Download Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013

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Transcript
ÍNDICE INTERNACIONAL DE DERECHOS DE PROPIEDAD
R E POR TE 2013
La edición 2013 analiza 131 países, los cuales
representan el 98% del Producto Bruto Mundial
y el 93 por ciento de la población mundial.
Edición especial sobre México
Con estudios especiales sobre la situación de los derechos de propiedad
en México, por Isaac Katz, Claudia Terzi, Alberto Saracho y Carlos I. Gutiérrez
Estudio conducido por Francesco Di Lorenzo.
POSICIONES EN EL ÍNDICE INTERNACIONAL
A RCT IC O CEA N
Greenland
Arctic Circle
Iceland
Norway
United Kingdom
C a n a d a
Denmark
Neth.
Ireland
Germ
Bel.
Lux.
France Switz.
Ita
PA CIFIC
A TLA N TIC
Mexico
Bahamas
Cuba
Jamaica
Belize
Honduras
Guatemala
El Salvador
Costa Rica
Tropic of Cancer
Haiti
Nicaragua
Panama
Western Sahara
(Occupied by Morocco)
Senegal
Gambia
Guinea-Bissau
Guinea
Sierra Leone
Liberia
Cape Verde
Venezuela
Peru
Algeria
Mauritania
Puerto Rico
Trinidad and Tobago
Guyana
Suriname
French Guiana
B r a z i l
Nig
Mali
Burkina Faso
Benin
Cote
Togo
d'IvoireGhana
Sao Tome and Principe
O CEA N
Bolivia
Tropic of Capricorn
Chile
Argentina
20% superior
Tropic of Capricorn
Paraguay
Uruguay
20% inferior
Nigeri
Equatorial Guinea
Equator
Ecuador
O CEA N
Tunis
Morocco
Dominican Republic
Colombia
Equator
Spain
Portugal
United States
C
G
ÍNDICE INTERNACIONAL DE DERECHOS DE PROPIEDAD
REPORTE ANUAL 2013
EDICIÓN ESPECIAL MÉXICO
Copyright © Property Rights Alliance 2013 por la base de datos, los
estudios introductorios, ranking y la metodología.
Copyright © Fundación Friedrich Naumann para la Libertad, Proyecto
México, 2013, por todo el contenido adicional en esta publicación.
Todos los Derechos Reservados. Ninguna parte de esta publicación
puede ser reproducida sin previa autorización por escrito de la
Property Rights Alliance o de la Fundación Friedrich Naumann para
la Libertad, exceptuando en casos de citas breves para artículos de
crítica y revisiones.
Los autores de este documento trabajaron independientemente y las
opiniones vertidas por ellos son de su propiedad y no corresponden
necesariamente a las de los partidarios, miembros o empleados del
Property Rights Alliance y/o de la Fundación Friedrich Naumann para
la Libertad. Esta publicación no implica de ninguna forma que los
miembros o staff de la Property Rights Alliance estén a favor o en
contra de las posturas o de cualquier candidato o partido político.
La traducción de las partes y datos que forman parte del Índice
Internacional de Derechos de Propiedad: Reporte Anual 2013 han sido
utilizadas con la autorización de la Property Rights Alliance.
Traducciones del inglés al español: Dunia Rassy
Diseño y rediseño de interiores y exteriores:
Optima Impresión S.A. de C.V.
México, D.F., 2013.
LO QUE ES DE TODOS NO ES DE NADIE
Cuando no está claro quién es dueño de algo, no habrá quien se interese
por preservarlo y protegerlo. Quedará en el olvido y la ruina. Por eso
se necesitan derechos de propiedad, reglas que permitan que todos
podamos utilizar los recursos y a la vez generar una ganancia por ello.
No se trata de avaricia, de acumular bienes, sino de tener la certeza
de que algo que se adquirió es de uno, si no porque lo adquirimos,
porque se nos dio en resguardo. Con esa certeza podemos trabajar,
invertir y producir.
Y es así como las naciones han progresado. Ningún país ha crecido
sólo por lo que recauda el gobierno y por redistribuir esos ingresos. Las
naciones prosperan porque su gente crea riqueza y porque sus gobiernos
facilitan las oportunidades de negocio y permiten que los empresarios
retengan sus ganancias.
Los derechos de propiedad no excluyen a los pobres. Mejorarlos y
garantizarlos ciertamente no pondrá dinero fácil en sus manos, ni
viviendas, ni servicios básicos. Tampoco daría votos a los políticos. Pero
si lo que verdaderamente nos importa es mejorar las condiciones de los
más marginados vale la pena apostar por una solución, que aunque a
largo plazo, puede rendir mayores frutos.
En México, las leyes al respecto de los derechos de propiedad padecen
esquizofrenia. Por un lado tenemos leyes que nos despojan de los frutos
de nuestro trabajo, como la del ISR, por otro carecemos de leyes simples
que asignen y protejan la propiedad de las tierras. Quizá porque no
entendemos los beneficios de estos derechos, quizá porque ni siquiera
entendemos qué son los derechos de propiedad.
Cualquiera que sea el caso, el Índice Internacional de Derechos de
Propiedad es una invitación a ver específicamente en qué estamos
fallando. Es una oportunidad para compararnos con otros países del
mundo y apreciar las consecuencias de una mejor protección (por ejemplo
en Hong Kong) o mayores violaciones (por ejemplo en Venezuela) de los
derechos de propiedad. El índice es también una ocasión para atrevernos
a soñar en soluciones para hacer crecer a México.
Sergio Sarmiento
Presidente
Caminos de la Libertad
-3-
DERECHOS DE PROPIEDAD Y PROSPERIDAD
Para la Fundación Friedrich Naumann para la Libertad es un gran
orgullo contar con la participación de la Fundación IDEA y de Caminos
de la Libertad es la publicación de la versión para México del Índice
Internacional de Derechos de Propiedad 2013, elaborado por la
Property Rights Alliance. Este es un proyecto largamente planeado
y ahora concretado, en nuestro propósito de proporcionar evidencia
contrastable y fundada de que las naciones prosperan cuando los
derechos de propiedad privada están bien definidos y se hacen valer.
El Índice que usted tiene ahora en sus manos muestra evidencia sólida
de que contar con los instrumentos necesarios para que empresas
y emprendedores defiendan eficaz y exitosamente sus contratos,
derechos de autor o marcas, puede ser la distinción fundamental entre
países ricos y pobres. Muestra también que los sistemas judiciales
en los que los litigios se arrastran durante años contribuyen a
desacelerar el crecimiento económico. Y además empujan a millones
de emprendedores a operar en la economía subterránea, obstaculizando
a los más pobres el alcanzar la oportunidad de un futuro económico
mejor. Así, el índice muestra que derechos de propiedad y prosperidad
son conceptos absolutamente inseparables.
En tal sentido, adquieren una nueva luz las palabras de Friedrich von
Hayek en Caminos de Servidumbre, cuando advierte que “El sistema de
propiedad privada es la garantía más importante de libertad, no sólo
para los propietarios, sino en el mismo grado para quienes no lo son”.
Quienes intervinimos en esta edición, deseamos fervientemente que
la defensa de los derechos de propiedad se vea en México (y también
en toda América Latina) como la vía más segura de ayudar a los más
pobres a salir de su situación de forma perdurable.
Víctor H. Becerra
Coordinador Proyecto México
Fundación FRiedrich Naumann para la Libertad
-4-
IPRI 2013
INTRODUCCIÓN
Hernando de Soto
El año pasado di a conocer los resultados de la investigación que mi
instituto, el Instituto para la Libertad y la Democracia (ILD), elaboró
sobre las raíces económicas de la Primavera Árabe. Después de 20 meses
de trabajo de campo —más una experiencia de diez años trabajando
con varios gobiernos del Medio Oriente y el Magreb— concluimos que
la Primavera Árabe fue una rebelión masiva contra las restricciones
económicas para el crecimiento; principalmente, entre ellas, está la falta
generalizada de derechos de propiedad que se puedan hacer cumplir.
Para actualizar los hallazgos del ILD, recomiendo leer, en el reporte
completo en línea, el estudio de caso sobre Túnez de mi colega Ana Lucía
Camaiora. Creo que su reporte es un avance ante las noticias pesimistas
que hemos leído sobre cómo la Primavera Árabe falló —y se convirtió
en el Invierno Árabe. Ciertamente, los nuevos gobiernos del Medio
Oriente y el Magreb tienen sus propios retos políticos y económicos, por
decir lo mínimo. Pero desde el punto de vista de aquellos de nosotros
que se preocupan por expandir los derechos de propiedad por todo el
mundo en desarrollo, hay muchas buenas noticias provenientes de la
región —donde, de acuerdo a la sabiduría convencional, la gente no
quiere formar parte de un moderno mercado económico.
Nuestra investigación demolió este mito poniendo en evidencia que
unos 380 millones de árabes dependen de los mercados; su problema
es que poseen propiedades y activos sin la protección de la ley. Hemos
publicado y debatido nuestros hallazgos y recomendaciones de reforma
en los medios regionales e internacionales, lo que ha traído como
consecuencia que varios gobiernos del Medio Oriente y el Magreb, así
como alianzas de las principales organizaciones empresariales, nos
hayan solicitado propuestas para impulsar sus iniciativas de reforma.
Hemos recibido invitaciones de la Casa Blanca, el Congreso de los
Estados Unidos, el Departamento de Estado y 10 Downing Street para
discutir nuestros resultados y recomendaciones de reforma.
Ante la existencia de distracciones persistentes tales como disputas
políticas, economías débiles y un pueblo enojado ante el lento ritmo
del cambio, los reformistas de la región necesitan apoyo externo y
liderazgo para mantener las reformas como prioridad en sus agendas
-5-
políticas. La ironía es que hacer que los líderes de Estados Unidos y
Europa pongan atención a la importancia de los derechos de propiedad
para el desarrollo económico —y la paz— en el mundo árabe ha sido un
reto, incluso con conocidos defensores del poder del emprendimiento y
la inversión. Finalmente descifré el problema, y este caso debe servir
de lección para nosotros que promovemos los derechos de propiedad.
Muchos en Occidente, donde los derechos de propiedad son tan naturales
como el aire que respiramos, han olvidado qué tan importantes fueron
tales derechos para ayudar a que Europa y los Estados Unidos pasaran
del Antiguo Régimen a la Revolución Industrial. Estas personas tienden
a ver los derechos de propiedad esencialmente como la protección de
la posesión —ya sea controlando los bienes, transfiriendo bienes raíces,
repartiendo tierras, o estableciendo los límites de una parcela. Lo que
se les escapa es que los derechos de propiedad han evolucionado de
estas funciones originales hasta tener otros roles en las sociedades
modernas —tal y como las plumas de un ave evolucionaron de existir
originalmente para mantener a la criatura caliente, pero posteriormente
se adaptaron para el vuelo. Algo similar ocurre con la evolución de la
economía moderna en la cual los derechos de propiedad se adaptaron
al sine qua non del emprendimiento exitoso permitiendo que los
emprendedores colaboren y creen riqueza.
Aquí en Perú —y también en el mundo árabe— donde los derechos de
propiedad son escasos, las consecuencias de operar sin la protección de
la ley son claros para cualquiera que camine por las calles de la ciudad
y vea a los mismos vendedores y microempresarios trabajando día y
noche —sin grandes ganancias— porque no pueden dar en garantía
sus bienes y obtener el crédito o el capital necesario para prosperar
sin derechos de propiedad.
La documentación de la propiedad es donde los dueños registran,
cuidadosamente, en papeles oficiales o libros locales, sus bienes
valiosos. Estos hechos generan la confianza que permite que los créditos
y el capital fluya y los mercados globales funcionen. Esta situación
da a los participantes de la economía los medios para interpretar las
situación de los demás y les ayuda a descifrar cómo conectarse entre
ellos. Un simple hecho económico hace que brillen las luces en lugares
y situaciones que no podemos ver. Tales actos son atajos bellamente
diseñados hacia la sabiduría económica. Y lo más que podemos
acercarnos a esos hechos es a través del sistema de propiedad legal.
-6-
La investigación del ILD sobre la región del Medio Oriente y el Magreb
reveló que un gran número de árabes —como miles de millones
de personas ordinarias en el mundo en desarrollo y el mundo post
soviético— están empezando a entender que sus sueños de una mejor
vida no dependen sólo de la ambición, el trabajo duro, o el talento. La
primera cosa que deben hacer es entrar al sistema legal. Pero antes de
que se implementen las reformas para que eso suceda, los gobiernos
reformistas tienen que lidiar con sus propios obstáculos —por ejemplo, la
resistencia a la “influencia occidental” y construir un amplio electorado
a favor de las reformas entre las élites políticas y la mayoría de su
población. Conforme el mundo árabe recorre su transición hacia la
Revolución Industrial, podrían usar todo nuestro apoyo.
Hernando de Soto
Presidente del Instituto para la Libertad y la Democracia
Lima, Perú
-7-
Carta del Director Ejecutivo de la Alianza de
Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance, PRA)
¿Cómo sería el mundo sin derechos de propiedad? ¿Cómo vivirían y
se organizarían armoniosamente las personas? ¿Cómo podría una
empresa establecida o en ciernes defender sus marcas o derechos
de autor sin un sistema consolidado de derechos de propiedad
intelectual? ¿Cómo podrían los países construir y fortalecer economías
de libre mercados y mejorar el estado de derecho y gobernanza sin
un entorno legal y político justo y transparente?
Éstas son algunas de las preguntas que la Alianza de Derechos de
Propiedad (PRA) ha tratado de responder en la edición 2013 del Índice
Internacional de Derechos de Propiedad.
El Índice Internacional de Derechos de Propiedad, ahora en su
séptima edición, provee las respuestas a través de las mediciones y
los análisis comparativos internacionales usando los datos políticos
y económicos de 131 países. Este Índice será una fuente importante
de información para políticos y comunidades de empresarios que
deseen entender cómo los tres componentes principales del sistema
de derechos de propiedad (Entorno legal y político, Derechos de
propiedad física y Derechos de propiedad intelectual) han protegido
o afectado al mundo.
La PRA está comprometida con la defensa de la propiedad política,
física e intelectual; estos son los tres pilares para mejorar el estado
de derecho, para un gobierno democrático, y para estimular cada
economía libre del mundo.
A nombre de la Alianza de Derechos de Propiedad, me gustaría
agradecer a todos aquellos que han contribuido al desarrollo del Índice
Internacional de Derechos de Propiedad 2013. Mi gran reconocimiento
es para el candidato a Doctor Francesco Di Lorenzo, el becario 2012
Hernando de Soto y autor del índice, quien proporcionó excelentes
mejoras a esta edición.
Por último, pero no por ello menos importante, quisiera expresar
mi profunda gratitud al Dr. Hernando de Soto por su continuo e
incansable esfuerzo para promover y defender los derechos de
propiedad alrededor del mundo. El Índice Internacional de Derechos de
-8-
Propiedad es una realidad gracias a su inspiradora labor que permitió
a la PRA crear la beca que lleva su nombre y que hace posible esta
publicación.
Atentamente,
Lorenzo Montanari
Director Ejecutivo de la Alianza de Derechos de Propiedad (PRA)
Washington, D.C., Estados Unidos
-9-
PREFACIO
Gerardo Bongiovanni
Presidente, Fundación Libertad
Rosario, Argentina
La propiedad privada es uno de los principios fundamentales sobre los
que se asienta la organización de una sociedad liberal y democrática.
Significa no sólo darle a la persona el derecho a disponer de un bien
sino también la seguridad y protección sobre esta posesión evitando las
intromisiones e interferencias externas. Sólo si se tienen las garantías
que la propiedad no será invadida se logrará la paz y el bienestar.
En este marco, cabe señalar que John Locke, en el Segundo tratado
sobre el gobierno civil (1690), establecía que el principal objetivo del
Estado era la preservación de la propiedad. En la misma línea, Thomas
Hobbes mencionaba en su Leviatán (1651) las consecuencias de no
existir un Estado que protegiera la vida, libertades y propiedad de los
individuos:
“En una situación semejante no existe oportunidad para la industria,
ya que su fruto es incierto; por consiguiente no hay cultivo de la tierra,
ni navegación, ni uso de los artículos que pueden ser importados por
mar, ni construcciones confortables […] y lo que es peor de todo, existe
continuo temor y peligro de muerte violenta; y la vida del hombres es
solitaria, pobre, tosca, embrutecida y breve”.
Además, a partir del derecho de propiedad se posibilita la transferencia
voluntaria de los bienes que cada individuo posee lo que deriva en
el intercambio y crecimiento económico. Como destaca Alberto
Benegas Lynch: el derecho de propiedad comienza con el derecho al
propio cuerpo y mente y sigue con los bienes que han sido apropiados
por el primer ocupante o, en su caso, fruto de transacciones libres
y voluntarias entre propietarios de bienes u oferentes de servicios
propios. En este marco, los precios surgen como consecuencia de
transacciones de derechos de propiedad.
A su vez, el economista señala que la propiedad privada permite
disponer de información para que los recursos escasos se asignen de la
mejor manera posible según sean los gustos y preferencias de la gente,
al tiempo que reconoce derechos que pertenecen al ser humano para
que pueda seguir sus inclinaciones como tal. Los marcos institucionales
- 10 -
y las correspondientes agencias de justicia y protección reconocen y
no establecen o inventan aquellos derechos.
En efecto, el respeto por la libre disposición de los bienes que le
son propios a cada persona juega un rol central en el desarrollo
de las naciones. Sólo de esta manera se puede lograr un progreso
genuino y perdurable; de lo contrario, los incentivos para la inversión
y la producción se desvanecen y con ello deviene el estancamiento
económico y social. Esta premisa es demostrada a partir del análisis
de correlación entre propiedad y crecimiento económico.
Derechos de Propiedad y Desarrollo
La diferencia en el nivel de desarrollo alcanzado por los distintos países
lleva a preguntarse por qué algunas economías logran un mayor ingreso
por individuo que otras. Muchas teorías se han esbozado sobre esto
tales como la posesión de recursos naturales, que cayó por su propio
peso al demostrarse que economías con poca riqueza natural habían
logrado un desarrollo más que significativo.
También, se han señalado como determinantes del desarrollo la
acumulación de recursos humanos y tecnológicos, pero poco se ha
indagado sobre las condiciones necesarias para que estos últimos
prosperen. Si bien estos conceptos, naturalmente, inciden sobre el
progreso de una economía es dable preguntarse qué aspectos son
los que posibilitan contar con recursos humanos y tecnológicos
desarrollados.
Como menciona el economista Enrique Blasco Garma: la diferencia entre
las naciones ricas y pobres radica en la fuerza con que el entramado
social consigue consensos para reconocer derechos individuales y
concertar las actividades.
Precisamente, el 80% de la riqueza de los países ricos y casi el 60% en
el caso de los países más pobres, es explicada por este factor. Asimismo,
a nivel agregado, se concluye que el 78% de la riqueza en el mundo se
atribuye a este componente.
El respeto por los derechos de propiedad es un elemento fundamental
para la riqueza de una sociedad. La propiedad permite formar precios,
efectuar transacciones libres y voluntarias y por ende posibilita el
- 11 -
crecimiento y desarrollo económico. De ahí la importancia de evitar
intromisiones externas que atenten contra ella. Los individuos deben
saber que podrán disponer libremente de sus bienes así como del fruto
de su trabajo para operar en una economía. Sólo en un escenario que
brinde esta garantía habrá lugar para la inversión y el desarrollo de
negocios.
La experiencia internacional nos indica qué hacer para salir de este
círculo vicioso. La correlación entre respeto a los derechos de propiedad
y desarrollo de los países es más que elocuente tal como se presentó
previamente en este informe. Aquellos países que gozan de una mayor
protección de su propiedad privada son los que poseen un mayor ingreso
per cápita y menor pobreza.
Argentina debe introducir reformas estructurales hacia una mayor
calidad institucional. Así, podrá consolidar su crecimiento y hacer que
el mismo sea inclusivo y de largo alcance en vez de meras expansiones
coyunturales.
Índice Internacional de los Derechos de Propiedad
El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad es una investigación
de calidad desarrollada en 2007 por la Alianza de los Derechos de
Propiedad (PRA por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos y que ha
sido patrocinado por más de 70 instituciones de todos los continentes
como el Friedrich A.V. Hayek Institute, Institute for Public Affairs, Centre
for Free Enterprise y Libertad y Desarrollo.
