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ÍNDICE INTERNACIONAL DE DERECHOS DE PROPIEDAD R E POR TE 2013 La edición 2013 analiza 131 países, los cuales representan el 98% del Producto Bruto Mundial y el 93 por ciento de la población mundial. Edición especial sobre México Con estudios especiales sobre la situación de los derechos de propiedad en México, por Isaac Katz, Claudia Terzi, Alberto Saracho y Carlos I. Gutiérrez Estudio conducido por Francesco Di Lorenzo. POSICIONES EN EL ÍNDICE INTERNACIONAL A RCT IC O CEA N Greenland Arctic Circle Iceland Norway United Kingdom C a n a d a Denmark Neth. Ireland Germ Bel. Lux. France Switz. Ita PA CIFIC A TLA N TIC Mexico Bahamas Cuba Jamaica Belize Honduras Guatemala El Salvador Costa Rica Tropic of Cancer Haiti Nicaragua Panama Western Sahara (Occupied by Morocco) Senegal Gambia Guinea-Bissau Guinea Sierra Leone Liberia Cape Verde Venezuela Peru Algeria Mauritania Puerto Rico Trinidad and Tobago Guyana Suriname French Guiana B r a z i l Nig Mali Burkina Faso Benin Cote Togo d'IvoireGhana Sao Tome and Principe O CEA N Bolivia Tropic of Capricorn Chile Argentina 20% superior Tropic of Capricorn Paraguay Uruguay 20% inferior Nigeri Equatorial Guinea Equator Ecuador O CEA N Tunis Morocco Dominican Republic Colombia Equator Spain Portugal United States C G ÍNDICE INTERNACIONAL DE DERECHOS DE PROPIEDAD REPORTE ANUAL 2013 EDICIÓN ESPECIAL MÉXICO Copyright © Property Rights Alliance 2013 por la base de datos, los estudios introductorios, ranking y la metodología. Copyright © Fundación Friedrich Naumann para la Libertad, Proyecto México, 2013, por todo el contenido adicional en esta publicación. Todos los Derechos Reservados. Ninguna parte de esta publicación puede ser reproducida sin previa autorización por escrito de la Property Rights Alliance o de la Fundación Friedrich Naumann para la Libertad, exceptuando en casos de citas breves para artículos de crítica y revisiones. Los autores de este documento trabajaron independientemente y las opiniones vertidas por ellos son de su propiedad y no corresponden necesariamente a las de los partidarios, miembros o empleados del Property Rights Alliance y/o de la Fundación Friedrich Naumann para la Libertad. Esta publicación no implica de ninguna forma que los miembros o staff de la Property Rights Alliance estén a favor o en contra de las posturas o de cualquier candidato o partido político. La traducción de las partes y datos que forman parte del Índice Internacional de Derechos de Propiedad: Reporte Anual 2013 han sido utilizadas con la autorización de la Property Rights Alliance. Traducciones del inglés al español: Dunia Rassy Diseño y rediseño de interiores y exteriores: Optima Impresión S.A. de C.V. México, D.F., 2013. LO QUE ES DE TODOS NO ES DE NADIE Cuando no está claro quién es dueño de algo, no habrá quien se interese por preservarlo y protegerlo. Quedará en el olvido y la ruina. Por eso se necesitan derechos de propiedad, reglas que permitan que todos podamos utilizar los recursos y a la vez generar una ganancia por ello. No se trata de avaricia, de acumular bienes, sino de tener la certeza de que algo que se adquirió es de uno, si no porque lo adquirimos, porque se nos dio en resguardo. Con esa certeza podemos trabajar, invertir y producir. Y es así como las naciones han progresado. Ningún país ha crecido sólo por lo que recauda el gobierno y por redistribuir esos ingresos. Las naciones prosperan porque su gente crea riqueza y porque sus gobiernos facilitan las oportunidades de negocio y permiten que los empresarios retengan sus ganancias. Los derechos de propiedad no excluyen a los pobres. Mejorarlos y garantizarlos ciertamente no pondrá dinero fácil en sus manos, ni viviendas, ni servicios básicos. Tampoco daría votos a los políticos. Pero si lo que verdaderamente nos importa es mejorar las condiciones de los más marginados vale la pena apostar por una solución, que aunque a largo plazo, puede rendir mayores frutos. En México, las leyes al respecto de los derechos de propiedad padecen esquizofrenia. Por un lado tenemos leyes que nos despojan de los frutos de nuestro trabajo, como la del ISR, por otro carecemos de leyes simples que asignen y protejan la propiedad de las tierras. Quizá porque no entendemos los beneficios de estos derechos, quizá porque ni siquiera entendemos qué son los derechos de propiedad. Cualquiera que sea el caso, el Índice Internacional de Derechos de Propiedad es una invitación a ver específicamente en qué estamos fallando. Es una oportunidad para compararnos con otros países del mundo y apreciar las consecuencias de una mejor protección (por ejemplo en Hong Kong) o mayores violaciones (por ejemplo en Venezuela) de los derechos de propiedad. El índice es también una ocasión para atrevernos a soñar en soluciones para hacer crecer a México. Sergio Sarmiento Presidente Caminos de la Libertad -3- DERECHOS DE PROPIEDAD Y PROSPERIDAD Para la Fundación Friedrich Naumann para la Libertad es un gran orgullo contar con la participación de la Fundación IDEA y de Caminos de la Libertad es la publicación de la versión para México del Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013, elaborado por la Property Rights Alliance. Este es un proyecto largamente planeado y ahora concretado, en nuestro propósito de proporcionar evidencia contrastable y fundada de que las naciones prosperan cuando los derechos de propiedad privada están bien definidos y se hacen valer. El Índice que usted tiene ahora en sus manos muestra evidencia sólida de que contar con los instrumentos necesarios para que empresas y emprendedores defiendan eficaz y exitosamente sus contratos, derechos de autor o marcas, puede ser la distinción fundamental entre países ricos y pobres. Muestra también que los sistemas judiciales en los que los litigios se arrastran durante años contribuyen a desacelerar el crecimiento económico. Y además empujan a millones de emprendedores a operar en la economía subterránea, obstaculizando a los más pobres el alcanzar la oportunidad de un futuro económico mejor. Así, el índice muestra que derechos de propiedad y prosperidad son conceptos absolutamente inseparables. En tal sentido, adquieren una nueva luz las palabras de Friedrich von Hayek en Caminos de Servidumbre, cuando advierte que “El sistema de propiedad privada es la garantía más importante de libertad, no sólo para los propietarios, sino en el mismo grado para quienes no lo son”. Quienes intervinimos en esta edición, deseamos fervientemente que la defensa de los derechos de propiedad se vea en México (y también en toda América Latina) como la vía más segura de ayudar a los más pobres a salir de su situación de forma perdurable. Víctor H. Becerra Coordinador Proyecto México Fundación FRiedrich Naumann para la Libertad -4- IPRI 2013 INTRODUCCIÓN Hernando de Soto El año pasado di a conocer los resultados de la investigación que mi instituto, el Instituto para la Libertad y la Democracia (ILD), elaboró sobre las raíces económicas de la Primavera Árabe. Después de 20 meses de trabajo de campo —más una experiencia de diez años trabajando con varios gobiernos del Medio Oriente y el Magreb— concluimos que la Primavera Árabe fue una rebelión masiva contra las restricciones económicas para el crecimiento; principalmente, entre ellas, está la falta generalizada de derechos de propiedad que se puedan hacer cumplir. Para actualizar los hallazgos del ILD, recomiendo leer, en el reporte completo en línea, el estudio de caso sobre Túnez de mi colega Ana Lucía Camaiora. Creo que su reporte es un avance ante las noticias pesimistas que hemos leído sobre cómo la Primavera Árabe falló —y se convirtió en el Invierno Árabe. Ciertamente, los nuevos gobiernos del Medio Oriente y el Magreb tienen sus propios retos políticos y económicos, por decir lo mínimo. Pero desde el punto de vista de aquellos de nosotros que se preocupan por expandir los derechos de propiedad por todo el mundo en desarrollo, hay muchas buenas noticias provenientes de la región —donde, de acuerdo a la sabiduría convencional, la gente no quiere formar parte de un moderno mercado económico. Nuestra investigación demolió este mito poniendo en evidencia que unos 380 millones de árabes dependen de los mercados; su problema es que poseen propiedades y activos sin la protección de la ley. Hemos publicado y debatido nuestros hallazgos y recomendaciones de reforma en los medios regionales e internacionales, lo que ha traído como consecuencia que varios gobiernos del Medio Oriente y el Magreb, así como alianzas de las principales organizaciones empresariales, nos hayan solicitado propuestas para impulsar sus iniciativas de reforma. Hemos recibido invitaciones de la Casa Blanca, el Congreso de los Estados Unidos, el Departamento de Estado y 10 Downing Street para discutir nuestros resultados y recomendaciones de reforma. Ante la existencia de distracciones persistentes tales como disputas políticas, economías débiles y un pueblo enojado ante el lento ritmo del cambio, los reformistas de la región necesitan apoyo externo y liderazgo para mantener las reformas como prioridad en sus agendas -5- políticas. La ironía es que hacer que los líderes de Estados Unidos y Europa pongan atención a la importancia de los derechos de propiedad para el desarrollo económico —y la paz— en el mundo árabe ha sido un reto, incluso con conocidos defensores del poder del emprendimiento y la inversión. Finalmente descifré el problema, y este caso debe servir de lección para nosotros que promovemos los derechos de propiedad. Muchos en Occidente, donde los derechos de propiedad son tan naturales como el aire que respiramos, han olvidado qué tan importantes fueron tales derechos para ayudar a que Europa y los Estados Unidos pasaran del Antiguo Régimen a la Revolución Industrial. Estas personas tienden a ver los derechos de propiedad esencialmente como la protección de la posesión —ya sea controlando los bienes, transfiriendo bienes raíces, repartiendo tierras, o estableciendo los límites de una parcela. Lo que se les escapa es que los derechos de propiedad han evolucionado de estas funciones originales hasta tener otros roles en las sociedades modernas —tal y como las plumas de un ave evolucionaron de existir originalmente para mantener a la criatura caliente, pero posteriormente se adaptaron para el vuelo. Algo similar ocurre con la evolución de la economía moderna en la cual los derechos de propiedad se adaptaron al sine qua non del emprendimiento exitoso permitiendo que los emprendedores colaboren y creen riqueza. Aquí en Perú —y también en el mundo árabe— donde los derechos de propiedad son escasos, las consecuencias de operar sin la protección de la ley son claros para cualquiera que camine por las calles de la ciudad y vea a los mismos vendedores y microempresarios trabajando día y noche —sin grandes ganancias— porque no pueden dar en garantía sus bienes y obtener el crédito o el capital necesario para prosperar sin derechos de propiedad. La documentación de la propiedad es donde los dueños registran, cuidadosamente, en papeles oficiales o libros locales, sus bienes valiosos. Estos hechos generan la confianza que permite que los créditos y el capital fluya y los mercados globales funcionen. Esta situación da a los participantes de la economía los medios para interpretar las situación de los demás y les ayuda a descifrar cómo conectarse entre ellos. Un simple hecho económico hace que brillen las luces en lugares y situaciones que no podemos ver. Tales actos son atajos bellamente diseñados hacia la sabiduría económica. Y lo más que podemos acercarnos a esos hechos es a través del sistema de propiedad legal. -6- La investigación del ILD sobre la región del Medio Oriente y el Magreb reveló que un gran número de árabes —como miles de millones de personas ordinarias en el mundo en desarrollo y el mundo post soviético— están empezando a entender que sus sueños de una mejor vida no dependen sólo de la ambición, el trabajo duro, o el talento. La primera cosa que deben hacer es entrar al sistema legal. Pero antes de que se implementen las reformas para que eso suceda, los gobiernos reformistas tienen que lidiar con sus propios obstáculos —por ejemplo, la resistencia a la “influencia occidental” y construir un amplio electorado a favor de las reformas entre las élites políticas y la mayoría de su población. Conforme el mundo árabe recorre su transición hacia la Revolución Industrial, podrían usar todo nuestro apoyo. Hernando de Soto Presidente del Instituto para la Libertad y la Democracia Lima, Perú -7- Carta del Director Ejecutivo de la Alianza de Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance, PRA) ¿Cómo sería el mundo sin derechos de propiedad? ¿Cómo vivirían y se organizarían armoniosamente las personas? ¿Cómo podría una empresa establecida o en ciernes defender sus marcas o derechos de autor sin un sistema consolidado de derechos de propiedad intelectual? ¿Cómo podrían los países construir y fortalecer economías de libre mercados y mejorar el estado de derecho y gobernanza sin un entorno legal y político justo y transparente? Éstas son algunas de las preguntas que la Alianza de Derechos de Propiedad (PRA) ha tratado de responder en la edición 2013 del Índice Internacional de Derechos de Propiedad. El Índice Internacional de Derechos de Propiedad, ahora en su séptima edición, provee las respuestas a través de las mediciones y los análisis comparativos internacionales usando los datos políticos y económicos de 131 países. Este Índice será una fuente importante de información para políticos y comunidades de empresarios que deseen entender cómo los tres componentes principales del sistema de derechos de propiedad (Entorno legal y político, Derechos de propiedad física y Derechos de propiedad intelectual) han protegido o afectado al mundo. La PRA está comprometida con la defensa de la propiedad política, física e intelectual; estos son los tres pilares para mejorar el estado de derecho, para un gobierno democrático, y para estimular cada economía libre del mundo. A nombre de la Alianza de Derechos de Propiedad, me gustaría agradecer a todos aquellos que han contribuido al desarrollo del Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013. Mi gran reconocimiento es para el candidato a Doctor Francesco Di Lorenzo, el becario 2012 Hernando de Soto y autor del índice, quien proporcionó excelentes mejoras a esta edición. Por último, pero no por ello menos importante, quisiera expresar mi profunda gratitud al Dr. Hernando de Soto por su continuo e incansable esfuerzo para promover y defender los derechos de propiedad alrededor del mundo. El Índice Internacional de Derechos de -8- Propiedad es una realidad gracias a su inspiradora labor que permitió a la PRA crear la beca que lleva su nombre y que hace posible esta publicación. Atentamente, Lorenzo Montanari Director Ejecutivo de la Alianza de Derechos de Propiedad (PRA) Washington, D.C., Estados Unidos -9- PREFACIO Gerardo Bongiovanni Presidente, Fundación Libertad Rosario, Argentina La propiedad privada es uno de los principios fundamentales sobre los que se asienta la organización de una sociedad liberal y democrática. Significa no sólo darle a la persona el derecho a disponer de un bien sino también la seguridad y protección sobre esta posesión evitando las intromisiones e interferencias externas. Sólo si se tienen las garantías que la propiedad no será invadida se logrará la paz y el bienestar. En este marco, cabe señalar que John Locke, en el Segundo tratado sobre el gobierno civil (1690), establecía que el principal objetivo del Estado era la preservación de la propiedad. En la misma línea, Thomas Hobbes mencionaba en su Leviatán (1651) las consecuencias de no existir un Estado que protegiera la vida, libertades y propiedad de los individuos: “En una situación semejante no existe oportunidad para la industria, ya que su fruto es incierto; por consiguiente no hay cultivo de la tierra, ni navegación, ni uso de los artículos que pueden ser importados por mar, ni construcciones confortables […] y lo que es peor de todo, existe continuo temor y peligro de muerte violenta; y la vida del hombres es solitaria, pobre, tosca, embrutecida y breve”. Además, a partir del derecho de propiedad se posibilita la transferencia voluntaria de los bienes que cada individuo posee lo que deriva en el intercambio y crecimiento económico. Como destaca Alberto Benegas Lynch: el derecho de propiedad comienza con el derecho al propio cuerpo y mente y sigue con los bienes que han sido apropiados por el primer ocupante o, en su caso, fruto de transacciones libres y voluntarias entre propietarios de bienes u oferentes de servicios propios. En este marco, los precios surgen como consecuencia de transacciones de derechos de propiedad. A su vez, el economista señala que la propiedad privada permite disponer de información para que los recursos escasos se asignen de la mejor manera posible según sean los gustos y preferencias de la gente, al tiempo que reconoce derechos que pertenecen al ser humano para que pueda seguir sus inclinaciones como tal. Los marcos institucionales - 10 - y las correspondientes agencias de justicia y protección reconocen y no establecen o inventan aquellos derechos. En efecto, el respeto por la libre disposición de los bienes que le son propios a cada persona juega un rol central en el desarrollo de las naciones. Sólo de esta manera se puede lograr un progreso genuino y perdurable; de lo contrario, los incentivos para la inversión y la producción se desvanecen y con ello deviene el estancamiento económico y social. Esta premisa es demostrada a partir del análisis de correlación entre propiedad y crecimiento económico. Derechos de Propiedad y Desarrollo La diferencia en el nivel de desarrollo alcanzado por los distintos países lleva a preguntarse por qué algunas economías logran un mayor ingreso por individuo que otras. Muchas teorías se han esbozado sobre esto tales como la posesión de recursos naturales, que cayó por su propio peso al demostrarse que economías con poca riqueza natural habían logrado un desarrollo más que significativo. También, se han señalado como determinantes del desarrollo la acumulación de recursos humanos y tecnológicos, pero poco se ha indagado sobre las condiciones necesarias para que estos últimos prosperen. Si bien estos conceptos, naturalmente, inciden sobre el progreso de una economía es dable preguntarse qué aspectos son los que posibilitan contar con recursos humanos y tecnológicos desarrollados. Como menciona el economista Enrique Blasco Garma: la diferencia entre las naciones ricas y pobres radica en la fuerza con que el entramado social consigue consensos para reconocer derechos individuales y concertar las actividades. Precisamente, el 80% de la riqueza de los países ricos y casi el 60% en el caso de los países más pobres, es explicada por este factor. Asimismo, a nivel agregado, se concluye que el 78% de la riqueza en el mundo se atribuye a este componente. El respeto por los derechos de propiedad es un elemento fundamental para la riqueza de una sociedad. La propiedad permite formar precios, efectuar transacciones libres y voluntarias y por ende posibilita el - 11 - crecimiento y desarrollo económico. De ahí la importancia de evitar intromisiones externas que atenten contra ella. Los individuos deben saber que podrán disponer libremente de sus bienes así como del fruto de su trabajo para operar en una economía. Sólo en un escenario que brinde esta garantía habrá lugar para la inversión y el desarrollo de negocios. La experiencia internacional nos indica qué hacer para salir de este círculo vicioso. La correlación entre respeto a los derechos de propiedad y desarrollo de los países es más que elocuente tal como se presentó previamente en este informe. Aquellos países que gozan de una mayor protección de su propiedad privada son los que poseen un mayor ingreso per cápita y menor pobreza. Argentina debe introducir reformas estructurales hacia una mayor calidad institucional. Así, podrá consolidar su crecimiento y hacer que el mismo sea inclusivo y de largo alcance en vez de meras expansiones