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Informe sobre la reforma fiscal en
Navarra 2015
Diciembre 2015
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
Este informe ha sido elaborado por servicio de estudios de la Cámara de Comercio de Navarra, en
colaboración con D. Juan José Rubio, catedrático de Hacienda Pública de la Universidad de Castilla
la Mancha.
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
Índice
1. Introducción ........................................................................................... 4
2. Modelos tributarios y evolución reciente ............................................ 5
3. La Reforma fiscal en Navarra. Principales modificaciones ............... 9
4. Valoración de la Reforma fiscal de 2015............................................ 13
5. Recomendaciones de actuación en materia fiscal ........................... 21
6. Conclusiones ....................................................................................... 27
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
1. Introducción
La reforma fiscal presentada por el Gobierno Foral tiene como objetivo el incremento de la
recaudación impositiva y mejorar la distribución de la renta, a través de un incremento en
los tipos impositivos en la imposición directa, tanto al trabajo como al capital.
La Cámara de Comercio, como organismo de derecho público que defiende los intereses
generales de Navarra, valora positivamente aquellas medidas dirigidas al incremento del
bienestar y la reducción de la desigualdad pero al mismo tiempo considera que la reforma
fiscal introducida por el Gobierno de Navarra en 2015, pese a que podría incrementar la
recaudación en el corto plazo, puede afectar negativamente a la economía navarra en el
medio y largo plazo.
Este informe recoge los argumentos por los que la Cámara considera que no es oportuno
el incremento de los impuestos planteado por el Gobierno Foral. De manera general, esto
es así por dos motivos:
1) La reforma fiscal repartiría (si acaso) la presión fiscal, la carga tributaria pero esto no
garantiza que se reduzca la desigualdad social,
2) En el medio plazo puede incidir negativamente sobre el crecimiento de la economía foral
y, por tanto, reducir la recaudación impositiva. Es decir, en el medio plazo la medida
propuesta tampoco conseguirá el efecto deseado debido a una caída de la recaudación
(como consecuencia del menor crecimiento) y al descenso del empleo, y con ello el
incremento de la desigualdad en el nivel de renta entre las familias.
El informe recoge la dinámica y tendencia de las reformas fiscales en los últimos treinta
años, describe las principales modificaciones introducidas por la reforma fiscal y los
argumentos por los cuales, la Cámara no valora positivamente la reforma en el momento
actual. Antes de resumir las principales conclusiones, ofrece un conjunto de
recomendaciones para mejorar el sistema fiscal navarro.
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
2. Modelos tributarios y evolución reciente
En los últimos treinta años se ha dado un proceso generalizado de reformas tributarias que
han supuesto un cambio significativo de las estructuras fiscales y tributarias de los países
de la OCDE.
Las reformas de los modelos fiscales anteriores a la década de los ochenta del siglo
pasado se regían y restringían bajo los principios de equidad fiscal y progresividad. Sin
embargo, las sucesivas crisis de las economías occidentales durante la década de los 90 y
principios de siglo llevaron a modificar los principios impositivos sobre los que se debería
definir un modelo racional de imposición sobre la renta como fundamento de un sistema
fiscal moderno que no limitara el potencial de crecimiento económico.
Bajo esta nueva perspectiva se extendió un modelo de imposición casi común en todos los
países de la OCDE que en el mundo académico se ha denominado “modelo extensivo de
imposición sobre la renta” y que se fundamenta, como ya se ha mencionado, en una
alteración de los principios impositivos básicos que caracterizaron las reformas fiscales en
el pasado.
2.1. Principios
impositivos
básicos
en
los
modelos
extensivos
de
imposición
Los modelos extensivos de imposición sobre la renta imperantes en los países
desarrollados se basan en los siguientes principios impositivos:
Eficiencia económica
Bajo el principio de eficiencia económica, se trata de que el sistema tributario sea lo más
neutral posible desde el punto de vista de la asignación de los recursos económicos que
realiza el mercado. Se busca, por tanto, reducir las distorsiones fiscales que generan los
impuestos sobre la asignación de recursos, como garantía de un crecimiento sostenido a
largo plazo, capaz de generar empleo estable.
Si el objetivo de un sistema fiscal es favorecer el crecimiento económico, su diseño debe
basarse en la búsqueda de la eficiencia en la asignación de los recursos. En la tradición
hacendística clásica, un sistema fiscal es eficiente si evita, en lo posible, el dirigismo
impositivo,
reduciendo
al
máximo
las
interferencias
que
produce
sobre
los
comportamientos estratégicos de los agentes económicos. Esto es, la eficiencia económica
5
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
exige que los individuos adopten sus decisiones por razones estrictamente de costes y
productividad/rentabilidad económica y no por razones de naturaleza fiscal.
Dicho esto, es casi imposible diseñar sistemas fiscales absolutamente neutrales bajo este
concepto, e incluso indeseables por, al menos, tres razones: primero, porque los sistemas
fiscales deben cumplir con otros objetivos de política económica además de la meramente
asignativa (suficiencia recaudatoria, justicia distributiva, estabilización económica, etc.). En
segundo lugar, por la existencia de fallos de mercado que hacen que el sistema económico
no sea eficiente por sí mismo. Por ello, para reconstruir niveles de eficiencia en los
mercados, es razonable que se produzcan intervenciones en forma de actuaciones
regulatorias y/o que compensen o atenúen tales fallos de mercado. En tercer lugar, la
tendencia a la utilización del sistema fiscal como instrumento central de política económica
con fines y criterios políticos. Sin cuestionar la legitimidad de estos criterios, las
intervenciones en la economía desde la vertiente política originan, por definición, cambios
no neutrales en el funcionamiento del sistema económico.
Sin embargo, la dificultad de diseñar impuestos totalmente neutrales no debe interpretarse
como la aceptación de las distorsiones impositivas. Al contrario, la ausencia de neutralidad
debería justificarse de forma precisa por alguno de los motivos citados ya que su
interferencia supone trasladar a la sociedad importantes costes con graves consecuencias
sobre el crecimiento económico y la generación de empleo.
Equidad horizontal
Un segundo principio que alcanza relevancia a nivel internacional en los últimos años es la
equidad horizontal como principio que evita tratamientos diferenciados en función de las
diferentes fuentes de renta.