El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad es el primer
estudio internacional que mide la importancia de los derechos de
propiedad, tanto físicos como intelectuales, así como la forma en que
los derechos de propiedad afectan el bienestar económico. Se compone
de 10 variables, que se agrupan en tres áreas: Entorno legal y político
(Independencia judicial, confianza en los tribunales, estabilidad política
y corrupción); Derechos de propiedad físicos (Protección del derecho
de propiedad, registro de propiedad y acceso a créditos); y Derechos de
propiedad intelectual (Protección de la propiedad intelectual, fortaleza
de las patentes, piratería y protección de marcas).
Este estudio analiza los datos de 131 países de todo el mundo, que
representan el 98% del PIB mundial. Desarrolla una medición que
- 12 -
clasifica los países de acuerdo a la protección de los derechos de
propiedad. La escala de puntuación total del IPRI va de 0 a 10, donde 10
representa el nivel más fuerte de protección de derechos de propiedad y
0 refleja la inexistencia de seguridad frente a los derechos de propiedad
en un país.
En la edición completa, disponible en línea, además de la investigación
general, se incluyen cuatro reportes: a) Túnez y la Primavera Árabe,
b) el sistema de propiedad en Venezuela y c) sistema de derechos de
propiedad en China y d) sistema de derechos de propiedad en Tailandia.
Creo que esta nueva edición del Índice Internacional de los Derechos de
Propiedad ofrece el análisis necesario sobre la importancia de valorar
y cultivar el respeto por los derechos de propiedad, sólo a través de la
estabilidad de estos derechos se puede lograr un desarrollo genuino y
sostenido. Lentamente el mundo empieza a comprender que la calidad
institucional es lo que al final hace la diferencia en el crecimiento social
y económico. Entre las muchas instituciones sociales, la propiedad tiene
una indiscutible prominencia. Únicamente con derechos de propiedad
bien definidos y respetados, la humanidad ha podido superar la pobreza
y la precariedad. Los derechos de propiedad también permiten satisfacer
más y más necesidades y así aumentar el nivel de vida de la población.
Celebro esta nueva edición del Índice Internacional de los Derechos
de Propiedad pues no sólo nos iluminará con su análisis detallado
del panorama global, sino que nos advertirá sobre los peligros de
no resguardar los derechos de propiedad, un primer paso hacia la
autocracia y los regímenes totalitarios, como Hayek nos enseñó en
Camino a la servidumbre.
Espero que las futuras ediciones del Índice Internacional de los Derechos
de Propiedad continúen demostrando mejoras en el terreno de los
derechos de propiedad a nivel global. Espero que la protección de la
propiedad se institucionalice más año tras año. Estoy seguro que éste
es el camino que nos llevará hacia un futuro más brillante y exitoso.
- 13 -
SOBRE EL PROGRAMA DE BECAS HERNANDO DE SOTO
El Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI) es producto de
los esfuerzos de la Alianza de Derechos de Propiedad (Property Rights
Alliance, PRA) con sede en Washington, D.C. Esta alianza se dedica a
proteger los derechos de propiedad (físicos e intelectuales) en Estados
Unidos y alrededor del mundo. La PRA está afiliada a la organización
de defensa del contribuyente, Americans for Tax Reform (ATR).
A pesar de la creciente accesibilidad a los datos e investigaciones
internacionales en materia de derechos de propiedad, los índices y
estudios existentes se concentran, tradicionalmente, ya sea en los
aspectos físicos o intelectuales de los mismos. De igual modo, los
índices globales están dedicados a temas más amplios que a un debate
específico sobre los derechos de propiedad. Hay algunas excepciones
como los índices de libertad económica de la Fundación Heritage/Wall
Street Journal y el Instituto Fraser, los cuales abordan los derechos de
propiedad, aunque en un contexto más amplio para cada país. Para
superar la consecuente falta de una definición más clara de los derechos
de propiedad, la PRA introdujo la beca Hernando Soto en 2006. La beca
anual ofrece la oportunidad de desarrollar y analizar datos mundiales
sobre derechos de propiedad y comentarlos en la publicación anual del
Índice de Derechos de Propiedad.
- 14 -
ACERCA DEL ÍNDICE INTERNACIONAL DE DERECHOS DE
PROPIEDAD 2013
Este reporte presenta la séptima edición del Índice Internacional de
Derechos de Propiedad, IPRI, por sus siglas en inglés.
Este estudio se realiza anualmente y compara la protección de los
derechos de propiedad, físicos e intelectuales, entre países. Tras las
ediciones de años anteriores, una meta del IPRI es investigar los
efectos del entorno legal y político de un país así como los efectos del
reconocimiento y aplicación de los derechos de propiedad intelectual
en el desarrollo económico de un país. La edición 2013 del IPRI compara
131 países usando tres componentes principales.
Debido a que existe una mayor cantidad de datos en nuestras fuentes,
este año el índice pudo añadir los países de Gabón, Haití, Liberia y
Sierra Leona. Se le recuerda al lector que las fluctuaciones en los
rankings relativos pueden reflejar cambios en la muestra de países y no
variaciones sustanciales en el régimen de derechos de propiedad de un
país. Para evaluar de una mejor manera los cambios en el desempeño
de los países, el autor presenta nuevas tablas demostrando la variación
en las puntuaciones absolutas y por componente del IPRI.
Desde la primera edición del IPRI, los compiladores del índice han
intentado utilizar la mejor información disponible y mantener la
consistencia e integridad del índice. Al usar el mismo esquema de
ponderación que el índice del año anterior, la edición 2013 es congruente
con la información de años previos y permite la comparación de países
a través del tiempo.
Para permitir una comparación más fácil de las puntuaciones del IPRI a
través del tiempo, los perfiles de países se han incluido para demostrar
progresos y retrasos en su régimen de derechos de propiedad.
Como las ediciones 2011 y 2012 del IPRI, el componente de igualdad de
género del IPRI 2013 se enfoca exclusivamente en los países que no son
miembros de la OCDE. Lo anterior debido a que el autor considera que
es importante entender cómo el género puede impactar los derechos
de tenencia de tierras que a su vez afectan el desarrollo económico.
- 15 -
El IPRI 2013 amplía la información de los índices de años anteriores
y ofrece mediciones más completas de los derechos de propiedad.
Mientras algunos aspectos de la recolección de datos y la interpretación
han mejorado con los años, existen todavía algunas limitaciones y retos.
Confiamos que en ediciones futuras de este reporte podremos abordar
y superar estos problemas.
SOBRE EL AUTOR
Francesco Di Lorenzo es candidato a Doctor en Ciencias de la
Administración en la Escuela de Negocios ESADE (Universitat Ramon
Llull) e investigador visitante en la Escuela de Negocios McDonough
(Universidad de Georgetown).
Sus principales intereses de investigación son en las áreas de
Administración Estratégica y la Economía y Administración de la
Innovación. Específicamente sus intereses incluyen: movilidad de
inventores, desempeño innovador individual, aprendizaje organizacional,
alianzas y las teorías evolutivas y del comportamiento de las empresas.
Fue investigador visitante en la Universidad de Bocconi (Italia). Es
miembro de la Academia de Administración (AOM), la Sociedad de
Administración Estratégica (SMS), y la DRUID Society. Su trabajo ha
sido presentado en congresos internacionales (incluyendo AOM y
SMS) y se encuentra en revisión para su publicación en las principales
revistas académicas.
Sus áreas principales de docencia son: administración estratégica,
estrategia internacional y estrategia corporativa. Es docente en la
Escuela de Negocios ESADE en los programas de Licenciatura y maestría
en Administración Internacional. Es también ayudante de profesor en
el MBA Ejecutivo de la Escuela de Negocios McDonough.
Antes de ingresar al doctorado en ESADE, Francesco estudió la
licenciatura en Negocios y Economía y una maestría en Negocios y
Administración en la Universidad de Bocconi. Trabajó para las Naciones
Unidas como analista junior de UNICEF en la oficina de financiamiento
del programa en las oficinas principales en Nueva York, como consultor
para McKinsey&Co. y Accenture para las divisiones de Consultoría de
Gestión y Mercados Financieros.
- 16 -
SOCIOS DE LA EDICIÓN INTERNACIONAL
Nos gustaría expresar nuestra gratitud a nuestras organizaciones
asociadas por su compromiso y su dedicación en asegurar y promover
los derechos de propiedad en sus respectivos países y alrededor del
mundo. Agradecemos a nuestros socios por su retroalimentación e ideas
que nos han permitido identificar mejoras que harán de este índice una
herramienta mucho mas útil en la defensa de los derechos de propiedad.
Este año nos asociamos con las siguientes organizaciones:
Afghanistan’s Economic And Legal
Studies Organization (AELSO)
Afganistán
www.aleso.org
Albanian Socio Economic Think
Tank
Albania
www.aset-al.com
Friedrich Naumann Foundation
(Liberales Institut der FriedrichNaumann-Stiftung)
Alemania
www.en.freheit.org
Institute for Free Enterprise (IUF)
Alemania
www.unternehmerische-freiheit.de
Fundación Atlas 1853
Argentina
www.atlas.org/ar
Fundación Libertad y Progreso
Argentina
www.libertadyprogresonline.org
Fundación Libertad
Argentina
www.libertad.org.ar
Institute for Public Affairs
Australia
www.ipa.org.au
Austrian Economics Center
Austria
www.austriancenter.com
F.A. v. Hayek Institut
Austria
www.hayek-institut.at
The Nassau Institute
Bahamas
www.nassauinstitute.org
Populi
Bolivia
http://www.populi.org.bo/
Instituto Liberdade
Brasil
www.is-rs.org.br
Institute for Market Economics
Bulgaria
www.ime.bg/en
Centre Des Affaires Humaines
(CEDAH)
Burkina Faso
www.cedah.org
- 17 -
Frontier Centre for Public Policy
Canadá
www.fcpp.org
Fundación para el Progreso
Chile
www.fprogreso.org
Libertad y Desarrollo
Chile
www.lyd.com
Cathay Institute of Public Affairs
China
www.chinaipa.org
Unirule Institute of Economics
China
http://english.unirule.org.cn
Center for Free Enterprise
Corea del Sur
www.cfe.org
Asociación de Consumidores Libres
Costa Rica
www.consumidoreslibres.org
IDEAS
Costa Rica
http://ideaslat.org
Adriatic Institute for Public Policy
Croacia
www.adriaticinstitute.org
Centro de Análisis Para Políticas
Públicas
República
Dominicana
www.capp.org.do
Instituto Ecuatoriano de Economía
Política
Ecuador
www.ieep.org.ec
F. A. Hayek Foundation
Eslovaquia
www.hayek.sk/en
Civismo
España
http://www.civismo.org/es/inicio
Minimal Government Thinkers, Inc.
Filipinas
www.minimalgovernment.net
New Economic School
Georgia
www.nesgeorgia.org
IMANI Center for Policy and
Education
Ghana
www.imanighana.com
CIEN
Guatemala
www.cien.org.gt
The Lion Rock Institute
Hong Kong
www.lionrockinstitute.org
Centre for Civil Society
India
www.ccsindia.org
Centre for Policy Research
India
www.cprindia.org
Liberty Institute
India
www.libertyindia.org
Iraq Institute for Economic Reform
Iraq
www.iier.org
Jerusalem Institute for Market
Studies
Israel
www.jims-israel.org
- 18 -
Columbia Institute
Italia
www.columbiainstitute.info
Competere
Italia
www.competere.eu
Institute for Development and
Economic Affairs (IDEA)
Kazakstán
www.idea.org.kz
Bishkek Business Club
Kirguistán
www.bdk.kg
Central Asian Free Market Institute
Kirguistán
www.freemarket.kg
OHRID Institute for Economic
Strategies and International Affairs
Macedonia
www.oi.org.mk
Institute for Democracy and
Economic Affairs (IDEAS)
Malasia
www.ideas.org.my
Centro de Investigación para el
Desarrollo (CIDAC) A.C.
México
www.cidac.org
Fundación IDEA
México
www.fundacionidea.org.mx
EBI Think Tank Institute
Mongolia
www.ebi.mn
Center for Entrepreneurship and
Economic Development (CEED)
Montenegro
www.ceed-global.org
Center for Mozambican and
International Studies
Mozambique
www.cemo-mozambique.org
Limited Government
Nepal
Samriddhi Foundation
Nepal
www.samriddhi.org
Initiative for Public Policy Analysis
Nigeria
www.ippanigeria.org
Civita
Noruega
www.civita.no/en
International Research Foundation
(IRF)
Omán
Alternate Solutions Institute
Paquistán
www.asinstitute.org
Pal-Think For Strategic Studies
Palestina
www.palthink.org
Fundacion Libertad
Panamá
www.fundacionlibertad.org.pa
Institututo para la Libertad y la
Democracia
Perú
www.ild.org.pe
- 19 -
Instituto de Libre Empresa
Perú
www.ileperu.org
Forum Obywatelskiego Rozwoju
(FOR)
Polonia
www.for.org.pl
Ludwig von Mises Institute
Polonia
www.mises.pl
Polish-American Foundation for
Economic Research & Education
(PAFERE)
Polonia
www.pafere.org
Center for Institutional Analysis and
Development (CADI)
Rumania
www.cadi.ro
Center for Liberal-Democratic
Studies
Serbia
www.clds.rs/newsite/naslovna.html
The Free Market Foundation
Sudáfrica
www.freemarketfoundation.com
Eudoxa
Suecia
www.eudoxa.se
Timbro
Suecia
www.timbro.se/en
Liberales Institut
Suiza
www.libinst.ch
Institute of Future Studies for
Development (IFD)
Tailandia
www.ifd.or.th
Association for Liberal Thinking
Turquía
www.liberal.org.tr
The Ukrainian Reform Support
Foundation
Ucrania
Centro de Divulgación del
Conocimiento Económico (CEDICE)
Venezuela
Zambia Institute for Public Policy
Analysis (ZIPPA)
Zambia
- 20 -
www.cedice.org.ve
COMPOSICIÓN Y COBERTURA DEL ÍNDICE
Este capítulo presenta el concepto detrás del desarrollo del Índice
Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI), los tres componentes
básicos y las 10 variables utilizadas para compilarlo. También incluye
notas explicativas detalladas sobre la metodología empleada para crear
este índice y el conjunto de países del IPRI 2013. El capítulo concluye
señalando algunas de las limitaciones de este estudio y se presentan
las consideraciones futuras.
El Concepto
El IPRI fue desarrollado para servir como un barómetro de la situación
de los derechos de propiedad en todo el mundo. El autor revisó
una amplia gama de literatura sobre derechos de propiedad para
conceptualizar y hacer operativa la definición de este concepto.
Siguiendo las convenciones establecidas por índices anteriores, varios
expertos y practicantes en el tema de derechos de propiedad han
sido consultados para finalizar el conjunto de categorías (que a partir
de ahora denominaremos como “componentes) así como variables
(“subcomponentes”) que conforman los componentes.
Estos son los tres componentes básicos del IPRI:
1. Entorno político y legal (LP)
2. Derechos de propiedad física (PPR)
3. Derechos de propiedad intelectual (IPR)
El entorno político y legal (LP) tiene un impacto significativo en
el desarrollo y protección de los derechos de propiedad físicos e
intelectuales. Como tal, las medidas de este componente son mucho
más amplias en su alcance; proporcionan una visión sobre el impacto
de la estabilidad política y el estado de derecho en un país.
Los otros dos componentes, Derechos de propiedad física e intelectual
(PPR e IPR) reflejan las dos formas de derechos de propiedad cruciales
para el desarrollo económico de un país. Las variables incluidas en
estas dos categorías representan tanto los derechos de iure como los
derechos de facto de los países considerados.
- 21 -
Variables
El IPRI 2013 incluye un total de 10 variables, que se dividen en los
tres componentes principales: LP, PPR e IPR. A pesar de que el autor
consideró varias variables relacionadas con los derechos de propiedad,
la versión final del IPRI se centra sólo en los factores fundamentales
que se relacionan directamente con la fortaleza y la protección de los
derechos de propiedad física e intelectual. Otro punto a considerar es
que se dio preferencia a las variables que estaban disponibles para un
mayor número de países y que se han actualizado de forma regular. Esto
se hizo para asegurar que las puntuaciones finales fueran comparables
entre los países y los años.
Figura 1. Estructura del IPRI
1. Entorno político y legal (LP)
Independencia judicial
Estado de derecho
Estabilidad política
Control de la corrupción
2. Derechos de propiedad física (PPR)
Protección de derechos de propiedad física
Registro de propiedad
Acceso a préstamos
3. Derechos de propiedad intelectual (IPR)
Protección de derechos de propiedad intelectual
Protección a patentes
Piratería
Entorno Político y Legal (LP)
Inclusive los derechos de iure de propiedad más completos no se pueden
aplicar a menos que exista un fuerte Estado de derecho e independencia
del poder judicial para hacerlos cumplir. Como se puede apreciar en
los recientes acontecimientos del Medio Oriente, la falta de derechos
de propiedad y libertad económica puede generar una inestabilidad
política y económica. Por lo tanto, el autor considera los siguientes
cuatro subcomponentes como los cimientos del componente LP.
- 22 -
Independencia judicial
Esta variable examina la libertad del poder judicial bajo la influencia
de los grupos políticos y de empresarios. La independencia del poder
judicial es central para la protección robusta y el apoyo soberano de
los tribunales a la propiedad privada.
(Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico
Mundial)
Estado de Derecho
Esta variable mide el grado en que los agentes de la fuerza laboral
confían y respetan en las reglas de la sociedad. En particular mide la
calidad del cumplimiento de contratos, de la policía y los tribunales, así
como la probabilidad de crimen y violencia. La variable combina varios
indicadores, incluyendo la equidad, la honestidad, el cumplimiento y la
velocidad del sistema judicial, la protección de los derechos de propiedad
privada, y la rendición de cuentas del poder judicial y ejecutivo. Esta
variable complementa la variable de independencia judicial.
(Fuente: Indicadores Mundiales de Gobernabilidad, actualización 2012, del
Banco Mundial)
Estabilidad política
El grado de estabilidad política influye de manera crucial en el incentivo
para obtener o ampliar la propiedad y / o gestión de la propiedad.
Cuanto mayor es la probabilidad de inestabilidad del gobierno, menor la
probabilidad de que la gente adquiera una propiedad y tenga confianza
en la validez de los derechos inherentes.
(Fuente: Indicadores Mundiales de Gobernabilidad, actualización 2012, del
Banco Mundial)
Control de la Corrupción
Esta variable combina varios indicadores que miden el grado en que se
ejerce el poder público para el beneficio privado. Esto incluye formas
de pequeña y gran escala de la corrupción, así como “secuestros”
del Estado por minorías selectas e intereses privados. Al igual que
- 23 -
las otras variables en el componente LP, la corrupción influye en la
confianza del pueblo en la existencia de una implementación robusta
y el cumplimiento de los derechos de propiedad. La corrupción refleja
el grado de informalidad en la economía, que entorpece el respeto a
la propiedad privada legal.
(Fuente: Indicadores Mundiales de Gobernabilidad, actualización 2012, del
Banco Mundial)
Derechos de propiedad física (PPR)
Un régimen sólido de derechos de propiedad obtiene la confianza de la
gente por su eficacia para proteger los derechos de propiedad privada.
También se caracteriza por facilitar las transacciones relacionados
con el registro de propiedad. Por último, permite el acceso al crédito
necesario para convertir la propiedad en capital. Por estas razones, las
siguientes variables se utilizan para medir la propiedad física privada.
Protección de los derechos de propiedad física
Esta variable se relaciona directamente con la fortaleza del sistema
de derechos de propiedad intelectual de un país, ya que refleja las
opiniones de los expertos sobre la calidad de la protección judicial de la
propiedad privada, incluyendo los activos financieros. Además, incluye
las opiniones de los profesionales sobre la claridad de la definición legal
de los derechos de propiedad.
(Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico
Mundial)
Registro de la propiedad
Esta variable refleja el punto de vista de las empresas en lo difícil que es
registrar una propiedad tanto en términos del número de días como en
trámites necesarios. De acuerdo con el Reporte Doing Business 2013, la
variable registra la secuencia completa de los trámites necesarios para
transferir el título de propiedad de terrenos o inmuebles del vendedor al
comprador. Esta información es crítica debido a que entre más difícil sea
registrar una propiedad, es más probable que los bienes permanezcan en
el sector informal, limitando el desarrollo de un público más amplio que
entienda y apoye un sistema legal y de derechos de propiedad robusto.