coyunturales. Índice Internacional de los Derechos de Propiedad El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad es una investigación de calidad desarrollada en 2007 por la Alianza de los Derechos de Propiedad (PRA por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos y que ha sido patrocinado por más de 70 instituciones de todos los continentes como el Friedrich A.V. Hayek Institute, Institute for Public Affairs, Centre for Free Enterprise y Libertad y Desarrollo. El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad es el primer estudio internacional que mide la importancia de los derechos de propiedad, tanto físicos como intelectuales, así como la forma en que los derechos de propiedad afectan el bienestar económico. Se compone de 10 variables, que se agrupan en tres áreas: Entorno legal y político (Independencia judicial, confianza en los tribunales, estabilidad política y corrupción); Derechos de propiedad físicos (Protección del derecho de propiedad, registro de propiedad y acceso a créditos); y Derechos de propiedad intelectual (Protección de la propiedad intelectual, fortaleza de las patentes, piratería y protección de marcas). Este estudio analiza los datos de 131 países de todo el mundo, que representan el 98% del PIB mundial. Desarrolla una medición que - 12 - clasifica los países de acuerdo a la protección de los derechos de propiedad. La escala de puntuación total del IPRI va de 0 a 10, donde 10 representa el nivel más fuerte de protección de derechos de propiedad y 0 refleja la inexistencia de seguridad frente a los derechos de propiedad en un país. En la edición completa, disponible en línea, además de la investigación general, se incluyen cuatro reportes: a) Túnez y la Primavera Árabe, b) el sistema de propiedad en Venezuela y c) sistema de derechos de propiedad en China y d) sistema de derechos de propiedad en Tailandia. Creo que esta nueva edición del Índice Internacional de los Derechos de Propiedad ofrece el análisis necesario sobre la importancia de valorar y cultivar el respeto por los derechos de propiedad, sólo a través de la estabilidad de estos derechos se puede lograr un desarrollo genuino y sostenido. Lentamente el mundo empieza a comprender que la calidad institucional es lo que al final hace la diferencia en el crecimiento social y económico. Entre las muchas instituciones sociales, la propiedad tiene una indiscutible prominencia. Únicamente con derechos de propiedad bien definidos y respetados, la humanidad ha podido superar la pobreza y la precariedad. Los derechos de propiedad también permiten satisfacer más y más necesidades y así aumentar el nivel de vida de la población. Celebro esta nueva edición del Índice Internacional de los Derechos de Propiedad pues no sólo nos iluminará con su análisis detallado del panorama global, sino que nos advertirá sobre los peligros de no resguardar los derechos de propiedad, un primer paso hacia la autocracia y los regímenes totalitarios, como Hayek nos enseñó en Camino a la servidumbre. Espero que las futuras ediciones del Índice Internacional de los Derechos de Propiedad continúen demostrando mejoras en el terreno de los derechos de propiedad a nivel global. Espero que la protección de la propiedad se institucionalice más año tras año. Estoy seguro que éste es el camino que nos llevará hacia un futuro más brillante y exitoso. - 13 - SOBRE EL PROGRAMA DE BECAS HERNANDO DE SOTO El Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI) es producto de los esfuerzos de la Alianza de Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance, PRA) con sede en Washington, D.C. Esta alianza se dedica a proteger los derechos de propiedad (físicos e intelectuales) en Estados Unidos y alrededor del mundo. La PRA está afiliada a la organización de defensa del contribuyente, Americans for Tax Reform (ATR). A pesar de la creciente accesibilidad a los datos e investigaciones internacionales en materia de derechos de propiedad, los índices y estudios existentes se concentran, tradicionalmente, ya sea en los aspectos físicos o intelectuales de los mismos. De igual modo, los índices globales están dedicados a temas más amplios que a un debate específico sobre los derechos de propiedad. Hay algunas excepciones como los índices de libertad económica de la Fundación Heritage/Wall Street Journal y el Instituto Fraser, los cuales abordan los derechos de propiedad, aunque en un contexto más amplio para cada país. Para superar la consecuente falta de una definición más clara de los derechos de propiedad, la PRA introdujo la beca Hernando Soto en 2006. La beca anual ofrece la oportunidad de desarrollar y analizar datos mundiales sobre derechos de propiedad y comentarlos en la publicación anual del Índice de Derechos de Propiedad. - 14 - ACERCA DEL ÍNDICE INTERNACIONAL DE DERECHOS DE PROPIEDAD 2013 Este reporte presenta la séptima edición del Índice Internacional de Derechos de Propiedad, IPRI, por sus siglas en inglés. Este estudio se realiza anualmente y compara la protección de los derechos de propiedad, físicos e intelectuales, entre países. Tras las ediciones de años anteriores, una meta del IPRI es investigar los efectos del entorno legal y político de un país así como los efectos del reconocimiento y aplicación de los derechos de propiedad intelectual en el desarrollo económico de un país. La edición 2013 del IPRI compara 131 países usando tres componentes principales. Debido a que existe una mayor cantidad de datos en nuestras fuentes, este año el índice pudo añadir los países de Gabón, Haití, Liberia y Sierra Leona. Se le recuerda al lector que las fluctuaciones en los rankings relativos pueden reflejar cambios en la muestra de países y no variaciones sustanciales en el régimen de derechos de propiedad de un país. Para evaluar de una mejor manera los cambios en el desempeño de los países, el autor presenta nuevas tablas demostrando la variación en las puntuaciones absolutas y por componente del IPRI. Desde la primera edición del IPRI, los compiladores del índice han intentado utilizar la mejor información disponible y mantener la consistencia e integridad del índice. Al usar el mismo esquema de ponderación que el índice del año anterior, la edición 2013 es congruente con la información de años previos y permite la comparación de países a través del tiempo. Para permitir una comparación más fácil de las puntuaciones del IPRI a través del tiempo, los perfiles de países se han incluido para demostrar progresos y retrasos en su régimen de derechos de propiedad. Como las ediciones 2011 y 2012 del IPRI, el componente de igualdad de género del IPRI 2013 se enfoca exclusivamente en los países que no son miembros de la OCDE. Lo anterior debido a que el autor considera que es importante entender cómo el género puede impactar los derechos de tenencia de tierras que a su vez afectan el desarrollo económico. - 15 - El IPRI 2013 amplía la información de los índices de años anteriores y ofrece mediciones más completas de los derechos de propiedad. Mientras algunos aspectos de la recolección de datos y la interpretación han mejorado con los años, existen todavía algunas limitaciones y retos. Confiamos que en ediciones futuras de este reporte podremos abordar y superar estos problemas. SOBRE EL AUTOR Francesco Di Lorenzo es candidato a Doctor en Ciencias de la Administración en la Escuela de Negocios ESADE (Universitat Ramon Llull) e investigador visitante en la Escuela de Negocios McDonough (Universidad de Georgetown). Sus principales intereses de investigación son en las áreas de Administración Estratégica y la Economía y Administración de la Innovación. Específicamente sus intereses incluyen: movilidad de inventores, desempeño innovador individual, aprendizaje organizacional, alianzas y las teorías evolutivas y del comportamiento de las empresas. Fue investigador visitante en la Universidad de Bocconi (Italia). Es miembro de la Academia de Administración (AOM), la Sociedad de Administración Estratégica (SMS), y la DRUID Society. Su trabajo ha sido presentado en congresos internacionales (incluyendo AOM y SMS) y se encuentra en revisión para su publicación en las principales revistas académicas. Sus áreas principales de docencia son: administración estratégica, estrategia internacional y estrategia corporativa. Es docente en la Escuela de Negocios ESADE en los programas de Licenciatura y maestría en Administración Internacional. Es también ayudante de profesor en el MBA Ejecutivo de la Escuela de Negocios McDonough. Antes de ingresar al doctorado en ESADE, Francesco estudió la licenciatura en Negocios y Economía y una maestría en Negocios y Administración en la Universidad de Bocconi. Trabajó para las Naciones Unidas como analista junior de UNICEF en la oficina de financiamiento del programa en las oficinas principales en Nueva York, como consultor para McKinsey&Co. y Accenture para las divisiones de Consultoría de Gestión y Mercados Financieros. - 16 - SOCIOS DE LA EDICIÓN INTERNACIONAL Nos gustaría expresar nuestra gratitud a nuestras organizaciones asociadas por su compromiso y su dedicación en asegurar y promover los derechos de propiedad en sus respectivos países y alrededor del mundo. Agradecemos a nuestros socios por su retroalimentación e ideas que nos han permitido identificar mejoras que harán de este índice una herramienta mucho mas útil en la defensa de los derechos de propiedad. Este año nos asociamos con las siguientes organizaciones: Afghanistan’s Economic And Legal Studies Organization (AELSO) Afganistán www.aleso.org Albanian Socio Economic Think Tank Albania www.aset-al.com Friedrich Naumann Foundation (Liberales Institut der FriedrichNaumann-Stiftung) Alemania www.en.freheit.org Institute for Free Enterprise (IUF) Alemania www.unternehmerische-freiheit.de Fundación Atlas 1853 Argentina www.atlas.org/ar Fundación Libertad y Progreso Argentina www.libertadyprogresonline.org Fundación Libertad Argentina www.libertad.org.ar Institute for Public Affairs Australia www.ipa.org.au Austrian Economics Center Austria www.austriancenter.com F.A. v. Hayek Institut Austria www.hayek-institut.at The Nassau Institute Bahamas www.nassauinstitute.org Populi Bolivia http://www.populi.org.bo/ Instituto Liberdade Brasil www.is-rs.org.br Institute for Market Economics Bulgaria www.ime.bg/en Centre Des Affaires Humaines (CEDAH) Burkina Faso www.cedah.org - 17 - Frontier Centre for Public Policy Canadá www.fcpp.org Fundación para el Progreso Chile www.fprogreso.org Libertad y Desarrollo Chile www.lyd.com Cathay Institute of Public Affairs China www.chinaipa.org Unirule Institute of Economics China http://english.unirule.org.cn Center for Free Enterprise Corea del Sur www.cfe.org Asociación de Consumidores Libres Costa Rica www.consumidoreslibres.org IDEAS Costa Rica http://ideaslat.org Adriatic Institute for Public Policy Croacia www.adriaticinstitute.org Centro de Análisis Para Políticas Públicas República Dominicana www.capp.org.do Instituto Ecuatoriano de Economía Política Ecuador www.ieep.org.ec F. A. Hayek Foundation Eslovaquia www.hayek.sk/en Civismo España http://www.civismo.org/es/inicio Minimal Government Thinkers, Inc. Filipinas www.minimalgovernment.net New Economic School Georgia www.nesgeorgia.org IMANI Center for Policy and Education Ghana www.imanighana.com CIEN Guatemala www.cien.org.gt The Lion Rock Institute Hong Kong www.lionrockinstitute.org Centre for Civil Society India www.ccsindia.org Centre for Policy Research India www.cprindia.org Liberty Institute India www.libertyindia.org Iraq Institute for Economic Reform Iraq www.iier.org Jerusalem Institute for Market Studies Israel www.jims-israel.org - 18 - Columbia Institute Italia www.columbiainstitute.info Competere Italia www.competere.eu Institute for Development and Economic Affairs (IDEA) Kazakstán www.idea.org.kz Bishkek Business Club Kirguistán www.bdk.kg Central Asian Free Market Institute Kirguistán www.freemarket.kg OHRID Institute for Economic Strategies and International Affairs Macedonia www.oi.org.mk Institute for Democracy and Economic Affairs (IDEAS) Malasia www.ideas.org.my Centro de Investigación para el Desarrollo (CIDAC) A.C. México www.cidac.org Fundación IDEA México www.fundacionidea.org.mx EBI Think Tank Institute Mongolia www.ebi.mn Center for Entrepreneurship and Economic Development (CEED) Montenegro www.ceed-global.org Center for Mozambican and International Studies Mozambique www.cemo-mozambique.org Limited Government Nepal Samriddhi Foundation Nepal www.samriddhi.org Initiative for Public Policy Analysis Nigeria www.ippanigeria.org Civita Noruega www.civita.no/en International Research Foundation (IRF) Omán Alternate Solutions Institute Paquistán www.asinstitute.org Pal-Think For Strategic Studies Palestina www.palthink.org Fundacion Libertad Panamá www.fundacionlibertad.org.pa Institututo para la Libertad y la Democracia Perú www.ild.org.pe - 19 - Instituto de Libre Empresa Perú www.ileperu.org Forum Obywatelskiego Rozwoju (FOR) Polonia www.for.org.pl Ludwig von Mises Institute Polonia www.mises.pl Polish-American Foundation for Economic Research & Education (PAFERE) Polonia www.pafere.org Center for Institutional Analysis and Development (CADI) Rumania www.cadi.ro Center for Liberal-Democratic Studies Serbia www.clds.rs/newsite/naslovna.html The Free Market Foundation Sudáfrica www.freemarketfoundation.com Eudoxa Suecia www.eudoxa.se Timbro Suecia www.timbro.se/en Liberales Institut Suiza www.libinst.ch Institute of Future Studies for Development (IFD) Tailandia www.ifd.or.th Association for Liberal Thinking Turquía www.liberal.org.tr The Ukrainian Reform Support Foundation Ucrania Centro de Divulgación del Conocimiento Económico (CEDICE) Venezuela Zambia Institute for Public Policy Analysis (ZIPPA) Zambia - 20 - www.cedice.org.ve COMPOSICIÓN Y COBERTURA DEL ÍNDICE Este capítulo presenta el concepto detrás del desarrollo del Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI), los tres componentes básicos y las 10 variables utilizadas para compilarlo. También incluye notas explicativas detalladas sobre la metodología empleada para crear este índice y el conjunto de países del IPRI 2013. El capítulo concluye señalando algunas de las limitaciones de este estudio y se presentan las consideraciones futuras. El Concepto El IPRI fue desarrollado para servir como un barómetro de la situación de los derechos de propiedad en todo el mundo. El autor revisó una amplia gama de literatura sobre derechos de propiedad para conceptualizar y hacer operativa la definición de este concepto. Siguiendo las convenciones establecidas por índices anteriores, varios expertos y practicantes en el tema de derechos de propiedad han sido consultados para finalizar el conjunto de categorías (que a partir de ahora denominaremos como “componentes) así como variables (“subcomponentes”) que conforman los componentes. Estos son los tres componentes básicos del IPRI: 1. Entorno político y legal (LP) 2. Derechos de propiedad física (PPR) 3. Derechos de propiedad intelectual (IPR) El entorno político y legal (LP) tiene un impacto significativo en el desarrollo y protección de los derechos de propiedad físicos e intelectuales. Como tal, las medidas de este componente son mucho más amplias en su alcance; proporcionan una visión sobre el impacto de la estabilidad política y el estado de derecho en un país. Los otros dos componentes, Derechos de propiedad física e intelectual (PPR e IPR) reflejan las dos formas de derechos de propiedad cruciales para el desarrollo económico de un país. Las variables incluidas en estas dos categorías representan tanto los derechos de iure como los derechos de facto de los países considerados. - 21 - Variables El IPRI 2013 incluye un total de 10 variables, que se dividen en los tres componentes principales: LP, PPR e IPR. A pesar de que el autor consideró varias variables relacionadas con los derechos de propiedad, la versión final del IPRI se centra sólo en los factores fundamentales que se relacionan directamente con la fortaleza y la protección de los derechos de propiedad física e intelectual. Otro punto a considerar es que se dio preferencia a las variables que estaban disponibles para un mayor número de países y que se han actualizado de forma regular. Esto se hizo para asegurar que las puntuaciones finales fueran comparables entre los países y los años. Figura 1. Estructura del IPRI 1. Entorno político y legal (LP) Independencia judicial Estado de derecho Estabilidad política Control de la corrupción 2. Derechos de propiedad física (PPR) Protección de derechos de propiedad física Registro de propiedad Acceso a préstamos 3. Derechos de propiedad intelectual (IPR) Protección de derechos de propiedad intelectual Protección a patentes Piratería Entorno Político y Legal (LP) Inclusive los derechos de iure de propiedad más completos no se pueden aplicar a menos que exista un fuerte Estado de derecho e independencia del poder judicial para hacerlos cumplir. Como se puede apreciar en los recientes acontecimientos del Medio Oriente, la falta de derechos de propiedad y libertad económica puede generar una inestabilidad política y económica. Por lo tanto, el autor considera los siguientes cuatro subcomponentes como los cimientos del componente LP. - 22 - Independencia judicial Esta variable examina la libertad del poder judicial bajo la influencia de los grupos políticos y de empresarios. La independencia del poder judicial es central para la protección robusta y el apoyo soberano de los tribunales a la propiedad privada. (Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico Mundial) Estado de Derecho Esta variable mide el grado en que los agentes de la fuerza laboral confían y respetan en las reglas de la sociedad. En particular mide la calidad del cumplimiento de contratos, de la policía y los tribunales, así como la probabilidad de crimen y violencia. La variable combina varios indicadores, incluyendo la equidad, la honestidad, el cumplimiento y la velocidad del sistema judicial, la protección de los derechos de propiedad privada, y la rendición de cuentas del poder judicial y ejecutivo. Esta variable complementa la variable de independencia judicial. (Fuente: Indicadores Mundiales de Gobernabilidad, actualización 2012, del Banco Mundial) Estabilidad política El grado de estabilidad política influye de manera crucial en el incentivo para obtener o ampliar la propiedad y / o gestión de la propiedad. Cuanto mayor es la probabilidad de inestabilidad del gobierno, menor la probabilidad de que la gente adquiera una propiedad y tenga confianza en la validez de los derechos inherentes. (Fuente: Indicadores Mundiales de Gobernabilidad, actualización 2012, del Banco Mundial) Control de la Corrupción Esta variable combina varios indicadores que miden el grado en que se ejerce el poder público para el beneficio privado. Esto incluye formas de pequeña y gran escala de la corrupción, así como “secuestros” del Estado por minorías selectas e intereses privados. Al igual que - 23 - las otras variables en el componente LP, la corrupción influye en la confianza del pueblo en la existencia de una implementación robusta y el cumplimiento de los derechos de propiedad. La corrupción refleja el grado de informalidad en la economía, que entorpece el respeto a la propiedad privada legal. (Fuente: Indicadores Mundiales de Gobernabilidad, actualización 2012, del Banco Mundial) Derechos de propiedad física (PPR) Un régimen sólido de derechos de propiedad obtiene la confianza de la gente por su eficacia para proteger los derechos de propiedad privada. También se caracteriza por facilitar las transacciones relacionados con el registro de propiedad. Por último, permite el acceso al crédito necesario para convertir la propiedad en capital. Por estas razones, las siguientes variables se utilizan para medir la propiedad física privada. Protección de los derechos de propiedad física Esta variable se relaciona directamente con la fortaleza del sistema de derechos de propiedad intelectual de un país, ya que refleja las opiniones de los expertos sobre la calidad de la protección judicial de la propiedad privada, incluyendo los activos financieros. Además, incluye