No obstante, en la última década del siglo XX los fenómenos de globalización así como el
avance asociado a la tecnología informática y su conexión con los servicios financieros ha
impulsado la competencia fiscal internacional lo cual ha provocado a su vez un proceso de
deslocalización del capital y una enorme volatilidad en sus movimientos internacionales.
Esto ha generalizado un tratamiento fiscal favorable a las rentas del capital con el fin de
atraer y/o mantener capitales en el propio territorio.
La OCDE o la UE están tratando de ordenar este proceso de desfiscalización del capital a
través del desarrollo de fórmulas de control e intercambio de información que permitan
reconstruir una fiscalidad razonable de las rentas del capital a nivel internacional.
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
Este efecto, evidente en el ámbito internacional, podría alcanzar niveles alarmantes
cuando las diferencias se producen en un mismo Estado por competencia fiscal entre
diferentes territorios con sistemas fiscales diferenciados, incentivando la salida de capitales
e inversiones desde territorios de alta fiscalidad hacia otros de menor presión fiscal.
Sencillez en la aplicación
Es decir que su administración sea sencilla, bien entendido que los costes de aplicación de
cualquier sistema fiscal debe juzgarse no sólo según los costes de gestión y administración
de las Agencias Tributarias, sino también, por los costes incurridos por los contribuyentes
al cumplir con sus obligaciones fiscales.
Cualquier sistema será más sencillo y preciso cuanto menos tiempo se necesite para
preparar y cumplimentar las declaraciones fiscales. Así pues, el coste social total de una
determinada recaudación fiscal debe incorporar tanto la presión fiscal indirecta, (de corte
administrativo), sobre el ciudadano como los costes administrativos públicos.
Cuanto más simple sea un impuesto menores son sus costes de cumplimiento y
administración y sin embargo, la evidencia empírica indica que aunque éstos son poco
visibles, su factura es sorprendentemente elevada.
En este sentido, uno de los elementos que mayor incidencia tienen sobre los costes de
administración es la complejidad en la definición de la base liquidable, que directamente
incide sobre la facilidad con la que los contribuyentes pueden ocultarla o manipularla para
darle apariencias diferentes. Asimismo, es posible detectar una correlación positiva entre
los costes de administración y cumplimiento y la magnitud de los tipos de gravamen. La
razón fundamental de esta correlación reside en que mayores tipos impositivos suponen
mayores incentivos a eludir o evadir impuestos por parte del contribuyente; y mayores
incentivos para detectar cuotas ocultas por parte de la Administración, desviando recursos
desde la gestión a la inspección y control y modificando la relación Administracióncontribuyente desde un enfoque amigable a una perspectiva más agresiva.
Frente a los principios de eficiencia económica, equidad horizontal y sencillez, la equidad
vertical, pasa a un segundo plano desde la perspectiva tributaria. Gran parte de los
economistas modernos (p.e., Haberger) consideran que la política redistributiva del Estado,
o de una Comunidad con autonomía fiscal máxima como Navarra, debe hacerse a través
del instrumento presupuestario, a través de políticas activas de gasto público en
educación, sanidad, integración social, dependencia, etc. Para ello es necesario
7
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
recaudar con eficiencia para poder aumentar el volumen de recaudación disponible
para las políticas de gasto público.
La realidad fiscal ha puesto de manifiesto que la progresividad ha podido contribuir a un
reparto más justo de la carga tributaria pero no a reducir la desigualdad y la
desvertebración social. Por ello, la tendencia comparada en este ámbito ha sido la de
evitar que fuertes niveles de progresividad fiscal formal puedan incidir de forma negativa
sobre comportamientos económicos estratégicos fundamentales como la oferta de trabajo,
el ahorro, la inversión o la asunción de riesgos empresariales que inciden sobre el
crecimiento económico y la recaudación fiscal.
En definitiva, se produce una opción clara, respecto a la implementación de las políticas
redistributivas o de carácter social, conduciéndolas a la vertiente del gasto público,
liberando parcialmente al sistema fiscal de esta función redistributiva en aras a conseguir
una mayor neutralidad fiscal de tal manera que la reducción de las distorsiones fiscales
contribuirán a un mayor crecimiento económico que generará retornos recaudatorios
suficientes para financiar políticas exigentes de gasto público social.
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
3. La Reforma fiscal en Navarra. Principales modificaciones
Se resumen a continuación las modificaciones introducidas por la reforma para el impuesto
sobre la renta de las personas físicas, el impuesto del patrimonio y el impuesto de
sociedades.
3.1. Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
En las tablas 1 y 2 se compara el impuesto sobre la renta en Navarra frente a otras
comunidades autónomas tras la reforma así como el caso particular de un contribuyente
con dos hijos.
Tabla 1. Comparativa del IRPF en Navarra tras la reforma
Renta extra disponible
Impuesto sobre la renta
frente a Navarra
Saldo
Bruto
Anual
Navarra
País
Vasco
La Rioja Madrid
País
Vasco
La Rioja Madrid
15.500
1.335
1.235
899
899
100
436
436
16.017
1.456
1.371
1.097
1.097
85
359
359
19.500
2.278
2.121
2.245
2.195
157
33
83
24.400
3.500
3.392
3.408
3.345
108
92
155
32.034
5.565
5.394
5.589
5.369
171
-24
196
47.741
11.090 10.354 10.836 10.389
736
254
701
62.741
17.447 16.121 16.536 15.988
1.326
911
1.459
77.748
24.050 22.392 23.279 22.436
1.658
771
1.614
102.748 35.331 33.689 34.779 33.311
1.642
552
2.020
127.748 47.081 45.189 46.279 44.186
1.892
802
2.895
Fuente: Civismo.org
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
Tabla 2. Comparativa del IRPF en Navarra para contribuyentes con hijos
Impuesto sobre la renta.