- 24 -
Por otra parte, las barreras al registro desalientan el movimiento de los
bienes de menor a mayor valor de uso. Esta variable refleja uno de los
principales argumentos económicos expuestos por Hernando de Soto.
(Fuente: Reporte Doing Business 2013 del Banco Mundial)
Acceso a préstamos
Esta variable se incluye en el IPRI porque el acceso a un crédito bancario
sin garantía sirve como una aproximación al nivel de desarrollo de
las instituciones financieras de un país. Las instituciones financieras
desempeñan un papel complementario, junto con un fuerte sistema de
derechos de propiedad, para atraer bienes económicos a la economía
formal.
(Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico
Mundial)
Derechos de propiedad intelectual (IPR)
En el componente de derechos de propiedad intelectual se evalúa la
protección de la propiedad intelectual. Además de una medida basada
en opiniones sobre la protección de la propiedad intelectual, se evalúa
la protección de las dos formas principales de derechos de propiedad
intelectual (patentes y derechos de autor) desde las perspectivas de
iure y de facto.
Protección de derechos de propiedad intelectual
Esta variable contiene los resultados de encuestas que reflejan la
protección de la propiedad intelectual de una nación, por lo que es
un aspecto fundamental del componente IPR. Se le solicitó a expertos
de cada país que calificaran la protección de la propiedad intelectual,
dando notas de “débil y no se cumple la ley” a “fuerte y se cumple la ley”.
(Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico
Mundial)
Protección a patentes
Esta variable refleja la solidez de las leyes de patentes de un país de
acuerdo a cinco amplios criterios: la cobertura, la participación en los
- 25 -
tratados internacionales, las restricciones a los derechos de patente,
el cumplimiento de las leyes y la duración de la protección.
(Fuente: Índice de los Derechos de Patentes 2005 de Ginarte-Park)
Piratería
El nivel de piratería en el sector de la propiedad intelectual es un
importante indicador de la eficacia para hacer cumplir las leyes en
un país. La información para esta variable se recogió a partir de la
presentación de la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual
(IIPA) dentro del Informe Especial 301, preparado por el representante
de Comercio de los Estados Unidos en el contexto de su revisión anual
de las prácticas de los países en materia de propiedad intelectual.
Esta presentación contiene información sobre el nivel de piratería en
industrias protegidas por derechos de autor, incluyendo aquellas de
software empresarial y la música. Debido a que esta variable refleja
resultados de facto basados en “datos duros”, se califica a un país en
función de su eficacia en la protección de los IPR. Los datos de la IIPA
se complementaron con las estadísticas más actualizadas disponibles de
la Business Software Alliance (BSA) y la International Data Corporation
(IDC).
(Fuente: Informe Especial 301 2013 de la Alianza Internacional de Propiedad
Intelectual, Noveno Estudio Anual de BSA e IDC de Piratería de Software
Global (2011)
Notas explicativas sobre la metodología
La escala de calificación global del IPRI va de 0 a 10, donde 10
representa el mayor nivel de protección y 0 refleja la inexistencia
de seguridad en los derechos de propiedad de un país. Del mismo
modo, cada componente y variable se califica del 0 al 10. Si bien los
mecanismos para calcular promedios para las calificaciones finales
del IPRI asumen que todos los componentes y subcomponentes tienen
la misma importancia, el autor reconoce que se podrían ponderar las
variables para capturar de mejor manera la importancia relativa de los
diferentes aspectos del sistema de derechos de propiedad de un país.
Se exhorta a que futuros reportes del IPRI exploren esta posibilidad.
El IPRI 2013 se enfoca en el periodo de 2009 a 2013. Los datos se
recopilan de diferentes fuentes, lo cual implica que las ediciones
- 26 -
más recientes se publicaron en diferentes momentos. Para el análisis
se consideró como la opción más lógica incluir la información más
reciente para el IPRI 2013, y añadir, a falta de ésta, la información
de años anteriores. Así, si la información de una variable sólo estaba
disponible hasta 2011 (porque las ediciones del 2012 y 2013 no han
sido publicadas), se toma la edición 2011 como la más reciente, y no
la de 2013. La mayoría de los datos tienen un retraso de 1 año (ver
Apéndice II), por lo que este “procedimiento de armonización temporal
de los subcomponentes” no debe afectar el análisis.
Los 10 subcomponentes del IPRI se recopilan de diferentes fuentes.
Prácticamente todos los valores se ajustan a la escala de 0 a 10.
Países
El Índice Internacional de Derechos de Propiedad del 2013 incluye a
un total de 131 países de todo el mundo. La selección de los países se
determinó simplemente por la disponibilidad de datos. Para aumentar
la significatividad de los datos y el análisis sólo se mantuvieron los
datos por año y por país que cumplieran con las siguientes reglas: 3
subcomponentes disponibles para el Entorno político y legal (LP), 2
subcomponentes disponibles para los Derechos de propiedad física
(PPR) y 2 subcomponentes disponibles para Derechos de propiedad
intelectual (IPR). En otras palabras, si un país en un año determinado
no tenía información disponible para 3 subcomponentes de LP, 2 de
PPR y 2 de IPR, se excluyó del análisis. Los 131 países incluidos en el
IPRI 2013 se agrupan en 7 regiones: Latinoamérica y el Caribe (LAC),
Europa Occidental (WE), Europa Central/del Este y Asia Central (CEECA),
Medio Oriente y Magreb (MENA), África (A), Asia y Oceanía (AO) y
Norteamérica (NA).
Limitaciones y consideraciones futuras
Los datos empleados para la construcción del IPRI se recopilan de
fuentes ajenas (por ejemplo el Banco Mundial o el Foro Económico
Mundial) y no los genera el autor. Aunque esto ayuda a reducir las
posibilidades de que haya sesgos, limita la habilidad del autor para
reconstruir datos faltantes.
Al igual que en el pasado, el presente estudio sigue estando limitado
por la disponibilidad de datos sobre derechos de propiedad intelectual,
- 27 -
especialmente por la falta de información sobre marcas. En 2009, el
subcomponente de marcas se retiró del análisis debido a la falta de
información actualizada, situación que aún persiste. Sin embargo, el
autor confía que en los próximos años habrá información confiable
debido al desarrollo de nuevas bases de datos por fuentes confiables.
Además, los datos de derechos de propiedad intelectual podrían
verse beneficiados con mejores medidas de los esfuerzos por hacer
cumplir la ley por parte de los gobiernos, grupos del sector privado
y organizaciones sin fines de lucro. Del mismo modo, el componente
PPR se podría mejorar mediante la inclusión de “datos duros” sobre el
aseguramiento de los derechos de propiedad. Éstas siguen siendo las
áreas de los datos que conforman el IPRI que podrían mejorar.
Finalmente, aspectos de tiempo y secuencia siguen siendo utilizados
en el séptimo año de publicación. Sin embargo, la naturaleza de las
instituciones es tal, que los efectos de los cambios en ellas no se ven
sino con el paso de los años. Además, la falta de datos actualizados
sobre los resultados económicos interfiere significativamente con este
análisis. El autor espera que estas limitaciones sean superadas en el
futuro y que la relación teórica entre las instituciones de derechos de
propiedad y el bienestar económico, pueda ser probada empíricamente
con métodos más robustos.
RESULTADOS PARA MÉXICO
Este capítulo presenta los resultados del Índice Internacional de
Derechos de Propiedad (IPRI) 2013. A continuación se presenta una
breve introducción de los datos y los resultados. Éstos se presentan
principalmente por lugares; siendo los países con mayor puntuación
los que ocupan los primeros lugares. Los resultados se presentan
empezando por la clasificación de acuerdo a las puntuaciones generales
en el IPRI, seguido de las clasificaciones de acuerdo a las puntuaciones
por subcomponente. El capítulo concluye con un análisis descriptivo de
la relación entre las puntuaciones del IPRI e indicadores económicos
importantes.
Breve introducción a los datos
Las posiciones del IPRI 2013 se calculan a partir de datos de fuentes
oficiales publicadas por organizaciones internacionales reconocidas
(Apéndice I). La mayoría de estas fuentes obtienen sus datos a través
- 28 -
de encuestas. Por lo general, expertos en el tema son consultados y
sus opiniones se recopilan usando una escala numérica. Las posiciones
de este documento se basan en la percepción de la relativa fortaleza
(o debilidad) de los derechos de propiedad de un país de los expertos.
A pesar de que usan métodos fiables para recopilar la información a
partir de encuestas y de que se pueden considerar medidas válidas de
la situación real de los derechos de propiedad de un país, no están
libres de ser subjetivas.
Sin embargo, esta limitante no aplica para todas las variables. De
hecho, las excepciones son: el número de trámites, nivel de piratería,
y el número de días necesarios para registrar una propiedad (o abrir un
negocio). No obstante que la información de éstas se recopila mediante
encuestas, reportan información de facto (es decir, hechos concretos).
Los futuros reportes del IPRI deberían considerar aumentar la proporción
de datos basados en hechos para mejorar la confiabilidad del análisis.
Algunos ejemplos podrían ser datos del cumplimiento de derechos de
propiedad y el grado de formalización de los derechos de propiedad.
Estos datos están disponibles para algunas economías avanzadas.
A pesar de que habría que sacrificar la disponibilidad de datos y la
representatividad de todas las regiones en los resultados del análisis,
sería quizá más apropiado iniciar una nueva recopilación de datos.
Por último, los datos provienen de diferentes fuentes. Esto significa que
los datos se encuentran en diferentes formatos (ordinal o cardinal) y en
diferentes escalas. Debido a lo anterior, los datos se ajustan a la escala
de 0 a 10 para compararlos entre países y entre los componentes y la
puntuación general del IPRI.
El reporte IPRI 2013 ofrece una clasificación de acuerdo a la fortaleza
de los derechos de propiedad en 131 países analizados de manera
individual y por quintiles.
Finlandia es el primer lugar en la clasificación general. De hecho, Finlandia
es también el primer lugar para cada uno de los componentes del IPRI.
- 29 -
Figura
Puntuaciones globales
Figura
2.2:Puntuaciones
globalesdel
delIPRI
IPRI
Finlandia1
Nueva Zelanda 2
Suecia 2
Noruega 4
Países Bajos 5
Suiza 5
Luxemburgo 7
Singapur 7
Dinamarca 9
Canadá 9
Australia 11
Austria 12
Reino Unido 12
Hong Kong 14
Japón 14
Alemania 14
Estados Unidos 17
Bélgica 18
Irlanda 18
Francia 20
Qatar 20
Islandia 22
Emiratos Árabes Unidos 22
Taiwán (China) 22
Malta 25
Sudáfrica 26
Portugal 26
Chile 26
Estonia 29
Israel 29
Omán 31
Chipre 31
República Checa 33
Malasia 33
España 33
Bahréin 33
Arabia Saudita 37
Puerto Rico (EUA) 37
Corea del Sur 37
Hungría 40
Botsuana 40
Mauricio 40
Eslovaquia 40
Uruguay 44
Polonia 44
Ruanda 44
Italia 47
Jordania 48
Lituania 48
Eslovenia 48
Costa Rica 51
Kuwait 52
Letonia 53
Trinidad y Tobago 53
Brunéi 53
Panamá 56
Brasil 56
Turquía 58
Bulgaria 58
India 58
Ghana 58
China 58
Grecia 63
Jamaica 63
Liberia 65
Marruecos 65
Rumania 65
Croacia 68
México 68
Colombia 68
Gabón 68
Tailandia 72
Suazilandia 72
Montenegro 72
Burkina Faso 72
Malaui 72
Benín 77
Perú 77
Sri Lanka 77
Filipinas 77
Mali 81
Tanzania 81
Macedonia 81
Uganda 81
Indonesia 81
Zambia 81
Sierra Leona 87
El Salvador 87
Honduras 87
Egipto 87
Guyana 91
Mauritania 91
Guatemala 91
Bolivia 91
Vietnam 91
Argentina 96
República Dominicana 96
Armenia 96
Mozambique 96
Kenia 96
Ecuador 96
Rusia 102
Azerbaiyán102
Senegal 102
Kazajistán 102
Nepal 102
Serbia 107
Etiopía 107
Bosnia y Herzegovina 107
Nicaragua 107
Camerún 111
Irán 111
Paraguay 113
Albania 113
Líbano 113
Madagascar 113
Georgia 113
Ucrania 113
Paquistán 119
Moldavia 119
Chad 121
Costa de Marfil 122
Nigeria 122
Zimbabue 124
Argelia 125
Bangladesh 126
Libia 127
Haití 127
Burundi 127
Venezuela 127
Yemen 131
8.6
8.4
8.4
8.3
8.2
8.2
8.1
8.1
8.0
8.0
7.9
7.8
7.8
7.7
7.7
7.7
7.6
7.5
7.5
7.3
7.3
7.2
7.2
7.2
7.0
6.8
6.8
6.8
6.7
6.7
6.6
6.6
6.5
6.5
6.5
6.5
6.4
6.4
6.4
6.3
6.3
6.3
6.3
6.2
6.2
6.2
6.1
6.0
6.0
6.0
5.9
5.8
5.7
5.7
5.7
5.6
5.6
5.5
5.5
5.5
5.5
5.5
5.4
5.4
5.3
5.3
5.3
0.0
2.0
4.0
6.0
0.0
8.0 10.0
I
5.2
5.2
5.2
5.2
5.1
5.1
5.1
5.1
5.1
5.0
5.0
5.0
5.0
4.9
4.9
4.9
4.9
4.9
4.9
4.8
4.8
4.8
4.8
4.7
4.7
4.7
4.7
4.7
4.6
4.6
4.6
4.6
4.6
4.6
4.5
4.5
4.5
4.5
4.5
4.4
4.4
4.4
4.4
4.3
4.3
4.2
4.2
4.2
4.2
4.2
4.2
4.1
4.1
4.0
3.9
3.9
3.8
3.7
3.5
3.4
3.4
3.4
3.4
3.1
- 30 -
2.0
4.0
6.0
8.0 10.0
De manera interesante, los países escandinavos obtuvieron altas
calificaciones en el IPRI (por ejemplo Suecia #2, Noruega #4, y
Dinamarca #9). En general, los países del norte de Europa tienen
sistemas robustos de derechos de propiedad (Países Bajos #5 y
Luxemburgo #7). Además, Canadá, Nueva Zelanda y Singapur son los
únicos países no miembros de la Unión Europea en las primeras 10
posiciones. Al examinar cada uno de los componentes, en el rubro de
Derechos de propiedad física (PPR) sobresalen: Bahréin (#6), Emiratos
Árabes Unidos (#7) y Omán (#10). En cuanto al Entorno político y legal
(LP) y Derechos de propiedad intelectual (IPR), los primeros 10 lugares
son prácticamente los mismos que en la clasificación general.
Yemen ocupa la posición 131 en la clasificación general. La mayoría
de los países en los últimos 10 lugares son africanos a excepción de
Bangladesh (#126), Haití (empate #127) y Venezuela (empate #127).
Al realizar el análisis por componente, es interesante el hecho de que
muchos de los últimos lugares son de países del centro/este de Europa
y Asia Central como Georgia (#130), Moldavia (#128), Armenia (#126),
Albania (#120) y Serbia (#120).
De forma más completa la Figura 3 presenta las posiciones del IPRI por
quintil para las 131 naciones de la muestra. En general, el número de
países que pertenece a cada quintil incrementa del 20% superior al
20% inferior. En este sentido, el análisis cualitativo de la clasificación
general del IPRI por quintil sugiere una asimetría negativa.
Clasificación por componentes
El IPRI se basa en tres componentes principales que se evalúan
independientemente para cada país. Las siguientes figuras (Figura 4-6)
muestran las calificaciones y posiciones de los 131 países para cada
uno de los componentes del índice (LP, PPR e IPR).