las opiniones de los profesionales sobre la claridad de la definición legal de los derechos de propiedad. (Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico Mundial) Registro de la propiedad Esta variable refleja el punto de vista de las empresas en lo difícil que es registrar una propiedad tanto en términos del número de días como en trámites necesarios. De acuerdo con el Reporte Doing Business 2013, la variable registra la secuencia completa de los trámites necesarios para transferir el título de propiedad de terrenos o inmuebles del vendedor al comprador. Esta información es crítica debido a que entre más difícil sea registrar una propiedad, es más probable que los bienes permanezcan en el sector informal, limitando el desarrollo de un público más amplio que entienda y apoye un sistema legal y de derechos de propiedad robusto. - 24 - Por otra parte, las barreras al registro desalientan el movimiento de los bienes de menor a mayor valor de uso. Esta variable refleja uno de los principales argumentos económicos expuestos por Hernando de Soto. (Fuente: Reporte Doing Business 2013 del Banco Mundial) Acceso a préstamos Esta variable se incluye en el IPRI porque el acceso a un crédito bancario sin garantía sirve como una aproximación al nivel de desarrollo de las instituciones financieras de un país. Las instituciones financieras desempeñan un papel complementario, junto con un fuerte sistema de derechos de propiedad, para atraer bienes económicos a la economía formal. (Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico Mundial) Derechos de propiedad intelectual (IPR) En el componente de derechos de propiedad intelectual se evalúa la protección de la propiedad intelectual. Además de una medida basada en opiniones sobre la protección de la propiedad intelectual, se evalúa la protección de las dos formas principales de derechos de propiedad intelectual (patentes y derechos de autor) desde las perspectivas de iure y de facto. Protección de derechos de propiedad intelectual Esta variable contiene los resultados de encuestas que reflejan la protección de la propiedad intelectual de una nación, por lo que es un aspecto fundamental del componente IPR. Se le solicitó a expertos de cada país que calificaran la protección de la propiedad intelectual, dando notas de “débil y no se cumple la ley” a “fuerte y se cumple la ley”. (Fuente: Informe Global de Competitividad 2012-2013 del Foro Económico Mundial) Protección a patentes Esta variable refleja la solidez de las leyes de patentes de un país de acuerdo a cinco amplios criterios: la cobertura, la participación en los - 25 - tratados internacionales, las restricciones a los derechos de patente, el cumplimiento de las leyes y la duración de la protección. (Fuente: Índice de los Derechos de Patentes 2005 de Ginarte-Park) Piratería El nivel de piratería en el sector de la propiedad intelectual es un importante indicador de la eficacia para hacer cumplir las leyes en un país. La información para esta variable se recogió a partir de la presentación de la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual (IIPA) dentro del Informe Especial 301, preparado por el representante de Comercio de los Estados Unidos en el contexto de su revisión anual de las prácticas de los países en materia de propiedad intelectual. Esta presentación contiene información sobre el nivel de piratería en industrias protegidas por derechos de autor, incluyendo aquellas de software empresarial y la música. Debido a que esta variable refleja resultados de facto basados en “datos duros”, se califica a un país en función de su eficacia en la protección de los IPR. Los datos de la IIPA se complementaron con las estadísticas más actualizadas disponibles de la Business Software Alliance (BSA) y la International Data Corporation (IDC). (Fuente: Informe Especial 301 2013 de la Alianza Internacional de Propiedad Intelectual, Noveno Estudio Anual de BSA e IDC de Piratería de Software Global (2011) Notas explicativas sobre la metodología La escala de calificación global del IPRI va de 0 a 10, donde 10 representa el mayor nivel de protección y 0 refleja la inexistencia de seguridad en los derechos de propiedad de un país. Del mismo modo, cada componente y variable se califica del 0 al 10. Si bien los mecanismos para calcular promedios para las calificaciones finales del IPRI asumen que todos los componentes y subcomponentes tienen la misma importancia, el autor reconoce que se podrían ponderar las variables para capturar de mejor manera la importancia relativa de los diferentes aspectos del sistema de derechos de propiedad de un país. Se exhorta a que futuros reportes del IPRI exploren esta posibilidad. El IPRI 2013 se enfoca en el periodo de 2009 a 2013. Los datos se recopilan de diferentes fuentes, lo cual implica que las ediciones - 26 - más recientes se publicaron en diferentes momentos. Para el análisis se consideró como la opción más lógica incluir la información más reciente para el IPRI 2013, y añadir, a falta de ésta, la información de años anteriores. Así, si la información de una variable sólo estaba disponible hasta 2011 (porque las ediciones del 2012 y 2013 no han sido publicadas), se toma la edición 2011 como la más reciente, y no la de 2013. La mayoría de los datos tienen un retraso de 1 año (ver Apéndice II), por lo que este “procedimiento de armonización temporal de los subcomponentes” no debe afectar el análisis. Los 10 subcomponentes del IPRI se recopilan de diferentes fuentes. Prácticamente todos los valores se ajustan a la escala de 0 a 10. Países El Índice Internacional de Derechos de Propiedad del 2013 incluye a un total de 131 países de todo el mundo. La selección de los países se determinó simplemente por la disponibilidad de datos. Para aumentar la significatividad de los datos y el análisis sólo se mantuvieron los datos por año y por país que cumplieran con las siguientes reglas: 3 subcomponentes disponibles para el Entorno político y legal (LP), 2 subcomponentes disponibles para los Derechos de propiedad física (PPR) y 2 subcomponentes disponibles para Derechos de propiedad intelectual (IPR). En otras palabras, si un país en un año determinado no tenía información disponible para 3 subcomponentes de LP, 2 de PPR y 2 de IPR, se excluyó del análisis. Los 131 países incluidos en el IPRI 2013 se agrupan en 7 regiones: Latinoamérica y el Caribe (LAC), Europa Occidental (WE), Europa Central/del Este y Asia Central (CEECA), Medio Oriente y Magreb (MENA), África (A), Asia y Oceanía (AO) y Norteamérica (NA). Limitaciones y consideraciones futuras Los datos empleados para la construcción del IPRI se recopilan de fuentes ajenas (por ejemplo el Banco Mundial o el Foro Económico Mundial) y no los genera el autor. Aunque esto ayuda a reducir las posibilidades de que haya sesgos, limita la habilidad del autor para reconstruir datos faltantes. Al igual que en el pasado, el presente estudio sigue estando limitado por la disponibilidad de datos sobre derechos de propiedad intelectual, - 27 - especialmente por la falta de información sobre marcas. En 2009, el subcomponente de marcas se retiró del análisis debido a la falta de información actualizada, situación que aún persiste. Sin embargo, el autor confía que en los próximos años habrá información confiable debido al desarrollo de nuevas bases de datos por fuentes confiables. Además, los datos de derechos de propiedad intelectual podrían verse beneficiados con mejores medidas de los esfuerzos por hacer cumplir la ley por parte de los gobiernos, grupos del sector privado y organizaciones sin fines de lucro. Del mismo modo, el componente PPR se podría mejorar mediante la inclusión de “datos duros” sobre el aseguramiento de los derechos de propiedad. Éstas siguen siendo las áreas de los datos que conforman el IPRI que podrían mejorar. Finalmente, aspectos de tiempo y secuencia siguen siendo utilizados en el séptimo año de publicación. Sin embargo, la naturaleza de las instituciones es tal, que los efectos de los cambios en ellas no se ven sino con el paso de los años. Además, la falta de datos actualizados sobre los resultados económicos interfiere significativamente con este análisis. El autor espera que estas limitaciones sean superadas en el futuro y que la relación teórica entre las instituciones de derechos de propiedad y el bienestar económico, pueda ser probada empíricamente con métodos más robustos. RESULTADOS PARA MÉXICO Este capítulo presenta los resultados del Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI) 2013. A continuación se presenta una breve introducción de los datos y los resultados. Éstos se presentan principalmente por lugares; siendo los países con mayor puntuación los que ocupan los primeros lugares. Los resultados se presentan empezando por la clasificación de acuerdo a las puntuaciones generales en el IPRI, seguido de las clasificaciones de acuerdo a las puntuaciones por subcomponente. El capítulo concluye con un análisis descriptivo de la relación entre las puntuaciones del IPRI e indicadores económicos importantes. Breve introducción a los datos Las posiciones del IPRI 2013 se calculan a partir de datos de fuentes oficiales publicadas por organizaciones internacionales reconocidas (Apéndice I). La mayoría de estas fuentes obtienen sus datos a través - 28 - de encuestas. Por lo general, expertos en el tema son consultados y sus opiniones se recopilan usando una escala numérica. Las posiciones de este documento se basan en la percepción de la relativa fortaleza (o debilidad) de los derechos de propiedad de un país de los expertos. A pesar de que usan métodos fiables para recopilar la información a partir de encuestas y de que se pueden considerar medidas válidas de la situación real de los derechos de propiedad de un país, no están libres de ser subjetivas. Sin embargo, esta limitante no aplica para todas las variables. De hecho, las excepciones son: el número de trámites, nivel de piratería, y el número de días necesarios para registrar una propiedad (o abrir un negocio). No obstante que la información de éstas se recopila mediante encuestas, reportan información de facto (es decir, hechos concretos). Los futuros reportes del IPRI deberían considerar aumentar la proporción de datos basados en hechos para mejorar la confiabilidad del análisis. Algunos ejemplos podrían ser datos del cumplimiento de derechos de propiedad y el grado de formalización de los derechos de propiedad. Estos datos están disponibles para algunas economías avanzadas. A pesar de que habría que sacrificar la disponibilidad de datos y la representatividad de todas las regiones en los resultados del análisis, sería quizá más apropiado iniciar una nueva recopilación de datos. Por último, los datos provienen de diferentes fuentes. Esto significa que los datos se encuentran en diferentes formatos (ordinal o cardinal) y en diferentes escalas. Debido a lo anterior, los datos se ajustan a la escala de 0 a 10 para compararlos entre países y entre los componentes y la puntuación general del IPRI. El reporte IPRI 2013 ofrece una clasificación de acuerdo a la fortaleza de los derechos de propiedad en 131 países analizados de manera individual y por quintiles. Finlandia es el primer lugar en la clasificación general. De hecho, Finlandia es también el primer lugar para cada uno de los componentes del IPRI. - 29 - Figura Puntuaciones globales Figura 2.2:Puntuaciones globalesdel delIPRI IPRI Finlandia1 Nueva Zelanda 2 Suecia 2 Noruega 4 Países Bajos 5 Suiza 5 Luxemburgo 7 Singapur 7 Dinamarca 9 Canadá 9 Australia 11 Austria 12 Reino Unido 12 Hong Kong 14 Japón 14 Alemania 14 Estados Unidos 17 Bélgica 18 Irlanda 18 Francia 20 Qatar 20 Islandia 22 Emiratos Árabes Unidos 22 Taiwán (China) 22 Malta 25 Sudáfrica 26 Portugal 26 Chile 26 Estonia 29 Israel 29 Omán 31 Chipre 31 República Checa 33 Malasia 33 España 33 Bahréin 33 Arabia Saudita 37 Puerto Rico (EUA) 37 Corea del Sur 37 Hungría 40 Botsuana 40 Mauricio 40 Eslovaquia 40 Uruguay 44 Polonia 44 Ruanda 44 Italia 47 Jordania 48 Lituania 48 Eslovenia 48 Costa Rica 51 Kuwait 52 Letonia 53 Trinidad y Tobago 53 Brunéi 53 Panamá 56 Brasil 56 Turquía 58 Bulgaria 58 India 58 Ghana 58 China 58 Grecia 63 Jamaica 63 Liberia 65 Marruecos 65 Rumania 65 Croacia 68 México 68 Colombia 68 Gabón 68 Tailandia 72 Suazilandia 72 Montenegro 72 Burkina Faso 72 Malaui 72 Benín 77 Perú 77 Sri Lanka 77 Filipinas 77 Mali 81 Tanzania 81 Macedonia 81 Uganda 81 Indonesia 81 Zambia 81 Sierra Leona 87 El Salvador 87 Honduras 87 Egipto 87 Guyana 91 Mauritania 91 Guatemala 91 Bolivia 91 Vietnam 91 Argentina 96 República Dominicana 96 Armenia 96 Mozambique 96 Kenia 96 Ecuador 96 Rusia 102 Azerbaiyán102 Senegal 102 Kazajistán 102 Nepal 102 Serbia 107 Etiopía 107 Bosnia y Herzegovina 107 Nicaragua 107 Camerún 111 Irán 111 Paraguay 113 Albania 113 Líbano 113 Madagascar 113 Georgia 113 Ucrania 113 Paquistán 119 Moldavia 119 Chad 121 Costa de Marfil 122 Nigeria 122 Zimbabue 124 Argelia 125 Bangladesh 126 Libia 127 Haití 127 Burundi 127 Venezuela 127 Yemen 131 8.6 8.4 8.4 8.3 8.2 8.2 8.1 8.1 8.0 8.0 7.9 7.8 7.8 7.7 7.7 7.7 7.6 7.5 7.5 7.3 7.3 7.2 7.2 7.2 7.0 6.8 6.8 6.8 6.7 6.7 6.6 6.6 6.5 6.5 6.5 6.5 6.4 6.4 6.4 6.3 6.3 6.3 6.3 6.2 6.2 6.2 6.1 6.0 6.0 6.0 5.9 5.8 5.7 5.7 5.7 5.6 5.6 5.5 5.5 5.5 5.5 5.5 5.4 5.4 5.3 5.3 5.3 0.0 2.0 4.0 6.0 0.0 8.0 10.0 I 5.2 5.2 5.2 5.2 5.1 5.1 5.1 5.1 5.1 5.0 5.0 5.0 5.0 4.9 4.9 4.9 4.9 4.9 4.9 4.8 4.8 4.8 4.8 4.7 4.7 4.7 4.7 4.7 4.6 4.6 4.6 4.6 4.6 4.6 4.5 4.5 4.5 4.5 4.5 4.4 4.4 4.4 4.4 4.3 4.3 4.2 4.2 4.2 4.2 4.2 4.2 4.1 4.1 4.0 3.9 3.9 3.8 3.7 3.5 3.4 3.4 3.4 3.4 3.1 - 30 - 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 De manera interesante, los países escandinavos obtuvieron altas calificaciones en el IPRI (por ejemplo Suecia #2, Noruega #4, y Dinamarca #9). En general, los países del norte de Europa tienen sistemas robustos de derechos de propiedad (Países Bajos #5 y Luxemburgo #7). Además, Canadá, Nueva Zelanda y Singapur son los únicos países no miembros de la Unión Europea en las primeras 10 posiciones. Al examinar cada uno de los componentes, en el rubro de Derechos de propiedad física (PPR) sobresalen: Bahréin (#6), Emiratos Árabes Unidos (#7) y Omán (#10). En cuanto al Entorno político y legal (LP) y Derechos de propiedad intelectual (IPR), los primeros 10 lugares son prácticamente los mismos que en la clasificación general. Yemen ocupa la posición 131 en la clasificación general. La mayoría de los países en los últimos 10 lugares son africanos a excepción de Bangladesh (#126), Haití (empate #127) y Venezuela (empate #127). Al realizar el análisis por componente, es interesante el hecho de que muchos de los últimos lugares son de países del centro/este de Europa y Asia Central como Georgia (#130), Moldavia (#128), Armenia (#126), Albania (#120) y Serbia (#120). De forma más completa la Figura 3 presenta las posiciones del IPRI por quintil para las 131 naciones de la muestra. En general, el número de países que pertenece a cada quintil incrementa del 20% superior al 20% inferior. En este sentido, el análisis cualitativo de la clasificación general del IPRI por quintil sugiere una asimetría negativa. Clasificación por componentes El IPRI se basa en tres componentes principales que se evalúan independientemente para cada país. Las siguientes figuras (Figura 4-6) muestran las calificaciones y posiciones de los 131 países para cada uno de los componentes del índice (LP, PPR e IPR). - 31 - - 32 - más fuerte más débil Finlandia Nueva Zelanda Noruega Países Bajos Suiza Luxemburgo Singapur Dinamarca Canadá Australia Austria Reino Unido Hong Kong Japón Alemania Estados Unidos Bélgica 20% superior Irlanda Francia Qatar Islandia Emiratos Árabes Unidos Taiwán (China) Malta Sudáfrica Portugal Chile Estonia Israel Omán Chipre República Checa Malasia España Bahréin Arabia Saudita Puerto Rico (EUA) Corea del Sur Hungría Segundo quintil Botsuana Mauricio Eslovaquia Uruguay Polonia Ruanda Italia Jordania Lituania Eslovenia Costa Rica Kuwait Letonia Trinidad y Tobago Brunéi Panamá Brasil Turquía Bulgaria India Ghana China Grecia Jamaica Liberia Tercer quintil Marruecos Rumania Croacia México Colombia Gabón Tailandia Suazilandia Montenegro Burkina Faso Malaui Benín Perú Sri Lanka Filipinas Mali Tanzania Macedonia Uganda Indonesia Zambia Sierra Leona El Salvador Honduras Egipto Guyana Mauritania Guatemala Bolivia Vietnam Cuarto quintil Figura 3. Posiciones en el IPRI por quintil Figura 3: Posiciones en el IPRI por quintil Argentina República Dominicana Armenia Mozambique Kenia Ecuador Rusia Azerbaiyán Senegal Kazajistán Nepal Serbia Etiopía Bosnia y Herzegovina Nicaragua Camerún Irán Paraguay Albania Líbano Madagascar Georgia Ucrania Paquistán Moldavia Chad Costa de Marfil Nigeria Zimbabue Argelia Bangladesh Libia Haití Burundi Venezuela Yemen 20% inferior - 33 - Finlandia 1 Nueva Zelanda 1 Suecia 3 Noruega 3 Dinamarca 5 Países Bajos 5 Luxemburgo 7 Suiza 7 Canadá 9 Singapur 10 Australia 10 Islandia 12 Hong Kong 13 Irlanda 13 Alemania 15 Austria 16 Reino Unido 17 Japón 17 Bélgica 19 Qatar 20 Chile 21 Francia 22 Estados Unidos 23 Malta 23 Botsuana 25 Estonia 25 Uruguay 25 Brunéi 28 Emiratos Árabes Unidos 29 Taiwán (China) 30 Chipre 31 Mauricio 31 Eslovenia 33 Portugal 33 Polonia 35 España 35 República Checa 37 Omán 37 Puerto Rico (EUA) 37 Costa Rica 37 Israel 41 Hungría 42 Corea del Sur 43 0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 8.9 8.9 8.7 8.7 8.6 8.6 8.5 8.5 8.4 8.3 8.3 8.2 8.1 8.1 8.0 7.8 7.7 7.7 7.6 7.5 7.4 7.3 7.2 7.2 7.1 7.1 7.1 7.0 6.9 6.8 6.7 6.7 6.5 6.5 6.4 6.4 6.3 6.3 6.3 6.3 6.1 6.0 5.9 Kuwait 43 Letonia 45 Lituania 45 Eslovaquia 47 Sudáfrica 47 Malasia 47 Ruanda 47 Italia 51 Bahréin 52 Arabia Saudita 53 Jordania 54 Montenegro 54 Ghana 54 Brasil 57 Trinidad y Tobago 57 Croacia 59 Grecia 60 Malaui 61 Bulgaria 62 Jamaica 62 Zambia 62 Rumania 65 Sri Lanka 65 Turquía 67 Marruecos 67 Tanzania 69 Vietnam 69 Tailandia 71 Georgia 71 Suazilandia 71 India 71 Macedonia 71 Gabón 76 Mozambique 76 Panamá 76 El Salvador 76 Liberia 76 China 76 Guyana 82 Benín 82 Serbia 82 Armenia 82 México 82 Bosnia y Herzegovina 82 0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 5.9 5.8 5.8 5.7 5.7 5.7 5.7 5.6 5.5 5.4 5.3 5.3 5.3 5.2 5.2 5.1 5.0 4.9 4.8 4.8 4.8 4.7 4.7 4.6 4.6 4.5 4.5 4.4 4.4 4.4 4.4 4.4 4.3 4.3 4.3 4.3 4.3 4.3 4.2 4.2 4.2 4.2 4.2 4.2 Argentina 82 Honduras 89 Senegal 90 Albania 90 Egipto 90 Colombia 90 Kazajistán 90 Moldavia 90 Indonesia 90 República Dominicana 90 Burkina Faso 90 Sierra Leona 99 Perú 99 Bolivia 99 Uganda 102 Mali 102 Azerbaiyán 104 Nicaragua 105 Ucrania 105 Guatemala 105 Filipinas 108 Madagascar 108 Irán 108 Mauritania 111 Kenia 111 Ecuador 113 Paraguay 113 Rusia 113 Libia 113 Argelia 113 Camerún 113 Nepal 113 Etiopía 120 Bangladesh 120 Paquistán 122 Líbano 122 Nigeria 124 Zimbabue 125 Costa de Marfil 126 Haití 126 Chad 128 Burundi 129 Venezuela 130 Yemen 130 0.0 2.0 4.0 6.0 4.2 4.1 4.0 4.0 4.0 4.0 4.0 4.0 4.0 4.0 4.0 3.9 3.9 3.9 3.8 3.8 3.7 3.6 3.6 3.6 3.5 3.5 3.5 3.4 3.4 3.3 3.3 3.3 3.3 3.3 3.3 3.3 3.2 3.2 3.0 3.0 2.9 2.7 2.6 2.6 2.5 2.3 2.1 2.1 8.0 Figura 4. Posiciones por calificaciones en subcomponente LP ( Entorno político y legal) Figura 4: Posiciones por calificaciones en sub componente LP (Entorno político y legal) 10.0 Figura 5: Posiciones por calificaciones en sub componente PPR (Derechos de propiedad física) Figura 5. Posiciones por calificaciones en subcomponente PPR (Derechos de propiedad física) Finlandia 1 Noruega 1 Nueva Zelanda 3 Singapur 3 Suecia 3 Bahréin 6 Hong Kong 7 Suiza 7 Emiratos Árabes Unidos 7 Omán 10 Qatar 10 Taiwán 10 Malasia 13 Países Bajos 13 Canadá 15 Luxemburgo 15 Arabia Saudita 15 Austria 18 Australia 18 Malta 20 Reino Unido 20 Estados Unidos 22 Japón 22 Dinamarca 22 Chile 25 Mauricio 25 Sudáfrica 25 Alemania 25 Panamá 29 Chipre 29 Ruanda 29 Islandia 32 Botsuana 32 Estonia 32 Bélgica 35 Jordania 35 China 35 Francia 38 Tailandia 38 Israel 38 Indonesia 38 Portugal 38 Kuwait 43 Perú 43 India 43 Armenia 43 Eslovaquia 47 Irlanda 47 Turquía 47 Azerbaiyán 50 Montenegro 50 República Checa 50 Lituania 53 Líbano 53 Zambia 53 España 53 Guatemala 53 Letonia 53 Macedonia 59 Costa Rica 59 Corea del Sur 59 Uruguay 59 