Download Resolución final de la investigación antidumping sobre las

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
10 de octubre de 2014.
N.I. 048
NOTA INFORMATIVA
“Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de malla o tela
galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadricula, originarias de la
República Popular china, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía
ingresa por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la Tarifa de la
Ley de los Impuestos Generales de importación y de exportación.”
Hacemos de su conocimiento que el día 09 de octubre la Secretaría de Economía, dio a
conocer en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo al rubro indicado, misma que
entra en vigor al día siguiente de su publicación. A continuación les compartimos lo más
relevante:
Antecedentes:
El día 28 de marzo de 2014 se publicó en el DOF, Resolución preliminar de la investigación
antidumping sobre las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al
carbón, en forma de cuadrícula, originarias de la República Popular China,
independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones
arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos
Generales de Importación y de Exportación.
Producto:
Malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadricula.
Detalle: La mercancía objeto de investigación es la malla o tela galvanizada de alambre de
acero al carbón, en forma de cuadrícula, con medidas de 2x2 a 8x8 aberturas por pulgada
lineal ("malla de acero"). Su nombre comercial es criba grano de plata o criba ferretera,
conocida en inglés como hardware cloth, hot-dipped galvanized wire mesh after welded or
woven, galvanized welded wire mesh, galvanized iron wire mesh, utility hardware cloth y
galvanized square wire mesh, entre otros.
Fracciones Arancelarias:
7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01.
*DLMV
País De Origen
República Popular de China.
Tipo De Resolución:
Resolución final de la investigación antidumping
Resolución De La Autoridad

Se declara concluido el procedimiento de investigación en materia de prácticas
desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios,
y se impone una cuota compensatoria definitiva de $2.08 (dos punto cero ocho)
dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo a las importaciones de malla
o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula,
originarias de China, que ingresen por las fracciones arancelarias 7314.19.02,
7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, independientemente del país
de procedencia.

La cuota compensatoria se aplicará sobre la unidad de medida declarada en el
pedimento correspondiente.

Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar la cuota
compensatoria que se señala en el punto 183 de la presente Resolución en todo el
territorio nacional.
Esperamos que la información proporcionada sea de utilidad y en caso de que su
empresa o usted requiera o desee conocer a detalle la información, favor de
solicitarlo a la siguiente dirección electrónica: [email protected] donde con
gusto le atenderemos.
*DLMV