Download Abolición de la Pena de Muerte en Costa Rica

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Transcript
Reseña histórica
Efemérides
Abolición de la Pena de Muerte en
Costa Rica
26 de abril de 1882
Antes de la emisión del Código de Carrillo
nuestro estilo punitivo dependió del modelo
colonial, que era continuación del régimen jurídico
español.
La Pena de muerte había sido instituida en
Costa Rica por la Constitución Política
de 7 de diciembre de 1871, la cual en su
artículo 45 la establecía en los siguientes
casos:
1. delito de homicidio premeditado y
seguro, o premeditado y alevoso,
Nº VII, don Tomás Guardia adoptó algunas
modificaciones a la Constitución de 1871 y el
citado artículo 45 fue sustituido por el siguiente:
“La vida humana es inviolable en Costa
Rica” (Decreto Ejecutivo que adopta la
Constitución Política de 1871 con
algunas modificaciones).
Encuentre
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educativos
en Apoyo
Académico
2. delito de alta traición,
3. delito de piratería.
Las nuevas ideas liberales que estaban en boga
en la época, la consolidación de la economía
cafetalera y la falta de mano de obra de trabajo,
entre otras, fueron las principales razones para que
el presidente Tomás Guardia aboliera la pena de
muerte en Costa Rica.
El 26 de abril de 1882, mediante el Decreto
Con dicho texto quedó abolida
la pena capital en nuestro
ordenamiento jurídico, comenzando
a partir de ese momento la
trayectoria de nuestro país como
defensor y propulsor de los derechos
humanos. Cabe mencionar, que el mismo
texto forma parte de la Constitución Política de 7
de noviembre de 1949, correspondiente al artículo
21 el cual se lee: “la vida humana es inviolable”.
“La sangre y las lágrimas derramadas por la
acción de un crimen, no se recogen por la sangre
y las lágrimas que en castigo haga derramar la ley”.
Tomás Guardia (1882)
Fuente: Procuraduría General de la República de Costa Rica en http://www.pgr.go.cr/scij/busqueda/normativa/pronunciamiento/
pro_repartidor.asp?param1=PRD&param6=1&nDictamen=1569&strTipM=T
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