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 eXtoikos
Divulgación, Economía, Ensayo y Pensamiento
Nº 15 – 2014
ISSN: 2173-2035
Revista digital para la difusión del
conocimiento económico del Instituto
Econospérides
deterioro del medio
El
ambiente
Deterioro del medio ambiente// tendencias de la fiscalidad en el
contexto internacional// gases con efecto invernadero // fracking en
España// caso Algarrobico// RSE y medio ambiente// impuestos
medioambientales// RSE e información medioambiental//
atentados terroristas y mercados financieros// análisis efectos
externos y pensamiento económico// MOOC educación
financiera// indicadores económicos// Emisiones de CO2//
Composición fuentes de energía // tasa de descuento efectos
medioambientales// intervención del sector público y
externalidades// impacto económico desastres naturales//
problemas medioambientales vistos por los ciudadanos//
regulación// dinero, sangre y revolución// Economía de urgencia
Nº 15. 2014
eXtoikos
Nº 15. 2014
eXtoikos
eXtoikos
Revista digital para la difusión del
conocimiento económico
Consejo de Redacción
José M. Domínguez Martínez (Director)
Sergio Corral Delgado (Secretario)
Rafael López del Paso (Secretario)
Francisco Ávila Romero
Germán Carrasco Castillo
Juan Ceyles Domínguez
Adolfo Pedrosa Cruzado
Secretaría administrativa
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Diseño y maquetación
Marta Bravo Carmona
Juan Ceyles Domínguez
Rafael Muñoz Zayas
Edita y realiza
Instituto Econospérides
Conocimiento Económico
para
la
Gestión
del
El Instituto Econospérides no se solidariza
necesariamente con las opiniones, juicios y previsiones
expresados por los colaboradores de este número, ni
avala los datos que estos, bajo su responsabilidad,
aportan.
© Instituto Econospérides para la Gestión del
Conocimiento Económico.
ISSN: 2173-2035
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proceso reprográfico o fónico, electrónico o mecánico,
especialmente imprenta, fotocopia, microfilm, offset o
mimeógrafo, sin la previa autorización escrita del editor.
Nº 15. 2014
eXtoikos
Nº 15. 2014
eXtoikos
eXtoikos
Revista digital para la difusión del conocimiento económico
Sumario
Presentación
Presentación del número 15
Pág.
1
Coyuntura económica
Indicadores económicos básicos
José M. Domínguez Martínez
Instituto Econospérides
Tema de debate: El deterioro del medio ambiente
El deterioro del medio ambiente: algunas
cuestiones básicas desde una perspectiva
económica
Gráfico seleccionado
Evolución de las emisiones de CO2
5
Composición de las fuentes de energía
13
29
Metodología económica aplicada
La tasa de descuento aplicable a los efectos
medioambientales
35
¿Es imprescindible la intervención del sector
público para corregir un efecto externo negativo?
95
José M. Domínguez Martínez
«El Algarrobico», una cuestión de seguridad
jurídica
45
Carmen de Vivero de Porras
Curiosidades económicas
El impacto económico de los desastres naturales
su
49
María José Rueda Fernández
Impuestos y Medioambiente: un binomio para
reflexionar
La divulgación de información medioambiental
derivada de las iniciativas en materia de
Responsabilidad Social Empresarial
63
José
99
M.
Los problemas medioambientales vistos por los
ciudadanos
103
Regulación
Principales hitos normativos del tercer trimestre
de 2014
113
Mercedes Morera Villar
71
Nuria Domínguez Enfedaque
Pensamiento económico
El análisis de los efectos externos: principales
hitos en la historia del pensamiento económico
y
María José Rueda Fernández
Rafael Perea Ortega
El impacto de los atentados terroristas en los
mercados financieros: un análisis empírico del
caso estadounidense
Nuria Domínguez Enfedaque
Domínguez Martínez
La economía vista por sus protagonistas
59
Antonio Narváez Luque y Alberto Antonio
Rodríguez Rodríguez
Reseña de libros
George Cooper: «Money, blood and revolution.
How Darwin and the doctor of King Charles I
could turn economics into a science»
121
José M. Domínguez Martínez
75
Jorge Juan: «Economía de urgencia»
José M. Domínguez Martínez
Juan Francisco García Aranda
Enseñanza de la Economía
Educación financiera para la ciudadanía: una
propuesta de MOOC
Selección de artículos publicados
José M. Domínguez Martínez
93
Razonamiento económico
Juan Manuel Ayllón Díaz-González
Responsabilidad
Social
Empresarial:
contribución al desarrollo sostenible
91
José M. Domínguez Martínez
José María López Jiménez
Ensayos y notas
«El agua, sin gas, por favor»: la controversia
jurídica en torno al «fracking» en España
Radiografía económica
Rafael López del Paso
José M. Domínguez Martínez
Un ejemplo preocupante de externalidad
negativa: los gases con efecto invernadero
89
Rafael López del Paso
José M. Domínguez Martínez
Artículos
Una visión panorámica de la fiscalidad en el
contexto internacional: tendencias recientes
Pág.
87
79
Relación de artículos seleccionados, publicados
en el tercer trimestre de 2014
127
129
Instituto Econospérides
Colaboradores en este número
151
Nº 15. 2014
eXtoikos
Nº 15. 2014
eXtoikos
PRESENTACIÓN
Presentación del número 15
José M. Domínguez Martínez
C
on esta tercera entrega que ve la luz a lo largo
del año 2014, la revista eXtoikos llega a su
número 15. Al igual que los números
precedentes, también en éste se cubre la totalidad de
los apartados que integran el formato estándar de esta
publicación digital, que, después de cuatro años de
vida, mantiene intacto su espíritu fundacional, que no
es otro que contribuir, aunque sea de forma modesta,
a acercar las cuestiones económicas a los ciudadanos.
El camino recorrido para llegar hasta aquí no ha
estado libre de trabas ni de adversidades, pero ya
anticipábamos que, en tales coyunturas, trataríamos
de apelar a la evocación fonética que inspira el
nombre de la revista. No sabemos en qué medida, ni
hasta cuándo, seremos capaces de proseguir nuestra
ruta, pero, mientras tanto, intentaremos seguir
dejando nuestro pequeño rastro. El del número 15 es
ya una realidad, de la que someramente pretendemos
dar cuenta en estas líneas.
En la segunda, José María López aborda el caso de
una externalidad negativa ciertamente significativa,
concretamente la originada por las emisiones de gases
con efecto invernadero. Previamente esboza las
grandes líneas del debate histórico sobre los límites
del crecimiento económico, que se percibe a través de
prismas diferentes en función del grado de desarrollo
de los distintos países. Asimismo, efectúa un repaso
de la comercialización de los derechos de emisión
como una de las alternativas para controlar el nivel
máximo de contaminación que, al mismo tiempo,
trata de fomentar el uso de tecnologías respetuosas
con el medio ambiente.
A su vez, la sección de ensayos y notas acoge seis
trabajos. Inicialmente el profesor Juan M. Ayllón lleva
a cabo un minucioso análisis del ordenamiento
jurídico a escala comunitaria, nacional y autonómica
de la técnica del «fracking». A tenor de las
incertidumbres existentes acerca de su impacto
ambiental y desde el punto de vista de la salud
pública, el autor se decanta por la aplicación del
principio de cautela, abogando por una moratoria
respecto a los permisos de explotación, a semejanza
de la línea adoptada por países como Alemania y
Francia.
El problema del deterioro medioambiental es en
esta edición el tema propuesto para el debate. En la
colaboración inicial se efectúa una exposición de las
principales cuestiones que se suscitan en la actualidad
desde una perspectiva económica. Veinte son los
aspectos que se seleccionan como puntos de
referencia para organizar una discusión en torno a un
problema de tanta trascendencia. Un reconocimiento
de su realidad, magnitud, alcance y consecuencias es
un requisito imprescindible para tomar conciencia de
lo que está en juego y abordar distintas líneas de
actuación. La acusada asimetría entre la extensión e
implicaciones del deterioro medioambiental y la
carencia de instancias gubernamentales efectivas a
escala mundial actúa como un freno para la adopción
de medidas eficaces.
La controvertida y enrevesada situación jurídica del
complejo hotelero de «El Algarrobico», construido en
el litoral almeriense, centra la atención del artículo de
Carmen de Vivero. Después de ilustrar el insólito
recorrido de dicho proyecto en las esferas
administrativa, política y judicial, la autora subraya la
necesidad de mejorar el procedimiento de evaluación
del impacto ambiental y de la aplicación de medidas
preventivas y de protección del entorno.
Dos son las colaboraciones incluidas en el apartado
de artículos. En la primera de ellas, por parte de quien
suscribe estas líneas, se ofrece una visión panorámica
de la fiscalidad en el plano internacional. En el
artículo se exponen las tendencias observadas en los
sistemas tributarios de los países desarrollados y se
apuntan las principales líneas de reforma fiscal,
ámbito en el que en los últimos años han aparecido
nuevas opciones tributarias, y que se evidencia como
un largo y tortuoso camino, no solamente en España.
El papel de la responsabilidad social empresarial
con vistas al desarrollo sostenible es el objeto de la
colaboración de María José Rueda. En este trabajo se
efectúa una detallada exposición de las iniciativas
internacionales en relación con el problema del
cambio climático y se incide en la necesidad de
actuaciones decididas para frenarlo. A fin de evitar
que se sigan generando mayores desequilibrios en el
actual escenario de globalización y de contribuir a un
desarrollo sostenible, se defiende la adopción de
Nº 15. 2014
1
eXtoikos
medidas políticas, de gobernanza y educativas, así
como de responsabilidad social empresarial.
Dicha propuesta ha servido de base para la
elaboración de un curso de tales características dentro
de la convocatoria efectuada por la Universidad de
Málaga en 2013, a través de la plataforma Miríada X.
Posteriormente se incluye un trabajo de Antonio
Narváez y Alberto A. Rodríguez que se ocupa del
análisis de la imposición medioambiental en distintas
vertientes: la fundamentación de su papel como
opción de reforma fiscal, su importancia para la
actividad económica real, su articulación en el sistema
tributario andaluz y la evolución de su aportación
recaudatoria dentro de este último. Dicha aportación
es actualmente reducida, lo que no impide constatar
que la «fiscalidad verde» tiene un notable potencial a
este respecto, así como en términos de eficiencia
económica.
En el epígrafe dedicado a la coyuntura económica
se incluye una síntesis de la evolución de los
indicadores económicos básicos en distintos planos
territoriales.
La evolución de las emisiones de CO2 ha sido la
cuestión elegida para dar contenido al apartado del
gráfico seleccionado, a cargo del profesor Rafael
López, quien destaca cómo, en el período 1971-2012,
tales emisiones se han multiplicado en el mundo por
2, superando el crecimiento del PIB real, cuya
magnitud se ha multiplicado por 1,5.
Por su parte, Rafael Perea se encarga de mostrar los
cambios introducidos en el marco regulatorio y de
gobernanza de las empresas en relación con la
divulgación de información no financiera,
especialmente
respecto
a
cuestiones
medioambientales, en el contexto de la promoción de
la responsabilidad social. En el artículo se
documentan y analizan las obligaciones emanadas de
normas comunitarias y nacionales. El conocimiento
de las actuaciones del sector privado en el desarrollo
de prácticas responsables y sostenibles, lejos de ser
una moda pasajera, está en vías de convertirse en un
elemento de creciente importancia, a incorporar
estructuralmente en el modelo de gestión
empresarial, sea o no exigido explícitamente por la
legislación.
También el profesor López se ocupa del epígrafe de
radiografía económica, en el que analiza la
composición de las fuentes de energía a escala
mundial. Pese al retroceso en términos relativos entre
1971 y 2012, los productos petrolíferos, con un 41%
del total, siguen teniendo la hegemonía entre las
fuentes de energía.
Posteriormente, dentro de la sección dedicada a la
metodología económica aplicada se pasa revista a la
aplicación de una tasa de descuento en relación con
los efectos medioambientales. Se hace hincapié en la
trascendencia que tiene la elección de una tasa
concreta y se llama la atención acerca de las
consecuencias que tiene la utilización del descuento
cuando estamos en presencia de costes y beneficios
no financieros.
La última de las colaboraciones, elaborada por
Nuria Domínguez, se centra en el análisis de los
efectos de los atentados terroristas sobre el precio de
las acciones de las empresas cotizadas, referido al caso
estadounidense en el período 1990-2013. Mediante la
utilización de la metodología de los estudios de
eventos, se pone de manifiesto que tales atentados
originan efectos negativos significativos que difieren
entre sectores económicos.
Seguidamente, dentro de la sección reservada al
pensamiento económico, se efectúa un repaso de los
principales hitos localizados en la historia del
pensamiento económico en relación con el análisis y
el tratamiento de los efectos externos, área en la que
sobresale la aportación de Pigou.
En la de razonamiento económico se aborda el
interrogante de si es estrictamente necesaria la
intervención del sector público para corregir un
efecto externo negativo. A este respecto, se ilustra el
conocido –impropiamente- como Teorema de Coase,
que fundamenta la posibilidad de internalizar una
externalidad negativa mediante una negociación libre
Ya en relación con la enseñanza de la Economía, se
incluye una propuesta de MOOC (curso en línea
masivo y abierto, lo que, en español, daría lugar al
acrónimo CEMA, recientemente propuesto) sobre las
claves de la educación financiera para la ciudadanía.
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2
eXtoikos
entre las partes afectadas, siempre que estén
asignados los derechos de propiedad y se den unas
condiciones singulares.
El contenido del sumario finaliza con una selección
de artículos publicados en diferentes medios en el
tercer trimestre de 2014.
En el apartado de curiosidades económicas, en un
trabajo realizado por Nuria Domínguez y quien firma
estas líneas se efectúan distintas consideraciones en
relación con el impacto económico de los desastres
naturales. En particular se presta atención a la
duración de dicho impacto y a su incidencia en el
nivel de producción a medio plazo. El caso del
terremoto que en 1995 asoló la ciudad japonesa de
Kobe se aporta como evidencia de la capacidad de
recuperación, que contrasta con la que se desprende
de otros episodios.
Antes de poner punto final a estas líneas, quiero, en
nombre del Consejo de Redacción de eXtoikos, dejar
constancia de nuestro agradecimiento a todas
aquellas personas que, de manera desinteresada, han
contribuido a que el número 15 de la revista haya
podido ocupar el hueco que tenía reservado en su
página web. También, cómo no, a todas las personas
que acceden a la revista y difunden sus contenidos.
Como señalábamos en la presentación del número
14 de eXtoikos, en el marco de las VIII Jornadas de
Seguridad, Defensa y Cooperación, celebradas en
Málaga en noviembre de 2014, como proyecto
editorial no disponemos de ninguna de las tres clases
de inputs básicos para el éxito de una revista con una
orientación similar a la nuestra: i) notoriedad,
relevancia e influencia; ii) reconocimiento a efectos
académicos; c) recursos económicos. Ante la ausencia
de factores tan determinantes, sólo cabe apelar al
voluntarismo y, por encima de todo, al compromiso
con la filosofía de compartir el conocimiento.
Ya en la sección destinada a los protagonistas de la
economía, María José Rueda ha sido quien se ha
ocupado de recabar diversas opiniones acerca de los
problemas medioambientales. Tras una introducción
en la que se ilustra la situación de deterioro
ambiental, a partir de un decálogo de preguntas, se
recogen los testimonios de cinco personas con una
relevante experiencia profesional en diversos campos
relacionados con el medio ambiente, la información y
la empresa.
Afortunadamente, no hay rankings basados en este
criterio, ni necesidad de exhibir patentes acreditativas
del mismo para estar operativos, como tampoco de
someterse a onerosos cánones excluyentes. El
ejercicio de dicho principio tiene, en cambio,
múltiples ventajas; entre ellas, la tendencia a
reproducirse y extenderse espontáneamente entre
personas en las que late ese espíritu.
Por otro lado, como es habitual, Mercedes Morera
es la encargada de plasmar un resumen sistemático de
los principales hitos normativos con implicaciones
económicas, en este caso correspondientes al tercer
trimestre de 2014. En esta ocasión, a la exposición del
contenido de cada disposición se acompaña un
cuadro en el que se sintetiza la información y que
permite disponer de una visión de conjunto.
Carente de motores capaces de preservar su rumbo,
y privada de vientos favorables, nuestra nave discurre
a duras penas por aguas procelosas, impelida
únicamente
por
la
energía
de
quienes
voluntariamente se avienen a empuñar los remos:
renglón a renglón, artículo a artículo, número a
número, palada a palada... El cansancio en la
tripulación es a veces manifiesto, sin que lleguemos a
saber con seguridad si logramos avanzar hacia
nuestra meta o si se trata de una mera ilusión. Pero el
hecho de que ahora emerja este nuevo número es
quizás un indicio de que, al menos, aún nos
mantenemos a flote. Así lo registraremos en el
cuaderno de bitácora, que conserva todavía muchas
páginas en blanco, sin tener la certeza de si podrán
rellenarse ni de quién estará en condiciones de
hacerlo.
La sección de reseña de libros acoge dos
recensiones. La primera corresponde a la altamente
sugerente obra de George Cooper «Money, blood and
revolution in the economy», en la que se plantea una
sustancial revisión metodológica de la Economía, con
una propuesta de cambio de paradigma.
La segunda, realizada por Juan F. García, se centra
en el libro «Economía de urgencia», cuyos autores
responden al seudónimo Jorge Juan, que da cobijo a
un sexteto de conocidos economistas, de gran
influencia en el panorama español actual, en cuanto a
análisis de la situación económica y conformación de
la opinión pública. En el libro se plasman las
conversaciones mantenidas con alumnos de
bachillerato sobre un ramillete de cuestiones de
interés.
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eXtoikos
TEMA DE DEBATE: EL DETERIORO DEL MEDIO AMBIENTE
El deterioro del medio ambiente: algunas cuestiones básicas
desde una perspectiva económica
José M. Domínguez Martínez
Resumen: La pretensión de este trabajo es poner de relieve, a modo de síntesis, las principales cuestiones que,
desde una perspectiva económica, se suscitan en la actualidad en relación con el deterioro del medio ambiente.
Partiendo de la importancia del objetivo de la preservación del equilibrio medioambiental, y teniendo en cuenta las
preocupantes consecuencias que se derivan de las tendencias observadas, según acredita la evidencia científica
disponible, se realiza una reflexión en torno a los problemas y retos planteados, y se reseñan posibles líneas de
actuación para frenar el proceso observado. Palabras clave: Medio ambiente; deterioro; perspectiva económica; política económica.
Códigos JEL: Q50.
L
a actividad humana ha tenido desde tiempos
ancestrales una incidencia en el entorno
natural. Evidentemente, la magnitud de dicho
impacto se ha visto condicionada por la propia
dimensión de la población que habitaba el planeta y
por la capacidad tecnológica de influir en el medio. La
revolución industrial y el inicio del proceso de
urbanización a gran escala representan un hito
fundamental. En poco más de dos siglos la potencia
destructiva del ser humano ha aumentado
exponencialmente y el deterioro causado al entorno
natural resulta difícil de cuantificar e imposible de
valorar.
domina y facilita nuestras vidas, pero no podemos
olvidar que las sustancias físicas siguen
desempeñando un papel crucial en las economías
actuales (Crooks, 2014a).
Un aspecto importante a tener en cuenta al abordar
el problema del deterioro medioambiental es que la
carrera del progreso económico no ha sido
homogénea en todas las latitudes. Una vez alcanzado
un elevado nivel de vida, resulta más asumible
ralentizar el crecimiento futuro. En otras zonas donde
una gran mayoría de la población sigue sumida en la
miseria, particularmente cuando se perciben los
contrastes con otras más avanzadas, es más
complicado esgrimir la conservación del medio
ambiente como freno de la actividad económica.
Tras décadas de intensa actividad económica, los
efectos contaminantes de las fábricas, de los medios
de transporte, de los sistemas de calefacción, de los
residuos inorgánicos, junto con agresiones directas
como la deforestación, la sobreexplotación de los
recursos acuíferos o pesqueros, la desaparición de
espacios naturales ante el avance de la construcción
de edificios e infraestructuras, la eliminación de
riqueza forestal por incendios provocados y otras
muchas actuaciones de similar tenor han causado un
deterioro del hábitat que ni siquiera con una venda en
los ojos puede dejar de apreciarse1.
Numerosos informes técnicos nos ilustran desde
hace años acerca de la desaparición de especies, de la
alteración de equilibrios biológicos y de la aparición
de mutaciones climáticas, entre otros fenómenos. A
pesar del extendido respaldo de la comunidad
científica a la existencia del calentamiento global,
siguen existiendo sectores de opinión que se
mantienen en el escepticismo; pero, lo que es más
grave, incluso aunque se compartan las tesis del
deterioro medioambiental, la falta de acuerdo entre
los gobiernos de los distintos países impide la
adopción de medidas eficaces y su implementación
efectiva. Es el ámbito del medio ambiente, dada su
condición de «bien colectivo puro» de alcance
universal, donde más claramente se pone de
manifiesto la asimetría existente entre la globalización
y la limitación de los gobiernos nacionales, así como
el problema de actuación óptima inherente a los
servicios colectivos puros. ¿Cómo hacer frente al
problema del «free rider» que nos concierne a todos
La mejora de los niveles de vida y bienestar social se
ha logrado incurriendo en unos cuantiosos costes, no
recogidos en las estimaciones del producto interior
bruto ni en otros indicadores representativos de la
actividad económica. Vivimos en la denominada
«sociedad del conocimiento», en la que Internet
1
Durante la pasada década, 13 millones de hectáreas de
bosques fueron convertidas cada año para otros usos,
principalmente agrícolas (The Economist, 2010a).
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los habitantes del planeta, a todas las empresas y a
todos los gobiernos? ¿Cómo frenar la tendencia a ser
«polizones» en el planeta azul, a querer disfrutar de
todo lo que nos aporta sin renunciar al bienestar
económico y material?2
concebir un cuadrado con los siguientes lados:
estabilidad económica, protección del medio
ambiente, soberanía nacional y democracia
(Domínguez, 2014a). En el campo de la energía hay
también un conocido «trilema» en el que están
implicados los tres objetivos siguientes: mitigar el
cambio climático mediante la reducción de las
emisiones de dióxido de carbono, lograr la seguridad
de la oferta energética y asegurar que la energía sea
asequible para los consumidores (Chazan, 2013).
Ya desde los años setenta del pasado siglo comenzó
a alertarse acerca de los límites del crecimiento
económico e incluso se abogaba por un crecimiento
nulo. No ha sido esa precisamente la pauta que ha
imperado en todo el mundo desde entonces. Es más,
hemos vivido las dolorosas consecuencias de las
recesiones económicas, a veces con réplicas
posteriores, originadas por la crisis financiera
internacional iniciada en 2007. Legiones de personas
aguardan en las colas del desempleo a que las
principales economías occidentales sean capaces de
reencontrar la senda de un crecimiento sostenido del
PIB.
Los problemas relacionados con el medio ambiente
tienen muchas implicaciones económicas, pero antes
de llegar a tales componentes hemos de percibir que
nos topamos con una cuestión primaria como es la
propia existencia de la vida en el planeta tal como hoy
la percibimos. La perspectiva económica es
importante, pero no puede prescindir de la premisa
anterior.
Después de una larga etapa de efectos negativos
sobre el medio ambiente, el conflicto entre el
crecimiento económico y la preservación del hábitat
natural se muestra de manera más descarnada que
nunca. Y como nunca antes se hace patente la
necesidad de contar con una autoridad mundial con
capacidad para hacer compatibles, mediante una
asignación equilibrada de recursos, ambos objetivos.
No es tarea fácil abarcar una visión realmente
comprehensiva de todos los aspectos relacionados
con el medio ambiente. Descartado ese ambicioso
objetivo, con la única intención de plantear un
inventario tentativo de posibles cuestiones a abordar,
a continuación se expone una relación de algunas de
ellas, particularmente relevantes desde un prisma
económico:
1. La constatación del calentamiento global y la
solidez de la evidencia científica: El Panel
Intergubernamental sobre el Cambio Climático
(PICC) en su último informe, de marzo de 2014,
arguye que el cambio climático está afectando a todos
los ecosistemas y sostiene que la mayoría de los
efectos de un clima más templado son negativos e
irán agravándose. En dicho informe se sintetiza la
evidencia de 73.000 trabajos publicados. El consenso
total al respecto, según señala The Economist
(2014b), sigue siendo elusivo. Pero, como señala Wolf
(2014b), «cualquier certeza sobre [tales predicciones
de] la ciencia sería ridícula. Es racional preguntar si
los beneficios de la mitigación superan los costes. Es
irracional negar la verosimilitud de un cambio
climático provocado por el hombre».
Si, como ha puesto de relieve Rodrik (2012), «no
podemos perseguir simultáneamente democracia,
autodeterminación
nacional
y
globalización
económica», lo que, según él, constituye el «trilema
político fundamental de la economía mundial», no
hay que hacer ningún alarde de imaginación para
tomar conciencia de la extrema dificultad para
2. El porqué del escepticismo de determinados
colectivos: Particularmente en Estados Unidos, a
pesar de las crecientes advertencias sobre el impacto
ya real del cambio climático (incluidas las del propio
gobierno), las encuestas de opinión no revelan una
excesiva
prioridad
para
las
cuestiones
medioambientales, frente a otros problemas como la
marcha de la economía, el desempleo, el gasto público
o la atención sanitaria. La influencia de las creencias
2
La recuperación del medio ambiente cuenta con la valiosa
desinteresada aportación de muchas personas que
representan la antítesis de dicho comportamiento, sin que
pueda llegarse a tener la capacidad de actuación necesaria
ante el alcance y la magnitud de los problemas
medioambientales existentes.
Nº 15. 2014
6
eXtoikos
religiosas puede ser relevante en este terreno3. Como
nos recuerda The Economist (2010b), la existencia de
algunas ambigüedades en la ciencia no encaja
confortablemente con las demandas de actuaciones
políticas. No obstante, hay iniciativas que pretenden
que el cambio climático se erija en un tema de
referencia en las elecciones presidenciales de 2016.
Como recoge Jopson (2014), la «NextGen Climate
Action» acusa al Partido Republicano de negar la
ciencia del cambio climático, contribuyendo de esa
manera a proteger los intereses de la industria del
petróleo y del gas. Por su parte, los representantes de
dicho partido esgrimen que las políticas relacionadas
con el cambio climático perjudicarán la economía y
destruirán empleos. Según Caldwell (2014), los
estadounidenses han estado recibiendo indicaciones y
referencias a lo largo de una década sin que hasta
ahora se haya logrado sacar al país de su indiferencia,
si bien la situación parece que empieza a cambiar. Por
otro lado, una relativa pausa observada en los últimos
años en el proceso de calentamiento ha sido
aprovechada por los escépticos, pero recientes
investigaciones han mostrado que una gran parte del
calor restante se encuentra oculto en las
profundidades marinas (The Economist, 2014d).
Protocolo de Kyoto, que entró en vigor en 2005, es el
instrumento creado para facilitar el cumplimiento del
Convenio de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático. Desafortunadamente, ha de constatarse el
fracaso del Protocolo de Kyoto en limitar la
trayectoria de las emisiones. De hecho, el nivel de
CO2 en la atmósfera aumenta a su tasa más rápida de
los últimos 30 años (Clark, 2014b). La cantidad de
gases de efecto invernadero en la atmósfera alcanzó
un nuevo récord en 2013 (WMO, 2014)4. Como
destacaba The Economist (2010d), el hecho de que los
dos grandes países emisores de dióxido de carbono,
China y Estados Unidos, no estén limitados por el
Protocolo convierte a este en absurdo.
Recientes
4. Proyecciones
medioambientales:
informes, como el «Unburnable Carbon 2013»,
sostienen que la combustión de las reservas conocidas
de combustibles fósiles es incompatible con la
consecución
de
los
objetivos
climáticos
gubernamentales. Asimismo, el «World Energy
Outlook 2012» concluye que la combustión de las
reservas actuales, sin captura de las emisiones de CO2,
liberaría aproximadamente el triple del presupuesto
global de carbono. El consumo de dicho stock, sin
ninguna adición, elevaría la temperatura media global
bien por encima de los 3 grados centígrados (Wolf,
2014a).
La situación planteada ha sido expuesta por Stiglitz
(2011) con total crudeza: «Si hubiera otros planetas a
los que pudiésemos irnos a bajo coste en el caso de
que ocurriera el resultado casi seguro que prevén los
científicos, se podría argumentar que se trata de un
riesgo que vale la pena tomar. Pero no los hay, por lo
que no lo es». Por su parte, The Economist (2010c)
nos deja la siguiente advertencia: «El hecho de que las
incertidumbres nos permitan construir un futuro
relativamente benigno no nos permite ignorar los
futuros en los que el cambio climático es grande, y en
algunos de los cuales es verdaderamente muy
peligroso. Los escépticos llevan razón en que las
incertidumbres están extendidas en la ciencia del
clima. Están equivocados cuando presentan lo
anterior como una razón para la inacción».
5. El análisis económico de la contaminación;
actuación individual vs. actuación colectiva: La
esencia del problema planteado, al que anteriormente
se ha hecho referencia, ha sido expresada con claridad
meridiana por Wolf (2014b): «No tenemos una
atmósfera china o norteamericana. Tenemos una
atmósfera global. No podemos llevar a cabo
experimentos independientes en ella. En su lugar
hemos estado realizando un experimento conjunto.
Este no fue una decisión consciente: ocurrió como
resultado de la revolución industrial. Pero estamos
decidiendo conscientemente no parar».
3. El Protocolo de Kyoto: El problema del
calentamiento global comenzó a tener una
repercusión pública mundial a partir de la
conferencia de Toronto de 1988. El consenso
alcanzado llevó a las Naciones Unidas a crear el Panel
Intergubernamental para el Cambio Climático. El
4
Hay que tener en cuenta que hay gases con diversos usos
industriales con un efecto de calentamiento muy superior al
provocado por el dióxido de carbono. Por otro lado, hay
actuaciones como la limitación del uso del carbón y la
protección de la capa de ozono que afectan a la cantidad de
energía que la atmósfera absorbe (The Economist, 2011).
Recientemente, la revista The Economist (2014f) ha
elaborado un ranking de las políticas medioambientales con
arreglo a su impacto en la mitigación de las emisiones de
dióxido de carbono. Dicho ranking está encabezado por el
protocolo de Montreal, centrado en la eliminación de los
clorofluorocarbonos.
3
En algunos estados norteamericanos se han propuesto
iniciativas legales para que en las escuelas se instruya a los
niños en el sentido de que existen opiniones contrapuestas
sobre cuestiones científicas “controvertidas” relacionadas,
entre otros aspectos, con el calentamiento global (The
Economist, 2014c).
Nº 15. 2014
7
eXtoikos
6. La tragedia de los recursos comunales: Hace cerca
de 40 años, Garret Hardin describió la «tragedia de
los bienes comunales». Señalaba que cuando un
recurso está a disposición indistintamente de un
conjunto de personas, el interés individual lleva a
sobreutilizarlo en vez de preservarlo, desatendiendo
el interés colectivo a largo plazo5. Las aguas
internacionales -en las que la actividad pesquera no
está restringida- son uno de los casos más
importantes de bienes comunales. La evitación de las
tragedias asociadas a la sobreexplotación de los
recursos naturales requiere de una serie de
instituciones y reglas capaces de equilibrar los
intereses individuales a corto plazo con los intereses a
largo plazo del conjunto de usuarios potenciales. En
el caso de la pesca, se ha planteado como primer
objetivo (The Economist, 2014a, pág. 10) la
finalización de las subvenciones a dicha actividad,
que, en el caso de los países avanzados. representan
un tercio del valor de las capturas.
naturales que hemos recibido. Nuestras actuaciones
ocasionan una serie de costes y beneficios que se
materializan en distintos momentos. Esa distinta
secuencia convierte en heterogéneos los valores
económicos implicados. El hecho de que las
generaciones futuras no puedan estar presentes a la
hora de efectuar la evaluación de tales costes y
beneficios confiere una importancia extrema a la
fijación del tipo de descuento que debemos utilizar
para homogeneizar todos los flujos, monetarios y no
monetarios. Desde nuestro punto de vista, dado que
existe una alta probabilidad de calentamiento global,
cuyas consecuencias pueden ser calamitosas, resulta
obligado utilizar una tasa de descuento muy baja
respecto a los costes futuros estimados, a fin de tomar
conciencia de su verdadero impacto. Pero no puede
olvidarse, como destaca Sachs (2014), que el
problema del cambio climático abarca un horizonte
temporal que va mucho más allá de los ciclos
electorales.
7. La gobernanza mundial: En línea con lo ya
señalado, la protección del medio ambiente es un
bien colectivo puro y, por lo que concierne a la
atmósfera, auténticamente mundial. La teoría de la
hacienda pública ha fundamentado la configuración
de un sector público con distintos niveles de
gobierno, cada uno encargado del suministro de
aquellos bienes y servicios cuya área de influencia se
extiende a su respectivo ámbito. Es evidente que sólo
una autoridad mundial sería la apropiada para hacer
frente a la provisión de un bien o servicio que afecta a
toda la población del planeta. Las palabras de Graça
Machel, viuda de Nelson Mandela, en la cumbre del
cambio climático de septiembre de 2014, en la
Asamblea General de Naciones Unidas, son bastante
sintomáticas al respecto: «Reconozco que hay un
comienzo de la comprensión de la gravedad del
desafío que afrontamos, pero al mismo tiempo tengo
la impresión de que hay un enorme desajuste entre la
magnitud del desafío y la respuesta que oímos aquí
hoy» (Clark, 2014b).
9. La contabilidad analítica del consumo
alimenticio: En una sociedad cada vez más
concienciada
respecto
a
los
problemas
medioambientales, el conocimiento de las
implicaciones directas e indirectas de los hábitos de
consumo puede hacer moldear estos hacia las
opciones menos agresivas o menos dependientes de
los recursos naturales más escasos. A título de
ejemplo, producir un kilo de carne requiere
multiplicar por 15 el consumo de agua que necesita
un kilo de trigo (Domínguez, 2009a).
10. El precio de la energía. El aumento del peso de las
energías renovables: En una economía mixta como la
que predomina en el mundo, el precio de mercado,
aunque esté sujeto a regulaciones, a impuestos, a
trabas comerciales o a una insuficiente competencia,
es una guía fundamental para la toma de decisiones
por individuos y empresas. Las energías renovables
están llamadas a jugar un papel fundamental para
lograr el equilibrio medioambiental, pero el camino
es arduo (Domínguez, 2010). La extensión de su uso,
al margen de las dificultades inerciales para superar
modelos productivos y de consumo, tropieza con el
inconveniente de su elevado coste. Como ocurre en el
caso español, estos a veces se camuflan en el de otras
fuentes de energía, dando lugar a una situación de
opacidad y de confusión. En los últimos años el coste
de los paneles solares y el de la energía eólica ha caído
sustancialmente (Clark, 2014a). Al margen de lo
anterior, en una buena parte de los países europeos se
constata la incoherencia de que los impuestos sobre
carburantes no gravan en función de su contenido
contaminador.
8. La valoración de los costes y beneficios futuros: la
elección de la tasa de descuento: La sociedad actual es
de facto la encargada de la gestión de los recursos
5
Este enfoque es objeto de crítica por Rifkin (2014, pág.
196), quien considera que omite la gestión del denominado
«procomún». Rifkin recuerda otras aportaciones que
evidencian que, mediante protocolos de autogestión, se
puede anteponer el interés de la comunidad al interés
personal. Esta línea de investigación ya fue recompensada
con el Premio Nobel de Economía (Domínguez, 2009b).
Sólo cabría desear que la fórmula del «procomún» se
extiende a más ámbitos.
Nº 15. 2014
8
eXtoikos
11. El papel de las subvenciones de explotación:
Anteriormente también se ha mencionado que hay
algunas actividades con alta incidencia en el medio
ambiente que no sólo no se encuentran
desincentivadas mediante el uso de cargas fiscales
sino que disfrutan de subvenciones. Adicionalmente,
los subsidios al consumo en muchos países
exportadores de petróleo representan un enorme
despilfarro, que, en opinión de Wolf (2014c), debe ser
eliminado.
vista que las medidas con finalidad medioambiental
generan usualmente algunos costes en su aplicación
(García Fernández, 2009b).
12. El impacto en la salud: Se trata de una vertiente
que demanda la máxima atención al abordar las
políticas medioambientales. La dimensión de la salud
ha de constituir un componente más que relevante en
la construcción de indicadores de bienestar. Las
condiciones desfavorables para la salud humana
ligadas a la contaminación y los gastos sanitarios
inducidos han de computarse entre los aspectos
negativos de las acciones que provocan el deterioro
medioambiental.
13. La utilización de impuestos: Son diversos los
instrumentos disponibles para implementar las
políticas económicas preventivas orientadas a la
preservación del medio ambiente (García Fernández,
2009a). La utilización de los impuestos para la
corrección de efectos externos negativos cuenta con
una larga tradición en la teoría de la hacienda pública
y un vasto recorrido en los sistemas tributarios. Desde
hace bastante tiempo, se viene defendiendo el recurso
a los impuestos medioambientales, dentro de la
denominada reforma fiscal verde, que, al menos
teóricamente, puede permitir cosechar el llamado
«doble dividendo»: disminuir la contaminación y
reducir las distorsiones de los impuestos
distorsionantes, como el IRPF, a los que podrían
sustituir total o parcialmente. Su importancia es, sin
embargo, bastante limitada. Ha habido distintas
propuestas para la aplicación de un impuesto sobre
las emisiones de CO2, pero la necesidad de
coordinación y armonización internacionales, que
son difíciles de alcanzar, ha impedido su puesta en
marcha a gran escala. Respecto a la imposición sobre
carburantes, la tendencia es la de aproximar el
gravamen al impacto contaminador, a fin de corregir
situaciones paradójicas. En los últimos años se han
extendido las propuestas para el establecimiento de
impuestos sobre la actividad turística, que ya se han
incorporado en las agendas de reforma fiscal
(Domínguez, 2014b). No faltan, sin embargo,
opiniones que cuestionan el uso de los impuestos
ligados al turismo sobre la base de que pueden
socavar un sector vital para algunos países (Thomson,
2014). Con carácter general, no puede perderse de
14. Los incentivos a la I+D+i: La eficiencia energética
ha llegado a ser calificada como «la Cenicienta
olvidada» en el ámbito de las intervenciones públicas
(Butler, 2014). Su aumento sería una pieza clave para
lograr los objetivos medioambientales. La utilización
de incentivos a la implantación de métodos de
producción más limpios y eficientes es una actuación
que puede ser positiva desde el punto de vista del
análisis
coste-eficacia.
Sin
embargo,
hay
circunstancias en las que la adopción de medidas
obligatorias para la adopción de nuevos estándares es
la vía más eficaz.
15. El uso de derechos de contaminación: Los
economistas de raíz neoclásica atribuyen a la
inexistencia de derechos de propiedad el excesivo uso
de recursos escasos, ya que los usuarios no han de
afrontar precio alguno. Ronald Coase demostró que
algunos problemas pueden resolverse, siempre que se
den determinadas circunstancias, mediante la
asignación de los derechos de propiedad del recurso
escaso a una de las partes implicadas (Medel y
Domínguez, 1991). La utilización de derechos de
contaminación comercializables responde a esa
filosofía. La idea consiste en asignar derechos de
contaminación a las empresas de manera que, en su
conjunto, no se pueda superar el tope establecido.
Para exceder su cuota, una empresa deberá comprar a
otra los derechos que ésta no utilice, por no producir
Nº 15. 2014
9
eXtoikos
o haber introducido
contaminantes6.
nuevos
métodos
no
negativas para el crecimiento económico e incluso
podría llegar a acelerarlo. A su vez, el diario Financial
Times (2014) advierte de que «salvar el medio
ambiente no significa matar la economía», después de
enfatizar que «‘capitalismo versus clima’ es una falsa
opción».
16. La aplicación de medidas regulatorias limitativas
de acciones contaminantes: La gama de instrumentos
de los que dispone la política económica para tratar
de preservar el medio ambiente es amplia. Hay casos
en los que está justificado encarecer el precio de los
productos para que, en su toma de decisiones, los
consumidores tengan en cuenta el coste social ligado
a su demanda. Pero hay otros casos en los que no
puede dejarse que el curso de los acontecimientos se
rija por el principio de la soberanía del consumidor.
En tales supuestos es preciso recurrir a la prohibición
directa.
18. Las implicaciones en el plano de la igualdad: La
consideración de las repercusiones del deterioro
ambiental no puede desatender la vertiente de la
igualdad. ¿Cómo se distribuyen las consecuencias
negativas del deterioro del medio ambiente
geográfica, sectorial y personalmente? ¿Cómo se vería
afectada esa distribución de aplicarse medidas
generales eficaces para frenar el calentamiento global?
19. La esperanza del avance tecnológico: La reflexión
de Wolf (2014b) es muy interesante a este respecto.
Después de declararse desilusionado respecto a la
capacidad efectiva del uso de impuestos y cuotas de
contaminación, apunta dos requisitos para poder
adoptar políticas adecuadas: i) que la población se
convenza de que el impacto del cambio climático
podría ser grande y costoso; ii) que, asimismo, crea
que los costes de la mitigación serían tolerables. Esto
último requiere el desarrollo de tecnologías creíbles y
aplicables para un futuro menos dependiente del
dióxido de carbono. En algunos casos, las
restricciones para el uso de recursos hasta ahora
prácticamente libres está obligando a las empresas a
adaptar sus métodos de producción, como ocurre en
relación con la utilización del agua (Clark, 2014a). Las
nuevas técnicas tienen, empero, también un lado
controvertido. Así, el descubrimiento y la explotación
del gas de esquisto tienen considerables
consecuencias económicas en el mercado de la
energía y medioambientales7. Al margen de sus
repercusiones directas, contribuye a alejar la idea de
la escasez de los recursos (Schwartz, 2014; Crooks y
Raval, 2014).
17. La
disyuntiva
crecimiento
económicopreservación del medio ambiente: Se trata de un
dilema tradicional y, en principio, bastante lógico. De
hecho, si la humanidad no hubiese llevado a cabo la
revolución industrial, no sufriríamos hoy día el
problema del calentamiento global. No es preciso ser
muy imaginativo para apreciar la relación inversa que
se daría entre la supresión de numerosas actividades
productivas, generadoras de renta y empleo, que
originan importantes costes medioambientales, y el
crecimiento económico.
El desarrollo económico causa la deforestación,
pero también puede ayudar a su detención. Como se
señala en The Economist (2010a), la globalización
está acelerando el aumento de la demanda de bienes
agrícolas de los países tropicales. Al mismo tiempo, a
medida que los países emergentes logran una mayor
prosperidad, surge una mayor preocupación por las
cuestiones que van más allá del bienestar individual
directo, con lo que los gobiernos se hacen más
proclives a la regulación del medio ambiente. ¿Puede
ser cierta la afirmación de The Economist (2010e) en
el sentido de que la mejor protección contra el
calentamiento global es la prosperidad global?
20. La responsabilidad social empresarial: La
responsabilidad social corporativa está de moda en
todo el mundo. Hoy día es difícil que una empresa de
tamaño medio o grande pueda desentenderse de
explicitar algún compromiso en dicho ámbito, difuso
por definición y bastante controvertido en cuanto a
su alcance real. En absoluto puede considerarse que
sea negativo manifestar un compromiso explícito con
una actuación empresarial responsable hacia las
Ha surgido un «nuevo optimismo» según el cual la
relación entre la protección del medio ambiente y el
crecimiento económico es mucho más favorable de lo
que se creía hasta ahora. Se han publicado recientes
informes, de los que se hacen eco Krugman (2014) y
Wolf (2014c), que sugieren que la limitación de las
emisiones de carbono apenas tendría repercusiones
6
A raíz de los recientes propuestas del presidente Obama,
diversos estados norteamericanos contemplan el uso de
permisos de contaminación (Jopson y Crooks, 2014).
7
El auge del gas de esquisto ha sido calificado como una
revolución permanente, que permite a las compañías hacer
retroceder las fronteras de la tecnología para reducir costes y
mejorar la productividad (Crooks, 2014b).
Nº 15. 2014
10
eXtoikos
diferentes partes interesadas en la actividad
empresarial. Aunque sólo fuera por el legado a dejar a
las generaciones futuras, éstas deben ser una de las
principales referencias, otorgando una fuerte
ponderación a la incidencia en el medio ambiente.
Aparte de la necesidad de controlar los grandes
efectos, no deben desdeñarse las acciones a pequeña
escala, ya que, cuando se agregan, pueden tener una
notable relevancia.
CLARK, P. (2014a): «Heat rises for fossil fuel industry
as climate talks gather place», Financial Times, 22 de
septiembre.
CLARK, P. (2014b): «Climate summit end with
rebuke to leaders», Financial Times, 24 de
septiembre.
JOPSON, B. (2014): «US billionaire tales on climate
skeptics», Financial Times, 22 de mayo.
Una amplia encuesta efectuada a 2.000 compañías
de distintos países pone de relieve un hecho
llamativo: dos tercios de los empresarios piensan que
las cuestiones sociales y medioambientales son
significativas o muy significativas, pero sólo un 10%
piensa que ellos mismos están haciendo bastante al
respecto (The Economist, 2014e).
CHAZAN, G. (2013): «Energy costs widen gap in
competitiveness», Financial Times, 14 de octubre.
CLARK, P. (2014a): «FT series: A world without
water», Financial Times, 14 de julio.
CLARK, P. (2014b): «Level of carbon dioxide in the
atmosphere surges», Financial Times, 9 de
septiembre.
La responsabilidad social juega un papel primordial
en relación con los inversores. A este respecto ha
surgido un nuevo fenómeno, el auge de un
movimiento de desinversión del sector de
combustibles fósiles que arguye que los inversores
deben tener presente que la mayor parte de las
reservas de carbón, petróleo y gas de las compañías
cotizadas deben quedarse en el subsuelo si el mundo
quiere evitar el calentamiento global (Clark, 2014a)8.
CROOKS, E. (2014a): «A thinker whose heft
impressed Bill Gates», Financial Times, 3 de
septiembre.
CROOKS, E. (2014b): «US shale: What lies beneath»,
Financial Times, 26 de agosto.
Una reflexión final: Para finalizar, creemos
oportuno hacer alusión a la aseveración de The
Economist (2010e) de que «desde el origen de los
tiempos, las criaturas se han adaptado a los cambios
en su entorno. Desafortunadamente, tal adaptación
ha significado siempre grandes cifras de muertes. La
evolución opera de esta manera. Pero la especie
humana es más afortunada que la mayoría de las
especies. Tiene la ventaja de ser capaz de pensar
mirando hacia el futuro, y de prepararse para los
cambios venideros. Esto es lo que se necesita que
ocurra ahora». ¿Podemos estar seguros de la benévola
descripción de la revista británica acerca de la
superioridad del ser humano?
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8
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Nº 15. 2014
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«The
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Nº 15. 2014
12
eXtoikos
ARTÍCULOS
Una visión panorámica de la fiscalidad en el contexto
internacional: tendencias recientes
José M. Domínguez Martínez
Resumen: En este trabajo se ofrece una visión panorámica de la fiscalidad en el contexto internacional, a fin de
identificar las principales tendencias recientes en los países occidentales desarrollados. Inicialmente se examina la
evolución del nivel y de la estructura de la imposición en el ámbito de los mencionados países; posteriormente se
abordan los rasgos primordiales de la configuración de los sistemas impositivos; en tercer lugar se señalan las líneas
básicas contempladas en los procesos de reforma fiscal; seguidamente se efectúa una alusión a los retos actuales de
la fiscalidad en España; el trabajo finaliza con una breves consideraciones.
Palabras clave: Sistema impositivo; OCDE; España; tendencias; reformas fiscales.
Códigos JEL: H20.
1. Introducción
2. Nivel y estructura de la imposición: experiencia
comparada
C
omo se expresa en el propio título, este
trabajo tiene como objetivo ofrecer una
visión panorámica de la fiscalidad en el
contexto internacional, con la pretensión de
identificar las principales tendencias recientes en los
países occidentales desarrollados1. El trabajo está
estructurado como se indica a continuación:
inicialmente se examina la evolución del nivel y de la
estructura de la imposición en el ámbito de los
mencionados países; posteriormente se abordan los
rasgos primordiales de la configuración de los
sistemas impositivos; en tercer lugar se señalan las
líneas básicas contempladas en los procesos de
reforma fiscal; seguidamente se efectúa una alusión a
los retos actuales de la fiscalidad en España; el trabajo
finaliza
con
una
breves
consideraciones
recapitulativas. La exposición se apoya en una serie de
cuadros, esquemas y gráficos, a los que se hace
referencia mediante una numeración unitaria2, y que
se recogen en el anexo.
En [1] se refleja la evolución de la presión fiscal en
los países de la OCDE. Puede apreciarse un notorio
incremento de la media de la ratio entre 1965 y 1995,
así como una ralentización posterior.
En el año 2012, el recorrido era sumamente amplio,
entre el máximo de Dinamarca, con una cifra cercana
al 50%, y el mínimo de México, que no llegaba al 20%
[2].
A la hora de efectuar comparaciones
internacionales de la presión fiscal, conviene recordar
que se trata de una ratio que está sujeta a un buen
número de limitaciones metodológicas que pueden
originar una falta de homogeneidad [3].
De otro lado, la presión fiscal es un indicador que es
el resultado de la interacción de una serie de factores
[3]. De no tenerlos en cuenta, pueden llegarse a
conclusiones equívocas, como las que pueden surgir
al equiparar la ratio global con la carga tributaria
soportada individualmente por los contribuyentes
cumplidores.
Si pasamos a examinar la estructura de la fiscalidad
por grandes categorías, observamos que hay una
considerable heterogeneidad [4].
1
Este trabajo reproduce el contenido de la ponencia
presentada en la «Jornada sobre Fiscalidad Internacional»,
organizada por ESESA y KPMG, celebrada en Málaga el 27
de mayo de 2014.
Si atendemos a una perspectiva económica,
observamos que en España, como en la mayoría de
los grandes países de la Unión Europea, sobresale el
peso de la imposición relacionada con el trabajo,
frente a la que recae sobre el consumo y sobre el
capital [5].
2
Dado que la pretensión fundamental es dar una visión
panorámica y divulgativa de las tendencias de los sistemas
impositivos, se ha mantenido un formato de texto sucinto,
en el que no se desarrolla la información sintetizada en los
esquemas incorporados, ni se adoptan los habituales
cánones académicos.
Nº 15. 2014
13
eXtoikos
Con fines meramente ilustrativos, se efectúa una
aproximación gráfica a algunas relaciones
económicas con un protagonismo potencial de la
fiscalidad. A este respecto, se constata una correlación
estadística muy reducida o prácticamente nula entre:
i) la presión fiscal y el PIB per cápita [6]; ii) la
variación de la presión fiscal y el crecimiento
económico [7]; iii) la cuña fiscal del trabajo y la tasa
de paro [8].
Por otra parte, a partir de los informes de los
organismos económicos internacionales pueden
identificarse los principales vectores («drivers») de las
tendencias recientes de reforma fiscal en los países
desarrollados. En [15] se incluyen diez de ellos.
Acotar el contorno de las reformas fiscales no
puede decirse que sea una tarea fácil. No en vano,
como ha señalado la OCDE, los países desarrollados
han estado inmersos, a lo largo de los últimos años,
en un proceso de reforma fiscal cuasipermanente.
A su vez, se aprecia una correlación negativa
notable entre: i) el tipo de gravamen del impuesto
sobre sociedades y los flujos entrantes de inversión
directa extranjera [9]; ii) la presión fiscal y la
magnitud del índice de Gini [10].
Como consecuencia de ello, puede afirmarse que
los sistemas tributarios han dejado de ser sistemas. Lo
expresaba con rotundidad Tim Harford en su
comentario del Informe Mirrlees, que propugna que
el sistema impositivo debe tener una estructura
coherente basada en principios económicos
claramente definidos. Según Harford, en lugar de eso,
«el sistema impositivo es un laberinto para los
usuarios ordinarios, una fábrica de dinero para la
industria del asesoramiento fiscal y una bolsa llena de
golosinas diversas para los sucesivos Ministros de
Hacienda».
