Download Comunicado de prensa sobre reunión en Paris feb 25 2008

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Comunicado de Prensa
C.07-08
Antiguo Cuscatlán, 25 de febrero de 2008
Abogacía de la competencia
SC y DC en Foro Mundial de Competencia y Consumidor
El Foro Global de Competencia realizado anualmente en París por la Organización
para la Cooperación Economía y de Desarrollo (OECD) reunió, por primera vez, a la
Superintendencia de Competencia (SC) y a la Defensoría del Consumidor (DC), para
analizar la relación y complementariedad de las políticas de competencia y
consumidor.
“Por su alcance y
dinamismo, la política
de competencia junto
con la política
comercial y fiscal,
constituyen los pilares
fundamentales de la
economía. En tal
sentido, la autoridad
de competencia debe
verse como ejecutora
de la política
económica del país y
no como una simple
aplicadora de la Ley de
Competencia.” dijo
Celina Escolán Suay,
Superintendenta de
Competencia.
El Foro Global de Competencia realizado anualmente en París por la OECD,
reunió, por primera vez, a la SC y a la DC, así como a autoridades de
competencia y del consumidor de los países miembros de dicha organización
e invitados especiales para esta reunión, con el objeto de examinar la relación
y complementariedad de las políticas de competencia y consumidor, las cuales
se traducen en colaboración y cooperación entre ambas instituciones.
Además, se examinó la política y ley de competencia de Ucrania.
Las políticas de competencia y consumidor son instrumentos
interdependientes de la política económica, y como tal debe asegurarse una
coordinación entre las autoridades que velan por el cumplimiento de las
citadas políticas, concluyó el Foro Global.
En el mundo existen dos modelos de interdependencia entre competencia y
consumidor: uno que integra las políticas de competencia y consumidor en una
sola autoridad, por ejemplo, Perú y Panamá; y otro, con autoridades y leyes
independientes, como México, Chile y El Salvador.
Si bien ninguno de los modelos parece ser el mejor, se concluyó que ambas
políticas se complementan entre sí, y debe asegurarse una coordinación y
cooperación entre las respectivas autoridades.
Asistieron al mencionado foro, entre otros, España, Francia, Alemania, Italia,
Estados Unidos, Canadá, Chile, México, Brasil y El Salvador.
En 2008, se realizará el examen de la política de competencia de El Salvador,
durante el Foro Latinoamericano de Competencia, evento anual organizado
por la OCDE y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), dentro del cual se revisa la política y aplicación de
la ley de competencia de países latinoamericanos.
La Política de Competencia como Eje en la Eficiencia Económica y la Protección de los Derechos
Fundamentales del Consumidor.
“Por su alcance y dinamismo, la política de competencia junto con la política comercial y fiscal, constituyen los
pilares fundamentales de la economía. En tal sentido, la autoridad de competencia debe verse como ejecutora
de la política económica del país y no como una simple aplicadora de la Ley de Competencia.” dijo Celina
Escolán Suay, Superintendenta de Competencia.
Edificio Madreselva, Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Avenida El Espino, Urbanización Madreselva.
Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
Conmutador (503) 2523-6600, Fax (503) 2523-6625 Comunicaciones (503) 2523-6616
En la actualidad existe unanimidad en cuanto a incluir dentro del objetivo de la política de competencia, la
protección del consumidor. Bajo ese contexto, cabe apuntar que, a diferencia de la política de protección al
consumidor, la política de competencia no considera al consumidor como el eje principal de sus actuaciones. Lo
anterior es así debido a que el objeto de la política de competencia es preservar las condiciones de competencia
del mercado; para ésta el consumidor es un beneficiado indirecto de las consecuencias que se generan como
resultado que los agentes económicos que compiten en un mercado en particular respeten las normas de
competencia.
Así, a la política de competencia le corresponde proteger, garantizar y restablecer las condiciones de competencia
del mercado y su eficiencia económica, lo cual, de manera indirecta, beneficia a los consumidores.
No obstante, la relación entre ambas instituciones del Estado es básica y necesaria, pero comprendida dentro los
roles que cada una de ellas tiene.” agrego la Superintendenta.
Antecedentes
Las Políticas del Consumidor y Competencia: su origen y esfuerzos en materia de protección al
consumidor y competencia
A partir de diciembre de 1983, se elevó a rango constitucional la defensa del interés de los consumidores,
prohibiéndose las prácticas monopolísticas para garantizar la libertad empresarial y proteger el interés de los
consumidores.
Ley de Protección al Consumidor
La primera Ley de Protección al Consumidor fue aprobada en el año de 1992, creándose la Dirección de
Protección al Consumidor, dependencia del Ministerio de Economía.
En 1996 se derogó la Ley de Protección al Consumidor de 1992 y se aprobó una nueva ley, manteniendo una
oficina dependiente del ministerio de economía.
En agosto del año 2005, se aprobó la actual Ley de Protección al Consumidor creándose la Defensoría del
Consumidor, como una autoridad independiente y autónoma. La nueva ley tiene como objetivo proteger los
derechos de los consumidores procurando el equilibrio certeza y seguridad jurídica en sus relaciones con los
proveedores.
La nueva ley da vida al Consejo Consultivo de la Defensoría del Consumidor, órgano colegiado encargado
de asesorar, en materia técnica, al Presidente de la Defensoría del Consumidor; consejo compuesto, entre
otros, por el Superintendente de Competencia.
La Ley y la Superintendencia de Competencia
La Ley de Competencia se aprobó en noviembre de 2004, entrando en vigencia en enero 2006; tiene por objeto
promover, proteger y garantizar la competencia, a fin de lograr eficiencia en los mercados y el bienestar del
consumidor
En noviembre de 2007, se reformó esta ley, fortaleciendo la institucionalidad de la Superintendencia de
Competencia.
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Modelo de Integración
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Comercio
Nuevas entradas, tratados comerciales, manufactura, etc.
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