Contribuyente con dos hijos
Recargo fiscal en Navarra
Saldo
Bruto
Anual
Navarra
País
Vasco
La Rioja
Madrid
País
Vasco
La Rioja
Madrid
15.500
889
581
414
393
308
475
496
16.017
1.010
716
612
582
293
398
428
19.500
1.832
1.467
1.760
1.627
365
71
205
24.400
3.117
2.737
2.924
2.719
379
193
398
32.034
5.118
4.739
5.104
4.884
379
14
234
47.741
10.644
9.700
10.352
9.901
944
292
742
62.741
17.001
15.467
16.052
15.504
1.534
949
1.497
77.748
23.604
21.737
22.794
21.951
1.866
809
1.652
102.748
34.884
33.034
34.294
32.826
1.850
590
2.058
127.748
46.634
44.534
45.794
43.701
2.100
840
2.933
Fuente: Civismo.org
En general, la reforma del impuesto supone las siguientes modificaciones:
- Minorar el límite de reducción por aportación a planes de pensiones (en 1.000 euros para
2016; de 6.000 a 5.000 y de 8.000 a 7.000 en el caso de pesonas mayores de 50 años).
- Transformar las reducciones por mínimos personales y familiares en deducciones en
cuota.
- Incrementar desde los 32.000 euros el tipo de gravamen, hasta un marginal máximo del
52%, muy por encima del 45% estatal, y del 49% en el País Vasco.
- Incrementar entre dos y cuatro puntos la tributación de las rentas del ahorro.
- Suprimir a futuro la deducción por vivienda, excepto para VPO, manteniendo un régimen
transitorio.
- Hacer más progresiva la deducción por trabajo de manera que para rendimientos
superiores a 50.000 euros, el importe será de 400 euros frente a los 700 actuales.
- Ajustar las tablas de retenciones en función de los cambios anteriores, aumentando los
porcentajes desde los 23.250 euros.
- Introducir ajustes técnicos relacionados con la percepción de ciertas becas, trabajos
realizados en el extranjero, ayudas para víctimas de delitos, en especial violencia de
género, tributación de la distribución de la prima de emisión y reducción de capital,
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
transmisión de derechos de suscripción, excesos de adjudicación en la disolución de la
sociedad de gananciales, etc.
- Recoger dos supuestos contemplados en normativa común de manera reciente, relativos
a ganancias patrimoniales por cambio de residencia al extranjero y por transmisión de
participaciones preferentes.
- Establecer normas transitorias para rendimientos irregulares cobrados de forma
fraccionada, indemnizaciones por despido, deducción de cuotas sindicales, colegiales o
partidos políticos.
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
3.2. Impuesto sobre el Patrimonio
- Reducción del mínimo exento. Se propone reducir el mínimo exento del impuesto del
importe actual de 800.000 euros hasta 550.000 euros.
- Modificación de un límite de la cuota íntegra (el llamado escudo fiscal). La propuesta
consiste en rebajar el segundo límite del art. 31 del 75% al 65%. Por tanto, la reducción no
podrá exceder del 65%, con lo cual en todo caso el sujeto pasivo tributará como mínimo
por el 35% de la cuota íntegra de Patrimonio.
- Rebajar de 1.500.000 a 1.000.00 de euros el valor de los bienes y derechos del sujeto
pasivo por el que será obligatoria la presentación de la declaración por el Impuesto sobre
el Patrimonio, con independencia de que el mencionado sujeto pasivo tenga cuota a pagar
o no.
- Modificar el tratamiento tributario de los bienes y derechos afectos a una actividad
empresarial o profesional, así como respecto de la propiedad de participaciones en
entidades que realicen actividades empresariales y en las que el sujeto pasivo tenga
funciones de dirección, y además de las que perciba más el 50% de la totalidad de sus
rendimientos empresariales y de trabajo personal. La propuesta consiste en que estos
bienes y derechos vuelvan a estar sujetos y no exentos, si bien puedan aplicar una
deducción en la cuota íntegra del 80% de su importe (no del 100%) a partir de los 500.000
euros de patrimonio empresarial.
3.3. Impuesto de sociedades
- Las SICAV’s pasan a tributar a régimen general.
- Se elimina el régimen de las Sociedades de Promoción de Empresas (SPE’s)
manteniendo un régimen transitorio.
- Se modifica el tipo general de gravamen que pasa del 25 al 28%. El resto de tipos se
mantienen.
- El tipo mínimo se establece en el 13%.
- La deducción por creación de empleo se condiciona a su mantenimiento durante dos
años (en la actualidad es uno) y a que el sueldo satisfecho sea superior a 1,5 veces el
Salario Mínimo Interprofesional.
- Para la deducción por activos fijos nuevos se añade la exigencia de que la inversión de
cada ejercicio supere el 10% del valor neto contable del activo no corriente.
- La deducción por I+D será del 50% en las grandes empresas.
- Se suprimen la deducción por donaciones a la Fundación Moderna.
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Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
4. Valoración de la Reforma fiscal de 2015
La capacidad de una economía para generar un mayor nivel de bienestar reside en el
crecimiento de su economía y en la capacidad de su tejido productivo para generar rentas
(de trabajo y capital). Esto, a su vez depende de la competitividad de empresas y agentes
que lo componen. Al mismo tiempo, la competitividad de las empresas está asociada a su
productividad. Las empresas más productivas, las que con los mismos recursos son
capaces de generar más valor añadido, son las que compiten con éxito.
Es decir, en la medida que las empresas sean competitivas, podrán generar mayores
salarios y mayores retornos a la inversión, lo cual a su vez retornará positivamente, vía
fiscal, en los ingresos públicos.
El crecimiento real de la renta y la riqueza se genera a partir de procesos de acumulación e
inversión a través del funcionamiento de mercados competitivos, y de forma subsidiaria,
con la intervención pública. Los factores que favorecen los procesos de acumulación son
diversos entre los que destaca: la formación humana, la inversión física y las mejoras
tecnológicas y organizativas.
Este debe ser, por tanto, el objetivo de la política económica: facilitar e impulsar que las
empresas de su territorio sean más productivas que su competencia y el sistema fiscal,
como instrumento de dicha política, debe facilitar la competitividad empresarial evitando
que los impuestos ahoguen, sino que contribuyan a tal fin.
Bajo esta forma de entender la generación de bienestar, la competitividad empresarial
debería ser el marco para la discusión de los criterios de la reforma de la fiscalidad en
Navarra manteniendo un esquema de reformas tributarias graduales, sin una ruptura del
modelo que pueda generar problemas de transición.