3. La configuración de los sistemas impositivos:
factores condicionantes
En los últimos años, al margen de las presiones
sobre el gasto público, vienen manifestándose
diversas fuerzas que condicionan la política
impositiva [11].
La globalización y otros desarrollos conexos están
provocando de facto una pérdida de la soberanía
tributaria nacional, en un contexto en el que, como
señalaba Vito Tanzi, «las termitas fiscales están
royendo afanosamente los cimientos de los sistemas
tributarios tradicionales».
Hace algunos años, Tanzi proclamó al IVA como la
mayor innovación «tecnológica» en el campo fiscal
desde mediados del siglo XX. Aunque, efectivamente,
no se han registrado grandes innovaciones
posteriores, la inventiva fiscal sigue a ritmo sostenido.
Aun cuando en algún momento pudiera haberse
creído que los «tax handles» estaban copados o
agotados, en absoluto ha resultado ser así en la
práctica. La fertilidad de las propuestas fiscales es más
que notable. No es de extrañar, pues, que la agenda de
las reformas fiscales esté plagada de opciones, nuevas
o viejas. A modo de síntesis, en [16] se recoge un
inventario de las más relevantes, aderezada con
alguna que otra meramente anecdótica.
La planificación fiscal agresiva es uno de esas
«termitas», como bien acreditan los conocidos casos
de Starbucks, Amazon y Google, que no hace mucho
fueron acusados de manipular sus cuentas para
reducir el impuesto sobre sociedades pagado en Gran
Bretaña [12].
Por otro lado, ha sido objeto de gran atención la
posible operación de fusión entre las compañías
Pfizer y AstraZeneca, motivada en buena medida por
razones fiscales, a fin de aprovechar las ventajas de la
denominada «inversión irlandesa» [13].
4. Reformas
propuestas
fiscales:
principales
líneas
Por lo que se refiere al IRPF, podría caracterizarse
como un impuesto a la búsqueda de un modelo, sin
ajustarse plenamente a ninguno de los propuestos a lo
largo de tiempo [17]. La controversia sigue abierta sin
visos de que pueda cerrarse a corto plazo. Lo que sí
parece claro es que el IRPF se ha erigido ganador de la
batalla librada desde hace ya bastantes décadas por el
impuesto sobre el gasto, a pesar de la superioridad de
este impuesto si se aplica el criterio de equidad desde
el punto de vista del ciclo vital [18]. No se sabe si en
un movimiento pendular que llega para quedarse, se
evidencia un énfasis renovado en la progresividad, sin
que falten propuestas de indiciar los tipos impositivos
en función de los indicadores de desigualdad. El
panorama internacional es diverso, tanto en lo
y
Cualquier observador de la realidad tributaria
puede constatar la existencia de un abanico de
cuestiones que afectan de manera general al conjunto
de la imposición. Algunas de ellas se relacionan en
[14]. De hecho, ya se han mencionado varias. Cabe
destacar claramente la asimetría existente entre la
evolución económica y la de las instituciones
políticas.
Nº 15. 2014
14
eXtoikos
concerniente a los tipos máximos aplicables como al
número de tramos de la escala de gravamen [19]. El
modelo lineal, aunque un tanto menguado en su
expansión, que otrora se antojaba imparable, está más
extendido de lo que una primera impresión pudiera
dar a entender [20].
reforma fiscal verde, que, al menos teóricamente,
puede permitir cosechar el llamado «doble
dividendo»: disminuir la contaminación y reducir las
distorsiones de los impuestos distorsionantes, como
el IRPF, a los que podrían sustituir total o
parcialmente. Respecto a la imposición sobre
carburantes, la tendencia es a aproximar el gravamen
al impacto contaminador.
Por lo que respecta al IS [21], la propuesta basada
en otorgar la deducibilidad de la retribución de los
fondos propios («ACE»: «allowance for corporate
equity») ha sido explorada por algunos países. En
contraposición, la fórmula del CBIT («comprehensive
business income tax») se decanta por la restricción de
la deducibilidad de los intereses de los recursos ajenos
para lograr la neutralidad financiera. Otra propuesta
de reforma del IS es la del impuesto sobre el flujo de
fondo («cash-flow») de las sociedades. En este
impuesto, todos los gastos, incluyendo los de capital,
son deducibles fiscalmente cuando se realizan. Así, a
efectos tributarios, los gastos de capital se amortizan
fiscalmente en cuanto se incurre en los mismos.
El sistema financiero ha acogido recientemente un
buen número de propuestas impositivas, lo que se
presenta como una especie de subproducto de la crisis
financiera
internacional:
impuesto
sobre
transacciones financieras, impuesto sobre balances
bancarios, impuesto sobre las emisiones de deuda
bancaria a corto plazo o impuesto sobre los depósitos
bancarios. Cuentan además con la no despreciable
ventaja de no generar precisamente demasiado coste
político. En algunos casos, no obstante, el camino de
la factibilidad no está completamente allanado. El
caso más conocido es, sin lugar a dudas, el de la
denominada «tasa de Tobin». Sin embargo, no se
trata de una tasa, sino de un impuesto y no responde
al modelo propuesto por el Premio Nobel
estadounidense. En los últimos años se ha vivido una
intensa controversia entre sus partidarios y
detractores. Contrariamente a algunas expectativas,
su aplicación, como impuesto sobre las transacciones
financieras, está prevista en una decena de Estados
miembros de la Unión Europea, aunque inicialmente
de manera limitada, con un gravamen circunscrito a
las transacciones de instrumentos de renta variable
(mercado secundario) y a los derivados [29].
La
tributación
de
las
corporaciones
multinacionales, a fin de evitar el desplazamiento
contable de beneficios a territorios de baja
tributación, es una de las prioridades actuales. La
propuesta de declaración unitaria del IS para las
multinacionales sería un requisito importante con
vistas a ese objetivo [22]. Mientras tanto, el tipo del IS
sigue siendo utilizado como un elemento de la
política de competencia fiscal por parte de algunos
países [23].
Asimismo, son numerosas las cuestiones que se
plantean en relación con la aplicación del IVA [24].
Una de las propuestas «estrella», que acumula ya
bastantes trienios de antigüedad, consiste en la
denominada «devaluación fiscal», a saber, la
disminución de las cotizaciones sociales y la subida de
los tipos del IVA [25]. Después de los aumentos de
los últimos años, los tipos vigentes en España no
desentonan en el concierto europeo [26]. Cuestión
distinta es que, por diversos motivos, la eficacia
recaudatoria diste mucho de su potencial.
Hay, finalmente, otras propuestas que responden a
una auténtica miscelánea [30]. Algunas se centran en
las transacciones realizadas a través de las nuevas
tecnologías de la comunicación (impuestos sobre los
envíos de correos electrónicos o de mensajes de
teléfonos móviles) o en la penalización de productos
con alto contenido calórico.
5. Los retos de la fiscalidad en España
A raíz del extraordinario impacto alcanzado por la
obra de T. Piketty «El capital en el siglo veintiuno», la
propuesta de implantar un impuesto global sobre el
patrimonio neto de las personas físicas ha hecho
recuperar terreno perdido a la imposición
patrimonial [27].
En [31] se refleja la evolución de la presión fiscal en
España. El máximo histórico se alcanzó en el año
2007, con una ratio del 37,3%. Como consecuencia de
la crisis económica, se produce un notorio retroceso
hasta el 30,0% en 2009. Posteriormente se observa
una cierta recuperación, con una cifra en torno al
33% en 2013.
Por otro lado, el futuro parece especialmente
proclive a una mayor importancia de los impuestos
medioambientales [28], dentro de la denominada
A su vez, en [32] se muestra la evolución de la
estructura impositiva desde 1965. Desde 1975, antes
de emprenderse la reforma fiscal de la democracia, lo
Nº 15. 2014
15
eXtoikos
más llamativo es el aumento de la participación de los
impuestos sobre la renta y los beneficios.
No hace mucho, en su columna del mismo diario,
John Kay, coautor hace años de una propuesta para la
implantación de un impuesto directo sobre el
consumo, conjuntamente con el anterior gobernador
del Banco de Inglaterra, señalaba que la reforma fiscal
es un camino tortuoso. Sin necesidad de ser muy
imaginativo, procede acabar de parafrasear el título
de la famosa canción británica añadiendo el
calificativo de largo. Esos atributos no deben servir de
excusa para la inacción, ya que, como se proclama al
final del Informe Mirrlees, es ahora el momento de
dotar a la política impositiva de un curso racional.
A la hora de calibrar la estructura de la recaudación,
hay que destacar que un 90% de los recursos proviene
de las cinco principales categorías de ingresos fiscales
[33].
Para evaluar el reto primario de la fiscalidad es
preciso vislumbrar la situación de las finanzas
públicas [34]. El reto es enorme, pero no puede
perderse de vista que en gran parte la estrategia de la
estabilidad presupuestaria se basa en el lado del gasto
[35].
En este contexto, son numerosas las cuestiones que
se plantean al conjunto del sistema fiscal español y a
cada uno de sus figuras [36].
6. Consideraciones finales
Las críticas sobre la inestabilidad normativa del
sistema fiscal se multiplican en España, pero, aunque
no sirva de consuelo, se trata de un problema no
exclusivo de nuestro país. En un artículo publicado en
el diario Financial Times, hace poco, Paul Johnson,
Director del Instituto de Estudios Fiscales británico
escribía lo siguiente: «¿Cómo puede alguien adoptar
decisiones sensatas a largo plazo en un marco de
incertidumbre? Sin un claro sentido de la dirección,
continuarán cometiéndose costosos errores... La
política impositiva es algo demasiado importante
como para improvisar continuamente».
Nº 15. 2014
16
eXtoikos
Anexo: cuadros, esquemas y gráficos
1. Evolución de la presión fiscal en los países de la OCDE
60
50
%s/PIB
40
30
20
10
Media OCDE
0
1965
1975
1985
1995
2007
2012
Fuente: OCDE
24,3
20,8
25
19,6
28,2
27,7
26,8
Suiza
Turquía
30,7
28,5
28,3
Irlanda
30
Eslovaquia
32,5
32,5
31,6
32,9
Estonia
33,8
32,9
34,6
Portugal
%s/PIB
35
ESPAÑA
37,2
35,5
35,2
37,8
37,6
40
37,4
43,2
38,9
42,2
44,4
44,3
45
44,1
48,0
45,3
50
45,3
2. Presión fiscal en los países de la OCDE. 2012
20
15
10
5
Chile
Méjico
EE.UU.
Corea
Canadá
Israel
OCDE
Grecia
N. Zelanda
Islandia
R. Unido
R. Checa
Alemania
Eslovenia
Luxemburgo
Austria
Hungría
Noruega
Italia
Suecia
Finlandia
Bélgica
Francia
Dinamarca
0
Fuente: OCDE
3. Ratio de presión fiscal
(Impuestos + Cotizaciones sociales)/PIB
DETERMINANTES
LIMITACIONES METODOLÓGICAS
GASTOS FISCALES
- Bases imponibles potenciales
NORMATIVA
TRIBUTACIÓN PRESTACIONES SOCIALES
- Tipos de gravamen
- Beneficios fiscales
INFLUENCIA CICLO ECONÓMICO
REACCIÓN AGENTES
ECONÓMICOS
MEDICIÓN PIB
ECONOMÍA SUMERGIDA
EFICACIA
RECAUDATORIA
“CHURNING”: RECICLAJE DE INGRESOS
- Bases reales gravables
- Niveles de fraude fiscal
- Mecanismos de control, inspección y sanción
VERTIENTE PRESTACIONAL CSS
CICLO
ECONÓMICO
REGULACIÓN PÚBLICA
- Influencia ciclo económico
- Elasticidad de la recaudación/PIB
../..
Una sola cifra que encubre el papel de sus componentes
Posible falta de homogeneidad en
comparaciones internacionales
Nº 15. 2014
17
eXtoikos
4. Estructura impositiva en los países de la OCDE.
2012 (Porcentaje sobre total impuestos)
100
90
80
70
%s/Total
60
50
40
30
20
10
Suiza
Turquía
Suecia
Portugal
R. Unido
Noruega
R. Checa
N. Zelanda
Italia
Luxemburgo
Israel
Japón
Irlanda
Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Cotizaciones sociales
Impuestos generales sobre el consumo
Otros impuestos sobre bienes y servicios
Islandia
Francia
Hungría
Estonia
Finlandia
ESPAÑA
Eslovenia
EE.UU.
Eslovaquia
Chile
Corea
Dinamarca
Canadá
Austria
Bélgica
Alemania
0
Impuesto sobre sociedades
Impuestos sobre la riqueza
Impuestos específicos sobre el consumo
Otros impuestos
Fuente: OCDE
5. Estructura de la imposición según función económica. 2011
Porcentaje sobre total de ingresos fiscales
Consumo
Capital
Trabajo
100,0
90,0
26,1
28,2
25,1
20,5
16,0
23,1
25,4
33,0
80,0
33,6
70,0
(%) 60,0
23,5
18,5
27,7
50,0
40,0
30,0
55,8
53,4
51,8
51,2
47,9
20,0
39,3
10,0
0,0
España
Alemania
Francia
Italia
R. Unido
UE-27
Fuente: Eurostat
6. Relación entre presión fiscal y PIB per cápita en
PPA.
Países OCDE. 2012
60
Presión fiscal (%)
50
Dinamarca
Bélgica
Francia
Suecia
Italia
Finlandia Austria
40
Noruega
y = 0,000x + 28,53
R² = 0,095
Hungría
Eslovenia
Alemania
Islandia
R. Checa
ESPAÑA
Grecia
R. Unido
OCDE
Estonia
Italia
Portugal
Canadá
Israel
Suiza
Eslovaquia
Irlanda
Turquía
Corea
30
Luxemburgo
EE.UU.
Chile
20
Méjico
10
0
0
10.000
20.000
30.000
40.000
50.000
60.000
70.000
PIB per cápita PPA.$.
Nº 15. 2014
18
eXtoikos
7. Variación de la presión fiscal y crecimiento
económico en los países de la OCDE. 1995-2012
PIB real. Tasa de variación media anual (%)
6
Estonia
Eslovaquia
Israel
Chile
5
Irlanda
Corea
Turquía
Polonia
4
Luxemburgo
Australia
Islandia
Eslovenia 3
Holanda
N. Zelanda
R. Checa
Suecia
Finlandia
ESPAÑA Portugal
Canadá
EE.UU.
R. Unido
Austria
Holanda
2 OCDE
Bélgica
Hungría
Suiza
Francia
Alemania
Dinamarca
y = -0,064x + 2,733
R² = 0,050
Grecia
1
Japón
Italia
0
-12
-10
-8
-6
-4
-2
0
2
4
6
8
10
12
Variación de la presión fiscal (p.p.)
8. Relación entre la cuña fiscal del trabajo y la tasa
de paro. Países OCDE. 2013
30
Grecia
Tasa de paro (%)
25
ESPAÑA
20
Portugal
15
Eslovaquia
Irlanda
Polonia
10
Israel
5
Méjico
Corea
Italia
Eslovenia
Turquía
Dinamarca Canadá
Estonia
Holanda Dinamarca
R. Unido
Luxemburgo
Australia
Islandia
Noruega
Japón
y = 0,143x + 3,604
R² = 0,074
Francia
Suecia
Finlandia
R. Checa
Hungría
Bélgica
Alemania
Austria
0
15
20
25
30
35
40
45
50
55
60
Cuña fiscal (%)
Flujos entrantes de inversión directa extranjera (% PIB)
9. Relación entre tipos de gravamen del IS y flujos entrantes
de inversión directa extranjera. Países OCDE. 2013
0,18
0,16
0,14
0,12
0,10
Chile
0,08
0,06
Estonia
0,04
R. Checa Islandia
Israel
Canadá
Holanda
ESPAÑA
y = -0,003x + 0,103
R² = 0,323
Méjico
Noruega Australia
R. Unido Austria
Hungría
Corea Grecia N. Zelanda
Portugal
Francia
Turquía Suecia
Alemania
Eslovaquia Dinamarca Italia
0,02
0,00
15
20
25
30
35
EE.UU.
Japón
40
-0,02
-0,04
Tipo de gravamen IS (%)
Nº 15. 2014
19
eXtoikos
10. Relación entre presión fiscal e índice de Gini en la distribución de la renta
Países OCDE. 2010
0,6
Chile
0,5
Méjico
Turquía
EE.UU.
Índice de Gini
0,4
Israel
Portugal Grecia R. Unido
Japón
Italia
ESPAÑA
Canadá
Estonia
Irlanda
N. Zelanda
Polonia Francia
Corea
Suiza
Polonia OCDE
AustriaBélgica
Alemania Eslovenia
Suecia
Luxemburgo
Finlandia
Dinamarca
R. Checa
Eslovaquia
Noruega
Hungría
Islandia
Australia
0,3
0,2
y = -0,006x + 0,519
R² = 0,548
0,1
0,0
15
20
25
30
35
40
45
50
Presión fiscal (%)
11. Configuración de los sistemas impositivos:
factores condicionantes
Ciclo económico
EVOLUCIÓN RATIOS
IMPOSITIVAS
ECONÓMICOS
SOCIALES
CAMBIOS
POLÍTICOS
POLÍTICA IMPOSITIVA
TECNOLÓGICOS
PRESIONES SOBRE GASTO PÚBLICO
DISMINUCIÓN DISTORSIONES IMPOSITIVAS
OBJETIVOS DE EMPLEO
OBJETIVOS REDISTRIBUTIVOS
PREOCUPACIÓN POR MEDIO AMBIENTE
GLOBALIZACIÓN ECONÓMICA
- PÉRDIDA DE “SOBERANÍA TRIBUTARIA NACIONAL”
DESARROLLO TICs
1. COMERCIO ELECTRÓNICO
2. USO DEL DINERO ELECTRÓNICO
EROSIÓN BASES IMPOSITIVAS
3. TRANSACCIONES INTRAGRUPO MULTINACIONALES
- “TERMITAS FISCALES”
MOVILIDAD BASES IMPOSITIVAS
4. PARAÍSOS FISCALES Y CENTROS OFF-SHORE
5. NUEVOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS (DERIVADOS...)
6. INCAPACIDAD DE GRAVAR EL CAPITAL FINANCIERO
COMPETENCIA FISCAL
7. ACTIVIDADES EN EL EXTRANJERO
../..
8. COMPRAS EN EL EXTRANJERO
12. Planificación fiscal agresiva: “Star(bucks) War”
PAGO DE ROYALTIES DEL 6%
HOLANDA
REINO UNIDO
PAGO DE
PRÉSTAMOS A
LÍBOR + 4%
SUIZA
Starbucks UK
Ejercicio 2011:
Ventas: 397 millones £
Resultados: ‐33 millones £ EE.UU.
Nº 15. 2014
20
eXtoikos
13. Elusión fiscal internacional: la “inversión”
irlandesa
COMPAÑÍA USA – “INVERSIÓN”
- FUSIÓN CON COMPAÑÍA IRLANDESA
- TRASLADO DE DOMICILIO A IRLANDA
- (PRÉSTAMO A USA)
IRLANDA
USA
PAGO DE INTERESES Y
ROYALTIES A FILIAL
HOLANDESA
ACUMULACIÓN DE
EFECTIVO
 TIPO EFECTIVO
IS AL 6%
HOLANDA
BERMUDAS
CONSIDERACIÓN DE LA
SOCIEDAD EN BERMUDAS
PAGO DE INTERESES Y ROYALTIES
A FILIAL EN BERMUDAS
-IRLANDA – RESIDENTE EN BERMUDAS
ESTRUCTURA “DOUBLE IRISH”
NO TRIBUTACIÓN
- USA
– RESIDENTE EN IRLANDA
14. Aspectos transversales de la imposición: cuestiones
1. EFECTOS ECONÓMICOS IMPUESTOS: FALTA DE CONSENSO
2. ALTA DEPENDENCIA DE LOS SISTEMAS IMPOSITIVOS DE LA RENTA DEL TRABAJO
3. IMPORTANCIA ELUSIÓN Y EVASIÓN FISCALES VS. PRINCIPIOS DE JUSTICIA TRIBUTARIA
4. RELEVANCIA DE LOS COSTES DE APLICACIÓN DE LOS IMPUESTOS: DIFICULTADES PARA SU DISMINUCIÓN
5. DESAJUSTE EVOLUCIÓN REALIDAD ECONÓMICA Y ESTRUCTURAS POLÍTICAS
6. DIFICULTADES INTERPRETACIÓN DEL CONCEPTO DE CAPACIDAD ECONÓMICA
7.RENUNCIA A PROGRESIVIDAD FORMAL  ÉNFASIS RECIENTE EN PROGRESIVIDAD
15. Principales “drivers” de las tendencias recientes de
reforma fiscal en los países de la OCDE
1. PERCEPCIÓN DE LA NECESIDAD DE CREAR UN MARCO FISCAL FAVORABLE A:
- INVERSIÓN
- ASUNCIÓN DE RIESGO
- INNOVACIÓN
- EMPRENDIMIENTO
- OFERTA DE TRABAJO
SISTEMA FISCAL “AMIGABLE PARA EL CRECIMIENTO ECONÓMICO” (“GROWTH-FRIENDLY”)
2. GLOBALIZACIÓN
3. COMPETENCIA FISCAL
- EQUIDAD
4. MANTENIMIENTO DE LA CONFIANZA EN EL SISTEMA FISCAL: - SIMPLICIDAD
- TRANSPARENCIA
5. SITUACIÓN DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
6. ELIMINACIÓN DE SESGOS HACIA EL ENDEUDAMIENTO
7. REVISIÓN DE LOS GASTOS FISCALES
8. CORRECCIÓN DE PROBLEMAS MEDIOAMBIENTALES
9. DIMENSIÓN INTERNACIONAL: COOPERACIÓN E IGUALACIÓN DE REGLAS DE JUEGO
10. MEJORA DE LA GOBERNANZA FISCAL
Nº 15. 2014
21
eXtoikos
16. Principales opciones fiscales
ÁMBITO/CATEGORÍA
FIGURAS IMPOSITIVAS/REFORMAS
- IRPF:
RENTA
- EXTENSIVO
- DUAL
- LINEAL
- NEGATIVO
-TIPO MÁXIMO ÓPTIMO
- INDICIACIÓN DE TIPOS A LA DESIGUALDAD
- SUPRESIÓN DEL IRPF
- ACE
- IS: - CBIT
- CASH-FLOW
BENEFICIOS
- IS: DECLARACIÓN UNITARIA “MUNDIAL” PARA MULTINACIONALES
- IMPUESTO SOBRE EL GASTO PERSONAL
- IVA: TRATAMIENTO UNIFORME DEL CONSUMO
- VARIANTES DEL IVA: CVAT, VIVAT
CONSUMO
EMPLEO
- “DEVALUACIÓN FISCAL”:  CSS vs.  IVA
RIQUEZA
- TIPO IMPOSITIVO “ÓPTIMO” EN ISD
-  FISCALIDAD s/ PROPIEDAD INMOBILIARIA
- IMPUESTO GLOBAL PROGRESIVO SOBRE EL PATRIMONIO
- LEVA SOBRE EL CAPITAL
MEDIO AMBIENTE
TURISMO
- IMPUESTOS “VERDES”
- AJUSTE DE LA CARGA TRIBUTARIA AL IMPACTO CONTAMINADOR
- IMPUESTO s/ESTANCIAS TURÍSTICAS
SISTEMA FINANCIERO
- IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES FINANCIERAS
- IMPUESTOS SOBRE: DÉPÓSITOS/DEUDA/BALANCES BANCARIOS
- GRAVAMEN DEL COMERCIO ELECTRÓNICO
- IMPUESTO SOBRE MENSAJES DE TELEFONÍA MÓVIL
- IMPUESTO SOBRE CORREOS ELECTRÓNICOS
NUEVAS
TECNOLOGÍAS
- “FAT TAX”
-  TRIBUTACIÓN s/BEBIDAS ALCOHÓLICAS
SALUD
MISCELÁNEA
- “POLE TAX”
17. Los modelos del IRPF en el espacio rentaprogresividad
INFORME OCDE (2006):
“EN LA PRÁCTICA, NINGÚN PAÍS DE LA OCDE HA IMPLEMENTADO UN SISTEMA
DE IMPOSICIÓN SOBRE LA RENTA EXTENSIVO, NI DUAL NI LINEAL...”
IR CEDULAR
PROGRESIVO
(0,1)
(1,1)
IRPF S-H-S
PURO
IRPF
TRADICIONAL
IRPF DUAL
(T)
IRPF
LINEAL
IR CEDULAR
PROPORCIONAL
IRPF DUAL
(C)
(0,0)
IRPF S-H-S
PROPORCIONAL
HOMOGENEIDAD TRATAMIENTO RENTA (1,0)
18. IRPF: líneas de reforma
- Controversia internacional acerca del
Modelo ideal
-Extensivo
-Dual
-Lineal
IRPF
VS.
IMPUESTO SOBRE EL GASTO
¿Cómo debe aplicarse la equidad: anualmente o para el conjunto de la
vida?
Sistema de promedio acumulativo
- ¿Cómo debe estructurarse la tarifa?
-Tipos de gravamen
- ¿Cuál es el techo de la progresividad?
- Acortar diferencias entre tipos nominales y efectivos
- Indiciar en función de la desigualdad
¿Podría suprimirse el impuesto?
“The Kansas experiment”
Nº 15. 2014
22
eXtoikos
19. IRPF 2013: Comparación países OCDE
Tipos marginales máximos (%)
60
Número de tramos de la tarifa
8
57,0
7
52,0
7
7
50
45,0
6
45,0
43,0
41,3
Porcentaje
40
6
39,6
30
Número de tramos
45,0
5
5
4
3
3
R. Unido
Suecia
3
20
2
10
1
0
0
Suecia
ESPAÑA* R. Unido Alemania
Francia
Italia
Media
OCDE
ESPAÑA
EE.UU.
EE.UU.
Francia
Italia
* Tipo estándar.
Fuente: OCDE
20. IRPF: Países con modelo lineal
IRPF. Países con modelo lineal. 2014
País
38 países
Año
adopción
Tipo de
gravamen (%)
Jersey
1940
20,0
Hong Kong
1947
17,0
Estonia
1994
21,0
Lituania
1994
15,0
Letonia
1995
25,0
Rusia
2001
13,0
Eslovaquia
2004
25,0
Rumanía
2004
16,0
Mongolia
2005
10,0
Montenegro
2007
9,0
Bulgaria
2007
10,0
R. Checa
2008
22,0
Paraguay
2008
10,0
Hungría
2010
16,0
Fuente: KPMG y Rabushka (2014)
21. Impuesto sobre Sociedades
- APLICACIÓN IS VS. POSTULADOS ECONOMISTAS.
- EVIDENCIA EMPÍRICA SOBRE EFECTOS NEGATIVOS PARA CRECIMIENTO ECONÓMICO.
- PROBLEMAS TRADICIONALES: DIVERSIDAD DE SOLUCIONES:
- Integración con IRPF:
- Importancia sistema clásico.
- Nuevos métodos: - Exención en IS a beneficio no distribuido.
- Asimétrico (modelo tradicional)
- Tratamiento fuentes de financiación: - ACE (“Allowance for Corporate Equity”)
- CBIT (“Comprehensive Business Income Tax”)
- Cash flow
- PROPUESTAS:
- Aplicación a escala mundial: declaración unitaria para multinacionales
Nº 15. 2014
23
eXtoikos
22. Propuesta de IS para multinacionales: declaración
unitaria
DATOS POR PAÍSES (Ponderaciones)
ACTIVOS FÍSICOS PLANTILLA
(30%)
(30%)
MULTINACIONAL
X
ACTIVIDAD
BENEFICIO
CONSOLIDADO:
1.000 m. €
VENTAS
(40%)
ÍNDICE
PAÍS A
100
2.000
1.000
4.630
PAÍS B
50
4.000
20.000
9.215
PAÍS C
40
1.000
5.000
2.312
DISTRIBUCIÓN
POR PAÍSES
23. IS: tipos nominales de gravamen. 2013 (%)
40
39,1
34,4
30,2
30,0
30
27,5
25,5
Porcentaje
23,0
20
12,5
10
0
EE.UU.
Francia
Alemania
ESPAÑA
Italia
Media OCDE
R. Unido
Irlanda
Fuente: OCDE
24. IVA: aplicación en la UE
- COMPLEJIDAD Y NUMEROSOS REGÍMENES ESPECIALES
- PRÓRROGAS SUCESIVAS DEL RÉGIMEN TRANSITORIO:
- APLICACIÓN DEL Pº DEL PAÍS DE DESTINO (SIN CONTROLES ADUANEROS)
- REQUISITOS PARA Pº DEL PAÍS DE ORIGEN:
- ARMONIZACIÓN: LEGISLACIONES NACIONALES/TIPOS IMPOSITIVOS
- SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE LA RECAUDACIÓN S/CONSUMO NACIONAL
- OTROS PROBLEMAS ACTUALES:
- DIVERSIDAD DE TIPOS DE GRAVAMEN Y EXENCIONES
- COMERCIO ELECTRÓNICO
- SERVICIOS FINANCIEROS
- ELEVADO NIVEL DE FRAUDE: FRAUDE “CARRUSEL”
- NUEVAS PROPUESTAS DE IVA (EN ESTADOS FEDERALES): CVAT, VIVAT.
Nº 15. 2014
24
eXtoikos
25. “Devaluación fiscal”
OBJETIVO:
MEJORAR LA COMPETITIVIDAD
INTERNACIONAL
 CSS
 IVA
VS.
-  COSTES LABORALES
- DIFICULTAD DE TRASLACIÓN ECONÓMICA
-  CUÑA FISCAL DEL TRABAJO
- RECUPERACIÓN IVA EN EXPORTACIONES
 Financiación pensiones públicas
26. IVA: tipos de gravamen UE. 2013.
Porcentajes
NORMAL
ALEMANIA
19
DINAMARCA
ESPAÑA
SUPERREDUCIDO
REDUCIDO
7
--
25
--
--
21
10
4
FRANCIA
19,6
5,5/7
2,1
HUNGRÍA
27
5/18
--
IRLANDA
23
13,5/9
4,8
ITALIA
22
10
--
R.UNIDO
20
5
--
MEDIA UE-27
21,3
Fuente: Eurostat
27. Impuestos patrimoniales
- Realidad tributaria: UE Aplicación en España y Francia
- IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO:
- Planteamientos doctrinales: H. Cremer y P. Pestieau (2009):
“La desaparición del IP es coherente con la teoría que muestra que
este impuesto es redundante con el que grava las rentas del capital.”
El impuesto sobre el patrimonio como un impuesto sobre la renta potencial
TASA DE
TIPO DE
RENDIMIENTO
VALOR
GRAVAMEN (%)
ANUAL (€)
ACTIVO (€) RENTABILIDAD
ANUAL (%)
IP (€)
IP (% RENDIMIENTO
ANUAL)
100.000
4
4.000
1
1.000
25
100.000
8
8.000
1
1.000
12,5
100.000
2
2.000
1
1.000
50
-Tendencias países OCDE: supresión o reforma (IEF, 2010)
- Principal justificación: papel redistributivo
- IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES:
- Líneas de reforma:
- Gravamen en función de herencias y donaciones a lo
largo de la vida
- Adopción de impuesto lineal (con mínimo exento)
- Uno de los ejes de un “sistema impositivo amigable para el crecimiento”
- IMPUESTO SOBRE LA PROPIEDAD:
- Introducción de elementos de progresividad
- IMPUESTO GLOBAL Y PROGRESIVO SOBRE EL PATRIMONIO:
- Propuesta de T. Piketty – Corrección
desigualdad económica
- LEVA SOBRE EL CAPITAL:
- Propuesta Bundesbank (y FMI): aplicación por Estados con problemas financieros
antes de pedir ayuda externa
Nº 15. 2014
25
eXtoikos
28. Impuestos medioambientales
- IMPUESTOS “VERDES”
 CONTAMINACIÓN
- VENTAJAS:
DOBLE
 RECAUDACIÓN
DIVIDENDO
 OTROS IMPUESTOS DISTORSIONANTES
- IMPUESTOS SOBRE ENERGÍA: AJUSTE DE LA CARGA TRIBUTARIA AL IMPACTO CONTAMINANTE
5,0
4,5
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES. RECAUDACIÓN UE-27. 2011 (%s/PIB)
4,1
3,9
4,0
3,4
3,5
3,2
3,1
3,0
2,9
2,9
2,8
2,8
2,7
2,6
2,6
2,6
2,5
2,5
2,5
2,5
2,4
2,4
2,4
2,3
2,3
2,3
2,1
1,9
2,0
1,8
1,8
1,7
1,6
1,5
1,0
0,5
Letonia
ESPAÑA
Francia
Rumania
Eslovaquia
UE-27
Bélgica
Alemania
Austria
Portugal
R. Checa
Luxemburg
o
Litunia
Suecia
Hungría
Polonia
R. Unido
Italia
Grecia
Irlanda
Chipre
Estonia
Malta
Bulgaria
Finlandia
Holanda
Eslovenia
Dinamarca
0,0
Fuente: Eurostat
- IMPUESTOS RELACIONADOS CON EL TURISMO:
-IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURÍSTICAS
../..
29. Impuesto sobre transacciones financieras UE
PROPUESTA CE
ESTRUCTURA DEL IMPUESTO
Objetivos
1. Homogeneizar tratamiento fiscal operaciones financieras
2.  contribución SF a la financiación del gasto público
3. Acercar la vertiente financiera a la real
ELEMENTO
REGULACIÓN
Hecho imponible
Transacciones de activos financieros (inicialmente, renta variable y derivados)
 Al menos una de las partes, establecida en territorio de Estado miembro participante
Base imponible
Valor de la transacción
Tipo de gravamen
0,1% (0,01%, derivados)
Devengo
Realización transacción
Sujeto pasivo
Entidades financieras participantes en la transacción
Rechazan la propuesta: 5
Apoyan la propuesta: 10
Recaudación anual esperada: 30-35 m.M. €
(España: 600 M.€)
ENTRADA EN VIGOR 1ª fase: 1.1.2016
30. Otros impuestos
RELACIONADOS CON EL USO DE LAS TICs
-IMPUESTO SOBRE LOS ENVÍOS DE CORREO ELECTRÓNICO
183.000 millones e-mails/día (en el mundo)
- IMPUESTO SOBRE LOS ENVÍOS DE MENSAJES DE MÓVIL
54.000 millones mensajes/día (en el mundo)
RELACIONADOS CON EL CUIDADO DE LA SALUD
- “FAT TAX”
-  TRIBUTACIÓN S/BEBIDAS ALCOHÓLICAS
OTRAS PROPUESTAS
- “POLE TAX”
Nº 15. 2014
26
eXtoikos
31. Evolución de la presión fiscal en España. 19652013
40
37,3
35
33,1
30
30,9
25
20,2
%s/PIB
20
15
10
5
2013
2011
2009
2007
2005
2003
2001
1999
1997
1995
1993
1991
1989
1987
1985
1983
1981
1979
1977
1975
1973
1971
1969
1967
1965
0
Fuente: OCDE y Gobierno de España
32. Evolución de la estructura impositiva en España
1965-2012
100
90
24,2
25,4
26,9
6,3
8,2
6,2
47,5
32,5
36,3
22,0
33,9
30,6
80
70
%s/Total
60
50
40
30
20
10
0
1965
1970
1975
1980
1985
1990
1995
2000
2005
2007
2008
2009
2010
2011
Impuestos sobre renta y beneficios
Cotizaciones sociales
Impuestos sobre la riqueza
Impuestos sobre bienes y servicios
2012
Fuente: OCDE
33. Principales categorías de ingresos fiscales. 2012
(Total ingresos fiscales=100)
Fuente: INE
45
40,9
40
35
%s/Total
30
25
21,7
20
15,3
15
10
6,1
5,9
5
3,0
1,6
2,6
0,6
0,5
0,5
0,4
0,4
0,4
0
CSS
Porcentaje
acumulado
IRPF
IVA
IS
62,6
77,9
84,0
IE
IBI
ITP y
AJD
ISD
IVTM
IAE
Tasas
juego
IPS
89,9
92,9
94,5
95,1
95,6
96,1
96,5
97,0
IIVTNU Resto
97,4
100,0
Nº 15. 2014
27
eXtoikos
34. Finanzas públicas y fiscalidad en España
Evolución del saldo presupuestario
de las AA.PP. en España
Evolución de los ingresos y gastos
públicos no financieros
Miles de millones de euros
m. m. €
484,2
483,6
500
478,5
491,9
458,7
450,3
450
400
401,3
383,7
367,3
378,5
m. m. €
0
386,3
382,6
350
-20
300
-40
250
-60
-49,1
200
-80
150
100
-100
50
-120
-72,6
-100,5
0
2008
2009
2010
Gastos no financieros
2011
2012
2013
-100,0
-109,5
-116,4
-140
2008
2009
2010
2011
2012
2013
Ingresos no financieros
Fuente: Eurostat, IGAE y elaboración propia
35. Finanzas públicas y fiscalidad en España
Indicadores de sostenibilidad
fiscal de la UE
Proyecciones presupuestarias
Procedimiento de déficit excesivo
% s/PIB
CONCEPTO
2013
2014
2015
2016
2017
SALDO
PRESUPUESTARIO
‐7,1
‐5,5
‐4,2
‐2,8
‐1,1
PRESIÓN FISCAL
33,1
33,9
34,2
34,5
34,7
TOTAL INGRESOS
37,8
38,5
38,8
38,9
39,0
TOTAL GASTOS
44,9
44,0
43,0
41,7
40,1
% s/PIB
ESPAÑA
S1
6,1%
S2
5,6%
Fuente: Comisión Europea.
Fuente: MEC y MINHAC.
36. Los retos de la fiscalidad en España
DE ALCANCE GENERAL:
- PRINCIPIOS DE GENERALIDAD E IGUALDAD.
- COSTES DE CUMPLIMIENTO.
- COSTES DE EFICIENCIA.
- MENORES INGRESOS/MAYORES GASTOS  DÉFICIT PÚBLICO.
- GLOBALIZACIÓN.
- CORRESPONSABILIDAD FISCAL.
- COMPETENCIA ENTRE GOBIERNOS REGIONALES.
DE CARÁCTER ESPECÍFICO:
- IRPF: ¿HACIA QUÉ MODELO?
- IS: DEFINICIÓN BASE COMÚN.
- IVA: PROBLEMAS GENERALES EN LA UE.
- IE: ¿”DOBLE DIVIDENDO”?
- IPN: SUPRESIÓN VS. ADAPTACIÓN A ESCENARIO ECONÓMICO.
- ISD: PAPEL A DESEMPEÑAR.
- IBI: ESTABILIDAD ANTE CICLO INMOBILIARIO.
- CSS: REVISIÓN TIPOS Y CONDICIONES COTIZACIONES.
Nº 15. 2014
28
eXtoikos
Un ejemplo preocupante de externalidad negativa: los gases con
efecto invernadero
José María López Jiménez
Resumen: En este artículo, partiendo del centenario debate sobre los límites del crecimiento económico,
particularmente intenso a partir del último cuarto del siglo XX, se analiza el problema de las externalidades
negativas, a la luz, en concreto, de las emisiones de gases con efecto invernadero, que parecen tener en jaque a la
humanidad en su conjunto si no se toman con celeridad medidas que atajen sus consecuencias. Las posibles
medidas no pueden consistir, sin más, en la paralización de la actividad industrial, ni pueden llevarse a cabo
súbitamente. Su impacto puede afectar desigualmente a las naciones más viejas y a las emergentes, lo que abre una
puerta, alarmante, a criterios políticos y de oportunidad.
Palabras clave: Medioambiente; externalidad negativa; efecto invernadero; Protocolo de Kyoto; Ley 1/2005.
Códigos JEL: H23; F60; K32.
«Satisfactory views on policy can only come from a
patient study of how, in practice, the market, firms
and governments handle the problem of harmful
effects»
restricciones de las que las potencias occidentales
estuvieron liberadas en los orígenes de su explosión
industrial.
Esta visión sesgada fue la que prevaleció cuando, en
1972, el Club de Roma publicó el célebre informe
titulado «Los límites del crecimiento», dirigido por el
profesor del MIT Dennis L. Meadows, en el que se
afirmó que de mantenerse «las tendencias actuales de
crecimiento
de
la
población
mundial,
industrialización,
contaminación
ambiental,
producción de alimentos y agotamiento de los
recursos, este planeta alcanzará los límites de su
crecimiento en el curso de los próximos cien años. El
resultado más probable sería un súbito e
incontrolable descenso tanto de la población como de
la capacidad industrial» (tomado de Eumed).
Ronald Coase, «The problem of social cost», 1960
E
l debate sobre los límites del crecimiento
económico se acentuó tras los llamados
«gloriosos treinta años» («Trente Glorieuses»)
comprendidos entre 1945 y la crisis petrolífera de
1973. Obviamente, la cuestión se circunscribía a las
sociedades occidentales y, como mucho, a la
dialéctica
sociedades
capitalistas-sociedades
comunistas.
En esos momentos iniciales de la década de los
setenta del pasado siglo, con los últimos estertores del
colonialismo y el proceso descolonizador aún
presentes, carecía de sentido introducir en la
discusión, activa o pasivamente, a las que con el
tiempo se convertirían en las potencias emergentes
que, en el mejor de los casos, gozaban entonces del
estatus de «países no alineados».
Aunque el informe podía ser aceptado o rechazado
en su motivación, planteamiento, metodología y
conclusiones, la crisis del petróleo de 1973 sirvió para
agitar conciencias y para que las consecuencias del
crecimiento económico fueran tenidas muy en
cuenta, especialmente por sus efectos perniciosos
para la humanidad.
A pesar de todo, algunas voces, como la de Aimé
Césaire (2006, pág. 13), se adelantaron varias décadas
a la polémica que habría de llegar más adelante, para
en los años cincuenta del siglo XX afirmar sin
ambages que «la civilización llamada “europea”, la
civilización “occidental” […] es incapaz de resolver
los dos principales problemas que su existencia ha
originado: el problema del proletariado y el problema
colonial», los cuales, probablemente, portaban en
germen otros futuros, como el desigual reparto de la
riqueza o la imposición a los países más atrasados de
La temática y el sesgo apocalíptico, no obstante, no
eran nuevos, pues Thomas Malthus ya se encargó de
mostrar, no muy lejos, ni en el espacio ni el tiempo,
del comienzo de la Revolución Industrial, que la
tendencia de la población era la de crecer en
progresión geométrica, en tanto que los recursos para
su sostenimiento sólo serían capaces de hacerlo en
progresión aritmética, por lo que la ruptura
ineluctable estaba servida. Como suele ocurrir, hubo
Nº 15. 2014
29
eXtoikos
quien apoyó las tesis maltusianas, en tanto que no
menudearon, por otra parte, sus detractores.
sobre los nuevos proletarios —los asalariados de las
fábricas— y hasta bien entrado el siglo XX no se
pudieron garantizar estándares dignos de trabajo, era
arduo reflexionar sobre el impacto ambiental de la
industria.
Centrándonos en los aspectos medioambientales, si
es que el medioambiente y la población son
elementos que admiten una disociación pura, nos
encontramos ante un elemento finito, que puede ser o
no renovable, en permanente búsqueda de un
delicado equilibrio. El género humano necesita,
además de su ingenio, de este elemento material para
su supervivencia y desarrollo, tanto en la fase
estrictamente productiva como, después, para la
posible eliminación o depuración de los residuos
generados por su acción.
Tradicionalmente, en la explotación de los recursos
ambientales (López y López, 2007, pág. 90) el
concepto de valor en cualquiera de sus acepciones
(valor de uso, precio, trabajo, valor individual,
etcétera), se ha mostrado inoperante para fijar el
precio (verdadero valor) de los bienes ambientales. El
mercado también se ha mostrado ineficaz para tasar
su verdadero valor y, por último, tampoco ha sido
posible articular una correcta asignación de los
derechos de propiedad colectivos, con la consiguiente
transferencia económica.
La propia tradición filosófica, incluso religiosa,
occidental probablemente incentivó que el
medioambiente no se percibiera como un fin, del que
inseparablemente formaban parte las mismas
personas, sino como un medio para su exclusivo
aprovechamiento y beneficio. Sólo en los últimos
años del siglo XX se ha formulado por el químico
James Lovelock la conocida como «hipótesis de Gaia»
(que en la mitología griega es la diosa de la tierra),
según la cual «la atmósfera y la parte superficial del
planeta Tierra se comportan como un todo coherente
donde la vida, su componente característico, se
encarga de autorregular sus condiciones esenciales
tales como la temperatura, composición química y
salinidad en el caso de los océanos» (tomado de
Wikipedia).
Durante los años —los miles de años— en que la
población del planeta ha sido relativamente reducida
y ha actuado dispersa por el globo, el uso cotidiano y
los atentados contra el medio ambiente no han sido
dañinos ni han evitado, antes o después, en los casos
más graves, el retorno espontáneo a nuevas
situaciones de equilibrio ambiental.
En cambio, en un mundo globalizado,
industrializado, con una población de 7.000 millones
de habitantes que continuará incrementándose, por
primera vez en la Historia sabemos que la mano del
hombre puede estar alterando el entorno ambiental,
impidiendo su regeneración y obstaculizando la
capacidad de absorción de desechos y desperdicios,
suscitando respuestas no esperadas que serán
negativas tanto para el bienestar material y su
mantenimiento por amplias capas de población como
para la misma pervivencia del ser humano en todo el
planeta o en ciertas zonas de él.
Las sociedades posmodernas, según Inglehart
(2001, pág. 14), se alejan del énfasis en la eficiencia
económica, la autoridad burocrática y la racionalidad
científica asociadas con la modernización (iniciada
con la Revolución Industrial) buscando otros valores
más humanos, con más espacio para la autonomía
individual, la diversidad, la autoexpresión y la calidad
de vida. Este nuevo modelo de sociedad
posmaterialista se identifica principal pero no
únicamente con la preservación del medio ambiente,
y, desde un punto de vista económico, con el
concepto de desarrollo sostenible. En paralelo, en
Europa han surgido los movimientos ecologistas, que
En el tránsito de una sociedad artesanal y gremial a
otra industrializada, con origen en Inglaterra, en
Europa y en el resto del mundo occidental a partir del
siglo XVIII, no se tuvo en cuenta el impacto
ambiental del desarrollo, lo que es lógico. Decimos
que es lógico porque si en un principio la explotación
fue de los propietarios de los medios de producción
Nº 15. 2014
30
eXtoikos
han llegado a cuajar en la formación de algunos
partidos políticos con representación parlamentaria.
«Igualmente responderán los propietarios de los
daños causados:
El concepto de «desarrollo sostenible» data de 1987,
cuando la Comisión Mundial sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo presentó su informe (el
conocido como «Informe Brundtland») a la Asamblea
General de la Organización de las Naciones Unidas.
Este informe define el desarrollo sostenible como el
tipo de desarrollo que «satisface las necesidades de la
generación actual sin comprometer la capacidad de
las generaciones futuras para satisfacer sus propias
necesidades» (López Jiménez, 2011, pág. 89). Esta
visión se ha consagrado normativamente en nuestro
país a través de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de
Economía Sostenible.
1. Por la explosión de máquinas que no hubiesen
sido cuidadas con la debida diligencia, y la
inflamación de sustancias explosivas que no
estuviesen colocadas en lugar seguro y adecuado.
2. Por los humos excesivos, que sean nocivos a las
personas o a las propiedades.
3. Por la caída de árboles colocados en sitios de
tránsito, cuando no sea ocasionada por fuerza mayor.
4. Por las emanaciones de cloacas o depósitos de
materias infectantes, construidos sin las precauciones
adecuadas al lugar en que estuviesen».
Esta imbricación entre el medioambiente y el
desarrollo sostenible se aprecia, asimismo, en el
artículo 37 de la «Carta de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea», de 2010,
conforme al cual, «en las políticas de la Unión se
integrarán y garantizarán, conforme al principio de
desarrollo sostenible, un nivel elevado de protección
del medio ambiente y la mejora de su calidad».
Particularmente interesante es el supuesto del
número segundo, esto es, el de los daños provocados
por «los humos excesivos», conocidos como
«inmisiones», susceptibles de ser perjudiciales para
las personas o sus propiedades, lo que nos lleva
directamente al ámbito de las «externalidades
negativas».
Nuestra Constitución de 1978 también se refiere a
la materia en su artículo 45 de la siguiente manera:
Ronald Coase, en su famoso artículo «The problem
of social cost», estudia la situación en la que las
actividades de un negocio tienen efectos perjudiciales
sobre otras personas y sus propiedades e intereses,
siendo el ejemplo estándar el de «la fábrica cuyo
humo tiene efectos dañinos para los ocupantes de
propiedades vecinas» (Coase, 1960, pág. 1).
«1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio
ambiente adecuado para el desarrollo de la persona,
así como el deber de conservarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización
racional de todos los recursos naturales, con el fin de
proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y
restaurar el medio ambiente, apoyándose en la
indispensable solidaridad colectiva.
Una externalidad negativa, según la Comisión
Nacional de los Mercados y de la Competencia (2014,
pág. 2) representa, como hemos mostrado
anteriormente, un coste para terceros no
contemplado en el precio, siendo el ejemplo más
claro, precisamente, el de la emisión de
contaminantes al medioambiente, con un efecto
negativo para un tercero, por lo que «este tipo de
situaciones suelen necesitar de una corrección a
través de un impuesto [como expresamente se
confirma en Coase, 1960, pág. 1], o de otro tipo de
controles, para evitar que el nivel de contaminación
sea mayor del socialmente deseable».
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado
anterior, en los términos que la ley fije se establecerán
sanciones penales o, en su caso, administrativas, así
como la obligación de reparar el daño causado».
Es curioso que nuestro Código Civil, que es muy
anterior a todos los cuerpos normativos citados, pues
data de 1889, al regular la conocida como
«responsabilidad extracontractual», es decir, la que
surge sin que medie un contrato entre el causante del
daño y a quien se le inflige el mismo, tipificó en su
artículo 1.908 el deber de indemnizar algunos
perjuicios derivados del desarrollo de la entonces
incipiente actividad industrial española:
El inconveniente es que cuando estas emisiones
superan una jurisdicción y se realizan por una
pluralidad de países, los tradicionales mecanismos de
control y correctores internos pueden resultar
insuficientes, y ser necesario que los diversos Estados
alcancen acuerdos vinculantes. Si el problema de las
emisiones es global y los acuerdos no son unánimes,
Nº 15. 2014
31
eXtoikos
su efectividad puede ser más que dudosa, y si el
mayor emisor rechaza tomar parte en los acuerdos
globales, los efectos positivos de las medidas
adoptadas pueden ser nimios.
de efecto invernadero puede contribuir a mejorar los
resultados económicos, incentivar la inversión, crear
empleo e ir acompañada de ventajas en otras áreas,
como la salud y la seguridad energética, en todo tipo
de economías» (Consejo Europeo, 2014, pág. 2).
Una grave muestra de esta problemática es la de los
gases con efecto invernadero (dióxido de carbono,
metano,
óxido
nitroso,
hidrofluorocarburos,
perfluorocarburos, hexafluoruro de azufre) y sus
potenciales efectos en el cambio climático, en el
calentamiento global en especial. Aunque se sigue
discutiendo sobre la relación causa-efecto, cada vez
parece más claro que la actividad humana está en el
origen de la elevación paulatina pero imparable de la
temperatura del planeta, lo que puede provocar el
deshielo de los polos, la subida del nivel del mar y
cambios meteorológicos imprevisibles.
La solución adoptada años atrás, en la que se deberá
profundizar además de ser complementada con otras
medidas jurídicamente vinculantes y enérgicas, fue la
de regular y permitir la comercialización de los
derechos de emisión, con arreglo al Protocolo de
Kyoto, de 1997, que entró en vigor en 2005, en el
contexto de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático.
La comercialización de los derechos de emisión es
un sistema por el que las empresas contaminantes
reciben la asignación de cuotas de emisiones; las
empresas que reducen sus emisiones por encima de
su cuota pueden vender sus «excedentes» a otras que
no pueden alcanzar su objetivo con tanta facilidad.