Liberia 59 Marruecos 64 Puerto Rico (EUA) 64 Colombia 64 Italia 64 Filipinas 64 Nepal 69 Kazajistán 69 Gabón 69 El Salvador 69 Polonia 69 Brasil 69 Bulgaria 69 Georgia 69 Honduras 77 Hungría 77 Rumania 77 Kenia 77 México 81 Paquistán 81 Moldavia 81 Sri Lanka 81 Mali 81 Eslovenia 86 Burkina Faso 86 República Dominicana 86 Egipto 86 Suazilandia 86 Paraguay 86 Uganda 86 Vietnam 86 Bolivia 86 Jamaica 86 Ghana 86 Trinidad y Tobago 97 Irán 97 Camerún 97 Malaui 97 Guyana 97 Croacia 97 Nicaragua 103 Mauritania 103 Benín103 Serbia 103 Ecuador 103 Brunéi 108 Rusia 108 Bosnia y Herzegovina 108 Tanzania 108 Senegal 108 Etiopía 113 Grecia 113 Mozambique 113 Yemen 116 Costa de Marfil 116 Sierra Leona 116 Zimbabue 116 Albania 116 Madagascar 121 Chad 122 Ucrania 123 Venezuela 124 Argentina 124 Nigeria 124 Bangladesh 127 Argelia 128 Libia129 Burundi 129 Haití 131 8.3 8.3 8.2 8.2 8.2 8.1 7.9 7.9 7.9 7.8 7.8 7.8 7.7 7.7 7.6 7.6 7.6 7.4 7.4 7.3 7.3 7.2 7.2 7.2 7.1 7.1 7.1 7.1 7.0 7.0 7.0 6.9 6.9 6.9 6.8 6.8 6.8 6.7 6.7 6.7 6.7 6.7 6.6 6.6 6.6 6.6 6.5 6.5 6.5 6.4 6.4 6.4 6.3 6.3 6.3 6.3 6.3 6.3 6.2 6.2 6.2 6.2 6.2 6.1 6.1 6.1 0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 6.1 6.1 6.0 6.0 6.0 6.0 6.0 6.0 6.0 6.0 5.9 5.9 5.9 5.9 5.8 5.8 5.8 5.8 5.8 5.7 5.7 5.7 5.7 5.7 5.7 5.7 5.7 5.7 5.7 5.7 5.6 5.6 5.6 5.6 5.6 5.6 5.5 55 5.5 5.5 5.5 5.5 5.4 5.4 5.4 5.4 5.4 5.3 5.3 5.3 5.2 5.2 5.2 5.2 5.2 5.1 5.0 4.8 4.7 4.7 4.7 4.6 4.5 4.4 4.4 3.4 0.0 10.0 - 34 - 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 Figura 6. porencalificaciones enIPR subcomponente IPR Figura 6: Posiciones porPosiciones calificaciones sub componente (Derechos de propiedad intelectual (Derechos de propiedad intelectual) Finlandia 1 Suiza 2 Reino Unido 2 Países Bajos 2 Estados Unidos 2 Japón 2 Nueva Zelanda 7 Luxemburgo 7 Suecia 7 Canadá 10 Austria 10 Dinamarca 10 Alemania 10 Bélgica 10 Singapur 15 Noruega 15 Irlanda 15 Francia 15 Australia 15 Sudáfrica 20 Israel 21 Portugal 22 Hong Kong 22 Taiwán (China) 22 Corea del Sur 25 Hungría 26 Puerto Rico (EUA) 26 Emiratos Árabes Unidos 26 República Checa 26 España 30 Eslovaquia 31 Qatar 31 Italia 31 Malta 34 Islandia 34 Trinidad y Tobago 36 Malasia 37 Chipre 37 Polonia 37 Arabia Saudita 37 Estonia 41 Chile 42 Grecia 42 Lituania 42 Bahréin 42 Jamaica 46 Jordania 46 Eslovenia 46 Ruanda 46 Omán 50 México 50 Bulgaria 50 Ghana 53 Colombia 53 Brasil 53 Panamá 56 India 56 Turquía 56 Burkina Faso 56 China 60 Rumania 60 Gabón 62 Benín 62 Liberia 62 Uganda 62 Mauritania 62 Filipinas 62 Sierra Leona 68 Uruguay 68 Suazilandia 70 Marruecos 70 Costa Rica 70 Mali 70 Letonia 74 Botsuana 74 Mauricio 74 Rusia 77 Ecuador 77 Kuwait 77 Tanzania 77 Argentina 81 Croacia 81 Etiopía 81 Egipto 84 Malaui 84 Brunéi 86 Perú 87 Bolivia 87 Chad 89 Honduras 89 Sri Lanka 89 Kenia 89 Guyana 93 Ucrania 93 Mozambique 93 Macedonia 96 El Salvador 96 Senegal 96 Tailandia 96 Nepal 96 Guatemala 101 Indonesia 101 Haití 101 Camerún 101 Nigeria 101 Nicaragua 101 República Dominicana 107 Madagascar 107 Costa de Marfil 109 Irán 109 Vietnam 109 Zambia 112 Montenegro 113 Paraguay 113 Bosnia y Herzegovina 115 Burundi 115 Kazajistán 115 Zimbabue 115 Paquistán 115 Azerbaiyán 120 Argelia 120 Serbia 120 Venezuela120 Albania 120 Líbano 125 Armenia 126 Bangladesh 127 Moldavia 128 Libia 128 Georgia 130 Yemen 131 8.6 8.3 8.3 8.3 8.3 8.3 8.2 8.2 8.2 8.1 8.1 8.1 8.1 8.1 7.9 7.9 7.9 7.9 7.9 7.5 7.3 7.1 7.1 7.1 7.0 6.9 6.9 6.9 6.9 6.7 6.6 6.6 6.6 6.5 6.5 6.2 6.1 6.1 6.1 6.1 6.0 5.9 5.9 5.9 5.9 5.8 5.8 5.8 5.8 5.7 5.7 5.7 5.6 5.6 5.6 5.5 5.5 5.5 5.5 5.4 5.4 5.3 5.3 5.3 5.3 5.3 0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 5.3 5.2 5.2 5.1 5.1 5.1 5.1 5.0 5.0 5.0 4.9 4.9 4.9 4.9 4.8 4.8 4.8 4.7 4.7 4.6 4.5 4.5 4.4 4.4 4.4 4.4 4.3 4.3 4.3 4.2 4.2 4.2 4.2 4.2 4.1 4.1 4.1 41 4.1 4.1 4.1 4.0 4.0 3.9 3.9 3.9 3.7 3.6 3.6 3.5 3.5 3.5 3.5 3.5 3.4 3.4 3.4 3.4 3.4 3.3 3.1 2.7 2.5 2.5 2.3 2.0 0.0 10.0 - 35 - 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 IPRI y situación económica El IPRI asume que existe una relación entre el régimen de derechos de propiedad y el desempeño económico de un país. De manera más específica, entre más efectivo sea el régimen de derechos de propiedad de un país, mejor desempeño económico debería tener. En este sentido, el IPRI se enfoca principalmente en un indicadores económicos: ingreso por hogar (HI), producto interno bruto (PIB) e inversión extranjera directa (FDI). En este reporte, sin embargo sólo se incluyen los resultados para el ingreso por hogar y el PIB. Puede consultar el reporte completo en línea: http://www.internationalpropertyrightsindex.org A continuación se mencionan las principales conclusiones. De acuerdo a la distribución del ingreso por hogar promedio por quintiles del IPRI (grupo de países de acuerdo a la calificación global del IPRI), los países con una calificación global alta se asocian a altos niveles de ingreso por hogar per cápita. En cuanto a la inversión extranjera, los países con regímenes de propiedad sólidos reciben más de ésta. Los países con un producto interno bruto per cápita menor tienden a tener bajas calificaciones globales en el IPRI. La Figura 7 muestra que, en promedio, los países en el quintil superior del IPRI tienen un ingreso per cápita aproximadamente siete veces mayor que el quintil inferior. Las estadísticas de la Figura 7 se basan en los promedios de las calificaciones globales del IPRI para los años 20092013 y en sus correspondientes datos del producto interno bruto (PIB) per cápita por PPA (paridad del poder adquisitivo) para los años 20072011. La misma relación existe cuando se utiliza sólo la información del IPRI 2013 y los datos de países con altos ingresos per cápita. Figura 7: Ingreso per cápita por quintil del IPRI PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes de 2005, dólares internacionales), 2007-2011 Figura 7. Ingreso per cápita por quintil del IPRI $45,000.00 $40,000.00 $38,287.85 $35,000.00 $30,000.00 $26,680.04 $25,000.00 $20,000.00 $15,692.88 $15,000.00 $10,000.00 - 36 - $5,000.00 $- 20% superior Segundo quintil Tercer quintil $5,140.91 Cuarto quintil $5,544.74 20% inferior La Figura 8 muestra la relación entre las calificaciones del IPRI (global y por componente) y el PIB per cápita. En general, las relaciones son fuertes y significativas. El coeficiente de correlación entre los valores del IPRI y los valores del PIB per cápita es de 0.79 (p<0.001). En cuanto a los componentes individuales (Figuras 9-11) la relación más fuerte es la de LP cuyo coeficiente de correlación es 0.80 (p<0.001). PPR e IPR respecto al PIB per cápita tienen coeficientes de correlación de 0.70 (p<0.001) y de 0.71 (p<0.001) respectivamente. Podemos concluir que hay una relación fuerte, positiva y significativa entre la fortaleza de los derechos de propiedad y los medidas de desempeño económico de un país. PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes de 2005, dólares internacionales), 2007-2011 Figura 8: Relación entre puntuaciones en el IPRI (global) y PIB per cápita F Figura 8. Relación entre puntuaciones en el IPRI (global) y PIB per cápita 80000.00 70000.00 60000.00 50000.00 40000.00 30000.00 20000.00 10000.00 0.00 0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 IPRI global, 2009-2013 9: Relación entresub subcomponente componente LPLP y PIB perper cápita FiguraFigura 9. Relación entre y PIB cápita PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes de 2005, dólares internacionales), 2007-2011 A 80000.00 70000.00 60000.00 50000.00 40000.00 30000.00 20000.00 10000.00 0.00 0.0 2.0 4.0 - 37 - 6.0 Puntuaciones LP, 2009-2013 8.0 10.0 PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes de 2005,dólares internacionales), 2007-2011 A 10: Relación entre subcomponente componente PPR y PIB per cápita Figura Figura 10. Relación entre sub PPR y PIB per cápita 80000.00 70000.00 60000.00 50000.00 40000.00 30000.00 20000.00 10000.00 0.00 0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 Puntuaciones PPR, 2009-2013 Figura 11: Relación entre sub componente IPR y PIB per cápita PIB promedio per cápita, PPA (precios constantes de 2005, dólares internacionales), 2007-2011 Figura 11. Relación entre sub componente IPR y PIB per cápita F 80000.00 70000.00 60000.00 50000.00 40000.00 30000.00 20000.00 10000.00 0.00 0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 Puntuaciones IPR, 2009-2013 - 38 - 7.0 8.0 9.0 Conclusión El Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI) 2013 sirve como un barómetro del estado de desarrollo de los derechos de propiedad físicos e intelectuales alrededor del mundo. Como en años anteriores, el índice revela la importante relación entre los derechos de propiedad, la libertad económica y el nivel de desarrollo de un país. Los resultados del análisis del IPRI sugieren que las economías más desarrolladas se caracterizan por altas calificaciones en el IPRI y en sus componentes, lo cual implica que existe una relación positiva entre el desarrollo económico y la fortaleza de los regímenes de derechos de propiedad. Además este hallazgo se confirma cuando se analizan grupos específicos como regiones diferentes o diferentes niveles de ingresos por hogar. Mientras que la causalidad no se estima en este reporte, es interesante mencionar que la evaluación cualitativa de las relaciones presentadas anteriormente muestra que los derechos de propiedad son un factor importante al estudiar el desarrollo y el desempeño económico de un país. A pesar de que no se consideran los costos a los que un país se enfrenta para desarrollar y conservar los derechos de propiedad, de todas formas existe una relación evidente entre la efectividad de los derechos de propiedad y el desarrollo económico de un país. Los futuros reportes del IPRI deberían explorar de manera más sistemática la relación entre los valores del IPRI y el desempeño económico de los países muestreados. De hecho, un diseño más apropiado (por ejemplo usando regresiones) podría ayudar a que el IPRI se evalúe quizá como antecedente del éxito económico, lo que implicaría una mayor necesidad de invertir en la creación de regímenes de derechos de propiedad sofisticados. - 39 - Tabla México (LAC) Posición en el mundo: 68 Posición en la región América Latina y Caribe: 9 Entorno legal y político Derechos de propiedad física Derechos de propiedad intelectual Global (IPRI) Tasa de crecimiento anual compuesta 2009-2013 Entorno legal y político: -0.6% Derechos de propiedad física: 0.0% Derechos de propiedad intelectual: +1.49% Índice IPRI: 0.0% De 2009 a 2013, la calificación global de México en el IPRI no ha variado mucho. Sin embargo, entre 2012 y 2013 aumentó 0.1 puntos debido a mejoras en los tres componentes. De 2012 a 2013 el Entorno legal y político aumentó 0.1 puntos. Los Derechos de propiedad física también aumentaron 0.1 puntos en este periodo por incrementos de 0.3 y 0.2 puntos en el Acceso a préstamos y la Protección de derechos de propiedad física, respectivamente. Finalmente, los Derechos de propiedad intelectual incrementaron 0.2 puntos durante el mismo periodo. Esta mejora se debe a un aumento de 0.4 puntos en el sub componente de Protección de los derechos de propiedad intelectual. - 40 - DERECHOS DE PROPIEDAD, LIBERTAD Y DESARROLLO ECONÓMICO Isaac Katz1 I. La importancia de los derechos de propiedad El desarrollo económico de cualquier país está íntimamente ligado a la libertad de la cual gozan los individuos para elegir, mismo que está sustentado en un régimen de derechos privados de propiedad. Aquellos países en los cuales los individuos gozan de un amplio ámbito de libertades, tanto en lo político como en lo económico, países en donde los derechos privados de propiedad están eficientemente definidos, garantizados y protegidos, son a su vez los países en los cuales el nivel de desarrollo económico es más elevado. El propósito de este ensayo es resaltar la estrecha relación que existe entre un régimen de propiedad privada de los medios de producción, la libertad de los individuos y el desarrollo económico. Empecemos definiendo los derechos privados de propiedad. Furubotn y Pejovich (1974) los definen como “las relaciones de comportamiento entre los individuos, legalmente sancionadas, que surgen de la existencia de bienes y que atañen a su utilización”. Por su parte, Alchian (1965) los define como “la asignación exclusiva a algún individuo para que decida los usos que desee de los bienes que son de su propiedad”. Finalmente, Barzel (1999) señala que “los derechos privados de propiedad que un individuo tiene sobre un bien o un activo se entienden como la habilidad individual, en términos esperados, de consumir el bien (o los servicios del activo) directamente o a través del intercambio”. El concepto de derechos de propiedad se aplica a todos los bienes escasos, materiales o inmateriales, y que por lo tanto tienen un precio positivo. Así, un derecho de propiedad privado es un derecho legalmente establecido de propiedad sobre un recurso escaso, derecho que es, por consecuencia, válido ante los tribunales. Como puede observarse de las tres definiciones, los derechos privados de propiedad constan de tres dimensiones: el derecho de posesión, el derecho de uso y el derecho de transferencia. El primero de estos derechos, el de posesión, tiene que ser considerado como un derecho 1 Departamento Académico de Economía. Instituto Tecnológico Autónomo de México. - 41 - natural de los individuos, al derivarse del derecho a la vida misma. Nadie, mas que el propio individuo, es dueño de sí mismo y, en consecuencia, ningún otro individuo puede tener o ejercer algún derecho o reclamo sobre la vida ajena. De este derecho natural a la vida es que se deriva el derecho legalmente reconocido que deben tener todos y cada uno de los individuos de la sociedad a poseer bienes, ya sea por el principio de “primera ocupación” o a través de su adquisición mediante transacciones que son enteramente voluntarias. Estando reconocido el derecho natural a la posesión, adquiere relevancia la segunda dimensión de los derechos de propiedad. Sabiendo cada individuo que los bienes que posee son efectivamente suyos, incluido su propio cuerpo, es que está en su interés darles aquél uso que considere es el más apropiado para lograr sus fines, en particular la maximización de su bienestar y el de su familia. Partiendo del hecho de que los recursos que se poseen son escasos y que su utilización conlleva incurrir en un costo de oportunidad, cada individuo buscará asignarlos hacia aquellos usos en donde la rentabilidad esperada sea la mayor posible, respetando siempre los derechos de propiedad de terceros,2 ya que es a partir de esto que el individuo generará el ingreso que le permita adquirir los bienes que desee consumir y con los cuales maximizar su bienestar. Cada individuo, actuando de esta forma e interactuando en mercados competitivos de bienes y de factores de la producción, deriva no solo en la maximización del bienestar individual y familiar sino también en la maximización del bienestar social. Finalmente, está el derecho a la transferencia, el cual establece que cada individuo tiene que ser libre de decidir si vende sus recursos, a quién se los vende y en qué circunstancias, en una operación de intercambio enteramente voluntaria, mismo que se da únicamente si existe un beneficio para las partes involucradas. Que las transacciones sean enteramente voluntarias implica, en consecuencia, que los mercados en los que se intercambian los bienes y recursos operen en un contexto de competencia. 2 Cualquier individuo puede utilizar libremente sus recursos a condición de que no interfiera con el derecho de otra persona para usar y disfrutar de sus propios recursos. O como Nozick (1974) lo expresó: “mis derechos de propiedad sobre mi cuchillo me permiten dejarlo donde yo quiera, menos en tu pecho”. Obviamente, un individuo puede decidir utilizar su capital para actividades consideradas ilegales, como el robo o el fraude, que al ser una transferencia involuntaria de riqueza del asaltado al ladrón, se constituye como una violación a los derechos privados de propiedad de terceros y, por lo mismo, tiene que ser penalizado. - 42 - Esto último es importante ya que cuando los derechos privados de propiedad están perfectamente definidos, se hace relevante el concepto de “libertad de contrato”, el cual tiene dos vertientes que son la “libertad de contratar” y la “libertad del contrato” o de obligación. El primero se refiere a que los individuos aceptan entrar en contratos, legalmente sancionados, de transferencia de los derechos de propiedad. El segundo se refiere a que a ningún individuo se le puede obligar a transferir, sin su consentimiento, los derechos de propiedad sobre sus bienes o persona, hecho que, por ejemplo, hace que la esclavitud sea una violación de esta libertad.3 De esta manera, el arreglo institucional de los derechos de propiedad que la sociedad adopte, será el principal determinante de quién se apropia de los beneficios que se derivan de la utilización de los recursos. Cuando estos derechos están eficientemente definidos, los individuos pueden tener una idea clara de que acciones pueden llevar a cabo con sus recursos. Esto último es esencial cuando las transacciones se llevan a cabo en el mercado, son, en efecto, transferencias voluntarias de los derechos de propiedad, es decir, el que vende una mercancía o un servicio, lo que efectivamente está haciendo es transferir el derecho de propiedad sobre la mercancía al comprador, recibiendo a cambio un pago por el valor del bien transferido. Al respecto, la “libertad de contratar” ayuda a asegurar que los cambios en el control de los recursos refleje el interés del dueño original ya que solamente si él consiente la transferencia, ésta podrá tener validez legal. Adicionalmente, el consentimiento para la transferencia de los derechos de propiedad sobre un recurso no se va a dar a menos que el poseedor del derecho valúe, ex ante, la distribución resultante de beneficios después de la transferencia más que el valor de esta distribución previo a la transferencia. Esto asegura que el principio de “libertad para contratar” genera los incentivos positivos para una transacción benéfica para ambas partes, al llegar a acuerdos motivados por el incentivo de recibir una ganancia derivada de la transacción. Un elemento esencial para que efectivamente pueda darse la libertad para contratar, que las transacciones sean enteramente voluntarias, es que el marco legal garantice la igualdad de oportunidades de acceso de los agentes a los diferentes mercados de bienes y servicios, incluyendo en estos al educativo, el de salud y el laboral, es decir, el sistema legal 3 Barnett (1998). - 43 - no puede, por principio, generar un sistema de privilegios para una minoría a costa del bienestar de la mayoría. Por lo mismo, para fomentar el desarrollo económico y maximizar el bienestar de los individuos es necesario promover la existencia de mercados competitivos, sean estos de bienes y servicios o de factores de la producción, ya que es en este tipo de estructuras de mercado en los cuales los participantes, demandantes y oferentes, concurren libremente para llevar a cabo, voluntariamente, las transacciones. Esto excluye, por ejemplo, la protección gubernamental de monopolios o de prácticas monopólicas, sean gubernamentales o privadas, la existencia de barreras al comercio internacional de bienes y servicios y la existencia de restricciones legales que efectivamente restringen la libertad de los individuos sobre qué bienes consumir y a quién comprárselos así como la libertad de los individuos sobre dónde y cuánto trabajar. La existencia de igualdad de oportunidades, el que los diferentes mercados que existen en una economía operen en un contexto de competencia, se constituye así como un elemento esencial para que los agentes económicos persigan su felicidad, paz y prosperidad interactuando continuamente con los otros miembros de la sociedad y, por consecuencia, se tienda a maximizar el ingreso y el bienestar de la sociedad en su conjunto. Por lo anterior, es crucial para fomentar el desarrollo económico, que en el diseño de las leyes y normas reglamentarias no se entorpezca el intercambio voluntario y la asignación eficiente de recursos, además de que deben estar limitados, en todo aspecto y tiempo, al respeto irrestricto de los derechos privados de propiedad. En este sentido, el papel del gobierno es dotar a la sociedad de un conjunto de leyes y reglamentos que induzcan la existencia de mercados competitivos tanto de bienes y servicios como de los factores de la producción y que garanticen la igualdad de oportunidades de acceso a estos mercados, de forma tal que los problemas económicos a los que se enfrenta cualquier sociedad puedan ser resueltos de la manera más eficiente y efectiva posible. Igual de importante que en el marco legal estén eficientemente definidos los derechos privados de propiedad, en sus tres dimensiones, es la existencia de un poder judicial independiente, imparcial, eficiente y expedito, uno que proteja los derechos privados de propiedad en contra de actos de terceros, incluido actos del propio gobierno, y garantice - 44 - el cumplimiento de los contratos entre particulares así como entre estos y el gobierno. Tal como señala Katz (2008), una economía en la cual exista incertidumbre de que los contratos van a ser honrados y que en caso de ello no suceda la parte afectada puede acudir ante el poder judicial para que sea éste quien obligue a la parte violatoria a cumplirlo o en su defecto adjudicar las garantías establecidas en el propio contrato, incrementa el riesgo de los proyectos de inversión y por lo mismo aumenta la tasa de rendimiento exigida ex ante para llevarlos a cabo, lo que se traduce en menor inversión, menor tasa de introducción de cambio tecnológico y, en consecuencia, menor nivel de desarrollo económico. Al respecto, Douglass North señaló que: “... la inhabilidad de las sociedades para desarrollar un sistema eficiente y de bajo costo para garantizar el cumplimiento de los contratos, es la fuente más importante tanto del estancamiento que históricamente ha afectado a los países del Tercer Mundo así como del actual subdesarrollo de estos países”.4 En resumen, para que un país pueda alcanzar altos niveles de desarrollo económico, caracterizado por altos niveles de ingreso por habitante y una distribución relativamente equitativa de la riqueza y del ingreso, es necesario como condición sine qua non, la existencia un íntegro estado de derecho, uno en el cual los derechos privados de propiedad estén eficientemente definidos en el marco legal y eficientemente protegidos por un poder judicial independiente e imparcial, uno en el cual exista igualdad de oportunidades de acceso a todos y cada uno de los mercados en la economía, uno en donde todos los mercados operen en un contexto de competencia. 