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VALORACIÓN DE INSPECTORES DE HACIENDA
A LA NUEVA LEY ANTIFRAUDE
2 DE NOVIEMBRE DE 2012
El pasado martes, 30 de octubre, se publicó en el BOE la Ley 7/2012, denominada Ley
Antifraude, que incorpora al ordenamiento tributario una batería de medidas que
reforzarán la lucha contra el fraude fiscal.
La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda (IHE) valora, en general, de
forma positiva las medidas que introduce la ley ya que da pasos en la dirección
correcta, si bien siguen quedando infinidad de agujeros por donde el fraude campa a
sus anchas.
El primer punto que es necesario destacar es que la implantación de estas medidas
requiere contar con una Agencia Tributaria dotada de los recursos que necesita. Las
últimas noticias sobre el descenso de la dotación presupuestaria para 2013 de la AEAT
del 7,7%, o la previsión de que la Agencia tributaria perderá más de 800 empleados en
los próximos años pueden afectar negativamente a la implementación de estas
medidas.
IHE es consciente que pedir medios humanos y materiales en la coyuntura actual
pueda ser impopular, pero es la única vía realista de perseguir el fraude. Debe
añadirse además, que la situación actual está provocando una deriva de actividades
legales hacia la economía sumergida y un volumen creciente de impagos a la Hacienda
Pública, lo que desborda las capacidades de la Administración Tributaria, con lo que la
petición se vuelve más necesaria que nunca.
A pesar de que esta reforma signifique un paso adelante, la Organización Profesional
de Inspectores de Hacienda considera que el Gobierno no debe detenerse aquí. Debe
seguir “tapando los agujeros” existentes en las normas y procedimientos que son
aprovechados por los defraudadores, si es que –como sería deseable- no se plantea
una completa revisión del sistema tributario.
La figura del inspector y módulos
Respecto a las modificaciones legales efectuadas, los Inspectores consideran esencial
el reforzamiento de la figura del inspector. La elevación de las ridículas sanciones
existentes para los contribuyentes que obstaculizan las comprobaciones de hacienda,
sin duda, propiciará una mayor celeridad en las comprobaciones, y permitirá hacer
mejores y más completas comprobaciones.
Una medida largamente solicitada por Inspectores de Hacienda es que el régimen de
módulos se aplique exclusivamente a contribuyentes de poco volumen de operaciones
o que facturen menos del 50% de sus ventas a consumidores finales. La experiencia
de los últimos años es que algunos contribuyentes se amparaban en el régimen de
módulos para emitir “facturas falsas”, por lo que la limitación a éste régimen,
excluyendo a los colectivos de más riesgo fiscal, dificultará una de los fraudes a la
Hacienda Pública que más han proliferado en los últimos años.
La limitación en los pagos en efectivo para importes superiores a 2.500 contribuirá, sin
duda, a disminuir la opacidad en el sistema económico, puesto que el efectivo no deja
huella, no puede rastrearse y, por tanto, facilita la comisión de infracciones y delitos
fiscales, si bien consideramos que debía haberse extendido dicha limitación a las
transacciones entre particulares, al haber quedado fuera las compraventas de
inmuebles entre particulares.
En relación con los bienes situados en el extranjero, Inspectores de Hacienda cree que
se trata de una medida positiva, ya que la globalización hace muy fácil el localizar
beneficios y capitales en el extranjero, los cuales no solo no tributan, sino que suponen
una descapitalización de nuestra economía. La obligación de información de bienes
situados en el extranjero, unida a hecho de la imprescriptibilidad de los activos
situados en el exterior que no se detallen en esta declaración son medidas muy
positivas por razones recaudatorias y de equidad. Además, para IHE es de justicia que
el plazo de comprobación no sea el mismo para un ciudadano que comete un error en
su declaración de renta y el de los auténticos profesionales del fraude y la insolidaridad
que se esconden tras los paraísos fiscales y otras jurisdicciones no cooperativas.
Pero, para los que convivimos con la fiscalidad y el fraude a diario, hay otras también
relevantes, como las relativas al IVA o a la gestión recaudatoria, dos de los mayores
agujeros de nuestro sistema tributario actual.
En los últimos tiempos se ha venido observando como el fraude fiscal en nuestro país
(economía sumergida al margen), se ha ido desplazando de la fase de control a la fase
recaudatoria. Así, se observa con preocupación como, junto a la ocultación de rentas,
no siempre fácil ni posible para todos los obligados, se han extendido los impagos de
rentas declaradas y de imposible cobro para la Administración, tanto por la
insuficiencia de medios normativos, como por las actuaciones dirigidas a preparar el
terreno para la ineficacia de las actuaciones de recaudación ejecutiva. Tal es el
problema, que se puede afirmar que el importe de las deudas reconocidas por las
empresas supera ya al derivado de las actuaciones inspectoras. Y eso es, cuando
menos, indicativo de que algo no funciona en nuestro sistema tributario.