Este
comercio
no
perjudica
el
objetivo
medioambiental, ya que la cantidad global de las
cuotas es fija. En cambio, sí permite alcanzar el
objetivo global de forma más económica y fomenta la
inversión en tecnologías respetuosas con el medio
ambiente (Comisión Europea, 2000, pág. 4). Esta
lógica ya latía con anterioridad en otras políticas
europeas, como son las cuotas lecheras o de pesca,
que permiten transferir ciertos derechos de unos
agentes económicos a otros (Comisión Europea,
2000, pág. 9).
La Comisión Europea acertó a decir años atrás que
«el cambio climático es el ejemplo más claro de
fenómenos transfronterizos que exigen una
intervención concertada» (Comisión Europea, 2000,
pág. 4).
Como estableció Coase (1960, pág. 27), hay que
decidir si la ganancia de prevenir los daños es mayor
que la pérdida que sería sufrida como resultado de
parar la acción que provoca el daño. No cabe duda de
que el progreso económico y material de la
humanidad es irrenunciable, pero este avance no
puede ser insostenible y a costa de privar del planeta a
las generaciones futuras. Por tanto, un desarrollo
menor pero más racional y duradero que permita
conservar el planeta será mejor, es obvio, que un
crecimiento acelerado que beneficie a unos pocos y
conduzca a La Tierra a una ruina segura en unas
pocas decenas de años o centurias.
La regulación española, en el marco más amplio de
la normativa de la Unión Europea, dado que ésta se
adhirió como bloque al Protocolo de Kyoto por
medio de la Decisión del Consejo de 25 de abril de
2002, es la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se
regula el régimen del comercio de derechos de
emisión de gases de efecto invernadero.
Que puede que nos encontremos en un punto de no
retorno resulta de las conclusiones del Consejo de la
Unión Europea (Medio Ambiente) de 29 de octubre
de 2014, entre las que se deja notar la inquietud ante
«los últimos resultados de los grupos de trabajo del
Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el
Cambio Climático (IPCC)», y se hace hincapié «en
que el calentamiento global es inequívoco y en que es
muy probable que las actividades humanas hayan
sido la causa principal del aumento observado de la
temperatura media del planeta desde mediados del
siglo XX». El Consejo insiste en «que todas las Partes
deben tomar medidas valientes y que, según el IPCC,
retrasar las medidas incrementará sustancialmente los
costes y reducirá las opciones, además de aumentar
los efectos», destacando que «cada vez hay más
indicios de que la reducción de las emisiones de gases
Sin embargo, como sugeríamos previamente, a
pesar de lo que hay en juego, el principal emisor de
estos gases, los Estados Unidos, no ha ratificado el
Protocolo de Kyoto, aunque en noviembre de 2014 ha
sido firmado un Acuerdo bilateral con China que
suaviza su rechazo y aproxima a las dos grandes
potencias, con vistas a los acuerdos multilaterales que
se puedan alcanzar en la importante cita de París, en
2015, de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático (Casa Blanca,
2014).
Por todo ello, para concluir, choca que para la toma
de postura ante una cuestión que puede poner en
Nº 15. 2014
32
eXtoikos
peligro el mismo futuro del planeta, ese minúsculo
punto azul que, indefenso, flota en el espacio, se
hayan de dar tantos rodeos. No se trata, simplemente,
de detener las emisiones o toda actividad nociva del
hombre dañina para el medioambiente, sino de
armonizar el desarrollo económico con la protección
y preservación ambiental y la del mismo género
humano. Los plazos de los individuos son cortos, los
de la naturaleza son mucho más largos, por lo que la
solución de la paulatina bajada de las emisiones, hasta
su supresión o reducción a niveles tolerables, con la
solución transitoria de la creación de mercados donde
vender los derechos de emisión, parece sensata.
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y
DE LA COMPETENCIA (2014): «Consulta pública
sobre los nuevos modelos de prestación de servicios y
la economía colaborativa».
Más difícil será convencer a los países emergentes,
esos que han podido llegar a la industrialización
masiva cuando Occidente está de regreso, de que no
contaminen, pues, con parte de razón, podrán
reprochar las conductas anteriores de las sociedades
más avanzadas y opulentas, los diversos puntos de
partida de cada bloque y la eventual desigualdad de
armas para afrontar estos y otros retos que puedan
venir en el futuro.
EUMED: «Los límites del crecimiento y las catástrofes
globales»
(http://www.eumed.net/cursecon/18/184.htm).
CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA (2014):
«Preparativos del 20.º periodo de sesiones de la
Conferencia de las Partes (CP 19) en la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático (CMNUCC) y del 10.º periodo de sesiones
de la Reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto
(CP/RP 10) Lima, 1 al 12 de diciembre de 2014 Conclusiones del Consejo», 14747/14, 29 de octubre.
INGLEHART, R. (2001): «Modernización y
posmodernización. El cambio cultural, económico y
político en 43 sociedades», Centro de Investigaciones
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Nº 15. 2014
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ENSAYOS Y NOTAS
«El agua, sin gas, por favor»: la controversia jurídica en torno al
«fracking» en España
Juan Manuel Ayllón Díaz-González
Resumen: El artículo expone el régimen jurídico del «fracking» en España, partiendo de la normativa comunitaria
reguladora de esta actividad extractiva. Se analiza la controversia surgida en España derivada de la oposición de
varias Comunidades Autónomas a que el «fracking» se practique en sus territorios, lo que les ha conducido a
emanar normas «anti-fracking» que han sido declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional.
Palabras clave: «Fracking»; fractura hidráulica; Derecho Ambiental; Derecho Energético; Derecho Minero;
Derecho Comunitario; Derecho Autonómico; Tribunal Constitucional.
Códigos JEL: Q01; K32.
1. ¿En qué consiste el «fracking»?
Hasta la fecha, es escaso el número de Estados que
cuentan
con
explotaciones
comerciales;
principalmente, EE.UU., Canadá, México y China.
No obstante, otros muchos Estados han puesto en
marcha plantas de experimentación o están
considerando su uso.
E
l «fracking» o «fracturación hidráulica» es una
técnica utilizada para la extracción de gas
natural procedente de yacimientos de
«hidrocarburos
no
convencionales».
Los
hidrocarburos no convencionales son aquellos
hidrocarburos que se encuentran en rocas de baja
permeabilidad, a una gran profundidad, para los que
no es posible el empleo de las habituarles tecnologías
extractivas. Dado que suele tratarse de formaciones
geológicas de esquitos, se le viene denominando
como «gas de esquistos». La técnica se basa en la
construcción de conductos subterráneos de gran
profundidad –de más de dos kilómetros-, en primer
lugar, verticales, hasta llegar a la roca y, a partir de
ahí, horizontales, a lo largo de la estructura geológica.
Una vez hecho esto, se inyecta, a través de los
conductos, un compuesto líquido de agua, aditivos
químicos y arena a altísima presión para fracturar la
estructura geológica en la que el gas natural está
atrapado. El gas de esquisto es, de esta forma, liberado
y reconducido a la superficie a través de estos
conductos, donde es almacenado y preparado para
que pueda ser objeto de aprovechamiento energético.
El «fracking» es, sin embargo, una técnica
controvertida desde el punto de vista ambiental que
cuenta con una gran oposición social y ciudadana.
Innumerables informes científicos ponen de
manifiesto sus peligros, destacando como mayores
impactos los siguientes (Holloway y Rudd, 2013):
‐ El riesgo de que los acuíferos subterráneos sean
contaminados, ya sea por los aditivos químicos
que contienen la mezcla que se inyecta a través de
las conducciones, ya sea por el gas natural y otros
compuestos procedentes de la estructura
geológica.
‐ La gran cantidad de recursos hídricos que se
requieren.
‐ El riesgo de contaminación del aire debido a las
fugas de sustancias contaminantes contenidas en
el gas natural liberado o en los gases existentes en
el subsuelo, o de malas prácticas. Es lo que se
conoce como las emisiones fugitivas de metano.
Aunque la fracturación hidráulica no es una
tecnología nueva, es en la actualidad cuando su
empleo está alcanzando cotas importantes. Ello se
debe a que está siendo usada masivamente por
EE.UU., representando en 2014 el 60% de su
producción de gas natural (Apple, 2014). Este alza
responde a varios motivos: la mayor eficiencia en su
uso, el declive de las reservas de hidrocarburos
convencionales, acompañado de la elevación de los
precios de estos hidrocarburos. Cuanto más caro es el
barril de petróleo, más rentable resulta experimentar
con técnicas, en principio, más costosas (Levant,
2013).
‐ El riesgo de propiciar sismicidad inducida y
microseísmos.
‐ La gran extensión de las explotaciones, lo cual
implica una ocupación de amplias zonas del
espacio que quedan inservibles para otros usos o
pierden su valor ambiental.
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eXtoikos
‐ Los impactos derivados de la propia actividad
minera: contaminación acústica, polvos en
suspensión, contaminación visual y paisajística,
construcción de infraestructuras en zonas
naturales, etc.
de Funcionamiento de la Unión Europea. Esto impide
a las instituciones comunitarias prohibir el
aprovechamiento de un recurso energético mientras
haya Estados comunitarios que lo utilicen o piensen
utilizarlo. Esto no es óbice, sin embargo, para que la
UE tome decisiones sobre los recursos energéticos o
los regule, sobre todo, para ver en qué medida una
determinada fuente energética encaja en la política
energética comunitaria, que viene marcada, en
esencia, por dos máximas: el fomento del
autoabastecimiento, para disminuir la dependencia
energética exterior, y el ahorro, la eficiencia
energética y el impulso a las energías renovables, para
hacer posible en un futuro una Europa
«descarbonizada».
Junto al daño ambiental, también se critica que la
viabilidad económica de las explotaciones es bastante
incierta, tanto por el alcance de las reservas –que no
se conoce a ciencia cierta-, como por la rentabilidad
de las operaciones, dados los elevados costos de la
misma (Robles, 2014).
2. La posición de la Unión Europea en referencia
al «fracking»
Lo primero que debe manifestarse es que no existen
a día de hoy explotaciones de hidrocarburos no
convencionales a escala comercial en la Unión
Europea (UE). Debido a las incertidumbres referentes
al uso de esta técnica, el «fracking» no es una cuestión
pacífica entre los diferentes Estados comunitarios.
Varios de ellos se muestran contrarios al mismo hasta
que se despejan las incógnitas referentes a su
inocuidad y rentabilidad, en aplicación del principio
ambiental de cautela. Es el caso, hasta el momento, de
Francia, Alemania, Bulgaria, la República Checa y
Luxemburgo (Martín-Sola, 2013). Francia cuenta, de
hecho, desde 2011 con una Ley prohibiendo
expresamente el «fracking».
Con estos parámetros en mente, la UE viene
actuando en relación con el «fracking» desde que esta
técnica empezó a cobrar relevancia en el mundo hace
unos años, solicitando informes de expertos en la
materia, a través de resoluciones que fijan la posición
al respecto del Parlamento Europeo o mediante
declaraciones diversas de carácter institucional.
Así, desde un plano institucional y político, en la
Comunicación de la Comisión al Parlamento
Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social
Europeo y al Comité de las Regiones «sobre la
exploración y producción de hidrocarburos (como el
gas de esquisto) utilizando la fracturación hidráulica
de alto volumen en la UE» (COM (2014) 23 final), de
22 de enero de 2014, la Comisión Europea admite que
la producción de gas natural procedente de
hidrocarburos no convencionales podría aliviar la
dependencia energética exterior en el futuro. La
Comisión está pensando, sobre todo, en las
exportaciones de gas natural procedentes de Rusia,
cuya reducción tiene un sentido estratégico y
geopolítico. No obstante, paralelamente, la Comisión
también reconoce en la propia Comunicación que
existe una gran incertidumbre sobre si estas
extracciones serán, a la postre, rentables y que, aún si
se cumplen los mejores pronósticos, la UE no
alcanzaría la autosuficiencia en materia de gas natural
–con lo que seguiría dependiendo del exterior- y que,
además, en la mejor de las hipótesis, los recursos no
convencionales supondrían, a lo sumo, el 3% del
suministro energético total de aquí al 2030. Por tanto,
en definitiva, en el marco de la política energética
comunitaria, la Comisión se muestra bastante
escéptica respecto al hecho de que el «fracking» pueda
representar en un futuro un papel relevante como
fuente energética.
Otros Estados comunitarios, en cambio, se
muestran favorables a esta técnica y han concedido
autorizaciones de exploración o investigación, de cara
a una futura explotación. Es el caso de Reino Unido,
Portugal, Polonia, Rumanía, Estonia, Dinamarca,
Hungría, Suecia, Países Bajos y, como más adelante
veremos, España.
El posicionamiento de la UE parte del derecho
soberano de cada Estado a decidir sobre sus fuentes
de abastecimiento energético ex art. 194.2 del Tratado
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eXtoikos
Desde el punto de vista jurídico, el documento
comunitario más relevante, hasta la fecha, lo
constituye la Recomendación de la Comisión Europea
de 22 de enero de 2014 relativa a «unos principios
mínimos para la exploración y producción de
hidrocarburos (como el gas de esquistos) utilizando la
fracturación hidráulica de alto volumen». Esta
Recomendación, que no tiene carácter vinculante, va
dirigida a los Estados Miembros que tienen en mente
poner en marcha actuaciones mineras relacionadas
con el «fracking». Les proporciona una serie de
directrices al objeto de garantizar la seguridad de las
explotaciones y minimizar los impactos ambientales
que se pudieran derivar de las mismas. Destaco de la
Recomendación las siguientes directrices:
ambientales para hacer efectivo el principio de
responsabilidad ambiental.
‐ La necesidad de hacer plenamente efectivos los
derechos de participación y de información
ambiental en todo cuanto concierne a las
actividades relacionadas con el «fracking».
Hasta la fecha, la UE no ha emanado ninguna
normativa de carácter vinculante referente al
«fracking». Ni siquiera la irrupción de estas
actividades en el contexto comunitario ha dado lugar
a modificaciones en el Derecho Derivado, pese a que
son varios los informes y documentos que indican
que sería conveniente reformar diversas directivas y
reglamentos comunitarios para dar adecuada
cobertura a esta técnica y garantizar la minimización
de los impactos. La Recomendación comentada, no
obstante, confía en que sea cada uno de los Estados
Miembros donde se van a desarrollar actuaciones de
fracturación hidráulica los que adapten su normativa
a los parámetros que la misma indica, fijando para
ello un plazo que terminó el 28 de julio de 2014
(punto 16.1 de la Recomendación). En la actualidad,
una vez transcurrido dicho plazo, la Comisión se
encuentra analizando si la Recomendación ha
resultado efectiva. A tenor de la Recomendación, en
agosto de 2015, la Comisión habrá de decidir si
resulta necesario presentar «propuestas legislativas
con disposiciones jurídicamente vinculantes» (punto
16.5). Es muy probable, por tanto, que si los
proyectos de «fracking» siguen su curso en los
Estados Miembros, la Unión Europea termine
aprobando una directiva sobre la materia.
‐ La necesidad de que, tanto los planes y programas
en materia de «fracking» como los proyectos
individuales de exploración y explotación de
hidrocarburos no convencionales mediante
«fracking» se sometan a trámites previos de
evaluación ambiental supervisados por la
Administración.
‐ La necesidad de que antes de llevarse a cabo la
actuación, se caracterice suficientemente el
emplazamiento donde ésta va a tener lugar, para
garantizar que no se van a contaminar los
acuíferos existentes, que no van a quedar
afectados espacios naturales protegidos y que no
se van a producir daños a la población.
‐ La necesidad de que la instalación funcione con
arreglo a las mejores técnicas disponibles a
emanar por la propia Comisión Europea.
3. El régimen jurídico del «fracking» en España
‐ La necesidad de minimizar el consumo de agua
en las labores de fractura, la contaminación
atmosférica en el entorno de los pozos y los
riesgos de sismicidad inducida.
Sabido es que España no posee, hasta la fecha,
reservas
importantes
de
hidrocarburos
convencionales. Sin embargo, se estima que las
reservas de gas de esquistos podrían ser significativas.
El deseo de explotar en un futuro estos yacimientos
ha hecho que España sea en la actualidad uno de los
países europeos donde más prospecciones se estén
llevando a cabo. No obstante, a día de hoy, no existe
ninguna explotación comercial de «fracking». Y, de
hecho, se desconoce si las expectativas despertadas se
materializarán en el descubrimiento de yacimientos
explotables y rentables.
‐ La necesidad de reducir al máximo los
contaminantes químicos que componen el flujo
de fracturación y de informar debidamente al
público sobre las sustancias químicas que están
siendo empleadas.
‐ La necesidad de gestionar propiamente los
residuos de todo tipo derivados de las labores de
fracturación y de garantizar una adecuada
clausura y desmantelamiento de las instalaciones
una vez que se ponga fin a las actuaciones.
La situación institucional de la fractura hidráulica
en España no es, sin embargo, pacífica. Por un lado, la
Administración Central avala e incluso impulsa la
técnica, dentro de una estrategia global en pos de
alcanzar mayores cotas de autoabastecimiento
‐ La necesidad de exigirle a los operadores una
garantía financiera que cubra los daños
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eXtoikos
energético, donde también se inscribe, por ejemplo, el
polémico impulso de las prospecciones petrolíferas en
el mar. Pero, paralelamente, la contestación social
contra el «fracking» es tan manifiesta, que son
muchas las instituciones públicas que se oponen a
que se practique la misma en sus territorios. Me estoy
refiriendo a ayuntamientos, diputaciones provinciales
y comunidades autónomas, muchos de ellos de
lugares precisamente donde mayor probabilidad hay
de encontrar yacimientos explotables.
que los titulares de concesiones de explotación de
hidrocarburos podrán usar para su extracción. La
Exposición de Motivos de la Ley 17/2013 pone
explícitamente de manifiesto que el propósito de la
modificación es «clarificar aspectos jurídicos
relacionados con técnicas de exploración y
producción de hidrocarburos y garantizar la unidad
de criterio en todo el territorio español».
En la medida en que el «fracking» se concibe como
una técnica extractiva más para la explotación de
hidrocarburos (Blanque y Soriano, 2013), la
normativa que le resulta, por ello, aplicable, es la
prevista con carácter genérico para estos recursos
mineros, que, como se sabe, están expresamente
excluidos de la normativa minera general (art. 1.2 de
la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas), y cuentan
con una regulación específica. Esta regulación se
contiene, en esencia, en la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del Sector de Hidrocarburos (LSH), ley de
carácter básico emanada por el Estado en uso de las
competencias que le otorga el art. 149.1.13º y 25º de la
Constitución Española (Disp. Final 1ª 1 LSH).
El plano jurídico es reflejo claro de esta
controversia. Fue la Comunidad Autónoma de
Cantabria la que destapó la caja de los truenos
aprobando la Ley 1/2013, de 15 de abril, que prohíbe
la fractura hidráulica como técnica de investigación y
extracción de gas no convencional en su territorio. A
ella le siguió, unos meses después, la interdicción
establecida por la Comunidad Autónoma de La Rioja,
con la aprobación de la Ley 7/2013, de 21 de junio, en
términos parecidos; y la Comunidad Foral Navarra
(Ley foral 30/2013, de 15 de octubre), «mientras sigan
existiendo las dudas e incógnitas que existen en la
actualidad», como dice literalmente su exposición de
motivos. Las tres leyes se sustentaron en el principio
de cautela, principio ambiental ampliamente
reconocido por el acervo comunitario.
Esto significa que los yacimientos de hidrocarburos
no convencionales son recursos mineros que forman
parte del dominio público estatal (art. 2 LSH), como
cualesquiera otros. Por ello, las actividades de
exploración, investigación y explotación de los
yacimientos son usos demaniales controlados por la
Administración. Concretamente, para realizar
actividades mineras de prospección que implique la
realización de perforaciones no profundas, se
precisará una autorización de exploración (art. 9
LSH). Para labores de prospección más profundas, se
precisará un permiso de investigación (art. 15 LSH).
Dado que las rocas que albergan hidrocarburos no
convencionales suelen estar a bastante profundidad,
lo lógico es que se solicite directamente un permiso
de investigación sin pasar por la previa autorización
de exploración, que no permite, como se ha expuesto
anteriormente, perforaciones profundas.
La respuesta del Estado no se hizo esperar, y, ante
las incertidumbres sobre la legalidad del «fracking»
en nuestro país y con objeto de evitar nuevas normas
autonómicas prohibitivas, en octubre de 2013 se
aprovechó la aprobación de una ley que nada tenía
que ver con el asunto, -la Ley 17/2013, de 29 de
octubre, para la garantía del suministro e incremento
de la competencia en los sistemas eléctricos insulares
y extrapeninsulares-, para introducir en la
Disposición final 2ª -de tapadillo- una modificación
en el artículo 9 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del
Sector de Hidrocarburos, del siguiente tenor:
«5. En el desarrollo de los trabajos a ejecutar en el
marco de los títulos señalados en este artículo
podrán aplicarse métodos geofísicos y geoquímicos
de prospección, perforación de sondeos verticales o
desviados con eventual aplicación de técnicas
habituales en la industria, entre ellas, la fracturación
hidráulica, la estimulación de pozo así como
técnicas de recuperación secundaria y aquéllos
otros métodos aéreos, marinos o terrestres que
resulten necesarios para su objeto.»
Las competencias para el otorgamiento, tanto de la
autorización de exploración como del permiso de
investigación, son compartidas entre el Estado y las
CC.AA. con arreglo a criterios territoriales. Si el
territorio para el que se solicita está dentro de una
sola Comunidad Autónoma, será esta la competente
para tramitarlo, otorgarlo o, en su caso, denegarlo. Si,
por el contrario, el territorio a explorar o investigar
está a caballo entre dos o más Comunidades
Autónomas, o bien abarca o afecta al lecho marino,
entonces la competencia es estatal, concretamente del
Gobierno, mediante Real Decreto (art. 3.2 LHS).
El objeto de la misma, fue, por tanto, incluir
expresamente la fractura hidráulica entre las técnicas
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eXtoikos
Por último, la explotación de yacimientos de
hidrocarburos es, consecuentemente, un uso
privativo de un bien demanial y requiere, por tanto,
estar en posesión de una concesión de explotación.
En el momento en el que el titular de un permiso de
investigación descubra en su área, durante la vigencia
del mismo, yacimientos de hidrocarburos susceptibles
de ser explotados -además de comunicarlo de
inmediato a la Administración (art. 22.3 LSH)- se
encontrará en disposición de poder explotar el
yacimiento, para lo cual habrá de solicitar la
correspondiente concesión. Una vez otorgada, la
concesión da derecho a la explotación en exclusiva de
cuantos yacimientos de hidrocarburos se localicen en
el área concernida –medido en cuadrículas minerastanto si se trata de hidrocarburos no convencionales
como convencionales.
Con anterioridad a la modificación de 2013, solo se
requería EIA con carácter preceptivo si la extracción
era superior a 500 toneladas por día, si se trataba de
petróleo, o bien de 500.000 m3 por día, en el caso de
gas. Eran supuestos difícilmente aplicables a la
fractura hidráulica pues las extracciones haciendo uso
de esta técnica no suelen superan estas cantidades. Sí
que les resultaba aplicable la EIA con carácter
potestativo, esto es, aquella que correspondía decidir
caso por caso a la Administración. No obstante, la
política seguida hasta la fecha fue la de la exclusión de
la EIA. Véase, en este sentido, las Resoluciones de la
Secretaría de Estado de Cambio Climático de 1 de
marzo de 2010 y de 21 de noviembre de 2011, ambas
excluyendo de EIA respectivamente a los proyectos
de exploración de hidrocarburos no convencionales
Enara-16 y Enara-4, de gran controversia (La Calle,
2012).
La competencia para el otorgamiento de las
concesiones es exclusiva del Estado (art. 3.2 LSH),
mediante Real Decreto del Consejo de Ministros; si
bien, con informe previo de la Comunidad
Autónoma donde la explotación va a tener lugar (art.
25.2 LSH). Dicho informe autonómico no es, sin
embargo, vinculante. Este es un aspecto que entiendo
que debería modificarse para que las CC.AA.
afectadas se sintieran partícipes del proceso y se
respetara su postura sobre actividades que van a
afectar a sus territorios.
La necesidad de someter las actuaciones de
«fracking» a EIA no solo es importante por el control
de impactos que ello conlleva, sino también porque
implica que la empresa minera titular de los permisos
habrá de explicitar que, en efecto, va a hacer uso de
esta técnica, así como las características de las
actuaciones. Así, a través del correspondiente trámite
de información pública a realizar durante el
procedimiento, el público podrá tener conocimiento
de ello. De otra manera, en la medida en que la
fractura hidráulica, como hemos dicho, no requiere
de un permiso específico distinto de los permisos que
cobijan cualquier otra explotación de hidrocarburos,
su conocimiento por el público venía siendo mucho
más complejo. Se rompe, así, el halo de secretismo en
el que ha estado cobijado el «fracking» en nuestro
país. El cambio normativo llegó, sin embargo, un
poco tarde, pues eran muchos los permisos de
investigación que ya se habían otorgado con
anterioridad a octubre de 2013 que no se sometieron
a EIA.
Con base en esta normativa, se vienen concediendo
desde hace algunos años, y con anterioridad a la
propia reforma de octubre de 2013, autorizaciones de
exploración y permisos de investigación que se sabe
se practican sobre yacimientos de hidrocarburos no
convencionales. Dado que los permisos son genéricos
para la explotación de cualquier hidrocarburo, así
como debido al halo de secretismo que rodea al
«fracking», no es sencillo saber exactamente cuántos
proyectos se encuentran autorizados en este
momento en España; y ello a pesar de que la
Recomendación de la UE exige a estos respectos luz y
taquígrafos.
4. El posicionamiento de las CC.AA. frente al
«fracking» o «Not In My Back Yard»
La reforma de octubre de 2013 incluyendo al
«fracking» entre las técnicas a utilizar para la
extracción de hidrocarburos y sometiéndolo a EIA no
ha conseguido frenar la oposición institucional al
mismo. A las leyes «anti-fracking» cántabra, riojana y
navarra, le ha seguido, hasta la fecha, una más.
Cataluña también ha mostrado su rechazo normativo
al «fracking» mediante una modificación en el art. 47
de la Ley de Urbanismo (Decreto Legislativo 1/2010,
de 3 de agosto) introducida por el art. 167.1 de la Ley
2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,
La Ley 17/2013 operó otro trascendental cambio en
el régimen del «fracking» y es declarar expresamente
que los proyectos que comporten el uso de la fractura
hidráulica estarán sometidos al procedimiento previo
de evaluación de impacto ambiental (EIA). En la
actualidad, la fractura hidráulica se sitúa entre los
proyectos para los que la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de Evaluación Ambiental, exige evaluación
de impacto ambiental de carácter ordinario (Anexo I,
grupo 2, d).
Nº 15. 2014
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eXtoikos
administrativas, financieras y del sector público (Ley
de Acompañamiento a los presupuestos de 2014), del
siguiente tenor: «En la explotación de recursos
naturales en suelo no urbanizable, en el caso de
aprovechamiento de hidrocarburos, no está permitida
la utilización de la tecnología de la fracturación
hidráulica cuando pueda tener efectos negativos sobre
las
características
geológicas,
ambientales,
paisajísticas o socioeconómicas de la zona, o en
relación con otros ámbitos competenciales de la
Generalidad». La prohibición catalana no es tan
tajante como la contenida en las leyes cántabra,
riojana o navarra, pues se matiza que solo lo será en la
medida en que «pueda tener efectos negativos» sobre
la zona. La redacción, no obstante, parece más bien
una estrategia para sortear un previsible Recurso de
Inconstitucionalidad.
La postura de la Comunidad Autónoma canaria es
más matizada y ambigua. Como es sabido, su lucha
es, mayormente, contra las prospecciones petrolíferas
cercanas a sus costas, autorizadas por el Gobierno en
marzo de 2012. En este contexto, el Parlamento
canario aprobó, el 7 de mayo de 2014, una
Proposición No de Ley instando al Gobierno a
prohibir las prospecciones de hidrocarburos en el mar
que puedan afectar a espacios naturales protegidos o a
zonas turísticas, y, paralelamente, instando también a
la Comisión Europea a que reconsiderara su postura
sobre «la extracción segura de hidrocarburos no
convencionales».
Estos planteamientos contrastan con las posturas
adoptadas por otras CC.AA. que se han manifestado
de manera explícita o implícita favorables a permitir
el «fracking» en sus territorios. Es el caso, por
ejemplo, de la Comunidad Autónoma vasca,
especialmente afectada por esta materia en la medida
en que uno de los proyectos de extracción que parece
más viable –el proyecto «Enara» al que me refería más
arriba- tiene lugar en su territorio y está siendo
llevado a cabo por un consorcio de empresas entre las
que se encuentran la empresa pública vasca. En la
línea permisiva se encuentra también la Comunidad
Autónoma de Castilla y León, cuyas Cortes
Autonómicas rechazaron en marzo de 2013 una
Proposición No de Ley contraria al «fracking», y cuya
Administración ha otorgado varios permisos de
exploración. La postura no es pacífica, pues tanto el
pleno de la Diputación Provincial de Soria (junio,
2012) como el de la de Valladolid (octubre, 2012), las
provincias más afectadas, se han manifestado
rotundamente contrarios al «fracking» en sus
términos provinciales.
A estas cuatro CC.AA. podrían sumársele, en breve,
una quinta, Andalucía. Su Parlamento ya se manifestó
contrario al «fracking» en virtud de una Proposición
No de Ley aprobada en sesión celebrada el 3 de
octubre de 2013, en la que, al mismo tiempo, se
instaba al Consejo de Gobierno de la Comunidad
Autónoma a suspender los permisos otorgados y a no
otorgar ninguno más en el futuro. Pero es que,
además, desde el 11 de junio de 2014 se encuentra
tramitando dos Proposiciones de Ley al respecto:
una, de junio de 2014, que prohíbe el «fracking» en la
línea de las leyes de Cantabria, La Rioja y Navarra, y
otra, de julio de 2014, más matizada, en la que se
establece una moratoria de dos años, prorrogables.
Otras CC.AA. se mueven en la misma tendencia.
Por ejemplo, la Junta General del Principado de
Asturias aprobó, el 8 de febrero de 2013, una
proposición no de ley mostrándose contraria al
«fracking» e instando al Consejo de Gobierno a
elaborar una normativa en esa línea. En Galicia, el
Parlamento gallego aprobó, el 21 de febrero de 2013,
una proposición no de ley instando a la Xunta de
Galicia a establecer una moratoria en torno al
«fracking» mientras no se garantice su seguridad e
inocuidad. Las Cortes de Aragón también se han
mostrado contrarias al «fracking», manifestando
paralelamente su oposición al permiso de
investigación de hidrocarburos en uso de esta técnica
denominado «Aquiles», que fue autorizado por el
Gobierno en 2013 (Real Decreto 316/2013, de 26 de
abril) y que tiene lugar en territorio aragonés.
Igualmente, el Parlamento de la Comunidad
Autónoma de las Islas Baleares, por resolución de 1
de octubre de 2013, aún cuando no hay ningún
proyecto a la vista en dicha Comunidad Autónoma.
En parecidos términos se encuentra la situación en
la Comunidad Autónoma valenciana. Son varias las
Proposiciones No de Ley que se han presentado ante
las Cortes Valencianas contra el «fracking», muy
especialmente mostrando su oposición a varios
proyectos que tienen lugar en su territorio (los
conocidos
como
proyectos
«Arquímedes»,
«Aristóteles» y «Pitágoras»), pero todas ellas han sido
hasta la fecha rechazadas.
Sigue también dicha tendencia la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, cuyas Cortes
desestimaron, el 11 de abril de 2013, una Proposición
No de Ley que pedía al Gobierno central una
moratoria del uso del «fracking» y solicitaba la
suspensión de los permisos concedidos, hasta la
fecha, por su Consejo de Gobierno. No obstante,
aquellos ayuntamientos más afectados por proyectos
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de «fracking» a llevar a cabo en sus términos
municipales han mostrado su rechazo a los mismos y
buena prueba de ello es que presentaron, el 3 de
diciembre de 2013, una Iniciativa Legislativa ante las
Cortes de Castilla-La Mancha para que estas
aprobaran una ley prohibiendo el «fracking» en la
Comunidad Autónoma, iniciativa que fue no
admitida a trámite sobre la base de que se pretendía la
regulación de una materia que no era competencia de
la Comunidad Autónoma sino del Estado.
presentar contras las leyes autonómicas «antifracking», por vulneración de competencias estatales.
Dicho y hecho, en enero de 2014, el Presidente del
Gobierno presentó recurso de inconstitucionalidad
contra la Ley cántabra «anti-fracking» (Recurso de
Inconstitucionalidad 498/2014, de enero de 2014) y la
misma suerte corrieron la ley riojana (Recurso de
Inconstitucionalidad 108/2014, de abril de 2014), la
navarra (Recurso de Inconstitucionalidad 4983/2014,
de septiembre de 2014) y la catalana (Recurso de
Inconstitucionalidad 6513/2014, de noviembre de
2014), todos ellos con efectos suspensivos.
Por último, Murcia, en cuyo territorio se están
llevando a cabo varios proyectos de investigación de
reservas de gases no convencionales, forma parte de
este grupo de Comunidades Autónomas que se
muestran favorables al «fracking», con el rechazo por
parte de su Asamblea Regional, el 8 de mayo de 2013,
de una moción que pedía la declaración de la región
como territorio libre de «fracking».
Los dos primeros recursos de inconstitucionalidad
han sido ya resueltos por el Tribunal Constitucional
(TC), con idéntico posicionamiento. La STC
106/2014, de 24 de junio, declara inconstitucional y
anula la Ley cántabra «anti-fracking» (Fernández de
Gatta, 2014), y la STC 134/2014, de 22 de julio, hace
lo propio con la riojana.
Para completar el panorama autonómico, un tercer
bloque estaría formado por otras CC.AA. que, hasta
la fecha, no se han pronunciado al respecto, porque,
de momento, no existe ningún proyecto en curso de
uso de esta tecnología en sus territorios ni se prevé a
corto o medio plazo. Es el caso de la Comunidad
Autónoma de Madrid y Extremadura.
En ambos casos, los argumentos que «sustentan» la
inconstitucionalidad son similares y predecibles, pues
responden, en líneas generales, a cómo el TC viene
entendiendo la distribución de competencias entre el
Estado y de las CC.AA. La línea argumental del TC es,
en esencia, que la regulación del «fracking», en
cuanto
técnica
extractiva,
representa
una
reglamentación de actividades minero-energéticas
que afecta a la ordenación del sector energético. Es al
Estado –y no a las CC.AA.- al que le corresponde
regular dicha ordenación porque forma parte de las
bases del régimen minero y energético, bases cuya
competencia corresponde a este según el art. 149.1.25
CE. En la actualidad, dichas bases se encuentran
recogidas en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del
Sector de Hidrocarburos, que, como se ha visto,
permite en su actual art. 9, el uso del «fracking». Por
tanto, las CC.AA. no pueden prohibir la fractura
hidráulica como técnica minera porque esto
representa una vulneración de la legislación básica
establecida por el Estado y una extralimitación de las
competencias atribuidas en sus estatutos de
autonomía. De ahí, el TC colige que tanto la Ley
«anti-fracking» cántabra como la riojana son
inconstitucionales y, por tanto, nulas (Garrido y
Antón, 2014); una inconstitucionalidad que es
sobrevenida porque, como he expuesto, la
modificación del art. 9 de la LSH se produjo con
posterioridad a que dichas leyes se hubieran
emanado. En todo caso, muy previsiblemente la
misma
suerte
correrán
los
recursos
de
inconstitucionalidad que aún quedan por resolver
contra la ley navarra y la catalana, que, con alta
En resumen, una mayoría de Comunidades
Autónomas, -nada más y nada menos que diez
(Cantabria, La Rioja, Navarra, Cataluña, Andalucía,
Asturias, Baleares, Aragón, Galicia y Canarias)- se
han manifestado claramente en contra del «fracking»
en sus territorios. Tan solo 5 se han mostrado
favorables –Castilla y León, Castilla-La Mancha,
Valencia, Murcia y País Vasco- e incluso en ellas, con
gran contestación social y local. La polémica
trasciende las barreras partidistas, pues en muchas de
las instituciones que se han posicionando en contra
del «fracking», ya sea a nivel autonómico o local,
gobierna también el Partido Popular, al igual que en
el Gobierno central, lo que nos indica que estamos
ante una clara expresión del que se conoce como
fenómeno «NIMBY» –«Not In My Back Yard»-.
5. Las sentencias del Tribunal Constitucional
acerca del «fracking»
La Ley 17/2013, de 29 de octubre, no solo tenía por
finalidad incorporar el «fracking» al acervo de las
técnicas mineras legales en España, sino también, y
no menos importante, configurar una base legal sobre
la que poder sustentar los recursos de
inconstitucionalidad que el Gobierno tenía en mente
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eXtoikos
probabilidad,
también
inconstitucionales por el TC.
serán
declaradas
las poblaciones de las CC.AA. o entes locales donde
estos proyectos vayan a realizarse. O, dicho de otra
manera, que si existe una clara oposición popular al
mismo en los territorios donde tendría lugar, este no
debería llevarse a cabo. Y esto no significa, como a
veces se quiere presentar, supeditar los intereses
colectivos de todo un Estado a la voluntad de una
parte del mismo, sino ser consciente de que un Estado
no puede vertebrarse adecuadamente sobre la base de
exigir a los pobladores de un determinado territorio
que soporten una actividad de riesgo que podría
afectar gravemente a su salud y a sus condiciones de
vida. Este tipo de sacrificios no pueden imponerse,
por más que se pudieran beneficiarse de ellos una
mayoría. Y creo, además, que este respeto no solo es
una cuestión política, sino también jurídicoconstitucional, esto es, un principio que debería ser
parte del modelo autonómico y servir de criterio
hermenéutico. Si así se hiciera, lo que prevalecería a la
hora de resolver estos conflictos territoriales sería la
negociación, la cooperación, el entendimiento y la
capacidad para esgrimir argumentos y convencer a las
poblaciones, y no el temor a que se azuce al TC.
Teniendo en cuenta todos estos parámetros, creo que
la postura del TC debería haber sido considerar
plenamente constitucionales tanto la ley cántabra
como la riojana. En su lugar, en este tema tan
espinoso, las sentencias se pierden en alabanzas a los
parabienes que podrían derivarse del «fracking», por
su potencial energético, de reactivación económica y
creación de empleo, que están fuera de lugar y nos
recuerdan, por momentos, al cuento de la lechera.
Con todo el respecto que el TC me merece, me voy
a permitir discrepar del fallo. Me parece difícilmente
discutible que las CC.AA. poseen los suficientes
títulos competenciales en materia de medio ambiente
y de salud pública como para poder oponerse a una
práctica que les parece, cuanto menos, arriesgada;
máxime en una materia con tan fuerte oposición
social, tan controvertida en el plano científico y en la
que tan razonable es aplicar el principio de cautela.
De hecho, las sentencias comentadas cuentan con un
voto particular suscrito por tres magistrados, que,
aunque no cuestiona el fallo, sí que critica la línea
argumental del TC precisamente por no cohonestar e
integrar las distintas competencias en juego.
A mi juicio, lo que estas sentencias ponen de
manifiesto es que el TC sigue adoleciendo de la
aplicación de unos criterios sumamente rígidos a la
hora de resolver los conflictos competenciales,
basándose, de manera mecánica, en la literalidad de
un texto constitucional que, al menos en cuanto al
Estado autonómico se refiere, ha sido claramente
sobrepasado por los acontecimientos. Esa manera de
emplear una metodología cuasi «quirúrgica» en el
reparto competencial, pasando el agudo filo del
escalpelo sobre la realidad compleja para diseccionar
y separar materias, y repartirlas a diestro y siniestro,
casa poco con la construcción de un Estado
autonómico de clara tendencia federal que ha de
buscar la integración, la cooperación y el respeto por
la voluntad de los territorios que pueblan esta España
diversa. Si, además, los criterios que emplea el TC
conducen de manera reiterada a darle la razón al
Estado frente a las CC.AA., no es de extrañar que el
TC se haya ido forjando esa imagen de cancerbero
con el que el Gobierno amenaza a las CC.AA. cuando
se salen de la línea que este les marca. En lo que aquí
nos concierne, se evidencia que el TC debería cambiar
su mecánica e ir a una interpretación del reparto
competencial establecido en el texto constitucional
que haga prevalecer los criterios teleológicos por
encima de la letra del texto, una interpretación de
justicia material que conduzca a solucionar los
problemas reales y no a incrementar la conflictividad.
A mí me parece sumamente razonable que en temas
como el «fracking», donde lo que está en juego es la
salud pública y las condiciones ambientales, se respete
la voluntad de los territorios. Esto significa que en
proyectos, actuaciones o técnicas que comporten
riesgos, no debería bastar con que el Estado sea
favorable a los mismos para poder ejecutarse, sino
que debería contarse, además, con la aquiescencia de
Pero es que, además, a mayor abundamiento, las
sentencias del TC comentadas son de una escasa
eficacia práctica y generan más problemas de los que
resuelven. Digo esto porque a pesar de la
proclamación de la competencia Estatal, no podemos
olvidar que las CC.AA. tienen instrumentos
normativos plenamente constitucionales que les
permiten paralizar, entorpecer e incluso, impedir la
fractura hidráulica en sus territorios. Así, hemos de
recordar que el otorgar o denegar la mayoría de las
autorizaciones de exploración y permisos de
investigación les compete a ellas, y no al Estado, que
serán ellas las que en estos casos someterán los
proyectos a Evaluación de Impacto Ambiental y que,
además, muchas cuentan con autorizaciones
ambientales específicas que habrán de superar los
proyectos de «fracking» que quieran ejecutarse en sus
territorios.
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6. Reflexión final
hasta la fecha se han venido practicando por la
posibilidad de acceder a yacimientos hasta ahora
inaccesibles, por la metodología que implica y por los
riesgos ambientales que se derivan de la misma.
Existen informes suficientemente contrastados de que
el «fracking» representa un riesgo real de
contaminación de los acuíferos. Y muchos de
nosotros el agua la preferimos sin gas.
Las incertidumbres que se ciernen sobre el
«fracking», tanto desde el punto de vista de la salud
pública, como de su impacto ambiental e incluso de
su rentabilidad económica, deberían ser causas más
que suficientes para que, en aplicación del principio
de cautela, se declarara en España una moratoria
sobre esta controvertida técnica, que paralizase los
permisos otorgados y proyectos de explotación en
ciernes e impidiera la concesión de nuevos permisos
en tanto en cuanto no se ofrezcan suficientes
garantías sobre su inocuidad. Esta no es una
propuesta revolucionaria. Con ello no haríamos más
que seguir la senda de países de nuestro entorno
como Francia o Alemania.
Referencias bibliográficas
APPLE, B. (2014): «Mapping Fracking: An Analysis
of Law, Power, and Regional Distribution in the
United States», Harvard Environmental Law Review,
vol. 28, nº. 1, pág. 217-244.
BLANQUE, L. y SORIANO, J. E. (2013): «La
regulación del fracking en España», Lupicinio
Abogados International Attorneys, noviembre.
Una moratoria sería, además, coherente, con la
política energética que se viene preconizando desde la
Unión Europea, que apuesta de manera decidida por
una Europa que vaya progresivamente abandonando
el uso de los combustibles fósiles como fuente
energética en pos de la «descarbonización», y que
proclama que el abastecimiento energético debe
sustentarse en el ahorro, la eficiencia y la apuesta por
las energías renovables (González, 2011).
FERNÁNDEZ DE GATTA SÁNCHEZ, D. (2014):
«La STC de 24 de junio de 2014 sobre la prohibición
autonómica de la fractura hidráulica (fracking) y la
indudable reafirmación de las competencias del
Estado», Diario La Ley, nº 8358.
GARRIDO, S. y ANTÓN VEGA, D (2014): «El
reparto de competencias en materia de
hidrocarburos:
la
sentencia
del
Tribunal
Constitucional sobre el uso de la técnica de fracking»,
Diario La Ley, nº. 8401.
De momento, no parece que esa vaya a ser la
postura a adoptar en nuestro país, pues todos los
indicios apuntan a que el deseo del Gobierno actual es
continuar con las prospecciones. En este contexto, al
menos, debería respetarse la voluntad de los
territorios autonómicos y locales que se han opuesto
al «fracking» y no permitir actuaciones relacionadas
con esta técnica en dichos territorios. Forzar a las
poblaciones a tener que soportar un riesgo ambiental
de consecuencias desconocidas no es de recibo.
GONZÁLEZ RÍOS, I. (2011): «Régimen jurídicoadministrativo de las energías renovables y la
eficiencia energética», Editorial Thomson ReutersAranzadi, Pamplona.
HOLLOWAY M.D. y RUDD, O. (2013): «Fracking:
the operations and environmental consequences of
hydraulic fracturing», Wiley, Salem, Mass.
Además, si lo que se desea es dar luz verde al
«fracking», el Estado no debería haberse limitado a un
mero y apresurado retoque de la Ley del Sector de
Hidrocarburos, con el simple propósito de incluir la
fracturación hidráulica entre las técnicas mineras. La
trascendencia del tema requiere una regulación
completa y específica de esta técnica que incorpore,
además, todos esos aspectos que la Recomendación
de la Comisión Europea de 22 de enero de 2014,
arriba comentada, exige, máxime cuando todo parece
indicar que esta recomendación terminará, en breve,
por convertirse en una directiva comunitaria. Así lo
indica, con acierto, el voto particular formulado
contra las SSTC 106/2014 y 134/2014.
LA CALLE MARCOS, A. (2012): «Informe sobre la
compatibilidad con el Derecho comunitario de la
fragmentación en diversos proyectos de las labores
correspondientes al permiso de investigación de
hidrocarburos ENARA 1614 en las Comunidades
Autónomas de Castilla y León y País Vasco»,
Fundación Nueva Cultura del Agua.
LEVANT, E. (2013): «Groundswell: the case for
fracking», McClelland & Stewart, Toronto.
MARTÍN-SOLA RODRÍGUEZ, S. (2013): «Fracking:
estado de situación en otros países», Revista El
Ecologista, nº 78, septiembre.
El «fracking» no es una técnica minera más; es una
tecnología que se diferencia claramente de las que
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ROBLES MONTOYA, B. (2014): «Impacto social y
ambiental del fracking», Senado de la República,
Méjico.
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kilómetros de playas y 12.000 hectáreas marítimas,
«El Algarrobico», una cuestión de seguridad
jurídica
más
Carmen de Vivero de Porras
Resumen: En esta nota se muestran los antecedentes urbanísticos y las implicaciones jurídicas del llamado caso
«Algarrobico».
Palabras clave: Algarrobico; Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.
Códigos JEL: Q01; K32.
«La tierra proporciona lo suficiente para satisfacer las
necesidades de cada hombre, pero no la codicia de
cada hombre»
especies entre flora y fauna, junto con formaciones
geológicas en sus fondos.
El casco urbano de Carboneras, pese a estar
rodeado por el Parque Natural, no tiene esta
calificación. En él se sitúan una fábrica cementera,
una central térmica y una desalinizadora de agua
marina, la más grande de Europa.
Mahatma Gandhi
1. Introducción
E
n los últimos tiempos los vaivenes
urbanísticos, medioambientales y políticos,
que han venido afectando a la macro
construcción hotelera situada en primerísima línea de
playa, -apenas 47 metros del litoral, mientras que la
piscina y otras construcciones están a tan sólo 14
metros- , en el municipio de Carboneras (Almería),
conocida como «El Algarrobico», han dado lugar a un
galimatías jurídico importante, que se ha saldado con
dos resoluciones del Alto Tribunal andaluz con sede
en Granada, totalmente contradictorias. La última
resolución, según se han hecho eco los medios de
comunicación, ha afectado a los propios magistrados
de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia,
Sede Granada, los cuales han sido objeto de querellas,
de un lado, y quejas, de otro, éstas últimas ante el
Consejo de General del Poder Judicial, por el reciente
fallo emitido este año y que ha causado estupor en
toda la sociedad andaluza.
El Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar es Reserva
de la Biosfera, Lugar de Interés Comunitario, Zona
ZEPIM (de Especial Protección e Interés del
Mediterráneo) y Zona ZEPA para las Aves. El Parque
quedaba regulado por el PORN (Plan de Ordenación
de Recursos Naturales) de 1994 -el cual tuvo su
última modificación en 2008- ampliando su extensión
e incluyendo numerosas hectáreas pertenecientes al
término municipal de Carboneras, entre ellas la playa
del Algarrobico donde se encuentra situado el hotel.
En el año 1987 se creó el Parque Natural de Cabo de
Gata-Níjar, que no incluyó el paraje del Algarrobico
dentro de su perímetro. Ese mismo año, el
Ayuntamiento de Carboneras aprobó las normas
subsidiarias, donde se venían a clasificar los terrenos
del Algarrobico como urbanizables. Al año siguiente
entró en vigor la Ley 22/1988, de 28 de julio, de
Costas, que establecía una servidumbre de protección
de 100 metros desde la ribera del mar donde no se
podía construir.
Así, un día parece que se terminará ya su
avanzadísima construcción y, otro, que carece de los
permisos correspondientes para ello y, por tanto, se
demolerá.
El Ayuntamiento de Carboneras aprobó
definitivamente el Plan Parcial, que conllevaría
urbanizar la playa, desoyendo así el mandato legal
previsto en la Ley de Costas, según la cual los planes
parciales aprobados con posterioridad al 1 de enero
de 1988 o antes de la entrada en vigor de esta Ley, que
resulten contrarios a lo previsto en ella, debían ser
revisados para adoptarlos a sus disposiciones. Ante
esta previsión legal, el Plan Parcial debió ser revisado
para adaptarlo a los 100 metros de servidumbre de
protección prevista en la Ley de Costas, cuestión que
2. Antecedentes urbanísticos
El pueblo de Carboneras se encuentra situado en el
Levante de la Costa de Almería. Tiene una
temperatura media anual de 20 Cº y más de 300 días
soleados al año. Dicho municipio está rodeado por el
Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y ofrece 16
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no tuvo lugar y que, como veremos posteriormente, el
Tribunal Supremo así lo declaró.
indemnización que tuviese
Administración en ese caso.
Años más tarde, en 1994, la Junta de Andalucía
aprobó el PORN, así como los mapas del Parque
Natural de Cabo de Gata-Níjar, donde se exponía que
la zona del Algarrobico pasaba a ser suelo no
urbanizable, pero, tres años más tarde, la
Administración Autonómica publicó tres nuevos
planos donde se cambiaba la clasificación del suelo
del Algarrobico, pasando a ser suelo urbanizable. Se
denunciaron irregularidades procedimentales en
cuanto a este último cambio.
El titular del Juzgado de lo contenciosoAdministrativo nº 2 de Almería, en el año 2008,
declaró nula la licencia de obras concedida a la
empresa Azata del Sol, estimando que el edificio
ocupaba suelo protegido, a la par que denunciaba la
modificación, contraviniendo la normativa vigente,
de los planos de este espacio protegido, realizada por
la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de
Andalucía, remitiendo las actuaciones al Ministerio
Fiscal ante posibles responsabilidades penales.
Es en el año 1999 cuando la empresa promotora
Azata del Sol adquiere dos suelos por importe
aproximado de 2 millones de euros, en los que
proyectaba construir el macro complejo hotelero,
para lo que solicitó ante el Ayuntamiento de
Carboneras la preceptiva licencia de obras. Dicha
licencia fue concedida por el órgano local, a
principios de 2003 –según algunos medios de
comunicación, solo se abonó por dicha licencia un
1%-.
Recurrida la resolución ante el Tribunal Superior de
Justicia, con sede en Granada, en el año 2012 este
dictó resolución, denegando el recurso presentado
por Azata del Sol y confirmando la declaración de
nulidad realizada por el Juzgado de Almería.
que
pagar
la
De otro lado, y en relación con la impugnación
realizada por el Ayuntamiento contra la Orden
Ministerial que, en 2005, amplió a 100 metros la zona
de servidumbre donde se asienta parte del proyecto
de hotel El Algarrobico, la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo dictó en 2012
una sentencia en la que desestimaba el recurso de
casación interpuesto por dicho Ayuntamiento contra
la sentencia de la Audiencia Nacional, que consideró
conforme a derecho la referida orden ministerial.