La reforma fiscal no responde a este objetivo ya que sitúa a las empresas navarras
en una de las peores posiciones en el entorno estatal, y la peor respecto de las
regiones vecinas.
Además, como se detalla a continuación, no se ajusta a los tres principios básicos
impositivos detallados anteriormente y, por tanto, no se diseña acorde a los modelos
de las principales economías desarrolladas de nuestro entorno.
13
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
4.1.
Genera distorsiones económicas
La reforma fiscal va en contra del principio de eficiencia económica.
Como se ha mencionado anteriormente, los sistemas fiscales suponen costes sobre los
agentes económicos, siendo uno de ellos los costes asociados al cambio introducido (por
la fiscalidad) en los precios relativos de bienes y factores productivos. Los altos tipos
marginales del IRPF tienen un efecto negativo en comportamientos económicos
fundamentales como son la oferta de trabajo, el ahorro y la inversión, la asunción de
riesgos empresariales y de estímulo al fraude fiscal.
Aunque la actividad empresarial y el consumo están mejorando en Navarra tras años de
caída y restricciones presupuestarias, algunos indicadores como la inversión o el empleo
reflejan que la situación es todavía muy complicada. Tras treinta trimestres de caída, la
formación bruta de capital creció un 0,4% y un 1,1% en el segundo y tercer trimestre de
2015 respectivamente. En cuanto a la inversión en bienes de equipo, una variable muy
relevante en el caso de la economía navarra, ha crecido en 2015 una media del 0,5%, lo
cual es un crecimiento relativamente bajo.
Por otro lado, la tasa de paro en el tercer trimestre de 2015 se sitúa en el 13,5% y
representa el signo más evidente de que Navarra no ha salido todavía de la crisis
económica. Además, el entorno económico internacional no es expansivo. Las principales
economías emergentes entran en un proceso de contracción y el crecimiento de nuestros
principales socios comerciales (Europa) tampoco es sólido todavía, muestra de lo cual es
que todavía se están aplicando estímulos económicos (en Europa y Estados Unidos).
Por tanto, en un momento de recuperación débil como el actual procede animar la
actividad empresarial, la inversión y el consumo con el objetivo de incrementar la
recaudación fiscal. Por el contrario, el efecto combinado de la subida del IRPF foral y de
las contribuciones empresariales puede ser una rémora en un horizonte de salida de la
crisis.
Una cuestión pendiente es el tratamiento impositivo diferenciado de las diferentes clases
de activos reales y financieros que acaban distorsionando la composición del ahorro
familiar y regional y que, a pesar de los esfuerzos desplegados en los últimos años, sigue
pendiente de solución.
Esta falta de neutralidad impositiva, bastante general, se da también en el impuesto de
sociedades, pues su normativa ha introducido una dispersión importante de la carga fiscal
según sectores de producción y afecta a la composición de la inversión.
14
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
4.2.
Eleva la presión fiscal en Navarra en relación a su entorno
La reforma fiscal se aleja del principio de equidad horizontal en la imposición.
En los últimos años, el incremento de la presión fiscal en Navarra (y España) ha sido
importante y superior al de nuestro entorno internacional, estando ya a niveles intermedios
en el marco de los de los países de la OCDE. Esto implica que el precio pagado por los
servicios públicos ha aumentado rápida y considerablemente sin que los usuarios parezcan
satisfechos por los niveles de cobertura y prestación de servicios públicos fundamentales.
Añadida a esta tendencia, la reforma fiscal en Navarra supone claramente una nueva
subida de impuestos.
Se analiza a continuación las medidas propuestas para cada uno de los impuestos.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Aunque las medidas se anuncian especialmente para "rentas altas", éstas afectan muy
probablemente a todos los contribuyentes.
- El cambio de las reducciones familiares por deducciones familiares, afecta negativamente
a prácticamente todos los tramos de rentas (desde 19.000 euros de renta).
- La subida del marginal último, evidentemente, afecta a las rentas del trabajo altas y, salvo
el puro efecto cosmético de elevar la progresividad formal con un marginal superior al 50%,
no supondrá un incremento de recaudación sustancioso, es un desincentivo a las rentas
obtenidas por personas físicas a partir de ciertas cuantías, y sitúa la fiscalidad navarra en
una situación de desventaja, en comparación a los territorios circundantes (marginal País
Vasco 49%, España 45%).
- La subida de dos puntos en las rentas de capital así como la bajada de los límites de los
planes de pensiones también supone una posición desventajosa respecto del resto de
territorios. Son medidas que deincentivan el ahorro. En algunos casos (como puede
apreciarse en la Tabla 1) puede haber diferencias de entre 2 y 4 puntos de tributación entre
Navarra y País Vasco o Estado.
15
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
En definitiva, se trata de una subida generalizada del IRPF, que afectará a casi todas las
rentas, especialmente a las del trabajo, que desincentiva el ahorro, que afecta a las
familias con hijos (que se aprecia en la Tabla 2 presentada anteriormente) y que se hará
notar en enero de 2016 con la consecuente subida de retenciones. Además, contrasta con
un entorno de clara bajada del IRPF en el Estado y de menor tributación en el País Vasco.
Impuesto sobre el patrimonio
Las medidas propuestas en el Impuesto sobre Patrimonio conformarán un impuesto que
será, sin duda, el más gravoso de toda España, y especialmente en lo que se refiere a las
empresas familiares.
- En cuanto al mínimo exento, la rebaja de 800.000 a 550.000 euros coloca a Navarra en la
peor posición relativa de su entorno (en 800.000 Vizcaya y Álava es de 800.000€ y de
700.000€ en Guipúzcoa).
- En cuanto al escudo fiscal, también supone una nueva posición muy desventajosa
respecto de los demás territorios y dibuja un escenario que alcanza la confiscación.
- La actual exención de los bienes, derechos y participaciones empresariales en el
impuesto, similar a la que existe ya en Vizcaya, Álava y resto del Estado, si es
transformada en deducción al 80% (ni siquiera al 100% que ya existía en Navarra antes del
2015), supone un claro agravio. Guipúzcoa ha mantenido dicha deducción al 75%, pero
actualmente el PNV ya ha presentado un proyecto de ley que lo transformará en exención
por el grave perjuicio que causa a las empresas en dicho territorio.
