio evocado en la objeción, más bien se coloca en otro plano, porque el objeto del acto moral es otro. La vida humana ya ha tenido inicio en modo ilícito; el embarazo-maternidad no se disocia del acto conyugal por el acto de la adopción, sino que ya está disociado por el acto de la fecundación artificial ilícita. La objeción vale si se aplica a la fecundación artificial, pero no vale si se aplica a la adopción prenatal como solución extrema a la crioconservación ya realizada. El acto de adopción ni disocia en sí (finis operis – objeto del acto) ni se hace para disociar (finis operantis – fin de quien actua) el embarazo del acto conyugal, sino que salva (finis operis) y quiere salvar (finis operantis) una vida ya concebida, en cuyo origen se ha dado previamente esa disociación. El acto de adopción tiene como objeto propio ofrecer la posibilidad de salvar una vida La generación de embriones mediante técnicas de fecundación in vitro no es un acto de procreación que corresponde a la mutua donación de dos personas de distinto sexo en un acto de amor interpersonal. No se trata, por tanto, de un acto propio de la sexualidad humana, sino de un acto propio de la tecnología. Los embriones humanos que se generan en la clínicas de fecundación in vitro se producen; no se procrean. El transferir estos embriones al útero de una mujer no altera ni violenta su sexualidad ni su vínculo matrimonial. El bien que se trata de salvar no es el matrimonio, que en absoluto se ve herido por acoger un hijo, sino más bien engrandecido y ordenado a su fin; se trata de salvar la vida del embrión congelado que es lo que está en juego. Y el bien de la vida del embrión prevalece siempre (de acuerdo con la moral católica) en aquellos casos en los que la sexualidad sí se ha visto violentada. Tal es el caso de una mujer soltera o casada que tras una violación resulta embarazada. Jamás desde la moral católica se le recomendaría abortar. Prevalece siempre el bien de la vida del embrión y no el daño a su sexualidad o a su vínculo matrimonial (si este existe). Por otra parte, tampoco se cuestiona que una viuda se case con otro hombre y éste adopte a los hijos no procreados en el acto sexual propio de este segundo matrimonio, ni aunque la viuda estuviera embarazada de su primer marido. El mismo principio se aplica en el caso de que una mujer quede embarazada como consecuencia de una infidelidad matrimonial. Tampoco en este caso la moral católica recomendaría abortar y evidentemente la sexualidad de la mujer y su vínculo matrimonial están seriamente comprometidos en este supuesto. De nuevo, prevalece el bien de la vida del embrión. Por otra parte y en un plano de reflexión no ya filosófico sino teológico, si la maternidad fuera en sí misma intrínsecamente ilícita en el caso de no iniciar mediante un acto sexual conyugal por parte de dos esposos, no se ve cómo la maternidad de la Santísima Virgen María pueda escapar a esta dificultad. Es evidente que estamos ante un caso sobrenatural y milagroso completamente distinto al de la maternidad natural humana. Es sin embargo suficientemente sabido que lo sobrenatural va más allá de lo natural, pero no puede realizar 23 algo que es intrínsecamente inmoral. La Donum vitae decía: “La fidelidad de los esposos, en la unidad del matrimonio, comporta el recíproco respeto de su derecho a llegar a ser padre y madre exclusivamente el uno a través del otro.” En el caso de María, no llega a ser Madre a través de su marido José. Pero en el caso de la adopción de embriones la mujer no “llega a ser madre” pues no concibe el niño, sino que lo recibe en su vientre. De donde se concluye que si la maternidad que no proviene del acto conyugal fuera en sí misma intrínsecamente inmoral, nunca habría podido ser asumida tal posibilidad en el plan de la redención. Es evidente que así como en el caso de la maternidad divina estamos en otro plano e intervienen principios de juicio ético diferentes, así también en el caso de la adopción de los embriones crioconservados estamos en una situación distinta de la normal y los principios de juicio ético tiene que adecuarse a ese caso. El punto decisivo es que el objeto del acto moral de la adopción de embriones no es una “procreación heteróloga”. No se puede considerar la adopción de embriones como parte de la procreación. La procreación se refiere necesariamente a un evento que consiste en el paso del no-ser al ser. No hay personas “parcialmente procreadas”. Por lo tanto, cuando tiene lugar la implantación de un embrión en el vientre de una mujer, no es un acto de procreación, pues la criatura implantada ya está completamente procreada. La gestación no es en cuanto tal procreación ni parte del acto sexual. Es un fenómeno biológico importante, con profundas repercusiones psicológicas, afectivas y personales, pero no es procreación. La evidencia empírica muestra como se puede mantener la gestación durante los últimos meses, incluso cuando la madre ha muerto (casos de muerte encefálica) para salvar la vida del niño, sin que esto contradiga norma moral alguna. Se podría incluso hipotizar, que en el caso futuro en el que se llegara a un útero artificial capaz de llevar adelante la gestación, ofrecerle al embrión congelado esta posibilidad para salir de su estado de vida suspendida y desarrollarse, sería moralmente lícito. Esto muestra, una vez más, como la trasferencia del embrión al útero materno es inmoral en el contexto de un acto humano cuyo objeto moral es la procreación, pero no en aquel cuyo objeto moral es la adopción y la acogida. Una última reflexión nos puede ayudar a aclarar todavía más el concepto en juego. Toda fecundación “in vitro” es inmoral porque contradice la naturaleza de la procreación humana. Sin embargo, una vez realizada la fecundación y “producido” el embrión, su trasferencia al útero no sólo no es inmoral, sino obligatoria desde el punto de vista ético. Lo que muestra que no es la trasfencia, en sí misma, lo que es ilícito, sino la procreación heteróloga.