Ese mismo año se inició la construcción del macro
proyecto, que contaba con 411 habitaciones,
ocupando una enorme extensión en primera línea de
playa, en una zona catalogada como protegida y no
urbanizable por el PORN del año 1994. Ante las
quejas y manifestaciones, la Administración Local
defendió que la construcción podía llevarse a cabo en
virtud del Plan Parcial del 1988, que denominaba esta
zona como R-5 y a la que se consideraba suelo
urbanizable y, por tanto, al existir un instrumento de
planeamiento urbanístico, en este caso el Plan Parcial,
aprobado con anterioridad a la entrada en vigor del
PORN del Parque Natural del Cabo de Gata-Níjar, la
licencia se ajustaba perfectamente a derecho.
En cuanto a los fundamentos jurídicos de la
resolución, se señalaba por el Tribunal Superior que
la Ley de Costas definió como zona de servidumbre
marítimo-terrestre los primeros 100 metros del litoral
y, en su Disposición Transitoria Tercera, estableció
que los Planes Parciales Urbanísticos, aprobados con
posterioridad al 1 de enero de 1988, y antes de la
entrada en vigor de esta Ley, debían adaptarse a sus
disposiciones, al igual que los Planes Parciales cuya
ejecución no se hubiera llevado a efecto en el plazo
previsto. El Tribunal Supremo destaca en su sentencia
que el Plan Parcial que afecta a la zona urbanística
objeto de la impugnación fue aprobado con
posterioridad al 1 de enero de 1988, pero antes de la
entrada en vigor de la Ley de Costas y, por tanto,
debió de revisarse y adaptarse.
3. Galimatías jurídico
La asociación «Ecologistas en Acción» interpuso
recurso contencioso, contra el acto administrativo
local consistente en la concesión de licencia de obras
para la construcción del hotel en la playa de El
Algarrobico. El Juzgado de lo contencioso
administrativo nº 2 de Almería decretó la suspensión
-como medida cautelar- de las obras de construcción
del referido hotel. Justificaba el juez que las razones
de dicha paralización no eran otras que la apariencia
de no ajustarse a derecho la licencia de obra
concedida, así como los perjuicios irreparables que se
podrían causar en caso de estimación del recurso
contencioso interpuesto, que incrementarían la futura
Recientemente, la Sección Tercera de la Sala de lo
Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía (TSJA), ha emitido un fallo no exento de
polémica, donde justificando la no concurrencia de
cosa juzgada con respecto al fallo que ya emitió en
2012, la misma Sala –pero distinta Sección- declara,
dando un tratamiento distinto al suelo, diferente nivel
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de protección medioambiental, no siendo el mismo
que fue declarado en la sentencia de 2012 y, por tanto,
la concesión de la licencia sería ajustada a derecho,
dada la protección mínima que se le daba a dicho área
en virtud de la aprobación del PORN de 2008.
El medio natural desarrolla diversas funciones que
pueden considerarse económicas, ya que inciden
directa o indirectamente en las actividades
económicas,
de entre las que destacamos las
siguientes:
‐ Ser fuente de recursos;
El galimatías jurídico en que se ha convertido el
caso Algarrobico deberá ser resuelto finalmente por el
Tribunal Supremo, que en el futuro tendrá que
pronunciarse sobre tres recursos clave en torno al
polémico edificio de 21 plantas y 411 habitaciones
construido por Azata del Sol en pleno Parque Natural
de Cabo de Gata-Níjar, que fue paralizado por orden
judicial cuando estaba prácticamente construido.
‐ Asimiladora de residuos; y
‐ Proporciona servicios medioambientales.
El reto, por tanto, es generar un pensamiento
global. Hay que favorecer la búsqueda de nuevos
modelos económicos que permitan, incorporar los
costes ambientales al precio de los bienes y servicios,
y que estos costes sean tenidos en cuenta en los
sistemas de contabilidad nacional; facilitar el acceso
de los países más pobres a los fondos necesarios para
su desarrollo sostenible; por último, cambiar las
pautas de los ciudadanos de los países más ricos, dado
el uso indiscriminado de recursos en estos estados.
4. Economía vs. medio ambiente
La actividad económica ha estado ligada desde
siempre con el entorno natural y social en el que se
desarrolla, ya que no se concibe actividad alguna que
no interactúe con algún elemento del medio en el que
se desenvuelve.
Sin embargo, esa relación se ha mantenido dentro
de unos límites de equilibrio hasta épocas
relativamente recientes.
El medio ambiente tiene un valor aunque carezca
de precio; así, una cosa tiene valor en función de los
usos que de ella se esperan y una cosa cuesta en
función de su rareza. Históricamente, la materia
medio ambiental no ha preocupado a la teoría
económica convencional, aunque ya desde su inicio
han existido voces discrepantes con la visión clásica
de la economía como ciencia, que poco eco tuvieron.
La ausencia de conciencia ambiental ha sido una de
las principales razones por las que hasta bien entrado
el siglo XX los estudiosos de la Economía no han
abordado en profundidad el análisis de la
interrelación economía-medio ambiente.
Todas las actividades económicas ocurren en el
contexto de las relaciones entre la sociedad y la
naturaleza, de tal forma que el desarrollo implica la
transformación de estas relaciones.
Existen tres hitos importantes en lo que a materia
medioambiental se refiere:
‐ El Informe Meadows del Club de Roma (1972),
sobre «Los límites del crecimiento», que supuso la
primera voz de alarma.
En este contexto, el crecimiento de la población y la
economía han alterado de manera importante dicha
relación, cuya consecuencia no ha sido otra que la
incapacidad para la naturaleza de soportar la
actividad humana sin sufrir sus consecuencias.
‐ El Informe Brundtland (1987), «nuestro futuro
común» de la Comisión Mundial del Medio
Ambiente y Desarrollo, en virtud del cual se
acuñó el término «desarrollo sostenible»,
definiéndolo como aquel que satisface las
necesidades de la generación del presente sin
comprometer la capacidad de las generaciones
futuras para satisfacer las suyas propias.
5. Conclusiones
La publicación de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, ha puesto de
manifiesto las necesidades de mejora en el
procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental
y en la aplicación de medidas preventivas y de
protección del entorno. Esta necesidad se ha visto
representada en casos como el del hotel del
Algarrobico, analizado en el presente artículo.
‐ En 1992, la Cumbre de la Tierra de las Naciones
Unidas de Río de Janeiro, donde se asumió por
primera vez y a escala mundial el desarrollo
sostenible como guía para la formulación de
políticas de desarrollo nacional y regional.
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Así, el turismo es una de las principales fuerzas
motrices del crecimiento económico en la costa
mediterránea española, debido al indudable atractivo
turístico de sus rasgos naturales. Existe, por tanto,
una relación entre la región o el estado, el turismo y la
industria hotelera y el medio ambiente. Así, la región
o el estado deben promover el cuidado del medio
ambiente para que el turismo y su industria sigan
funcionando, así como la industria turística debe
proteger el medio ambiente por su propio bienestar.
En mi opinión, y para nuestro bien, la demanda
está cambiando. Los consumidores demandan un
nuevo modelo turístico que se acerque cada vez más a
un turismo respetuoso del ambiente y de la cultura.
La necesaria adaptación del sector a estos cambios es
fundamental para su continuidad.
A día de hoy, existen muchas empresas hoteleras
que recurren al uso eficiente de la energía, el ahorro
de agua y la disminución en la generación de
residuos. No obstante, y como hemos puesto de
manifiesto en el presente artículo, el cambio depende
de la voluntad privada y pública, y en cuanto a ésta
última se refiere, de que establezca la normativa y las
reglas ambientales necesarias y suficientes para
conseguirlo, eso sí, con plena disposición para su
debido cumplimiento.
Dentro de la industria hotelera, las construcciones
hoteleras son los elementos de la industria presentes
en el terreno y unos grandes consumidores de
recursos. Constituyen, por tanto, una oportunidad
única para promover el cuidado ambiental.
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Responsabilidad Social Empresarial: su contribución al desarrollo
sostenible
María José Rueda Fernández
Resumen: En el presente artículo se expone cómo el uso abusivo de los recursos naturales ha llevado a reclamar un
cambio en los modelos de negocio, en el modelo de desarrollo y un cambio de mentalidad en los ciudadanos, más
respetuosa con el medio ambiente y con unos valores de Derechos Humanos. El actual modelo de desarrollo nos
conduce hacia una falta de recursos y hacia un cambio climático que compromete el desarrollo de las sociedades
futuras. Para que el efecto de la globalización no siga generando más desequilibrios son necesarias medidas
políticas, de gobernanza, educativas y también de responsabilidad social empresarial que contribuyan el desarrollo
sostenible.
Palabras clave: Responsabilidad social; desarrollo sostenible; desarrollo económico; globalización; ecoeficiencia;
economía verde; inversión socialmente responsable; sostenibilidad; derechos humanos; cambio climático;
gobernanza sostenible; economía circular.
Códigos JEL: Q01; K32.
«La no violencia lleva a la más alta ética, lo cual es la
meta de la evolución. Hasta que no cesemos de dañar
a otros seres vivos, somos aún salvajes»
La economía va retomando sus orígenes de ciencia
social, tratando de conjugar la ética con los negocios.
Se cuestiona el concepto economicista de eficiencia,
entendido como la utilización del menor número de
recursos para conseguir unos fines determinados y se
habla de ecoeficiencia y eficiencia económico-social,
introduciendo costes o externalidades hasta ahora no
incluidos en el análisis.
Thomas Edison
1. Introducción
A
lo largo de la Historia, los seres vivos,
incluidos los humanos, han mantenido un
equilibrio estable con su entorno en el uso de
los recursos. Sin embargo, las rápidas y profundas
transformaciones culturales, políticas, sociales,
económicas y tecnológicas acontecidas durante las
últimas décadas han derivado en un deterioro sin
precedentes de la biosfera terrestre, lo cual pone en
peligro, tanto la continuidad como la calidad de la
vida.
Esta nueva economía, más social, se basa en el
principio de que el fin no resulta legítimo cuando
desde un punto de vista económico se sustituye la
generación de riqueza por la obtención de un
beneficio a corto plazo procedente de transacciones
meramente especulativas, se infringen derechos
fundamentales, o son utilizados en provecho de unos
pocos bienes de carácter universal que tienen la
categoría de inalienables e imprescindibles, de los que
depende, en gran parte, el futuro del planeta.
Como consecuencia de ello, nos encontramos ante
una creciente preocupación social por el medio
ambiente, que nos obliga a regular las relaciones entre
los procesos económicos y ecológicos.
2. La necesidad de un cambio
En el «Informe Brundtland»1, emitido a finales de
los años 80 por la Comisión Mundial de
Medioambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas,
se establece que las cuestiones esenciales son el
crecimiento económico y la protección del
medioambiente.
El medio ambiente está siendo desde hace tiempo
objeto de atención para los economistas. El reto
ambiental conduce a cuestionar las bases
conceptuales y éticas sobre las que se ha construido la
economía convencional. Cada vez obtienen mayor
protagonismo las políticas económicas encaminadas a
un uso sostenible del medio ambiente y de los
recursos naturales.
1
Según la ONU, «el desarrollo sostenible busca mejorar la
calidad de vida de todas las personas del mundo sin
aumentar el uso de los recursos naturales más allá de la
capacidad de la Tierra» (Informe de la Comisión de
Brundtland, 1987).
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eXtoikos
A partir de este informe y de la «Cumbre de la
Tierra», celebrada en Río de Janeiro en 1992, se han
producido multitud de pronunciamientos a favor de
un desarrollo sostenible, que se define, según la
Comisión Mundial sobre el Medioambiente y
Desarrollo, como «aquel capaz de satisfacer las
necesidades actuales de las personas sin comprometer
los recursos y posibilidades de las generaciones
futuras». Posteriormente, la «Cumbre sobre
Desarrollo Sostenible» también conocida como
«Río+10»2, por celebrarse una década después de la
primera «Cumbre de la Tierra», logró despertar
notablemente la conciencia pública de proteger el
medioambiente.
creciente de estudios y propuestas para hacer frente a
dichos problemas.
Aunque se ha hecho un notable esfuerzo por
incorporar la educación para la sostenibilidad como
objetivo clave en la formación de futuros ciudadanos
y ciudadanas, a día de hoy se sabe que los logros
siguen siendo aún insuficientes. Es por ello que la
UNESCO propuso elaborar el «Informe final de
evaluación de la Década», presentado en la
Conferencia Mundial sobre la Educación para el
Desarrollo Sostenible de noviembre de 2014 y, al
mismo tiempo, la realización de una propuesta Marco
de Acción (2014-2021). Se pretende impulsar, desde
todos los ámbitos, un Programa de Acción Mundial,
como seguimiento de la Década de Naciones Unidas
de la EDS, después de 2014, del que depende la
supervivencia y el bienestar sostenible de la especie3.
Pero, ¿seremos capaces realmente de invertir la
situación, de promover los cambios necesarios para
lograr la transición hacia la sostenibilidad?, ¿acaso los
cambios necesarios para la sostenibilidad no son
posibles desde la política o desde la economía?
Desde entonces se han sucedido acontecimientos en
el tiempo, que reclaman un cambio en la forma de
hacer los negocios, un cambio en el modelo de
desarrollo, en un intento de hacerlo más compatible
con la preservación del medioambiente y con unos
valores basados en los Derechos Humanos.
Probablemente, en ciertos niveles, se haya logrado
un avance, pero, en términos generales, los acuerdos
logrados en Río de Janeiro, así como los logrados en
Cumbres posteriores, no se han cumplido. El
progreso obtenido sigue siendo lento respecto a la
velocidad con que se degradan los sistemas vitales del
planeta. Parece evidente que no podemos permitir
que esta situación se prolongue durante el siglo XXI.
La gravedad y la magnitud del problema es tan
grande que la «Cumbre Mundial para el Desarrollo
Sostenible» recomendó a la Asamblea General de las
Naciones Unidas «proclamar un Decenio dedicado a
la educación para el desarrollo sostenible, a partir de
2005 hasta el 2015», que pretende promover la
educación como fundamento de una sociedad más
viable para la humanidad e integrar el desarrollo
sostenible en el sistema de enseñanza escolar a todos
los niveles, que lleve a un cambio de actitud y a otro
modelo de desarrollo más justo y a favor del medio.
3. El desarrollo económico y el peligro del cambio
climático
En este punto hay que recordar que, desde la
segunda mitad del siglo XX, se ha producido un
crecimiento económico global sin precedentes. Este
crecimiento viene medido en cada país por el
Producto Interior Bruto (PIB), magnitud que indica
el valor monetario de la producción de bienes y
servicios de un país durante un periodo de tiempo
(normalmente un año) y que es usada como una
medida del bienestar material de una sociedad, si
bien, existen limitaciones en su uso, ya que el impacto
social o ecológico de diversas actividades puede ser
importante para un determinado estudio, y puede no
estar recogido en el PIB4. Este extraordinario
crecimiento ha producido importantes avances
sociales, entre ellos, incrementar la esperanza de vida
media en el mundo, una de las razones, sin duda, por
A este respecto, la lectura del libro «Perspectivas:
Más allá de la Década de la educación para un futuro
sostenible (2005-2014)» nos permite comprender que,
al término de esta década, nos encontramos ante una
creciente gravedad de problemas que amenazan con
una degradación irreversible de las condiciones de
vida en el planeta, aunque también con un número
3
Dicho Programa abarca las políticas y las prácticas en
materia de EDS (Resolución Conferencia General de UN,
París, 2013).
4
En relación a la forma de medir el PIB, la Comisión
Stiglitz-Sen pidió un cambio en la forma de medir la
producción económica, midiendo el bienestar de la gente y
la sostenibilidad de ese bienestar (Stiglitz et ál., 2009): «hace
mucho que se estableció que el PIB era una herramienta
inadaptada para evaluar el bienestar a lo largo del tiempo, en
particular, en sus dimensiones económica, medioambiental
y social, algunos de cuyos aspectos se suelen designar con el
término de sustentabilidad».
2
La Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible
(CMDS) o «Río+10» tuvo lugar del 26 de agosto al 4 de
septiembre de 2002, en Johannesburgo, Suráfrica. El tema
principal de la Cumbre fue cómo se debe transformar al
mundo para asegurar el desarrollo sostenible.
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la que la mayoría de los responsables políticos de los
países desarrollados parecen apostar por la
continuación de ese crecimiento. Sin embargo, a
pesar de ser muchos los avances y las mejoras que se
han producido, éstos no han alcanzado a la mayoría
de la población mundial.
El modelo de desarrollo basado en el consumo
genera impactos negativos en el medio que se vive,
todos ellos despiertan interés en los gobiernos,
organismos multilaterales y demás instituciones, que
están introduciendo en sus agendas conceptos
relacionados con el desarrollo sostenible. Entre ellos
se encuentra la Responsabilidad Social Empresarial
(RSE), que establece, básicamente, una nueva forma
de gobierno de las empresas, más respetuosa con lo
que les rodea; la Inversión Socialmente Responsable
(ISR), esto es, la combinación de criterios económicos
y no económicos para la compra o disposición de
títulos financieros y la canalización de fondos a
proyectos productivos; la garantía de inversiones
respetuosas con la Sostenibilidad y el respeto de los
Derechos Humanos.
Como señalaba Christopher Flavin, presidente del
Worldwatch Institute, en su informe de 2008 (pág.
30), «todavía quedan más de mil millones de personas
desesperadamente pobres en el mundo actual y los
países en desarrollo, que no se han beneficiado aún
del inmenso crecimiento de la economía global
durante el siglo pasado, están determinados a superar
esta brecha en las próximas décadas».
Sabemos, por otra parte, que mientras los
indicadores económicos como la producción o la
inversión han sido durante años sistemáticamente
positivos, los indicadores ambientales resultan cada
vez más negativos, mostrando una contaminación sin
fronteras y un cambio climático que degradan los
ecosistemas y amenazan la biodiversidad y la propia
supervivencia de la especie humana. Según palabras
de Achim Steiner, Secretario General Adjunto de las
Naciones Unidas y Director del Programa de
Naciones Unidas sobre Medio Ambiente (PNUMA),
en la presentación del IV Informe de Evaluación del
Panel Intergubernamental sobre el cambio climático
(IPCC) de 2007, «el 2 de febrero pasará a la historia
como el día en que desaparecieron las dudas acerca de
si la actividad humana está provocando el cambio
climático; y cualquiera que, con este informe en la
mano, no haga algo al respecto, pasará a la historia
como un irresponsable».
Igualmente positiva ha sido la creación de
instituciones e iniciativas en el ámbito de la RSE
como:
‐ El «World Business Council for Sustainable
Development» (WBCSD), cuyas acciones están
orientadas a la ecoeficiencia, entendida como «el
logro de más con menos» (más bienes y servicios
con menos energía y recursos materiales).
‐ La «Coalition for Environmentally Responsible
Economies (CERES)», entre cuyos principios
figuran la protección de la biosfera, el uso
sostenible de los recursos naturales, etc.
‐ La «Global Reporting Initiative» (GRI),
institución independiente cuya misión es
proporcionar un marco fiable y creíble para la
elaboración de Memorias de Sostenibilidad –
públicas o privadas- con un triple balance:
económico, social y medio ambiental.
Posteriormente, en el Informe GEO-5 (UNEP,
2012), quinta edición, de las Perspectivas del Medio
Ambiente Mundial, Achim Steiner, recordaba a los
líderes y a las naciones asistentes a Río+20, que tuvo
lugar en Río de Janeiro en junio de 2012, la urgente
necesidad de «una transición decisiva y determinante
hacia una economía verde, que cree empleo, que haga
un uso responsable de los recursos y que asegure
bajas emisiones de carbono (…) Las pruebas
científicas, recogidas durante décadas, son
sobrecogedoras y no dejan lugar a dudas (…) Ha
llegado el momento de dejar a un lado la indecisión y
la inmovilidad. (…) el desarrollo sostenible debe dejar
de ser una aspiración hacia la que se avanza de modo
irregular para convertirse en un auténtico camino
hacia el progreso y la prosperidad tanto para esta
generación como para las venideras».
‐ El Pacto Mundial o «Global Compact»5 cuyo
objetivo es conseguir un compromiso de libre
adscripción de las entidades en responsabilidad
social por medio de la implantación de Diez
Principios, 3 de los 10 comprometidos con la
protección del medioambiente, estos son:
Principio 7: apoyar los métodos preventivos con
respecto a problemas ambientales; Principio 8:
5
El Pacto Mundial o «Global Compact» es un instrumento
de las Naciones Unidas (ONU), que fue anunciado por el
secretario general de las Naciones Unidas Kofi Annan, en el
Foro Económico Mundial (Foro de Davos), en su reunión
anual de 1999. El Pacto Mundial se inserta en la lista de
iniciativas orientadas a prestar atención a la dimensión
social de la globalización. La intención del Pacto Mundial es
dar una cara humana al mercado global.
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adoptar iniciativas para promover una mayor
responsabilidad ambiental; y Principio 9:
fomentar el desarrollo y la difusión de tecnologías
inofensivas para el medio ambiente.
4. Necesidad de medidas políticas
Son muchos los que denuncian las consecuencias
del actual vertiginoso proceso de globalización que se
está traduciendo en aumento de los desequilibrios.
Pero el problema no está en la globalización sino,
precisamente, en su ausencia (Giddens, 2000;
Estefanía, 2002): ¿Cómo se puede denominar
globalizador un proceso que aumenta los
desequilibrios? No pueden ser considerados
mundialistas quienes buscan intereses particulares, en
general a corto plazo, aplicando políticas que
perjudican a la mayoría de la población ahora y en el
futuro. Este proceso tiene muy poco de global en
aspectos que son esenciales para la supervivencia de la
vida en nuestro planeta.
La expresión «globalidad responsable»7, que fue el
lema del Foro Económico Mundial de 1999, suponía
el reconocimiento, por parte de los líderes de la
economía mundial, de la ausencia de control o la
irresponsabilidad con que se estaba desarrollando el
proceso de «globalización».
La grave crisis financiera y económica que el
conjunto del planeta está viviendo actualmente
aparece como una seria advertencia de la necesidad y
urgencia de dichas medidas, pero constituye,
también, como ha señalado el actual Secretario
General de Naciones Unidas Ban Ki- Moon, una
oportunidad
para
impulsar
un
desarrollo
auténticamente sostenible, una economía sostenible
(verde, ecológica, baja en carbono)6, fuente de
empleos verdes, sostenibles -asociados a recursos de
energía limpios y renovables- que desplace a la
economía «marrón», basada en el uso de
combustibles fósiles: «en un momento en que el
desempleo está creciendo en muchos países,
necesitamos nuevos empleos. En un momento en que
la pobreza amenaza con afectar a cientos de millones
de personas, especialmente en las partes menos
desarrolladas del mundo, necesitamos una promesa
de prosperidad; esta posibilidad está al alcance de
nuestra mano». Con ese objetivo, el Programa de las
Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)
ha lanzado un plan para reanimar la economía global
al mismo tiempo que, como señala Ban Ki-Moon, «se
enfrenta el desafío definitorio de nuestra época: el
cambio climático».
La respuesta por parte de los poderes públicos ante
la creciente valoración que está alcanzando el medio
ambiente ha sido el desarrollo de políticas para
preservarlo y protegerlo, políticas que en los
comienzos del siglo XXI ocupan un lugar
privilegiado, tanto en las agendas nacionales como
internacionales.
En la Declaración del Milenio, adoptada por la
Asamblea General de la ONU en septiembre de 2000,
aparecen los «Objetivos de Desarrollo del Milenio»,
que, los representantes de los entonces 191 miembros
de la ONU, los reafirmaron como ocho objetivos a
alcanzar para el año 2015, entre ellos, garantizar la
sostenibilidad del medio ambiente.
En los últimos tiempos se ha estado reclamando la
existencia de una auténtica Organización Mundial del
Medio Ambiente dependiente de Naciones Unidas,
porque la gestión de los recursos naturales a escala
global ha de estar regulada por alguna autoridad
capaz de asegurar la sostenibilidad de su explotación.
En otras palabras, se precisa una autoridad fuerte,
legítima y creíble en materia ambiental, «Una nueva
arquitectura mundial para la gobernanza de la
Sostenibilidad» (Ivanova, 2012).
6
La Comisión propone medidas para aprovechar la actual
transición hacia la economía verde y crear puestos de trabajo
duraderos y de alta calidad. Los empleos verdes están entre
los de más rápido crecimiento de la economía europea. Han
crecido incluso durante la crisis. Entre 2002 y 2011 han
pasado en la UE de 3 a 4,2 millones, y un 20% durante los
años de recesión (2007 – 2011). De aquí a 2020 se podrían
crear hasta 20 millones de empleos verdes.
7
El tema de la conferencia del World Economic Forum
(Davos, 1999) fue «Globalidad Responsable: Controlar el
impacto de la globalización».
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Un paso importante en esta dirección ha sido la
creación de la Asamblea de las Naciones Unidas para
el Medio Ambiente (UNEA, en sus siglas en inglés)
en mayo de 2014, reunida por primera vez del 23 al
27 de junio de ese año. Se trata de una asamblea
subsidiaria de la Asamblea General de las Naciones
Unidas y se espera que logre que las cuestiones medio
ambientales sean tratadas en un nivel similar al de la
paz, seguridad, finanzas, salud y comercio. Con el
mandato de determinar las políticas y catalizar la
acción internacional, UNEA representa el vehículo
político y estratégico mundial para centrar los
esfuerzos globales en las prioridades medio
ambientales. La nueva Asamblea, de composición
universal, viene a reemplazar al Consejo de Gobierno
del PNUMA (Programa de Naciones Unidas para el
Medio Ambiente) y refleja el compromiso de los
líderes mundiales en Río+20 de fortalecer y actualizar
el PNUMA «como autoridad medio ambiental líder
que pone en marcha la agenda del medio ambiente y
promueve la implementación coherente de la
dimensión medio ambiental en el Desarrollo
Sostenible dentro del sistema de las Naciones Unidas
y que sirve como autoridad en defensa de este
ámbito».
5. Gobernanza para la Sostenibilidad
«Gobernanza para la Sostenibilidad»8 es el título y
la temática del State of the World 2014 (Worldwatch
Institute, 2014), donde se puede leer la siguiente
definición de gobernanza: «mecanismos y procesos
formales e informales que los humanos utilizan para
manejar sus relaciones sociales, políticas y
económicas, entre sí y con la ecoesfera» (Seyle y King,
2014; Prugh y Renner, 2014).
Costanza et al. (2013) señalan que «la clave para
conseguir una gobernanza sostenible en el nuevo
contexto de un mundo lleno es un enfoque integrado
(…) donde la adopción de políticas constituye un
experimento iterativo que reconoce la incertidumbre,
más que una ‘respuesta’ estática». Se refieren a los seis
«Principios de Lisboa», emanados de un congreso
internacional celebrado en esta ciudad en 1997, que
formulan los criterios esenciales para una utilización
del patrimonio común del capital natural y una
gobernanza sostenible.
Green (2013) resume así las exigencias de una
gobernanza sostenible: «el Grupo de Alto Nivel sobre
Sostenibilidad Mundial señalaba en ‘Gente resiliente
en un planeta resiliente’ que, para lograr un mundo
resiliente, se requiere la erradicación de la pobreza, de
la desigualdad, del consumo insostenible y de una
gobernanza inadecuada. La existencia futura de todas
las comunidades del mundo exige un giro radical en
la competencia de los recursos, con una asignación
adecuada de lo que queda; voluntad para compartir la
responsabilidad de mitigar el clima, la gestión de los
recursos y unas poblaciones vulnerables; y un
compromiso para resolver las crecientes tensiones
sociopolíticas sin el padecimiento adicional de un
conflicto armado». Un paso decisivo en esa dirección
puede darse con la definición, aprobación vinculante
y evaluación continuada de unos Objetivos de
Desarrollo Sostenible, tal como se ha propuesto en la
«Cumbre de la Tierra», respondiendo a la necesidad
de indicadores precisos, medibles y evaluables que
permitan constatar en qué medida el deterioro
ambiental se revierte, la pobreza se erradica, las
desigualdades sociales disminuyen y el bienestar
social crece, es decir, que permitan evaluar los
avances hacia la Sostenibilidad.
Parece difícil, pero no utópico, que los intereses
medioambientales tengan prioridad a los económicos.
En las pasadas elecciones europeas del 25 de mayo de
2014, grupos ecologistas, como WWF, Greenpeace,
Ecologistas en acción, entre otros, lanzaron sus
propuestas a los partidos políticos para que
incluyeran el medio ambiente en sus programas
electorales, instándoles a un mayor compromiso en la
reducción de emisiones de CO2 y un nuevo modelo
energético.
La principal preocupación es la lucha contra el
cambio climático, por ello, en enero de 2014, la
Comisión Europea propuso reducir en un 40% las
emisiones de dióxido de carbono en 2030, además de
lograr el 27% de energía procedente de renovables
entre todos los socios. Según los líderes europeos se
trata de unos objetivos bastante ambiciosos que
sirven al mismo tiempo de ejemplo para los EE.UU. y
China. Pero estos objetivos para los ecologistas se
quedan cortos e instan a Europa a adoptar objetivos
diferenciados, ambiciosos y vinculantes de clima y
energía, como única forma posible, dicen, para que la
temperatura global no suba más de 2ºC.
8
El Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia
incluye, en sus últimas ediciones, el concepto de
gobernanza, definiéndolo como «arte o manera de gobernar
que se propone como objetivo el logro de un desarrollo
económico, social e institucional duradero, promoviendo un
sano equilibrio entre el Estado, la sociedad civil y el mercado
de la economía».
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El concepto de Objetivos de Desarrollo Sostenible
(SDGs, en sus siglas en inglés) nació en la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo
Sostenible, Río+20 en 2012. La idea que subyacía era
la de producir una serie de objetivos aplicables de
manera universal que equilibrasen las tres
dimensiones del desarrollo sostenible: medio
ambiente, sociedad y economía. En la actualidad, los
procesos de la agenda Post-2015 y los Objetivos de
Desarrollo Sostenible avanzan hacia 2015 cuando los
Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)
expirarán conformándose así una nueva agenda de
desarrollo sostenible universal para las próximas
décadas. En todo el mundo se está llevando a cabo
este
proceso:
gobiernos,
organizaciones
internacionales y otras sociedades civiles está
participando activamente.
En un mundo en el que la demanda y la
competencia por unos recursos finitos y a veces
escasos seguirá creciendo y en el que la presión sobre
los recursos acentúa la degradación y fragilidad del
medio ambiente, mejorar el aprovechamiento de
estos recursos puede beneficiar a Europa en los
planos económico y ambiental. En la Comunicación
publicada en julio de 2014 por la Comisión Europea
«Hacia una economía circular: un programa de
basura cero para Europa», se dice que la evolución
hacia una economía más circular es esencial para
cumplir el programa de eficiencia en el uso de los
recursos establecido de conformidad con la
«Estrategia Europa 2020 para un crecimiento
inteligente, sostenible e integrador». Es posible
mejorar y sostener la eficiencia en el
aprovechamiento de los recursos, y puede aportar
importantes beneficios económicos. «Avanzar hacia
modelos económicos más circulares promete a la
economía europea un futuro mucho más brillante.
Permitiría a Europa afrontar las dificultades actuales
y futuras debidas a la presión a escala mundial sobre
los recursos y al aumento de la inseguridad de los
suministros. La recirculación una y otra vez de los
recursos al uso productivo, el recorte de los residuos y
la reducción de la dependencia de unos suministros
inciertos abren una vía directa a la mejora de la
resistencia y de la competitividad. Al ayudar a
desvincular el crecimiento económico del uso de
recursos y de su impacto, abren la perspectiva a un
crecimiento sostenible duradero».
En esta dirección, la Unión Europea tiene trazada
una estrategia comunitaria de integración del medio
ambiente en la política económica, basada en la
utilización de distintos instrumentos, como los
mecanismos del mercado, los informes de los Estados
miembros y las orientaciones generales de política
económica (OGPE)9.
La Agencia Europea de Medio Ambiente sostiene
que para alcanzar unas mejores condiciones
medioambientales hay que introducir modificaciones
en la actividad económica y en las políticas
socioeconómicas. Esto es importante en la medida en
que el empleo y la asignación actual de recursos no se
ajusten a este objetivo. El desplazamiento de nuestras
economías a trayectorias que nos permitan cumplirlo
exige introducir cambios en cuanto a la utilización y
asignación de los recursos. Esto se puede hacer,
fundamentalmente, de dos formas: o bien los bienes y
servicios que consumimos actualmente deben
producirse utilizando menos recursos naturales, o
bien debemos producir y consumir bienes y servicios
que utilicen dichos recursos de forma menos
intensiva. En ambos casos, hay que introducir
cambios que resultan fundamentales para alcanzar el
objetivo fijado en el Consejo Europeo de Lisboa en
marzo de 2000, a saber, conseguir que la Comunidad
sea la economía basada en el conocimiento más
competitiva y dinámica del mundo.
Europa 2020 es la estrategia de crecimiento de la
UE para la próxima década. En un mundo en
transformación, la UE propone una economía
inteligente, sostenible e integradora. Estas tres
prioridades, que se refuerzan mutuamente,
contribuirán a que la UE y sus Estados miembros
generen altos niveles de empleo, productividad y
cohesión social. Concretamente, la Unión ha
establecido para 2020 cinco ambiciosos objetivos en
materia de empleo, innovación, educación,
integración social y clima/energía. En cada una de
estas áreas, cada Estado miembro se ha fijado sus
propios objetivos. La Estrategia se apoya en medidas
concretas tanto de la UE como de los Estados
miembros10.
Actualmente, «una Europa que utilice eficazmente
los recursos» es la principal Estrategia de Europa para
9
Las orientaciones generales de las políticas económicas
(OGPE) constituyen el eslabón central de la coordinación de
las políticas económicas de los Estados miembros. El
Consejo las adopta en forma de recomendaciones, no
vinculantes jurídicamente. No obstante, se someten a un
mecanismo de seguimiento multilateral que tiene por objeto
garantizar su cumplimiento por parte de los Estados
miembros.
10
Las recomendaciones específicas para España las podemos
ver
en
la
web
de
la
Comisión
Europea:
http://ec.europa.eu/europe2020/europe-2020-in-yourcountry/espana/index_es.htm.
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generar crecimiento y empleo, con el respaldo del
Parlamento Europeo y del Consejo Europeo. Esta
Estrategia está destinada a convertir a la UE en una
«economía circular» basada en una sociedad del
reciclado a fin de reducir la producción de residuos y
utilizarlos como recursos.
Pero actualmente existe un dilema en Europa y es
cómo van a poder seguir desarrollándose las
empresas en un entorno de incertidumbre como el
que se deriva de la falta de recursos, de imaginación,
de poder de los gobiernos y el endeudamiento público
y privado.
6. ¿Cuál es el papel de las empresas en un mundo
globalizado y con escasez de recursos?
La preocupación por el medio ambiente se ha
generalizado en las sociedades desarrolladas,
constituyendo un nuevo entorno competitivo que no
puede ser olvidado por la dirección de la empresa.
Asumir responsabilidad en la mejora del entorno
natural podría plantearse para el directivo como una
cuestión ética pero también debe plantearse como
una posible fuente de ventaja competitiva. La gestión
medioambiental puede proporcionar una mejora de
la competitividad, tanto por la vía de la productividad
como por la vía de la diferenciación. La estrategia a
seguir frente al medio ambiente dependerá tanto de la
forma en que el factor medioambiental afecte al
entorno específico de la compañía como de sus
propios recursos y capacidades.
La sociedad, ante esta nueva situación, reacciona y
comienza a demandar un nuevo papel a la empresa,
más integrado en la sociedad. Se exige más
transparencia en las actuaciones empresariales, no
solamente desde una perspectiva financiera, sino,
también desde la esfera social y medioambiental, y la
empresa comienza a reconocer que la legitimidad
para operar le viene dada desde la sociedad y, por lo
tanto, tiene que adoptar compromisos que van más
allá de los asumidos tradicionalmente con accionistas
y administración.
Por la parte empresarial cada vez hay mayor
número de empresas que adquieren compromisos de
responsabilidad social en sus actas constitucionales.
El libro verde «Fomentar un Marco Europeo para la
Responsabilidad Social de las Empresas» presentado
por la Comisión Europea en 2001 define la
Responsabilidad Social Empresarial (RSE) como «la
integración voluntaria, por parte de las empresas, de
las preocupaciones sociales y medioambientales en
sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus
interlocutores». Por lo tanto, para ser socialmente
responsable, la empresa no debe limitarse a cumplir
plenamente sus obligaciones jurídicas, sino ir más allá
de su cumplimiento, invirtiendo «más» en el capital
humano, en el entorno ambiental y en las relaciones
con los grupos de interés, entendidos como «todos
aquellos colectivos u organizaciones que tienen algún
tipo de relación con las actividades de la empresa, que
pueden verse afectados por ella o que pueden afectar
a la misma».
7. Una llamada a la participación
Además de las reformas desde arriba, como las
medidas legales e institucionales, se necesitará
igualmente reformas desde abajo, que establezcan y
fortalezcan la solidaridad ciudadana. Serán necesarios
ambos requisitos para lograr un cambio a escala
global, que espera crear conciencia y responsabilidad
de los ciudadanos ante el medio ambiente que nos
rodea. Para que la población asuma los problemas
ambientales como temas de su interés personal, la
educación es imprescindible.
Es esencial revertir o eliminar gradualmente las
políticas y prácticas insostenibles. Pero este es solo un
primer paso, que debe ir acompañado de inversión en
la investigación de soluciones que incorporen el
conocimiento tradicional y las formas novedosas de
las ciencias de la sostenibilidad, así como de la
vinculación de la sociedad civil en general
(Bäckstrand, 2003).
En su dimensión integradora, la Responsabilidad
Social Empresarial abarca distintos ámbitos sociales y
ambientales, y, en este último aspecto, se ocupa de la
responsabilidad de las empresas respecto a los efectos
que tienen sus procesos, productos y servicios en la
calidad del aire, del agua, en el clima, la biodiversidad
o el consumo de recursos naturales, así como del
fomento de los principios generales de protección del
medio ambiente, tanto desde un enfoque local como
global.
Estamos aún a tiempo de reorientar la forma de
relacionarnos entre nosotros y con el resto de la
naturaleza, y de sentar las bases de un futuro
sostenible: podemos y debemos aprovechar esta crisis,
apoyándonos en los informes científicos, para
impulsar un desarrollo auténticamente sostenible y
regenerar los ecosistemas degradados (economía
regenerativa), creando para ello millones de empleos.
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Mientras tanto, las llamadas a la responsabilidad
individual
se
multiplican,
incluyendo
pormenorizadas relaciones de posibles acciones
concretas en los más diversos campos, como puede
ser; el consumo responsable (ecológico o sostenible),
presidido por las “3 R” (reducir, reutilizar y reciclar);
el comercio justo, que implica producir y comprar
productos con garantía de que han sido obtenidos
con procedimientos sostenibles, respetuosos con el
medio y con las personas; o el activismo ciudadano
ilustrado, que exige romper con el descrédito de «la
política». Sin embargo, estas ideas comportan
cambios profundos, no solo en las formas de vida
personales, sino también en la economía mundial. Se
precisa, por tanto, un esfuerzo sistemático por
incorporar la educación para la sostenibilidad, como
una prioridad central en la alfabetización básica de
todas las personas, es decir, como un objetivo clave en
la formación de los futuros ciudadanos y ciudadanas
(Novo, 2006), evitando planteamientos simplistas de
los cambios necesarios como los que ofrecen listados
de supuestas «medidas sencillas para salvar el
planeta» (Maniates, 2013).
Unidas estableció el equipo de tareas del sistema de
las Naciones Unidas en enero de 2012 para apoyar las
preparaciones de todo el sistema para la agenda de las
Naciones Unidas para el desarrollo después de 2015.
El primer informe se presentó en junio de 2012, bajo
el título «El futuro que queremos para todos». El
informe expone las principales recomendaciones del
equipo de tareas para una agenda para el desarrollo
después de 2015. Plantea un enfoque de políticas
integradas para garantizar el desarrollo económico y
social inclusivo y la sostenibilidad ambiental en una
agenda que responda a las aspiraciones de todas las
personas de un mundo libre de miedo y necesidad. El
informe servirá de referencia para otras consultas más
amplias e incluyentes sobre la agenda para el
desarrollo después de 2015.
Los resultados convergentes de estudios
promovidos por Naciones Unidas, universidades,
ONG…, coinciden en señalar que la situación es
realmente grave, pero que aún estamos a tiempo de
evitar el colapso, si se empieza a actuar con decisión y
urgencia. La construcción de un futuro sostenible no
es algo que pueda posponerse para ocuparse ahora de
«lo urgente», es decir, de la crisis económica. Es, por
el contrario, la única vía para superar esta crisis, que
no es solo económica sino socio-ambiental, por lo
que reclama medidas educativas y políticas, además
de científicas y tecnológicas.
Sería iluso pensar que la «transición a la
sostenibilidad», es decir, el logro de sociedades
sostenibles - el «Gran Giro», en palabras de Moore y
Nelson (2013)- es una tarea simple. Se precisan
cambios profundos que explican el uso de
expresiones como «revolución energética», o
«revolución del cambio climático». Mayor Zaragoza
(2000) insiste en la necesidad de una profunda
revolución cultural y la ONG Greenpeace ha acuñado
la expresión [r]evolución por la Sostenibilidad, que
muestra acertadamente la necesidad de unir los
conceptos de revolución y evolución: revolución para
señalar la necesidad de cambio profundo, radical, en
nuestras formas de vida y organización social;
evolución para puntualizar que no se puede esperar
tal cambio como fruto de una acción concreta, más o
menos acotada en el tiempo.
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Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo Conjugar
nuestras
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y
nuestras
responsabilidades: integración de las cuestiones
medioambientales en la política económica».
En la Cumbre de la Tierra Río+20 -celebrada en
junio de 2012, en Rio de Janeiro- surge la iniciativa de
proponer urgentemente unos Objetivos de Desarrollo
Sostenibles (ODS) como guía para la Agenda de
Desarrollo Post-2015 y de hacer un llamamiento a la
participación11. El Secretario General de las Naciones
COMISIÓN EUROPEA (2014): «Comunicación de la
Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al
Comité Económico y Social Europeo y al Comité de
las Regiones -Hacia una economía circular: un
programa de cero residuos para Europa».
STIGLITZ, J., SEN, A. y FITOUSSI, J. P. (2009):
«Informe de la Comisión sobre la medición del
Desarrollo Económico y del Progreso Social».
11
Uno de los principales resultados de la Conferencia
Río+20 fue el acuerdo alcanzado por una serie de Estados
Miembros para desarrollar un conjunto de objetivos de
desarrollo sostenible que resultara una herramienta para
centrar acciones coherentes en materia de desarrollo
sostenible. El documento final de Río+20 establece que el
proceso de desarrollo de los objetivos de desarrollo
sostenible debe ser coordinado y coherente con el proceso
de valoración de la Agenda de Desarrollo post 2015.
Nº 15. 2014
56
eXtoikos
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Nº 15. 2014
57
eXtoikos
Nº 15. 2014
58
eXtoikos
Impuestos y Medioambiente: un binomio para reflexionar
Antonio Narváez Luque y Alberto Antonio Rodríguez Rodríguez
Resumen: En los últimos años, los impuestos medioambientales han aumentado su relevancia a nivel recaudatorio,
posicionándose como una de las herramientas tributarias que se espera sea utilizada en mayor medida por los
estados desarrollados. Este tipo de tributos logran, fundamentalmente, dos objetivos: por un lado, mejorar el saldo
del importe recaudado por las Administraciones; y, por otro, desincentivar actividades contaminantes.
En este artículo se desarrolla un sumario análisis de la situación actual de la tributación medioambiental en España
y Andalucía, acompañado de una reflexión en clave exterior, dada su relevancia en otros estados, y su indubitada
conexión con la economía real.
Palabras clave: Impuestos; medio ambiente; impuestos ecológicos
Códigos JEL: K2.
1. Introducción
distintos tipos de gravamen, en función del bien o
servicio objeto de disfrute), al Impuesto sobre
Hidrocarburos, o a otros cánones y tasas que recaen
sobre distintas actividades.
L
os impuestos medioambientales es un
concepto utilizado para referirse a aquellos
tributos que se utilizan como herramientas por
las administraciones públicas, en aras a coadyuvar a
generar conductas protectoras del medioambiente.
Por otra parte, existe un auténtico mosaico
impositivo configurado entorno a la «fiscalidad
verde», con competencias tributarias tanto para las
Administraciones centrales como para las
autonómicas y locales. En uso de la facultad
normativa se han establecido algunas figuras que se
concretan a continuación, y que se entroncan en los
denominados «impuestos verdes».
En España no se ha llevado a cabo una verdadera
reforma de la denominada «fiscalidad verde», en la
que se reflexione y consideren todas las figuras
impositivas que recaen sobre las actividades
contaminantes y las energías.
No obstante lo anterior, sí se vienen estableciendo
en la última década diversos «tributos verdes», de
escasa relevancia recaudatoria si se comparan con
otros impuestos, pero con un claro objetivo de gravar
aquellas conductas y actuaciones que pueden dañar el
medioambiente.
A este respecto cabe tener en cuenta que la labor
legislativa en esta materia no ha resultado exenta de
dificultades, por cuanto son múltiples las dudas
estructurales. En este sentido, se han planteado desde
cuestiones sobre la competencia o no de una
determinada Administración para establecer un
tributo, hasta argumentos relativos al solapamiento
impositivo (doble imposición) que puede existir
cuando se devengan dos tributos a causa de de una
determinada actuación u operación económica.
Como consideración inicial, debemos señalar que
los impuestos medioambientales o ecológicos, en su
sentido estricto, copan las últimas posiciones en
materia recaudatoria, como posteriormente se
expondrá. Sin embargo, no debe despreciarse su
impacto en la recaudación y en la economía real, por
una doble razón, si vamos más allá de la mera lectura
de la estadística.
Todo ello quizás explique el parco desarrollo de la
fiscalidad verde en la actualidad.
En el presente artículo solo reflexionaremos sobre
los impuestos con carta de naturaleza «ecológica», si
bien no debe despreciarse el impacto recaudatorio del
resto de figuras que, indirectamente, recaen sobre
conductas relacionadas con el medioambiente.
En primer lugar, existen múltiples figuras
impositivas que, de alguna forma, también gravan
actuaciones y conductas que afectan al
medioambiente. En este sentido, se puede aludir
desde el Impuesto sobre el Valor Añadido (tributo
que recae sobre el consumo, graduándose
Nº 15. 2014
59
eXtoikos
2. Los
impuestos
ecológicos
autonómico en Andalucía
de
carácter
incluidas en las políticas medioambientales concretas,
ya sean proyectos, ayudas o fondos destinados a
situaciones de emergencia».
A modo de sinopsis, y centrándonos en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, los principales
tributos ecológicos son:
3. Relevancia de los impuestos ecológicos en el
marco del sistema tributario andaluz
‐ El impuesto sobre la emisión de gases a la
atmósfera, el cual grava determinadas emisiones
de sustancias con la finalidad de incentivar
conductas más respetuosas con el aire, así como la
mejora de su calidad.
Tanto a escala autonómica como estatal, la
contribución de los impuestos ecológicos a las arcas
públicas resulta reducida; en este sentido,
considerando los datos estadísticos facilitados por la
Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de
Andalucía, respecto al ejercicio 2013, su contribución
apenas supone el 0,07% de los recursos tributarios de
la Junta de Andalucía, tal y como se desprende del
cuadro 1.
‐ El impuesto sobre vertidos a las aguas litorales, el
cual grava el hecho de verter determinadas
sustancias nocivas a las aguas, promoviendo el
buen estado químico y ecológico de las aguas
litorales.
En cuanto a la evolución durante el último lustro, se
observa una paulatina reducción, que se acentúa
durante el ejercicio 2013, hasta situarse en algo menos
de 10 millones de euros, frente a los 15 millones de
euros recaudados en el año 2009 (cuadro 2).
‐ El impuesto sobre depósito de residuos
peligrosos, el cual grava las operaciones de
depósito de residuos peligrosos con la finalidad
de incentivar conductas que favorezcan la
protección del entorno natural.
Esta contribución también resulta reducida si nos
centramos en el esquema recaudatorio de las figuras
tributarias propias (esto es, con competencia
normativa plena de la Administración Autonómica).
Como puede observarse, la contribución de estos
impuestos, por ejemplo, supone un 1,6% del total
ingresado por este tipo de tributos de naturaleza
propia, frente al 24,7% que supone el Impuesto sobre
Depósitos Bancarios, que ocupa la primera posición
de esta clasificación; todo ello según se desprende del
cuadro 3.
‐ El impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo
uso, el cual grava el suministro de bolsas de
plástico de un solo uso por un establecimiento
comercial.
Es necesario hacer constar que el Estado ha creado
a través de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, los
Impuestos sobre la producción de combustible
nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de
la generación de energía nucleoeléctrica y el
almacenamiento de combustible nuclear gastado y
residuos radiactivos en instalaciones centralizadas, lo
cual ha supuesto que el Impuesto sobre depósito de
residuos radiactivos creado por la Comunidad
Autónoma Andaluza en 2003 haya quedado sin efecto
desde el pasado 1 de enero de 2013.
De entre los impuestos ecológicos, el que recae
sobre las emisiones de gases a la atmósfera tiene una
mayor importancia, frente a los impuestos sobre las
Bolsas de Plástico y de Depósitos de Residuos
Peligrosos, cuya contribución apenas supone un 0,1%
de la total recaudación de los tributos propios.
4. Una mirada al exterior: reflexiones de la
Comisión Europea
La introducción de estos impuestos se fundamenta
en la utilización de los recursos sin poner en peligro
la satisfacción de las necesidades de las generaciones
venideras.
Tanto la OCDE como la Agencia Europea del
Medio Ambiente vienen insistiendo en los últimos
años en que la fiscalidad ambiental debe jugar un
papel clave en las políticas ambientales, pues
mediante este tipo de fiscalidad se logran los
siguientes objetivos:
Asimismo, junto con su carácter disuasorio, las
citadas figuras impositivas también presentan una
finalidad recaudatoria, como se indicaba en la propia
Ley 18/2003, de 29 de diciembre, al disponer que «la
recaudación que proporciona esta clase de
mecanismos compensa el impacto en los recursos
naturales que originan las conductas humanas,
contribuyendo, de este modo, a sufragar las acciones
‐ Se incrementa la capacidad recaudatoria de las
Administración y, por tanto, el importe de
recursos a destinar a políticas medioambientales.
Nº 15. 2014
60
eXtoikos
‐ Se incentivan cambios de comportamiento social
que coadyuvan a la protección del medio
ambiente.
Por tanto, como ha declarado en varias ocasiones la
propia Comisión, las reformas fiscales de carácter
medioambiental tienen un potencial para duplicar
prácticamente los ingresos que aportan actualmente a
las arcas nacionales, lo que no solo sería beneficioso
para nuestro entorno, sino que daría margen para
reducir la fiscalidad sobre el trabajo (favoreciendo la
creación de empleo) o disminuir el déficit.
En este sentido, recientemente la Comisión
Europea (2014) ha mostrado mediante un estudio,
cómo la política medioambiental puede incentivar el
crecimiento económico mediante el refuerzo de una
fiscalidad más ecológica, resaltando las ventajas de
trasladar la presión fiscal sobre el trabajo hacia el uso
de los recursos y la contaminación.
Resultará interesante ver si durante los próximos
años la fiscalidad ecológica va ganando peso o se
repliega, así como su correlación con el crecimiento
económico, en un lapso temporal donde las presiones
de los Estados para lograr un ordenado y sostenible
crecimiento económico no cesarán.
En cuanto a cifras, este estudio sobre el potencial de
una fiscalidad más ecológica, basado en datos de doce
Estados miembros, llegaba a estimar que mediante el
desplazamiento de la tributación del trabajo hacia la
contaminación (incrementando, por ejemplo, los
tributos que gravan las causas que contaminan la
atmósfera y el agua), en 2016 se generarían ingresos
por valor de 35.000 millones de euros y de 101.000
millones en 2025, y que estas cifras serían aún
mayores si se tomaran medidas para eliminar
subvenciones perjudiciales para el medio ambiente.
Dependiendo del Estado miembro, los ingresos
potenciales en 2025 supondrían entre el 1 % y el 2,5 %
del PIB anual.
Referencias bibliográficas
JUNTA DE ANDALUCÍA (2014): «Informe de
Recaudación de la Consejería de Economía y
Hacienda de la Junta de Andalucía».