Impuesto de sociedades
En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, la reforma supone un empeoramiento relativo
para las empresas localizadas en Navarra y les sitúa en una situación de desventaja con
respecto a empresas localizadas en comunidades autónomas vecinas:
- La subida del tipo al 28% lo iguala al del País Vasco, pero lo aleja del 25% estatal.
- A pesar de que el País Vasco tiene el mismo tipo nominal, su fiscalidad es claramente
más ventajosa debido a cuentan con mayor número de incentivos fiscales en forma de
reservas especiales (hasta tres) y, sobre todo, a que el límite de aplicación de deducciones
16
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
en cuota es del 45% frente al 25% de Navarra. En definitiva, con igual tipo nominal, su tipo
efectivo es claramente mejor.
- La existencia de tipo mínimo es claramente desventajosa respecto del Estado, donde no
existe.
- La aplicación anual de la deducción por I+D de las grandes empresas se reduce al 50%.
Esta medida, claramente discriminatoria respecto del resto de territorios, puede
desincentivar la instalación de empresas o centros tecnológicos de empresas con alto
contenido de I+D, en favor de otras localizaciones.
- Y habría que regular ciertas cuestiones que no se han propuesto y que ya existen en el
País Vasco y en el Estado, con clara desventaja de Navarra, en aspectos como la
exención en la corrección de la doble imposición interna (lo que produce que
multinacionales prefieran instalar sus holdings en otros territorios y no en Navarra), o en
operaciones vinculadas.
En definitiva, la reforma fiscal supone una subida impositiva generalizada, la cual sitúa a
Navarra en una clara posición de desventaja en relación al Estado y las regiones límitrofes.
Esto va en contra de los intentos en los países europeos de incrementar la equidad
horizontal en el diseño de los sistemas fiscales, con el fin de evitar la movilidad de
capitales y personas hacia países con fiscalidades más favorables. Debido a la proximidad
geográfica, el riesgo de movilidad de personas y capitales es mayor entre regiones de un
mismo país con diferente presión fiscal. Este es el escenario que se abre en Navarra, con
una fiscalidad peor que la de su entorno, lo cual incrementa el riesgo de deslocalización
con el consiguiente efecto negativo sobre el crecimiento y la recaudación será muy
negativo en el medio plazo.
4.3.
Reduce la sencillez del sistema fiscal
Las modificaciones introducidas en la reforma (ampliación de tramos impositivos, nuevos
tipos marginales…) van en contra de la necesaria simplificación y mejora de la nitidez de la
legislación tributaria. Además supondrá un mayor esfuerzo para lograr una mejor
coordinación entre los impuestos que conforman el cuadro tributario navarro.
A la vez, se deberían reconsiderar áreas completas como la tributación patrimonial en
función de los desarrollos de otros países de la UE. Reconsideración que no significa
17
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
simple eliminación. Por ejemplo, la imposición sucesoria debería seguir teniendo un papel
relevante aunque con alguna simplificación y armonización a nivel del Estado.
4.4.
Complica la administración tributaria.
La Hacienda Tributaria Navarra tiene retos importantes en el desarrollo de una política de
personal coherente, en el uso de métodos “empresariales” en su organización interna,
atemperados por los criterios de generalidad y equidad que han de estar presentes en la
función pública, y en la obtención y tratamiento de la información tributaria. Además, será
necesario avanzar en los mecanismos de integración y coordinación con las diferentes
administraciones tributarias autonómicas y con la Agencia Tributaria si se quiere optimizar
la gestión del sistema tributario en su conjunto dentro del debate del nuevo modelo de
financiación autonómica que se abrirá de forma inminente.
4.5.
Afecta negativamente a la confianza empresarial
La reforma fiscal en Navarra es negativa ya que supone una subida de los impuestos en un
momento en el que las regiones de su entorno los bajan, pero además se suma a la
sucesión de reformas y con direcciones contrarias que se han introducido en los últimos
años, lo cual afecta gravemente a la confianza de las empresas y ciudadanos así como a
su percepción de la necesaria estabilidad y seguridad jurídica.
La Cámara de Comercio de Navarra realizó un sondeo entre una muestra1 de empresas en
Navarra entre octubre y noviembre de 2015, para conocer su valoración sobre la previsión
de reducción de la inversión en el TAV y el Canal de Navarra, y la posible incidencia de la
reforma fiscal sobre el empleo, la inversión y el riesgo de deslocalización. Se recogen a
continuación los resultados relativos al efecto de la reforma fiscal.
La subida impositiva tendría un mayor efecto sobre la inversión empresarial y el riesgo de
deslocalización que sobre el empleo. El 61,1% de las empresas encuestadas considera
que la reforma fiscal no afectará al nivel de empleo en su empresa. Este porcentaje baja al
41,7% en el caso de la inversión. La mitad de las empresas considera que la subida
impositiva afectará a su nivel de inversión.
1
Se trata de una muestra de unas cien empresas de tamaño medio y principalmente del sector
industrial.
18
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
Ante la subida del impuesto de sociedades del 25% al 28% planteada por el Gobierno de
Navarra usted cree que:
Aumentará
Descenderá
No se verá afectado
El empleo en su empresa
4,2 %
34,7 %
61,1 %
La inversión en su empresa
5,6 %
50 %
41,7 %
Una subida de impuestos para las empresas en Navarra, que eleve la presión fiscal a las
empresas por encima de las otras regiones en España, ¿podría suponer la deslocalización
de Navarra de su actividad productiva?:
Respuesta
Ratio
Muy probablemente
27 %
Probablemente
35 %
Sería poco probable
19 %
Sería muy improbable
19 %
La reacción a la subida impositiva es más evidente cuando las empresas valoran la
posibilidad de deslocalizar su actividad como consecuencia de una presión fiscal superior a
la de las regiones vecinas. El 62% de las empresas encuestadas ve probable o muy
probable la deslocalización de su actividad fuera de Navarra. Una de cada cuatro
empresas ve esta opción muy probable.
4.6.