- 31 -
- 32 -
más fuerte
más débil
Finlandia
Nueva Zelanda
Noruega
Países Bajos
Suiza
Luxemburgo
Singapur
Dinamarca
Canadá
Australia
Austria
Reino Unido
Hong Kong
Japón
Alemania
Estados Unidos
Bélgica
20% superior
Irlanda
Francia
Qatar
Islandia
Emiratos Árabes Unidos
Taiwán (China)
Malta
Sudáfrica
Portugal
Chile
Estonia
Israel
Omán
Chipre
República Checa
Malasia
España
Bahréin
Arabia Saudita
Puerto Rico (EUA)
Corea del Sur
Hungría
Segundo quintil
Botsuana
Mauricio
Eslovaquia
Uruguay
Polonia
Ruanda
Italia
Jordania
Lituania
Eslovenia
Costa Rica
Kuwait
Letonia
Trinidad y Tobago
Brunéi
Panamá
Brasil
Turquía
Bulgaria
India
Ghana
China
Grecia
Jamaica
Liberia
Tercer quintil
Marruecos
Rumania
Croacia
México
Colombia
Gabón
Tailandia
Suazilandia
Montenegro
Burkina Faso
Malaui
Benín
Perú
Sri Lanka
Filipinas
Mali
Tanzania
Macedonia
Uganda
Indonesia
Zambia
Sierra Leona
El Salvador
Honduras
Egipto
Guyana
Mauritania
Guatemala
Bolivia
Vietnam
Cuarto quintil
Figura 3. Posiciones en el IPRI por quintil
Figura 3: Posiciones en el IPRI por quintil
Argentina
República Dominicana
Armenia
Mozambique
Kenia
Ecuador
Rusia
Azerbaiyán
Senegal
Kazajistán
Nepal
Serbia
Etiopía
Bosnia y Herzegovina
Nicaragua
Camerún
Irán
Paraguay
Albania
Líbano
Madagascar
Georgia
Ucrania
Paquistán
Moldavia
Chad
Costa de Marfil
Nigeria
Zimbabue
Argelia
Bangladesh
Libia
Haití
Burundi
Venezuela
Yemen
20% inferior
- 33 -
Finlandia 1
Nueva Zelanda 1
Suecia 3
Noruega 3
Dinamarca 5
Países Bajos 5
Luxemburgo 7
Suiza 7
Canadá 9
Singapur 10
Australia 10
Islandia 12
Hong Kong 13
Irlanda 13
Alemania 15
Austria 16
Reino Unido 17
Japón 17
Bélgica 19
Qatar 20
Chile 21
Francia 22
Estados Unidos 23
Malta 23
Botsuana 25
Estonia 25
Uruguay 25
Brunéi 28
Emiratos Árabes Unidos 29
Taiwán (China) 30
Chipre 31
Mauricio 31
Eslovenia 33
Portugal 33
Polonia 35
España 35
República Checa 37
Omán 37
Puerto Rico (EUA) 37
Costa Rica 37
Israel 41
Hungría 42
Corea del Sur 43
0.0
2.0
4.0
6.0
8.0
10.0
8.9
8.9
8.7
8.7
8.6
8.6
8.5
8.5
8.4
8.3
8.3
8.2
8.1
8.1
8.0
7.8
7.7
7.7
7.6
7.5
7.4
7.3
7.2
7.2
7.1
7.1
7.1
7.0
6.9
6.8
6.7
6.7
6.5
6.5
6.4
6.4
6.3
6.3
6.3
6.3
6.1
6.0
5.9
Kuwait 43
Letonia 45
Lituania 45
Eslovaquia 47
Sudáfrica 47
Malasia 47
Ruanda 47
Italia 51
Bahréin 52
Arabia Saudita 53
Jordania 54
Montenegro 54
Ghana 54
Brasil 57
Trinidad y Tobago 57
Croacia 59
Grecia 60
Malaui 61
Bulgaria 62
Jamaica 62
Zambia 62
Rumania 65
Sri Lanka 65
Turquía 67
Marruecos 67
Tanzania 69
Vietnam 69
Tailandia 71
Georgia 71
Suazilandia 71
India 71
Macedonia 71
Gabón 76
Mozambique 76
Panamá 76
El Salvador 76
Liberia 76
China 76
Guyana 82
Benín 82
Serbia 82
Armenia 82
México 82
Bosnia y Herzegovina 82
0.0
2.0
4.0
6.0
8.0 10.0
5.9
5.8
5.8
5.7
5.7
5.7
5.7
5.6
5.5
5.4
5.3
5.3
5.3
5.2
5.2
5.1
5.0
4.9
4.8
4.8
4.8
4.7
4.7
4.6
4.6
4.5
4.5
4.4
4.4
4.4
4.4
4.4
4.3
4.3
4.3
4.3
4.3
4.3
4.2
4.2
4.2
4.2
4.2
4.2
Argentina 82
Honduras 89
Senegal 90
Albania 90
Egipto 90
Colombia 90
Kazajistán 90
Moldavia 90
Indonesia 90
República Dominicana 90
Burkina Faso 90
Sierra Leona 99
Perú 99
Bolivia 99
Uganda 102
Mali 102
Azerbaiyán 104
Nicaragua 105
Ucrania 105
Guatemala 105
Filipinas 108
Madagascar 108
Irán 108
Mauritania 111
Kenia 111
Ecuador 113
Paraguay 113
Rusia 113
Libia 113
Argelia 113
Camerún 113
Nepal 113
Etiopía 120
Bangladesh 120
Paquistán 122
Líbano 122
Nigeria 124
Zimbabue 125
Costa de Marfil 126
Haití 126
Chad 128
Burundi 129
Venezuela 130
Yemen 130
0.0
2.0
4.0
6.0
4.2
4.1
4.0
4.0
4.0
4.0
4.0
4.0
4.0
4.0
4.0
3.9
3.9
3.9
3.8
3.8
3.7
3.6
3.6
3.6
3.5
3.5
3.5
3.4
3.4
3.3
3.3
3.3
3.3
3.3
3.3
3.3
3.2
3.2
3.0
3.0
2.9
2.7
2.6
2.6
2.5
2.3
2.1
2.1
8.0
Figura 4. Posiciones por calificaciones en subcomponente LP ( Entorno político y legal)
Figura 4: Posiciones por calificaciones en sub componente LP (Entorno político y legal)
10.0
Figura 5: Posiciones por calificaciones en sub componente PPR (Derechos de propiedad física)
Figura 5. Posiciones por calificaciones en subcomponente PPR
(Derechos de propiedad física)
Finlandia 1
Noruega 1
Nueva Zelanda 3
Singapur 3
Suecia 3
Bahréin 6
Hong Kong 7
Suiza 7
Emiratos Árabes Unidos 7
Omán 10
Qatar 10
Taiwán 10
Malasia 13
Países Bajos 13
Canadá 15
Luxemburgo 15
Arabia Saudita 15
Austria 18
Australia 18
Malta 20
Reino Unido 20
Estados Unidos 22
Japón 22
Dinamarca 22
Chile 25
Mauricio 25
Sudáfrica 25
Alemania 25
Panamá 29
Chipre 29
Ruanda 29
Islandia 32
Botsuana 32
Estonia 32
Bélgica 35
Jordania 35
China 35
Francia 38
Tailandia 38
Israel 38
Indonesia 38
Portugal 38
Kuwait 43
Perú 43
India 43
Armenia 43
Eslovaquia 47
Irlanda 47
Turquía 47
Azerbaiyán 50
Montenegro 50
República Checa 50
Lituania 53
Líbano 53
Zambia 53
España 53
Guatemala 53
Letonia 53
Macedonia 59
Costa Rica 59
Corea del Sur 59
Uruguay 59
Liberia 59
Marruecos 64
Puerto Rico (EUA) 64
Colombia 64
Italia 64
Filipinas 64
Nepal 69
Kazajistán 69
Gabón 69
El Salvador 69
Polonia 69
Brasil 69
Bulgaria 69
Georgia 69
Honduras 77
Hungría 77
Rumania 77
Kenia 77
México 81
Paquistán 81
Moldavia 81
Sri Lanka 81
Mali 81
Eslovenia 86
Burkina Faso 86
República Dominicana 86
Egipto 86
Suazilandia 86
Paraguay 86
Uganda 86
Vietnam 86
Bolivia 86
Jamaica 86
Ghana 86
Trinidad y Tobago 97
Irán 97
Camerún 97
Malaui 97
Guyana 97
Croacia 97
Nicaragua 103
Mauritania 103
Benín103
Serbia 103
Ecuador 103
Brunéi 108
Rusia 108
Bosnia y Herzegovina 108
Tanzania 108
Senegal 108
Etiopía 113
Grecia 113
Mozambique 113
Yemen 116
Costa de Marfil 116
Sierra Leona 116
Zimbabue 116
Albania 116
Madagascar 121
Chad 122
Ucrania 123
Venezuela 124
Argentina 124
Nigeria 124
Bangladesh 127
Argelia 128
Libia129
Burundi 129
Haití 131
8.3
8.3
8.2
8.2
8.2
8.1
7.9
7.9
7.9
7.8
7.8
7.8
7.7
7.7
7.6
7.6
7.6
7.4
7.4
7.3
7.3
7.2
7.2
7.2
7.1
7.1
7.1
7.1
7.0
7.0
7.0
6.9
6.9
6.9
6.8
6.8
6.8
6.7
6.7
6.7
6.7
6.7
6.6
6.6
6.6
6.6
6.5
6.5
6.5
6.4
6.4
6.4
6.3
6.3
6.3
6.3
6.3
6.3
6.2
6.2
6.2
6.2
6.2
6.1
6.1
6.1
0.0
2.0
4.0
6.0
8.0
6.1
6.1
6.0
6.0
6.0
6.0
6.0
6.0
6.0
6.0
5.9
5.9
5.9
5.9
5.8
5.8
5.8
5.8
5.8
5.7
5.7
5.7
5.7
5.7
5.7
5.7
5.7
5.7
5.7
5.7
5.6
5.6
5.6
5.6
5.6
5.6
5.5
55
5.5
5.5
5.5
5.5
5.4
5.4
5.4
5.4
5.4
5.3
5.3
5.3
5.2
5.2
5.2
5.2
5.2
5.1
5.0
4.8
4.7
4.7
4.7
4.6
4.5
4.4
4.4
3.4
0.0
10.0
- 34 -
2.0
4.0
6.0
8.0 10.0
Figura 6.
porencalificaciones
enIPR
subcomponente
IPR
Figura 6: Posiciones
porPosiciones
calificaciones
sub componente
(Derechos de propiedad
intelectual
(Derechos de propiedad intelectual)
Finlandia 1
Suiza 2
Reino Unido 2
Países Bajos 2
Estados Unidos 2
Japón 2
Nueva Zelanda 7
Luxemburgo 7
Suecia 7
Canadá 10
Austria 10
Dinamarca 10
Alemania 10
Bélgica 10
Singapur 15
Noruega 15
Irlanda 15
Francia 15
Australia 15
Sudáfrica 20
Israel 21
Portugal 22
Hong Kong 22
Taiwán (China) 22
Corea del Sur 25
Hungría 26
Puerto Rico (EUA) 26
Emiratos Árabes Unidos 26
República Checa 26
España 30
Eslovaquia 31
Qatar 31
Italia 31
Malta 34
Islandia 34
Trinidad y Tobago 36
Malasia 37
Chipre 37
Polonia 37
Arabia Saudita 37
Estonia 41
Chile 42
Grecia 42
Lituania 42
Bahréin 42
Jamaica 46
Jordania 46
Eslovenia 46
Ruanda 46
Omán 50
México 50
Bulgaria 50
Ghana 53
Colombia 53
Brasil 53
Panamá 56
India 56
Turquía 56
Burkina Faso 56
China 60
Rumania 60
Gabón 62
Benín 62
Liberia 62
Uganda 62
Mauritania 62
Filipinas 62
Sierra Leona 68
Uruguay 68
Suazilandia 70
Marruecos 70
Costa Rica 70
Mali 70
Letonia 74
Botsuana 74
Mauricio 74
Rusia 77
Ecuador 77
Kuwait 77
Tanzania 77
Argentina 81
Croacia 81
Etiopía 81
Egipto 84
Malaui 84
Brunéi 86
Perú 87
Bolivia 87
Chad 89
Honduras 89
Sri Lanka 89
Kenia 89
Guyana 93
Ucrania 93
Mozambique 93
Macedonia 96
El Salvador 96
Senegal 96
Tailandia 96
Nepal 96
Guatemala 101
Indonesia 101
Haití 101
Camerún 101
Nigeria 101
Nicaragua 101
República Dominicana 107
Madagascar 107
Costa de Marfil 109
Irán 109
Vietnam 109
Zambia 112
Montenegro 113
Paraguay 113
Bosnia y Herzegovina 115
Burundi 115
Kazajistán 115
Zimbabue 115
Paquistán 115
Azerbaiyán 120
Argelia 120
Serbia 120
Venezuela120
Albania 120
Líbano 125
Armenia 126
Bangladesh 127
Moldavia 128
Libia 128
Georgia 130
Yemen 131
8.6
8.3
8.3
8.3
8.3
8.3
8.2
8.2
8.2
8.1
8.1
8.1
8.1
8.1
7.9
7.9
7.9
7.9
7.9
7.5
7.3
7.1
7.1
7.1
7.0
6.9
6.9
6.9
6.9
6.7
6.6
6.6
6.6
6.5
6.5
6.2
6.1
6.1
6.1
6.1
6.0
5.9
5.9
5.9
5.9
5.8
5.8
5.8
5.8
5.7
5.7
5.7
5.6
5.6
5.6
5.5
5.5
5.5
5.5
5.4
5.4
5.3
5.3
5.3
5.3
5.3
0.0
2.0
4.0
6.0
8.0
5.3
5.2
5.2
5.1
5.1
5.1
5.1
5.0
5.0
5.0
4.9
4.9
4.9
4.9
4.8
4.8
4.8
4.7
4.7
4.6
4.5
4.5
4.4
4.4
4.4
4.4
4.3
4.3
4.3
4.2
4.2
4.2
4.2
4.2
4.1
4.1
4.1
41
4.1
4.1
4.1
4.0
4.0
3.9
3.9
3.9
3.7
3.6
3.6
3.5
3.5
3.5
3.5
3.5
3.4
3.4
3.4
3.4
3.4
3.3
3.1
2.7
2.5
2.5
2.3
2.0
0.0
10.0
- 35 -
2.0
4.0
6.0
8.0
10.0
IPRI y situación económica
El IPRI asume que existe una relación entre el régimen de derechos
de propiedad y el desempeño económico de un país. De manera más
específica, entre más efectivo sea el régimen de derechos de propiedad
de un país, mejor desempeño económico debería tener. En este sentido,
el IPRI se enfoca principalmente en un indicadores económicos: ingreso
por hogar (HI), producto interno bruto (PIB) e inversión extranjera
directa (FDI). En este reporte, sin embargo sólo se incluyen los
resultados para el ingreso por hogar y el PIB. Puede consultar el reporte
completo en línea: http://www.internationalpropertyrightsindex.org
A continuación se mencionan las principales conclusiones. De acuerdo
a la distribución del ingreso por hogar promedio por quintiles del IPRI
(grupo de países de acuerdo a la calificación global del IPRI), los países
con una calificación global alta se asocian a altos niveles de ingreso
por hogar per cápita. En cuanto a la inversión extranjera, los países
con regímenes de propiedad sólidos reciben más de ésta. Los países
con un producto interno bruto per cápita menor tienden a tener bajas
calificaciones globales en el IPRI.
La Figura 7 muestra que, en promedio, los países en el quintil superior
del IPRI tienen un ingreso per cápita aproximadamente siete veces
mayor que el quintil inferior. Las estadísticas de la Figura 7 se basan en
los promedios de las calificaciones globales del IPRI para los años 20092013 y en sus correspondientes datos del producto interno bruto (PIB)
per cápita por PPA (paridad del poder adquisitivo) para los años 20072011. La misma relación existe cuando se utiliza sólo la información
del IPRI 2013 y los datos de países con altos ingresos per cápita.
Figura 7: Ingreso per cápita por quintil del IPRI
PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes de 2005, dólares internacionales), 2007-2011
Figura 7. Ingreso per cápita por quintil del IPRI
$45,000.00
$40,000.00
$38,287.85
$35,000.00
$30,000.00
$26,680.04
$25,000.00
$20,000.00
$15,692.88
$15,000.00
$10,000.00
- 36 -
$5,000.00
$-
20% superior
Segundo quintil
Tercer quintil
$5,140.91
Cuarto quintil
$5,544.74
20% inferior
La Figura 8 muestra la relación entre las calificaciones del IPRI (global
y por componente) y el PIB per cápita. En general, las relaciones son
fuertes y significativas. El coeficiente de correlación entre los valores
del IPRI y los valores del PIB per cápita es de 0.79 (p<0.001). En cuanto
a los componentes individuales (Figuras 9-11) la relación más fuerte es
la de LP cuyo coeficiente de correlación es 0.80 (p<0.001). PPR e IPR
respecto al PIB per cápita tienen coeficientes de correlación de 0.70
(p<0.001) y de 0.71 (p<0.001) respectivamente. Podemos concluir que
hay una relación fuerte, positiva y significativa entre la fortaleza de los
derechos de propiedad y los medidas de desempeño económico de un país.
PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes
de 2005, dólares internacionales), 2007-2011
Figura 8: Relación
entre puntuaciones en el IPRI (global) y PIB per cápita
F
Figura
8. Relación
entre
puntuaciones en el IPRI (global) y PIB per cápita
80000.00
70000.00
60000.00
50000.00
40000.00
30000.00
20000.00
10000.00
0.00
0.0
2.0
4.0
6.0
8.0
10.0
IPRI global, 2009-2013
9: Relación
entresub
subcomponente
componente LPLP
y PIB
perper
cápita
FiguraFigura
9. Relación
entre
y PIB
cápita
PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes
de 2005, dólares internacionales), 2007-2011
A
80000.00
70000.00
60000.00
50000.00
40000.00
30000.00
20000.00
10000.00
0.00
0.0
2.0
4.0
- 37 -
6.0
Puntuaciones LP, 2009-2013
8.0
10.0
PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes
de 2005,dólares internacionales), 2007-2011
A
10: Relación
entre
subcomponente
componente PPR
y PIB
per cápita
Figura Figura
10. Relación
entre
sub
PPR
y PIB
per cápita
80000.00
70000.00
60000.00
50000.00
40000.00
30000.00
20000.00
10000.00
0.00
0.0
1.0
2.0
3.0
4.0
5.0
6.0
7.0
8.0
9.0
Puntuaciones PPR, 2009-2013
Figura 11: Relación entre sub componente IPR y PIB per cápita
PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes
de 2005, dólares internacionales), 2007-2011
Figura 11. Relación entre sub componente IPR y PIB per cápita
F
80000.00
70000.00
60000.00
50000.00
40000.00
30000.00
20000.00
10000.00
0.00
0.0
1.0
2.0
3.0
4.0
5.0
6.0
Puntuaciones IPR, 2009-2013
- 38 -
7.0
8.0
9.0
Conclusión
El Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI) 2013 sirve como
un barómetro del estado de desarrollo de los derechos de propiedad
físicos e intelectuales alrededor del mundo. Como en años anteriores,
el índice revela la importante relación entre los derechos de propiedad,
la libertad económica y el nivel de desarrollo de un país.
Los resultados del análisis del IPRI sugieren que las economías más
desarrolladas se caracterizan por altas calificaciones en el IPRI y en sus
componentes, lo cual implica que existe una relación positiva entre el
desarrollo económico y la fortaleza de los regímenes de derechos de propiedad.
Además este hallazgo se confirma cuando se analizan grupos específicos
como regiones diferentes o diferentes niveles de ingresos por hogar.
Mientras que la causalidad no se estima en este reporte, es interesante
mencionar que la evaluación cualitativa de las relaciones presentadas
anteriormente muestra que los derechos de propiedad son un factor
importante al estudiar el desarrollo y el desempeño económico de un
país. A pesar de que no se consideran los costos a los que un país se
enfrenta para desarrollar y conservar los derechos de propiedad, de
todas formas existe una relación evidente entre la efectividad de los
derechos de propiedad y el desarrollo económico de un país.
Los futuros reportes del IPRI deberían explorar de manera más
sistemática la relación entre los valores del IPRI y el desempeño
económico de los países muestreados. De hecho, un diseño más
apropiado (por ejemplo usando regresiones) podría ayudar a que el
IPRI se evalúe quizá como antecedente del éxito económico, lo que
implicaría una mayor necesidad de invertir en la creación de regímenes
de derechos de propiedad sofisticados.
- 39 -
Tabla México (LAC)
Posición en el mundo: 68
Posición en la región América Latina y Caribe: 9
Entorno legal y político
Derechos de propiedad física
Derechos de propiedad intelectual
Global (IPRI)
Tasa de crecimiento anual compuesta 2009-2013
Entorno legal y político: -0.6%
Derechos de propiedad física: 0.0%
Derechos de propiedad intelectual: +1.49%
Índice IPRI: 0.0%
De 2009 a 2013, la calificación global de México en el IPRI no ha
variado mucho. Sin embargo, entre 2012 y 2013 aumentó 0.1 puntos
debido a mejoras en los tres componentes.
De 2012 a 2013 el Entorno legal y político aumentó 0.1 puntos. Los
Derechos de propiedad física también aumentaron 0.1 puntos en este
periodo por incrementos de 0.3 y 0.2 puntos en el Acceso a préstamos
y la Protección de derechos de propiedad física, respectivamente.
Finalmente, los Derechos de propiedad intelectual incrementaron 0.2
puntos durante el mismo periodo. Esta mejora se debe a un aumento
de 0.4 puntos en el sub componente de Protección de los derechos de
propiedad intelectual.
- 40 -
DERECHOS DE PROPIEDAD, LIBERTAD
Y DESARROLLO ECONÓMICO
Isaac Katz1
I. La importancia de los derechos de propiedad
El desarrollo económico de cualquier país está íntimamente ligado a
la libertad de la cual gozan los individuos para elegir, mismo que está
sustentado en un régimen de derechos privados de propiedad. Aquellos
países en los cuales los individuos gozan de un amplio ámbito de
libertades, tanto en lo político como en lo económico, países en donde
los derechos privados de propiedad están eficientemente definidos,
garantizados y protegidos, son a su vez los países en los cuales el nivel
de desarrollo económico es más elevado. El propósito de este ensayo es
resaltar la estrecha relación que existe entre un régimen de propiedad
privada de los medios de producción, la libertad de los individuos y el
desarrollo económico.
Empecemos definiendo los derechos privados de propiedad. Furubotn
y Pejovich (1974) los definen como “las relaciones de comportamiento
entre los individuos, legalmente sancionadas, que surgen de la existencia
de bienes y que atañen a su utilización”. Por su parte, Alchian (1965) los
define como “la asignación exclusiva a algún individuo para que decida
los usos que desee de los bienes que son de su propiedad”. Finalmente,
Barzel (1999) señala que “los derechos privados de propiedad que un
individuo tiene sobre un bien o un activo se entienden como la habilidad
individual, en términos esperados, de consumir el bien (o los servicios
del activo) directamente o a través del intercambio”.
El concepto de derechos de propiedad se aplica a todos los bienes
escasos, materiales o inmateriales, y que por lo tanto tienen un precio
positivo. Así, un derecho de propiedad privado es un derecho legalmente
establecido de propiedad sobre un recurso escaso, derecho que es, por
consecuencia, válido ante los tribunales.
Como puede observarse de las tres definiciones, los derechos privados
de propiedad constan de tres dimensiones: el derecho de posesión,
el derecho de uso y el derecho de transferencia. El primero de estos
derechos, el de posesión, tiene que ser considerado como un derecho
1
Departamento Académico de Economía. Instituto Tecnológico Autónomo
de México.
- 41 -
natural de los individuos, al derivarse del derecho a la vida misma. Nadie,
mas que el propio individuo, es dueño de sí mismo y, en consecuencia,
ningún otro individuo puede tener o ejercer algún derecho o reclamo
sobre la vida ajena. De este derecho natural a la vida es que se deriva
el derecho legalmente reconocido que deben tener todos y cada
uno de los individuos de la sociedad a poseer bienes, ya sea por el
principio de “primera ocupación” o a través de su adquisición mediante
transacciones que son enteramente voluntarias.
Estando reconocido el derecho natural a la posesión, adquiere relevancia
la segunda dimensión de los derechos de propiedad. Sabiendo cada
individuo que los bienes que posee son efectivamente suyos, incluido su
propio cuerpo, es que está en su interés darles aquél uso que considere
es el más apropiado para lograr sus fines, en particular la maximización
de su bienestar y el de su familia. Partiendo del hecho de que los recursos
que se poseen son escasos y que su utilización conlleva incurrir en un
costo de oportunidad, cada individuo buscará asignarlos hacia aquellos
usos en donde la rentabilidad esperada sea la mayor posible, respetando
siempre los derechos de propiedad de terceros,2 ya que es a partir de
esto que el individuo generará el ingreso que le permita adquirir los
bienes que desee consumir y con los cuales maximizar su bienestar.
Cada individuo, actuando de esta forma e interactuando en mercados
competitivos de bienes y de factores de la producción, deriva no solo
en la maximización del bienestar individual y familiar sino también en
la maximización del bienestar social.