El IVA, el impuesto con mayor índice de fraude
En cuanto al IVA, a nadie avezado debe extrañar ya que se señale a este tributo como
el de mayor índice de fraude, porque son muchas las vías por las que éste se produce,
desde la emisión de facturas falsas hasta las tramas de empresas interpuestas a nivel
comunitario. Asimismo, el fraude se había sobredimensionado en las operaciones
inmobiliarias, particularmente, a través de las daciones de inmuebles en pago de
créditos hipotecarios.
Por ello, IHE valora positivamente novedades como la posibilidad de adoptar medidas
cautelares en los supuestos de presuntos delitos fiscales; los nuevos supuestos de
responsabilidad de los administradores de empresas que no velan porque las
sociedades que administran paguen sus deudas al fisco; o las modificaciones en los
concursos de acreedores, para evitar que éstos sean “financiados” con las devoluciones
de IVA.
Se necesita una reforma integral del sistema fiscal
En el debe de esta ley hay que lamentar el tiempo transcurrido desde la aprobación del
anteproyecto en abril. Si la medida era urgente, se podría haber utilizado la figura del
Real Decreto Ley, como se ha hecho para otro tipo de cuestiones.
Inspectores de Hacienda también lamenta que este retraso no haya sido apenas
aprovechado para perfeccionar y complementar las medidas de la norma y conseguir
un amplio consenso social y parlamentario. La lucha contra el fraude fiscal es una
cuestión vital para España por lo que no debería haber diferencias
ideológicas.
Se trata, pese a todo lo positivo que tiene la nueva norma, de una reforma de carácter
limitada, que tan solo trata de paliar alguno de los problemas detectados en nuestro
sistema tributario, algunos relevantes y otros más concretos. Siguen quedando
infinidad de agujeros por donde el fraude campa a sus anchas, por lo que seguimos
pensando que es necesaria una reforma integral del sistema fiscal español, que afecte
a las principales figuras tributarias y a las normas procedimentales de gestión, control
y recaudación.
Dicha reforma, dados los limitados y menguantes medios con que cuenta la
Administración Tributaria, deberá poner el énfasis en las actuaciones preventivas, con
un adecuados diseño impositivo en combinación con una revisión de otras normas,
especialmente en el ámbito mercantil, para mejorar la estructura de financiación de las
empresas y poner coto a testaferros, estructuras empresariales ficticias y demás
medios fraudulentos construidos con carácter previo a la propia defraudación fiscal y,
en ocasiones, con ese único fin. También la normativa penal debe revisarse para que
los delitos económicos sean eficazmente perseguidos y duramente penados, buscando
un objetivo disuasorio de esas graves conductas.
Por otra parte, es necesario, y así se hará desde la Organización Profesional de
Inspectores de Hacienda, trabajar en el diseño de un sistema fiscal eficaz, justo y
equitativo, como dice la Constitución, limitando los costes indirectos para los
contribuyentes y también los costes de administración del sistema. Para ello, debe
ponerse especial interés en la simplificación de algunas figuras tributarias y
procedimientos, de cara a facilitar y abaratar el cumplimiento de las obligaciones por
los ciudadanos y empresas, limitando también los costes de su comprobación y
recaudación para la
Administración y disminuyendo la litigiosidad (en suma,
adecuándose al tamaño reducido de nuestra Administración tributaria).
Todo ello, combinado con una adecuada dotación de medios humanos y materiales,
con la ordenada distribución y organización de los mismos -aspecto en el que también
es necesario evolucionar-, nos conducirá a un sistema eficaz, ágil y flexible, en el que
las pérdidas recaudatorias se minimizarán y se fomentará el cumplimiento de aquellos
que, a día de hoy, optan por la defraudación o la economía sumergida, y que hacen
recaer una mayor carga sobre las empresas y ciudadanos que sí cumplen, que por otra
parte, ven también limitado su acceso a prestaciones, ayudas y servicios sanitarios,
educativos o asistenciales, en los que participan también aquellos que a pesar de tener
la capacidad económica para ello no contribuyen a sostener el sistema.
Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE)
Teresa Nevado/Lucía García
Tel. 91 5500204_ 608111461
inspectoresdehacienda@silviaalbert.comwww.inspectoresdehacienda.org