Fraude tributario
La reducción del fraude es un área problemática del sistema tributario nacional y también
del navarro. Los últimos datos de la UE sitúan a España con una economía sumergida de,
en torno, al 20% del PIB, siendo la situación en Navarra algo mejor al estimarse el peso de
su economía sumergida en nuestra región en un 17%, según el informe de GESTHA-URV
(2014). Este estudio pone de manifiesto la relevancia del desempleo como responsable en
gran medida de las divergencias en fraude fiscal entre Comunidades Autónomas.
En este sentido, las Comunidades Autónomas con mayor peso en el sector industrial son
menos propensas a la economía sumergida por lo que defender y potenciar el sector
industrial es una medida estratégica de lucha contra el fraude. De hecho, según este
19
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
estudio Navarra sería de las Comunidades con menor fraude fiscal por su estructura
sectorial. En todo caso, un adecuado programa de lucha contra el fraude debidamente
ponderado por los efectos económicos que cada medida genera y ajustado a los
requerimientos de la estructura económica y social de la Comunidad Foral, podría permitir
aumentar la recaudación disminuyendo la carga fiscal que recae sobre los contribuyentes
reales del sistema. Es, además, una fórmula idónea para mejorar la equidad del sistema.
20
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
5. Recomendaciones de actuación en materia fiscal
Se recoge a continuación un conjunto de medidas relativas al régimen fiscal foral en las
que
se
considera
macroeconómicos,
necesario
distributivos
incidir
y
y
que
recaudatorios
permitirian
en
un
mejorar
los
resultados
contexto
de
economías
desarrolladas. Estas se basan sobre las premisas ya expuestas en este informe:
continuidad del modelo en un proceso de reforma tributaria gradual, en un contexto
necesaria estabilidad presupuestaria, y las coordenadas que deberían caracterizar un
sistema moderno de imposición personal sobre la renta.
1. Incorporar los nuevos principios impositivos básicos
La incorporación de los nuevos principios impositivos básicos supone la introducción de las
siguientes soluciones técnicas en los sistemas fiscales. La reforma fiscal introducida en
una economía regional desarrollada como la de la Comunidad Foral, debería tener en
cuenta dichos elementos.

Una reducción generalizada e importante de los tipos marginales máximos y de los
tipos medios de gravamen en la imposición personal sobre la renta.

Una reducción de los tipos nominales y efectivos de los impuestos de sociedades.

Una reducción del número de tramos impositivos en las tarifas de la imposición
personal sobre la renta evitando tarifas muy escarpadas que, en la mayor parte de
los casos, sustentan más una voluntad política de progresividad formal y que no se
traduce en progresividad efectiva.

La ampliación y racionalización de las bases imponibles, en la búsqueda de una
tributación efectiva de la renta discrecional del contribuyente.

Revisión de los tratamientos preferenciales y de los sistemas tradicionales de
incentivos para adecuarlos o ajustarlos a políticas claras y selectivas de
trascendencia económica y social.
21
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015

Una revisión del enfoque, objetivos e implementación de la imposición patrimonial,
a través de la eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio y una racionalización de
la Imposición sobre Sucesiones y Donaciones.

Cambios en la participación relativa de la imposición indirecta respecto a la directa,
como consecuencia de la mayor fortaleza de los impuestos sobre el Valor Añadido,
los impuestos especiales y el surgimiento de la imposición medioambiental.

Si bien, todo ello, sujeto a una restricción financiera muy estricta que ha venido
exigiendo la práctica neutralidad recaudatoria de los cambios por las obligaciones
fiscales derivadas de la puesta en funcionamiento de la tercera fase de la Unión
Económica y Monetaria y la aplicación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en un
contexto de consolidación fiscal.
2. Crear un entorno fiscal atractivo a la inversión nacional e
internacional
Según la OCDE, la fiscalidad afecta de manera decisiva a la estructura y forma de
financiación de las inversiones. Si bien una fiscalidad favorable no promociona
necesariamente las inversiones en un territorio ya que hay otros factores relevantes
(costes laborales, tecnología, etc.), una mala fiscalidad o no coordinada adecuadamente
con las del entorno, es un claro desincentivo. En este sentido, la reforma fiscal de Navarra
en 2015 supone un claro riesgo para la economía navarra.
La mejora de la competitividad exterior de la economía navarra se debe convertir en una
de las actuaciones prioritarias de la política económica del Gobierno Foral. En este sentido,
es necesario poner en marcha medidas fiscales destinadas a la internacionalización de la
empresa navarra, respetando la normativa internacional y comunitaria, así como a la
captación de inversión. La atracción de actividades prioritarias para el tejido empresarialindustrial navarro tales como centros de decisión, de logística, industria avanzada, centros
tecnológicos de empresas, etc., deben ser apoyados a través de una política tributaria
amigable y no coercitiva. No hay que olvidar tampoco que la autonomía fiscal navarra
permite ofrecer incentivos fiscales para motivar la instalación de trabajadores cualificados
nacionales y extranjeros en la Comunidad Foral.
22
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
3. Incentivar la participación en el mercado de trabajo
Se trata de que el sistema fiscal favorezca la participación de más personas en el mercado
de trabajo y continúe reduciendo la brecha fiscal, es decir, la diferencia entre el salario neto
cobrado por el trabajador y el coste salarial total que supone para la empresa.
Se propone la reducción de la carga fiscal individual a los ciudadanos de forma selectiva
así como la potenciación de un marco fiscal incentivador de las actividades de las PYMES
y autónomos.
Con ello se contribuye a reducir la brecha fiscal y se incentiva la contratación, tratando de
favorecer especialmente a las rentas del trabajo y las rentas medias y bajas con el fin de
vertebrar y dar cohesión a la sociedad.
4. Fomentar el ahorro
Desde un punto de vista teórico, cualquier reforma tributaria debe considerar como
elemento central el fomento del ahorro como base de la capitalización del sistema
productivo. El ahorro financia el capital físico, complementa la formación de capital humano
y aumenta la estabilidad económica de los agentes sociales. En el momento actual este
objetivo es vital dada la necesidad de incrementar el ahorro interno debido a los problemas
de financiación internacional, el elevado volumen de endeudamiento así como el escaso
margen de maniobra para recurrir a la deuda como mecanismo de financiación de nuestra
economía.