Finalmente, está el derecho a la transferencia, el cual establece que cada
individuo tiene que ser libre de decidir si vende sus recursos, a quién
se los vende y en qué circunstancias, en una operación de intercambio
enteramente voluntaria, mismo que se da únicamente si existe un
beneficio para las partes involucradas. Que las transacciones sean
enteramente voluntarias implica, en consecuencia, que los mercados
en los que se intercambian los bienes y recursos operen en un contexto
de competencia.
2
Cualquier individuo puede utilizar libremente sus recursos a condición
de que no interfiera con el derecho de otra persona para usar y disfrutar de sus
propios recursos. O como Nozick (1974) lo expresó: “mis derechos de propiedad sobre
mi cuchillo me permiten dejarlo donde yo quiera, menos en tu pecho”. Obviamente,
un individuo puede decidir utilizar su capital para actividades consideradas ilegales,
como el robo o el fraude, que al ser una transferencia involuntaria de riqueza del
asaltado al ladrón, se constituye como una violación a los derechos privados de
propiedad de terceros y, por lo mismo, tiene que ser penalizado.
- 42 -
Esto último es importante ya que cuando los derechos privados de
propiedad están perfectamente definidos, se hace relevante el concepto
de “libertad de contrato”, el cual tiene dos vertientes que son la
“libertad de contratar” y la “libertad del contrato” o de obligación. El
primero se refiere a que los individuos aceptan entrar en contratos,
legalmente sancionados, de transferencia de los derechos de propiedad.
El segundo se refiere a que a ningún individuo se le puede obligar a
transferir, sin su consentimiento, los derechos de propiedad sobre sus
bienes o persona, hecho que, por ejemplo, hace que la esclavitud sea
una violación de esta libertad.3
De esta manera, el arreglo institucional de los derechos de propiedad
que la sociedad adopte, será el principal determinante de quién se
apropia de los beneficios que se derivan de la utilización de los recursos.
Cuando estos derechos están eficientemente definidos, los individuos
pueden tener una idea clara de que acciones pueden llevar a cabo con
sus recursos. Esto último es esencial cuando las transacciones se llevan
a cabo en el mercado, son, en efecto, transferencias voluntarias de
los derechos de propiedad, es decir, el que vende una mercancía o un
servicio, lo que efectivamente está haciendo es transferir el derecho
de propiedad sobre la mercancía al comprador, recibiendo a cambio
un pago por el valor del bien transferido. Al respecto, la “libertad
de contratar” ayuda a asegurar que los cambios en el control de los
recursos refleje el interés del dueño original ya que solamente si él
consiente la transferencia, ésta podrá tener validez legal.
Adicionalmente, el consentimiento para la transferencia de los derechos
de propiedad sobre un recurso no se va a dar a menos que el poseedor
del derecho valúe, ex ante, la distribución resultante de beneficios
después de la transferencia más que el valor de esta distribución
previo a la transferencia. Esto asegura que el principio de “libertad para
contratar” genera los incentivos positivos para una transacción benéfica
para ambas partes, al llegar a acuerdos motivados por el incentivo de
recibir una ganancia derivada de la transacción.
Un elemento esencial para que efectivamente pueda darse la libertad
para contratar, que las transacciones sean enteramente voluntarias, es
que el marco legal garantice la igualdad de oportunidades de acceso de
los agentes a los diferentes mercados de bienes y servicios, incluyendo
en estos al educativo, el de salud y el laboral, es decir, el sistema legal
3
Barnett (1998).
- 43 -
no puede, por principio, generar un sistema de privilegios para una
minoría a costa del bienestar de la mayoría. Por lo mismo, para fomentar
el desarrollo económico y maximizar el bienestar de los individuos
es necesario promover la existencia de mercados competitivos, sean
estos de bienes y servicios o de factores de la producción, ya que es
en este tipo de estructuras de mercado en los cuales los participantes,
demandantes y oferentes, concurren libremente para llevar a cabo,
voluntariamente, las transacciones. Esto excluye, por ejemplo, la
protección gubernamental de monopolios o de prácticas monopólicas,
sean gubernamentales o privadas, la existencia de barreras al comercio
internacional de bienes y servicios y la existencia de restricciones legales
que efectivamente restringen la libertad de los individuos sobre qué
bienes consumir y a quién comprárselos así como la libertad de los
individuos sobre dónde y cuánto trabajar.
La existencia de igualdad de oportunidades, el que los diferentes
mercados que existen en una economía operen en un contexto de
competencia, se constituye así como un elemento esencial para
que los agentes económicos persigan su felicidad, paz y prosperidad
interactuando continuamente con los otros miembros de la sociedad
y, por consecuencia, se tienda a maximizar el ingreso y el bienestar de
la sociedad en su conjunto.
Por lo anterior, es crucial para fomentar el desarrollo económico, que
en el diseño de las leyes y normas reglamentarias no se entorpezca el
intercambio voluntario y la asignación eficiente de recursos, además
de que deben estar limitados, en todo aspecto y tiempo, al respeto
irrestricto de los derechos privados de propiedad. En este sentido, el
papel del gobierno es dotar a la sociedad de un conjunto de leyes y
reglamentos que induzcan la existencia de mercados competitivos
tanto de bienes y servicios como de los factores de la producción y que
garanticen la igualdad de oportunidades de acceso a estos mercados,
de forma tal que los problemas económicos a los que se enfrenta
cualquier sociedad puedan ser resueltos de la manera más eficiente y
efectiva posible.
Igual de importante que en el marco legal estén eficientemente
definidos los derechos privados de propiedad, en sus tres dimensiones,
es la existencia de un poder judicial independiente, imparcial, eficiente y
expedito, uno que proteja los derechos privados de propiedad en contra
de actos de terceros, incluido actos del propio gobierno, y garantice
- 44 -
el cumplimiento de los contratos entre particulares así como entre
estos y el gobierno. Tal como señala Katz (2008), una economía en la
cual exista incertidumbre de que los contratos van a ser honrados y
que en caso de ello no suceda la parte afectada puede acudir ante el
poder judicial para que sea éste quien obligue a la parte violatoria a
cumplirlo o en su defecto adjudicar las garantías establecidas en el
propio contrato, incrementa el riesgo de los proyectos de inversión y
por lo mismo aumenta la tasa de rendimiento exigida ex ante para
llevarlos a cabo, lo que se traduce en menor inversión, menor tasa de
introducción de cambio tecnológico y, en consecuencia, menor nivel de
desarrollo económico. Al respecto, Douglass North señaló que:
“... la inhabilidad de las sociedades para desarrollar un sistema eficiente
y de bajo costo para garantizar el cumplimiento de los contratos, es la
fuente más importante tanto del estancamiento que históricamente ha
afectado a los países del Tercer Mundo así como del actual subdesarrollo
de estos países”.4
En resumen, para que un país pueda alcanzar altos niveles de desarrollo
económico, caracterizado por altos niveles de ingreso por habitante y
una distribución relativamente equitativa de la riqueza y del ingreso,
es necesario como condición sine qua non, la existencia un íntegro
estado de derecho, uno en el cual los derechos privados de propiedad
estén eficientemente definidos en el marco legal y eficientemente
protegidos por un poder judicial independiente e imparcial, uno en el
cual exista igualdad de oportunidades de acceso a todos y cada uno de
los mercados en la economía, uno en donde todos los mercados operen
en un contexto de competencia.
4
Un contrato es el acuerdo entre dos partes en donde se establecen las
condiciones que regirán la transferencia de los derechos de propiedad sobre un recurso
o servicio, así como las penalidades para ambas partes en caso de incumplimiento. Si
las partes que entran en un contrato, sea este civil o mercantil, no tienen la garantía
de que en caso de que una de ellas viole el contrato, la afectada podrá acudir ante
el poder judicial independiente e imparcial para que sea éste el que garantice y
obligue a la parte violatoria a cumplir con el contrato, ya que de lo contrario, el
riesgo implícito de obtener el rendimiento esperado sobre los activos propiedad de
la empresa será mayor. Si ésta garantía no se le otorga a los inversionistas por parte
del poder judicial, el rendimiento exigido ex ante para llevar a cabo los proyectos de
inversión será mayor, lo que se traducirá en una menor inversión en la economía y en
menor crecimiento económico.
- 45 -
II. La evidencia internacional y el caso de México
Para efecto de sustentar lo establecido en el apartado anterior, en la
siguiente gráfica se presenta para 118 países la relación que existe entre
el lugar que ocupa cada país en el Índice Internacional de Derechos
de Propiedad (IPRI) y el lugar que ocupa en el Índice de Desarrollo
Humano de la ONU (IDH).
El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad, elaborado por
Property Rights Alliance y Americans for Tax Reform Foundation, toma
en consideración los siguientes elementos: ambiente legal y político,
independencia judicial, estado de derecho, corrupción, derechos legales
sobre la propiedad física, protección de la propiedad física, registro
público de la propiedad, definición legal de los derechos de propiedad
intelectual, protección de los derechos de propiedad intelectual y
protección de patentes.
Por su parte, en el índice de Desarrollo Humano elaborado por el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) se toman
en consideración tres elementos: el PIB por habitante (ajustado por la
paridad del poder de compra), la escolaridad media de la población y
la esperanza de vida.
Como puede observarse, existe una clara relación directa en la posición
que ocupa cada país en ambos índices; entre más eficiente sea la
definición y la protección de los derechos de propiedad (los primeros
lugares en el IPRI), también se tiende a estar en los primeros lugares
del índice de Desarrollo Humano. Por el contrario, en aquellos países en
los cuales los derechos de propiedad no están eficientemente definidos
y protegidos, tenderán a tener bajos niveles de desarrollo económico.
- 46 -
Grafica 1. Lugar en el Índice Internacional de Propiedad
Y en el Índice de Desarrollo Humano
Por lo que respecta a México, el valor que se le asigna en el Índice
Internacional de Derechos de Propiedad 2013 es de 5.2, ocupando
el lugar 49 de un total de 130 países evaluados, muy por debajo de
nuestros socios del TLCAN (Estados Unidos y Canadá en la segunda
y décima posición, respectivamente) y también por debajo de Chile,
y apenas por encima muy ligeramente de Brasil, Colombia, Uruguay,
Costa Rica y Panamá, en la región latinoamericana.
Por subíndices tenemos lo siguiente: ambiente legal y político, 4.2
(82/ 130); independencia judicial, 4.8 (79/130); estado de derecho, 4
(86/130); corrupción, 4.3 (75/130); derechos legales sobre la propiedad
física, 5.8 (80/130); protección de la propiedad física, 6 (70/130);
registro público de la propiedad, 7.7 (97/130); definición legal de los
derechos de propiedad intelectual, 5.7 (49/130); protección de los
derechos de propiedad intelectual, 5 (71/130); protección de patentes,
7.8 (49/130); y piratería, 4.3 (50/130).
Naturalmente, aunque la eficiente definición y protección de los
derechos de propiedad son esenciales para insertarse en un proceso
sostenido de desarrollo económico, existen otros elementos que
también tienen que entrar en consideración, como son la estabilidad
macroeconómica, un sistema tributario eficiente y no expropiatorio,
- 47 -
que exista competencia en los mercados de bienes, servicios y factores
de la producción, que en la economía no existan barreras significativas
al comercio internacional y al movimiento internacional de capitales,
etcétera.
Tomando lo anterior en consideración, y como complemento a la
evaluación de México en Índice Internacional de Derechos de Propiedad,
podemos acudir al Índice de Libertad Económica elaborado por el
Instituto Fraser de Canadá. En la elaboración de este índice se toman en
consideración los siguientes elementos: tamaño de gobierno, estructura
jurídica y derechos de propiedad, estabilidad macroeconómica, libertad
de comercio internacional y regulación crediticia, laboral y de la
empresa.
En la gráfica 2, se muestra la relación para los mismos 118 países entre
el Índice de Desarrollo Humano y el Índice de Libertad Económica, en
donde nuevamente se encuentra esa relación positiva entre mayor
libertad económica y mayor desarrollo.
Grafica 2. Lugar en el Índice de Libertad Económica
y en el Índice de Desarrollo Humano
- 48 -
Para el caso particular de México, éste ocupa el lugar 94 dentro de un
total de 152 países evaluados en la edición de este año, con un valor del
Índice de Libertad Económica de 6.63. Por subíndices la calificación fue:
tamaño de gobierno: 6.77; estructura jurídica y derechos de propiedad:
4.54; estabilidad macroeconómica: 8.12; libertad de comercio
internacional: 7.07; regulación crediticia, laboral y de la empresa: 6.51.
En particular, dado el tema de este ensayo, los valores en Índice, en el
apartado de estructura jurídica y derechos de propiedad, la calificación
asignada a sus componentes fueron los siguientes: independencia
judicial: 3.94; imparcialidad de los tribunales: 3.88; protección de
los derechos de propiedad: 5.36; interferencia militar en el estado de
derecho y proceso político: 6.67; integridad del sistema jurídico: 3.33;
cumplimiento legal de los contratos: 5.45; restricciones legales a la
venta de inmuebles: 6.86.
Con la evidencia de los índices de Derechos de Propiedad y de Libertad
Económica, se puede concluir que en el caso particular de México, el
estado de derecho es notoriamente endeble y ello explica, en gran
medida que, a pesar del potencial de crecimiento económico, la
economía se sitúe en el lugar 57 en el Índice de Desarrollo Económico.
La conclusión es clara. Si el objetivo es insertar a la economía mexicana
en un proceso sostenido de desarrollo económico, es imperativo
moverse hacia un íntegro estado de derecho, uno en donde los derechos
privados de propiedad estén eficientemente definidos en el marco
legal y eficientemente protegidos por un poder judicial independiente
e imparcial.
- 49 -
BIBLIOGRAFÍA
Alchien, Armen (1965). “Some Economics of Property Rights”. Il Politico.
Vol. 30, núm. 4, pp. 816-829.
Barnett, Randy E., The Structure of Liberty. Justice and the Rule of Law,
Clarendon Press, Oxford, 1998.
Barzel, Yoram (1999). Economic Analysis of Property Rights. Cambridge
University Press, 1999.
Furubotn, Eirik y Svetozar Pejovich (1974). The Economics of Property
Rigths. Ballinger Publishing Company.
Katz, Isaac. Eficiencia Judicial y Desarrollo Económico. El caso de los
juicios mercantiles. The Latin American and Caribbean Journal of Legal
Studies. Vol. 3, Issue 1, 2008.
North, Douglass C., Instituciones, cambio institucional y desempeño
económico, Fondo de Cultura Económica, 1993.
Nozik, Robert, Anarchy, State, and Utopia, Basic Books, 1974.
- 50 -
EL ESTADO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN MÉXICO
Análisis del desempeño de México en la protección y acceso a los
derechos de propiedad intelectual y física en el Índice Internacional
de los Derechos de Propiedad.
Carlos Ignacio Gutiérrez y Alberto Saracho 1
El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad (IIDP) existe desde
el 2007 y fue creado por la Property Rights Alliance para cumplir dos
objetivos. El primero es el proveer una base de datos confiable que
examine el nivel de acceso y protección a estos derechos y el segundo, es
el comparar estos niveles entre países para promover su reconocimiento
como factores que pueden catalizar el desarrollo económico y social.
En la edición 2013 de este Índice se analizaron los derechos de
propiedad de 130 países, los cuales a su vez representan alrededor del
97% del producto interno bruto del planeta (IPRI, 2012). La posición
de México con respecto a los demás países que componen el IIDP no es
alentadora. La capacidad del país para acceder y proteger los derechos
de propiedad lo ha posicionado en el número 49 de 130 economías.
Regionalmente, se encuentra en la posición número 5, detrás de Puerto
Rico, Trinidad y Tobago, Chile y Jamaica. Y apenas ligeramente por
encima de Brasil, Colombia, Panamá y Costa Rica.
Con la finalidad de entender el papel de los derechos de propiedad en
la competitividad de México es necesario dividir este artículo en tres
secciones. En la primera se analizarán los antecedentes y la evolución
de la posición del país en el IIDP. En la segunda se evaluará la relevancia
de los derechos de propiedad intelectual en la economía de México y
en la tercera se valorará el papel de los notarios públicos en el acceso
a los derechos de propiedad física.
México en el IIDP
Desde su creación en el 2007, el análisis de los derechos de propiedad
del IIDP se ha divido en tres temas:
Ambiente Legal y Político (ALP)
Derechos de Propiedad Físico (DPF)
Derechos de Propiedad Intelectual (DPI)
1
Integrantes de Fundación IDEA (México)
- 51 -
Cada categoría está compuesta por un grupo de variables basada en
información proveniente de reportes y bases de datos especializados.
Como puede observarse en la Gráfica 1, la evolución de la calificación
de estas categorías, en el caso de México de 2007 a 2012, ha
experimentado una tendencia estable con un bajo nivel de varianza.
Gráfica 3. México en el IIDP
Fuente: IIDP, 2013
La categoría del ambiente legal y político incluye cuatro variables (ver
Tabla 1) y en el caso de México su promedio experimentó un descenso
de 4.3 puntos en el 2007 a 4.2 en el 2013. La primera de estas variables
es independencia judicial y describe la libertad del poder jurídico
para actuar sin temor a repercusiones por parte de grupos políticos
o del sector privado. Esta variable se obtiene del índice global de
competitividad del Foro Económico Mundial y ha sido la que mayor
crecimiento ha alcanzado dentro de esta categoría, pasando de 4.4
puntos en 2007 a 4.8 en 2013.
La segunda variable es respeto a la ley y provee información sobre
el nivel de cumplimiento y ejecución de contratos mediante el uso
de las cortes, la policía y demás instituciones públicas. Esta variable
complementa a la de independencia judicial al incluir datos sobre el
nivel de equidad, honestidad, costo y velocidad del sistema jurídico de
un país. Esta variable, al igual que las dos a continuación, fue obtenida
de los indicadores globales de gobernabilidad del Banco Mundial.
- 52 -
La tercera variable es estabilidad política, la cual indica el nivel de
incentivos que tienen las personas en una sociedad para obtener y
manejar sus derechos de propiedad. Entre mayor estabilidad exista en
un país, mayor será la confianza de las personas en los derechos y las
instituciones que los protegen. Dentro del componente de ambiente
legal y político de México, esta variable ha sido la que mayor descenso
ha experimentado, de 4.4 puntos en 2007 a 3.6 en 2013. La última
variable de esta categoría es corrupción y mide la utilización del
poder público para obtener ganancias privadas e indica el grado de
informalidad en una economía.
Tabla 1: Ambiente Legal y Político de México (2007 - 2013)
Fuente: IIDP, 2007-2013.
La calificación de México en la categoría de derechos de propiedad física
se ha mantenido prácticamente estable de 2007 a 2013, de 5.7 puntos
a 5.8 respectivamente. Esta categoría se compone de tres variables (ver
Tabla 2). La primera es la protección a los derechos de propiedad física
la cual compila las opiniones de expertos que forman parte del índice
global de competitividad del Foro Económico Mundial en cuanto a la
claridad de la definición de estos derechos y la calidad de su protección
judicial. Dentro de esta categoría, esta variable no experimentó ninguna
variación en el periodo de 2007 a 2013, de 6.0 puntos a 6.0.
La segunda variable es registro de propiedad y mide la complejidad
del procedimiento de registro de propiedad para el sector privado
en términos del número de trámites y días requeridos de acuerdo a
datos del reporte conocido como Doing Business del Banco Mundial.
La relevancia de esta variable para los derechos de propiedad física se
debe a que entre más fácil es este trámite, menores son los incentivos
para formar parte de la economía informal. Desde que se creó el IIDP,
la posición de México en esta variable ha bajado, de 7.8 a 7.7.
- 53 -
La tercera y última variable de la categoría de derechos de propiedad
física es acceso a préstamos. El acceso a financiamiento para la compra
de propiedad física sirve como un indicador para el nivel de desarrollo
de un país y provee información sobre el papel de las instituciones
financieras locales en la formalización de la propiedad. Desde 2007,
esta variable es una de las pocas que ha incrementado su puntuación,
de 3.2 a 3.8.
Tabla 2: Derechos de Propiedad Física en México (2007 - 2013)
Fuente: IIDP, 2007-2013.