4 Un contrato es el acuerdo entre dos partes en donde se establecen las condiciones que regirán la transferencia de los derechos de propiedad sobre un recurso o servicio, así como las penalidades para ambas partes en caso de incumplimiento. Si las partes que entran en un contrato, sea este civil o mercantil, no tienen la garantía de que en caso de que una de ellas viole el contrato, la afectada podrá acudir ante el poder judicial independiente e imparcial para que sea éste el que garantice y obligue a la parte violatoria a cumplir con el contrato, ya que de lo contrario, el riesgo implícito de obtener el rendimiento esperado sobre los activos propiedad de la empresa será mayor. Si ésta garantía no se le otorga a los inversionistas por parte del poder judicial, el rendimiento exigido ex ante para llevar a cabo los proyectos de inversión será mayor, lo que se traducirá en una menor inversión en la economía y en menor crecimiento económico. - 45 - II. La evidencia internacional y el caso de México Para efecto de sustentar lo establecido en el apartado anterior, en la siguiente gráfica se presenta para 118 países la relación que existe entre el lugar que ocupa cada país en el Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI) y el lugar que ocupa en el Índice de Desarrollo Humano de la ONU (IDH). El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad, elaborado por Property Rights Alliance y Americans for Tax Reform Foundation, toma en consideración los siguientes elementos: ambiente legal y político, independencia judicial, estado de derecho, corrupción, derechos legales sobre la propiedad física, protección de la propiedad física, registro público de la propiedad, definición legal de los derechos de propiedad intelectual, protección de los derechos de propiedad intelectual y protección de patentes. Por su parte, en el índice de Desarrollo Humano elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) se toman en consideración tres elementos: el PIB por habitante (ajustado por la paridad del poder de compra), la escolaridad media de la población y la esperanza de vida. Como puede observarse, existe una clara relación directa en la posición que ocupa cada país en ambos índices; entre más eficiente sea la definición y la protección de los derechos de propiedad (los primeros lugares en el IPRI), también se tiende a estar en los primeros lugares del índice de Desarrollo Humano. Por el contrario, en aquellos países en los cuales los derechos de propiedad no están eficientemente definidos y protegidos, tenderán a tener bajos niveles de desarrollo económico. - 46 - Grafica 1. Lugar en el Índice Internacional de Propiedad Y en el Índice de Desarrollo Humano Por lo que respecta a México, el valor que se le asigna en el Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013 es de 5.2, ocupando el lugar 49 de un total de 130 países evaluados, muy por debajo de nuestros socios del TLCAN (Estados Unidos y Canadá en la segunda y décima posición, respectivamente) y también por debajo de Chile, y apenas por encima muy ligeramente de Brasil, Colombia, Uruguay, Costa Rica y Panamá, en la región latinoamericana. Por subíndices tenemos lo siguiente: ambiente legal y político, 4.2 (82/ 130); independencia judicial, 4.8 (79/130); estado de derecho, 4 (86/130); corrupción, 4.3 (75/130); derechos legales sobre la propiedad física, 5.8 (80/130); protección de la propiedad física, 6 (70/130); registro público de la propiedad, 7.7 (97/130); definición legal de los derechos de propiedad intelectual, 5.7 (49/130); protección de los derechos de propiedad intelectual, 5 (71/130); protección de patentes, 7.8 (49/130); y piratería, 4.3 (50/130). Naturalmente, aunque la eficiente definición y protección de los derechos de propiedad son esenciales para insertarse en un proceso sostenido de desarrollo económico, existen otros elementos que también tienen que entrar en consideración, como son la estabilidad macroeconómica, un sistema tributario eficiente y no expropiatorio, - 47 - que exista competencia en los mercados de bienes, servicios y factores de la producción, que en la economía no existan barreras significativas al comercio internacional y al movimiento internacional de capitales, etcétera. Tomando lo anterior en consideración, y como complemento a la evaluación de México en Índice Internacional de Derechos de Propiedad, podemos acudir al Índice de Libertad Económica elaborado por el Instituto Fraser de Canadá. En la elaboración de este índice se toman en consideración los siguientes elementos: tamaño de gobierno, estructura jurídica y derechos de propiedad, estabilidad macroeconómica, libertad de comercio internacional y regulación crediticia, laboral y de la empresa. En la gráfica 2, se muestra la relación para los mismos 118 países entre el Índice de Desarrollo Humano y el Índice de Libertad Económica, en donde nuevamente se encuentra esa relación positiva entre mayor libertad económica y mayor desarrollo. Grafica 2. Lugar en el Índice de Libertad Económica y en el Índice de Desarrollo Humano - 48 - Para el caso particular de México, éste ocupa el lugar 94 dentro de un total de 152 países evaluados en la edición de este año, con un valor del Índice de Libertad Económica de 6.63. Por subíndices la calificación fue: tamaño de gobierno: 6.77; estructura jurídica y derechos de propiedad: 4.54; estabilidad macroeconómica: 8.12; libertad de comercio internacional: 7.07; regulación crediticia, laboral y de la empresa: 6.51. En particular, dado el tema de este ensayo, los valores en Índice, en el apartado de estructura jurídica y derechos de propiedad, la calificación asignada a sus componentes fueron los siguientes: independencia judicial: 3.94; imparcialidad de los tribunales: 3.88; protección de los derechos de propiedad: 5.36; interferencia militar en el estado de derecho y proceso político: 6.67; integridad del sistema jurídico: 3.33; cumplimiento legal de los contratos: 5.45; restricciones legales a la venta de inmuebles: 6.86. Con la evidencia de los índices de Derechos de Propiedad y de Libertad Económica, se puede concluir que en el caso particular de México, el estado de derecho es notoriamente endeble y ello explica, en gran medida que, a pesar del potencial de crecimiento económico, la economía se sitúe en el lugar 57 en el Índice de Desarrollo Económico. La conclusión es clara. Si el objetivo es insertar a la economía mexicana en un proceso sostenido de desarrollo económico, es imperativo moverse hacia un íntegro estado de derecho, uno en donde los derechos privados de propiedad estén eficientemente definidos en el marco legal y eficientemente protegidos por un poder judicial independiente e imparcial. - 49 - BIBLIOGRAFÍA Alchien, Armen (1965). “Some Economics of Property Rights”. Il Politico. Vol. 30, núm. 4, pp. 816-829. Barnett, Randy E., The Structure of Liberty. Justice and the Rule of Law, Clarendon Press, Oxford, 1998. Barzel, Yoram (1999). Economic Analysis of Property Rights. Cambridge University Press, 1999. Furubotn, Eirik y Svetozar Pejovich (1974). The Economics of Property Rigths. Ballinger Publishing Company. Katz, Isaac. Eficiencia Judicial y Desarrollo Económico. El caso de los juicios mercantiles. The Latin American and Caribbean Journal of Legal Studies. Vol. 3, Issue 1, 2008. North, Douglass C., Instituciones, cambio institucional y desempeño económico, Fondo de Cultura Económica, 1993. Nozik, Robert, Anarchy, State, and Utopia, Basic Books, 1974. - 50 - EL ESTADO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN MÉXICO Análisis del desempeño de México en la protección y acceso a los derechos de propiedad intelectual y física en el Índice Internacional de los Derechos de Propiedad. Carlos Ignacio Gutiérrez y Alberto Saracho 1 El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad (IIDP) existe desde el 2007 y fue creado por la Property Rights Alliance para cumplir dos objetivos. El primero es el proveer una base de datos confiable que examine el nivel de acceso y protección a estos derechos y el segundo, es el comparar estos niveles entre países para promover su reconocimiento como factores que pueden catalizar el desarrollo económico y social. En la edición 2013 de este Índice se analizaron los derechos de propiedad de 130 países, los cuales a su vez representan alrededor del 97% del producto interno bruto del planeta (IPRI, 2012). La posición de México con respecto a los demás países que componen el IIDP no es alentadora. La capacidad del país para acceder y proteger los derechos de propiedad lo ha posicionado en el número 49 de 130 economías. Regionalmente, se encuentra en la posición número 5, detrás de Puerto Rico, Trinidad y Tobago, Chile y Jamaica. Y apenas ligeramente por encima de Brasil, Colombia, Panamá y Costa Rica. Con la finalidad de entender el papel de los derechos de propiedad en la competitividad de México es necesario dividir este artículo en tres secciones. En la primera se analizarán los antecedentes y la evolución de la posición del país en el IIDP. En la segunda se evaluará la relevancia de los derechos de propiedad intelectual en la economía de México y en la tercera se valorará el papel de los notarios públicos en el acceso a los derechos de propiedad física. México en el IIDP Desde su creación en el 2007, el análisis de los derechos de propiedad del IIDP se ha divido en tres temas: Ambiente Legal y Político (ALP) Derechos de Propiedad Físico (DPF) Derechos de Propiedad Intelectual (DPI) 1 Integrantes de Fundación IDEA (México) - 51 - Cada categoría está compuesta por un grupo de variables basada en información proveniente de reportes y bases de datos especializados. Como puede observarse en la Gráfica 1, la evolución de la calificación de estas categorías, en el caso de México de 2007 a 2012, ha experimentado una tendencia estable con un bajo nivel de varianza. Gráfica 3. México en el IIDP Fuente: IIDP, 2013 La categoría del ambiente legal y político incluye cuatro variables (ver Tabla 1) y en el caso de México su promedio experimentó un descenso de 4.3 puntos en el 2007 a 4.2 en el 2013. La primera de estas variables es independencia judicial y describe la libertad del poder jurídico para actuar sin temor a repercusiones por parte de grupos políticos o del sector privado. Esta variable se obtiene del índice global de competitividad del Foro Económico Mundial y ha sido la que mayor crecimiento ha alcanzado dentro de esta categoría, pasando de 4.4 puntos en 2007 a 4.8 en 2013. La segunda variable es respeto a la ley y provee información sobre el nivel de cumplimiento y ejecución de contratos mediante el uso de las cortes, la policía y demás instituciones públicas. Esta variable complementa a la de independencia judicial al incluir datos sobre el nivel de equidad, honestidad, costo y velocidad del sistema jurídico de un país. Esta variable, al igual que las dos a continuación, fue obtenida de los indicadores globales de gobernabilidad del Banco Mundial. - 52 - La tercera variable es estabilidad política, la cual indica el nivel de incentivos que tienen las personas en una sociedad para obtener y manejar sus derechos de propiedad. Entre mayor estabilidad exista en un país, mayor será la confianza de las personas en los derechos y las instituciones que los protegen. Dentro del componente de ambiente legal y político de México, esta variable ha sido la que mayor descenso ha experimentado, de 4.4 puntos en 2007 a 3.6 en 2013. La última variable de esta categoría es corrupción y mide la utilización del poder público para obtener ganancias privadas e indica el grado de informalidad en una economía. Tabla 1: Ambiente Legal y Político de México (2007 - 2013) Fuente: IIDP, 2007-2013. La calificación de México en la categoría de derechos de propiedad física se ha mantenido prácticamente estable de 2007 a 2013, de 5.7 puntos a 5.8 respectivamente. Esta categoría se compone de tres variables (ver Tabla 2). La primera es la protección a los derechos de propiedad física la cual compila las opiniones de expertos que forman parte del índice global de competitividad del Foro Económico Mundial en cuanto a la claridad de la definición de estos derechos y la calidad de su protección judicial. Dentro de esta categoría, esta variable no experimentó ninguna variación en el periodo de 2007 a 2013, de 6.0 puntos a 6.0. La segunda variable es registro de propiedad y mide la complejidad del procedimiento de registro de propiedad para el sector privado en términos del número de trámites y días requeridos de acuerdo a datos del reporte conocido como Doing Business del Banco Mundial. La relevancia de esta variable para los derechos de propiedad física se debe a que entre más fácil es este trámite, menores son los incentivos para formar parte de la economía informal. Desde que se creó el IIDP, la posición de México en esta variable ha bajado, de 7.8 a 7.7. - 53 - La tercera y última variable de la categoría de derechos de propiedad física es acceso a préstamos. El acceso a financiamiento para la compra de propiedad física sirve como un indicador para el nivel de desarrollo de un país y provee información sobre el papel de las instituciones financieras locales en la formalización de la propiedad. Desde 2007, esta variable es una de las pocas que ha incrementado su puntuación, de 3.2 a 3.8. Tabla 2: Derechos de Propiedad Física en México (2007 - 2013) Fuente: IIDP, 2007-2013. Por último, la categoría de derechos de propiedad intelectual es la única que ha mostrado una clara mejoría entre 2007 y 2013, de 5.3 a 5.7. La categoría es calculada con base en tres variables: protección de derechos de propiedad intelectual, protección de patentes y piratería de derechos de autor (ver Tabla 3). En el primero, protección de derechos de propiedad intelectual, se incluye la opinión de expertos sobre la protección de los derechos de propiedad intelectual en cada país incluido en el índice de acuerdo al índice global de competitividad del Foro Económico Mundial. De 2007 a 2013 México ha aumentado un punto en su calificación, de 4.7 a 5.7. En el segundo, protección de patentes, México ha mantenido la misma calificación desde 2007, 7.8 puntos. Esta variable compila la información del índice Ginarte-Park en donde se evalúa la cobertura, implementación y restricciones en los derechos de patentes. La última variable, piratería de derechos de autor, provee un indicio de la efectividad con la que las autoridades de un país combaten la comercialización de productos que utilizan la propiedad intelectual ilegalmente. En 2012 por primera vez registró un repunte, a 4.3, que se mantuvo en 2013. - 54 - Tabla 3: Derechos de Propiedad Intelectual en México (2007 - 2013) Fuente: IIDP, 2007-2013. La posición de México en el Índice ha tenido como resultado que el país se encuentre en desventaja frente a su competencia mundial, y en mayor medida frente a sus pares en el continente. A través del tiempo, la posición en el IIDP de los países en el continente Americano, incluyendo a México, no ha sufrido grandes cambios. En cada uno de los reportes del índice, el desempeño de EEUU y Canadá les ha merecido la mejor calificación del continente. De la misma forma, Venezuela ha sido el país que peor calificación ha obtenido, la cual en el mismo periodo de tiempo ha avanzado de 3.3 a 3.4 puntos. Por su parte, de 2007 a la fecha, México ha experimentado un aumento marginal de su calificación general por 0.1, de 5.1 a 5.2 puntos respectivamente. En términos de competitividad regional, México no ha podido reducir la brecha entre las economías que desde 2007 se encuentran en una posición más alta. Esta lista incluye a países como: Colombia, Brasil, Jamaica, Costa Rica, Uruguay y Panamá. De acuerdo al IIDP, los indicadores de estos países proveen evidencia de que existe un mayor acceso y protección a los derechos de propiedad en comparación con México (ver Tabla 4). Tabla 4: México y su competencia regional (2013) Fuente: IIDP, 2013. - 55 - La propiedad intelectual en México La relevancia de la propiedad intelectual yace en que casi todo lo que nos rodea, aquello que nos vuelve la vida más segura, cómoda o práctica, desde un tenedor, un clip, el cepillo de dientes, hasta una máquina de resonancia magnética, la computadora en la que trabajamos o el satélite gracias al cual podemos conocer el clima de mañana, es fruto del esfuerzo e ingenio de muchas personas. Los países que han apostado por una “economía del conocimiento”, esto es, por invertir en innovación y en tecnología, han creado una nueva forma de competir. En este nuevo paradigma económico, la competitividad es el conjunto de instituciones, políticas y factores que determinan el nivel de productividad de un país y establecen el nivel de prosperidad sustentable de la economía (FEM, 2011). El Foro Económico Mundial agrupa a estas condiciones en lo que denomina los “12 pilares para la competitividad”. Los doce pilares de la competitividad 1. Instituciones 2. Infraestructura 3. Estabilidad macroeconómica 4. Salud y educación primaria 5. Educación superior y capacitación 6. Eficiencia en el mercado de bienes 7. Eficiencia en el mercado laboral 8. Sofisticación del mercado financiero 9. Preparación tecnológica 10. Tamaño del mercado 11. Sofisticación de las empresas 12. Innovación Fuente: Foro Económico Mundial 2011-2012 Los derechos de propiedad intelectual, como tales, no son señalados como pilar de la competitividad por el Foro Económico Mundial, pero son necesarios para lograr la mayoría de los pilares