Por ello, medidas como las propuestas en la reforma fiscal que directa o indirectamente
desincentivan el ahorro (o limitan la capacidad de ahorro de las personas) son perjudiciales
para el futuro de la economía foral. Por ello, se requieren propuestas innovadoras sobre el
tratamiento fiscal generoso al ahorro como pilar de la estabilidad económica de Navarra a
medio y largo plazo.
5. Apoyar a la familia como elemento de vertebración y estabilidad
social
Es obvio que las cargas familiares modifican sustancialmente la situación económica de los
individuos, por lo que el tamaño de la familia, el número de ascendientes y descendientes
dependientes, su situación de discapacidad y la edad de los mismos tienen que seguir
siendo un elemento de ajuste del sistema fiscal no sólo por razones de equidad, sino
también de eficiencia. Vinculado al envejecimiento de la población y las dificultades
23
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
financieras previsibles del sistema de pensiones, sería conveniente una revisión de los
incentivos fiscales a las situaciones de dependencia y planes de pensiones.
6. Desarrollar una política de ampliación de bases, con una reducción
temporal de tipos impositivos en el Impuesto de Sociedades
Teniendo en cuenta el comportamiento cíclico que tiene la recaudación del Impuesto de
Sociedades, sería fundamental desarrollar medidas que cooperen al logro de una mayor
productividad y que incentiven el crecimiento económico. Para ello resulta fundamental ir
reduciendo los tipos nominales del Impuesto e incrementando los efectivos para
acompasar nuestra tributación a la aplicada en la UE.
7. Vigilar estrechamente la relación entre imposición directa e indirecta
En principio, un tax mix donde los impuesto indirectos superaran ligeramente a los directos
no debería ser preocupante, dado que estos últimos generan distorsiones más relevantes y
de impacto más inmediato sobre la toma de decisiones económicas de los agentes. No
obstante, puede tener efectos negativos desde el punto de vista de la equidad, dados los
actuales patrones de consumo/ahorro en la economía española según los cuales, las
rentas disponibles de las familias de menor renta, presentan un mayor sesgo hacia el
consumo y por tanto, se verían más afectados.
8. Incorporar la fiscalidad medioambiental como elemento definitivo del
sistema con una perspectiva integral
La utilización de los impuestos con fines medioambientales resulta hoy en día
imprescindible para la protección de los estándares de agua y aire, el control de las
emisiones del C02, y la correcta gestión de los recursos naturales. El fundamento teórico
de esta incorporación descansa en la idea de compensar la reducción de los impuestos
personales sobre la renta con la incorporación de tributos de regulación medioambiental.
De esta manera, se propone que los impuestos ambientales sean utilizados para
contrarrestar la reducción en la imposición directa, básicamente el IRPF y las Cotizaciones
Sociales. Este planteamiento reformador permite obtener una serie de objetivos
estratégicos, que se han venido en denominar “dividendo múltiple”:
I.
un objetivo económico-fiscal que consiste en reducir las pérdidas de eficiencia
derivadas de altos tipos marginales de gravamen,
24
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
II.
un objetivo estrictamente regulatorio-ambiental, para lo que se propone la
utilización de figuras específicas, y
III.
un objetivo económico-laboral, es decir, el apoyo a la generación de empleo
reduciendo la brecha fiscal y utilizando la imposición ambiental para compensar las
pérdidas recaudatorias.
9. Revisar el papel, fundamentos y articulación de la imposición
patrimonial
La riqueza está sometida a una triple tributación: cuando se genera, cuando se disfruta y
cuando se consume o transmite. En ciertos casos, someter a tributación a los propiestarios
de activos que no producen rendimientos monetarios puede resultar confiscatorio,
pudiendo obligar incluso a vender el bien para afrontar el pago. Los beneficios fiscales y
las posibilidades de elusión fiscal han convertido los impuestos sobre la riqueza y su
transmisión en gravámenes sobre la pequeña propiedad y las clases medias.
Adicionalmente, el Impuesto sobre el Patrimonio conlleva una discriminación que penaliza
el ahorro y la inversión sobre el consumo, lo que ha provocado su práctica supresión en la
mayor parte de los países de la OCDE. Por su parte, el Impuesto de Sucesiones y
Donaciones presenta diferencias entre territorios de tal magnitud que obliga, en ciertos
casos, a cambios de residencia por motivos fiscales.
Todo ello confirma la necesidad de una revisión de las figuras principales de la imposición
patrimonial en línea con una eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio Neto y una
simplificación y reducción de los tipos en el Impuesto de Sucesiones en un marco de cierta
armonización de bases y tipos en todo el Estado español.
10. Desarrollar la Hacienda Tributaria Navarra como instrumento
fundamental para lograr un mayor grado de cumplimiento tributario
En los últimos años se ha avanzado significativamente en el ámbito de la Administración
tributaria en España, pasando a ser una referencia mundial en el uso de nuevas
tecnologías tanto para el servicio a los contribuyentes como para la gestión, recaudación y
control de los mismos. No obstante, es necesario seguir avanzando en cuestiones
fundamentales como son:
I.
La integración de las administraciones fiscales con el fin de perfeccionar los
mecanismos de intercambio de información y control de fraude fiscal tanto nacional
como internacional.
25
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
II.
La racionalización de las gestión interna enfocada más a segmentos o funciones
en vez de tipos de impuestos.
III.
Desarrollo de sistemas de retención de información, control cruzado y obligaciones
de información de los contribuyentes, así como los mecanismos de declaraciones y
cumplimiento de obligaciones formales y registrales a través de medios telemáticos.
IV.
Mejora de la gestión del riesgo fiscal y en los accesos a la información a través de
un uso interno generalizado de los nuevos instrumentos de apoyo que aportan las
nuevas tecnologías en la explotación de Censos, bases de datos, etc.
Estas acciones son algunas de las premisas que deberían conformar el diseño del sistema
fiscal navarro, alineado con las consideraciones y recomendaciones del Consejo de la
Unión Europea, y capaz de potenciar el ritmo de crecimiento de la economía navarra y
española.
26
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
6. Conclusiones
Crecer para crear empleo deber ser la referencia que guíe la práctica fiscal y para ello es
necesario un sistema tributario suficiente desde el punto de vista recaudatorio, justo desde
el punto de vista de vertebración y cohesión social y eficiente, que no penalice
comportamientos económicos estratégicos de los agentes navarros, necesarios para
continuar en la senda de la recuperación económica.