Por último, la categoría de derechos de propiedad intelectual es la
única que ha mostrado una clara mejoría entre 2007 y 2013, de 5.3 a
5.7. La categoría es calculada con base en tres variables: protección de
derechos de propiedad intelectual, protección de patentes y piratería de
derechos de autor (ver Tabla 3). En el primero, protección de derechos
de propiedad intelectual, se incluye la opinión de expertos sobre la
protección de los derechos de propiedad intelectual en cada país
incluido en el índice de acuerdo al índice global de competitividad del
Foro Económico Mundial. De 2007 a 2013 México ha aumentado un
punto en su calificación, de 4.7 a 5.7. En el segundo, protección de
patentes, México ha mantenido la misma calificación desde 2007, 7.8
puntos. Esta variable compila la información del índice Ginarte-Park
en donde se evalúa la cobertura, implementación y restricciones en
los derechos de patentes. La última variable, piratería de derechos de
autor, provee un indicio de la efectividad con la que las autoridades
de un país combaten la comercialización de productos que utilizan la
propiedad intelectual ilegalmente. En 2012 por primera vez registró
un repunte, a 4.3, que se mantuvo en 2013.
- 54 -
Tabla 3: Derechos de Propiedad Intelectual en México (2007 - 2013)
Fuente: IIDP, 2007-2013.
La posición de México en el Índice ha tenido como resultado que el
país se encuentre en desventaja frente a su competencia mundial,
y en mayor medida frente a sus pares en el continente. A través del
tiempo, la posición en el IIDP de los países en el continente Americano,
incluyendo a México, no ha sufrido grandes cambios. En cada uno de
los reportes del índice, el desempeño de EEUU y Canadá les ha merecido
la mejor calificación del continente. De la misma forma, Venezuela
ha sido el país que peor calificación ha obtenido, la cual en el mismo
periodo de tiempo ha avanzado de 3.3 a 3.4 puntos. Por su parte, de
2007 a la fecha, México ha experimentado un aumento marginal de
su calificación general por 0.1, de 5.1 a 5.2 puntos respectivamente.
En términos de competitividad regional, México no ha podido reducir
la brecha entre las economías que desde 2007 se encuentran en una
posición más alta. Esta lista incluye a países como: Colombia, Brasil,
Jamaica, Costa Rica, Uruguay y Panamá. De acuerdo al IIDP, los
indicadores de estos países proveen evidencia de que existe un mayor
acceso y protección a los derechos de propiedad en comparación con
México (ver Tabla 4).
Tabla 4: México y su competencia regional (2013)
Fuente: IIDP, 2013.
- 55 -
La propiedad intelectual en México
La relevancia de la propiedad intelectual yace en que casi todo lo que
nos rodea, aquello que nos vuelve la vida más segura, cómoda o práctica,
desde un tenedor, un clip, el cepillo de dientes, hasta una máquina
de resonancia magnética, la computadora en la que trabajamos o
el satélite gracias al cual podemos conocer el clima de mañana, es
fruto del esfuerzo e ingenio de muchas personas. Los países que han
apostado por una “economía del conocimiento”, esto es, por invertir en
innovación y en tecnología, han creado una nueva forma de competir.
En este nuevo paradigma económico, la competitividad es el
conjunto de instituciones, políticas y factores que determinan el
nivel de productividad de un país y establecen el nivel de prosperidad
sustentable de la economía (FEM, 2011). El Foro Económico Mundial
agrupa a estas condiciones en lo que denomina los “12 pilares para la
competitividad”.
Los doce pilares de la competitividad
1. Instituciones
2. Infraestructura
3. Estabilidad macroeconómica
4. Salud y educación primaria
5. Educación superior y capacitación
6. Eficiencia en el mercado de bienes
7. Eficiencia en el mercado laboral
8. Sofisticación del mercado financiero
9. Preparación tecnológica
10. Tamaño del mercado
11. Sofisticación de las empresas
12. Innovación
Fuente: Foro Económico Mundial 2011-2012
Los derechos de propiedad intelectual, como tales, no son señalados
como pilar de la competitividad por el Foro Económico Mundial, pero
son necesarios para lograr la mayoría de los pilares mencionados, en
particular la innovación y preparación tecnológica. La capacidad de los
países para innovar y desarrollar tecnología depende del reconocimiento
- 56 -
que se le den a las ideas y la creatividad. En este sentido, los derechos de
propiedad intelectual representan, para la competitividad de cualquier
país, un ingrediente importante.
Estos derechos tienen dos funciones. Por un lado, reconocen la
capacidad del ser humano y de las instituciones para crear bienes y
servicios novedosos que buscan resolver su problemática y transformar
el conocimiento en bienestar. Por el otro, generan incentivos para que
la sociedad invierta en actividades y conocimientos que contribuyen a
la creación de riqueza para el país.
Esta transición obliga a que cada país proteja las ideas y conocimientos
de sus ciudadanos ya que la literatura especializada ha confirmado
la existencia de una relación positiva de los derechos de propiedad
intelectual con el desarrollo económico (Maskus, 2000; Mansfield,
1994; Fink y Maskus, 2005; por mencionar algunos). Entre los beneficios
que destacan están:
Atracción de inversión en áreas y actividades con externalidades
positivas para el país.
Innovación y creatividad.
Fomento a empresas, en especial para las micro, pequeñas y
medianas empresas (MIPyMEs), para acceder a avances tecnológicos
e innovación.Protección al consumidor.
Formalización de la economía promoviendo con ello la calidad de
los empleos y la recaudación del gobierno.
En México, la protección y acceso a los derechos de propiedad intelectual
se ha reforzado de manera paulatina desde las reformas de los noventa,
cuando se implementaron legislaciones y se crearon organizaciones
especializadas. Aún cuando estos derechos se encuentran plenamente
reconocidos por el gobierno, la emergencia de nuevas tecnologías de
información y comunicación, así como la importancia de competir
con productos innovadores y con mayor valor agregado, requieren que
éstos instrumentos gubernamentales se mantengan a la vanguardia
y contribuyan al desarrollo del país, en particular de las pequeñas y
medianas empresas (OCDE, 2008).
Tanto el capital intelectual como su protección son un eslabón primario
de un círculo virtuoso de progreso: alguien genera tecnología y la
registra, alguien la compra y aumenta su productividad y competitividad,
- 57 -
esto genera empleos y ganancias que permiten seguir comprando
innovaciones, y por lo tanto, los innovadores siguen produciendo.
Un ejemplo del impacto que puede tener las políticas de propiedad
intelectual se encuentra en las actividades de inversión extranjera
directa. Para atraer este tipo de inversión los derechos de propiedad
intelectual, así como su percepción, son fundamentales (Mansfield,
1994, Smarzynska, 2002, y Maskus, 2000). Cuando las empresas
inversionistas perciben una mayor fortaleza de estos derechos, existirá
mayor disposición por su parte de invertir en joint ventures o incluso en
licenciar tecnología a empresas locales. De lo contrario, las empresas
evitarán riesgos e invertirán únicamente en subsidiarias o en actividades
de ensamblaje, empaque o distribución (Smarzynska, 2002).
Mansfield (1994) confirma esto. Para probar su tesis realizó una
encuesta a 100 empresas grandes de los Estados Unidos, seleccionadas
aleatoriamente y examinó la importancia que tienen los derechos de
propiedad intelectual en sus decisiones de inversión en el extranjero.
Uno de los principales resultados fue la relevancia de los derechos de
propiedad intelectual para que una empresa invierta en actividades de
investigación y desarrollo en un país extranjero.
La investigación de Mansfield (1994) repitió la encuesta a las empresas
una vez que México firmó el TLCAN e inició los cambios institucionales y
legislativos para fortalecer la propiedad intelectual y conocer el impacto
que ello tendría sobre sus decisiones de inversión en el país. Antes de
los cambios, el 30% de las empresas encuestadas manifestaban no estar
dispuestas a invertir en México en áreas sensibles de investigación y
desarrollo. Una vez que ocurrieron las reformas, el número de empresas
encuestadas no dispuestas a invertir en México en esas áreas pasó
a cero. A pesar de que los cambios legislativos e institucionales no
se habían implementado en su totalidad, Mansfield identificó que la
percepción fue suficiente para que las empresas cambiaran su actitud
al respecto.
Cabe destacar que Mansfield encuestó la percepción que tienen las
empresas sobre la protección de los derechos de propiedad intelectual
en otros países, por lo que sus resultados muestran la importancia que
tiene la imagen de su respeto.
Aún cuando existen otros factores que influyen en la decisión de
- 58 -
invertir o no en un país, como lo son el tamaño del mercado, la
cercanía geográfica y la infraestructura, los derechos de propiedad
intelectual tienen importancia en la decisión sobre el valor agregado
de la inversión. Por ende, la apuesta por políticas públicas a favor de
la protección y acceso a los derechos de propiedad intelectual pueden
proveer externalidades positivas que influyen en el desarrollo social y
económico de México.
De acuerdo a mejores prácticas internacionales, algunas consideraciones
de política pública para incrementar la relevancia de los derechos de
propiedad intelectual son:
Los derechos de propiedad intelectual son un componente
necesario, más no suficiente, para la competitividad. No se puede
esperar que la mera existencia de éstos, fomente la innovación.
Para detonar la investigación y desarrollo a niveles socialmente
deseables, se necesita contar con una política pública de Estado
de largo plazo para la innovación. Los países que han logrado
hacer de la innovación su eje de crecimiento, como Japón, Corea e
Irlanda, lo hicieron a través de la creación de sistemas nacionales y
regionales de innovación. Es deseable que estos sistemas fomenten
la vinculación entre el sector académico y e productivo. En los países
que han tenido éxito en innovación, una parte importante de la
inversión en investigación y desarrollo es llevada a cabo por el sector
privado. Adicionalmente, es necesario que existan instituciones,
públicas o privadas, que estén dispuestas a financiar proyectos de
inversión relacionadas con la innovación. Si México quiere mejorar
su competitividad, necesita de políticas y programas de innovación.
Aún cuando los derechos de propiedad intelectual juegan un papel
en la atracción de inversión extranjera directa de alta calidad, es
necesario que las instituciones dedicadas a este fin lleven a cabo
políticas de concientización sobre los mismos. En este caso, la
percepción del respeto y fortaleza de los derechos de propiedad
intelectual es tan importante como la realidad. Es relevante que
tanto inversionistas extranjeros, como innovadores mexicanos
conozcan la fortaleza y beneficios que tienen los derechos de
propiedad intelectual.
Parte importante de los beneficios de los derechos de propiedad
intelectual radica en la posibilidad de que sus titulares puedan
licenciar o vender su tecnología, así como utilizarla para obtener
financiamiento. Para ello, se necesita contar con un estado de
- 59 -
derecho eficiente y efectivo. Si no se respetan estos derechos, no
se tendrán los retornos sociales óptimos.
A pesar de que los derechos de propiedad intelectual han sido
objeto de diversos estudios, en el caso de México aún existe poca
información al respecto. Ésta es un área de oportunidad para que
la academia atienda tan importante necesidad. En particular, es
necesario que se obtengan y difundan bases de datos que sirvan
para explorar el papel que tienen los derechos de propiedad
intelectual en la vida económica del país. Por ejemplo, es deseable
que el Censo Económico del INEGI incluyera preguntas al respecto.
Uno de los desafíos del acceso a la propiedad física en México:
Sistema notarial
Los notarios representan un tercero imparcial cuyo papel es proveer
certeza jurídica a las transacciones comerciales. Su función es evitar
que la asimetría de información tenga un efecto perjudicial para los
compradores de un bien o servicio que no cuenten con la experiencia
ni el conocimiento requerido para conocer la situación jurídica de este.
En otras palabras, los notarios públicos son los titulares al menos de
alguna forma de fe pública. Es decir, el Estado, a través de distintos
mecanismos, otorga a los notarios públicos el monopolio para certificar
“la verdad”.
Su papel en la regulación de la propiedad física en México, especialmente
en los procedimientos requeridos para su acreditación documental y
oficial, representan una de las áreas de oportunidad para el país.
Al defender la veracidad desde una óptica imparcial, los notarios
públicos contribuyen a subsanar las asimetrías de información
presentes en ciertas transacciones comerciales (Silva Herzog, 2008).
Sin la presencia de mecanismos que reduzcan la incertidumbre en
transacciones, además de la selección adversa, ciertas transacciones
se volverían más costosas, puesto que las partes involucradas tendrían
que realizar investigaciones exhaustivas de su contraparte (SilvaHerzog, 2008).
Uno de los mercados en donde el papel de terceros imparciales es
particularmente importante es el de la propiedad. Dada su naturaleza
y características, cada transacción es única e incomparable. Además,
debido a su complejidad jurídica, el comprador promedio difícilmente
- 60 -
cuenta con la información, disponibilidad y conocimiento para poder
evaluar el estado, o la “calidad” de la propiedad que está adquiriendo.
Es por ello, que el papel del notariado público es tan importante en los
servicios de transferencia de propiedad.
Actualmente en México no existen datos, con las características
necesarias, para poder evaluar el desempeño del notariado público. No
obstante, si existen indicadores que podrían señalar que los servicios
notariales no están siendo utilizados por una cantidad importante de la
población. En la actualidad, todavía existe un rezago en el número de
negocios que se constituyen formalmente a través de un notario público,
o de hogares que han escriturado los inmuebles de su propiedad.
Dados los costos que representa la formalidad, las micro y pequeñas
empresas son las que más recurren a la informalidad como mecanismo
para reducir sus costos (Levy 2008). (Ver Gráfica 2).
Gráfica 2: Formalidad en las MIP y MEs
Fuente: Visa, 2008.
- 61 -
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Micronegocios, en el 2002
existían 4.4 millones de microempresas. De los cuales el 95% no
estaban registrados bajo notario público. El 87% de los que contaban
con uno o más socios tampoco habían sido registrados bajo esa
modalidad (Enamin, 2002). Existen estimaciones que ubican al 91%
de las empresas mexicanas operando de manera informal (Instituto
Libertad y Desarrollo, 2006).
Esta alta tasa de informalidad tiene consecuencias negativas tanto
para las empresas y sus trabajadores, como para la sociedad. Para
las empresas, la informalidad implica menor acceso a la protección
del sistema judicial y de las fuerzas del orden, vulnerabilidad a las
extorsiones, corrupción, poca protección a través de contratos, falta de
acceso al sistema de crédito y disminuye su capacidad para exportar.
Además, la informalidad podría estar ocasionando que las empresas
no crezcan, o lo hagan más lentamente (Levy, 2008 y Klapper et al,
2009). Para los trabajadores implica la falta de protección y seguridad
social. Para la sociedad en su conjunto, implica menor capacidad de
recaudación fiscal y corrupción (Klapper et al, 2009).
Adicionalmente, el 64% de estas empresas no cuentan con un local
establecido, es decir realizan sus actividades en la vía pública o
directamente con los clientes. Se estima que cerca del 40% de la fuerza
laboral mexicana desarrolla sus actividades en la economía informal
(Cotler, 2008).
También existen datos que permiten confirmar la baja penetración de los
servicios notariales en materia de traslación de dominio. Actualmente
el 70% de los hogares mexicanos viven en casa propia, de los cuales
el 30% no cuentan con certidumbre de su propiedad a través de una
escritura (ENIGH, 2008).
Esta situación llama más la atención cuando se desagrega la información
y se pone en evidencia la desigualdad que existe en torno al acceso a
escrituras. Los hogares del decil más bajo de ingresos del país, son hasta
65% más probables de no contar con una escritura de su propiedad. Lo
que demuestra una inequidad en el acceso a servicios notariales, entre
otros problemas de los derechos de propiedad en México.
No obstante, la falta de escritura tampoco escapa al decil con mayores
niveles de ingresos. Aún en éste, más del 10% de los hogares no cuentan
con escritura de la vivienda en que habitan (Ver Gráfica 3).
- 62 -
Gráfica 3: Hogares que viven en casa propia sin escriturar
Fuente: Elaboración propia, a partir de la ENIGH 2008.
Esta desigualdad también se ve reflejada entre el tamaño de
poblaciones. Las localidades con más de cien mil habitantes, muestran
hasta 50% mayor cobertura en materia de escrituración de propiedades
que aquellas en zonas rurales (ver Gráfica 4). Esto se podría deber a
la menor demanda y oferta de servicios notariales en zonas rurales,
entre otras razones.
Gráfica 4: Hogares con escritura por tamaño de población (casa propia)
Fuente: Elaboración propia con datos de la ENIGH 2008.
- 63 -
La falta de escritura de una propiedad tiene varias consecuencias
negativas para sus propietarios:
Imposibilidad de usarse como colateral: Al no contar con escritura
que formalice la propiedad no puede ser utilizada como colateral
para algún crédito o financiamiento.
Incertidumbre jurídica: Por no tener un instrumento jurídico que
garantice la legal posesión legal de la vivienda, existirá un riesgo
mayor de que ésta sea sujeta a un juicio que cuestione dicha
posesión.
Imposibilidad de transferir sus propiedades: La falta de escrituras
dificulta que los propietarios de estos bienes inmuebles los
transfieran a terceros, ya sea a través de su venta o renta, así como
herencia a sus familiares.
El Instituto Libertad y Desarrollo (2006) identificó tres carencias
institucionales, que promueven la economía informal:
Derechos de propiedad ineficientes
Formas legales de organización empresarial
Mecanismos para operar en mercados expandidos
De estos tres retos, dos están relacionados con servicios notariales: el
registro de derechos de propiedad y la constitución legal de empresas.
Esta situación, obliga a que México considere las políticas públicas que
han llevado a cabo otros países para facilitar y mejorar el acceso a los
servicios notariales. Entre ellas, puede destacarse la regulación de la
oferta y la demanda de estos servicios.
En términos de la regulación de la oferta, uno de los principales retos del
sistema notarial mexicano es mejorar el tamaño y calidad de la oferta
de servicios notariales para todos los mexicanos, independientemente
de su ubicación o nivel socioeconómico. En este sentido, actualmente
el país tiene 27,400 habitantes por notario; a comparación de 4,748
en Argentina, 8,270 en Canadá, 1,886 en Guatemala y 601 en Uruguay.
Esto podría ser un indicativo de que la oferta de servicios notariales no
es suficiente para México. Es razonable pensar que a mayor número de
notarios en el país, la oferta de servicios notariales será más accesible
y económica.
En México aún existen retos importantes para mejorar la oferta de
- 64 -
servicios notariales. Las reformas de países que han implementado
mejores prácticas muestran que existen indicios de que un aumento
en la facilidad para acceder a estos servicios puede tener impactos
positivos en la economía. No obstante, la liberalización de la oferta
por sí sola no es suficiente. Es necesario implementar instrumentos
y políticas complementarias para garantizar la equidad y calidad de
los servicios notariales. De lo contrario, la liberalización de la oferta
notarial podría tener un impacto negativo en la economía.
Las principales lecciones para México de las reformas a la oferta de
los servicios notariales son:
Aumentar el número de notarios, o sus sustitutos. Esto, disminuirá,
al menos en algunos servicios, los costos.
El incremento en los prestadores de estos servicios se puede dar a
través de un aumento en el número de notarios o facultar a otros
profesionistas para ofrecer servicios similares.
Cualquier liberalización debe contemplar mecanismos para
garantizar la calidad y sustentabilidad de los notarios. Para ello,
son necesarios instrumentos para filtrar la entrada de nuevos
notarios y castigos para aquéllos que no cumplan con su papel
como fedatarios públicos.
La apertura de la oferta de servicios notariales debe venir
acompañada del fin de la regulación de precios. De lo contrario,
no se podrán asimilar los beneficios de la primera.
Adecuar las facultades y responsabilidades de los organismos
profesionales que agrupan a los notarios; de tal manera que no
exista un conflicto de interés entre su regulación y la representación
de sus intereses.
Es factible que en el corto y mediano plazo, los precios fluctuarán
y en algunos casos aumentarán al ajustarse, por lo que es deseable
que existan instrumentos para garantizar el acceso a estos servicios
para todos los usuarios.
Considerar, si es deseable establecer un mecanismo de ratificación
o re-sello de la notaría; de tal manera que se generen incentivos
para mantener la calidad de los servicios.
Así como la regulación de la oferta de los servicios notariales en
México impacta el comportamiento del mercado, su demanda también
presenta áreas de de oportunidad para el país. Hace unos años Portugal
emprendió reformas que cambiaron la demanda de los servicios
- 65 -
notariales. En esencia el cambio consistió en eliminar la necesidad de
contar con la participación de un notario público tanto para la apertura
de empresas como para la traslación de dominio.