COMISIÓN EUROPEA (2014): «Study on
Environmental Fiscal Reform Potential in 12 EU
Member States».
Cuadro 1: Recaudación tributaria en Andalucía. 2012 y 2013
Fuente: Junta de Andalucía (2014).
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61
eXtoikos
Cuadro 2: Recaudación tributaria en Andalucía. 2009 -2013
Fuente: Junta de Andalucía (2014).
Cuadro 3: Recaudación por tributos autonómicos propios en Andalucía. 2012 y 2013
Fuente: Junta de Andalucía (2014).
Nº 15. 2014
62
eXtoikos
La divulgación de información medioambiental derivada de las
iniciativas en materia de Responsabilidad Social Empresarial
Rafael Perea Ortega
Resumen: La situación económica actual pone de manifiesto la importancia que tiene la implantación de prácticas
responsables por parte del sector privado y de la Administración Pública. Uno de los fenómenos que está
coadyuvando a reforzar tal objetivo es la denominada responsabilidad social de las empresas y las iniciativas que,
en dicho contexto, están llevándose a cabo por parte de las instituciones europeas. El objeto de este artículo es
abordar, desde una perspectiva general, la divulgación de información no financiera, particularmente acerca de
aspectos medioambientales, como iniciativa en materia de responsabilidad social. En tal sentido, se recogen los
principales aspectos de la reciente reforma de la Directiva 2013/34/UE, que ha introducido la obligación para las
grandes empresas de elaborar un estado no financiero que deberá contemplar determinada información
medioambiental y social.
Palabras clave: Responsabilidad social; información medioambiental.
Códigos JEL: K20; M14.
1. Introducción
en definitiva, de que las empresas asuman una
responsabilidad y un comportamiento ético frente a
la sociedad, el medio ambiente y sus interlocutores
(«stakeholders»),
de
forma
que
integren
voluntariamente las preocupaciones sociales y
medioambientales en su actividad y, por consiguiente,
tengan en cuenta no solamente los resultados
económicos sino también la forma de obtenerlos,
aspecto que, debe reconocerse, no siempre es pacífico,
sobre todo si se tiene la percepción de que
actuaciones socialmente responsables puede que no
sean, en un primer momento, las actuaciones más
beneficiosas desde el plano económico.
L
a implantación y el desarrollo de prácticas
responsables y de gobierno corporativo en las
empresas jugará un papel importante en los
próximos años, máxime si consideramos que la crisis
económica existente conlleva inevitablemente una
pérdida de la confianza del consumidor en el sector
empresarial.
A este respecto, son numerosas las normas que
desde el inicio de la crisis (2007) han sido aprobadas
con el fin de reorientar el escenario económico particularmente en el sector financiero- y prevenir
errores que han conducido a la situación actual y que,
en buena parte, tienen relación con la transparencia,
la rendición de cuentas, la responsabilidad y una
visión cortoplacista del éxito empresarial.
En efecto, a principios de la década pasada, el
Consejo Europeo de Lisboa ya apuntó a la RSE como
un elemento para contribuir a una economía europea
basada en el conocimiento más competitiva y
dinámica, capaz de crecer económicamente de
manera sostenible, así como de mejorar el empleo y la
cohesión social, e hizo un llamamiento especial al
sentido de la RSE con respecto a las prácticas idóneas,
en relación con la formación continua, la
organización del trabajo, la igualdad de
oportunidades, la integración social y el desarrollo
sostenible (Consejo Europeo, 2000a).
Pero, más allá de la legislación aplicable, también
está adquiriendo una dimensión relevante la
denominada Responsabilidad Social de las Empresas
(RSE), definida por la Comisión Europea como «la
responsabilidad de las empresas por su impacto en la
sociedad» (Comisión Europea, 2011a)1. La RSE trata,
1
Cabe aclarar que se utilizan distintas denominaciones para
definir el concepto. Las más comunes son: responsabilidad
social de las empresas, responsabilidad social corporativa,
responsabilidad social empresarial,
responsabilidad
corporativa o, simplemente, responsabilidad social. No
obstante, el Foro de Expertos en RSE se decantó por el
término responsabilidad social de las empresas, en el
entendido que parece que abarcaría tanto a grandes como a
pequeñas empresas. Por contraposición, el término
anglosajón «corporate» podría estar haciendo referencia a
Dicho Consejo fue el punto de partida de la
denominada Estrategia de Lisboa, que, durante los
años posteriores, fue revisada y completada en el
las grandes sociedades anónimas cotizadas (Foro de
Expertos, 2007).
Nº 15. 2014
63
eXtoikos
ámbito europeo2, y finalmente renovada y sustituida
por la reciente Estrategia Europa 2020, la cual ha
marcado tres prioridades básicas: el crecimiento
inteligente, el crecimiento sostenible y el crecimiento
integrador (Comisión Europea, 2010).
consideración ha sido recalcada por la reciente
Estrategia Española de Responsabilidad Social de las
Empresas aprobada por el Consejo de Ministros el
pasado mes de octubre (Estrategia, 2014).
En este sentido, una lectura positiva que podría
realizarse de la actual coyuntura es que, a resultas de
la misma, los diversos actores de la sociedad están
ejerciendo, en mayor o menor medida, una presión
sobre el tejido empresarial, exigiéndole que, además
de cumplir con la normativa aplicable, considere y
aplique prácticas responsables.
En el actual contexto debemos reconocer el efecto
positivo que la RSE tiene como vehículo de
competitividad, sostenibilidad y cohesión social,
siendo numerosos los estudios realizados en esta
materia (Aguinis y Glavas, 2012). Precisamente, en
dicho efecto, favorecedor del crecimiento sostenible,
del comportamiento responsable y de la creación de
empleo
duradero,
reside
esencialmente
la
justificación de la Estrategia Europa 2020 y la
importancia de la RSE como herramienta para
contribuir a la recuperación de la economía. Como
reconoció el Consejo Estatal de Responsabilidad
Social Empresarial (CERSE), «la incorporación de la
RSE a la gestión de las empresas ha supuesto un valor
cada vez más tangible, y/o una herramienta que
contribuye a la superación de la crisis, motivo por el
que se propone su fomento y apoyo desde todos los
estamentos de la sociedad» (CERSE, 2011). Esta
Partiendo de lo anterior, y en lo que a este trabajo
atañe, la Estrategia Europa 2020 ha venido a reforzar
la importancia que tiene la divulgación de
información de carácter social y medioambiental,
incluida la relacionada con el clima, como elemento
para la asunción de responsabilidades y para la
contribución al aumento de la confianza del público
en las empresas. Y ello, como veremos, hasta el punto
de promover la aprobación de normas que
incorporan obligaciones de información no
financiera a determinadas empresas.
El objeto de este trabajo es realizar una
aproximación a los aspectos generales del marco legal
de la divulgación por parte de las empresas españolas
de información medioambiental, particularmente a
raíz de las referidas iniciativas comunitarias en
materia de RSE, y ello sin que exista una pretensión
exhaustiva, lo que exigiría un mayor alcance y
excedería, con mucho, el objetivo marcado con estas
líneas3.
2
Sin ánimo exhaustivo, cabría mencionar en un inicio el
Consejo Europeo de Niza, de diciembre de 2000, que aprobó
la llamada Agenda Social Europea, en la que, entre otros
aspectos, se recogió la firme decisión de apoyar las
iniciativas relativas a la RSE y de gestión del cambio en el
entorno del trabajo (Consejo Europeo, 2000b), así como el
Consejo de Estocolmo, de marzo de 2001, que acogió
favorablemente las iniciativas tomadas por el sector
empresarial para fomentar la RSE (Consejo Europeo, 2001a).
Con posterioridad, el Consejo Europeo celebrado en
Gotemburgo en junio de 2001 identificó por primera vez los
pilares de una estrategia para el desarrollo sostenible,
añadiendo una dimensión ambiental al proceso de Lisboa
para el empleo, la reforma económica y la cohesión social
(Consejo Europeo, 2001b). Sin embargo, el Libro Verde,
presentado por la Comisión Europea, en julio de 2001,
puede considerarse como el primer hito relevante en el
debate institucional europeo sobre RSE (Comisión Europea,
2001). Este Libro Verde abordó la RSE desde su dimensión
interna, incidiendo, entre otras prácticas, en la gestión del
impacto ambiental y de los recursos naturales, pero también
desde la perspectiva externa, considerando -entre otros
aspectos- la importancia de la integración de las empresas en
su entorno local (ya sea a nivel europeo o internacional), la
colaboración estrecha con los diversos interlocutores de la
empresa («stakeholders») y el efecto transfronterizo de los
problemas medioambientales relacionados con las empresas
y el consumo de recursos. Existen otras muchas
comunicaciones, resoluciones e iniciativas posteriores,
queriendo destacar, insistimos, sin ánimo exhaustivo, el
Foro Multilateral Europeo sobre RSE (Comisión Europea,
2002) o la Alianza Europea para la RSE (Comisión Europea,
2006).
2. Cuestión preliminar acerca de la evolución de la
RSE: ¿de la voluntariedad a la obligatoriedad?
Como ya ha sido apuntado, conceptualmente, la
RSE parte en esencia de la voluntariedad de su
aplicación («soft law»). Esta característica ha
3
En general, la divulgación de información no financiera
está alcanzando un espectro cada vez mayor. A título
meramente enunciativo, y haciendo referencia a aspectos
recientes, podemos destacar la obligación de publicar un
Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros de
Sociedades Anónimas Cotizadas y de las Cajas de Ahorros
Emisoras, así como un Informe de Gobierno Corporativo
(los modelos de informes se recogen, respectivamente, en las
Circulares 4/2013 y 5/2013, de 12 de junio, de la CNMV,
debiendo considerar igualmente la Orden ECC/461/2013, de
20 de marzo), o la obligación para las entidades de crédito de
difundir, a través de su página web, el modo en que cumplen
las obligaciones de gobierno corporativo (artículo 29.5 de la
Ley 10/2014, de 26 de junio).
Nº 15. 2014
64
eXtoikos
En este sentido, el propio Parlamento Europeo ha
manifestado la necesidad de situar el debate sobre la
RSE en un contexto más amplio que permita el
diálogo sobre las medidas normativas, siempre que
ello sea posible, no pudiendo quedarse en un mero
instrumento de marketing (Parlamento Europeo,
2013).
provocado históricamente que exista cierta
desafección respecto de los aspectos jurídicos de la
RSE. Tan es así que, desde una perspectiva del
Derecho de Sociedades, cabría cuestionarse si
actuaciones voluntarias en materia de RSE realizadas
por una sociedad de capital estarían en consonancia
con el interés social que ha de presidir la misma. Si no
lo estuvieran, podrían ser susceptibles de
impugnación judicial por los accionistas (Embid,
2006)4.
Consecuencia manifiesta de lo anterior fue la
aprobación de la Directiva 2013/34/UE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de
20136, que, entre otros aspectos, exige que el informe
de gestión contenga, cuando proceda, aspectos
medioambientales y sociales de la actividad de ciertas
empresas (básicamente, sociedades cotizadas,
entidades de crédito y aseguradoras) que resulten
necesarios para comprender su evolución, resultados
y situación.
En España, y en sintonía con ese carácter
voluntario, la Ley de Economía Sostenible de 2011
trató de promover la responsabilidad social de las
empresas, de un lado, instando a las
Administraciones
Públicas
a
difundir
su
conocimiento y las mejores prácticas existentes (así
como el estudio y análisis de la materia), y, de otro
lado, previendo que las sociedades anónimas
pudieran hacer público un Informe Anual de sus
Políticas y Resultados en materia de RSE, basado en
los objetivos, características, indicadores y estándares
internacionales, y, en caso de que tuvieran más de
1.000 asalariados, comunicarlo al CERSE5.
Y, más reciente, aún la Directiva del Parlamento
Europeo y del Consejo, que modifica la precitada
Directiva 2013/34/UE, sobre divulgación de
información no financiera e información sobre la
diversidad por parte de determinadas grandes
sociedades y determinados grupos, aprobada el
pasado 15 de abril de 2014, que, como
desarrollaremos más adelante, exige incluir en el
informe de gestión un nuevo estado no financiero que
contenga
información
sobre
cuestiones
medioambientales y sociales (Parlamento Europeo,
2014)7.
Sin embargo, al igual que está ocurriendo con
aspectos propios del gobierno corporativo de las
empresas (sobre todo, en lo que respecta a las
sociedades
cotizadas),
esa
orientación
fundamentalmente voluntaria de la RSE se está
matizando, en la medida en que se están aprobando
instrumentos
legislativos
que
incorporan
determinados aspectos que venían siendo debatidos
en el ámbito de la responsabilidad social de las
empresas.
Finalmente, y como una muestra más de esa
evolución que está experimentando la RSE, parece
relevante señalar que el Proyecto de Ley por el que se
modifica la Ley de Sociedades de Capital para la
mejora del gobierno corporativo incluye, dentro de
las facultades indelegables del consejo de
administración de las sociedades cotizadas, la
aprobación de la política de RSE8. Este punto de la
referida reforma pone de manifiesto, al menos, dos
aspectos.
4
Dado el alcance del presente trabajo, no procede abrir el
debate doctrinal acerca del concepto de interés social en una
sociedad de capital y el eventual acomodo de la RSE en el
mismo. Baste señalar, aunque la interpretación no es
unánime, que la jurisprudencia y la doctrina más autorizada
han optado por la tesis contractual, que defiende que el
interés social es el interés común de los socios, el cual puede
resumirse en el interés económico o pecuniario derivado del
ánimo lucrativo de las sociedades de capital; frente a dicha
teoría se encuentra la tesis institucional, que contempla,
además del interés de los socios, el interés de otros actores –
trabajadores,
consumidores,
proveedores,
clientes,
instituciones, etc.- llamados «stakeholders» (Sánchez-Calero
Guilarte, 2005).
5
Artículo 39 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, Economía
Sostenible. No obstante, cabe exceptuar del carácter
voluntario a las sociedades mercantiles estatales y a las
entidades públicas empresariales adscritas a la
Administración General del Estado, que deben presentar
anualmente informes de gobierno corporativo y memorias
de sostenibilidad (artículo 35).
6
Directiva 2013/34/UE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados
financieros anuales, los estados financieros consolidados y
otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que
se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas
78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo.
7
A la fecha de redacción del presente trabajo, la referida
Directiva se encuentra pendiente de publicación en el Diario
Oficial de la Unión Europea.
8
Artículo 529 ter, letra a) LSC.
Nº 15. 2014
65
eXtoikos
De un lado, que las sociedades cotizadas deben
contar obligatoriamente con una política de RSE
(antes era únicamente objeto de recomendación en el
Código Unificado de Buen Gobierno de las
Sociedades Cotizadas), siendo su aprobación
competencia del consejo de administración (Vives,
2014)9. De concretarse finalmente, y a falta de mayor
detalle o posterior normativa que lo desarrolle, parece
razonable entender que el contenido de esta política
deba encontrar puntos de apoyo en los estándares
internacionales y en las directrices que en su caso
puedan emitir las instituciones europeas e incluso el
CERSE10.
el reconocimiento de un enfoque informal e intuitivo
de las pymes en relación con la RSE.
En cualquier caso, considerando dicha evolución y
la importancia que está adquiriendo la RSE (que
seguirá operando como valor añadido al
cumplimiento de la legislación vigente), no sería
descartable que en el futuro la promoción o defensa
de principios en materia de RSE se integrase en el
régimen de deberes de los administradores de las
sociedades –cotizadas y no cotizadas-, como ocurre
por ejemplo en el Reino Unido, en lo que podría
considerarse como una especie de «viraje hacia la
teoría institucionalista»11.
De otro lado, parece que el carácter voluntario
seguiría aplicando a las sociedades no cotizadas, en
consonancia con el principio «pensar primero a
pequeña escala» («think small first»), que determina
3. Breve referencia a la obligación de divulgación
de información medioambiental en las cuentas
anuales
Como es sabido, las cuentas anuales de una
sociedad de capital tienen por finalidad reflejar la
imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera
y de los resultados de la sociedad12. Sin embargo, se
está experimentando una tendencia creciente de
exigir a las empresas que, conjuntamente con la
información financiera, informen sobre aspectos no
financieros,
particularmente
sobre
aspectos
ambientales y sociales que pudieran afectar a la
situación financiera de la sociedad, todo ello
motivado en iniciativas en materia de RSE. A este
respecto, la reciente Estrategia Española de
Responsabilidad Social de las Empresas establece
como medida, entre otras muchas, reforzar la
información orientada al control y consumo
responsable de los recursos naturales, fomentando y
promoviendo la concienciación, sensibilización y
formación ambiental entre los grupos de interés y las
empresas, si bien con un nivel de prioridad medio.
9
Como señala el profesor Vives, miembro de la Comisión de
Expertos en materia de Gobierno Corporativo que elaboró el
Estudio sobre las propuestas de modificaciones normativas
(Comisión de Expertos, 2013), del cual procede la referida
reforma, «la Comisión de expertos identificó determinados
puntos en los que era conveniente transformar las
recomendaciones existentes en derecho positivo (…).
Además, se establece un catálogo de facultades indelegables
del consejo de administración (más amplio en el caso de las
sociedades cotizadas) que asegura que este retiene las
competencias fundamentales de control y supervisión, todo
ello con el propósito de que el consejo de administración (y
no sus órganos delegados) sea el órgano donde
verdaderamente se deliberen y tomen las decisiones
estratégicas de la sociedad, en línea con la recomendación 8ª
del Código Unificado».
10
Respecto a los estándares internacionales, a título
enunciativo, puede destacarse la Declaración tripartita de
principios sobre las empresas multinacionales y la política
social de la OIT, los diez principios de la iniciativa del Pacto
Mundial de las Naciones Unidas, las Líneas Directrices de la
OCDE para las empresas multinacionales, la Norma de
orientación ISO 26000 (Guía de Responsabilidad Social), los
Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas
y Derechos Humanos, o los principios y directrices de la
Global Reporting Initiative (GRI), de gran aceptación a nivel
internacional.
No obstante, cabe señalar que, con miras a facilitar la
divulgación de información no financiera por parte de las
empresas, la referida reforma de la Directiva 2013/34/UE
prevé que la Comisión deba preparar unas directrices no
vinculantes, que incluyan unos indicadores clave de
resultados no financieros de carácter general y sectorial,
debiendo tener en cuenta las mejores prácticas existentes, la
evolución internacional y los resultados de iniciativas
conexas en la Unión. A este respecto, cuando se refiera a
aspectos medioambientales, la Comisión deberá incluir,
como mínimo, el uso de la tierra, el consumo de agua, las
emisiones de gases de efecto invernadero y el uso de
materiales.
Sin perjuicio de tal aspecto, no podemos obviar que,
en la actualidad, existen en España normas
mercantiles que, con carácter general, y sin entrar a
valorar la legislación sectorial aplicable, cuya
consideración excedería el objeto de este trabajo13,
11
El artículo 172 de la Companies Act 2006, titulado «Duty
to promote the success of the company», exige al director de
una compañía que contemple, entre otros aspectos, la
defensa de los intereses de los trabajadores, el impacto de la
actividad de la compañía en la comunidad y en el medio
ambiente, o la promoción de las relaciones con proveedores
y clientes. Sobre el sentido de la teoría institucionalista,
véase la nota al pie de página número 4.
12
Artículo 254.2 LSC.
13
Existe una gran variedad de obligaciones de divulgación
de información recogidas en normativa sectorial, tanto a
Nº 15. 2014
66
eXtoikos
‐ Los procedimientos relacionados con la formación
y la sensibilización relativos a aspectos ambientales,
así como aquellos procedimientos de seguimiento y
medición y de acciones correctivas y preventivas; y
exigen actualmente la divulgación de determinada
información medioambiental.
En este sentido, el artículo 262.1 LSC, relativo al
contenido del informe de gestión, exige que se
analicen, cuando proceda, indicadores no financieros
que sean pertinentes respecto de la actividad
empresarial concreta, incluida información sobre
cuestiones relativas al medio ambiente y al personal,
si bien se excluye de la obligación de incluir
información no financiera a las sociedades que
puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias
abreviada14.
‐ Los incentivos públicos para la protección del
medio ambiente utilizados, tales como subvenciones
y desgravaciones fiscales, y recomendándose proveer
una descripción del grado de aplicación de aquellas
medidas de protección ambiental, implantadas o en
curso, impuestas por modificaciones de la legislación.
Ello, no obstante, no exime de incluir en las cuentas
anuales la información que proceda de conformidad
con las normas de registro y valoración del Plan
General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, de
16 de noviembre), el cual, además, dedica un
apartado específico del contenido de la memoria de
las cuentas anuales a la información sobre medio
ambiente (apartado 15)15. En particular, la memoria
facilitará información sobre:
En este punto debe considerarse la Guía de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores para la
elaboración del informe de gestión de las entidades
cotizadas, de 29 de julio de 2013, que, entre otros
aspectos, contiene una serie de recomendaciones para
las entidades cotizadas que incluyan información
ambiental y social en el informe de gestión (CNMV,
2013). Así, la referida Guía recomienda la descripción
de los aspectos ambientales importantes para la
entidad y la forma en que intenta minimizar el
impacto causado por su actuación, y en particular:
‐ La descripción y características de los sistemas,
equipos
e
instalaciones
más
significativos
incorporados al inmovilizado material, cuyo fin sea la
minimización del impacto medioambiental y la
protección y mejora del medio ambiente, indicando
su naturaleza, destino, así como el valor contable y la
correspondiente amortización acumulada de los
mismos, siempre que pueda determinarse de forma
individualizada, así como las correcciones valorativas
por deterioro, diferenciando las reconocidas en el
ejercicio, de las acumuladas.
‐ Los objetivos de la entidad en relación con el
desempeño relativo a las variables ambientales, así
como la política que define el compromiso general de
su actuación, incluyendo una descripción de los
sistemas
de
gestión
medioambiental
en
funcionamiento durante el ejercicio.
‐ Los recursos disponibles para hacer frente a los
objetivos anteriores, incluyendo la política de
atención a las demandas y litigios que se puedan
presentar.
‐ Los gastos incurridos en el ejercicio, cuyo fin sea la
protección y mejora del medio ambiente, indicando
su destino.
‐ Los riesgos cubiertos por las provisiones
correspondientes a actuaciones medioambientales,
con especial indicación de los derivados de litigios en
curso, indemnizaciones y otros; se señalará para cada
provisión la información requerida para las
provisiones reconocidas en el balance.
nivel estatal como autonómico. Baste señalar la normativa
principal concerniente a los residuos y suelos contaminados
(Ley 22/2011, de 28 de julio), o la relativa al régimen del
comercio de derechos de emisión de gases de efecto
invernadero (Ley 1/2005, de 9 de marzo).
14
En los mismos términos, el artículo 49.1 del Código de
Comercio, si bien referido al informe de gestión
consolidado. La redacción del artículo 262.1 LSC tiene su
origen en la modificación normativa introducida por la Ley
62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social, tanto en el Texto
Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas como en el
Código de Comercio, al objeto de adecuar la normativa
interna, en materia de contabilidad, al Reglamento del
Parlamento Europeo y del Consejo nº 1606/2002, relativo a
la aplicación de normas internacionales de contabilidad, de
19 de julio de 2002, así como en transposición de la
Directiva 2001/65/CE del Parlamento europeo y del
Consejo, de 27 de septiembre de 2001.
‐ Las contingencias relacionadas con la protección y
mejora del medio ambiente, incluyendo la
información exigida en general para las
contingencias.
15
Los modelos normalizados de las cuentas anuales se
establecen en la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero.
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67
eXtoikos
‐ Las inversiones realizadas durante el ejercicio por
razones medioambientales.
contenga determinada información no financiera, ya
sea mediante su inclusión en el informe de gestión o
bien elaborando un informe separado que, referido al
mismo ejercicio que incluya la información
financiera, se publique conjuntamente con el informe
de gestión. Además, el informe separado deberá
publicarse en la web de la empresa dentro de los seis
meses siguientes al cierre del ejercicio18.
‐ Las compensaciones a recibir de terceros.
Finalmente, cabe señalar que, para el depósito de las
cuentas anuales en el Registro Mercantil, los
administradores de las sociedades de capital deben
realizar una manifestación acerca de si, en las cuentas
del correspondiente ejercicio, existen partidas de
naturaleza medioambiental que deban ser incluidas
en la memoria según el Plan General de
Contabilidad16.
El estado no financiero o el informe separado
deberá contener determinada información no
financiera en la medida en que resulte necesaria para
comprender la evolución, los resultados y la situación
de la empresa, y el impacto de su actividad, y todo
ello bajo el ya conocido principio «cumplir o
explicar».
4. La Directiva sobre información no financiera: el
«estado no financiero»
Sobre la idea base de favorecer el desarrollo de
aquellas empresas que, más allá de la legítima
búsqueda del beneficio económico, persigan objetivos
de interés general que potencien mejoras sociales,
éticas o medioambientales, la Comisión Europea puso
de manifiesto la necesidad de presentar una
propuesta legislativa que incidiera en la transparencia
de la información social y ambiental facilitada por las
empresas de todos los sectores (Comisión Europea,
2011b).
Dicha información debe referirse, al menos, a
cuestiones medioambientales y sociales, así como
relativas al personal, al respeto de los derechos
humanos y a la lucha contra la corrupción y el
soborno, pudiéndose basar en marcos normativos
nacionales, de la Unión o internacionales, y deberá
incluir:
Tras obtener el plácet del Parlamento Europeo, la
Comisión presentó una propuesta de reforma de la
Directiva 2013/34/UE, que persigue dos objetivos
fundamentales: (i) la coordinación de las
disposiciones nacionales aplicables a la divulgación de
información no financiera, relativa a determinadas
grandes empresas, con el fin de garantizar los
intereses de las empresas, los accionistas y las demás
partes interesadas, máxime considerando que la
mayoría de esas empresas opera en varios Estados
miembros; y (ii) establecer determinados requisitos
legales mínimos acerca del alcance de la información
no financiera, con el fin de mejorar la coherencia y la
comparabilidad de la información no financiera
divulgada en la Unión Europea.
‐ Una descripción de las políticas que aplica la
empresa en relación con dichas cuestiones, que
incluya los procedimientos de diligencia debida
aplicados;
‐ Una breve descripción del modelo de negocio de la
empresa;
‐ Los resultados de esas políticas;
‐ Los principales riesgos relacionados con esas
cuestiones vinculados a las actividades de la empresa,
entre ellas, cuando sea pertinente y proporcionado,
sus relaciones comerciales, productos o servicios que
puedan tener efectos negativos en esos ámbitos, y
cómo la empresa gestiona dichos riesgos; y
Como resultado de ello, la reciente reforma de la
Directiva 2013/34/UE ha introducido la exigencia de
que las grandes empresas17 elaboren un estado que
la parte expositiva de la Directiva reconoce que dicha
reforma no debe impedir a los Estados miembros exigir la
divulgación de información no financiera a empresas y
grupos que no sean empresas sujetas a dicha Directiva.
18
La obligación de preparar el estado no financiero o el
informe separado resulta igualmente de aplicación a las
empresas matrices de un gran grupo que, en sus fechas de
cierre del balance, superen el criterio de un número medio
de empleados superior a 500 durante el ejercicio (estado no
financiero consolidado).
16
El modelo normalizado de esta declaración se contiene
igualmente en la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero.
17
La Directiva define a las grandes empresas como aquellas
entidades de interés público que, en sus fechas de cierre del
balance, superen el criterio de un número medio de
empleados superior a 500 durante el ejercicio. No resultaría,
por tanto, obligatorio para pequeñas y medianas empresas,
de acuerdo con el principio «think small first». No obstante,
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68
eXtoikos
‐ Los indicadores clave de resultados no financieros,
que sean pertinentes respecto de la actividad
empresarial concreta.
Curiosamente, en el caso de España, durante la
tramitación parlamentaria de la reforma de la Ley de
Sociedades de Capital para la mejora del gobierno
corporativo, se ha puesto de manifiesto la
oportunidad de incluir en dicha Ley la obligación de
elaborar un estado no financiero en las grandes
empresas, prácticamente en los mismos términos de
la reforma apuntada20.
En lo que a cuestiones medioambientales se refiere,
la parte expositiva de la reforma señala que el estado
no financiero debe incluir información detallada
sobre los efectos actuales y previsibles de las
actividades de la empresa en el medio ambiente, y, en
su caso, la salud y la seguridad, el uso de energía
renovable y/o no renovable, las emisiones de gases de
efecto invernadero, el consumo de agua y la
contaminación atmosférica.
Lo anterior viene a ser resultado de esa evolución
que está experimentando la responsabilidad social de
las empresas en general, y la necesidad de conocer la
implicación del sector privado en el desarrollo de
prácticas responsables y sostenibles al objeto de
generar confianza en el inversor, en los
consumidores, en los trabajadores y, en definitiva, en
todos los actores de la sociedad. A este respecto,
parece que la reciente Estrategia Española de
Responsabilidad Social de las Empresas, en
coordinación con las iniciativas europeas, deberá
jugar un papel importante. En ello podría estar, en
buena medida, una salida más rápida de la crisis
económica.
No obstante, cabe destacar que se deja abierta la
posibilidad de que los Estados miembros permitan
que, en casos excepcionales, se omita justificadamente
la información relativa a acontecimientos inminentes
o cuestiones en curso de negociación, cuando la
divulgación de dicha información pueda perjudicar
gravemente a la posición comercial de la empresa,
siempre que esa omisión no impida una comprensión
fiel y equilibrada de la evolución, los resultados y la
situación de la empresa, y del impacto de su actividad.
Sin perjuicio del alcance que cada Estado pueda darle
a esta previsión, podrían suscitarse ciertas dudas en
torno a la dificultad de tasar situaciones excepcionales
que parten de circunstancias propias, las cuales
deberán ser analizadas «caso a caso».
Referencias bibliográficas
AGUINIS, H. y GLAVAS, A. (2012): «What we know
and don’t know about Corporate Social
Responsibility: A review and research agenda»,
Journal of Management, vol. 38, nº. 4, págs. 932-968.
Asimismo, la referida reforma establece que los
auditores de la empresa deberán comprobar que se
haya facilitado el estado financiero o el informe
separado, sin perjuicio de que los Estados miembros
puedan exigir que la información que contengan sea
verificada por un tercero independiente. Sin embargo,
la propia Directiva excluye de la obligación de
auditoría a los estados no financieros e informes
separados (consolidados o no).
CERSE (2011): «El papel de la RSE ante la crisis
económica: su contribución a un nuevo modelo
productivo, la competitividad y el desarrollo
sostenible», Consejo Estatal de Responsabilidad
Social Empresarial, 3 de mayo.
CNMV (2013): «Guía para la elaboración del informe
de gestión de las entidades cotizadas», Comisión
Nacional del Mercado de Valores, 29 de julio.
Ciertamente, cabe destacar que la legislación de
determinados países de nuestro entorno contempla
actualmente la obligación de presentar un estado no
financiero que recoja, entre otros, aspectos
medioambientales y sociales de las empresas19.
20
En efecto, el Grupo Parlamentario Catalán (Convèrgencia
i Unió) propuso en tal sentido una enmienda de adición
considerando que la incorporación de tal obligación «sería
un avance más en la transparencia de nuestras empresas, en
la generación de confianza para accionistas e inversores y en
definitiva para el aumento de nuestra competitividad y todo
ello englobado dentro del perímetro de la conocida
‘responsabilidad social de las empresas’ a los efectos de
mejorar tanto las condiciones laborales de los trabajadores y
para que éstos puedan desarrollar sus funciones de una
manera más eficaz que garantice la máxima competitividad
de la empresa» (Enmienda nº 55; Proyecto de Ley por la que
se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora
del gobierno corporativo, Boletín Oficial de las Cortes
Generales, 23 de septiembre de 2014, Núm. 97-2).
19
Por ejemplo, en el Reino Unido, la Companies Act 2006
recoge el denominado «strategic report», cuyo alcance y
objetivos han sido desarrollados recientemente por el
Financial Reporting Council (Guidance on the Strategic
Report, June, 2014). En el mismo sentido, la legislación
francesa, habiendo desarrollado recientemente las
obligaciones sobre información medioambiental y social a
través del «Décret n° 2012-557 du 24 avril 2012 relatif aux
obligations de transparence des entreprises en matière
sociale et environnementale».
Nº 15. 2014
69
eXtoikos
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y el resto de organizaciones para avanzar hacia una
sociedad y una economía más competitiva,
productiva, sostenible e integradora», Gobierno de
España, Ministerio de Empleo y Seguridad Social,
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práctica la asociación para el crecimiento y el empleo:
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legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de abril de
2014, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento
Europeo y del Consejo por la que se modifican las
Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo en
lo que respecta a la divulgación de información no
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CONSEJO EUROPEO (2001a): «Conclusiones de la
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Nº 15. 2014
70
eXtoikos
El impacto de los atentados terroristas en los mercados
financieros: un análisis empírico del caso estadounidense
Nuria Domínguez Enfedaque
Resumen: En esta nota se sintetiza el contenido de una investigación orientada al análisis de los efectos de los
atentados terroristas sobre el precio de las acciones de las empresas cotizadas. La investigación, que se basa en la
metodología de los estudios de eventos, se centra en el caso estadounidense en el período 1990-2013. En el trabajo
se pone de manifiesto que tales atentados originan efectos negativos significativos que difieren entre sectores
económicos.
Palabras clave: Estudio de eventos; atentados terroristas; efectos; mercados financieros; Estados Unidos.
Códigos JEL: G14.
1. Los estudios de eventos en economía y finanzas
2. La metodología de los estudios de eventos:
aspectos básicos
C
onocer el impacto de un acontecimiento
económico sobre el valor de las empresas no
es tarea fácil. De hecho, la realización de un
informe técnico sobre la valoración de una empresa
requiere habitualmente de un trabajo laborioso en el
que se maneja una información exhaustiva sobre la
composición de las masas patrimoniales, la estructura
de la cuenta de resultados, las proyecciones del
negocio y los distintos riesgos. Para discernir los
efectos de un evento sobre el valor de una empresa se
precisa la observación directa de indicadores durante
un período significativo o, al menos, adaptar las
proyecciones económico-financieras.
Como señala Peterson (1994, pág. 807), el objetivo
de un estudio de un evento es determinar si los
tenedores de acciones pueden obtener rendimientos
anormales en respuesta a la llegada de información de
un evento concreto. Un evento puede estar
relacionado con la publicación de información
específica de una compañía (e.g., un anuncio de
resultados), una acción gubernamental (e.g., un
cambio en la legislación fiscal), o cualquier otro
supuesto bien definido que pueda resultar en una
revisión del precio de las acciones. El foco del análisis
se centra en el «período del evento», que es el período
durante el cual la información concerniente a un
evento llega a los participantes en el mercado. Un
rendimiento anormal es la diferencia entre un
rendimiento observado y el rendimiento esperado
durante el período del evento.
La metodología de los estudios de eventos ofrece un
atajo para aproximar la incidencia de un evento
específico en la valoración económica, mediante la
utilización de datos de los mercados financieros.
Partiendo del supuesto de racionalidad en el
mercado, se considera que los efectos de un evento se
verán reflejados inmediatamente en los precios de las
acciones. De esta manera, puede construirse una
medida del impacto económico del evento utilizando
los precios de las acciones observados a lo largo de un
período relativamente corto (MacKinlay, 1997, pág.
13).
Los aspectos básicos del procedimiento a seguir
para la realización de un estudio de un evento se
exponen en MacKinlay (1997, págs. 14-16). La tarea
inicial es definir el evento de interés e identificar el
período a lo largo del cual se van a examinar los
precios de las acciones de las empresas consideradas
(la ventana del evento).
Los estudios de eventos cuentan con una larga
historia, ya que se remontan a comienzos de la década
de los años treinta del pasado siglo, y tienen
aplicaciones en campos diversos.
Tras identificar el evento, es necesario determinar
los criterios de selección para la inclusión de una
empresa dada en el estudio. Es conveniente
especificar los criterios de selección a fin de poder
detectar posibles sesgos en la selección de empresas.
La apreciación del impacto del evento requiere de
una medida del rendimiento anormal. Éste se define
como el rendimiento efectivo ex post de la acción a lo
Nº 15. 2014
71
eXtoikos
largo de la ventana del evento menos el rendimiento
normal de la empresa a lo largo de la ventana del
evento. El rendimiento normal se define como el
rendimiento esperado bajo la premisa de que no se
producirá el evento analizado.
las acciones para el caso estadounidense (Domínguez
Enfedaque, 2014). A tal fin se construyó una muestra
integrada por 29 eventos que tuvieron lugar en
Estados Unidos entre 1990 y 2013. Inicialmente se
seleccionaron 6 compañías y se analizaron los efectos
de cada evento sobre tales firmas. Posteriormente se
generó una segunda muestra integrada por 6
industrias (banca, seguros, aerolíneas, hoteles y ocio,
construcción y defensa), así como una submuestra
centrada en las industrias de las aerolíneas y la
construcción. Los datos sobre los atentados
terroristas se obtuvieron de la «National Security
Research Division (RAND) Database» y de la «Global
Terrorism Database (GTD)».
El rendimiento esperado puede ser generado
mediante distintos enfoques: i) un modelo de
mercado; ii) un modelo ajustado a la media; o iii) un
modelo ajustado al mercado (Peterson, 1994, pág.
807). Pueden utilizarse asimismo otros enfoques
(MacKinlay, 1997, pág. 18).
Una vez que se calculan los rendimientos
anormales para los casos individuales, tales datos se
acumulan para los diferentes títulos a fin de realizar
las pruebas estadísticas de las hipótesis a contrastar.
Así, se aplican test de significación estadística de los
rendimientos anormales para determinar si son
diferentes de cero.
Diversos criterios se emplearon para la selección de
las muestras, basadas en empresas que cotizan en la
bolsa de Nueva York.
Como ventana de la estimación se tomó un período
de 250 días anteriores a 10 días previos al evento, y
como ventana del evento, desde 10 antes del evento
hasta 20 días después del evento.
Una vez que se establece que hay rendimientos
anormales estadísticamente significativos, puede
llevarse a cabo un análisis de regresión de los
rendimientos anormales respecto a un conjunto de
variables que puedan explicar la respuesta observada
en el período del evento.
Tres son, por otro lado, los métodos utilizados para
estimar los rendimientos anormales: el de los
rendimientos ajustados a la media, el de los
rendimientos ajustados al mercado y el de los
rendimientos ajustados al mercado y al riesgo.
3. Una aplicación de la metodología de los
estudios de eventos: el impacto de los atentados
terroristas
Las hipótesis a contrastar, mediante el uso de test
paramétricos
(t-test estandarizado) y no
paramétricos (test de Rank), son dos: en primer lugar,
si hay rendimientos anormales negativos como
consecuencia de los atentados terroristas; en segundo
lugar, si existen diferencias entre los rendimientos
anormales de los sectores de aerolíneas y de la
construcción.
En los últimos veinte años el mundo ha sufrido
numerosos atentados terroristas. Además de los
efectos directos en términos de pérdida de vidas
humanas y de destrucción de infraestructuras, los
atentados
terroristas
tienen
consecuencias
económicas indirectas en los mercados financieros.
Estos costes indirectos del terrorismo pueden variar
según sectores, países y períodos (Drakos, 2004).
4. Resultados obtenidos
Tras un atentado terrorista, algunas corporaciones
incurren en costes. Así, las compañías aéreas han de
invertir en costosas medidas de seguridad. A su vez,
las compañías de seguros elevan sus primas, en tanto
que las empresas del sector turístico pueden afrontar
una alteración en su demanda en función de la
respuesta de las familias consumidoras de servicios.
Según la literatura económica existente, los atentados
terroristas pueden originar efectos negativos sobre la
economía de un país (Chen y Siems, 2003).
De conformidad con la hipótesis de los mercados
eficientes, los efectos de un atentado terrorista se
reflejarán en el precio de las acciones el día del
evento, ya que tales atentados son eventos no
anticipados (Chen y Siems, 2003). El día del evento
es, pues, examinado a fin de encontrar posibles
reacciones significativas del precio de las acciones.
Cuando se utiliza el test paramétrico (t-test), se
obtienen resultados significativos en el día del evento.
Se constata así una reacción del mercado en dicho
día.
En la presente nota se sintetiza el contenido de una
investigación llevada a cabo con objeto de estudiar el
impacto de los ataques terroristas sobre los precios de
No obstante, el análisis de los efectos del atentado
del 11-S constituye un caso singular, en la medida en
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eXtoikos
que el mercado bursátil permaneció cerrado durante
cuatro días, por lo que no pueden apreciarse los
efectos hasta el momento de la reapertura, el día 17 de
septiembre, cuando los precios de las acciones
cayeron notoriamente.
En definitiva, pueden extraerse dos conclusiones
básicas: i) en general, los ataques terroristas tienen un
efecto significativo sobre los precios de las acciones,
que disminuyen el día del evento; ii) no todas las
industrias se ven igualmente afectadas por un
atentado terrorista, ya que unas son más vulnerables
que otras y algunas podrían incluso beneficiarse de
dichos eventos.
Ahora bien, cuando se aplica el test no paramétrico
de Rank los resultados obtenidos no respaldan la
teoría, ya que no se observan rendimientos anormales
el día del evento, y sólo se aprecian resultados
significativos 12 días después del evento, no ligados al
evento terrorista.
Referencias bibliográficas
CHEN, A. y SIEMS, T. (2003): «The effects of
terrorism on global capital markets», European
Journal of Political Economy, vol. 20.
Por lo que respecta a los sectores analizados, se
obtienen resultados significativos en el día del evento
para los de aerolíneas, hoteles y defensa, y no para los
de construcción, seguros y banca. Para estos dos
últimos sectores, los efectos significativos se dan 2 o 3
días después del evento. La razón podría estribar en el
sesgo de los datos debido al «efecto desfase» del 11-S.
El sector de la construcción es el único sin resultados
significativos a raíz de los atentados. Por último, el
contraste específico aplicado pone de relieve la
existencia de diferencias significativas entre los
sectores de aerolíneas y de la construcción.
DOMÍNGUEZ ENFEDAQUE, N. (2014): «Terrorist
attacks’ effect on financial markets», Research paper,
Pre-MSc Finance, University of Groningen.
DRAKOS, K. (2004): «Terrorism-induced structure
shifts in financial risk: airlines stocks in the aftermath
of the September 11 terrorist attacks», European
Journal of Political Economy, vol. 20.
MACKINLAY, A. C. (1997): «Event studies in
Economics and Finance», Journal of Economic
Literature, vol. XXXV.
5. Conclusiones
Los resultados obtenidos respaldan las previsiones
de la literatura en el sentido de que, después de que
tiene lugar un atentado terrorista, las empresas
incurren en rendimientos anormales negativos. Sin
embargo, tales efectos negativos no se prolongan
demasiado tiempo. La única excepción está ligada al
11-S, si bien en este caso los mercados permanecieron
cerrados durante varios días.
PETERSON, P. P. (1994): «Event studies», en
Newman, P.; Milgate, M. y Eathwell, J. (eds.), «The
New Palgrave Dictionary of Money & Finance», vol.
1, Macmillan, Londres.
Los resultados también apoyan que algunas
industrias como las aerolíneas, los hoteles y los
seguros son más vulnerables a un atentado terrorista,
y que la construcción es el único sector que no
muestra ningún rendimiento anormal negativo
significativo como consecuencia de un atentado
terrorista. En cambio, los resultados no confirman las
expectativas derivadas de la literatura especializada en
relación con el sector de la defensa, toda vez que se
constatan rendimientos anormales negativos el día
del evento, mientras que cabía esperar una influencia
positiva.
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PENSAMIENTO ECONÓMICO
El análisis de los efectos externos: principales hitos en la historia
del pensamiento económico
José M. Domínguez Martínez
Resumen: En esta nota se lleva a cabo un repaso de la noción de efecto externo o externalidad en la historia del
análisis económico. Al respecto se señalan los principales hitos, entre los que sobresalen las aportaciones de Pigou.
Asimismo se hace referencia a la conexión entre los conceptos de bien colectivo y efecto externo.
Palabras clave: Efectos externos; análisis económico; medio ambiente.
Códigos JEL: D62; H23.
1. La relevancia de la perspectiva histórica en el
análisis económico
recursos a través del mercado, en opinión de los
clásicos, dejaba en principio sólo un limitado espacio
para la acción gubernamental. Esta visión llegó a
impregnar fuertemente la corriente principal del
pensamiento económico hasta tal punto que la
intervención del sector público en la economía estaba
supeditada a la existencia previa de un fallo del
mercado. Éste se concebía como una condición
necesaria (también suficiente) para la adopción de
medidas económicas públicas (Domínguez, 1988).
E
n una de sus múltiples y, en la mayoría de las
ocasiones, sabias e inapelables sentencias, el
gran economista Joseph A. Schumpeter (1954)
afirmaba que «el estado de una ciencia en un
momento dado implica su historia pasada y no se
puede comunicar satisfactoriamente sin explicitar esa
historia». Si esto es así con carácter general, cobra un
relieve especial en relación con la consideración del
papel del Estado en la esfera económica. El alcance de
la intervención estatal se ha ido modulando
históricamente en conexión con el avance en el
conocimiento económico. Aun cuando se trata de
una
cuestión
altamente
controvertida
e
inevitablemente impregnada de connotaciones
ideológicas, la teoría económica ha fundamentado la
existencia de supuestos en los que, en una economía
basada en el mercado, la intervención del sector
público está justificada por razones técnicas.
No obstante su fe en la «mano invisible» del mercado,
en algunas de las argumentaciones de Smith subyacen
conceptos básicos de la moderna teoría de los bienes
colectivos, aunque en modo alguno pueda atribuírsele
su paternidad. Ahora bien, algunos pasajes
smithianos abonaron el terreno para desarrollos
posteriores, al establecer la importante premisa de
que existen ciertas funciones que, por razones
objetivas y no ideológicas, han de ser desempeñadas
por el sector público (Musgrave, 1985).
Uno de tales supuestos se corresponde con la
presencia de externalidades o efectos externos, que
tienen una importancia extrema en el campo
medioambiental. El propósito de esta nota es efectuar
un sucinto recorrido diacrónico en torno a la
consideración de tales efectos en la teoría de la
Hacienda Pública1.
Un paso decisivo sería dado por otra figura de la
Economía clásica, J. S. Mill, quien señaló una serie de
casos en los que las acciones individuales, inspiradas
en el beneficio particular, generan consecuencias que
se extienden más allá de sus promotores (Musgrave,
1985). El concepto de efecto externo o externalidad
hace así acto de aparición formal. Si esas
consecuencias son negativas, la acción libre de los
individuos lleva a unos niveles de actividad excesivos
desde un punto de vista social; si son positivas, tales
niveles serán insuficientes.
2. El germen de los efectos externos en la
Economía clásica
El padre de la Economía moderna, Adam Smith,
depositó su confianza en el sistema de libertad
natural. Su capacidad para asignar correctamente los
3. La trascendental aportación de Pigou
Sin embargo, habría que esperar a que transcurrieran
las dos primeras décadas del siglo XX para disponer
de una teoría elaborada acerca de las externalidades,
con la obra de otro economista británico, A. C. Pigou
1
Musgrave (1985) lleva a cabo una exposición magistral de
la evolución histórica de dicha teoría, cuyos principales
aspectos se sintetizan en Domínguez (1999).
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eXtoikos
(1920). No obstante, como recuerda Laffont (1991,
pág. 265), Pigou se basó en los trabajos pioneros de
Sidgwick (1887) y Marshall (1890).
efectos externos positivos, hasta llegar al supuesto en
el que se ven afectadas todas las personas del ámbito
territorial considerado (servicios colectivos puros); en
sentido contrario se representan las externalidades
negativas, hasta llegar al caso de un mal colectivo
puro (Rosen y Gayer, 2008; Domínguez, 2004).
Pigou efectuó la crucial distinción entre la noción
de producto privado neto y producto social neto.
Cuando los costes sociales superan a los costes
individuales, se requiere utilizar un impuesto cuya
cuantía refleje el daño social causado con una
actividad individual. El impuesto se convierte así en
un instrumento de ajuste de las externalidades.
Actualmente se denominan impuestos pigouvianos a
los impuestos utilizados con dicha finalidad.
5. Externalidades y medio ambiente
El análisis pigouviano de las externalidades
negativas se convertiría, años más tarde, en uno de los
pilares del estudio económico de la contaminación y
del medio ambiente (Baumol y Oates, 1975). La
aparición de efectos externos constituye uno de los
casos más típicos y relevantes de los fallos del
mercado. Como señalaba Gallego (1974, pág. 25), «la
degradación ambiental es un fallo del mercado»,
aunque, como recordaba el mismo autor, «sin
embargo, esta degradación es perfectamente
observable también en los países regidos por la
decisión central. En este caso, como es lógico, no se
produce un fallo del mercado, sino un fallo de la
planificación central».
Ahora bien, como establece la teoría de la
incidencia impositiva, debe tenerse presente que el
hecho de que un impuesto recaiga formalmente sobre
una de las partes en el mercado no implica que lo
soporte realmente en la realidad. Si se aplica un
impuesto en el mercado de un bien, con
independencia de si se exige de los productores o de
los consumidores, la carga tributaria se repartirá entre
ambos grupos en función de los valores relativos de
las elasticidades de la oferta y la demanda
(Domínguez 2014).
Por otro lado, pese a la presunción de la necesidad
de intervención pública para la corrección de
externalidades, como afirma Stiglitz (2000, pág. 217),
si se cumplen determinadas condiciones, los
mercados privados pueden resolver el problema de las
externalidades sin la intervención pública. La
argumentación más relevante a este respecto fue
elaborada por R. Coase (Medel y Dominguez, 1991).
Asimismo, desde mediados de los años cincuenta del
pasado siglo comenzaron a aparecer diversas
aportaciones acerca de las alternativas para la
corrección (internalización) de las externalidades y
las condiciones de equilibrio en presencia de éstas,
entre otros aspectos (Laffont, 1991, pág. 265).
Los impuestos medioambientales constituyen el eje
de la denominada «reforma fiscal verde». En este
contexto, la literatura teórica reciente ha planteado
una convergencia de los planteamientos fiscales y
medioambientales, argumentando que la sustitución
de impuestos sobre la renta distorsionantes por
impuestos medioambientales puede generar un
«dividendo doble», en el sentido de que no sólo se
alcanza un medio ambiente más limpio sino también
una forma menos distorsionante de recaudación o de
lograr algunos objetivos macroeconómicos, como un
mayor nivel de empleo o una mayor tasa de
crecimiento económico2.
4. La noción de bien colectivo como caso
particular de los efectos externos
Durante bastante tiempo, los denominados bienes
públicos (en puridad, bienes colectivos) se
consideraban como un caso diferenciado de los
efectos externos. Sin embargo, modernamente los
bienes colectivos se conciben como un caso singular
de la existencia de efectos externos. Así, todos los
bienes y servicios pueden situarse a lo largo de un
espectro continuo: en el centro se sitúan aquellos que
carecen completamente de efectos externos, es decir,
afectan exclusivamente a quienes los consumen; hacia
un lado, a medida que se avanza, van apareciendo
2
No han faltado, sin embargo, investigaciones que sugieren
que los impuestos ambientales pueden agravar, en vez de
atenuar, las distorsiones fiscales preexistentes (Domínguez,
1999).
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76
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6. El concepto de efecto externo: delimitación
respecto a otras acepciones
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, J. M. (2004): «La
producción de servicios públicos: concepto,
cuantificación y aproximación al caso español», en
Rueda, N. (coord.), «Evaluación de la eficiencia del
sector público. Vías de aproximación», Funcas,
Madrid.
Los desarrollos teóricos no sólo han afectado a la
esencia de las nociones de bien colectivo, sino que
también han permitido precisar el alcance del
concepto de efecto externo. Este hace referencia
exclusivamente a situaciones en las que las
consecuencias de las acciones individuales no se
recogen a través de los precios del mercado, llevando
a un fallo de mercado y a una asignación ineficiente
de recursos. Sin embargo, no debe perderse de vista
que hay muchos casos en los que la acción de una
persona afecta a otra pero a través de los precios del
mercado. Por ejemplo, si las personas que
habitualmente acudían a una zona de ocio se
desplazan a un nuevo enclave, es de esperar que se
produzcan cambios en los precios en ambos sitios.