De acuerdo a los argumentos presentados en este informe, la reforma fiscal navarra no
responde al objetivo de crecimiento como mecanismo de generación de bienestar.
1. La reforma fiscal supone una subida impositiva que sitúa a Navarra en
una clara posición de desventaja en relación a las regiones limítrofes
La reforma fiscal supone una clara subida impositiva y, especialmente, un ahondamiento
en la distancia fiscal que separa a Navarra de la media nacional y de las regiones vecinas.
Respecto al IRPF, se trata de una subida generalizada, que afectará a casi todas las
rentas, especialmente a las del trabajo lo cual desincentiva el ahorro. Afecta a las familias
con hijos y se hará notar en enero de 2016 con la consecuente subida de retenciones.
Además, contrasta con un entorno de clara bajada del IRPF en el Estado y de menor
tributación en el País Vasco.
En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, la reforma supone un empeoramiento relativo
para las empresas localizadas en Navarra y les sitúa en una situación de desventaja con
respecto a empresas localizadas en comunidades autónomas vecinas:
Las medidas propuestas en el Impuesto sobre Patrimonio lo convierten en el más gravoso
de toda España, y especialmente en lo que se refiere a las empresas familiares.
Por todo ello, supone para Navarra la peor fiscalidad de todo el territorio español. Además,
hay que tener en cuenta que en 2016 podrían introducirse en España rebajas fiscales en
ciertos impuestos, lo cual supondría un mayor agravio comparativo para la sociedad
Navarra. Este no es un escenario de equilibrio, no ya de ligera ventaja para Navarra.
Navarra tiene potestad tributaria propia y debería utilizarla, si no para estar en mejores
27
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
condiciones, sin abusar y de forma equilibrada en comparación al conjunto nacional, por lo
menos para no estar en clara desventaja. Esta reforma supone lo segundo.
2. La reforma fiscal no se ajusta a los principios de eficiencia
económica, equidad horizontal y sencillez
La reforma fiscal introducida en Navarra no se ajusta a los principios impositivos básicos
bajo los cuales, desde hace ya un tiempo, diseñan sus políticas tributarias las principales
economías desarrolladas y en ese sentido, aleja el modelo fiscal navarro del de las
economías de su entorno.
El incremento de la imposición previsto en la reforma fiscal incide sobre la toma de
decisiones económicas de los agentes y por tanto, lo hace menos eficiente desde el punto
de vista económico. Lejos de reducir las distorsiones fiscales que generan los impuestos,
la reforma fiscal las aumenta.
La reforma aleja el sistema tributario navarro del de las regiones límitrofes y por tanto lo
hace menos equitativo, desde el punto de vista horizontal. Ante un mismo rendimiento del
trabajo o del capital, el sistema fiscal de Navarra es más desfavorable al de territorios
vecinos. Las implicaciones de esta desigualdad serán negativas en el medio plazo ya que
incidirá en la capacidad de Navarra para atraer inversión (nacional o interancional) e
incentivará la deslocalizcación hacia regiones con fiscalidad más favorable.
Las modificaciones introducidas en la reforma van en contra de la necesaria simplificación
y mejora de la nitidez de la legislación tributaria. Supondrá un mayor esfuerzo para lograr
una mejor coordinación entre los impuestos que conforman el cuadro tributario navarro y
supone un incentivo a la evasión fiscal, de por sí ya elevada en la Comunidad Foral.
3. La reforma no garantiza el cumplimiento de los objetivos propuestos
La Cámara de Comercio comparte los objetivos que persigue la reforma, entendidos como
el incremento de la recaudación y la distribución de la renta. No obstante, se considera que
la reforma fiscal introducida por el Gobierno de Navarra no es el mecanismo adecuado
para conseguir tales objetivos, por sus efectos sobre la economía navarra en el medio
plazo. La reforma fiscal no se utiliza como instrumento de política económica para impulsar
el crecimiento económico. Todo lo contrario, su efecto recaudatorio será menor de lo
esperado si la economía se frena. Supone, por tanto, un riesgo importante para la
28
Informe sobre la reforma fiscal en Navarra 2015
economía foral por una doble vía: una recaudación inferior a lo previsto y el consiguiente
efecto negativo sobre el presupuesto público y la propia desaceleración de la recuparacion
de la economía foral, que se traduce, a su vez, en una menor recaudación. En este
sentido, la política tributaria basada en esta reforma fiscal no sólo no actúa como
instrumento eficaz de la política económica sino que lo hace de forma contra-cíclica.
4. La Cámara de Comercio de Navarra propone una serie de medidas
para avanzar hacia un sistema fiscal acorde a los modelos europeos
Frente a la reforma fiscal introducida por el Gobierno de Navarra la Cámara de Comercio
de Navarra presenta unas recomendaciones en torno a las líneas que deberían guiar el
sistema fiscal de Navarra.
Estas recomendaciones parten del principio de que el sistema fiscal navarro debe estar
diseñado de tal manera que sirva como instrumento de política económica para garantizar
el crecimiento económico, (o al menos no actuar como freno), respetando el principio de
suficiencia presupuetaria. Para ello se recomienda que se diseñe de acuerdo a los
principios básicos de imposición, es decir, no introduzca distorsiones en la asignación
eficiente de recursos, se ajuste al principio de equidad horizontal y sea lo más sencillo
posible.
Desde el punto de vista de la eficiencia económica el sistema fiscal debería favorecer (y no
desincentivar) la atracción de inversión nacional e internacional, incentivar la participación
en el mercado laboral y fomentar el ahorro. Se propone también la reducción de los tipos
impositivos nominales y aumentar los tipos efectivos en el impuesto de sociedades, para
incentivar el crecimiento económico acompasando la tributación aplicada a la de la UE.
Una mayor alineación con los sistemas tributarios modernos supone también la
introducción paulatina de la fiscalidad medioambiental, que permita reducir la imposición
sobre la renta personal y garantizar así el equilibrio presupuestario.
Por último, se recomienda también vigilar la relación entre imposición directa e indirecta,
apoyar la familia como elemento de vertebración social y revisar el papel de la imposición
patrimonial.
Pamplona, 14 de diciembre de 2015
29