Actualmente, un ciudadano portugués puede emprender y formalizar
una nueva empresa a través del uso de escrituras pre-aprobadas y su
formalización ante el registro público. Básicamente eliminó el papel del
notario en este trámite, limitándolo a transacciones complejas. Situación
similar ocurrió con la participación del notario en la transferencia de
derechos de propiedad. Después de la reforma, un proceso de compraventa de un bien inmueble sólo requiere de un documento o contrato
privado y su formalización ante el registro público.
El Salvador, Colombia y Georgia establecieron reformas similares,
eliminando la necesidad de contar con la participación de un notario
público en la apertura de empresas. En el caso del Salvador y Colombia
se cuenta con plantillas de escrituras o estatutos pre-aprobados, que
pueden ser utilizados para abrir una empresa una vez presentadas
ante el registro público. Georgia llevó a cabo una reforma similar en
la traslación de dominio, al permitir que ésta sea válida a través de un
documento privado firmado en el registro público.
Estas reformas no estuvieron relacionadas con la selección, organización
y regulación de los notarios. No obstante, al modificar aquellos servicios
para los cuales los notarios eran necesarios, incidieron en el acceso
que tuvo la población a la formalidad, certidumbre y protección que
ésta ofrece. Para que estas reformas pudieran ser implementadas
exitosamente, se requirió de cambios legales e institucionales que
garantizaran la calidad, eficiencia y transparencia de los registros
públicos.
Al respecto, las reformas que tengan como objetivo cambiar la demanda
de los servicios deben considerar:
Mecanismos e instituciones que disminuyan las asimetrías de
información, como lo pueden ser los registros públicos eficientes.
Distintos grupos poblacionales y tipos de empresas tiene
requerimientos diferentes. Éstos se deben ver reflejados en la
legislación y procesos en los que se requiere la participación
de un notario. Probablemente, las empresas más grandes y con
operaciones complejas, requieran una mayor participación de
- 66 -
especialistas como notarios.
Establecer mecanismos para que los registros públicos se conviertan
en responsables de sus errores.
El uso de estatutos genéricos y pre-aprobados, pueden ser útiles
para reducir los costos relacionados con la incorporación y registro
de empresas.
La reducción de precios debe ser una de las prioridades de las
reformas. No sólo de aquellos trámites y procesos relacionados
con los notarios públicos, sino el proceso completo para abrir y
registrar una empresa.
Conclusión
Tras las elecciones de 2012, México se encuentra en un estado
de transición cuyas prioridades todavía no se han definido lo
suficientemente. Dentro de la agenda para fomentar el desarrollo del
país, sugerimos que los resultados de 2013 del IIDP sean utilizados para
incluir el respeto de los derechos de propiedad como un instrumento
fundamental para estimular la economía y proponer soluciones a los
desafíos del país.
En términos de propiedad intelectual, el análisis del IIDP destaca la
necesidad que tiene el país de enfocar sus esfuerzos en no sólo impulsar
la competitividad mediante la protección de las ideas, pero también
potenciar la generación de nuevo conocimiento. Al promover y sostener
una política pública de largo plazo en este rubro, México podría detonar
la innovación mediante la inversión en actividades de investigación
y desarrollo de alto valor agregado, y estimular el desarrollo de un
ecosistema en este tema.
Para los derechos de propiedad física, uno de los desafíos cuya
resolución puede contribuir a mejorar la situación del país en esta
materia es la reforma al sistema notarial. En la actualidad, este sistema
contribuye a que el registro de la propiedad sea un proceso que puede
resultar caro y oneroso. Como consecuencia, los propietarios de un
bien inmueble pueden verse imposibilitados de utilizar dicho bien como
colateral o transferirlo ya que puede encontrarse en una incertidumbre
jurídica. Para resolver problemas como estos, el país debe evaluar las
mejores prácticas internacionales y determinar cuales se adecuan a
sus necesidad con la finalidad de disminuir los obstáculos al registro
de propiedad e incrementar la competencia en el sector de notarios.
- 67 -
El respeto y protección a los derechos de propiedad, tanto físicos como
intelectuales, son dos de las principales responsabilidades y obligaciones
del Estado. Para ello la certidumbre de los propietarios sobre sus
posesiones es indispensable y las instituciones públicas y legislación de
México necesitan seguir adecuándose a la realidad del país para poder
continuar alimentado el desarrollo social y económico de su población.
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- 69 -
PROPUESTAS PARA FORTALECER
LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN MÉXICO
Dra. Claudia Terzi1
1. El crecimiento económico y la propiedad
La certeza jurídica en la propiedad es uno de los incentivos de
crecimiento económico de mayor importancia. Hay que resaltar que
existe una estrecha conexión entre la propiedad y la libertad. La
propiedad privada es el pilar de la libertad económica que es sin duda
el motor del bienestar social. De acuerdo con el índice internacional
sobre derechos de propiedad 2013 las economías más desarrolladas
del mundo son aquellas que tienen el mayor respeto a los derechos de
propiedad. Lo anterior no es casualidad, se puede observar y constatar
de manera contundente a través de los datos y mapas proporcionados
por dicho índice.2
La propiedad se puede dividir por sus características en propiedad
física, mueble o inmueble y en propiedad intelectual que incluye las
patentes, marcas y derechos de autor. Los derechos reales se traducen
en poder jurídico con profundos efectos económicos. En cualquiera de
sus facetas la propiedad privada representa la columna vertebral de un
Estado moderno y de una economía de mercado eficiente y competitiva.
En México se tiene que proteger en un mayor grado la propiedad para
generar condiciones adecuadas de productividad y competitividad que
permitan que nuestro país se inserte en forma exitosa en la economía
global. Como incentivo para la competitividad y para mejorar el entorno
de negocios en México hay que destacar que “el país necesita liberalizar
sus actividades económicas”.3 México tiene los recursos humanos y
naturales y condiciones geográficas extraordinarias para consolidarse
como una economía emergente importante y atraer las inversiones
que requiere para crecer, si se llevan a cabo las reformas estructurales
pertinentes. La reforma energética, la reforma fiscal, la reforma laboral,
la mejora regulatoria y una mayor competencia económica deben
propiciar un mejor entorno para la generación de negocios y actividades
1
Catedrática de la UNAM y el ITESM. Directora General de Estrategias para
el desarrollo sustentable S.C.
2
Cfr.: International Property Rights Index, 2013 Report.
3
Loser Claudio y Harinder Kohli, Futuro para todos, acciones inmediatas
para México, Edamsa Impresiones, México D.F., 2012, p. 117.
- 70 -
productivas, pero estas reformas deben forzosamente ir acompañadas
del fortalecimiento en la seguridad jurídica de la propiedad privada
en México. Solo así se podrá aspirar a un proyecto serio de país que
garantice la atracción de inversión y por ende la generación de fuentes
de empleo como sustento de bienestar social.
2. La propiedad urbana y rural en México
La propiedad inmueble urbana en México goza de mayor certeza
jurídica que la propiedad rural. Las ciudades mexicanas tienen una
mayor certidumbre en la propiedad; los predios se registran con mayor
frecuencia en el Registro Público de la Propiedad y las personas cuentan
con escrituras. La invasión de predios y la existencia de asentamientos
irregulares en México es una constante. La pobreza rural y la urbana
están correlacionadas; tienen como fuente la debilidad de los derechos
de propiedad en el campo mexicano. En el campo hay una ausencia
de registros públicos de la propiedad y los conflictos agrarios son
constantes, la propiedad colectiva, constituida por núcleos agrarios
y comunidades indígenas, se erige en una evidente negación de la
seguridad jurídica en los derechos de propiedad.
El 53% de por ciento de la propiedad en México se encuentra bajo el
régimen de “propiedad social”.4 La mal llamada “propiedad social” no
incluye las características esenciales y de existencia que se consagran
en la tradición del derecho romano relativa a la institución de la
propiedad. La propiedad se caracteriza por contener derechos de uso,
usufructo y de dominio. Los derechos sobre las parcelas que constituyen
los ejidos, encuadrados en el esquema de “propiedad social”, solamente
incluyen derechos de uso y usufructo. La propiedad social ha sido
motivo durante décadas de discursos políticos, sin embargo desde una
perspectiva jurídica y ontológica, el ejido sólo se puede entender como
un conjunto de derechos parcelarios y comunales, confusos e inciertos
que representan poca garantía para las inversiones tanto nacionales
como extranjeras, como también para el otorgamiento de los créditos
necesarios para actividades productivas y rentables. La propiedad de
la tierra es la garantía para el otorgamiento de los créditos bancarios
ordinarios, la distribución de la tierra impacta directamente en la
distribución de los créditos. Existe evidencia empírica suficiente para
establecer que hay una relación entre tenencia de la tierra, el desarrollo,
4
Cfr.: SRA, Programa Sectorial de Desarrollo Agrario 2007-2012, p.15.
- 71 -
la penetración y la profundidad del sistema financiero. Los Ejidos no
representan garantía suficiente para los créditos bancarios ordinarios.
A partir de las reformas al artículo 27 de la Constitución en 1992 se
establece la posibilidad de que los ejidatarios puedan acceder al dominio
pleno. Lo que sucede es que dicho procedimiento contemplado en la
Ley Agraria vigente es complicado y tortuoso. El índice de privatización
desde la reformas de 1992 ha sido excesivamente bajo. Se ha avanzado
en el mapeo del territorio nacional y en otorgamiento de derechos
parcelarios. Desgraciadamente la potestad legal prevista en la Ley
Agraria para la Asamblea de Ejidatarios representa un cuello de botella,
en donde imperan estructuras clientelares que inhiben la libre voluntad
de los campesinos para escriturar.
Como si fuera poco, el Juicio de Amparo Agrario no contempla un
término para su interposición, situación que genera una profunda
inseguridad en la tenencia de la tierra.
3. La naturaleza jurídica de los núcleos agrarios
Es importante hacer un análisis histórico y legal sobre la naturaleza
jurídica de los núcleos agrarios prevista en el artículo 27 de la
Constitución en su fracción VII. Si bien a partir de la Revolución hubo
una exigencia que se puede considerar válida desde el punto de vista
de justicia distributiva, el reparto agrario se hizo posteriormente a
partir de derechos de uso y usufructo exclusivamente. Dicha dotación
de tierras se hizo a través de una economía planificada, que pretendía
también el control político. La adhesión, no siempre libre e informada, a
los núcleos agrarios ha sido dudosa e inducida, por lo que pueden existir
serios vicios en la voluntad de los campesinos, quienes han sido víctimas
de engaño y manipulación política. Por esta razón el concepto de
“propiedad social” es cuestionable; adolece de lógica jurídica, ya que
se trata en todo caso de derechos colectivos, no de propiedad.
El país ha sufrido en muchos rubros de la demagogia populista y
de las secuelas del corporativismo político, con efectos nocivos en
nuestros días. La verdad ante todo; que los ciudadanos y estudiantes
en las Universidades conozcan el tema a partir de debates precisos y
claros y que los Diputados y Senadores oigan argumentos sólidos, con
apertura y honestidad intelectual. Es importante que se expongan las
cosas sin cortapisas, solo así se puede construir una propuesta valiosa,
pensando en el presente y con visión para el futuro. Seguir postergando
lo indefendible es mezquindad política y necedad.
- 72 -
4. Certeza jurídica en la propiedad y la fortaleza en la administración
municipal
La debilidad de los Municipios está vinculada a la falta de certeza
jurídica en la propiedad; como es bien sabido los Ejidos no pagan Predial.
El fortalecimiento de la hacienda municipal es medular para que los
Municipios puedan cumplir cabalmente con sus obligaciones. El artículo
115 de la Constitución, en su fracción III, establece que los Municipios
tengan a su cargo la responsabilidad y gestión administrativa de los
siguientes servicios:
Agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
Alumbrado público.
Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de
residuos. Mercados y centrales de abasto.
Panteones.
Rastro.
Calles, parques y jardines.
Seguridad pública y tránsito.
Los demás que las legislaturas locales determinen según las
condiciones territoriales y socioeconómicas de los Municipios, así
como su capacidad administrativa y financiera.
Se requiere de una reforma fiscal integral en la esfera municipal que
resulte en mayores recursos para la hacienda municipal y que tenga un
efecto positivo en la prestación de servicios públicos de calidad a cargo
de los Municipios, contribuyendo al mismo tiempo en la protección
del medio ambiente e inclusive en la generación de estructuras de
seguridad pública eficientes.
5. Registros públicos y catastros
Es muy necesario modernizar y digitalizar los Registros Públicos y
los Catastros para dar certidumbre a la inversión. Es apremiante la
modernización de los Registros Públicos de la Propiedad (RPP), la
digitalización de los folios de la propiedad y contar con un proceso
de escrituración sencillo y transparente para disminuir la corrupción
que nos aqueja.
En materia agraria no deberían existir registros públicos diferenciados.
El Registro Agrario Nacional (RAN) debería ser temporal. Es necesario
- 73 -
vincular los registros públicos con los catastros con claves de
identificación de los predios compartidas. Sería inclusive oportuno
integrar a las dependencias registrales y catastrales en un solo ente y
la información tiene que tener conformidad con la realidad. El Registro
Público de la Propiedad busca la inscripción y la publicidad de los
actos jurídicos y contratos con el objeto de proporcionar seguridad
jurídica y el Catastro persigue la identificación precisa de los predios
y las características físicas de los mismos, con la implementación de
herramientas técnicas. “En efecto, sólo será posible cumplir a cabalidad
con el Principio de Publicidad de los derechos reales, siempre que
éstos hayan sido definidos y reconocidos mediante las acciones de los
Catastros y correspondan con lo inscrito en los Registros Públicos.” 5
Hay que hacer énfasis en que la regularización de predios aumenta las
finanzas de los Municipios.
6. El derecho a construir un patrimonio, la autosuficiencia alimentaria
y el fenómeno de la migración
La dualidad en el régimen de tenencia de la tierra es el problema
estructural y de fondo en el campo mexicano. La mal llamada “propiedad
social” es profundamente regresiva, porque afecta el patrimonio de
las familias campesinas más pobres. Prueba contundente de ello es la
migración. Jamás se podrá reconstruir el tejido social, si no se termina
con el injusto régimen dual en la propiedad.
No es posible que un país que cuenta con una importante extensión
territorial, con un extraordinario clima, con un emplazamiento
geográfico privilegiado, con una amplia biodiversidad y con el gran
talento de su gente, tenga una dependencia del exterior en materia
alimenticia. El artículo 4 de la Constitución establece que: “Toda persona
tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El
Estado lo garantizará.” En este sentido es importante señalar de qué
forma lo va a garantizar el Estado, si con libertad económica o con
asistencialismo. México tiene el gran reto de pasar de una economía
de subsistencia a una mayor productividad que le permita competir en
los mercados internacionales. Se requiere de capacitación, de cambios
tecnológicos y de una simplificación en la regulación que baje los
costos de transacción. Para abastecer el mercado interno se requiere
5
Robles Landa, Miguel Alessio, Seguridad Jurídica y Función Registral y
Catastral Inmobiliaria en Tierras Sociales, Revsita Foro Jurídico, Número 80, abril de
2010, p. 44.
- 74 -
de inversión y de financiamiento a partir de una mayor penetración
financiera.
Si queremos impulsar una economía verde y tecnificar al campo, no
hay más remedio que dar certidumbre a la inversión y acelerar la
obtención ordenada y cuidadosa del dominio pleno. Los esquemas
lentos y graduales no van a detonar un fuerte crecimiento; nuestro
potencial es grande, si se toman las medidas adecuadas. El tema
es de gran trascendencia, inclusive está vinculado con la penetración
financiera.
7. El combate a la inseguridad y la certeza jurídica en la tenencia de
la tierra
Existe una correlación entre la inseguridad y la falta de certeza jurídica
en la tenencia de la tierra. Estudios de criminología ambiental permiten
estudiar los procesos de criminalización, la relación disfuncional en
la apropiación de los recursos naturales y su explotación económica.
Se estima que los ejidos y comunidades carentes de capitalización e
inversión, no han logrado impulsar la creación de unidades económicas
a partir de actividades forestales con un adecuado manejo silvícola. La
ausencia de actividades productivas agropecuarias ha sido persistente.
Todo lo anterior ha tenido como resultado un incremento de la pobreza
y la marginación. Aparece entonces la paradoja: comunidades que
se encuentran sumergidas en la pobreza, pero que son muy ricas en
recursos naturales.
La ausencia de Ordenamientos Ecológicos del Territorio (OET) certeros,
el crecimiento de las poblaciones, la ausencia de empleos y un
debilitamiento de la gobernabilidad en zonas rurales, ha contribuido a
la entrada de la delincuencia ambiental organizada, caracterizada
por el uso de la violencia y corrupción, misma que ha dado lugar
a actividades forestales ilícitas, desde el aprovechamiento hasta el
aserrío y almacenamiento de madera. “La avalancha de tala alcanzó
los macizos forestales de las áreas naturales protegidas y ello trajo
como consecuencia un endurecimiento en las sanciones de tipo
penal para tipificar la transgresión a la norma jurídica como delito
grave.” 6 Hay varias zonas críticas, como es el caso de la Reserva de la
6
Angulo Carrera, Alejandro y Miguel Martínez Tapia, La Guerra por el
Bosque, primera edición, CEJA-Plaza y Valdés Editores-Instituto Politécnico Nacional,
México D.F., 2008, p. 17.
- 75 -
Mariposa Monarca en Michoacán. Dada la gravedad de la situación y
la incapacidad de los Municipios para brindar seguridad, se ha hecho
imprescindible la presencia del ejército.
Es necesaria la revisión de los programas gubernamentales destinados
al campo para poder medir de manera objetiva su efectividad. Es
importante garantizar que los recursos y subsidios al campo se
entreguen con absoluta transparencia y rendición de cuentas para
evitar el riesgo de que caigan en manos del crimen organizado.
8. Empoderamiento ciudadano, propiedad privada y democracia
Se deben encontrar soluciones a partir de políticas públicas e instrumentos
legales que aporten garantías suficientes que logren empoderar
al ciudadano, en el consecuente fortalecimiento de la vida democrática
del país. La construcción de ciudadanía y comunidad e inclusive el poder
popular, entendido como el empoderamiento ciudadano, solo se puede
lograr a partir del fortalecimiento de la propiedad privada. La anomia
que sufre el país tiene que ver ciertamente con la indefinición y falta
de certeza jurídica en los derechos de propiedad.
Es poco realista afirmar que se puede contribuir a la construcción de
ciudadanía a partir de un régimen dual de la propiedad. En todo caso
dicha dualidad solamente se sustenta en el corporativismo político
y las estructuras clientelares tan nocivas para el país. Cabe resaltar
además, que el esquema de “propiedad social”, de evidente naturaleza
injusta, acentúa la desigualdad, es fuente de pobreza patrimonial y
alimentaria y sin duda frena las oportunidades. Actualmente está en
juego el empoderamiento ciudadano a partir del respeto a la propiedad
privada con el consecuente fortalecimiento de la democracia; en
contraste el peso de un Estado burocrático engrosado y disfuncional.
La ecuación es la siguiente: mayor libertad económica, fortalecimiento
de la propiedad privada, empoderamiento ciudadano, consolidación
de la vida democrática del país que se traduce en menos burocracia
ineficiente y menos corrupción. El avance en el desarrollo de la
ciudadanía plena con el respeto a la propiedad privada, es la condición
indispensable para la democracia participativa y la consolidación de
un Estado moderno y próspero.
Existe una correlación positiva entre la certeza jurídica en la propiedad,
el empoderamiento ciudadano y la democracia. Es pertinente mencionar
- 76 -
que llevamos 20 años desde las reformas constitucionales de 1992, en
un esquema gradual de candados previstos en la Ley Agraria, que han
impedido que se lleve a un proceso de privatización más acelerado.
9. El desarrollo sustentable y la certeza jurídica en la propiedad
La protección de los recursos naturales en el desarrollo agroindustrial
y turístico del país es esencial. Los procesos de urbanización requieren
de una alta capacidad profesional. Es importante implementar una
gobernanza responsable de los recursos naturales con la participación
del gobierno, del sector privado y de la sociedad civil. Se requieren
medidas preventivas, como también correctivas en materia de
medio ambiente. Es importante que se acrediten los daños a los
ecosistemas para que de manera efectiva se puedan implementar las
medidas de resarcimiento pertinentes. Los temas vinculados al uso
del suelo, la contaminación del agua y la basura merecen un análisis
detallado desde perspectivas legales y económicas. Se requiere de una
normatividad eficiente y que se cumpla. Asimismo se necesitan planes
de desarrollo verificables y medibles en todos los niveles de gobierno.