Aunque se suela denominar «externalidades
pecuniarias» a este tipo de efectos, no se trata de
efectos externos auténticos3. En definitiva, como
subrayan Rosen y Gayer (2008, pág. 71), «el hecho de
que el comportamiento de alguna persona afecte al
bienestar de otras no causa necesariamente un fallo
del mercado. En tanto que los efectos se transmitan
vía precios, los mercados son eficientes».
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, J. M. (2005). «Nuevas
ideas y políticas fiscales y presupuestarias: el papel del
sector público en el siglo XXI», Sistema, nº 184-185.
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, J. M. (2014): «Sistemas
Fiscales. Teoría y Práctica», ETC, Málaga.
GALLEGO GREDILLA, J. A. (1974): «Introducción»,
en Gallego Gredilla, J. A. (ed.), «Economía del medio
ambiente», Instituto de Estudios Fiscales, Madrid.
LAFFONT, J. J. (1991): «Externalities», en Eatwell, J;
Milgate, M. y Newman, P., «The New Palgrave. A
Dictionary of Economics», vol. 2, The Macmillan
Press, Londres.
MARSHALL, A. (1890): «Principles of Economics»,
Macmillan, Londres.
No podemos concluir este breve recorrido
panorámico sin mencionar otro concepto asociado –
pero simplemente como contrapunto- al de efecto
externo, el de «externalidades derivadas». Esta noción
fue propuesta por Wolf (1979), dentro de la teoría de
los fallos del sector público (Domínguez, 2005), para
hacer alusión a posibles consecuencias no previstas
originadas por actuaciones del sector público.
MEDEL
CÁMARA,
B.,
y
DOMÍNGUEZ
MARTÍNEZ, J. M. (1991): «Premio Nobel de
Economía 1991», en J. M. Domínguez Martínez,
«Caleidoscopio en blanco y negro», Manca Editorial,
Málaga, 2010.
MUSGRAVE, R. A. (1985): «A brief history of fiscal
doctrine», en Auerbach, A. J. y Feldstein, M. (eds.),
«Handboook of Public Economics», vol. I. NorthHolland, Amsterdam.
Referencias bibliográficas
PIGOU, A. C. (1920): «The economics of welfare»,
Macmillan, Londres.
BAUMOL, W. J., y OATES, W. (1975): «The theory
of environmental policy», Prentice Hall, Englewood
Cliffs, N. J.
ROSEN, H. S., y GAYER, T. (2008): «Public Finance»,
8ª ed., McGraw-Hill, Boston.
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, J. M. (1988): «El papel
del Estado en la oferta de servicios públicos: aspectos
teóricos, análisis del caso español, y comparación con
los países de la OCDE», Fundación FIES de las Cajas
de Ahorros, Madrid.
SIDGWICK, H. (1887): «Principles of Political
Economy», Macmillan, Londres.
STIGLITZ, J. E. (2000): «Economics of the Public
Sector», Norton, 3ª ed., Nueva York.
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, J. M. (1999): «Proyecto
Docente de Hacienda Pública y Sistema Fiscal»,
Universidad de Málaga.
WOLF, C. (Jr.) (1979): «A theory of nonmarket
failure: framework for implementation analysis»,
Journal of Law and Economics, vol. 22.
3
A las externalidades propiamente dichas se les denomina
habitualmente «tecnológicas» (Laffont, 1991, pág. 263).
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ENSEÑANZA DE LA ECONOMÍA
Educación financiera para la ciudadanía: una propuesta de
MOOC
José M. Domínguez Martínez
Resumen: El propósito de este trabajo es plasmar los elementos básicos de una propuesta de MOOC sobre
educación financiera con una orientación general. Inicialmente se describen los aspectos básicos del curso,
haciendo especial hincapié en los objetivos y competencias; posteriormente se detallan los contenidos propuestos y
finalmente se abordan las vertientes metodológica y organizativa.
Palabras clave: MOOC; educación financiera.
Códigos JEL: A21, I22.
1. Introducción
L
as nuevas tecnologías de la información y la
comunicación (TICs) han revolucionado
muchos aspectos de nuestra vida cotidiana;
también, de manera muy especial, las actividades de
la educación y la formación. Gracias a esas
tecnologías se pueden superar muchas barreras de
espacio y de tiempo, y lograr el milagro de que una
actividad formativa, hasta hace poco condenada a ser
algo efímero y acotado a un reducido número de
destinatarios, esté al alcance de cualquier persona
ubicada en cualquier parte del mundo, lista para ser
compartida en cualquier momento.
que un ciudadano pueda desenvolverse en lo esencial
en la vertiente financiera.
«Puedo calcular los movimientos de los cuerpos
celestes, pero no la demencia de la gente». Así de
amargamente se expresaba Isaac Newton, tras perder
su fortuna, que había invertido en acciones de una
compañía, ejemplificando que ni siquiera los más
grandes científicos están dotados de una capacidad
innata para eludir los riesgos financieros.
Hoy día, los conocimientos financieros son
necesarios no sólo para los ricos; en una sociedad
moderna, los ciudadanos hemos de recurrir a una
amplia gama de servicios financieros para cubrir
distintas necesidades, por lo que hemos de afrontar
continuamente decisiones relevantes para nuestro
bienestar: qué producto es el más seguro y rentable
para colocar unos ahorros, qué préstamo es el que
ofrece un coste más estable en el tiempo, cuál es la
mejor alternativa para complementar la pensión de
jubilación...
Las actividades presenciales tienen la ventaja del
contacto directo y de la interacción inmediata entre
quienes participan en una acción formativa, pero
también la tecnología nos permite disponer de
canales e instrumentos -más flexibles y adaptables a
circunstancias particulares en cuanto a tiempo y
posibilidades de uso- para la interacción y, lo que
tiene una enorme importancia, para intercambiar
experiencias y manifestar inquietudes dentro de una
amplia comunidad integrada por todos los
participantes en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Como elemento imprescindible para la libertad
personal, es fundamental estar en condiciones de
adoptar tales decisiones responsablemente, tomando
conciencia en cada caso de los rendimientos o de los
costes efectivos, así como de los riesgos existentes.
Tenemos así ante nosotros la oportunidad de
compartir el conocimiento, abriendo de par en par las
puertas al ideal senequista: «Si la sabiduría se otorgara
con la condición de mantenerla encerrada, sin que
pudiese transferirse, la rechazaría», proclamó hace
dos mil años el insigne filósofo cordobés. Aun cuando
alcanzar la sabiduría sea una meta muy lejana, nada
impide poder sumarnos a Séneca en el disfrute de
aprender para poder luego enseñar o transmitir lo
aprendido. Ése es el nexo que une a personas como
las integrantes del equipo de trabajo del proyecto de
educación financiera Edufinet (www.edufinet.com),
la motivación de ayudar a encontrar las claves para
La necesidad de contar con conocimientos
financieros es cada vez mayor, en una sociedad en la
que hay una transferencia de riesgos desde el Estado y
las empresas hacia los individuos, y en la que se
multiplican los canales y los productos financieros,
dotados de una creciente diversidad y complejidad.
El objetivo de este trabajo es plasmar los elementos
básicos de una propuesta de MOOC («Massive open
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online course») sobre educación financiera. De
hecho, la mayor parte del material aquí recogido
sirvió de base para la elaboración de la propuesta del
MOOC «Claves de educación financiera para la
ciudadanía» presentada a la Universidad de Málaga
en el año 2013, de la cual resultó como producto final
el curso con el mismo nombre disponible en la
plataforma Miríada X.
autónomo en el ámbito de las finanzas personales.
Mediante una participación activa del alumnado, se
pretende aportar los ingredientes esenciales para que
un ciudadano sin formación especializada esté en
condiciones de identificar, contextualizar y evaluar
situaciones relacionadas con sus finanzas personales
como base para adoptar decisiones financieras con
responsabilidad, calibrando los riesgos asumidos y las
compensaciones asociadas. Se pretende, en definitiva,
aumentar la autonomía personal para enfrentarse a
problemas financieros.
El trabajo se limita a la vertiente de la concepción y
el planteamiento del curso, sin entrar en la
plasmación audiovisual de los conceptos, por lo que
la propuesta puede tomarse como referencia para
acciones formativas a través de otros canales, ya sean
presenciales o mediante textos.
2.3. Competencias a adquirir
Las principales competencias a adquirir por una
persona que realizara el curso con aprovechamiento
son las siguientes:
El trabajo se estructura en tres partes: inicialmente
se describen los aspectos básicos del curso, haciendo
especial hincapié en los objetivos y competencias;
posteriormente se detallan los contenidos propuestos
y finalmente se abordan las vertientes metodológica y
organizativa.
- Elaborar un presupuesto familiar y calibrar la
incidencia en el mismo de posibles decisiones
económicas y financieras.
- Utilizar los conceptos e indicadores básicos para
interpretar la información económica y financiera.
2. Planteamiento del curso: aspectos básicos
2.1. Naturaleza
- Identificar la naturaleza de las distintas
necesidades financieras, así como la de los diversos
instrumentos financieros existentes para su cobertura.
La propuesta corresponde a un curso de
introducción a la educación financiera orientado a un
ciudadano medio. El curso se centra en la exposición
de los contenidos fundamentales con vistas a la
adquisición de un conjunto de competencias básicas
para el desenvolvimiento en el ámbito financiero. Se
incide en el marco general de adopción de decisiones
financieras, en la presupuestación familiar, en la
oferta de instrumentos para el ahorro y la inversión, y
en la utilización del crédito.
- Visualizar el ciclo completo de la vida de un
producto financiero y las distintas fases que lo
integran.
- Concretar las entradas y salidas de dinero
previstas a lo largo de la vida de un instrumento
financiero, teniendo presente los posibles cambios de
valor.
- Manejar las variables clave que permiten
caracterizar un instrumento financiero: rentabilidad,
coste, plazo, riesgo y liquidez.
2.2. Objetivos
Tres son los ingredientes básicos de la educación
financiera: adquirir conocimientos en materia de
finanzas, saber utilizarlos en beneficio propio y
realizar elecciones informadas, de manera
responsable y consciente. En este contexto, la
pretensión esencial que nos trazamos al plantear una
acción formativa en dicho ámbito es la de ofrecer una
ayuda para la toma de decisiones financieras
personales, tratando de contribuir al logro de una
mayor autonomía por parte del usuario de servicios
financieros.
- Conocer en sus aspectos básicos el papel, la
estructura y el funcionamiento del sistema financiero.
- Comprender las características y la operatoria de
las principales categorías de instrumentos financieros.
- Tener capacidad para llevar a cabo una
aproximación cuantitativa, en términos de costes y de
rendimientos, a las decisiones financieras a adoptar.
La finalidad del curso es posibilitar la adquisición
de un conjunto de competencias básicas que
permitan a un ciudadano un desenvolvimiento
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eXtoikos
2.4. Posibles destinatarios
que ofertan los productos y servicios requeridos
para satisfacer las mencionadas necesidades.
Dado su carácter introductorio, el curso iría
destinado a un ciudadano representativo con una
formación general intermedia. El curso podría
igualmente ser de utilidad para estudiantes
universitarios de titulaciones ajenas al campo de las
finanzas que quieran contar con un sustrato para
enfrentarse a las decisiones financieras e incluso para
alumnos que se dispongan a estudiar dichas
titulaciones. De cara a que el curso pudiera tener un
alcance trasnacional en cuanto a los participantes se
haría hincapié en los elementos cruciales necesarios
para los objetivos didácticos sin que quedase anclado
a ningún país o territorio concreto.
vi. Las distintas alternativas disponibles deben ser
analizadas en función de su naturaleza jurídica,
características económico-financieras y tratamiento
fiscal.
vii. Con base en lo anterior, estaremos en condiciones
de identificar, cuantificar y fechar todas las entradas
y salidas de dinero asociadas a cada producto.
viii. Finalmente, necesitamos sintetizar toda esa
información en un indicador que nos refleje la
rentabilidad de una inversión o el coste de una
financiación y, así, poder adoptar la decisión
correspondiente.
2.5. Conocimientos previos recomendados
Se considera recomendable que el estudiante que
realizara el curso estuviera en posesión de
conocimientos previos equivalentes al nivel de la
educación secundaria superior. No obstante, dicha
recomendación no se entiende como un requisito
insalvable, toda vez que, mediante un enfoque
gradual que parta de la exposición de los
fundamentos, podrían tener cabida alumnos sin ese
bagaje educativo en sentido estricto.
3.2. Descripción de los módulos
El curso propuesto se estructura en doce módulos,
precedidos por un módulo introductorio:
0. Módulo introductorio: La finalidad de este módulo
es ofrecer una visión de conjunto del curso: objetivos,
contenidos, metodología, fuentes bibliográficas y de
consulta directa, elementos de apoyo, fórmulas de
participación e interacción, y sistema de evaluación.
3. Contenidos del curso
1. La gestión del presupuesto familiar: En este módulo
se abordan los determinantes y condicionantes del
presupuesto familiar. Se parte de la inventarización y
valoración de los elementos del patrimonio neto;
posteriormente se atiende a las fuentes de renta y a las
necesidades de gasto; asimismo se presta atención a la
incidencia de las políticas públicas por la vía de las
prestaciones sociales y los impuestos. Después de
establecer el marco presupuestario, se hace hincapié
en su gestión.
3.1. Estructura
La adecuada toma de decisiones por el usuario de
servicios financieros es la meta que se pretende
alcanzar. Todos los contenidos van orientados a
sustentar ese proceso de toma de decisiones. La
secuencia planteada es la siguiente:
i. En primer término se aborda el estudio del
presupuesto familiar y de los condicionantes del
entorno económico.
2. Aspectos básicos para la adopción de decisiones
financieras: instrumentos financieros, características,
variables básicas y fiscalidad: El objeto de este módulo
es establecer el marco general dentro del que se suelen
llevar a cabo las elecciones financieras de las personas
físicas en su vida cotidiana. Para ello se sigue la
siguiente secuencia: necesidades financierasinstrumentos
alternativos-variables
relevantesfiscalidad-criterio de elección-decisión.
ii. Estar en disposición de interpretar correctamente
la información económica y financiera es asimismo
uno de los pilares.
iii. El anterior ha de complementarse con las nociones
básicas para el cálculo financiero.
iv. La identificación de las distintas necesidades
financieras que puede afrontar una persona es una
tarea esencial.
3. La interpretación de la información económicofinanciera: El propósito es clarificar las nociones,
variables, indicadores y ratios esenciales para lograr
una adecuada información económico-financiera.
v. Otra etapa lógica es realizar una aproximación al
sistema financiero, integrado por aquellas entidades
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Para ello es preciso, además, realizar una correcta
interpretación de los datos.
préstamo, así como los elementos asociados que
permiten una valoración global de las diferentes
situaciones que pueden presentarse.
4. Cálculos financieros básicos: En este módulo se
ofrecen los conceptos básicos que permiten
cuantificar y sintetizar las implicaciones económicas
de las decisiones financieras.
A continuación se reseña el contenido de cada uno
de los módulos:
Módulo 0: Introducción
5. El papel y las funciones del sistema financiero: El
papel de conexión entre ahorradores y prestatarios,
las distintas formas de llevarla a término, así como las
funciones y estructura del sistema financiero,
constituyen el contenido de este módulo.
-
6. La utilización de los medios de pago: Este módulo
se centra en el uso del dinero y de medios de pago
alternativos (tarjetas de crédito y débito, canales
electrónicos, dispositivos móviles...) para la
realización de transacciones económicas.
-
7. Depósitos: Aquí se estudian los depósitos, como
fórmula más extendida para la canalización del
ahorro familiar y la prestación de otros servicios
esenciales, sus características, modalidades y forma de
funcionamiento.
Bienvenida.
Objetivos y competencias a adquirir.
Índice de contenidos del curso.
Audiencia a la que va destinado el curso.
Conocimientos previos recomendados.
Duración del curso y carga de trabajo por semana
Lecturas básicas, fuentes de consulta directa y
elementos de apoyo.
Fórmulas de participación e interacción.
Acreditación y sistema de evaluación.
Metodología didáctica.
Equipo docente.
Test de conocimientos previos.
Módulo 1: La gestión del presupuesto familiar
- Etapas del ciclo vital de las personas.
- La utilidad de un presupuesto familiar:
integración sistemática de ingresos y gastos.
- Determinantes y condicionantes de un
presupuesto familiar.
- Cómo elaborar un presupuesto familiar: distintos
enfoques.
- Cómo gestionar un presupuesto familiar.
8. Renta fija: El conocimiento de los títulos de deuda
emitidos
por
administraciones
públicas
o
corporaciones privadas es el objeto de este módulo. Se
abordan las distintas formas de emisión y de
obtención de rendimientos, así como los riesgos
incurridos.
9. Renta variable: Las acciones e instrumentos
asimilados son estudiados en este módulo. Se
exponen sus características, formas de representación,
derechos asociados, valoración y riesgos.
Módulo 2: Aspectos básicos para la adopción de
decisiones financieras: instrumentos financieros,
características, variables básicas, marco jurídico y
fiscalidad
10. Instituciones de inversión colectiva: Los fondos de
inversión, como instrumento más extendido de
institución de inversión colectiva, dan contenido a
este módulo, en el que se expone su funcionalidad, su
operatoria y las formas de obtención de rentabilidad.
- La importancia de una aproximación global a las
operaciones financieras.
- El origen de las necesidades financieras: grandes
categorías de instrumentos financieros.
- El ciclo de un producto financiero.
- Características de los productos financieros:
variables básicas.
- El marco jurídico de los productos financieros.
- Aspectos básicos en la elección de un producto de
ahorro.
- Aspectos básicos en la elección de una operación
de crédito.
- La consideración de la fiscalidad.
- La identificación y la cuantificación de las
entradas y salidas de dinero.
11. Productos de previsión: Se presta atención a los
distintos instrumentos financieros que permiten a las
familias cubrir determinados riesgos personales o
patrimoniales, como los planes de pensiones, planes
de ahorro, seguros de ahorro, seguros de riesgo o la
hipoteca inversa.
12. Préstamos: Este módulo se dedica al análisis de las
decisiones de endeudamiento de las familias. Después
de establecer el marco general para considerar dichas
decisiones, se exponen las distintas modalidades de
Nº 15. 2014
82
eXtoikos
- Criterios de decisión y elección para la adopción
de las decisiones financieras.
Modulo 8: Renta fija
- Concepto.
- Aspectos principales de los instrumentos de renta
fija.
- Rentabilidad.
- Riesgos.
- Fiscalidad.
Módulo 3: La interpretación de la información
económico-financiera
- Conceptos e indicadores básicos relacionados
con:
 La economía nacional.
 La economía familiar.
 Las empresas.
 El sector público.
 El sistema financiero.
 El sector exterior.
Módulo 9: Renta variable
-
- La interpretación de los datos económicos.
Módulo 4: La cuantificación de la información
económico-financiera
Concepto y características.
Valoración.
Rentabilidad.
Riesgos.
Fiscalidad.
Módulo 10: Instituciones de inversión colectiva
- Las ventajas de las instituciones de inversión
colectiva.
- El funcionamiento de los fondos de inversión.
- Rentabilidad.
- Riesgos.
- Fiscalidad.
- Cálculos financieros básicos:
 Las entradas y salidas de dinero y el tiempo.
 La capitalización y el descuento del dinero:
interés simple e interés compuesto.
 El cálculo de la rentabilidad de una inversión.
 El cálculo del coste de un préstamo.
Módulo 11: Productos de previsión
Módulo 5: El papel y las funciones del sistema
financiero
- El papel de los instrumentos financieros para la
cobertura de riesgos.
- Planes de pensiones.
- Seguros.
- Otros productos de previsión.
- Fiscalidad.
- El papel del sistema financiero: la conexión entre
ahorradores y prestatarios.
- Las distintas vías de canalización de los recursos
financieros.
- Las funciones del sistema financiero.
- La estructura del sistema financiero.
Módulo 12: Préstamos
Módulo 6: La utilización de los medios de pago
-
- Las funciones y el uso del dinero.
- Medios de pago alternativos: tarjetas de débito y
de crédito, canales electrónicos, dispositivos
móviles y otros medios.
- Servicios de pago a través de las entidades
bancarias.
- Los documentos mercantiles.
4. Aspectos metodológicos y organizativos
4.1. Principios y criterios orientadores
Módulo 7: Depósitos
-
El análisis de las decisiones de endeudamiento.
Modalidades de préstamos.
Elementos de un préstamo.
La operatoria de un préstamo.
Fiscalidad.
Con independencia de cuál sea el canal que se elija
para llevar a cabo la acción formativa planteada,
estimamos que han de ser varios los criterios
metodológicos inspiradores. Una de las prioridades es
tratar de proporcionar una visión global, coherente y
sistemática. A este respecto, un aforismo de
Montaigne, el gran filósofo francés, adquiere una
extrema importancia: "Es mejor tener una mente bien
Concepto.
Modalidades.
Funcionamiento.
Sistema de garantía de los depósitos.
Fiscalidad.
Nº 15. 2014
83
eXtoikos
ordenada que una mente llena". Si admitimos el símil
de que el sistema financiero es una gran ciudad, antes
de adentrarnos en barrios concretos, es conveniente
que sepamos movernos en metro, localizando la
estación central, las líneas básicas, los principales
enlaces, las zonas de servicios, etcétera. Asimismo, se
considera esencial poner énfasis en la interrelación de
contenidos a fin de superar los compartimentos
estancos. La toma de decisiones razonadas, evitando
incurrir en mecanicismos, es igualmente una premisa
clave. Por último, como sentenció María Zambrano,
no podemos olvidar que "solamente a fuerza de
- Cada módulo recogería referencias específicas y
acotadas seleccionadas dentro de las referencias
incluidas en el apartado de lecturas recomendadas.
- Aun cuando el curso esté estructurado por
módulos, se considera fundamental que se siga una
línea de interrelación de conocimientos.
- Se entiende que debe ser prioritario tratar de
inculcar un enfoque integral para la evaluación de las
distintas elecciones financieras que se puedan
presentar.
errores se toma conciencia del error y se aprende a
pensar".
4.3. Organización de los vídeos
4.2. Metodología didáctica
Se estima oportuno que los vídeos reprodujesen el
entorno de trabajo de un aula, combinando
armónicamente las exposiciones verbales, el uso de
proyecciones e incluso el recurso a las pizarras
tradicionales. Asimismo, se considera útil la
utilización del formato de preguntas formuladas a
expertos o ponentes para abordar cuestiones
relevantes. Con carácter general se juzga conveniente
elaborar una síntesis de contenidos de cada uno de los
módulos mediante una secuencia de esquemas, que
deben servir de referencia para perfilar el sustrato de
las clases.
De acuerdo con la metodología planteada, el curso se
concibe con el siguiente enfoque:
- El curso arrancaría con un módulo cero con la
finalidad de ofrecer una visión de conjunto del curso.
- En cada módulo se ofrecería inicialmente una
visión general de su contenido, a fin de identificar el
objeto de estudio y las grandes cuestiones que se
suscitan. Asimismo, se indicarían algunos problemas
relevantes que guarden relación con el contenido del
módulo respectivo. En definitiva: qué se va a tratar y
qué relevancia tiene.
4.4. Fuentes bibliográficas y de apoyo
- A continuación se procedería a la exposición de
los contenidos básicos, combinando los aspectos
teóricos con ejemplos e ilustraciones prácticas.
Aunque sea imprescindible la transmisión de los
fundamentos teóricos, la idea es primar el
conocimiento de conceptos con vistas a explicar las
situaciones reales, dentro de un esquema de
razonamiento.
Como lecturas pueden indicarse, entre otras, las
siguientes referencias bibliográficas:
- Corral Delgado, S.; Domínguez Martínez, J. M., y
López del Paso, R.: «Análisis comparativo de los
instrumentos
para
la
previsión
social
complementaria: características, tratamiento
fiscal y rentabilidad financiero-fiscal», eXtoikos
(www.extoikos.com), nº 2, 2011.
- A renglón seguido, se plantearían interrogantes o
cuestiones prácticas a analizar con base en los
contenidos expuestos.
- Domínguez Martínez, J. M.: «Educación
financiera
para
jóvenes:
una
visión
introductoria», Instituto de Análisis Económico y
Empresarial, Documento de Trabajo 05/2013,
www.servilab.org/.
- Después de inducir una contextualización de los
problemas planteados, se pasaría a identificar los
conceptos necesarios para poder dar una respuesta.
- Domínguez Martínez, J. M.: «La gestión del
presupuesto familiar: nociones básicas», eXtoikos
(www.extoikos.com), nº 11, 2013.
- Posteriormente, se proporcionaría una respuesta
detallada y razonada a dichos problemas.
- Con carácter complementario, dentro de cada
módulo se incluirían cuestiones de análisis y
razonamiento, así como una batería de preguntas tipo
test multirrespuesta e igualmente actividades y tareas
a realizar.
- Edufinet, «Guía Financiera», Ed. Thomson
Reuters Aranzadi, 5ª edición, 2014.
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- Instituto Econospérides, «Guía Introductoria de
Economía y Finanzas», Ateneo de Málaga,
Málaga, 2012.
4.5. Acreditación y sistema de evaluación
Se considera deseable establecer la posibilidad de
obtención de un certificado de participación y,
adicionalmente, de un certificado de superación. Para
la obtención del certificado de participación sería
necesario haber cubierto las pruebas de evaluación de
todos los módulos, con independencia del resultado
obtenido. Para la obtención del certificado de
superación sería necesario superar las pruebas de
evaluación de los módulos, así como la prueba de
evaluación final integral.
- Instituto Econospérides, «La tributación de las
operaciones financieras: marco tributario,
planificación fiscal y casos prácticos», CISS, grupo
Wolters Kluwer, Valencia, 2013.
Por otro lado, como fuentes de consulta directa
pueden utilizarse:
- Edufiemp, portal de educación financiera para
empresarios
y
emprendedores:
www.edufinet.com.
El módulo introductorio contendría una evaluación
previa de los conocimientos de los participantes, que
permitiría al equipo docente del curso conocer el
nivel inicial de los estudiantes inscritos. Esta
evaluación con carácter de diagnóstico del nivel de
conocimientos de partida no computaría a efectos de
calificación final.
- Edufinet, portal de educación financiera general:
www.edufinet.com.
- Edufinext, portal de educación financiera para
jóvenes: www.edufinet.com.
Las evaluaciones se basarán en una batería de
preguntas tipo test multirrespuesta con cuatro
opciones posibles y solo una válida en cada caso. Las
respuestas correctas se valorarán con 1 punto, las
incorrectas con -0,25, y las no contestadas no
puntuarán. Para superar la evaluación se exigirá
obtener como mínimo un 60% de la puntuación
máxima alcanzable. Los test deberán ser
cumplimentados dentro del plazo estipulado para
cada caso.
Como elementos de apoyo, disponibles en el portal
de internet de Edufinet:
- Glosario de términos financieros.
- Simuladores financieros.
- Relación de cuestiones tipo test con soluciones.
- Relación de preguntas con respuestas razonadas.
Finalmente, se estima conveniente establecer
fórmulas de interacción y participación, tales como
un canal de consultas personalizadas y foros de
discusión sobre temas específicos abiertos para los
participantes en el curso.
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85
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Nº 15. 2014
86
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COYUNTURA ECONÓMICA
Indicadores económicos básicos
Instituto Econospérides
Economía internacional
EE.UU.
Eurozona
2013
2014
2013
2014
Actividad económica
1. PIB a precios de mercado (T.V.Interanual (%))
2. Demanda nacional (aportación al crecimiento. p.p.)
3. Sector exterior (aportación al crecimiento. p.p.)
2,8
2,7
0,1
Mercado laboral
4. Ocupación (T.V.Interanual (%))
5. Tasa de paro (%)
1,9
8,1
1,9
1,9
0,1
0,6
6,6
-0,6
-2,2
1,6
-0,7
11,4
-0,4
-0,9
0,5
-0,5
11,8
Economía
española
Economía
andaluza
2013
2014
2013
2014
-1,6
-4,1
2,5
-1,1
--0,6
-0,5
-2,0
-4,8
2,8
-1,0
-1,7
0,7
-4,5
25,0
-1,2
25,7
-5,3
34,6
-1,3
36,3
Periodo
dato 2014
Fuentes
II Trim.
BdE, INE y
AEEA
Moderación de la caída del PIB, debido a una caída de los
componentes de demanda interna inferior a la esperada,
compensada por el sector exterior
II Trim.
Eurostat e
INE
Caída generalizada del empleo en todos los sectores
Comentario
Precios
2,1
1,5
2,5
1,3
2,4
0,3
2,2
0,4
II Trim.
Eurostat e
INE
Caída de la inflación por la moderación en el crecimiento de los
precios de la energía
7. Balanza de pagos. Saldo comercial (T.V.Interanual (%))
-12,0
-3,5
-69,5
152,2
16,9
-33,6
-31,0
-3,5
II Trim.
Eurostat,
INE e IEA
Continúa la tendencia de corrección del déficit comercial en España
y en Andalucía debido a la ampliación del saldo con la UE
Sector público
8. Superávit (+)/Déficit (-) Total AA.PP. (%s/PIB)
9. Deuda pública (%s/PIB)
-8,9
107,6
-6,5
104,7
-3,7
96,6
-3,5
84,6
-10,6
86,0
-6,8
96,4
-2,1(1)
13,7(1)
-1,6
15,1
Prev.
Prev.
BCE, BdE y
JA
Aumento de la deuda e incumplimiento de los objetivos de déficit
público
--5,85
17,3
-5,3
-3,9
--4,92
14,2
-6,9
-7,5
-----3,8
-3,4
-----5,5
-6,0
II Trim.
Fed, BCE,
BdE y WFE
Contención de la prima de riesgo. Mantenimiento de la tendencia
descendente de los créditos y los depósitos.
6. IPC (T.V.Interanual (%))
Sector exterior
Sector monetario y financiero
10. Tipo de interés de intervención (%)
11. Tipos de interés de mercado (%)(2)
12. Rendimiento de la deuda pública a 10 años. Media (%)
13. Índice General del Mercado de Valores. Valor Cierre (%)(3)
14. Crédito a familias y empresas (T.V.Interanual (%))
15. Depósitos de familias y empresas (T.V.Interanual (%))
0,75
0,34
1,80
13,4
11,3
7,2
0,75
0,27
2,80
10,0
9,8
7,5
0,75
0,55
3,05
12,4
-0,4
4,9
0,50
0,33
3,12
11,9
-0,3
1,8
Notas:
(1)
Correspondiente a la Junta de Andalucía.
(2)
Tipos de interés interbancario a 1 año para EE.UU.; Euríbor a 1 año para la Eurozona.
(3)
Índice S&P 500 para EE.UU.; Índice Eurostoxx 50 para la Eurozona; Índice Ibex-35 para la economía española.
(Fecha actualización: 1.11.2014)
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87
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Nº 15. 2014
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GRÁFICO SELECCIONADO
Evolución de las emisiones de CO2
Rafael López del Paso
Resumen: En esta nota se analiza la evolución de las emisiones de CO2 a escala mundial, tomando como referencia
el periodo 1971-2012, para a continuación mostrar su composición, ateniendo a las grandes áreas económicas y a
sus fuentes en 2012. Palabras clave: Emisiones; CO2; evolución.
Códigos JEL: Q40.
«Hasta que no dejemos de dañar al resto de seres
vivos y a nuestro entorno, seguiremos siendo
salvajes»
27,7% del total, respectivamente. Únicamente una
décima parte atiende a actividades no vinculadas al
consumo de energía.
Thomas Edison
Gráfico 1: Evolución de las emisiones de CO2 a escala
mundial por grandes áreas económicas (Mt). 19712012
D
esde el comienzo del siglo XXI, la sociedad
se viene enfrentando a un proceso
permanente de transición tecnológica que
ha tratado de minimizar el consumo de energía y
abogar por el uso de fuentes que siendo limpias y
sostenibles, garanticen el progreso económico y el
bienestar social.
35.000
Resto de países
Este-Medio
Europa y Asia no OCDE
30.000
25.000
China
20.000
Resto de Asia
América no OCDE
África
15.000
10.000
Aun cuando los avances han sido significativos, a
nadie se le escapa que no se han alcanzado en los
niveles deseados, dados los efectos, más que
constatables, del impacto negativo de las crecientes
emisiones de gases con efecto invernadero –
fundamentalmente de CO2- sobre el equilibrio
climático y ecológico a escala mundial.
OCDE
5.000
OECD
1971
Fuente: Agencia Internacional de la Energía (2014).
Como puede observarse en el grafico 1, desde 1971
hasta 2012, las emisiones de CO2 se han multiplicado
por 2 –mientras que el PIB real lo ha hecho en 1,5,
situándose en torno a los 32.000 millones de
toneladas métricas (Mt) en el último de los años del
intervalo temporal considerado. Atendiendo a su
composición, China se erige como primer emisor
mundial de CO2 -superó a EE.UU. en 2007- al emitir
8.251 Mt, lo que supone el 26% del total mundial. Por
su parte, los países de la OCDE representan un 39%,
mientras que los BRIC contribuyen en un 1/3,
aumentando su participación en 7 puntos
porcentuales desde 1990. La Europa no integrante de
la OCDE emite en torno al 8%, concentrando el resto
de países asiáticos el 11,6%.
Gráfico 2: Emisiones de CO2 a escala mundial por
origen (Mt). 2012
Si atendemos a su origen (gráfico 2), en 2012, un
tercio de las emisiones proceden del desarrollo de
actividades agrarias y de la construcción, mientras
que la industria y el transporte aportan el 29,4% y el
AGENCIA INTERNACIONAL DE LA ENERGÍA
(2014): Key World Energy Statistics.
Usos de no
energía
10,1%
Transporte
27,7%
Agricultura y
construcción
32,8%
Industria
29,4%
Fuente: Agencia Internacional de la Energía (2014).
Referencias bibliográficas
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RADIOGRAFÍA ECONÓMICA
Composición
de las fuentes de energía
Composición de
Rafael López del Paso
Resumen: En esta nota se analiza la evolución del consumo de energía a escala mundial, tomando como referencia
el periodo 1971-2012, diferenciando entre sus diferentes fuentes.
Palabras clave: Energía; fuentes; carbón; petróleo; electricidad; gas natural; energías renovables.
Códigos JEL: Q40.
A
pesar de la incertidumbre existente con
respecto a la sostenibilidad del crecimiento
de
la
economía
mundial
y
su
comportamiento futuro, el consumo energético ha
venido creciendo desde comienzos de la década de los
setenta del pasado siglo a tasas considerables, en la
mayoría de los años considerados por encima del PIB
y a tasas anuales del 5%
Gráfico 1: Evolución del consumo de energía a escala
mundial por grandes áreas económicas (Mt). 19712012
10.000
Otras
8.000
Electricidad
Energías renovables
6.000
Gas natural
Como se puede observar en los gráficos 1 y 2, los
combustibles fósiles continúan teniendo un papel
preponderante, si bien su participación global ha
disminuido ligeramente. En 2012, el carbón y los
productos petrolíferos representaban el 10,1% y el
40,7% del total respectivamente, frente al 13,7% y
48,2% en 1971. Por su parte, el consumo de gas
natural ha elevado su importancia relativa,
representando en torno al 18% en 2012.
4.000
Productos
petrolíferos
2.000
Carbón
1971
Fuente: Agencia Internacional de la Energía (2014).
Gráfico 2: Consumo de energía a escala mundial por
fuente (Mt)
El desarrollo de las infraestructuras eléctricas en los
países menos avanzados, junto con el crecimiento
demográfico registrado durante los últimos 40 años,
unido a las progresivas mejoras en la condiciones de
vida, ha conllevado una mayor demanda de
electricidad, lo que se ha traducido en un incremento
de su importancia en el mix energético. Mientras que,
en 1971, el 9,4% del total de energía consumida
encontraba como fuente la electricidad, en 2012 se
elevaba al 18,1%.
1971
Electricidad
9,4%
Otras
1,6%
Energías
renovables
13,1%
Carbón
13,7%
Gas natural
14,0%
Productos
petrolíferos
48,2%
2012
Finalmente y al contrario de lo esperado, las
energías renovables han registrado un menor
crecimiento, viendo reducida su importancia relativa
en 0,7 p.p., representando en 2012 el 12,4% del total.
Sin embargo es de esperar que su recurso se vea
incrementado en los próximos años, ya que para
cumplir con los requerimientos de la política
energética la mayoría de los países desarrollados
vienen aplicando dos estrategias fundamentales: la
promoción del ahorro y la mejora de la eficiencia
energética, a la que contribuye, en mayor medida, este
tipo de energía.
Energías
renovables
12,4%
Electricidad
18,1%
Otras
3,5%
Carbón
10,1%
Gas natural
18,1%
Productos
petrolíferos
40,7%
Fuente: Agencia Internacional de la Energía (2014).
Referencias bibliográficas
AGENCIA INTERNACIONAL DE LA ENERGÍA
(2014): Key World Energy Statistics.
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91
eXtoikos
Nº 15. 2014
92
eXtoikos
METODOLOGÍA ECONÓMICA APLICADA
La tasa de descuento aplicable a los efectos medioambientales
José M. Domínguez Martínez
Resumen: Esta nota tiene como propósito poner de relieve la trascendencia de la tasa de descuento utilizada para
evaluar las consecuencias de las acciones relacionadas con el medio ambiente. Dicha tasa es crucial como
determinante de un mayor o menor equilibrio intergeneracional. Se expone el fundamento de la aplicación de las
tasas de descuento y se ofrece un ejemplo ilustrativo.
Palabras clave: Tasa de descuento; costes y beneficios; medio ambiente.
Códigos JEL: H43, Q51.
E
Se denomina valor presente (VP) de una cantidad
futura (VF) a la cantidad de dinero que dejaría
indiferente al beneficiario de la misma si le dieran a
elegir entre recibir VP ahora o recibir VF en un
determinado momento en el futuro (T), a una tasa de
descuento anual igual a r (en tanto por uno): VP =
VFT/(1 + r)T (Domínguez, 1987, pág. 36)3. El mismo
procedimiento lo podemos utilizar para actualizar los
costes y los beneficios, o los gastos y los ingresos, que
se derivan de un proyecto de inversión o de alguna
actuación con repercusiones a lo largo del tiempo.
l mismísimo Einstein llegó a señalar que la
fuerza más poderosa de la galaxia es... ¡el
interés compuesto! Bastantes siglos antes, un
matemático árabe mostró cómo un simple grano de
trigo, a través de las casillas de un tablero de ajedrez,
puede llegar a convertirse en una cantidad
extraordinariamente elevada. Un tipo de interés
simple da lugar a un rendimiento fijo a lo largo del
tiempo, en el que el capital se mantiene constante; por
el contrario, un tipo de interés compuesto, al
acumular el rendimiento al capital inicial
sucesivamente, está dotado de una potencia
descomunal para generar cantidades exorbitantes al
cabo del tiempo1.
Así, la evaluación de un proyecto o de una
actuación va a depender crucialmente de la tasa que
se utilice para descontar los flujos futuros. Mientras
más se alejen en el tiempo, los efectos dinerarios
tendrán menor importancia. Su valor caerá mucho si
se emplea un tipo de descuento elevado; caerá, pero
considerablemente menos, si se utiliza una tasa de
descuento reducida. Si esto tiene trascendencia en el
análisis de cualquier proyecto, alcanza una
importancia mayúscula cuando están en juego
aspectos medioambientales.
La utilización del tipo de interés es esencial a la
hora de evaluar, es decir, de juzgar la conveniencia de
llevar a cabo un proyecto de inversión o alguna
actuación, ya sea pública o privada, que conlleva
beneficios y costes a lo largo del tiempo. El
procedimiento del descuento permite expresar la
cuantía de los beneficios y costes con referencia a un
mismo momento, esto es, definir el valor actual o
valor presente (a una fecha dada) de todas las
magnitudes monetarias que corresponden a
diferentes instantes. Como señala Mishan (1971, pág.
48), «para un comparación clara del valor de tales
proyectos resulta realmente necesario reducir todos
esos perfiles de tiempo a una cifra única»2.
Pero antes de entrar a discutir la magnitud de la
tasa de descuento que debe emplearse, debemos
atender a una cuestión fundamental. La utilización de
la técnica del descuento de flujos futuros implica en la
práctica atribuir a estos un carácter puramente
financiero o, al menos, una valoración monetaria
representativa aceptable. Sin embargo, estamos
1
3
Téngase en cuenta que un capital inicial (CI), si se invierte
en un proyecto que genera una tasa de rendimiento anual
acumulativa igual a r, al cabo de n años se transforma en un
capital final (CF), de tal manera que CF = CI x (1 + r)n.
Recíprocamente, si estimamos, por ejemplo, que dentro de
20 años un capital tiene un valor igual a CF, podemos
calcular el valor que tendría hoy atribuyéndole un tipo de
rendimiento o tasa de descuento igual al 5% (0,05 en tanto
por uno): CI = CF20/(1 + 0,05)20.
Los aspectos básicos de la aplicación de los tipos de interés
se exponen en Edufinet (2014, cap. 9). Asimismo, en la
página web de dicho proyecto de educación financiera
(www.edufinet.com).
2
Pueden esgrimirse distintos argumentos por los que
procede atribuir un mayor valor a un importe dinerario
cuanto antes se perciba o haya que asumirlo a lo largo del
tiempo (Domínguez, 1987, págs. 34-35). Para un mayor
detalle puede verse Albi (1976).
Nº 15. 2014
93
eXtoikos
obligados a tener especiales cautelas cuando están
implicados aspectos que conciernen a la calidad del
medio ambiente o a las condiciones de vida de las
personas. Si actuamos mecánicamente, podríamos
llegar a situaciones un tanto absurdas. Como
apuntábamos en un trabajo anterior, en relación con
la valoración de los intangibles (Domínguez, 1987,
pág. 36), «el valorar la vida humana y el aplicar el
descuento a la magnitud monetaria resultante
significa atribuir una menor importancia a las vidas
humanas futuras».
Valor actual (2014) de un importe anual de 1.000.000
de euros en función de la tasa de descuento
1.000.000
0%
900.000
V
A
L
O
R
A
C
T
U
A
L
800.000
700.000
600.000
2%
500.000
400.000
(
€
5%
300.000
2
0
1
4
10%
200.000
20%
)
Las consideraciones anteriores nos empujan a
meternos de lleno en el terreno filosófico: ¿debemos
ponderar por igual el bienestar de las generaciones
actuales, el de los seres humanos de carne y hueso, y
el de las generaciones venideras, de personas que aún
no existen? Podríamos pensar que sí, pero no existe
una posición unánime al respecto. De hecho, los
profesores E. y R. Skidelsky (2012, págs. 150-151)
cuestionan a los «radicales del cambio climático que
se oponen totalmente a descontar el futuro» y
sostienen que «los argumentos ecologistas para la
reducción del crecimiento no se pueden explicar
como respuesta pragmática a datos reales. Delatan
una pasión, una voluntad de creer, para la que los
datos son secundarios... El ecologismo se sostiene
como fe, no como ciencia».
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2016
2015
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0
AÑOS
Fuente: Elaboración propia.
Desde el punto de vista de la equidad
intergeneracional nos enfrentamos a la necesidad de
buscar un equilibrio entre la defensa de los intereses
de las personas que padecen penurias en la
actualidad, para las que el crecimiento económico es
un requisito insoslayable, y los de las próximas
generaciones, que tienen derecho a recibir un hábitat
adecuado. A largo plazo, es de esperar que haya
millones de personas vivas.
Referencias bibliográficas
ALBI IBÁÑEZ, E. (1976): «Introducción a la
Economía del coste-beneficio», Instituto de Estudios
Fiscales, Madrid.
Se trata, en definitiva, de una cuestión sumamente
relevante y controvertida, cuya resolución va mucho
más allá de los estrictos cálculos económicos y, por
supuesto, de las pretensiones que nos hemos trazado
aquí. Al margen simplemente de apuntarla, esta nota
tiene como objeto esencial llamar la atención acerca
de la trascendencia de la magnitud de la tasa de
descuento que se utilice para actualizar flujos futuros.
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, J. M. (1987): «El análisis
coste-beneficio: una visión introductoria», Serie
Notas de Clase Nº 6, Departamento de Hacienda
Pública, Universidad de Málaga.
EDUFINET (2014): «Guía Financiera», 5ª ed.,
Thompson Reuters Aranzadi, Cizur Menor
(Navarra).
A tal efecto, a título ilustrativo, en el gráfico adjunto
se refleja cómo evoluciona en valor actual (referido al
año 2014) un flujo anual constante de un millón de
euros en los 50 años siguientes utilizando diferentes
tasas de descuento anuales: 0%, 2%, 5%, 10% y 20%.
Las distintas curvas (o recta, en el caso de que la tasa
de descuento sea nula) hablan por sí solas.
MISHAN, E. J. (1971): «El ABC del coste-beneficio»,
Lloyds Bank Review; versión española en Foster, E.
(ed.), «Lecturas sobre análisis coste-beneficio»,
Instituto de Estudios Fiscales, Madrid, 1980.
«A largo plazo, todos muertos». Este adagio de
Keynes es uno de los más conocidos e influyentes en
el ámbito de la política económica. Su mensaje cobra
verdadero sentido en un contexto de depresión
económica. En relación con el deterioro del medio
ambiente, casi podría tratarse de una premonición
acerca del futuro del planeta si no se corrigen algunas
tendencias destructivas.
SKIDELSKY, R. y SKIDELSKY, E: (2012): «¿Cuánto
es suficiente?», Crítica, Barcelona.
Nº 15. 2014
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eXtoikos
RAZONAMIENTO ECONÓMICO
¿Es imprescindible la intervención del sector público para
corregir un efecto externo negativo?
José M. Domínguez Martínez
Resumen: En esta nota se plantea el interrogante de si puede lograrse corregir (internalizar) un efecto externo
negativo sin la necesidad de una intervención directa del sector público a través de los instrumentos tradicionales,
como la imposición o la regulación. Después de enmarcar la consideración de los fallos del mercado en la teoría de
la Hacienda Pública, se hace alusión al conocido como Teorema de Coase, que propugna que, si se cumplen
determinadas condiciones, puede corregirse una externalidad negativa sin necesidad de recurrir a la referida
intervención pública.
Palabras clave: Efectos externos; análisis económico; intervención pública; Teorema de Coase.
Códigos JEL: D62, P14.
2. La puesta en cuestión del enfoque tradicional
sobre el papel de los fallos del mercado: el
Teorema de Coase
1. El fallo del mercado como condición necesaria
y suficiente para la intervención económica del
sector público
Como hemos señalado, el fallo del mercado ha sido
considerado tradicionalmente como una condición
necesaria y suficiente para la intervención económica
del sector público. Sin embargo, en las últimas
décadas, al amparo de la teoría de los fallos del sector
público, algunos economistas defienden que el fallo
del mercado es una condición necesaria, pero no
suficiente, para la intervención del sector público. El
argumento radica en que una intervención pública
puede llegar a originar una situación peor que la
derivada del mercado.
Dentro de la doctrina de la Hacienda Pública, la
teoría del gasto público es la encargada de delimitar
en qué circunstancias está justificada la intervención
económica del sector público. En la corriente
principal, se parte de atribuir al Estado un papel
subsidiario respecto al mercado: en la medida en que
éste funcione adecuadamente debe dejarse que actúe
libremente; en caso de que presente deficiencias en su
funcionamiento y/o resultados, queda abierta la vía
para una intervención del sector público con fines
correctores. Según este enfoque tradicional, el fallo de
mercado constituye una condición necesaria y
suficiente para la intervención económica estatal.
Bastante antes, sin embargo, había un economista,
galardonado con el Premio Nobel de la especialidad
en el año 1991, que sostenía que podría prescindirse
de la intervención del sector público aun en el
supuesto de que existiera un fallo del mercado. Ese
longevo economista -activo hasta el último momento
de su vida en su faceta investigadora- no era otro que
Ronald Coase. En un artículo publicado en el año
1960 (Coase, 1960) arguye que, para la solución de los
problemas originados por los efectos externos
negativos, «los cursos de acción sugeridos [la
aplicación de impuestos o medidas regulatorias] son
inapropiados en la medida en que llevan a resultados
que no son necesariamente, ni incluso usualmente,
deseables».
Los efectos externos negativos son uno de los fallos
del mercado más genuinos y, como tales, abren las
puertas para la utilización de medidas públicas
correctoras, a través de impuestos o restricciones
regulatorias.
Algunos casos parecen claros. Por ejemplo, si la
actividad productiva de una empresa origina vertidos
a un río utilizado (o no) por bañistas, parece
justificada la limitación de tales vertidos mediante
una norma pública o la aplicación de un impuesto. La
función de éste es hacer disminuir la demanda de
productos
cuya
obtención
origina
efectos
contaminantes que no se recogen en los precios que
afrontan los consumidores.
En dicho artículo se expone lo que se ha
popularizado como el «Teorema de Coase», a pesar
de que realmente no constituye un teorema y de que
su creador no respaldara tal denominación (Medel y
Domínguez, 1991, pág. 35).
Nº 15. 2014
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eXtoikos
Como incluso reconoce Stiglitz (2000, pág. 217), si
se cumplen determinadas condiciones, los mercados
privados pueden resolver el problema de las
externalidades sin necesidad de intervención pública.
Así, cuando la externalidad se origina como
consecuencia del uso de un recurso natural libre (vg.,
aire, agua...), el «Teorema» viene a decir, en esencia,
que el problema quedará resuelto, desde el punto de
vista de la eficiencia económica, mediante una simple
asignación de los derechos de propiedad sobre el
recurso en cuestión a cualquiera de las partes
implicadas. Siempre que éstas puedan emprender una
negociación sin costes, se alcanzará finalmente una
asignación de recursos socialmente óptima. Este
resultado obedece a que habrá un incentivo a efectuar
intercambios del derecho a la utilización del recurso
en tanto existan ganancias potenciales mutuas
derivadas de tales intercambios.
3. El Teorema de Coase: la ilustración gráfica de
Rosen
El Teorema de Coase puede ser expuesto con base
en el análisis gráfico propuesto por Rosen y Gayer
(2008, pág. 80)1. En el eje horizontal del gráfico
adjunto se representa la producción de una fábrica.
La línea BM refleja los beneficios marginales para la
sociedad correspondientes a los distintos niveles de
producción. Para llevar a cabo esa producción, la
empresa incurre en unos costes marginales privados,
que vienen dados por CMP. Adicionalmente la
actividad productiva origina unos perjuicios a los
pescadores, que vienen dados por DM. Dado que
estos perjuicios no se tienen en cuenta ni por el
productor ni por los consumidores del bien en
cuestión, en ausencia de intervención se alcanzará un
equilibrio privado que vendrá dado por la
intersección de las líneas BM y CMP, lo que llevará a
una cantidad de producción igual a Q1.
La situación puede ilustrarse mediante el conocido
ejemplo de un lago, a cuyas aguas una fábrica vierte
sus residuos, con el consiguiente perjuicio de los
pescadores:
Esta cantidad no es óptima desde el punto de vista
social, ya que no se está prestando ninguna atención a
los perjuicios adicionales representados por DM. Para
determinar la cantidad de producción óptima desde
el punto de vista social deberían tenerse presentes
también dichos costes, con lo que la “curva” de costes
relevantes vendría dada por la suma de CMP y DM
(CMS). De esa manera, la cantidad óptima social sería
inferior a Q1, concretamente Q*.
‐ Si los derechos de propiedad corresponden a la
fábrica, los pescadores estarán dispuestos a pagar
al propietario de la fábrica, para que reduzca su
producción, una suma de dinero que sea igual o
inferior al daño soportado.
‐ Si se otorgan los derechos de propiedad del lago a
los pescadores, éstos podrán impedir la
contaminación. Sin embargo, estarán dispuestos a
aceptar cierta cantidad de contaminación siempre
que a cambio reciban una cantidad de dinero
igual o superior al daño causado por la misma.
La cuestión que se plantea es si es posible alcanzar
esa cantidad óptima desde el punto de vista social sin
ninguna intervención pública. Para ello sería
necesario que se asignaran los derechos de propiedad
del recurso sobre el que se genera el efecto externo, en
este caso, el río (Rosen y Gayer, 2008, págs. 79-80):
‐ En cualquiera de los dos casos se llegaría, tras los
oportunos intercambios, a la misma situación de
equilibrio. Evidentemente, lo que difiere en uno y
otro supuesto son las consecuencias desde el
punto de vista de la distribución de la renta.