mencionados, en particular la innovación y preparación tecnológica. La capacidad de los países para innovar y desarrollar tecnología depende del reconocimiento - 56 - que se le den a las ideas y la creatividad. En este sentido, los derechos de propiedad intelectual representan, para la competitividad de cualquier país, un ingrediente importante. Estos derechos tienen dos funciones. Por un lado, reconocen la capacidad del ser humano y de las instituciones para crear bienes y servicios novedosos que buscan resolver su problemática y transformar el conocimiento en bienestar. Por el otro, generan incentivos para que la sociedad invierta en actividades y conocimientos que contribuyen a la creación de riqueza para el país. Esta transición obliga a que cada país proteja las ideas y conocimientos de sus ciudadanos ya que la literatura especializada ha confirmado la existencia de una relación positiva de los derechos de propiedad intelectual con el desarrollo económico (Maskus, 2000; Mansfield, 1994; Fink y Maskus, 2005; por mencionar algunos). Entre los beneficios que destacan están: Atracción de inversión en áreas y actividades con externalidades positivas para el país. Innovación y creatividad. Fomento a empresas, en especial para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMEs), para acceder a avances tecnológicos e innovación.Protección al consumidor. Formalización de la economía promoviendo con ello la calidad de los empleos y la recaudación del gobierno. En México, la protección y acceso a los derechos de propiedad intelectual se ha reforzado de manera paulatina desde las reformas de los noventa, cuando se implementaron legislaciones y se crearon organizaciones especializadas. Aún cuando estos derechos se encuentran plenamente reconocidos por el gobierno, la emergencia de nuevas tecnologías de información y comunicación, así como la importancia de competir con productos innovadores y con mayor valor agregado, requieren que éstos instrumentos gubernamentales se mantengan a la vanguardia y contribuyan al desarrollo del país, en particular de las pequeñas y medianas empresas (OCDE, 2008). Tanto el capital intelectual como su protección son un eslabón primario de un círculo virtuoso de progreso: alguien genera tecnología y la registra, alguien la compra y aumenta su productividad y competitividad, - 57 - esto genera empleos y ganancias que permiten seguir comprando innovaciones, y por lo tanto, los innovadores siguen produciendo. Un ejemplo del impacto que puede tener las políticas de propiedad intelectual se encuentra en las actividades de inversión extranjera directa. Para atraer este tipo de inversión los derechos de propiedad intelectual, así como su percepción, son fundamentales (Mansfield, 1994, Smarzynska, 2002, y Maskus, 2000). Cuando las empresas inversionistas perciben una mayor fortaleza de estos derechos, existirá mayor disposición por su parte de invertir en joint ventures o incluso en licenciar tecnología a empresas locales. De lo contrario, las empresas evitarán riesgos e invertirán únicamente en subsidiarias o en actividades de ensamblaje, empaque o distribución (Smarzynska, 2002). Mansfield (1994) confirma esto. Para probar su tesis realizó una encuesta a 100 empresas grandes de los Estados Unidos, seleccionadas aleatoriamente y examinó la importancia que tienen los derechos de propiedad intelectual en sus decisiones de inversión en el extranjero. Uno de los principales resultados fue la relevancia de los derechos de propiedad intelectual para que una empresa invierta en actividades de investigación y desarrollo en un país extranjero. La investigación de Mansfield (1994) repitió la encuesta a las empresas una vez que México firmó el TLCAN e inició los cambios institucionales y legislativos para fortalecer la propiedad intelectual y conocer el impacto que ello tendría sobre sus decisiones de inversión en el país. Antes de los cambios, el 30% de las empresas encuestadas manifestaban no estar dispuestas a invertir en México en áreas sensibles de investigación y desarrollo. Una vez que ocurrieron las reformas, el número de empresas encuestadas no dispuestas a invertir en México en esas áreas pasó a cero. A pesar de que los cambios legislativos e institucionales no se habían implementado en su totalidad, Mansfield identificó que la percepción fue suficiente para que las empresas cambiaran su actitud al respecto. Cabe destacar que Mansfield encuestó la percepción que tienen las empresas sobre la protección de los derechos de propiedad intelectual en otros países, por lo que sus resultados muestran la importancia que tiene la imagen de su respeto. Aún cuando existen otros factores que influyen en la decisión de - 58 - invertir o no en un país, como lo son el tamaño del mercado, la cercanía geográfica y la infraestructura, los derechos de propiedad intelectual tienen importancia en la decisión sobre el valor agregado de la inversión. Por ende, la apuesta por políticas públicas a favor de la protección y acceso a los derechos de propiedad intelectual pueden proveer externalidades positivas que influyen en el desarrollo social y económico de México. De acuerdo a mejores prácticas internacionales, algunas consideraciones de política pública para incrementar la relevancia de los derechos de propiedad intelectual son: Los derechos de propiedad intelectual son un componente necesario, más no suficiente, para la competitividad. No se puede esperar que la mera existencia de éstos, fomente la innovación. Para detonar la investigación y desarrollo a niveles socialmente deseables, se necesita contar con una política pública de Estado de largo plazo para la innovación. Los países que han logrado hacer de la innovación su eje de crecimiento, como Japón, Corea e Irlanda, lo hicieron a través de la creación de sistemas nacionales y regionales de innovación. Es deseable que estos sistemas fomenten la vinculación entre el sector académico y e productivo. En los países que han tenido éxito en innovación, una parte importante de la inversión en investigación y desarrollo es llevada a cabo por el sector privado. Adicionalmente, es necesario que existan instituciones, públicas o privadas, que estén dispuestas a financiar proyectos de inversión relacionadas con la innovación. Si México quiere mejorar su competitividad, necesita de políticas y programas de innovación. Aún cuando los derechos de propiedad intelectual juegan un papel en la atracción de inversión extranjera directa de alta calidad, es necesario que las instituciones dedicadas a este fin lleven a cabo políticas de concientización sobre los mismos. En este caso, la percepción del respeto y fortaleza de los derechos de propiedad intelectual es tan importante como la realidad. Es relevante que tanto inversionistas extranjeros, como innovadores mexicanos conozcan la fortaleza y beneficios que tienen los derechos de propiedad intelectual. Parte importante de los beneficios de los derechos de propiedad intelectual radica en la posibilidad de que sus titulares puedan licenciar o vender su tecnología, así como utilizarla para obtener financiamiento. Para ello, se necesita contar con un estado de - 59 - derecho eficiente y efectivo. Si no se respetan estos derechos, no se tendrán los retornos sociales óptimos. A pesar de que los derechos de propiedad intelectual han sido objeto de diversos estudios, en el caso de México aún existe poca información al respecto. Ésta es un área de oportunidad para que la academia atienda tan importante necesidad. En particular, es necesario que se obtengan y difundan bases de datos que sirvan para explorar el papel que tienen los derechos de propiedad intelectual en la vida económica del país. Por ejemplo, es deseable que el Censo Económico del INEGI incluyera preguntas al respecto. Uno de los desafíos del acceso a la propiedad física en México: Sistema notarial Los notarios representan un tercero imparcial cuyo papel es proveer certeza jurídica a las transacciones comerciales. Su función es evitar que la asimetría de información tenga un efecto perjudicial para los compradores de un bien o servicio que no cuenten con la experiencia ni el conocimiento requerido para conocer la situación jurídica de este. En otras palabras, los notarios públicos son los titulares al menos de alguna forma de fe pública. Es decir, el Estado, a través de distintos mecanismos, otorga a los notarios públicos el monopolio para certificar “la verdad”. Su papel en la regulación de la propiedad física en México, especialmente en los procedimientos requeridos para su acreditación documental y oficial, representan una de las áreas de oportunidad para el país. Al defender la veracidad desde una óptica imparcial, los notarios públicos contribuyen a subsanar las asimetrías de información presentes en ciertas transacciones comerciales (Silva Herzog, 2008). Sin la presencia de mecanismos que reduzcan la incertidumbre en transacciones, además de la selección adversa, ciertas transacciones se volverían más costosas, puesto que las partes involucradas tendrían que realizar investigaciones exhaustivas de su contraparte (SilvaHerzog, 2008). Uno de los mercados en donde el papel de terceros imparciales es particularmente importante es el de la propiedad. Dada su naturaleza y características, cada transacción es única e incomparable. Además, debido a su complejidad jurídica, el comprador promedio difícilmente - 60 - cuenta con la información, disponibilidad y conocimiento para poder evaluar el estado, o la “calidad” de la propiedad que está adquiriendo. Es por ello, que el papel del notariado público es tan importante en los servicios de transferencia de propiedad. Actualmente en México no existen datos, con las características necesarias, para poder evaluar el desempeño del notariado público. No obstante, si existen indicadores que podrían señalar que los servicios notariales no están siendo utilizados por una cantidad importante de la población. En la actualidad, todavía existe un rezago en el número de negocios que se constituyen formalmente a través de un notario público, o de hogares que han escriturado los inmuebles de su propiedad. Dados los costos que representa la formalidad, las micro y pequeñas empresas son las que más recurren a la informalidad como mecanismo para reducir sus costos (Levy 2008). (Ver Gráfica 2). Gráfica 2: Formalidad en las MIP y MEs Fuente: Visa, 2008. - 61 - De acuerdo con la Encuesta Nacional de Micronegocios, en el 2002 existían 4.4 millones de microempresas. De los cuales el 95% no estaban registrados bajo notario público. El 87% de los que contaban con uno o más socios tampoco habían sido registrados bajo esa modalidad (Enamin, 2002). Existen estimaciones que ubican al 91% de las empresas mexicanas operando de manera informal (Instituto Libertad y Desarrollo, 2006). Esta alta tasa de informalidad tiene consecuencias negativas tanto para las empresas y sus trabajadores, como para la sociedad. Para las empresas, la informalidad implica menor acceso a la protección del sistema judicial y de las fuerzas del orden, vulnerabilidad a las extorsiones, corrupción, poca protección a través de contratos, falta de acceso al sistema de crédito y disminuye su capacidad para exportar. Además, la informalidad podría estar ocasionando que las empresas no crezcan, o lo hagan más lentamente (Levy, 2008 y Klapper et al, 2009). Para los trabajadores implica la falta de protección y seguridad social. Para la sociedad en su conjunto, implica menor capacidad de recaudación fiscal y corrupción (Klapper et al, 2009). Adicionalmente, el 64% de estas empresas no cuentan con un local establecido, es decir realizan sus actividades en la vía pública o directamente con los clientes. Se estima que cerca del 40% de la fuerza laboral mexicana desarrolla sus actividades en la economía informal (Cotler, 2008). También existen datos que permiten confirmar la baja penetración de los servicios notariales en materia de traslación de dominio. Actualmente el 70% de los hogares mexicanos viven en casa propia, de los cuales el 30% no cuentan con certidumbre de su propiedad a través de una escritura (ENIGH, 2008). Esta situación llama más la atención cuando se desagrega la información y se pone en evidencia la desigualdad que existe en torno al acceso a escrituras. Los hogares del decil más bajo de ingresos del país, son hasta 65% más probables de no contar con una escritura de su propiedad. Lo que demuestra una inequidad en el acceso a servicios notariales, entre otros problemas de los derechos de propiedad en México. No obstante, la falta de escritura tampoco escapa al decil con mayores niveles de ingresos. Aún en éste, más del 10% de los hogares no cuentan con escritura de la vivienda en que habitan (Ver Gráfica 3). - 62 - Gráfica 3: Hogares que viven en casa propia sin escriturar Fuente: Elaboración propia, a partir de la ENIGH 2008. Esta desigualdad también se ve reflejada entre el tamaño de poblaciones. Las localidades con más de cien mil habitantes, muestran hasta 50% mayor cobertura en materia de escrituración de propiedades que aquellas en zonas rurales (ver Gráfica 4). Esto se podría deber a la menor demanda y oferta de servicios notariales en zonas rurales, entre otras razones. Gráfica 4: Hogares con escritura por tamaño de población (casa propia) Fuente: Elaboración propia con datos de la ENIGH 2008. - 63 - La falta de escritura de una propiedad tiene varias consecuencias negativas para sus propietarios: Imposibilidad de usarse como colateral: Al no contar con escritura que formalice la propiedad no puede ser utilizada como colateral para algún crédito o financiamiento. Incertidumbre jurídica: Por no tener un instrumento jurídico que garantice la legal posesión legal de la vivienda, existirá un riesgo mayor de que ésta sea sujeta a un juicio que cuestione dicha posesión. Imposibilidad de transferir sus propiedades: La falta de escrituras dificulta que los propietarios de estos bienes inmuebles los transfieran a terceros, ya sea a través de su venta o renta, así como herencia a sus familiares. El Instituto Libertad y Desarrollo (2006) identificó tres carencias institucionales, que promueven la economía informal: Derechos de propiedad ineficientes Formas legales de organización empresarial Mecanismos para operar en mercados expandidos De estos tres retos, dos están relacionados con servicios notariales: el registro de derechos de propiedad y la constitución legal de empresas. Esta situación, obliga a que México considere las políticas públicas que han llevado a cabo otros países para facilitar y mejorar el acceso a los servicios notariales. Entre ellas, puede destacarse la regulación de la oferta y la demanda de estos servicios. En términos de la regulación de la oferta, uno de los principales retos del sistema notarial mexicano es mejorar el tamaño y calidad de la oferta de servicios notariales para todos los mexicanos, independientemente de su ubicación o nivel socioeconómico. En este sentido, actualmente el país tiene 27,400 habitantes por notario; a comparación de 4,748 en Argentina, 8,270 en Canadá, 1,886 en Guatemala y 601 en Uruguay. Esto podría ser un indicativo de que la oferta de servicios notariales no es suficiente para México. Es razonable pensar que a mayor número de notarios en el país, la oferta de servicios notariales será más accesible y económica. En México aún existen retos importantes para mejorar la oferta de - 64 - servicios notariales. Las reformas de países que han implementado mejores prácticas muestran que existen indicios de que un aumento en la facilidad para acceder a estos servicios puede tener impactos positivos en la economía. No obstante, la liberalización de la oferta por sí sola no es suficiente. Es necesario implementar instrumentos y políticas complementarias para garantizar la equidad y calidad de los servicios notariales. De lo contrario, la liberalización de la oferta notarial podría tener un impacto negativo en la economía. Las principales lecciones para México de las reformas a la oferta de los servicios notariales son: Aumentar el número de notarios, o sus sustitutos. Esto, disminuirá, al menos en algunos servicios, los costos. El incremento en los prestadores de estos servicios se puede dar a través de un aumento en el número de notarios o facultar a otros profesionistas para ofrecer servicios similares. Cualquier liberalización debe contemplar mecanismos para garantizar la calidad y sustentabilidad de los notarios. Para ello, son necesarios instrumentos para filtrar la entrada de nuevos notarios y castigos para aquéllos que no cumplan con su papel como fedatarios públicos. La apertura de la oferta de servicios notariales debe venir acompañada del fin de la regulación de precios. De lo contrario, no se podrán asimilar los beneficios de la primera. Adecuar las facultades y responsabilidades de los organismos profesionales que agrupan a los notarios; de tal manera que no exista un conflicto de interés entre su regulación y la representación de sus intereses. Es factible que en el corto y mediano plazo, los precios fluctuarán y en algunos casos aumentarán al ajustarse, por lo que es deseable que existan instrumentos para garantizar el acceso a estos servicios para todos los usuarios. Considerar, si es deseable establecer un mecanismo de ratificación o re-sello de la notaría; de tal manera que se generen incentivos para mantener la calidad de los servicios. Así como la regulación de la oferta de los servicios notariales en México impacta el comportamiento del mercado, su demanda también presenta áreas de de oportunidad para el país. Hace unos años Portugal emprendió reformas que cambiaron la demanda de los servicios - 65 - notariales. En esencia el cambio consistió en eliminar la necesidad de contar con la participación de un notario público tanto para la apertura de empresas como para la traslación de dominio. Actualmente, un ciudadano portugués puede emprender y formalizar una nueva empresa a través del uso de escrituras pre-aprobadas y su formalización ante el registro público. Básicamente eliminó el papel del notario en este trámite, limitándolo a transacciones complejas. Situación similar ocurrió con la participación del notario en la transferencia de derechos de propiedad. Después de la reforma, un proceso de compraventa de un bien inmueble sólo requiere de un documento o contrato privado y su formalización ante el registro público. El Salvador, Colombia y Georgia establecieron reformas similares, eliminando la necesidad de contar con la participación de un notario público en la apertura de empresas. En el caso del Salvador y Colombia se cuenta con plantillas de escrituras o estatutos pre-aprobados, que pueden ser utilizados para abrir una empresa una vez presentadas ante el registro público. Georgia llevó a cabo una reforma similar en la traslación de dominio, al permitir que ésta sea válida a través de un documento privado firmado en el registro público. Estas reformas no estuvieron relacionadas con la selección, organización y regulación de los notarios. No obstante, al modificar aquellos servicios para los cuales los notarios eran necesarios, incidieron en el acceso que tuvo la población a la formalidad, certidumbre y protección que ésta ofrece. Para que estas reformas pudieran ser implementadas exitosamente, se requirió de cambios legales e institucionales que garantizaran la calidad, eficiencia y transparencia de los registros públicos. Al respecto, las reformas que tengan como objetivo cambiar la demanda de los servicios deben considerar: Mecanismos e instituciones que disminuyan las asimetrías de información, como lo pueden ser los registros públicos eficientes. Distintos grupos poblacionales y tipos de empresas tiene requerimientos diferentes. Éstos se deben ver reflejados en la legislación y procesos en los que se requiere la participación de un notario. Probablemente, las empresas más grandes y con operaciones complejas, requieran una mayor participación de - 66 - especialistas como notarios. Establecer mecanismos para que los registros públicos se conviertan en responsables de sus errores. El uso de estatutos genéricos y pre-aprobados, pueden ser útiles para reducir los costos relacionados con la incorporación y registro de empresas. La reducción de precios debe ser una de las prioridades de las reformas. No sólo de aquellos trámites y procesos relacionados con los notarios públicos, sino el proceso completo para abrir y registrar una empresa. Conclusión Tras las elecciones de 2012, México se encuentra en un estado de transición cuyas prioridades todavía no se han definido lo suficientemente. Dentro de la agenda para fomentar el desarrollo del país, sugerimos que los resultados de 2013 del IIDP sean utilizados para incluir el respeto de los derechos de propiedad como un instrumento fundamental para estimular la economía y proponer soluciones a los desafíos del país. En términos de propiedad intelectual, el análisis del IIDP destaca la necesidad que tiene el país de enfocar sus esfuerzos en no sólo impulsar la competitividad mediante la protección de las ideas, pero también potenciar la generación de nuevo conocimiento. Al promover y sostener una política pública de largo plazo en este rubro, México podría detonar la innovación mediante la inversión en actividades de investigación y desarrollo de alto valor agregado, y estimular el desarrollo de un ecosistema en este tema. Para los derechos de propiedad física, uno de los desafíos cuya resolución puede contribuir a mejorar la situación del país en esta materia es la reforma al sistema notarial. En la actualidad, este sistema contribuye a que el registro de la propiedad sea un proceso que puede resultar caro y oneroso. Como consecuencia, los propietarios de un bien inmueble pueden verse imposibilitados de utilizar dicho bien como colateral o transferirlo ya que puede encontrarse en una incertidumbre jurídica. Para resolver problemas como estos, el país debe evaluar las mejores prácticas internacionales y determinar cuales se adecuan a sus necesidad con la finalidad de disminuir los obstáculos al registro de propiedad e incrementar la competencia en el sector de notarios. - 67 - El respeto y protección a los derechos de propiedad, tanto físicos como intelectuales, son dos de las principales responsabilidades y obligaciones del Estado. Para ello la certidumbre de los propietarios sobre sus posesiones es indispensable y las instituciones públicas y legislación de México necesitan seguir adecuándose a la realidad del país para poder continuar alimentado el desarrollo social y económico de su población. BIBLIOGRAFÍA Cotler Avalos, P. (2008). La oferta de financiamiento para las micro y pequeñas empresas en México. Fink, C., & Maskus, K. E. (2006). Intellectual Property and the WTO . En D. Tarr, Trade Policy and WTO Accession for Economic Development in Russia and the CI S: A Handbook. Washington D.C.: The World Bank Institute. Herzog, J. S. (2008). La dimensión económica del notariado: Aproximaciones a la contribución de la profesión notarial a la economía mexicana. Distrito Federal: Miguel Ángel Porrúa. INEGI. (2008). Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares. Distrito Federal: INEGI. INEGI. (2002). La Encuesta Nacional de Micronegocios. Distrito Federal: INEGI. Instituto Libertad y Democracia. (2006). Evaluación preliminar de la economía extralegal en 12 países de Latinoamérica y el Caribe: Reporte de la investigación en México. Instituto Libertad y Democracia. Klapper, L., Lewin, A., & Quesada, J. M. (2009). The Impact of the Business Environment on the Business Creation Process. Washington D.C.: World Bank Development Research Group: Finance and Private Sector Team. Levy, S. (2008). Good Intentions, Bad Outcomes: Social Policy, Informality and Economic Growth in Mexico. Washington D.C.: Brookings Institution Press. - 68 - Mansfield, E. (1994). Intellectual Property Protection, Foreign Direct Investment, and Technology Transfer. Discussion paper. Maskus, K. E. (2000). Intellectual Property Rights in the Global Economy. Washington D.C.: Institute for International Economics. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. (2008). Science, Technology and Industry Outlook. Paris: OCDE. Property Rights Alliance. (2007). International Property Rights Index: 2007 Report. Washington D.C.: Property Rights Alliance. Property Rights Alliance. (2008). International Property Rights Index: 2008 Report. Washington D.C.: Property Rights Alliance. Property Rights Alliance. (2009). International Property Rights Index: 2009 Report. Washington D.C.: Property Rights Alliance. Property Rights Alliance. (2010). International Property Rights Index: 2010 Report. Washington D.C.: Property Rights Alliance. Property Rights Alliance. (2011). International Property Rights Index: 2011 Report. Washington D.C.: Property Rights Alliance. Property Rights Alliance. (2012). International Property Rights Index: 2012 Report. Washington D.C.: Property Rights Alliance. Property Rights Alliance. (2013). International Property Rights Index: 2013 Report. Washington D.C.: Property Rights Alliance. Smarzynska, B. K. (2002). The Composition of Foreign Direct Investment and Protection of Intellectual Property Rights. World Bank Policy Research Working Paper. Visa. (2008). Perspectivas de las PyMEs en México. The Nielsen Company. World Economic Forum. (2011). The Global Competitiveness Report. Geneva: World Economic Forum. - 69 - PROPUESTAS PARA FORTALECER LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN MÉXICO Dra. Claudia Terzi1 1. El crecimiento económico y la propiedad La certeza jurídica en la propiedad es uno de los incentivos de crecimiento económico de mayor importancia. Hay que resaltar que existe una estrecha conexión entre la propiedad y la libertad. La propiedad privada es el pilar de la libertad económica que es sin duda el motor del bienestar social. De acuerdo con el índice internacional sobre derechos de propiedad 2013 las economías más desarrolladas del mundo son aquellas que tienen el mayor respeto a los derechos de propiedad. Lo anterior no es casualidad, se puede observar y constatar de manera contundente a través de los datos y mapas proporcionados por dicho índice.2 La propiedad se puede dividir por sus características en propiedad física, mueble o inmueble y en propiedad intelectual que incluye las patentes, marcas y derechos de autor. Los derechos reales se traducen en poder jurídico con profundos efectos económicos. En cualquiera de sus facetas la propiedad privada representa la columna vertebral de un Estado moderno y de una economía de mercado eficiente y competitiva. En México se tiene que proteger en un mayor grado la propiedad para generar condiciones adecuadas de productividad y competitividad que permitan que nuestro país se inserte en forma exitosa en la economía global. Como incentivo para la competitividad y para mejorar el entorno de negocios en México hay que destacar que “el país necesita liberalizar sus actividades económicas”.3 México tiene los recursos humanos y naturales y condiciones geográficas extraordinarias para consolidarse como una economía emergente importante y atraer las inversiones que requiere para crecer, si se llevan a cabo las reformas estructurales pertinentes. La reforma energética, la reforma fiscal, la reforma laboral, la mejora regulatoria y una mayor competencia económica deben propiciar un mejor entorno para la generación de negocios y actividades 1 Catedrática de la UNAM y el ITESM. Directora General de Estrategias para el desarrollo sustentable S.C. 2 Cfr.: International Property Rights Index, 2013 Report. 3 Loser Claudio y Harinder Kohli, Futuro para todos, acciones inmediatas para México, Edamsa Impresiones, México D.F., 2012, p. 117. - 70 - productivas, pero estas reformas deben forzosamente ir acompañadas del fortalecimiento en la seguridad jurídica de la propiedad privada en México. Solo así se podrá aspirar a un proyecto serio de país que garantice la atracción de inversión y por ende la generación de fuentes de empleo como sustento de bienestar social. 2. La propiedad urbana y rural en México La propiedad inmueble urbana en México goza de mayor certeza jurídica que la propiedad rural. Las ciudades mexicanas tienen una mayor certidumbre en la propiedad; los predios se registran con mayor frecuencia en el Registro Público de la Propiedad y las personas cuentan con escrituras. La invasión de predios y la existencia de asentamientos irregulares en México es una constante. La pobreza rural y la urbana están correlacionadas; tienen como fuente la debilidad de los derechos de propiedad en el campo mexicano. En el campo hay una ausencia de registros públicos de la propiedad y los conflictos agrarios son constantes, la propiedad colectiva, constituida por núcleos agrarios y comunidades indígenas, se erige en una evidente negación de la seguridad jurídica en los derechos de propiedad. El 53% de por ciento de la propiedad en México se encuentra bajo el régimen de “propiedad social”.4 La mal llamada “propiedad social” no incluye las características esenciales y de existencia que se consagran en la tradición del derecho romano relativa a la institución de la propiedad. La propiedad se caracteriza por contener derechos de uso, usufructo y de dominio. Los derechos sobre las parcelas que constituyen los ejidos, encuadrados en el esquema de “propiedad social”, solamente incluyen derechos de uso y usufructo. La propiedad social ha sido motivo durante décadas de discursos políticos, sin embargo desde una perspectiva jurídica y ontológica, el ejido sólo se puede entender como un conjunto de derechos parcelarios y comunales, confusos e inciertos que representan poca garantía para las inversiones tanto nacionales como extranjeras, como también para el otorgamiento de los créditos necesarios para actividades productivas y rentables. La propiedad de la tierra es la garantía para el otorgamiento de los créditos bancarios ordinarios, la distribución de la tierra impacta directamente en la distribución de los créditos. Existe evidencia empírica suficiente para establecer que hay una relación entre tenencia de la tierra, el desarrollo, 4 Cfr.: SRA, Programa Sectorial de Desarrollo Agrario 2007-2012, p.15. - 71 - la penetración y la profundidad del sistema financiero. Los Ejidos no representan garantía suficiente para los créditos bancarios ordinarios. A partir de las reformas al artículo 27 de la Constitución en 1992 se establece la posibilidad de que los ejidatarios puedan acceder al dominio pleno. Lo que sucede es que dicho procedimiento contemplado en la Ley Agraria vigente es complicado y tortuoso. El índice de privatización desde la reformas de 1992 ha sido excesivamente bajo. Se ha avanzado en el mapeo del territorio nacional y en otorgamiento de derechos parcelarios. Desgraciadamente la potestad legal prevista en la Ley Agraria para la Asamblea de Ejidatarios representa un cuello de botella, en donde imperan estructuras clientelares que inhiben la libre voluntad de los campesinos para escriturar. Como si fuera poco, el Juicio de Amparo Agrario no contempla un término para su interposición, situación que genera una profunda inseguridad en la tenencia de la tierra. 3. La naturaleza jurídica de los núcleos agrarios Es importante hacer un análisis histórico y legal sobre la naturaleza jurídica de los núcleos agrarios prevista en el artículo 27 de la Constitución en su fracción VII. Si bien a partir de la Revolución hubo una exigencia que se puede considerar válida desde el punto de vista de justicia distributiva, el reparto agrario se hizo posteriormente a partir de derechos de uso y usufructo exclusivamente. Dicha dotación de tierras se hizo a través de una economía planificada, que pretendía también el control político. La adhesión, no siempre libre e informada, a los núcleos agrarios ha sido dudosa e inducida, por lo que pueden existir serios vicios en la voluntad de los campesinos, quienes han sido víctimas de engaño y manipulación política. Por esta razón el concepto de “propiedad social” es cuestionable; adolece de lógica jurídica, ya que se trata en todo caso de derechos colectivos, no de propiedad. El país ha sufrido en muchos rubros de la demagogia populista y de las secuelas del corporativismo político, con efectos nocivos en nuestros días. La verdad ante todo; que los ciudadanos y estudiantes en las Universidades conozcan el tema a partir de debates precisos y claros y que los Diputados y Senadores oigan argumentos sólidos, con apertura y honestidad intelectual. Es importante que se expongan las cosas sin cortapisas, solo así se puede construir una propuesta valiosa, pensando en el presente y con visión para el futuro. Seguir postergando lo indefendible es mezquindad política y necedad. - 72 - 4. Certeza jurídica en la propiedad y la fortaleza en la administración municipal La debilidad de los Municipios está vinculada a la falta de certeza jurídica en la propiedad; como es bien sabido los Ejidos no pagan Predial. El fortalecimiento de la hacienda municipal es medular para que los Municipios puedan cumplir cabalmente con sus obligaciones. El artículo 115 de la Constitución, en su fracción III, establece que los Municipios tengan a su cargo la responsabilidad y gestión administrativa de los siguientes servicios: Agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. Alumbrado público. Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos. Mercados y centrales de abasto. Panteones. Rastro. Calles, parques y jardines. Seguridad pública y tránsito. Los demás que las legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera. Se requiere de una reforma fiscal integral en la esfera municipal que resulte en mayores recursos para la hacienda municipal y que tenga un efecto positivo en la prestación de servicios públicos de calidad a cargo de los Municipios, contribuyendo al mismo tiempo en la protección del medio ambiente e inclusive en la generación de estructuras de seguridad pública eficientes. 5. Registros públicos y catastros Es muy necesario modernizar y digitalizar los Registros Públicos y los Catastros para dar certidumbre a la inversión. Es apremiante la modernización de los Registros Públicos de la Propiedad (RPP), la digitalización de los folios de la propiedad y contar con un proceso de escrituración sencillo y transparente para disminuir la corrupción que nos aqueja. En materia agraria no deberían existir registros públicos diferenciados. El Registro Agrario Nacional (RAN) debería ser temporal. Es necesario - 73 - vincular los registros públicos con los catastros con claves de identificación de los predios compartidas. Sería inclusive oportuno integrar a las dependencias registrales y catastrales en un solo ente y la información tiene que tener conformidad con la realidad. El Registro Público de la Propiedad busca la inscripción y la publicidad de los actos jurídicos y contratos con el objeto de proporcionar seguridad jurídica y el Catastro persigue la identificación precisa de los predios y las características físicas de los mismos, con la implementación de herramientas técnicas. “En efecto, sólo será posible cumplir a cabalidad con el Principio de Publicidad de los derechos reales, siempre que éstos hayan sido definidos y reconocidos mediante las acciones de los Catastros y correspondan con lo inscrito en los Registros Públicos.” 5 Hay que hacer énfasis en que la regularización de predios aumenta las finanzas de los Municipios. 6. El derecho a construir un patrimonio, la autosuficiencia alimentaria y el fenómeno de la migración La dualidad en el régimen de tenencia de la tierra es el problema estructural y de fondo en el campo mexicano. La mal llamada “propiedad social” es profundamente regresiva, porque afecta el patrimonio de las familias campesinas más pobres. Prueba contundente de ello es la migración. Jamás se podrá reconstruir el tejido social, si no se termina con el injusto régimen dual en la propiedad. No es posible que un país que cuenta con una importante extensión territorial, con un extraordinario clima, con un emplazamiento geográfico privilegiado, con una amplia biodiversidad y con el gran talento de su gente, tenga una dependencia del exterior en materia alimenticia. El artículo 4 de la Constitución establece que: “Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.” En este sentido es importante señalar de qué forma lo va a garantizar el Estado, si con libertad económica o con asistencialismo. México tiene el gran reto de pasar de una economía de subsistencia a una mayor productividad que le permita competir en los mercados internacionales. Se requiere de capacitación, de cambios tecnológicos y de una simplificación en la regulación que baje los costos de transacción. Para abastecer el mercado interno se requiere 5 Robles Landa, Miguel Alessio, Seguridad Jurídica y Función Registral y Catastral Inmobiliaria en Tierras Sociales, Revsita Foro Jurídico, Número 80, abril de 2010, p. 44. - 74 - de inversión y de financiamiento a partir de una mayor penetración financiera. Si queremos impulsar una economía verde y tecnificar al campo, no hay más remedio que dar certidumbre a la inversión y acelerar la obtención ordenada y cuidadosa del dominio pleno. Los esquemas lentos y graduales no van a detonar un fuerte crecimiento; nuestro potencial es grande, si se toman las medidas adecuadas. El tema es de gran trascendencia, inclusive está vinculado con la penetración financiera. 7. El combate a la inseguridad y la certeza jurídica en la tenencia de la tierra Existe una correlación entre la inseguridad y la falta de certeza jurídica en la tenencia de la tierra. Estudios de criminología ambiental permiten estudiar los procesos de criminalización, la relación disfuncional en la apropiación de los recursos naturales y su explotación económica. Se estima que los ejidos y comunidades carentes de capitalización e inversión, no han logrado impulsar la creación de unidades económicas a partir de actividades forestales con un adecuado manejo silvícola. La ausencia de actividades productivas agropecuarias ha sido persistente. Todo lo anterior ha tenido como resultado un incremento de la pobreza y la marginación. Aparece entonces la paradoja: comunidades que se encuentran sumergidas en la pobreza, pero que son muy ricas en recursos naturales. La ausencia de Ordenamientos Ecológicos del Territorio (OET) certeros, el crecimiento de las poblaciones, la ausencia de empleos y un debilitamiento de la gobernabilidad en zonas rurales, ha contribuido a la entrada de la delincuencia ambiental organizada, caracterizada por el uso de la violencia y corrupción, misma que ha dado lugar a actividades forestales ilícitas, desde el aprovechamiento hasta el aserrío y almacenamiento de madera. “La avalancha de tala alcanzó los macizos forestales de las áreas naturales protegidas y ello trajo como consecuencia un endurecimiento en las sanciones de tipo penal para tipificar la transgresión a la norma jurídica como delito grave.” 6 Hay varias zonas críticas, como es el caso de la Reserva de la 6 Angulo Carrera, Alejandro y Miguel Martínez Tapia, La Guerra por el Bosque, primera edición, CEJA-Plaza y Valdés Editores-Instituto Politécnico Nacional, México D.F., 2008, p. 17. - 75 - Mariposa Monarca en Michoacán. Dada la gravedad de la situación y la incapacidad de los Municipios para brindar seguridad, se ha hecho imprescindible la presencia del ejército. Es necesaria la revisión de los programas gubernamentales destinados al campo para poder medir de manera objetiva su efectividad. Es importante garantizar que los recursos y subsidios al campo se entreguen con absoluta transparencia y rendición de cuentas para evitar el riesgo de que caigan en manos del crimen organizado. 