Los Ordenamientos Ecológicos del Territorio son medulares para la
protección de los ecosistemas.
La destrucción sistemática de los ecosistemas forestales de un país es
signo inequívoco de subdesarrollo y de fallas fundamentales del Estado.
El exterminio deliberado de bosques tropicales es causa del 20% de
las emisiones totales de gases de efecto invernadero que provocan el
calentamiento global, así como de provocar la extinción de especies
en el planeta. La ausencia de un estado de derecho, indefinición en
la propiedad, administraciones públicas corruptas y disfuncionales
explican el holocausto biológico y ecológico.7
Es preocupante que la tierra común se siga manteniendo en un régimen
intermedio bajo el esquema de “propiedad social”. El 80% de bosques
y selvas está bajo este régimen diferenciado y la gestión de bienes
comunes es tan complicada, que siempre será foco de conflictos agrarios
que ponen en riesgo los recursos naturales del país. Hay tala clandestina
en los bosques y crimen organizado que la fomenta y respalda. Hay
elementos objetivos suficientes para afirmar que el crecimiento
anárquico en las ciudades se ha dado en su mayoría en terrenos de
7
Cfr.: Quadri de la Torre, Gabriel, Desforestación Cero, de una vez por todas,
El Economista.
- 77 -
“propiedad social”, ya sea que se trate de parcelas irregulares, tierras
comunales o asentamientos humanos. El surrealismo de los Ejidos es
poco práctico y riesgoso para el Ordenamiento Ecológico del Territorio.
Existe una correlación significativa entre los conflictos agrarios y la
deforestación en el país. En los núcleos agrarios se están llevando a
cabo también actividades urbanas que merecen una evaluación estricta
de impacto ambiental.
Los propietarios pueden tener grandes incentivos en la preservación de
los recursos naturales. Se puede hablar también de la función ecológica
de la propiedad. La existencia de la certeza jurídica en los derechos
de propiedad, representa definitivamente una de las condiciones para
el desarrollo sustentable. La teoría económica de la “Tragedia de los
Comunes” 8 nos demuestra que la tierra común termina por no tener
valor alguno para nadie.
10. Los derechos de propiedad sobre el subsuelo
El tema de la propiedad en México se aborda siempre en el plano
epidérmico, jamás se hace un planteamiento que pudiera contemplar
derechos de propiedad sobre el subsuelo, como existen en otros países.
Es posible que la propiedad privada del subsuelo pudiera apoyar una
explotación más racional de los recursos naturales.
La propiedad privada de la tierra en México es desafortunadamente
una propiedad superficial. Si consideramos que la certeza jurídica de
los derechos de propiedad es incentivo de inversión y de crecimiento
económico, hay que abrir el tema de la propiedad del subsuelo a la
discusión objetiva; dicho tema está vinculado sin lugar a dudas a la
reforma energética. La productividad y rentabilidad de PEMEX es de las
más bajas a nivel mundial, lo que pone en evidencia que el petróleo y
la renta petrolera no son para todos los mexicanos, sino para favorecer
los intereses del sindicato y de una burocracia engrosada y disfuncional. “Entre los diversos sectores con baja productividad, sobresale el
sector energético, pero más específicamente PEMEX. La paraestatal,
un monopolio por mandato constitucional, ha cumplido un rol dual.
Primero como productor de petróleo; segundo, como símbolo de
8
Cfr.: Hardin, Garret,¨The Tragedy of Commons¨, en Science, v. 162, 1968,
pp.1243- 1248, Traducción de Horacio Bonfil Sánchez, Gaceta Ecológica, Número 37,
Instituto Nacional de Ecología, México 1995, http://www.ine.gob.mx
- 78 -
nacionalidad (consagrado en la Constitución) ha legitimado una gran
ineficiencia y prácticas monopólicas, en vez de racionalidad económica
con visión de largo plazo y pensamiento pragmático, lo que se demostró
en el debate sobre la reforma del sector energético en 2008. Protegido
de la crítica, PEMEX tiene un desempeño muy inferior a sus pares.”9
Para dar un impulso serio y competitivo al sector energético se requiere
forzosamente de la participación del sector privado.
11. Conclusiones
1. Se tiene que acelerar el proceso en el otorgamiento del dominio
pleno de la propiedad agraria, con programas paralelos de
capacitación para crear emprendedores. Es necesaria una sola línea
en relación a las políticas públicas en el campo. Hay que destacar
la importancia de los programas a nivel administración pública
para acelerar la obtención del dominio pleno, en particular por las
trabas que existen en el Congreso para llevar a cabo las reformas
necesarias. Sin embargo, es importante la elaboración paralela de
un proyecto integral de reformas, buscando lograr consensos en
el Congreso.
2. Cualquier iniciativa de reforma a la Constitución, a la Ley Agraria o
modificación por ejemplo, al artículo 217 de la Ley de Amparo,
encontrará obstáculos serios en el Congreso. Se tiene que trabajar
arduamente en los consensos, tomando en cuenta las inquietudes
e incorporando la opinión de los distintos sectores de la sociedad.
El término en el Amparo Agrario sigue siendo demasiado largo
e inhibe la inversión para detonar productividad y crecimiento
económico en el campo.
3. Ante la existencia de procesos legales que permiten un mercado
de tierras ejidales, existe un temor por el acaparamiento y
concentración de tierras, un miedo a la extranjerización de tierras,
temor de que se pierdan las tradiciones comunitarias e indígenas
en el medio rural y una crítica a las ventas poco equitativas. Se
pueden encontrar soluciones a estas preocupaciones e inclusive
se pueden debatir estos argumentos en aras de un régimen más
9
Loser, Claudio y Harinder Kohli (coordinadores), Futuro para todos, acciones
inmediatas para México, Centenial Group -IMCO- México Evalúa- CEESP, México D.F.,
febrero 2012, p. 56.
- 79 -
justo y más próspero. En este sentido hay que tomar en cuenta
el artículo 27 de la Constitución en sus fracciones I y XV, mismas
que se refieren a la propiedad de los extranjeros y al concepto de
pequeña propiedad respectivamente.
Por lo que se refiere a las comunidades indígenas cabe mencionar
que el fortalecimiento de la vida comunitaria y el combate a la
pobreza y marginación, se refuerza con el respeto a la propiedad
privada. Con una mayor seguridad jurídica se lograría además un
profundo arraigo a la tierra. Existen como 200 ordenamientos
comunitarios, pero eso no significa que dichos ordenamientos hayan
sido elaborados y aceptados formalmente por las comunidades
indígenas. Los ordenamientos son el producto del trabajo de
grupos de consultores con experiencia en el trabajo comunitario.
Pero no existe un registro claro de dichos ordenamientos y
además los contenidos normativos de los ordenamientos no
emanan directamente de las comunidades. El aprovechamiento
de los recursos naturales y la determinación del uso de suelo
enfrentan serios riesgos y problemas prácticos por esta situación.
La planeación territorial en México debe responder a lineamientos
establecidos en la legislación ambiental; la planeación territorial
es el instrumento necesario para un estado moderno.
4. Los programas impulsados a través de las Secretarías (SAGARPA,
SEDATU, SEDESOL, SEMARNAT) son medulares, pero deben estar
conectados. Debe prevalecer una sola política de Estado en relación
al campo, establecida desde la Presidencia. La fragmentación
de criterios es riesgosa y problemática. La SEDATU ha estado
trabajando y ha avanzado en el mapeo del territorio y en la
certificación de predios que es muy importante, sin embargo no
es suficiente. Se deben alinear los objetivos tanto del RAN y de
la Procuraduría Agraria, en sintonía con una política de Estado
que propicie y acelere la generación de riqueza y el desarrollo rural
integral y sustentable en el marco de una economía de mercado
competitiva.
5. El tema de la certeza jurídica de los derechos de propiedad interviene
en distintos sectores y procesos productivos en el país. Ejemplo
de ello es el sector energético. Se requiere garantizar una mayor
seguridad jurídica que permita establecer el marco legal adecuado
en aras de una mayor libertad económica que inyecte un mayor
dinamismo a la economía del país.
- 80 -
12. Propuestas
1. Se propone la reforma del artículo 27 de la Constitución, en
particular por lo que se refiere a la fracción VII relativa a la
personalidad jurídica de los núcleos agrarios, como también lo
referente a la propiedad del subsuelo para otorgar la posibilidad
constitucional de que los mexicanos tengan derechos de propiedad
sobre el subsuelo. Se propone reformar asimismo los artículos 25 y
28 de la Constitución para establecer bases sólidas que den cabida
a una mayor libertad económica.
2. Con el objeto de dotar de mayor certeza jurídica a la propiedad y
con la intensión de acelerar el proceso de privatización, se propone
la reforma de los artículos 14, 17, 20, 23, 24, 27, 28, 31, 44, 46,
56, 57, 59, 60, 62, 75, 78, 80, 81, 83, 85, 152, 155 y 156 de la Ley
Agraria. Asimismo se propone que se deroguen los artículos 18, 48,
76, 79, 82 y 84 de la Ley Agraria.
3. Con la finalidad de dar una mayor certidumbre a la inversión
se propone se reforme el artículo 217 de la Ley de Amparo. Se
propone que se incluya un término no mayor de dos años para
la interposición de la demanda de amparo para dar garantías
suficientes a la inversión con el objeto de que propicie actividades
productivas, la generación de empleos y la explotación eficiente
de los recursos naturales con criterios sustentables.
4. Se debe fortalecer la hacienda municipal. La reforma integral en
relación al régimen de tenencia de la tierra debe acabar con el
régimen fiscal diferenciado que prevalece, propiciando una mayor
participación ciudadana en particular en la esfera municipal.
5. Se tiene que terminar con la diferenciación en los Registros Públicos
de la Propiedad y del Registro Agrario Nacional (RAN), el cual debe
ser temporal. Los Registros Públicos de la Propiedad se deben
vincular a los Catastros.
6. En materia de expropiaciones debe prevalecer una interpretación
garantista de la Constitución, de tal manera que se protejan las
garantías individuales frente al poder público. La expropiación
debe requerir de previa audiencia para evitar la arbitrariedad de
los funcionarios públicos; dicho procedimiento es esencial en un
Estado moderno y democrático.
- 81 -
7. Debe existir una correspondencia adecuada entre las Áreas
Naturales Protegidas en el país y el régimen de tenencia de la
tierra. Los procesos acelerados de deforestación en México, la
inseguridad, la tala clandestina y los retos ante los compromisos
para hacer frente al cambio climático, exigen un replanteamiento
de las políticas públicas en esta materia. Es necesario tener
presente que en relación a los recursos internacionales avocados a
preservar selvas y bosques en el país, debe prevalecer el concepto de
beneficios compartidos con las comunidades para aliviar de fondo el
problema de la pobreza y el hambre. Cabe mencionar en este sentido
que el acceso a los derechos de propiedad privada representa la
mejor herramienta para esquemas de productividad, crecimiento
económico, desarrollo sustentable a largo plazo y de distribución
del ingreso. Es importante detonar desarrollo sustentable en las
comunidades rurales, como también apoyar de manera paralela
la conservación. Sería deseable que en el país solo existieran los
regímenes de propiedad privada y pública; la propiedad social
representa una camisa de fuerza que detiene el desarrollo.
8. Por lo que se refiere a la protección y apoyo a la propiedad
intelectual en México se deben simplificar los trámites para facilitar
los registros, con la creación de más oficinas regionales del Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Se deben homologar los
trámites a nivel nacional con las mejores prácticas internacionales
e insistir en la necesidad de llevar a cabo inscripciones avaladas
también por los principales organismos internacionales avocados
a la protección de la propiedad intangible. Se debe apoyar la
investigación para el desarrollo científico y técnico en el país a fin
de dar cabida a una sociedad basada en el conocimiento.
- 82 -
BIBLIOGRAFÍA
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Páginas Electrónicas
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Ecológica, Número 37, Instituto Nacional de Ecología, México 1995,
http://www.ine.gob.mx
- 84 -
PERFILES INSTITUCIONALES DE LOS COEDITORES DE LA EDICIÓN DE
MÉXICO
La Alianza de Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance, PRA)
se dedica a proteger los derechos de propiedad (físicos e intelectuales)
en Estados Unidos y alrededor del mundo. La PRA está afiliada a la
organización de defensa del contribuyente, Americans for Tax Reform (ATR).
La PRA tiene su sede central en Washington, D.C. y es presidida por el
economista Hernando de Soto. Su Director ejecutivo es Lorenzo Montanari.
Uno de sus principales instrumentos es el Índice Internacional de
Derechos de Propiedad, que en 2013 contó con la contribución de 74
instituciones alrededor del mundo.
www.internationalpropertyrightsindex.org/
Somos una organización sin fines de lucro, independiente y apartidista,
cuya misión es diseñar y promover políticas públicas innovadoras
que generen igualdad de oportunidades para los mexicanos a través
del desarrollo económico y la reducción de la pobreza; así como ser
una fuente confiable de análisis independiente para funcionarios de
gobierno y el público en general.
En Fundación IDEA nos dedicamos a generar información y a diseñar
políticas que generen un mayor impacto en el futuro de México. Nuestro
país enfrenta muchas barreras que impiden su desarrollo económico
sostenido así como la movilidad social y económica de su población más
pobre. En Fundación IDEA identificamos estas barreras y a través del análisis
riguroso y la investigación impulsamos los cambios necesarios para influir en
las decisiones públicas y realizar recomendaciones de políticas adecuadas.
www.fundacionidea.org.mx/
- 85 -
Caminos de la Libertad es un proyecto de Grupo Salinas, creado en
2004, cuyo principal objetivo es provocar la reflexión y discusión sobre
los distintos aspectos de la Libertad. Buscando generar pensamiento
en torno a ella y exaltar su valor en la vida de la sociedad, nos hemos
convertido en un ambicioso programa académico y de difusión.
Convencidos que es urgente hablar, discutir y proponer sobre la Libertad
y aquello que la amenaza y la forma en que eso nos afecta a todos,
involucramos a la sociedad, en todos sus niveles, utilizando distintos
medios como concursos, conferencias, seminarios, círculos de estudio,
publicaciones y presentaciones de libros, exposiciones, programas en
televisión, etc.
El Presidente de Caminos de la Libertad es Sergio Sarmiento y la
Directora ejecutiva es Bertha Pantoja.
www.caminosdelalibertad.com
La Fundación Friedrich Naumann para la Libertad (FNF) es la fundación
alemana para la política liberal que se crea en 1958. Es una organización
política no gubernamental, dedicada a la revaloración del liberalismo
como filosofía y concepto político que enfrente las amenazas a la
libertad y la democracia por parte de los regímenes totalitarios y
populistas en América Latina.
La labor de la Fundación se basa en la formación cívica, la asesoría
política de líderes y la colaboración con partidos políticos y think-tanks
liberales. Trabaja en el impulso de estrategias que generen propuestas
liberales para el desarrollo del país, que hagan énfasis en la importancia
de una sociedad informada y participativa y que promuevan el valor
de la libertad, las virtudes de la democracia liberal, los principios de
- 86 -
la economía de mercado y el respeto por los derechos individuales, las
instituciones de la democracia y el Estado de Derecho.
La FNF tiene presencia en más de 60 países del mundo. Su sede se
encuentra en Postdam, Alemania y en América Latina la oficina regional
se ubica en México D.F. desde donde se coordina la labor de las oficinas
de proyecto de Argentina, Brasil, Costa Rica, Guatemala, Honduras,
México y Nicaragua.
En el ámbito político alemán, la FNF trabaja con el Partido Liberal
de Alemania (FDP, por sus siglas en alemán), que actualmente forma
parte de la coalición gobernante en el país. El presidente de la FNF es
el Dr. Wolfgang Gerhardt y la directora regional para América Latina
es Birgit Lamm.
www.la.fnst.org
www.fnst.org
- 87 -
ÍNDICE
Presentación: Lo que es de todos no es de nadie,
por Sergio Sarmiento
3
Derechos de Propiedad y prosperidad,
por Victor H. Becerra
4
Introducción: Índice Internacional de Derechos
de Propiedad 2013, por Hernando de Soto
5
Carta por el Lorenzo Montanari
8
Prefacio por Gerardo Bongiovanni
10
Acerca del Índice Internacional de Derechos de
Propiedad 2013
15
Sobre el Autor
16
Socios de la edición Internacional
17
Composición y Cobertura del Índice
21
Resultados para México
28
Derechos de Propiedad, Libertad y Desarrollo
Económico, por Isaac Katz
41
El Estado de los Derechos de Propiedad en
México, por Carlos Ignacio Gutiérrez y Alberto
Saracho
51
Propuestas para Fortalecer los Derechos de
Propiedad en México, por Claudia Terzi
70
Perfiles institucionales de los coeditores de la
edición México
85
- 88 -
DE DERECHOS DE PROPIEDAD POR QUINTIL
A RCT IC O CEA N
Sweden
R
Finland
u
s
s
i
a
Estonia
Latvia
Lithuania
Belarus
Poland
many
m
Ukraine
Slovakia
Austria Hungary
Moldova
Slovenia
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Kazakhstan
Czech Rep.
a
Bosnia &
Serbia
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Bulgaria
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Alba
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Turkey
Greece
Malta
Cyprus
Lebanon
Israel
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s
Libya
Georgia
Armenia Azerb.
Syria
Jordan
Iraq
Saudi
ger
g
Chad
Ethiopia
Central African Republic
Uganda
Congo
Gabon
G
Rwanda
Dem. Republic
of the Congo
Angola
Namibia
C
Afghanistan
Pakistan
Bahrain
Qatar
U.A.E.
Oman
Arabia
Nepal
India
h
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Somalia
Bhutan
Taiwan
Myanmar
Laos
Cambodia
Kenya
Sri Lanka
Equator
Burundi
East Timor
Papua
New Guinea
Solomon Islands
Vanuatu
Mauritius
Mozambique
Swaziland
Lesotho
South Africa
Palau
Singapore
Malawi
Zimbabwe
Botswana
Brunei
Malaysia
PA CIFIC
O CEA N
Philippines
Indonesia
Tanzania
Zambia
Vietnam
Japan
Tropic of Cancer
Hong Kong
Thailand
IN DIA N
S. Korea
a
Bangladesh
Dijbouti
ia
Cameroon
C
Iran
Yemen
Eritrea
Sudan
N. Korea
Uzbekistan
Turkmenistan
Tajikistan
Kuwait
Egypt
Mongolia
Kyrgyz Rep.
Tropic of Capricorn
Madagascar
Somoa
Fiji
Tonga
A u s t r a l i a
O CEA N
New Zealand
El Índice Internacional de Derechos de Propiedad es la publicación
insignia de la Alianza de Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance,
PRA). La PRA está comprometida con la promoción de los derechos de
propiedad alrededor del mundo. El Índice Internacional de Derechos de
Propiedad es un estudio anual comparativo que busca cuantificar la
fortaleza de los derechos de propiedad —tanto físicos como intelectuales— y
clasificar de acuerdo a esto a los países. Este reporte muestra la relación
entre la protección de los derechos de propiedad y el desarrollo económico.
La edición 2013 contiene puntuaciones para 131 países, lo que representa
98 por ciento del producto interno bruto del mundo y 93 por ciento de la
población mundial.
La edición 2013 contiene las clasificaciones por puntuación global y por
componentes, la distribución regional de las puntuaciones, y los cambios
en las puntuaciones respecto a 2012. La edición 2013 presenta nuevamente
los perfiles por país, los cuales proveen la progresión histórica de las
puntuaciones en el índice y por componentes, y permiten identificar los
avances y variaciones así como los aspectos robustos o débiles de los
derechos de propiedad de un país. Además, para explicar las disparidades
de género que existen en los países en desarrollo dentro de los derechos
de propiedad, se dedica un capítulo a la igualdad de géneros.
Dentro del esfuerzo por producir este índice, la PRA ha logrado asegurar
el apoyo de 74 think tanks y organizaciones políticas en 57 países que
se dedican a la investigación, el desarrollo de políticas, la educación
y la promoción de los derechos de propiedad en sus países. El Índice
Internacional de Derechos de Propiedad es una plataforma internacional
para resaltar los esfuerzos de sus socios por defender los derechos de
propiedad físicos e intelectuales basados en un marco legal sólido y una
efectiva aplicación de las leyes.
El Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013 es una herramienta
para los políticos, think tanks, académicos, líderes empresarios y otras
organizaciones interesadas en promover la protección de los derechos de
propiedad y el desarrollo económico.
http://www.internationalpropertyrightsindex.org