‐ Si tales derechos corresponden al fabricante, éste
estará dispuesto a no producir una unidad del
producto siempre que reciba un pago que sea
superior al importe neto que obtiene por su
producción, es decir, la distancia entre BM y
CMP. A su vez, los pescadores estarán dispuestos
a pagar al fabricante para que no produzca una
unidad siempre que el pago requerido sea inferior
al daño marginal causado por su producción
(DM). En tanto que la cantidad que estén
dispuestos a pagar los pescadores exceda del coste
del fabricante por no producir, existe margen
La solución privada al problema de la externalidad
es factible, pero está supeditada a la existencia de unas
condiciones bastante exigentes. Además de las
consecuencias distributivas mencionadas y de la
posible resistencia a la idea de atribuir la propiedad
de recursos naturales a individuos, existen diversos
obstáculos tales como los provocados por los costes
de transacción o la incertidumbre respecto a la
información (Stiglitz, 2000, págs. 222-223). En
cualquier caso, el éxito de la solución privada pasa
por la existencia de muy pocas partes implicadas.
1
Aun cuando en las últimas ediciones del manual de H. S.
Rosen figura T. Gayer como coautor, el análisis gráfico aquí
recogido aparecía ya en las primeras ediciones de dicho
manual.
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para una negociación. Es decir, hace falta que DM
sea mayor que BM – CMP. En Q1, esta última
diferencia es igual a cero, mientras que DM es
mayor que cero.
Referencias bibliográficas
COASE, R. (1960): «The problem of social cost»,
Journal of Law and Economics, 17; versión española
en Gallego Gredilla, J. A. (ed.), «Economía del medio
ambiente», Instituto de Estudios Fiscales, Madrid,
1974.
‐ Si los derechos se asignan a los pescadores, el
fabricante no podría producir sin el permiso
expreso de aquéllos. El fabricante estará dispuesto
a pagar una cantidad por producir siempre que
sea menor que BM – CMP; a su vez, los
pescadores estarán dispuestos a aceptar cierta
contaminación siempre que el pago recibido sea
superior al daño sufrido. Para un nivel de
producción nulo, BM – CMP es mayor que cero,
mientras que DM es igual a cero. Hay, por tanto,
margen para la negociación.
MEDEL CÁMARA, B. y DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ,
J. M. (1991): «Premio Nobel de Economía 1991», en
Domínguez Martínez, J. M., «Caleidoscopio en
blanco y negro», Manca Editorial, Málaga, 2010.
ROSEN, H. S. y GAYER, T. (2008): «Public Finance»,
8ª ed., McGraw-Hill, Boston.
STIGLITZ, J. E. (2000): «Economics of the Public
Sector», Norton, 3ª ed., Nueva York.
En uno y otro caso existen oportunidades para una
negociación que puede beneficiar a ambas partes, lo
que se consigue, en el primer caso, llevando el nivel
de producción desde X1 hasta Q* y, en el segundo, de
0, también a Q*, al óptimo social.
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eXtoikos
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CURIOSIDADES ECONÓMICAS
El impacto económico de los desastres naturales
Nuria Domínguez Enfedaque y José M. Domínguez Martínez
Resumen: En esta nota se efectúan diversas consideraciones acerca de las consecuencias económicas de los
desastres naturales. En particular se presta atención a la durabilidad de los efectos sobre la producción de las zonas
afectadas por dichos eventos. Si bien existen argumentos que avalan la posibilidad de una recuperación rápida, el
peso de la evidencia empírica revela significativas y persistentes disminuciones de la renta per cápita en las regiones
afectadas.
Palabras clave: Desastres naturales; consecuencias económicas; efectos sobre el PIB.
Códigos JEL: Q54.
1. La relevancia económica de los desastres
naturales: una cuestión controvertida
panorama económico en ciernes. Sin embargo, a
pesar de la etiqueta de «ciencia lúgubre» que
acompaña históricamente a la Economía, los
economistas llegan a introducir ciertas dosis de
optimismo. Así, aunque los desastres naturales
ejerzan un efecto disruptivo sobre la producción,
algunos economistas sostienen que es improbable que
dicho efecto persista (The Economist, 2011)1.
En los últimos años hemos asistido atónitos a una
sucesión de fenómenos naturales en distintas partes
del planeta con consecuencias devastadoras en
términos de pérdida de vidas humanas, destrucción
de viviendas e infraestructuras y calamidades para las
poblaciones afectadas. El proceso de deterioro
ambiental, acelerado en las últimas décadas, es un
candidato de oficio como factor explicativo de
muchos de los eventos desencadenados. La fuerza
imprevisible, incontrolable e inconmensurable de la
naturaleza se rebela, aparentemente, contra las
agresiones humanas. El concepto de calentamiento
global antropogénico se refiere precisamente al
cambio climático causado por el género humano. Sin
embargo, sólo la mitad de los estudios realizados para
Estados Unidos encuentra evidencia en tal sentido
acerca del origen de los fenómenos climáticos
observados. Los investigadores llegan a conclusiones
diferentes respecto al mismo evento climático (Le
Comte, 2014, pág. 229).
Ahora bien, como igualmente señala The Economist
(2011), la medida en que un desastre natural reduce el
output a medio plazo depende de una serie de
factores. La localización tiene, lógicamente, una
importancia determinante. No tiene la misma
incidencia productiva una catástrofe que afecte a un
cinturón industrial que otra que se concentre en una
zona sin actividad empresarial. También influye
grandemente el tipo de desastre. Por ejemplo, las
inundaciones pueden tener un efecto positivo ulterior
en la producción agrícola al aumentar la fertilidad del
suelo. A su vez, los terremotos pueden tener una
repercusión escasa sobre el producto interior bruto,
pero, al destruir instalaciones, equipos, carreteras,
redes eléctricas y otras infraestructuras, merman
directamente la capacidad productiva.
Si la controversia está garantizada en el dominio de
las ciencias más consolidadas y de más larga
trayectoria histórica, apenas debe de resultar
sorprendente que no exista consenso en relación con
el impacto económico de los desastres naturales y su
permanencia en el tiempo.
El caso del terremoto que asoló en 1995 la ciudad
japonesa de Kobe ha centrado estudios sobre la
capacidad de recuperación económica tras una
1
No hay que olvidar, sin embargo, como recuerda la OCDE
(2014), que los desastres naturales socavan no sólo el capital
físico sino también la estructura social y cultural de una
región. Por otra parte, conviene tener presente la pérdida de
recaudación tributaria que una catástrofe –natural o
provocada- origina, lo que, a falta de transferencias externas,
limita la capacidad presupuestaria de las administraciones
públicas correspondientes. Al respecto puede verse Chernick
y Haughwout (2006).
2. La recuperación económica tras un desastre
natural: ¿hay razones para el optimismo?
Cuando vemos las imágenes de la desolación
provocada por un desastre natural es difícil no
sentirse impactado y apesadumbrado, y no
experimentar una sensación de pesimismo ante el
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catástrofe de tal magnitud, considerada como el
seísmo más severo que, hasta entonces, había afectado
a una área urbana moderna. El daño al stock de
capital se cuantificó en 100.000 millones de dólares.
Las previsiones formuladas inmediatamente cifraban
en un período no inferior a 10 años el necesario para
la reconstrucción y la recuperación económica.
Sorprendentemente, en marzo de 1996, esto es,
menos de 15 meses después del evento, la industria se
encontraba en un nivel del 98% de su tendencia
previa al fatídico suceso (Horwich, 1997, pág. 2).
evento, que generan significativos e importantes
efectos
acumulativos.
Según
los
citados
investigadores, un ciclón tropical del percentil 90º
reduce la renta per cápita un 7,4% dos décadas
después, deshaciendo 3,7 años de desarrollo3.
En un mundo globalizado, las repercusiones de los
eventos son, con carácter general, cada vez más
«internacionales». Como señala la OCDE (2003, pág.
18), «la creciente interdependencia de las economías y
sociedades en el mundo... implica que los riesgos
emergentes en los países en desarrollo, en los que el
control y los sistemas de alerta temprana son a
menudo inadecuados o inexistentes, pueden
extenderse rápidamente». Hay, además, otro
elemento que puede afectar al nivel de producción
mundial tomando como agregado: la tendencia a la
concentración del output global en países que
afrontan riesgos sustanciales de desastres naturales
(Murray, 2014)4. A la anterior se une la del aumento
observado a lo largo de los últimos 30 años en la
magnitud de las pérdidas anuales provocadas por las
catástrofes naturales, del orden de los 125.000
millones de dólares en 2013 (Clark, 2014a)5.
Horwich (1997, pág. 2) se plantea cómo puede
explicar un economista esa asombrosamente rápida
recuperación económica. Dos son las razones que él
mismo apunta: de un lado, la adaptación de los
sistemas de producción a regímenes más intensivos
en trabajo, ante la merma transitoria del capital; de
otro, el capital físico, aunque el más visible, no es el
recurso dominante en las economías desarrolladas,
sino el capital humano. No es lo mismo tener que
diseñar nuevos modelos productivos que replicar los
ya existentes, sin descartar, sino todo lo contrario, la
oportunidad de adoptar nuevos esquemas de
inversión. De hecho, como pone de manifiesto la
OCDE (2014), el shock provocado por una catástrofe
natural puede actuar como catalizador para alterar
sendas históricas y superar obstáculos inerciales.
Habría que hacer referencia, adicionalmente, a la
incidencia de la vulnerabilidad, que la OCDE (1995,
pág. 7) considera central en la definición de los
desastres2. Por otro lado, la OCDE (2006, pág. 7),
haciendo alusión a la magnitud del terremoto de
Kobe, subraya que «es imposible para el gobierno de
una ciudad, o incluso de una región, gestionar en
solitario una situación semejante».
4. La importancia económica y social de los
seguros
En este contexto, no deja de ser significativo que el
Banco de Inglaterra se haya dirigido a las compañías
3
Como se destaca en The Economist (2014b), una crisis
financiera a gran escala es el desastre de origen humano más
destructivo, con unos efectos equivalentes a los de un ciclón
del percentil 90º.
4
Los riesgos climáticos tienen el potencial de desestabilizar
la seguridad regional, dañar las economías nacionales y
quebrar la cadena de operaciones y de suministros
empresariales (Maplecroft, 2014).
5
La evolución de los costes de las catástrofes no muestra un
perfil lineal, sino con picos que reflejan la gravedad de
algunos eventos. El gráfico representativo de los referidos
costes desde 1970 hasta 2012 dibuja la elevación de
cordilleras con altísimas cotas en los años recientes. Vid. The
Economist (2013). En 2013, los eventos climáticos extremos
estuvieron detrás de 37.000 de los 45.000 millones de dólares
en pérdidas aseguradas relacionadas con desastres (Murray,
2014). La mayor catástrofe humanitaria fue provocada por el
Tifón Haiyan en Filipinas, con 7.500 personas fallecidas y
más de 4 millones sin hogar. Sin embargo, las pérdidas
aseguradas (del orden de 1.400 millones de dólares) fueron
bastante inferiores a las asociadas a las inundaciones en
Alemania y Francia (3.800 millones de dólares) (The
Economist, 2014a). A pesar de lo indicado, según
estimaciones efectuadas por Swiss Re (2014), si se produjera
actualmente un huracán como el registrado en el año 1821
en Estados Unidos, originaría más de 100.000 millones de
dólares en pérdidas de propiedades.
3. El revés de la evidencia empírica
Sin embargo, en un amplio estudio estadístico del
conjunto de los ciclones tropicales ocurridos en el
mundo entre 1950 y 2008, Hsiang y Jina (2014)
encuentran sólida evidencia empírica en el sentido de
que la renta nacional decrece, respecto a la tendencia
subyacente antes del desastre, y no se recupera en 20
años. Se observa la misma pauta en países ricos y
pobres. Las pérdidas de renta provienen de una
pequeña pero persistente minoración de las tasas
anuales de crecimiento en los 15 años siguientes al
2
Por vulnerabilidad se entiende (OCDE, 1995, pág. 8) «la
propensión de una sociedad a experimentar un daño
sustancial por disrupción y víctimas como consecuencia de
un riesgo». Por otro lado, se define la mitigación como el
uso del capital y otros recursos para reducir la
vulnerabilidad (Anderson, 2009).
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eXtoikos
de seguros para valorar el riesgo que el cambio
climático plantea para su solvencia y su cuenta de
resultados (Clark, 2014b)6. La importancia de los
seguros es destacada por Shiller (2012, págs. 119 y
122): «Ninguna póliza de seguros puede devolver la
vida, pero el resto de las tragedias [se puede]
solucionar a través del seguro… la tragedia
fundamental del terremoto haitiano de 2010… fue
que había muy pocos edificios asegurados. Eso
significó no sólo que no hubo compensación por los
daños, sino también que en los años anteriores no
había habido compañías de seguro que supervisaran
las normativas constructivas, una práctica que
ciertamente habría recudido los daños y la pérdida de
vidas».
LE COMTE, D. (2014): «The Weather Extremes of
2012-13. Taking cues from climate change?»,
Encyclopaedia Britannica 2014 Book of the Year.
MAPLECROFT (2014): «Climate
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MURRAY, S. (2014): «The unexpected puts paid to
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THE ECONOMIST (2014a): «Natural disasters», 29
de marzo.
THE ECONOMIST (2014b): «Counting catastrophe’s
costs», 8 de septiembre.
6
Según recoge Clark (2014a), la mayoría de las principales
compañías de seguros estadounidenses están mal preparadas
para afrontar los riesgos del cambio climático.
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LA ECONOMÍA VISTA POR SUS PROTAGONISTAS
Los problemas medioambientales vistos por los ciudadanos
María José Rueda Fernández
E
l IV Informe de Evaluación del Panel Intergubernamental sobre el cambio climático (IPCC) de 2007 disipó
todas las dudas; el cambio climático está aquí, es real y va a seguir estando durante décadas o siglos, como
consecuencia de la acción humana, y va a producir numerosos cambios en el planeta; de hecho, ya los viene
produciendo.
La problemática ambiental hoy día tiene una dimensión global, es decir, involucra a todo el planeta. A lo largo de
los últimos años se vienen observando los impactos del cambio climático, no solo sobre el clima, también sobre el
medioambiente y el ser humano. La realidad actualiza cada vez más los problemas de los recursos naturales y la
contaminación del ambiente.
El agujero de la capa de Ozono es uno de los mayores problemas ambientales a escala mundial, que va creciendo
diariamente por el uso de aerosoles y fertilizantes que permiten que entren más rayos ultravioletas a la Tierra e
impacten directamente en la piel de las personas, ocasionándoles enfermedades.
Una de las causas de los problemas ambientales es el aumento de la población, que trae consigo mayor
contaminación, puesto que son más vidas en el planeta que deben alimentarse y deben buscar algún lugar donde vivir.
La sobrepoblación genera un mayor agotamiento de los recursos renovables y no renovables, más ocupación
territorial, la cual conlleva a una mayor urbanización y menos áreas verdes, mayor tráfico y, obviamente, el total
agotamiento de estos recursos.
La producción de residuos es también uno de los grandes problemas que existen a escala mundial. En la Tierra se
generan residuos, ya sean de carácter sólido, líquido o gaseoso, residuos que se han ido incrementando con las
tecnologías actuales. El progreso tecnológico beneficia a escala económica y social, pero la proliferación de industrias
y la falta de control ambiental en sus procesos han perjudicado el ecosistema por la gran cantidad de residuos
arrojados al aire, ríos y mares. La gestión de estos residuos ya es un problema que, además, se agrava por año.
Otro de los problemas ambientales es el aumento del efecto invernadero, puesto que el uso de los combustibles
fósiles, como el petróleo, el carbón o el gas natural, generan en la actualidad un aumento de los gases de invernadero
que perturban el equilibrio natural al ascender los niveles de contaminación del aire, del suelo y del agua del planeta.
Por ejemplo, la producción de dióxido de carbono es uno de los gases que ha causado el calentamiento global
provocando olas de calor.
Cabe resaltar, que los países industrializados generan más del 80% de la contaminación total. Aunque éstos no son
las únicas causantes del problema, ya que también los automóviles producen óxidos de nitrógeno y azufre que suben a
la atmósfera y se mezclan con el vapor de agua, creando los ácidos (nítrico y sulfúrico) que bajan a la Tierra por
medio de la lluvia, dañando bosques y cultivos, ya que acidifican el suelo, que deja de servir para cultivar y afecta
nuevamente a los seres humanos.
Otra de las causas de la contaminación es la tala indiscriminada en bosques y selvas, que impide que los árboles,
encargados de purificar el aire realicen esta tarea y que miles de animales y plantas se extingan por no tener un lugar
donde vivir y crecer.
Mientras los recursos naturales se van reduciendo, se buscan fórmulas y soluciones para reemplazar dichos
recursos, pero no buscamos soluciones que no nos lleven al agotamiento total de los mismos, como es el caso de la
falta de acceso al agua potable. Todas las personas deberíamos pensar qué será de nuestras vidas y las de las futuras
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generaciones, ante el hecho, ya incuestionable, del agotamiento de los recursos naturales, las extinciones de animales
y, lo peor, las muertes de los seres humanos.
Todos estos efectos y riesgos producirán grandes pérdidas económicas, sociales y medioambientales, incrementando
las desigualdades sociales entre regiones y aumentando la brecha entre ricos y pobres.
Queremos saber qué opinan los ciudadanos sobre esta problemática medioambiental. A continuación se muestra el
detalle de cuatro entrevistas realizadas a profesionales relacionados con el mundo de la consultoría, del
medioambiente y de la comunicación medioambiental: el Director de Servicios de Sostenibilidad en DNV GL –
Iberia, Juan Andrés Salido Villatoro, con años de experiencia en gestión ambiental (huella ecológica, de carbono e
hídrica) y cambio climático; la Directora de Proyectos y Servicios de Forética, Ana Herrero Hernández, especialista en
sistemas de gestión de la RSE y responsable del desarrollo del área de medioambiente de dicha asociación; la
Directora de la Revista Digital Ecoestrategia (www.ecoestrategia.com), Martha Goyeneche Guevara, periodista y
escritora colombo-española y profesional de larga trayectoria en el campo de la información ambiental, tanto en los
medios de comunicación como en organizaciones del sector público y privado; y, por último, el Director General y
Headhunter y la Socia Consultora de Quorum Selección, Juan José López Delgado y Sofía Arbeola Sampedro,
respectivamente, psicólogos especializados en la búsqueda de los perfiles directivos más solicitados actualmente por
las empresas.
Las preguntas formuladas a cada uno de ellos han sido las siguientes:
1.
¿Estamos abocados al calentamiento global?
2.
¿Se debe cambiar el modelo económico?
3.
¿Debería frenarse el crecimiento de las ciudades?
4.
¿Cuál debería ser una actitud ciudadana
responsable?
5.
¿Debemos ir hacia un crecimiento económico
cero?
6.
¿Quién debe ser responsable de la gestión
medioambiental?
7.
¿Qué tipo de energía deberíamos usar?
8.
¿Qué medios de transporte?
9.
¿Qué futuro le aguarda a la humanidad?
10. ¿Cómo cabe valorar las propuestas ecologistas?
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Juan Andrés Salido Villatoro
Director de Servicios de
Sostenibilidad en DNV GL –
Iberia
«Las emisiones de gases de efecto invernadero antropogénicas (causadas por
actividades humanas) han aumentado desde la era preindustrial, impulsado en
gran medida por el crecimiento económico y demográfico, y ahora son más
altos que nunca (medido por los incrementos de las concentraciones
atmosféricas de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso). En términos
estadísticos es muy probable que la acción del hombre esté provocando el
calentamiento global observado desde mediados del siglo XX»
1. Según el último informe de Evaluación del
organismo internacional de Naciones Unidas, Panel
Intergubernamental de Cambio Climático (Climate
Change 2014 – Synthesis Report. Approved summary
por policymakers, 1 Noviembre de 2014), el
calentamiento global es «inequívoco, y desde la
década de los 50, muchos de los cambios observados
no tienen precedentes en las últimas décadas o
milenios; la atmósfera y el océano se han calentado,
las cantidades de nieve y de hielo han disminuido y el
nivel del mar se ha elevado».
porque lo que motiva el crecimiento es la búsqueda
de riqueza y calidad de vida. Lo que hay que hacer es
gestionar de forma sostenible este proceso de que
podríamos llamarlo «urbanización», actuando tanto
la sociedad civil, como los gobiernos o
administraciones públicas así como el mundo
empresarial.
4. Esta prosperidad sostenible se puede lograr
actuando, a modo de ejemplo, sobre movilidad
urbana, preservando el patrimonio natural,
promoviendo el uso responsable de los recursos,
gobernando de forma transparente, etc. Desde el
punto de vista de la sociedad civil algunas ideas
innovadoras relacionadas con la ciudadanía
responsable podrían ser:
2. Las emisiones de gases de efecto invernadero
antropogénicas (causadas por actividades humanas)
han aumentado desde la era preindustrial, impulsado
en gran medida por el crecimiento económico y
demográfico, y ahora son más altos que nunca
(medido por los incrementos de las concentraciones
atmosféricas de dióxido de carbono, metano y óxido
nitroso). En términos estadísticos es muy probable
que la acción del hombre esté provocando el
calentamiento global observado desde mediados del
siglo XX. En una reciente comparecencia del pasado 3
de noviembre de 2014, el Secretario General de la
ONU, Ban Ki-Moon, dijo que «si el mundo mantiene
la misma actitud sobre el cambio climático como lo
ha venido haciendo últimamente (incluyendo el
modelo económico), se perdería la oportunidad de
mantener el aumento de la temperatura por debajo
del objetivo internacional de 2 grados centígrados en
la próxima década». Por tanto, está claro que el
modelo económico tal y como está concebido en la
actualidad debe ser cambiado para lograr salir
victoriosos
ante
los
grandes
desafíos
medioambientales del planeta.
- La creación de plataformas para la interacción entre
distintos grupos de interés tales como emprendedores
e inversores innovadores;
- Animar competiciones ciudadanas en el uso de los
recursos (vecinos compitiendo por reducir sus
consumos energéticos, uso del agua, residuos, etc.); y
- Promover el consumo de productos/servicios social
y medioambientalmente responsables, empezando
con la sensibilización en la etapa escolar.
5. Absolutamente no, lo que se debe es «cambiar las
reglas del juego», es decir, definir nuevas métricas
para medir el crecimiento y la prosperidad. Las
métricas que utilizamos para medir nuestros objetivos
tienen un impacto directo en el método que seguimos
para lograr nuestros objetivos. Una economía que
pretende ser sostenible demanda que sea medida con
otros factores que vayan más allá del consumo,
inversión, etc., que tenga en cuenta otros factores de
bienestar (educación, niveles de pobreza),
medioambientales (uso de recursos naturales,
degradación de ecosistemas), prosperidad, valor
añadido, ética, etc.
3. En 2008 el mundo se convirtió «urbano» de forma
predominante por primera vez en la historia de la
humanidad y esta tendencia va a continuar: se estima
que en 2050 el 70% de la población mundial va a vivir
en zonas urbanas. Este movimiento es imparable
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6. Está claro que esta responsabilidad no puede ni
debe ser tarea de una única persona, ha de ser una
labor compartida por todo tipo de actores o partes
interesadas, ya que en el ámbito de actuación de todos
y cada uno de nosotros tendremos opciones de poner
en práctica esta sensibilidad medioambiental.
Partiendo del principio de corresponsabilidad, en esta
tarea deben participar tanto empresas como
gobernantes y sociedad civil.
9. Las condiciones del entorno natural que nos rodea
establece sus propios límites para la actividad
humana. Necesitamos un funcionamiento estable de
los distintos ecosistemas del planeta (atmósfera,
océanos, bosques, recursos hídricos, biodiversidad y
ciclos bioquímicos y geológicos). En la actualidad, los
científicos observan niveles preocupantes de
contaminación, cambio ecológico y en la demanda de
recursos. El estrés medioambiental es evidente en
multitud de aspectos como la pérdida de especies,
degradación de ecosistemas, acidificación de los
océanos, escasez hídrica, acumulación de carbono,
agotamiento de recursos pesqueros y deforestación.
Los humanos nos hemos convertido en la primera
fuerza dominante en la transformación del planeta
originando un cambio medioambiental; hemos
excedido tres de los nueve límites planetarios: cambio
climático, pérdida de la biodiversidad y alteración del
flujo de nutrientes (nitrógeno y fósforo). Por todo ello
es
básico
actuar
ya
para
equilibrar
medioambientalmente esta nueva Era dominada por
el hombre (Antropocena).
7. Sin lugar a dudas, debemos tender a utilizar cada
vez más, energías limpias y renovables. Buscando el
equilibrio de satisfacer las necesidades energéticas de
los países hay que incentivar la producción de mixes
energéticos sostenibles. En Europa disponemos de
unos objetivos energéticos para lograr un modelo
energético sostenible (compromiso 20/20/20); para
ello se prevé incrementar hasta el 20% la cuota de
renovables en el balance energético, reducir un 20%
las emisiones de efecto invernadero y alcanzar un
20% de ahorro energético. En el caso español, según
el último informe de Red Eléctrica de España, la
demanda energética del periodo enero-septiembre de
2014 fue cubierta en un 44,3% por energías
renovables (19,9% eólica, 16,7% hidráulica, 3,4% solar
fotovoltaica, 2,4% solar térmica, 1,9% térmica
renovable.
10. El trabajo realizado por multitud de
organizaciones ecologistas serias es muy importante
en la búsqueda de este equilibrio, ya que son un muy
cualificado altavoz de las necesidades y problemas del
medioambiente. En la medida en que sean capaces de
llegar a puntos de encuentro con otros poderes como
el empresarial, el gubernamental y el de la propia
sociedad civil, seguro que saldrá reforzado este
compromiso y actitud que todos debemos tener para
preservar el medioambiente. En la actualidad ya hay
muestras de este enfoque colaborativo en
organizaciones como WWF, Greenpeace, PNUMA,
etc., arrojando resultados esperanzadores.
8. En línea con lo anterior, debemos usar medios de
transportes que sean respetuosos con el
medioambiente, buscando la máxima eficiencia
energética, a la par que promoviendo la reducción de
emisiones de CO2. Para ello no debemos actuar sólo
en la tecnología de los medios de transportes, sino
que también cabe plantear qué podemos hacer para
mejorar las infraestructuras utilizadas, nuestros
hábitos de comportamiento, etc.
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Ana Herrero Hernández
Directora de Proyectos y
«La identificación de los grandes retos de la sostenibilidad como el cambio
climático, el cambio demográfico, el agotamiento de recursos y la migración del
campo a la ciudad, entre otros, han de ser aspectos que estén siempre presentes
en la toma de decisiones y gestión del riesgo de empresas, para asegurar un
enfoque integral que garantice la sostenibilidad económica, social y ambiental»
Servicios de Forética
1. Según las voces de los expertos, todo parece indicar
que sí. El Quinto Informe de Evaluación del Grupo
Intergubernamental de expertos en Cambio
Climático de la ONU (IPCC), cuyo documento de
síntesis fue aprobado el pasado día 2 de noviembre de
2014, en Copenhague, pone de manifiesto que el
cambio climático es inequívoco y que sólo con una
reducción drástica de emisiones se podrían evitar
daños irreversibles y limitar su impacto. Según dicho
informe, estaríamos hablando de unas reducciones de
emisiones de GEI sustanciales y sostenidas entre 2010
y 2050, de entre un 40% y un 70% respecto al año
base.
personas, es difícil pensar que puedan hacerse
políticas o procesos que frenen su crecimiento, más
bien se debería llevar a cabo, por un lado, una mejor
planificación de las mismas y, a la vez, invertir en el
desarrollo de otras zonas y otros sectores que permita
lograr un equilibrio demográfico que facilite la
sostenibilidad de los sistemas.
4. Para considerar una actitud responsable en los
hábitos de vida y de consumo individuales, lo
primero es asumir que esa responsabilidad existe.
Como ciudadanos o consumidores es fácil tender a
pensar que la actuación individual no afecta en las
grandes tendencias macro, cuando la realidad es que
las estadísticas y actuaciones globales se componen a
partir de la suma de las pequeñas decisiones
individuales. Asumir esa responsabilidad sería el
punto de partida. A partir de ahí, los ciudadanos
tenemos la opción de incorporar en nuestras
decisiones cotidianas criterios de sostenibilidad que
impacten en las tendencias de consumo. De este
modo, seremos un aliciente más que anime a las
empresas y gobiernos a mantener su mejora continua
en la incorporación de los aspectos sociales y
ambientales en sus procesos productivos así como en
los productos y servicios que ofrecen.
2. En primer lugar, debe darse un cambio de
mentalidad y enfoque de los modelos de negocio,
tanto de los países como de las empresas y también de
los patrones de consumo. Para ello es fundamental la
completa integración de los aspectos sociales y
ambientales en las estrategias y planes de acción de
empresas y gobiernos. La identificación de los
grandes retos de la sostenibilidad como el cambio
climático, el cambio demográfico, el agotamiento de
recursos y la migración del campo a la ciudad, entre
otros, han de ser aspectos que estén siempre presentes
en la toma de decisiones y gestión del riesgo de
empresas, para asegurar un enfoque integral que
garantice la sostenibilidad económica, social y
ambiental.
5. No tenemos posicionamiento concretado al
respecto.
3. Las estadísticas nos indican que en menos de 100
años la proporción de población que vive en ciudades
en relación a la que vive en el entorno rural se
invertirá. Si, en 1950, el 30% de las personas en el
mundo vivían en ciudades, se prevé que en 2050, la
cifra ascienda al 70%. Este crecimiento de población
en entornos urbanos, sin una planificación eficiente
por parte de las administraciones locales y una nueva
forma de entender el funcionamiento de las empresas,
es completamente insostenible. No obstante, si
consideramos que son las ciudades los entornos que
ofrecen mayor número de oportunidades a las
6. La gestión ambiental en empresas suele iniciarse en
un departamento específico que controla y da
seguimiento a los procesos de gestión. No obstante,
este departamento ha de estar en continua
comunicación y relación con los departamentos que
directamente pueden influir en las mejoras o cambios
que conllevarán mejores rendimientos ambientales.
Dicho de otro modo, el departamento de medio
ambiente, en una empresa madura en materia de
gestión ambiental, debería adoptar un rol de
coordinador e inspirador de acciones que en último
término deberían ser lideradas y ejecutadas por los
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distintos departamentos. La alta dirección tendrá la
responsabilidad de hacer realidad la integración de
los aspectos ambientales en la estrategia corporativa,
los departamentos de I+D+i y de marketing serán los
que podrán proponer mejoras en los productos que
los hagan más eficientes en materia ambiental y los
departamentos producción y operaciones serán los
encargados de conseguir tener procesos más
respetuosos con el medio ambiente. Otros
departamentos como RR.HH. y/o comunicación no
podrán quedarse al margen, ya que la sensibilización
y formación tanto interna como externa son vitales
para la consistencia y éxito de las acciones y proyectos
puestos en marcha.
9. Considerando que el futuro es el resultado de
nuestra acciones presentes, me gustaría pensar que
como sociedades, países y empresas seremos capaces
de ajustar las formas de vida, procesos de trabajo y
modelos de consumo, a opciones cada vez más
sostenibles que nos permitan garantizar, como dice la
definición de desarrollo sostenible del Informe
Brundtland de 1987, que se «satisfacen las
necesidades de las generaciones presentes sin
comprometer las posibilidades de las futuras».
10. Las organizaciones ecologistas ponen voz a un
grupo de interés muy relevante para la mayor parte de
empresas y organizaciones de todos los sectores a
nivel mundial, el medio ambiente. Las empresas
cuando inician sus procesos de diálogo y gestión de
sus grupos de interés, acuden a este tipo de
organizaciones para conocer los retos y desafíos del
medio ambiente y construir conjuntamente opciones
más sostenibles. Durante mucho tiempo las
propuestas ecologistas eran las que alertaban a las
empresas de los retos que se avecinaban en materia
ambiental y a día de hoy otro tipo de entidades (de
sectores no tradicionalmente apegados a la defensa
del medio ambiente, como es el sector financiero)
están
también
solicitando
información
y
responsabilidades al respecto a las empresas. Además,
cada vez son más las empresas que invitan como
expertos externos a profesionales de entidades
ecologistas a formar parte de los comités consultivos
de cara al desarrollo de nuevos proyectos y/o
actuaciones que impliquen un impacto ambiental.
7. No tenemos posicionamiento concretado al
respecto.
8. La movilidad sostenible es uno de los temas que
más está siendo abordado en los últimos años cuando
se habla de ciudades sostenibles como parte de la
solución a los problemas de masificación y
contaminación en los entornos urbanos. Por otra
parte, desde el punto de vista de mitigación del
cambio climático, el transporte, como uno de los
principales sectores difusos que emiten GEI, es un
campo de trabajo sobre el que los estados están
trabajando. El pasado mes de octubre de 2014, la
Oficina Española de Cambio Climático presentaba
una «Hoja de Ruta de sectores difusos a 2020», que
establece un plan con 43 medidas de cara a que
España pueda llegar a los objetivos del Paquete de
Clima y Energía de la Unión Europea de 2020. En lo
que respecta al transporte, las acciones van
encaminadas al trasvase modal del vehículo privado a
bicicleta o del vehículo privado a transporte colectivo
ya existente, la renovación de la flota de vehículos o la
conducción eficiente. En cualquier caso hay que tener
en cuenta que la propia estructura de las ciudades y la
tecnología existente determinan en gran medida los
medios de transporte que se pueden utilizar. Dentro
de las ciudades sería deseable tener buenos sistemas
de transporte público y que los gobiernos velaran por
que éstos fueran lo más eficientes posibles,
fomentando la contratación de empresas que
cumplan determinados requisitos de sostenibilidad
ambiental y que ofrezcan soluciones innovadoras. Por
otra parte, las empresas fabricantes del sector
automoción también tienen mucho que aportar a la
solución y/o adaptación a los retos que plantea el
cambio climático y el aumento de la población de las
ciudades, aportando tecnología más eficiente en el
consumo de recursos y que reduzca su contribución
al cambio climático.
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Martha Goyeneche Guevara
Periodista y escritora
«El ciudadano tiene que conocer y entender los problemas ambientales que se
generan en su ciudad y ser consciente de ellos. En este sentido, es importante
que los gobiernos y las organizaciones lleguen a los ciudadanos con campañas
de información y sensibilización. En esa medida, cada persona debería
involucrarse en la solución, aportando desde su entorno con pequeños actos;
utilizar bombillas de bajo consumo, hacer un uso responsable del transporte,
separar las basuras en su casa para optimizar el reciclaje, y consumir productos
de bajo impacto ambiental, entre otras acciones»
1. En mi opinión, ya lo estamos viviendo. Los
fenómenos meteorológicos extremos que registran
diversas regiones del planeta dan fe de ello. Es cierto
que el planeta tiene sus ciclos naturales de cambio
que se han repetido durante millones de años, pero
desde la Revolución Industrial, el hombre ha
acelerado estos cambios.
4. El ciudadano tiene que conocer y entender los
problemas ambientales que se generan en su ciudad y
ser consciente de ellos. En este sentido es importante
que los gobiernos y las organizaciones lleguen a los
ciudadanos con campañas de información y
sensibilización. En esa medida cada persona debería
involucrarse en la solución aportando desde su
entorno con pequeños actos; utilizar bombillas de
bajo consumo, hacer un uso responsable del
transporte, separar las basuras en su casa para
optimizar el reciclaje, y consumir productos de bajo
impacto ambiental, entre otras acciones.
La utilización cada vez mayor de combustibles fósiles
y la emisión de gases contaminantes a la atmósfera,
ha hecho que los procesos naturales se aceleren y que
la Tierra viva un aumento atípico de la temperatura.
Según informes del Grupo Intergubernamental de
Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), en 100
años el planeta podría vivir cambios drásticos en su
estructura geográfica, pues, con el derretimiento de
los casquetes polares y la consecuente subida de los
niveles del mar, podrían desaparecer varias ciudades
costeras.
5. No. El hacer un uso responsable de los recursos
naturales significa crecer pero con sostenibilidad. No
se puede detener el crecimiento económico, el
desarrollo industrial, el avance tecnológico, pues ir
hacia adelante es intrínseco al ser humano. Pretender
parar el crecimiento es un retroceso para la
humanidad, lo que sí es cierto es que se puede crecer
con conciencia, sabiendo lo que hay en juego,
utilizando la tecnología a favor y no en contra.
A pesar de ver un panorama catastrófico, el propio
IPCC cree que existen soluciones, siempre y cuando
haya voluntad política y un compromiso de la
industria y los ciudadanos.
6. La gestión medioambiental debe ser prioridad de
las empresas y la industria que por sí misma se
marque una gestión sostenible. Debe ser
responsabilidad de los gobiernos que son los
encargados de liderar las políticas y la legislación,
debe ser compromiso de los ciudadanos, es decir, de
todos. Todos ocupamos el planeta y cada uno en
relación a sus responsabilidades debe actuar.
2. Es importante que el modelo económico sea
sostenible, que contemple los costes ambientales en
cada proyecto, que utilice tecnologías limpias, que
restituya los daños ecológicos; en última instancia,
que busque un equilibrio social, económico y
ambiental.
3. No tanto frenar el crecimiento de las ciudades, pues
eso depende de su aumento demográfico, que en
ocasiones surge de manera natural, sino hacer un
crecimiento sostenido, equilibrado, estudiado y
planificado viendo todo el entorno. Ofrecer calidad
de vida pero sin comprometer el medio ambiente y el
derecho que tienen las generaciones futuras.
7. Sustituir poco a poco las energías contaminantes
por las energías limpias. Tenemos la capacidad de
generar energía sin la utilización de combustibles
fósiles. La misma naturaleza: el sol, el viento, las olas
nos generan la energía necesaria para suplir todas las
necesidades del planeta.
8. Los que ya se encuentran en el mercado, coches
híbridos, vehículos eléctricos, utilizar en la medida de
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lo posible el transporte público, hacer uso de la
bicicleta, en fin, tratar de combinar las diferentes
alternativas en bien de las ciudades y de sus
habitantes.
10. Afortunadamente han existido desde hace décadas
movimientos ecológicos que advierten sobre la
problemática ambiental, eso ha hecho que los
gobiernos actúen y se tomen medidas legislativas. La
labor de estos grupos y sus propuestas abren los ojos
y nos llevan a entender. En ocasiones piden cambios
extremos que no se puede adaptar de manera radical,
pero sí elaborando planes de transferencia
tecnológica. Lo que sí es cierto, es que gracias a las
voces de alerta que surgieron en los años 60 con
agrupaciones como Greenpeace (Paz verde), se
realizaron la Cumbre de Estocolmo del 72 y la
posterior Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro del
92, donde más de 100 gobiernos se reunieron para
hablar de medio ambiente.
9. Si se trabaja con conciencia por ese mundo
sostenible que deseamos, el futuro puede ser
prometedor. De todas formas ya hay cambios a los
que debemos adaptarnos porque son irreversibles. El
ser humano en su afán por sobrevivir realizará por
fuerza la conversión industrial. No todas las regiones
del planeta irán al mismo ritmo. Pero también puede
ser catastrófico si seguimos pasando por alto que el
planeta necesita un cambio radical en su gestión hacia
el desarrollo.
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eXtoikos
Juan José López Delgado y Sofía
Arbeola Sampedro, Socio director
y Headhunter y Socia Consultora
de QUORUM SELECCIÓN
«Debemos formular un modelo económico sostenible y perdurable,
sólido y potente. Partiremos de un modelo negativo pero lo
superaremos si se apuesta a largo plazo, pero este plazo parece que no
contenta a nadie, todo el mundo piensa en el corto y, así nos va»
1. Creemos que sí, porque las políticas que
actualmente están en marcha han llegado tarde y aún
son muchas más la que habría que implementar.
2. Pensamos que sí, que habría que identificar cuáles
son las fortalezas y debilidades de nuestro entorno, y
con base en ello, actuar en consecuencia. Para ello,
haría falta un gran pacto global desde todas los
ámbitos y esferas, con un compromiso firme y sólido,
ajenos a cualquier influencia de otro tipo.
3. Creemos que el crecimiento de las ciudades viene
dado como consecuencia de una serie de factores que
se habrían de analizar a fondo. Más que frenar, lo que
habría que hacer es potenciar una economía rural
profesionalizada, lo que haría aumentar el
crecimiento en nuestros pueblos, que no es lo mismo.
4. Aquella que parta de los principios morales y éticos
de cada uno. Debemos rescatar el valor de la
conciencia individual para que la suma de las partes
repercuta en el todo. La sociedad es la suma de los
ciudadanos.
6. Absolutamente todos los que conformamos la
sociedad, cada uno desde el papel que ocupa en ella.
Por ello, es de vital importancia que los dirigentes,
cuyas acciones son más relevantes e influyentes
inicien por abanderarlo.
7. No somos expertos en la materia. Habría que
preguntarles a ellos, pero debe ser respetuosa con
nuestro medio.
8. Al igual que en la respuesta anterior, los que sean
respetuosos con nuestro medio.
9. Si no se establecen criterios serios de gestión al
respecto, no somos muy optimistas. Pensamos que
vamos a peor.
10. Con seriedad y rigor siempre que estén
sólidamente apoyadas en estudios de viabilidad y
rentabilidad.
5. No. Debemos formular un modelo económico
sostenible y perdurable, sólido y potente. Partiremos
de un modelo negativo pero lo superaremos si se
apuesta a largo plazo, pero este plazo parece que no
contenta a nadie, todo el mundo piensa en el corto y,
así nos va.
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REGULACIÓN
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Principales hitos normativos del tercer trimestre de 2014
Mercedes Morera Villar
E
l impulso de la actividad económica,
especialmente en lo que se refiere a la
internacionalización de la economía española
y el apoyo a las pequeñas y medianas empresas y a la
mejora de los mecanismos para hacerlas más viables y
evitar su desaparición, así como el saneamiento del
sector público, son los motores que fundamentan la
normativa económico-financiera de mayor relevancia
aprobada en este tercer trimestre de 2014, y que se
resume a continuación.
el establecimiento de un procedimiento unificado
con una sola autoridad administrativa a la que
dirigirse.
De otro lado, se limitan las tasas de intercambio
para operaciones de pago basadas en tarjeta:
1. Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de
aprobación de medidas urgentes para el
crecimiento, la competitividad y la eficiencia –
Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) de 5 de julio de
2014 –. Corrección de errores publicada en el B.O.E.
de 10 de julio del citado año, y convalidada por el
Congreso de los Diputados mediante resolución de la
misma fecha, según B.O.E. de 19 de julio.
‐
En operaciones con tarjetas de débito, se
limita la tasa de intercambio al 0,2% del
valor de la operación, con un máximo de 7
céntimos de euro. En el caso de operaciones
con valor inferior a 20 euros, la tasa de
intercambio no podrá exceder del 0,1% del
valor de la operación.
‐
En operaciones con tarjetas de crédito, se
limita la tasa de intercambio al 0,3% del
valor de la operación. En el caso de
operaciones con valor inferior a 20 euros, la
tasa de intercambio no podrá exceder del
0,2% del valor de la operación.
Las distintas y variadas medidas contenidas en esta
norma pueden catalogarse como sigue:
Finalmente, se prohíbe expresamente a las
empresas beneficiarias del pago la repercusión de
gastos adicionales al ordenante. Estas limitaciones
tendrán efectos desde el 1 de septiembre de 2014.
A. Medidas en materia de financiación de la
actividad económica.
Entre ellas destacan especialmente la creación de un
Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior
de la Pequeña y Mediana Empresa, así como un
Programa de Garantías ICO para favorecer la
financiación e internacionalización de las empresas
españolas, tanto en cuanto a la captación de fondos
como de obtención de avales y garantías necesarias;
asimismo, la regulación técnica de determinados
aspectos relativos a la próxima amortización de los
préstamos formalizados por las Administraciones
Locales con el Fondo para la Financiación del Pago
a Proveedores.
C. Medidas para favorecer la empleabilidad y la
ocupación.
Principalmente destaca la implantación del
Sistema Nacional de Garantía Juvenil, concebido
con la finalidad de que el colectivo de jóvenes no
ocupados ni integrados en los sistemas de
educación o formación, y que sean mayores de 16
años y menores de 25 (o 30 en el caso de
determinado grado de discapacidad), puedan
gozar de ofertas de empleo, educación continua,
formación de aprendiz o período de prácticas tras
acabar la educación formar y quedar
desempleadas. Para ello se fijan medidas tales
como:
B. Medidas de impulso a la actividad económica.
Entre otros aspectos, se profundiza en la
liberalización del comercio minorista, ampliando
las zonas con libertad de horarios, y en la
simplificación de los procedimientos asociados al
mismo, partiendo de la regla general de no
necesaria autorización comercial (sustituida por
declaración responsable o comunicación previa) y
‐
El establecimiento de una bonificación de
300 euros en las aportaciones empresariales
a la Seguridad Social, durante un plazo
máximo de 6 meses, en la contratación
indefinida de personas pertenecientes a este
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113
eXtoikos
colectivo. Además, esta medida será
compatible con la “tarifa plana” de
contribución a la Seguridad Social.
‐
(iii) Establecimiento de un tipo reducido de
retención del 15% para profesionales,
cuando, en el ejercicio anterior, sus
rendimientos íntegros hayan sido
inferiores a 15.000 euros, siempre y
cuando los mismos representen más del
75% de la suma de sus rendimientos
íntegros de actividades económicas y del
trabajo.
Intensificación de las medidas para el
fomento del uso de contratos formativos,
mediante bonificaciones en las cuotas de la
Seguridad Social no sólo en la fase de
contratación sino también en relación a la
formación de estos trabajadores.
‐
En otro orden de cosas, se modifican
determinados aspectos asociados a las Empresas
de Trabajo Temporal, ampliando, por ejemplo,
su objeto social, para favorecer la colocación de
trabajadores, y las agencias de colocación; y se
redefine el marco de la cartera común de
servicios del Sistema Nacional de Empleo y sus
políticas activas de empleo.
D. Medidas fiscales.
‐
Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas:
Impuesto sobre los Depósitos en las
Entidades de Crédito. Se establece una
normativa estatal al respecto, disponiendo
que, a partir del 1 de enero de 2014, el tipo
de gravamen será del 0,03%. La recaudación
obtenida por este concepto se repartirá
entre las Comunidades Autónomas en
función de donde radique la sede central o
las sucursales de los contribuyentes en las
que se mantengan los fondos de terceros
gravados.
E. Otras medidas:
(i) Quedan exentas de pago las ganancias
patrimoniales que se pongan de
manifiesto como consecuencia de la
dación en pago o de un procedimiento de
ejecución hipotecaria que afecte a la
vivienda habitual del contribuyente,
siempre y cuando el propietario de la
vivienda habitual no disponga de otros
bienes o derechos suficientes para
satisfacer la totalidad de la deuda y evitar
la enajenación de la vivienda (similar
exención se aplicará en tales supuestos,
con efectos a partir del 1 de enero de
2014, en relación al Impuesto sobre el
Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana).
‐
Modificaciones en sede aérea y portuaria.
‐
Medidas de carácter energético.
‐
Atribución de las funciones y competencias
del Registro Civil a los Registradores de lo
Mercantil.
Entrada en vigor: 5 de julio de 2014, con
determinadas salvedades y especificidades en
cuanto a ciertas medidas.
2. Real Decreto 579/2014, de 4 de julio, por el que
se desarrollan determinados aspectos de la Ley
14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los
emprendedores y su internacionalización, en
materia
de
cédulas
y
bonos
de
internacionalización – B.O.E. de 16 de julio de
2014–.
(ii) Desde el 1 de enero de 2014, se autoriza
la compensación de las rentas negativas
de la base imponible del ahorro derivadas
de
deuda
subordinada
o
de
participaciones preferentes, o de valores
recibidos a cambio de estos instrumentos,
generados con anterioridad al 1 de enero
de 2015, con otras rentas positivas
incluidas en la base imponible del ahorro,
o en la base general procedentes de la
transmisión de elementos patrimoniales.
A través de este Real Decreto, se sienta el desarrollo
normativo necesario en cuanto a las cédulas y bonos
de internacionalización, regulando, tanto la
normativa que debe regir sus emisiones (información
a contener, límites máximos, etc.), como las
operaciones sobre los mismos en el mercado
secundario y las correspondientes funciones
supervisoras de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores y el Banco de España.
Entrada en vigor: 17 de julio de 2014.
Nº 15. 2014
114
eXtoikos
3. Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el
que se desarrolla la metodología de cálculo del
período medio de pago a proveedores de las
Administraciones Públicas y las condiciones y el
procedimiento de retención de recursos de los
regímenes de financiación, previstos en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera –
B.O.E. de 30 de julio de 2014 –.
Entrada en vigor: 31 de julio de 2014.
5. Circular del Banco de España 3/2014, de 30 de
julio, a las entidades de crédito y sociedades y
servicios de tasación homologados, por la que se
establecen
medidas
para
fomentar
la
independencia de la actividad de tasación
mediante la modificación de las Circulares 7/2010,
3/1998 y 4/2004, y se ejercitan opciones
regulatorias en relación con la deducción de
activos intangibles mediante la modificación de la
Circular 2/2014 – B.O.E. de 31 de julio de 2014 –.
Corrección de errores publicada en el B.O.E. de 12 de
septiembre del citado año.
Como su propio título indica, dos son los objetivos
reguladores de este cuerpo legal. Por un lado,
establecer el método de cálculo del período medio de
pago a proveedores de las Administraciones Públicas,
entendiendo como tal la medición del retraso en el
pago de la deuda comercial en términos económicos.
De esta forma, el citado valor podrá resultar negativo,
en caso de que la Administración Pública pagadora
haga frente a sus deudas con antelación al transcurso
de 30 días naturales desde la presentación de las
facturas o certificaciones de obra. El período medio
de pago cobra especial importancia en la medida en
que resulta de obligada publicidad para las
Administraciones Públicas de acuerdo a sus deberes
de transparencia. De otro lado, este Real Decreto
aborda el desarrollo de las condiciones y el
procedimiento a seguir para que la Administración
General del Estado pueda hacer uso de su facultad
para retener recursos de los regímenes de
financiación de otras Administraciones Públicas, para
su pago directo a los proveedores pendientes de
cobro, en caso de que éstas incumplan de forma
reiterada el plazo máximo de pago de sus
obligaciones.
Esta norma viene a reforzar la independencia
exigida a las sociedades y servicios de tasación al
realizar sus labores, especialmente en aquellos
servicios propios de las entidades financieras o en
aquellas sociedades donde exista un porcentaje de
participación especial en el accionariado de entidades
de crédito. Entre otras medidas, se amplía la
información que estas mercantiles deberán
suministrar al Banco de España, imponiéndose la
elaboración de un reglamento interno de conducta
específicamente diseñado con el propósito de velar
por la independencia de los trabajos de tasación y
evitar conflictos de interés, y se incorpora la
presentación de un informe anual de la comisión
técnica encargada de vigilar el cumplimiento de las
normas y criterios de independencia.
Finalmente, entre otros aspectos contemplados por
la Circular analizada, se incluyen mejoras técnicas y
de información en relación a los supuestos de
concesión de préstamos en moneda extranjera, así
como modificaciones en materia de deducción de
activos intangibles.
Entrada en vigor: 31 de julio de 2014.
4. Real Decreto 636/2014, de 25 de julio, por el
que se crea la Central de Información económicofinanciera de las Administraciones Públicas y se
regula la remisión de información por el Banco de
España y las entidades financieras al Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas – B.O.E. de
30 de julio de 2014 –.
Entrada en vigor: 31 de julio de 2014, si bien las
nuevas obligaciones de información en cuanto a los
servicios y sociedades de tasación no resultará
aplicable hasta el 1 de noviembre de 2014.
6. Real Decreto 681/2014, de 1 de agosto, por el
que se modifica el Reglamento de planes y fondos
de pensiones, aprobado por Real Decreto
304/2004, de 20 de febrero, el Reglamento sobre la
instrumentación de los compromisos por
pensiones de las empresas con los trabajadores y
beneficiarios, aprobado por Real Decreto
1588/1999, de 15 de octubre, el Reglamento de
Ordenación y Supervisión de los Seguros
Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998,
de 20 de noviembre, y el Real Decreto 764/2010,
En cumplimiento de las obligaciones de
transparencia a las que están sujetas las
Administraciones Públicas, y en aras a que la
información a suministrar se encuentre ordenada,
sistematizada y sea fácil de revisión, búsqueda o
comprensión, se crea una Central de Información
económico-financiera de las Administraciones
Públicas, disponible a través de la web del Ministerio
de Hacienda y Administraciones Públicas.
Nº 15. 2014
115
eXtoikos
de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley
26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y
reaseguros privados en materia de información
estadístico-contable y del negocio, y de
competencia profesional. – B.O.E. de 2 de agosto de
2014 –.
Entrada en vigor: 3 de agosto de 2014.
7. Real Decreto-Ley 11/2014, de 5 de septiembre,
de medidas urgente en materia concursal – B.O.E.
de 6 de septiembre de 2014 –. Convalidado por el
Congreso de los Diputados mediante resolución de
fecha 25 de septiembre de 2014, según B.O.E. de 2 de
octubre.
Diversas y variadas son las modificaciones
introducidas por este Real Decreto, si bien muchas de
ellas traen causa en la necesidad de modificar la
normativa aludida para su adaptación a cambios
legales ya producidos con anterioridad en las leyes
oportunas pero no incluidas en sus reglamentos de
desarrollo. Entre las modificaciones acometidas
reseñar:
Las principales modificaciones de esta norma
pueden resumirse como sigue:
‐
Modificaciones en sede de convenio:
(i) Variaciones en la valoración de las
garantías sobre las que recae el privilegio
especial, diferenciando el derecho
principal (sobre el que recae el privilegio)
del derecho accesorio, que se valorará
según su naturaleza. De otro lado, para
obtener el valor real de la garantía habrá
que deducir, del valor razonable del bien
sobre el que ésta recae, el importe de los
créditos pendientes que gocen de garantía
preferente. Dicho valor razonable deberá
reducirse, además, en un 10% (importe
establecido por entender que de hacerse
efectiva la garantía la ejecución del bien o
derecho habría conllevado unos gastos y
costes en una cantidad similar).
‐ Adaptación de distintas normas para dotar de
efectividad a la Sentencia del Tribunal de Justicia
de la Unión Europea de 1 de marzo de 2011 en el
asunto C 236/09, denominado «Test-Achats». En
virtud de la misma, y como bien se encarga de
matizar la Exposición de Motivos de la norma
analizada, ya no podrán existir, en las pensiones y
seguros privados, voluntarios y separados del
ámbito laboral, diferencias proporcionadas de las
primas y prestaciones de las personas
consideradas individualmente, en los casos en los
que la consideración del sexo constituya un factor
determinante en la evaluación del riesgo a partir
de datos actuariales y estadísticos pertinentes y
exactos.
(ii) Ampliación de los supuestos en los que
se considera a una persona especialmente
vinculada con el concursado.
‐ Se revisan y actualizan las obligaciones de
información en la comercialización de planes de
pensiones individuales, desarrollándose el
documento con las obligaciones principales para
el partícipe que la entidad gestora y los
comercializadores deben facilitar, basándose en
los principios de claridad y transparencia.
(iii) Establecimiento de cuatro «clases de
acreedores»: acreedores de derecho
laboral, acreedores públicos, acreedores
financieros y resto de acreedores.
(iv) En cuanto a acuerdos que, tras la
declaración de concurso, sigan sujetos a
sindicación, se establece la máxima de que
los acreedores votan a favor del convenio
cuando voten a su favor los que
representen al menos el 75% del pasivo
afectado por el acuerdo en régimen de
sindicación, salvo que las normas que
regulan la sindicación establezcan una
mayoría inferior. Esta previsión se
aplicará igualmente para el cómputo de
las mayorías necesarias para la
aprobación del convenio y para la
extensión de sus efectos a acreedores no
participantes o disidentes.
‐ En sede de inversiones se clarifican determinados
aspectos en cuanto a las condiciones de aptitud
exigidas a los activos, así como a los límites de
inversión aplicables. Por otro lado, se produce el
desarrollo del contenido de la declaración
comprensiva de los principios de la política de
inversión en los fondos de pensiones,
introduciendo nuevos criterios (la ética, al
responsabilidad medioambiental…) coherentes
con los cambios sociales.
‐ Desarrollo y clarificación de las funciones,
cometidos y modificación del régimen de
retribución de las entidades gestora y depositaria.
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116
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‐
(v) Se facilita la cesión en pago de bienes
con determinadas cautelas tendentes a
evitar fraudes.
(vi) Ampliación del quórum de la Junta de
Acreedores, otorgando derecho de voto a
nuevos acreedores que hasta ahora no
gozaban del mismo, en particular, ahora
quedan incluidos todos aquellos que
hubiesen adquirido sus derechos de
crédito con posterioridad a la declaración
de concurso, salvo que sean personas con
una especial vinculación con el
concursado.
Entrada en vigor: 6 de septiembre de 2014.
8. Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de
racionalización del Sector Público y otras medidas
de reforma administrativa – B.O.E. de 17 de
septiembre de 2014 –.
(vii) Se modifica el régimen de mayorías
para facilitar la adopción de acuerdos y la
aceptación de propuestas de convenio, y
se amplían los supuestos de arrastre de
acreedores disidentes, si bien con
especiales protecciones, en particular
respecto al arrastre de acreedores con
privilegio especial o general, donde se
establecen votaciones en función de las
nuevas clases de acreedores antes
mencionadas.
‐
Establecimiento de un régimen especial
para supuestos de concurso de empresas
concesionarias de obras públicas o
concesionarias de servicios públicos con el
objetivo de asegurar la prestación y
continuidad de los referidos servicios. Entre
las medidas adoptadas se incluye la posible
acumulación de procesos concursales, así
como la adecuación de las normas
concursales a la normativa administrativa
aplicable a este tipo de empresas.
La Ley viene a abordar dos ejes fundamentales. En
primer lugar, modificaciones legales necesarias para
la reordenación de organismos públicos en base a
criterios de eficiencia y reducción de duplicidades y
del gasto público. En segundo término, introduce
cambios en la normativa básica para fomentar la
reducción de las trabas burocráticas, la simplificación
de procedimientos entre la Administración y los
ciudadanos y empresas, y el impulso de la
Administración electrónica.
Modificaciones en cuanto a la liquidación
para favorecer la continuidad de la
actividad
empresarial,
especialmente
mediante la venta del conjunto del
establecimiento y explotaciones del
concursado o de cualesquiera unidades
productivas del mismo:
Entrada en vigor: 18 de septiembre de 2014.
Por lo que concierne a un ámbito geográficamente
más delimitado como el andaluz, la normativa
económico-financiera aprobada en este tercer
trimestre de 2014 no es otra que el Decreto-Ley
9/2014, de 15 de julio, por el que se aprueba el
programa «Empleo@30+» (Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía –B.O.J.A.– de 21 de julio de 2014,
convalidado por el Parlamento Andaluz mediante
resolución de fecha 24 de julio de 2014, publicada en
el B.O.J.A. de 31 de dicho mes y año, y corrección de
errores publicada en el B.OJ.A. de 24 de julio).
Entrada en vigor, 22 de julio de 2014.
(i) Subrogación ipso iure del adquirente en
los contratos y licencias administrativas
de las que fuera titular el concursado.
(ii) Introducción de mecanismos de
exención de responsabilidad para el
adquirente de deudas previas.
(iii) Posibilidad de que el Juez retenga un
10% de la masa activa para destinarlo a
satisfacer futuras impugnaciones.
A través de esta norma se ponen en marcha ayudas
para dos iniciativas con el objetivo de reducir el
desempleo entre la población de 30 o más años,
priorizando la contratación en función del tiempo de
permanencia en situación de desempleo y la especial
vulnerabilidad
del
desempleado:
iniciativa
Cooperación Social y Comunitaria para el impulso
del empleo 30+, e iniciativa de Proyectos de Interés
General y Social generadores de empleo.
(iv) Creación, en el plazo de 6 meses, de un
portal de acceso telemático en el «Boletín
Oficial del Estado» en el que figurarán las
empresas que se encuentren en
liquidación y toda la información
necesaria para facilitar su enajenación.
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117
eXtoikos
En la primera de ellas, serán los Ayuntamientos
andaluces los encargados de contratar, por plazo de 6
meses, a los desempleados de 30 o más años, con el
objetivo de que estos adquieran competencias
profesionales mientras desarrollan proyectos de
cooperación social y comunitaria. Por su parte, la
iniciativa de Proyectos de Interés General y Social
generadores de empleo tiene como empleadores a
entidades sin ánimo de lucro privadas.
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Disposición
1. Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la
eficiencia
Ámbito
Estatal
Materia
-Economía
-Fiscalidad
-Empleo
-Seguridad Social
Palabras Clave
-Financiación
-Empresa
-Comercio minorista
-Tasas de intercambio operaciones con
tarjeta
-Sistema Nacional de Garantía Juvenil
-Empleabilidad y ocupación
-IRPF, Impuesto sobre depósitos en
entidades de crédito
-Cédulas
y
bonos
de
internacionalización
-Mercado secundario
-CNMV
-Banco de España
-Período medio de pago
-Deuda Administraciones Públicas
2. Real Decreto 579/2014, de 4 de julio, por el que se desarrollan
determinados aspectos de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de
apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en materia
de cédulas y bonos de internacionalización
Estatal
-Economía
3. Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla
la metodología de cálculo del período medio de pago a
proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y
el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de
financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
4. Real Decreto 636/2014, de 25 de julio, por el que se crea la
Central de Información económico-financiera de las
Administraciones Públicas y se regula la remisión de información
por el Banco de España y las entidades financieras al Ministerio
de Hacienda y Administraciones Públicas
5. Circular del Banco de España 3/2014, de 30 de julio, a las
entidades de crédito y sociedades y servicios de tasación
homologados, por la que se establecen medidas para fomentar la
independencia de la actividad de tasación mediante la
modificación de las Circulares 7/2010, 3/1998 y 4/2004, y se
ejercitan opciones regulatorias en relación con la deducción de
activos intangibles mediante la modificación de la Circular
2/2014
6. Real Decreto 681/2014, de 1 de agosto, por el que se modifica
el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por
Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, el Reglamento sobre la
instrumentación de los compromisos por pensiones de las
empresas con los trabajadores y beneficiarios, aprobado por Real
Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, el Reglamento de
Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por
Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y el Real Decreto
764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006,
Estatal
-Economía
-Administraciones Públicas
Estatal
-Economía
-Administraciones Públicas
Estatal
-Economía
-Sector inmobiliario
-Sector bancario
Estatal
-Economía
-Central de Información económicofinanciera de las Administraciones
Públicas
-Deuda Administraciones Públicas
-Transparencia información pública
-Sociedades y servicios de tasación
-Tasaciones inmobiliarias
-Préstamos en moneda extranjera
-Planes y fondos de pensiones
-Seguros
-Igualdad de género
Contenido básico
-Medidas apoyo internacionalización empresas: Fondo para
Operaciones de Inversión en el Exterior de las PYMES y Programa de
Garantías ICO para la internacionalización.
-Medidas de impulso a la actividad económica: mayor liberalización
comercio minorista y limitación tasas de intercambio en operaciones
con tarjeta
-Empleabilidad y ocupación: creación Sistema Nacional de Garantía
Juvenil, fomento del contrato en prácticas y el formativo.
-Modificaciones fiscales: creación Impuesto estatal sobre depósitos en
entidades de crédito, medidas en el IRPF en materia de daciones en
pago por ejecuciones hipotecarias y de compensación de bases
imponibles negativas en caso de deuda subordinada, participaciones
preferentes o instrumentos similares.
-Otras medidas: funciones del Registro Civil traspasadas a los
Registradores de la Propiedad, medias de carácter energético, aéreo y
portuario
Normativa sobre emisión de cédulas y bonos de internacionalización y
supervisión de estos instrumentos
-Establecimiento del método de cálculo del período medio de pago a
proveedores de las Administraciones Públicas.
-Determinación del procedimiento para que la Administración General
del Estado retenga recursos de otras Administraciones Públicas para el
pago directo a los proveedores pendientes de cobro.
Creación de la Central de Información económico-financiera de las
Administraciones Públicas como portal integrado en el que se contenga
toda la información que los organismos afectados hayan de poner a
disposición de los ciudadanos en cumplimiento de sus obligaciones de
transparencia
-Refuerzo de la independencia de las sociedades y servicios de tasación:
mayor información al Banco de España, elaboración de un reglamento
interno de conducta y presentación de un informe anual por los
responsables del cumplimiento de las normas y deberes de
transparencia en esta materia
-Mejoras técnicas y de información en la concesión de préstamos en
moneda extranjera
-Modificaciones en cuanto a la deducción de activos intangibles
- Adaptación de distintas normas para dotar de efectividad a la
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 1 de marzo
de 2011 en la que se prohíbe la discriminación por razón del sexo en
materia de determinadas pensiones y seguros
-Mejora de las obligaciones de información en la comercialización de
planes de pensiones individuales
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de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en
materia de información estadístico-contable y del negocio, y de
competencia profesional.
-Clarificación de determinados aspectos en cuanto a las condiciones de
aptitud exigidas a los activos de inversión así como a los límites de
inversión aplicables
-Desarrollo y nueva determinación de las funciones, cometidos y
modificación del régimen de retribución de las entidades gestora y
depositaria
7. Real Decreto-Ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas
urgente en materia concursal
Estatal
-Economía
-Concurso de Acreedores
8. Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del
Sector Público y otras medidas de reforma administrativa
Estatal
-Economía
-Administraciones Públicas
-Organismos públicos
-Trabas burocráticas
-Procedimientos administrativos
-Administración electrónica
9. Decreto-Ley 9/2014, de 15 de julio, por el que se aprueba el
programa “Empleo@30+”
Autonómica: Andalucía
-Economía
-Empleo
-Seguridad Social
-Empleabilidad y ocupación
desempleados 30 o más años
-Modificaciones en sede de convenio: cambios en la valoración de las
garantías con privilegio especial, ampliación de los supuestos de
“personas especialmente relacionadas con el concursado”, creación de
“clases de acreedores”, facilidades para alcanzar acuerdos y para la
cesión en pago de bienes.
-Cambios en la fase de liquidación: mayores facilidades venta del
conjunto de la empresa o de unidades productivas de la misma, portal
web de empresas en situación de concurso, subrogación del adquirente
en contratos y licencias administrativas del concursado.
-Establecimiento de normas especiales para el concurso de empresas
concesionarias de obras o servicios públicos
-Reordenación de organismos públicos en base a criterios de eficiencia
y reducción de duplicidades y del gasto público
-Modificaciones legales para fomentar la reducción de las trabas
burocráticas, la simplificación de procedimientos entre la
Administración y los ciudadanos y empresas, y el impulso de la
Administración electrónica
Establecimiento de ayudas para la consecución de dos iniciativas
dirigidas a desempleados de 30 o más años: iniciativa Cooperación
Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+ (a gestionar a
través de los ayuntamientos), e iniciativa de Proyectos de Interés
General y Social generadores de empleo (a través de empresas privadas)
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RESEÑA DE LIBROS
George Cooper: «Money, blood and revolution. How Darwin and
the doctor of King Charles I could turn economics into a science» Harriman House, Petersfield, 2014, xvii + 204 páginas
José M. Domínguez Martínez
1. La «ciencia» económica: de la autocomplacencia
a la confusión
abrumados ante una realidad económica que cada día
escribe páginas con un dramatismo que desafía la
capacidad de las políticas y recetas más variadas. Las
ciencias físicas vienen enfrentándose desde hace
siglos a fenómenos sumamente complejos, pero, en su
mayor parte, inalterados. La Economía, más allá de
sus debilidades intrínsecas, es incapaz de calibrar con
exactitud el comportamiento de los millones de
agentes que dan vida a la actividad económica y se
enfrenta a un sistema de relaciones que ha registrado
en los últimos tiempos movimientos de alcance
tectónico.
Y
a antes del arranque de la crisis económica
y financiera internacional en 2007, el
panorama del pensamiento económico
distaba de ser uniforme y pacífico, caracterizándose
por la existencia de distintas escuelas con visiones
contrapuestas e irreconciliables. Tal vez sea ese un
rasgo consustancial a la naturaleza de la Economía
como ciencia social. De no serlo, seguramente no se
aceptaría con tanta normalidad tan discrepante
elenco de propuestas explicativas y de recetas para
solucionar los problemas sociales. No es menos cierto
que su permeabilidad a todo tipo de injerencias abona
el terreno para una controversia permanente.
En modo alguno es fácil que alguien pueda estar
satisfecho con el estado de una supuesta ciencia que
no fue capaz de prever el desencadenamiento de una
crisis global tan profunda como la vivida desde hace
más de un lustro, ni con la inviabilidad de diseñar un
programa coordinado para superarla. En descargo de
la doctrina económica, sólo la historia sirve como
campo de experimentación; de ella pueden extraerse
valiosas enseñanzas, pero las transformaciones
económicas
y
sociales
impiden
replicar
miméticamente las condiciones del pasado. De otro
lado, las medidas económicas afectan desigualmente a
los intereses de personas, empresas, gobiernos y
países, por lo que no es sencillo hallar consensos.
Ahora bien, no puede pasar desapercibido un
aspecto crucial como es la juventud de la Economía,
que en su recorrido histórico aún no ha cubierto un
periplo de dos siglos y medio, período que se antoja
insignificante en comparación con la trayectoria
milenaria de ciencias como la Astronomía. La
coexistencia durante siglos de teorías contradictorias
no le restó a ésta carácter científico sino que allanó el
terreno para su avance y consolidación. La anterior
constatación no debe ocultar un hecho igualmente
relevante: algunas de las posiciones sostenidas en su
momento no necesariamente eran científicas, toda
vez que respondían a convicciones de raíz religiosa o
ideológica. Éste sería, naturalmente, un primer filtro a
aplicar a la amalgama de postulados y predicamentos
que proliferan con algún componente económico.
Los retos creados por la referida crisis han
exacerbado las críticas hacia la profesión económica y
avivado la necesidad de poner orden en la convulsa
ágora económica, particularmente proclive a la
introducción de dogmas de uno u otro tipo. Es difícil
no percibir hoy día un conocimiento económico
sumido en un estado de confusión. Salvo quienes
disponen de una fe cognitiva inquebrantable, los
economistas se encuentran un tanto desorientados,
atrapados en un dédalo de enfoques metodológicos y
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2. La obra de G. Cooper: un intento de plantear
una salida a la crisis del pensamiento económico
de crisis. Igualmente Cooper subraya el papel de la
«prueba empírica» baconiana, considerada la regla
fundamental de la ciencia: por encima de todo lo
demás, las teorías deben ajustarse a los hechos. Para
superar el estado de crisis científica debe darse un
cambio de paradigma. Es la única forma de superar
las visiones establecidas, aunque éstas hayan quedado
desacreditadas por los hechos.
Una actitud ante la situación existente puede ser
meramente pasiva, permaneciendo simplemente a la
espera de que el ciclo económico recupere sus fases de
recuperación y auge. Otra, más inconformista, puede
ser la de realizar una revisión crítica del pensamiento
económico y postular un nuevo enfoque que pueda
explicar más adecuadamente el funcionamiento de la
actividad económica y servir de base para la adopción
de medidas que permitan un avance del bienestar
social. Es ésta, sin duda, una tarea hercúlea, pero
ciertamente necesaria. Por ello, no podemos sino
acoger con entusiasmo los intentos –no iluminadosde arrojar luz en el sombrío panorama actual del
saber económico. Es el meritorio caso de la obra de
George Cooper aquí reseñada, que ya desde el propio
título llama la atención: «Dinero, sangre y
revolución».
3. Diagnóstico del estado actual de la Economía:
manifestaciones de la crisis
Dedica Cooper una buena parte de su obra,
concretamente cuatro capítulos, a sintetizar la
gestación de revoluciones científicas en cuatro
ámbitos: Astronomía, Anatomía, Biología y Geología.
El repaso de las aportaciones de científicos tan
relevantes como Copérnico, Harvey, Darwin y
Wegener, de la mano de un escritor con una
trayectoria profesional como la señalada, además de
sorprendente, resulta ilustrativo y aleccionador.
Cooper extrae como lección de dichas revoluciones
que el progreso científico estuvo durante mucho
tiempo lastrado por la adhesión dogmática a un
paradigma estático, centrado en el equilibrio.
Dos son los objetivos básicos que se traza el autor,
con una larga experiencia en entidades financieras de
primera línea: encontrar una mejor forma de pensar
sobre la Economía y ayudar a preservar nuestro
sistema económico, protegiéndolo de algunas ideas
extremas imbuidas dentro de las teorías económicas
de la corriente principal. Para Cooper, la crisis
financiera global ha activado el tránsito de la
profesión económica desde un estado de
complacencia pre-crisis a otro de confusión postcrisis. A su vez, las políticas económicas han
evolucionado desde la negligencia a la parálisis.
Siete son los argumentos aportados para justificar
que la Economía se encuentra actualmente en un
estado de crisis:
‐ Fractura de la Economía en demasiadas escuelas
de pensamiento incompatibles para ser
consideradas como una ciencia unitaria.
‐ Ruptura del debate entre las diferentes escuelas de
pensamiento, con la existencia de diferencias
fundamentales de opinión sobre el alcance
apropiado de la Economía y su metodología.
Sostiene que hay una crisis dentro de la economía,
pero la fuente de dicha crisis radica dentro de la
«ciencia» económica. A pesar de las contradicciones
existentes dentro del pensamiento económico actual,
considera que no hay razón para calificar la
Economía como no científica. Según él, más bien, la
Economía es una ciencia que ha entrado en un estado
de crisis. Crisis explicable el marco de la historia de
las revoluciones científicas, como ilustra Thomas
Kuhn en su conocida e influyente obra «La estructura
de las revoluciones científicas». En cierta medida
puede sorprender esta declaración sobre el carácter
científico de la Economía, después de leer el subtítulo
de la obra: «Cómo Darwin y el médico del Rey Carlos
I podrían convertir la economía en una ciencia».
‐ Proliferación de modelos
creciente complejidad.
matemáticos
de
‐ Operación acientífica de importantes escuelas de
pensamiento, al no intentar modelizar la
economía real, sino más bien defender la reforma
de la economía real para adaptarla a sus propios
modelos.
‐ Construcción del cuerpo doctrinal de la escuela
neoclásica y de otras corrientes heterodoxas a
partir de axiomas refutados por otras disciplinas.
Cuando una ciencia se convierte en un campo de
batalla entre visiones del mundo diferentes e
inconmensurables –explica Kuhn-, pasa a un estado
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eXtoikos
‐ Inconsistencia de la profesión económica a lo
largo del tiempo, con notorios vaivenes en
función del entorno económico.
a partir de una simple agregación de las decisiones de
los individuos.
Por su parte, la escuela liberal se sustenta en la
visión extrema de que todas las funciones del sector
público pueden cubrirse mejor con iniciativas
organizadas o financiadas privadamente.
‐ Falta de respuesta a importantes cuestiones
económicas, con una tendencia a ignorar aspectos
difíciles que no se ajustan al paradigma.
La escuela monetarista comparte la visión de la
escuela austríaca sobre la inestabilidad inherente a la
economía y el origen de la misma en el sistema
monetario y bancario. Los monetaristas son
partidarios de controlar el ciclo económico mediante
el control de la cantidad de dinero.
4. La batalla entre las distintas escuelas de
pensamiento económico
Por otro lado, Cooper se centra en las que estima
son las escuelas de pensamiento económico más
ampliamente reconocidas: clásica, neoclásica, liberal,
monetarista, keynesiana, austríaca, marxista,
institucional y conductista. En una época en la que
por parte de estudiantes y profesores universitarios de
Economía se demanda un mayor énfasis en la historia
del pensamiento económico, la síntesis realizada por
Cooper es sumamente útil y oportuna.
La escuela keynesiana pone de relieve las
consecuencias negativas para el conjunto de la
sociedad de la denominada «paradoja de la
frugalidad»:
un
comportamiento
adecuado
individualmente se torna negativo en su conjunto si
todo el mundo se atiene a la misma pauta. Postula el
recurso al gasto público para cubrir los desfases del
gasto privado.
La escuela clásica toma la obra de Adam Smith
como polo de referencia: los individuos, actuando en
su propio interés, en competencia entre sí, originan
un sistema que está en equilibrio. La pretensión de la
escuela neoclásica no es otra que descubrir modelos
matemáticos que describan la forma cómo funciona
la economía, en un vano intento de emular las leyes
físicas acerca de los fenómenos naturales. Sus
axiomas
básicos
son
tres:
individualismo,
maximización y equilibrio. Cooper destaca que sin
integrar el sector público en su esquema, la escuela
neoclásica no puede ser considerada un modelo
científico de la economía moderna: «La economía
neoclásica es acientífica al ignorar la mitad de sistema
económico». Esta observación es difícilmente
rebatible en sus propios términos, aunque puede que
irrite a quienes, dentro del marco neoclásico, se han
dedicado a integrar la actuación del sector público a
través de los impuestos y los gastos púbicos.
Adicionalmente, por la misma regla de tres, qué
podría decirse respecto de los enfoques que sostienen
que actualmente vivimos en una sociedad
absolutamente dominada por el mercado y sin apenas
intervención pública.
La referencia a Minsky, con connotaciones a caballo
entre varios enfoques, se cuela entre las escuelas
reseñadas. La «paradoja de la codicia» juega un papel
importante en la explicación de las crisis: en períodos
de estabilidad económica, la gente adquiere confianza
y tiende a endeudarse; de esta manera, la estabilidad
crea inestabilidad.
Para los marxistas, el capitalismo es un sistema
inherentemente inestable. El concepto de beneficio
como diferencia entre el precio de venta de los bienes
y los costes de producción desempeña un papel
central en la explicación de la crisis del sistema
capitalista. La pugna por conseguir dicha plusvalía
lleva a una carrera por la competencia, impulsando la
productividad, la innovación y la mecanización; este
proceso origina una pérdida de empleo y una
disminución de las retribuciones salariales agregadas
respecto a las del capital. Según Cooper, Marx erró al
creer que la competencia y el aumento de la
productividad causarían pobreza y desempleo, pero
acertó al señalar la tendencia intrínseca del
capitalismo hacia el poder de monopolio y la
polarización de la riqueza.
La escuela austríaca mantiene una visión de la
economía con un carácter cíclico, dominado por la
evolución del crédito. Propugna vincular la moneda
de un país al oro o reformar el sistema monetario a
fin de cortar la capacidad del sistema bancario para
expandir el crédito. Asimismo, rechaza la idea de que
es posible modelizar matemáticamente una economía
Un elemento esencial para la formulación de
Cooper y su crítica del paradigma neoclásico se
localiza en la escuela conductista. Según la evidencia
que se desprende de experimentos sociales, los
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eXtoikos
individuos no siempre actúan siguiendo las pautas
incorporadas en la hipótesis de que son
maximizadores racionales de su bienestar.
Apoyándose en Kuhn, sugiere una explicación a la
paradoja de la preservación de la ortodoxia neoclásica
a pesar de innumerables refutaciones en
experimentos sociales: con independencia de lo
desacreditada que llegue a estar una teoría, nunca será
rechazada hasta que se logre una teoría mejor.
Por último, también es significativa la aportación de
la escuela institucional para la argumentación de
Cooper. La mayor parte de la historia de la
humanidad se ha caracterizado por la existencia de
gobiernos de reducida dimensión económica, escasa
regulación y bajos niveles de imposición. Si estos
atributos son defendidos por algunas escuelas de
pensamiento como inductores del crecimiento
económico, ¿por qué –se pregunta Cooper- no ha
estado el mundo plagado históricamente de una
situación de dinamismo económico permanente?
Se adentra luego en las aportaciones de Darwin
para buscar indicios que puedan ser válidos para la
explicación del comportamiento económico de las
personas. Concluye que hay fundamento para ver a
los seres humanos como competidores darwinianos
en vez de como optimizadores neoclásicos. Los
modelos de esta escuela parten de la hipótesis de que
los individuos toman sus decisiones tratando de
maximizar su bienestar o utilidad. Cooper discrepa de
la plausibilidad de tal supuesto y, en su lugar,
considera que las personas actúan como
competidoras, es decir, tratando de que su posición
sea mejor que la de otras.
No hay que esforzarse demasiado para encontrar
bastantes puntos débiles en esa argumentación. Basta
hacer una simple reflexión acerca del poder efectivo
de los gobernantes, de la libertad personal existente,
de la magnitud de los ingresos para pagar tributos, de
la falta de medios de transporte, de la ausencia de
organizaciones empresariales...
Para justificar su planteamiento nos propone un
famoso experimento conductista conocido como el
juego del ultimátum. En éste, se comunica a dos
jugadores que se les asignará una suma de dinero a
compartir entre ambos, siempre que se pongan de
acuerdo en la distribución. Si no lo hacen, ninguno
recibirá cantidad alguna. Se permite que uno de los
jugadores (A) haga una única propuesta de reparto al
otro (B), que debe aceptarla o rechazarla.
Supongamos que la cantidad total es de 10.000 euros.
Imaginemos, por ejemplo, que A propone 8.000 euros
para él y 2.000 euros para B. ¿Cómo cabe esperar que
actúe éste? ¿Aceptará o rechazará la oferta? Si B fuese
un maximizador de su utilidad, parecería claro que la
aceptaría, ya que se aseguraría percibir 2.000 euros,
frente a la alternativa, si la rechaza, de percibir nada.
Sin embargo, los resultados de los experimentos
realizados reflejan que el jugador B tiende a rechazar
ese tipo de ofertas, dado que, aunque le permiten
obtener un dinero adicional, lo dejan en una peor
posición que el jugador A.
Sin perjuicio de dicha reflexión, difícilmente puede
discreparse de la afirmación de que la forma en la que
se organiza la sociedad tiene una enorme influencia
sobre cómo opera la economía. Como recomienda la
escuela institucional, es necesario comprender las
estructuras, las instituciones, las leyes y las normas
que rigen la economía y la sociedad en general.
A modo de síntesis, es útil visualizar lo que Cooper
denomina el «plano económico», consistente en una
representación de las diferentes escuelas en un
espacio delimitado por dos ejes: en el horizontal, en el
que se mide el grado de creencia en la estabilidad de
los mercados; en el vertical, en el que se refleja el
porcentaje de participación del sector público en la
economía considerado óptimo.
5. Elementos básicos
paradigma económico
para
un
cambio
de
Llegamos así a las preguntas clave que nos plantea
Cooper: ¿Qué cambió en nuestro sistema económico
hace unos cientos de años para elevarnos
abruptamente desde milenios de estancamiento a un
estado de una mejora más o menos continua en
nuestros estándares de vida? ¿Qué diferencia a las
economías más exitosas de hoy de las menos exitosas?
Ante una creciente complejidad de los modelos
económicos, Cooper aboga por teorías más simples,
por la utilización de menos variables en los modelos
y, sobre todo, por un cambio de perspectiva al estilo
copernicano. Hay, en su opinión, un déficit de
eficiencia conceptual: contar una historia simple
sobre cómo funciona el mundo.
A través de un análisis bastante simplista de la
historia de la humanidad, Cooper efectúa una
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distinción entre dos períodos: i) período feudal,
caracterizado por un sistema jerárquico o lineal de
control del gobierno; ii) período democrático,
identificado por un sistema de control circulatorio.
El estudio de las revoluciones científicas es el
camino elegido para elaborar la propuesta de cambio
del paradigma económico; la mitología griega, la
referencia utilizada para ilustrar las salidas a los
problemas actuales. A semejanza de los trabajos de
Hércules, la primera tarea encomendada es eliminar
las actuaciones públicas favorecedoras del incremento
del endeudamiento del sector privado; la segunda,
inyectar dinero en la parte inferior de la pirámide a
través de estímulos fiscales; la tercera, reequilibrar la
carga de la imposición, disminuyendo la que recae
sobre el trabajo.
Uno de los ingredientes esenciales del enfoque
propuesto consiste en ver cómo la renta total se
distribuye entre los integrantes de la sociedad. La
cuestión clave para dilucidar el progreso o el
estancamiento económico radica en cómo circula el
dinero en el interior de la pirámide social. Cooper se
inspira en Harvey, quien logró explicar el
funcionamiento del aparato circulatorio humano, en
su intento de desentrañar los secretos del circuito
económico. En una sociedad feudal, el dinero, ya sea
por la vía de las ganancias del comercio y del capital o
de la tributación, se desplaza hacia la parte superior
de la pirámide, hacia las élites, sin ningún tipo de
retorno. Por el contrario, en una sociedad
democrática, esencialmente gracias a la imposición
progresiva, se generan flujos de dinero que llegan a la
parte inferior de la pirámide. Al mismo tiempo, ante
una mayor movilidad, los propietarios tratan de
competir para no perder sus posiciones. Éstas son,
según Cooper, las claves del éxito histórico del
capitalismo democrático. Los sectores público y
privado son contrapuestos, pero generan entre sí un
antagonismo
creativo,
imprescindible
para
desencadenar el crecimiento económico.
Hoy por hoy, no sabemos si la propuesta
«cooperiana» tendrá éxito o no en allanar el camino
hacia un giro copernicano en el ámbito de la
Economía. Ha de reconocerse que parte con alguna
desventaja para ser validada por la academia: en el
libro no aparece ninguna fórmula matemática (y
apenas hay información estadística). Es cierto que en
algunos pasajes hay una elevada dosis de
simplificación de la realidad, pero no lo es menos que
aporta savia nueva para tratar, si no de revolucionar,
sí al menos de reactivar la circulación del
pensamiento económico.
Según las enseñanzas darwinianas, la toma de
decisiones humanas es fundamentalmente un proceso
competitivo. Así, las elecciones de los individuos
resultan dependientes de las de sus semejantes. Si se
admite este punto de vista, es evidente que el
comportamiento agregado de una economía no
puede representarse fiablemente como la suma de
comportamientos individuales. Tampoco puede
esperarse que se alcance un equilibrio, en la medida
en que cada uno tratará permanente de mejorar su
posición.
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Jorge Juan: «Economía de urgencia»
Ariel, 2013, 160 páginas
Juan Francisco García Aranda
L
a necesidad para todos los ciudadanos de tener
una mínima educación financiera y jurídica se
está convirtiendo últimamente en un tema
recurrente en foros económicos e incluso
institucionales. Cada vez son más y mejores los
recursos disponibles en internet, con portales, como
«Edufinet», expresamente diseñados para cubrir esta
necesidad.
El libro surge tras las visitas de estos economistas a
aulas de primero de bachillerato en tres colegios. Los
autores fueron a las aulas y, sin hacer ninguna
exposición, dejaron que los alumnos preguntaran lo
que quisieran. El libro no tiene ni la estructura, ni el
estilo de un manual de Economía, sino que pretende
relatar, con cierto orden, las conversaciones que
tuvieron lugar en los colegios. Leerlo es mucho más
parecido a mantener una conversación, que a leer un
libro de texto. Una de las conclusiones que sacaron
los autores es que muchos chicos de 16 años están
genuinamente interesados en la Economía, que hacen
preguntas inteligentes y están dispuestos a escuchar
críticamente y de manera educada las respuestas
ofrecidas.
Este libro puede encajar en el conjunto de
iniciativas y herramientas al servicio de la educación
financiera y, por ello, quisiera recomendar su lectura
a mis compañeros del equipo de trabajo de
«Edufinet» y lectores de esta revista, editada por el
«Instituto Econospérides», que busca igualmente la
divulgación del conocimiento económico
El libro se divide en cuatro partes con once
capítulos en total. En la primera parte (Introducción a
la Economía) se habla de: ¿Qué es la Economía?
(capítulo 1); La tensión entre incentivos individuales
y colectivos en la sociedad (capítulo 2); Economía y
justicia: una relación lejana (capítulo 3). Son capítulos
interesantes porque, además de las típicas reflexiones
sobre si la Economía es una ciencia, se explica cómo
dos economistas pueden defender dos políticas
económicas opuestas y ambos basarse en hechos
observables en la realidad; por qué está tan mal
repartida la renta en el mundo; si es posible y deseable
la igualdad, y otras cuestiones trascendentes que, por
ello, siempre están de actualidad.
En el número 10 de «eXtoikos» tuvimos la ocasión
de reseñar el primer libro del colectivo «Jorge Juan»:
«Nada es Gratis», nombre del blog donde escribían
sus seis autores. En esta ocasión, bajo el seudónimo
«Jorge Juan» se encuentran Samuel Bentolilla,
Antonio Cabrales, Juan Francisco Rubio-Ramírez,
Javier Andrés, José Ignacio Conde-Ruiz y Marco
Celentani. Los tres primeros ya fueron coautores de
«Nada es Gratis».
La segunda parte trata de la educación (capítulo 4)
y el mercado laboral (capítulo 5). El capitulo 4 creo
que es realmente interesante por la descripción del
problema educativo español y lo novedoso (pensando
en España) de las actuaciones llevadas a cabo en otros
países. Comienza el capítulo con una frase de Rafael
Domenech: «Empiezas hablando de Economía y
acabas hablando de educación». Todos los epígrafes
del capítulo son enriquecedores: el drama del
abandono escolar; cómo son nuestros estudiantes;
educar a los maestros; la universidad, el modelo
universitario anglosajón; por una educación que
facilite la movilidad social; por un sistema
universitario sin enchufismo; aprender a no
desperdiciar el talento, etc.
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Algunos epígrafes del capítulo 5 son estos: El caso
de Cristiano Ronaldo; ¿Debe intervenir el Estado para
fijar los sueldos? (el caso de la Liga española); ¿Por
qué no gana más un médico que un futbolista?;
¿Quién debe ganar más y quién menos?; ¿Qué culpa
tiene la globalización de las desigualdades en los
salarios?,etc.
El capítulo 11 comienza con un resumen de las
principales recomendaciones realizadas por los
autores a lo largo del libro: simplificar la
administración; mejorar el sistema educativo;
acompasar el crecimiento salarial al crecimiento de la
productividad y a la recuperación de la
competitividad perdida; y reformar las políticas
activas del mercado de trabajo, para incentivar la
formación y la búsqueda de empleo; además es
necesario introducir un contrato único de carácter
indefinido para rebajar la temporalidad a niveles
aceptables y favorecer carreras laborales más estables.
Es evidente, que se necesitan muchas reformas y que
algunas de ellas disgustarían a mucha gente.
La tercera parte del libro de dedica a explicar las
causas de la crisis. ¿Por qué existe la corrupción?
(capítulo 6); ¿Quiénes son los culpables de la
situación en España? (capítulo 7); España en
bancarrota (capítulo 8). Sobre los posibles culpables,
se reflexiona sobre la actuación de los políticos, los
ciudadanos, los mercados, los bancos, Alemania o el
euro.
En resumen, estamos ante un libro fácil de leer por
su estilo didáctico y muy instructivo por la amplitud
de asuntos tratados y excelente nivel profesional de
sus autores. Y además nos sirve para saber qué
asuntos económicos preocupan a muchos de nuestros
jóvenes.
La cuarta parte busca soluciones para un futuro
mejor. Transformar el sistema empresarial (capítulo
9); ¿Cómo acabar con el paro de los jóvenes?
(capítulo 10); ¿Cómo será el futuro? (capítulo 11).
Una de las conclusiones del capítulo 10 es que
antiguamente se protegía el puesto de trabajo y ahora
lo que se tiene que proteger es al trabajador, no al
puesto de trabajo.
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SELECCIÓN DE ARTÍCULOS PUBLICADOS
Relación de artículos seleccionados, publicados en el segundo
trimestre de 2014
Instituto Econospérides
Bancos centrales
Deflación y recesión, el BCE tiembla. Miguel Á. Bernal. El Economista, 5 de septiembre de 2014.
La nueva carrera transatlántica. Matthew Lynn. El Economista, 1 de septiembre de 2014.
La artillería del BCE es necesaria, pero insuficiente. Miguel Otero-Iglesias. Cinco Días, 24 de septiembre de 2014.
Ciencia económica
La rebelión de los estudiantes de Economía. José M. Domínguez. Diario Sur, 9 de septiembre de 2014.
Economía española
Consumo sí ‘ma non troppo’. Ángel Laborda. El País, 13 de julio de 2014.
El atractivo económico de invertir en España. Vicente Salas. El País, 20 de julio de 2014.
La población activa se reduce. Ángel Laborda. El País, 6 de julio de 2014.
Nuestra prioridad, reindustrializar España. Rafael Miranda y Fernando Querejeta. Cinco Días, 24 de septiembre de
2014.
Se inicia la recuperación. Pedro Pablo Villasante. El País, 13 de julio de 2014.
Una estrategia de industrialización. Ignacio Bayón. Cinco Días, 18 de septiembre de 2014.
Economía europea
Señores Draghi y Junker: Europa necesita acción ya. Karl Aiginger. Cinco Días, 3 de septiembre de 2014.
Eurozona estancada: dos lecturas. Agustín del Valle. El País, 24 de agosto de 2014.
Economía mundial
EEUU débil y China a la baja, el gran problema de la UE. Edouard Carmignac. Expansión, 29 de julio de 2014.
Para evitar una década perdida. Thomas Cooley y Ramon Marimon. El País, 18 de julio de 2014.
Educación financiera
PISA, educación financiera y educación básica. José M. Domínguez. Diario Sur, 28 de julio de 2014.
Fiscalidad
Día de la liberación fiscal. Pedro Schwartz. Expansión, 11 de julio de 2014.
Precios
Adictos a la inflación. Paul Krugman. El País, 20 de julio de 2014.
¿Un mundo en deflación? Francisco Cabrillo. Expansión, 22 de septiembre de 2014.
Sistema financiero
La errática integración financiera de Europa. Howard Davies. Expansión, 2 de septiembre de 2014.
SEPA: un nuevo hito conseguido. Pilar Clavería. Expansión, 3 de julio de 2014.
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Deflación y recesión, el BCE tiembla
Miguel Á. Bernal
El Economista, 5 de septiembre de 2014
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La nueva carrera transatlántica
Matthew Lynn
El Economista, 1 de septiembre de 2014
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La artillería del BCE es necesaria, pero insuficiente
Miguel Otero-Iglesias
Cinco Días, 24 de septiembre de 2014
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La rebelión de los estudiantes de Economía
José M. Domínguez
Diario Sur, 9 de septiembre de 2014
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Consumo sí, ‘ma non troppo’
Ángel Laborda
El País, 13 de julio de 2014
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El atractivo económico de invertir en España
Vicente Salas
El País, 20 de julio de 2014
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La población activa se reduce
Ángel Laborda
El País, 6 de julio de 2014
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Nuestra prioridad, reindustrializar España
Rafael Miranda y Fernando Querejeta
Cinco Días, 24 de septiembre de 2014
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Se inicia la recuperación
Pedro Pablo Villasante
El País, 13 de julio de 2014
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Una estrategia de industrialización
Ignacio Bayón
Cinco Días, 18 de septiembre de 2014
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Señores Draghi y Junker: Europa necesita acción ya
Karl Aiginger
Cinco Días, 3 de septiembre de 2014
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Eurozona estancada: dos lecturas
Agustín del Valle
El País, 24 de agosto de 2014
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EEUU débil y China a la baja, el gran problema de la UE
Edouard Carmignac
Expansión, 29 de julio de 2014
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Para evitar una década perdida
Thomas Cooley y Ramon Marimon
El País, 18 de julio de 2014
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PISA, educación financiera y educación básica
José M. Domínguez
Diario Sur, 28 de julio de 2014
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Día de la liberación fiscal
Pedro Schwartz
Expansión, 11 de julio de 2014
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Adictos a la inflación
Paul Krugman
El País, 20 de julio de 2014
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¿Un mundo en deflación?
Francisco Cabrillo
Expansión, 22 de septiembre de 2014
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La errática integración financiera de Europa
Howard Davies
Expansión, 2 de septiembre de 2014
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SEPA: un nuevo hito conseguido
Pilar Clavería
Expansión, 3 de julio de 2014
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COLABORADORES EN ESTE NÚMERO
AYLLÓN DÍAZ-GONZÁLEZ, JUAN MANUEL.
Profesor Titular de Derecho en la Universidad de
Málaga y Doctor en Derecho por dicha Universidad
desde 1998. Su tesis doctoral recibió el premio
extraordinario de doctorado para el bienio 19982000. En el ámbito docente, viene impartiendo clases
de Derecho Administrativo en la Universidad de
Málaga desde 1990, y de Derecho Ambiental desde
2003. En el campo de la investigación, sus proyectos
se han centrado, principalmente, en el estudio de la
legislación ambiental, ámbito en el que cuenta con
varias publicaciones, entre otras, la monografía
Derecho Nuclear (Editorial Comares, Granada, 1999).
Autor de varios libros y numerosos artículos sobre
diversos aspectos de la economía del sector público y
del sistema financiero.
DE VIVERO DE PORRAS, CARMEN. Licenciada en
Derecho por la Universidad de Málaga. Abogada.
Asesora jurídica en Unicaja Banco. Ha sido Juez
Sustituta y Magistrada Suplente en el Tribunal
Superior de Justicia Andalucía, sede de Málaga.
Diploma de Estudios Avanzados en el Área de
Derecho Procesal y Concursal. Máster en Viabilidad
Empresarial en el Concurso de Acreedores, Refor y
Aede Business School. Miembro del Consejo de
Redacción de la Revista Mercantil Sepin. Profesora
del Máster Universitario en Insolvencia Empresarial,
Universidad CEU-San Pablo. Profesora del Curso
Superior en Derecho Concursal y Administración
Pública, Instituto Superior Economía Local (ISEL).
Certificado Adaptación Pedagógica (CAP). Autora de
diversas publicaciones en el marco jurídico laboral,
concursal y financiero.
LÓPEZ DEL PASO, Rafael. Doctor en Economía por
la Universidad de Granada. Ha realizado estudios de
postgrado en la London School of Economics y en la
Universidad Complutense de Madrid. Ha sido
investigador en la Fundación de las Cajas de Ahorros
y profesor de Economía Aplicada y Fundamentos
Económicos en la Universidad de Granada.
Actualmente desarrolla sus funciones en el Gabinete
Técnico de Unicaja Banco y es Profesor Colaborador
Honorario del Departamento de Hacienda Pública de
la Universidad de Málaga. Vocal del Consejo de
Administración de Analistas Económicos de
Andalucía y de ESESA. Autor de diversos artículos e
investigaciones sobre el sistema financiero y sobre la
economía del sector público. Forma parte del equipo
de trabajo del proyecto de educación financiera
«Edufinet».
DOMÍNGUEZ ENFEDAQUE, NURIA: Licenciada
en Administración y Dirección de Empresas por la
Universidad de Málaga. Ha cursado estudios en la
Universidad de Lieja (Bélgica), dentro del Programa
Erasmus. Ha llevado a cabo una estancia en prácticas
en Unicorp Vida, S. A., Compañía de Seguros, y ha
realizado estudios de Inglés en la Universidad de
California en Los Ángeles (UCLA) y de Finanzas en la
Universidad de Groningen (Holanda).
LÓPEZ JIMÉNEZ, JOSÉ MARÍA. Licenciado en
Derecho por la Universidad de Málaga. Diplomado
en Ciencias Políticas y Sociología por la UNED
(Sección Ciencias Políticas). Diploma de Estudios
Avanzados en el Área de Derecho Civil. Mediador de
Seguros Titulado. Asesor jurídico en Unicaja, es autor
de diversas investigaciones sobre el marco jurídico
para la protección de los usuarios de productos y
servicios bancarios, así como sobre el fraude con
tarjetas y la Ley de Servicios de Pago. Forma parte del
equipo de trabajo del proyecto de educación
financiera «Edufinet».
GARCÍA ARANDA, JUAN FRANCISCO. Licenciado
en Ciencias Económicas y Empresariales por la
Universidad de Málaga. Máster en Dirección de
Empresas por Esesa. Desempeña su labor profesional
como analista en la Dirección de Riesgos Financieros
de Unicaja Banco y es profesor en las áreas de
finanzas y entorno económico en varias escuelas de
negocios. Forma parte del equipo de trabajo del
proyecto de educación financiera «Edufinet».
DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ, José M. Doctor en
Ciencias Económicas. Catedrático de Hacienda
Pública de la Universidad de Málaga. Ha sido vocal
del Consejo Directivo de la Organización de
Economistas de la Educación, miembro de la
Comisión sobre Innovación Docente en la
Universidad andaluza y vocal del Consejo de
Administración de la Escuela Superior de Estudios de
Empresa (ESESA) y de Analistas Financieros
Internacionales (AFI). Director del proyecto de
educación financiera «Edufinet». Es también director
de la División de Secretaría Técnica de Unicaja Banco
y presidente de Analistas Económicos de Andalucía.
MORERA VILLAR, Mercedes. Licenciada en
Derecho por la Cardenal Herrera-CEU. Master of
Law in International Legal Practice por el IE Business
School y en Banca y Entidades Financieras por
ESESA. Ha desempeñado su labor como asesora
jurídica en Deloitte y Garrigues. Ha formado parte de
Gabinete Técnico de Unicaja Banco. Forma parte del
grupo de trabajo del proyecto de educación financiera
«Edufinet».
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NARVÁEZ LUQUE, ANTONIO. Licenciado en
Economía por la Universidad de Málaga, Becario de
investigación del Departamento de Teoría e Historia
Económica,
y
Profesor
colaborador
del
Departamento de Hacienda de la Universidad de
Málaga y de ESESA. En el año 2000 se incorporó a
Garrigues, Abogados y Asesores Tributarios, donde
desempeña su trabajo en la Práctica Fiscal, estando
especializado en tributación directa, asesoramiento a
grupos empresariales y procesos de reestructuración.
Asimismo, ha publicado diversos artículos sobre esta
materia en prensa especializada.
RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ALBERTO. Licenciado
en Economía y Administración y Dirección de
Empresas. Asesor fiscal en J&A Garrigues, S.L.P.,
especializado en tributación directa de entidades
financieras y procesos de reestructuración.
RUEDA FERNÁNDEZ, MARÍA JOSÉ. Licenciada en
Psicología por la Universidad de Málaga. Máster en
Dirección de Recursos Humanos por la Escuela de
Negocios de Andalucía (ESNA). Especialista en
Responsabilidad Social Empresarial y auditora según
la norma SGE21 (Forética). Experta en Sistemas de
Gestión de Calidad y Ambiental. Ha trabajado en la
implantación y auditorías de Sistemas de Gestión bajo
las normas ISO (9001 y 14001). Ha sido evaluadora
del Modelo de Excelencia Empresarial (EFQM) en
Unicaja. Ha participado en el Foro de Excelencia y
Calidad de Entidades Financieras (FECEF)
desarrollando proyectos de I+D en Calidad y en el
comité de entidades financieras de la Asociación
Española para la Calidad (AEC) como coordinadora
del grupo de trabajo sobre indicadores de Calidad.
Actualmente trabaja en calidad de técnica en el
Gabinete Técnico de Unicaja Banco y colabora
activamente en el Comité Sectorial de RSC de la
Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA).
PEREA ORTEGA, RAFAEL. Licenciado en Derecho
por la Universidad de Jaén; Programa oficial de
Doctorado (Área Derecho Mercantil). Abogado del
Departamento de Derecho Mercantil de J&A
Garrigues, S.L.P., siendo miembro de las industrias de
«Bancos y Cajas», «Gobierno Corporativo y
Responsabilidad Corporativa» y «Tecnología &
Outsourcing». Secretario/vicesecretario no consejero
de varias sociedades de capital (de carácter financiero
y no financiero). Profesor sustituto del Área de
Derecho Mercantil de la Universidad de Málaga;
profesor del Máster en Asesoría Jurídica de Empresas
(2013/2014) y del Máster de la Abogacía (2014/2015),
ambos de la Universidad de Málaga.Participación en
diversas jornadas como ponente; publicaciones en
periódicos de diversos artículos relativos al Derecho
Mercantil; publicación en revistas especializadas:
Diario La Ley nº8353, 2014 («Banqueros
sobradamente preparados: algunas reflexiones sobre
la idoneidad para el desempeño»).
Nº 15. 2014
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eXtoikos
«Los economistas deben estudiar los procesos de producción
de forma completa. No pueden obviar las cuestiones
institucionales y medioambientales»
R. Coase
Instituto Econospérides
para la gestión del conocimiento económico
[email protected]
www. econosperides.es