8. Empoderamiento ciudadano, propiedad privada y democracia Se deben encontrar soluciones a partir de políticas públicas e instrumentos legales que aporten garantías suficientes que logren empoderar al ciudadano, en el consecuente fortalecimiento de la vida democrática del país. La construcción de ciudadanía y comunidad e inclusive el poder popular, entendido como el empoderamiento ciudadano, solo se puede lograr a partir del fortalecimiento de la propiedad privada. La anomia que sufre el país tiene que ver ciertamente con la indefinición y falta de certeza jurídica en los derechos de propiedad. Es poco realista afirmar que se puede contribuir a la construcción de ciudadanía a partir de un régimen dual de la propiedad. En todo caso dicha dualidad solamente se sustenta en el corporativismo político y las estructuras clientelares tan nocivas para el país. Cabe resaltar además, que el esquema de “propiedad social”, de evidente naturaleza injusta, acentúa la desigualdad, es fuente de pobreza patrimonial y alimentaria y sin duda frena las oportunidades. Actualmente está en juego el empoderamiento ciudadano a partir del respeto a la propiedad privada con el consecuente fortalecimiento de la democracia; en contraste el peso de un Estado burocrático engrosado y disfuncional. La ecuación es la siguiente: mayor libertad económica, fortalecimiento de la propiedad privada, empoderamiento ciudadano, consolidación de la vida democrática del país que se traduce en menos burocracia ineficiente y menos corrupción. El avance en el desarrollo de la ciudadanía plena con el respeto a la propiedad privada, es la condición indispensable para la democracia participativa y la consolidación de un Estado moderno y próspero. Existe una correlación positiva entre la certeza jurídica en la propiedad, el empoderamiento ciudadano y la democracia. Es pertinente mencionar - 76 - que llevamos 20 años desde las reformas constitucionales de 1992, en un esquema gradual de candados previstos en la Ley Agraria, que han impedido que se lleve a un proceso de privatización más acelerado. 9. El desarrollo sustentable y la certeza jurídica en la propiedad La protección de los recursos naturales en el desarrollo agroindustrial y turístico del país es esencial. Los procesos de urbanización requieren de una alta capacidad profesional. Es importante implementar una gobernanza responsable de los recursos naturales con la participación del gobierno, del sector privado y de la sociedad civil. Se requieren medidas preventivas, como también correctivas en materia de medio ambiente. Es importante que se acrediten los daños a los ecosistemas para que de manera efectiva se puedan implementar las medidas de resarcimiento pertinentes. Los temas vinculados al uso del suelo, la contaminación del agua y la basura merecen un análisis detallado desde perspectivas legales y económicas. Se requiere de una normatividad eficiente y que se cumpla. Asimismo se necesitan planes de desarrollo verificables y medibles en todos los niveles de gobierno. Los Ordenamientos Ecológicos del Territorio son medulares para la protección de los ecosistemas. La destrucción sistemática de los ecosistemas forestales de un país es signo inequívoco de subdesarrollo y de fallas fundamentales del Estado. El exterminio deliberado de bosques tropicales es causa del 20% de las emisiones totales de gases de efecto invernadero que provocan el calentamiento global, así como de provocar la extinción de especies en el planeta. La ausencia de un estado de derecho, indefinición en la propiedad, administraciones públicas corruptas y disfuncionales explican el holocausto biológico y ecológico.7 Es preocupante que la tierra común se siga manteniendo en un régimen intermedio bajo el esquema de “propiedad social”. El 80% de bosques y selvas está bajo este régimen diferenciado y la gestión de bienes comunes es tan complicada, que siempre será foco de conflictos agrarios que ponen en riesgo los recursos naturales del país. Hay tala clandestina en los bosques y crimen organizado que la fomenta y respalda. Hay elementos objetivos suficientes para afirmar que el crecimiento anárquico en las ciudades se ha dado en su mayoría en terrenos de 7 Cfr.: Quadri de la Torre, Gabriel, Desforestación Cero, de una vez por todas, El Economista. - 77 - “propiedad social”, ya sea que se trate de parcelas irregulares, tierras comunales o asentamientos humanos. El surrealismo de los Ejidos es poco práctico y riesgoso para el Ordenamiento Ecológico del Territorio. Existe una correlación significativa entre los conflictos agrarios y la deforestación en el país. En los núcleos agrarios se están llevando a cabo también actividades urbanas que merecen una evaluación estricta de impacto ambiental. Los propietarios pueden tener grandes incentivos en la preservación de los recursos naturales. Se puede hablar también de la función ecológica de la propiedad. La existencia de la certeza jurídica en los derechos de propiedad, representa definitivamente una de las condiciones para el desarrollo sustentable. La teoría económica de la “Tragedia de los Comunes” 8 nos demuestra que la tierra común termina por no tener valor alguno para nadie. 10. Los derechos de propiedad sobre el subsuelo El tema de la propiedad en México se aborda siempre en el plano epidérmico, jamás se hace un planteamiento que pudiera contemplar derechos de propiedad sobre el subsuelo, como existen en otros países. Es posible que la propiedad privada del subsuelo pudiera apoyar una explotación más racional de los recursos naturales. La propiedad privada de la tierra en México es desafortunadamente una propiedad superficial. Si consideramos que la certeza jurídica de los derechos de propiedad es incentivo de inversión y de crecimiento económico, hay que abrir el tema de la propiedad del subsuelo a la discusión objetiva; dicho tema está vinculado sin lugar a dudas a la reforma energética. La productividad y rentabilidad de PEMEX es de las más bajas a nivel mundial, lo que pone en evidencia que el petróleo y la renta petrolera no son para todos los mexicanos, sino para favorecer los intereses del sindicato y de una burocracia engrosada y disfuncional. “Entre los diversos sectores con baja productividad, sobresale el sector energético, pero más específicamente PEMEX. La paraestatal, un monopolio por mandato constitucional, ha cumplido un rol dual. Primero como productor de petróleo; segundo, como símbolo de 8 Cfr.: Hardin, Garret,¨The Tragedy of Commons¨, en Science, v. 162, 1968, pp.1243- 1248, Traducción de Horacio Bonfil Sánchez, Gaceta Ecológica, Número 37, Instituto Nacional de Ecología, México 1995, http://www.ine.gob.mx - 78 - nacionalidad (consagrado en la Constitución) ha legitimado una gran ineficiencia y prácticas monopólicas, en vez de racionalidad económica con visión de largo plazo y pensamiento pragmático, lo que se demostró en el debate sobre la reforma del sector energético en 2008. Protegido de la crítica, PEMEX tiene un desempeño muy inferior a sus pares.”9 Para dar un impulso serio y competitivo al sector energético se requiere forzosamente de la participación del sector privado. 11. Conclusiones 1. Se tiene que acelerar el proceso en el otorgamiento del dominio pleno de la propiedad agraria, con programas paralelos de capacitación para crear emprendedores. Es necesaria una sola línea en relación a las políticas públicas en el campo. Hay que destacar la importancia de los programas a nivel administración pública para acelerar la obtención del dominio pleno, en particular por las trabas que existen en el Congreso para llevar a cabo las reformas necesarias. Sin embargo, es importante la elaboración paralela de un proyecto integral de reformas, buscando lograr consensos en el Congreso. 2. Cualquier iniciativa de reforma a la Constitución, a la Ley Agraria o modificación por ejemplo, al artículo 217 de la Ley de Amparo, encontrará obstáculos serios en el Congreso. Se tiene que trabajar arduamente en los consensos, tomando en cuenta las inquietudes e incorporando la opinión de los distintos sectores de la sociedad. El término en el Amparo Agrario sigue siendo demasiado largo e inhibe la inversión para detonar productividad y crecimiento económico en el campo. 3. Ante la existencia de procesos legales que permiten un mercado de tierras ejidales, existe un temor por el acaparamiento y concentración de tierras, un miedo a la extranjerización de tierras, temor de que se pierdan las tradiciones comunitarias e indígenas en el medio rural y una crítica a las ventas poco equitativas. Se pueden encontrar soluciones a estas preocupaciones e inclusive se pueden debatir estos argumentos en aras de un régimen más 9 Loser, Claudio y Harinder Kohli (coordinadores), Futuro para todos, acciones inmediatas para México, Centenial Group -IMCO- México Evalúa- CEESP, México D.F., febrero 2012, p. 56. - 79 - justo y más próspero. En este sentido hay que tomar en cuenta el artículo 27 de la Constitución en sus fracciones I y XV, mismas que se refieren a la propiedad de los extranjeros y al concepto de pequeña propiedad respectivamente. Por lo que se refiere a las comunidades indígenas cabe mencionar que el fortalecimiento de la vida comunitaria y el combate a la pobreza y marginación, se refuerza con el respeto a la propiedad privada. Con una mayor seguridad jurídica se lograría además un profundo arraigo a la tierra. Existen como 200 ordenamientos comunitarios, pero eso no significa que dichos ordenamientos hayan sido elaborados y aceptados formalmente por las comunidades indígenas. Los ordenamientos son el producto del trabajo de grupos de consultores con experiencia en el trabajo comunitario. Pero no existe un registro claro de dichos ordenamientos y además los contenidos normativos de los ordenamientos no emanan directamente de las comunidades. El aprovechamiento de los recursos naturales y la determinación del uso de suelo enfrentan serios riesgos y problemas prácticos por esta situación. La planeación territorial en México debe responder a lineamientos establecidos en la legislación ambiental; la planeación territorial es el instrumento necesario para un estado moderno. 4. Los programas impulsados a través de las Secretarías (SAGARPA, SEDATU, SEDESOL, SEMARNAT) son medulares, pero deben estar conectados. Debe prevalecer una sola política de Estado en relación al campo, establecida desde la Presidencia. La fragmentación de criterios es riesgosa y problemática. La SEDATU ha estado trabajando y ha avanzado en el mapeo del territorio y en la certificación de predios que es muy importante, sin embargo no es suficiente. Se deben alinear los objetivos tanto del RAN y de la Procuraduría Agraria, en sintonía con una política de Estado que propicie y acelere la generación de riqueza y el desarrollo rural integral y sustentable en el marco de una economía de mercado competitiva. 5. El tema de la certeza jurídica de los derechos de propiedad interviene en distintos sectores y procesos productivos en el país. Ejemplo de ello es el sector energético. Se requiere garantizar una mayor seguridad jurídica que permita establecer el marco legal adecuado en aras de una mayor libertad económica que inyecte un mayor dinamismo a la economía del país. - 80 - 12. Propuestas 1. Se propone la reforma del artículo 27 de la Constitución, en particular por lo que se refiere a la fracción VII relativa a la personalidad jurídica de los núcleos agrarios, como también lo referente a la propiedad del subsuelo para otorgar la posibilidad constitucional de que los mexicanos tengan derechos de propiedad sobre el subsuelo. Se propone reformar asimismo los artículos 25 y 28 de la Constitución para establecer bases sólidas que den cabida a una mayor libertad económica. 2. Con el objeto de dotar de mayor certeza jurídica a la propiedad y con la intensión de acelerar el proceso de privatización, se propone la reforma de los artículos 14, 17, 20, 23, 24, 27, 28, 31, 44, 46, 56, 57, 59, 60, 62, 75, 78, 80, 81, 83, 85, 152, 155 y 156 de la Ley Agraria. Asimismo se propone que se deroguen los artículos 18, 48, 76, 79, 82 y 84 de la Ley Agraria. 3. Con la finalidad de dar una mayor certidumbre a la inversión se propone se reforme el artículo 217 de la Ley de Amparo. Se propone que se incluya un término no mayor de dos años para la interposición de la demanda de amparo para dar garantías suficientes a la inversión con el objeto de que propicie actividades productivas, la generación de empleos y la explotación eficiente de los recursos naturales con criterios sustentables. 4. Se debe fortalecer la hacienda municipal. La reforma integral en relación al régimen de tenencia de la tierra debe acabar con el régimen fiscal diferenciado que prevalece, propiciando una mayor participación ciudadana en particular en la esfera municipal. 5. Se tiene que terminar con la diferenciación en los Registros Públicos de la Propiedad y del Registro Agrario Nacional (RAN), el cual debe ser temporal. Los Registros Públicos de la Propiedad se deben vincular a los Catastros. 6. En materia de expropiaciones debe prevalecer una interpretación garantista de la Constitución, de tal manera que se protejan las garantías individuales frente al poder público. La expropiación debe requerir de previa audiencia para evitar la arbitrariedad de los funcionarios públicos; dicho procedimiento es esencial en un Estado moderno y democrático. - 81 - 7. Debe existir una correspondencia adecuada entre las Áreas Naturales Protegidas en el país y el régimen de tenencia de la tierra. Los procesos acelerados de deforestación en México, la inseguridad, la tala clandestina y los retos ante los compromisos para hacer frente al cambio climático, exigen un replanteamiento de las políticas públicas en esta materia. Es necesario tener presente que en relación a los recursos internacionales avocados a preservar selvas y bosques en el país, debe prevalecer el concepto de beneficios compartidos con las comunidades para aliviar de fondo el problema de la pobreza y el hambre. Cabe mencionar en este sentido que el acceso a los derechos de propiedad privada representa la mejor herramienta para esquemas de productividad, crecimiento económico, desarrollo sustentable a largo plazo y de distribución del ingreso. Es importante detonar desarrollo sustentable en las comunidades rurales, como también apoyar de manera paralela la conservación. Sería deseable que en el país solo existieran los regímenes de propiedad privada y pública; la propiedad social representa una camisa de fuerza que detiene el desarrollo. 8. Por lo que se refiere a la protección y apoyo a la propiedad intelectual en México se deben simplificar los trámites para facilitar los registros, con la creación de más oficinas regionales del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Se deben homologar los trámites a nivel nacional con las mejores prácticas internacionales e insistir en la necesidad de llevar a cabo inscripciones avaladas también por los principales organismos internacionales avocados a la protección de la propiedad intangible. Se debe apoyar la investigación para el desarrollo científico y técnico en el país a fin de dar cabida a una sociedad basada en el conocimiento. - 82 - BIBLIOGRAFÍA Acemoglu, D. and Robinson, J., Why Nations Fail, Crown Publishers, New York, March 2012. Angulo, Carrera Alejandro y Miguel Martínez Tapia, La Guerra por el Bosque, primera edición, CEJA-Plaza y Valdés Editores-Instituto Politécnico Nacional. Loser Claudio y Harinder Kohli (coordinadores), Futuro para todos, acciones inmediatas para México, Centenial Group -IMCO- México Evalúa- CEESP, México D.F., febrero 2012. Pazos, Luis, Propiedad y Desarrollo Sustentable, primera edición, Editorial Ariel, México D.F., 2011. Posner, Richard A., El Análisis Económico del Derecho, Fondo de Cultura Económica, primera reimpresión, Fondo de Cultura Económica. North, Douglass C., Instituciones, Fondo de Cultura Económica, 2006. Terzi, Claudia, Derechos de Propiedad y su Función Económica y Social, Editorial Porrúa-UNAM, México D.F., 2008. Legislación Carbonell Miguel, Eduardo Ferrer Mac-Gregor y César Nava Escudero, Compendio de Derecho Ambiental, primera edición, Editorial Porrúa, México D.F., 2010. Compendio de Amparo, Editorial Porrúa, México D.F., 2011. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. López Nogales Armando y Rafael López Nogales, Ley Agraria, comentada, décima edición, Editorial Porrúa, México D.F., 2005 Documentos de Investigación, Artículos de Revistas y Periódicos Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, A.C., Evaluando el Desempeño del Gobierno Federal 2007-2012, México, D.F., febrero 2012. - 83 - Elizondo Mayer-Serra, Carlos y Luis Manuel Pérez de Acha, Las nuevas reglas de la expropiación, Este País, Número 225, México D.F., diciembre 2009. PROPERTY RIGHTS ALLIANCE, International Property Rights Index, Report 2012.PROPERTY RIGHTS ALLIANCE, International Property Rights Index, Report 2013. Robles Landa, Miguel Alessio, Seguridad Jurídica y Función Registral y Catastral Inmobiliaria en Tierras Sociales, Revista Foro Jurídico, Número 80, México D.F., abril 2010. Quadri de la Torre, Gabriel, Desforestación Cero, de una vez por todas, El Economista. SRA, Programa Sectorial de Desarrollo Agrario 2007-2012. Terzi, Claudia, Certeza Jurídica en la Tierra y Crecimiento Económico Sustentable, Revista Foro Jurídico, Número 79, México D.F., abril 2010. Terzi, Claudia, México ante la falta de generación de riqueza y una mala distribución del ingreso, Revista Foro Jurídico, Número 86, México D.F., noviembre 2010. Páginas Electrónicas Hardin, Garret,¨The Tragedy of Commons¨, en Science, v. 162, 1968, pp.1243- 1248, Traducción de Horacio Bonfil Sánchez, Gaceta Ecológica, Número 37, Instituto Nacional de Ecología, México 1995, http://www.ine.gob.mx - 84 - PERFILES INSTITUCIONALES DE LOS COEDITORES DE LA EDICIÓN DE MÉXICO La Alianza de Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance, PRA) se dedica a proteger los derechos de propiedad (físicos e intelectuales) en Estados Unidos y alrededor del mundo. La PRA está afiliada a la organización de defensa del contribuyente, Americans for Tax Reform (ATR). La PRA tiene su sede central en Washington, D.C. y es presidida por el economista Hernando de Soto. Su Director ejecutivo es Lorenzo Montanari. Uno de sus principales instrumentos es el Índice Internacional de Derechos de Propiedad, que en 2013 contó con la contribución de 74 instituciones alrededor del mundo. www.internationalpropertyrightsindex.org/ Somos una organización sin fines de lucro, independiente y apartidista, cuya misión es diseñar y promover políticas públicas innovadoras que generen igualdad de oportunidades para los mexicanos a través del desarrollo económico y la reducción de la pobreza; así como ser una fuente confiable de análisis independiente para funcionarios de gobierno y el público en general. En Fundación IDEA nos dedicamos a generar información y a diseñar políticas que generen un mayor impacto en el futuro de México. Nuestro país enfrenta muchas barreras que impiden su desarrollo económico sostenido así como la movilidad social y económica de su población más pobre. En Fundación IDEA identificamos estas barreras y a través del análisis riguroso y la investigación impulsamos los cambios necesarios para influir en las decisiones públicas y realizar recomendaciones de políticas adecuadas. www.fundacionidea.org.mx/ - 85 - Caminos de la Libertad es un proyecto de Grupo Salinas, creado en 2004, cuyo principal objetivo es provocar la reflexión y discusión sobre los distintos aspectos de la Libertad. Buscando generar pensamiento en torno a ella y exaltar su valor en la vida de la sociedad, nos hemos convertido en un ambicioso programa académico y de difusión. Convencidos que es urgente hablar, discutir y proponer sobre la Libertad y aquello que la amenaza y la forma en que eso nos afecta a todos, involucramos a la sociedad, en todos sus niveles, utilizando distintos medios como concursos, conferencias, seminarios, círculos de estudio, publicaciones y presentaciones de libros, exposiciones, programas en televisión, etc. El Presidente de Caminos de la Libertad es Sergio Sarmiento y la Directora ejecutiva es Bertha Pantoja. www.caminosdelalibertad.com La Fundación Friedrich Naumann para la Libertad (FNF) es la fundación alemana para la política liberal que se crea en 1958. Es una organización política no gubernamental, dedicada a la revaloración del liberalismo como filosofía y concepto político que enfrente las amenazas a la libertad y la democracia por parte de los regímenes totalitarios y populistas en América Latina. La labor de la Fundación se basa en la formación cívica, la asesoría política de líderes y la colaboración con partidos políticos y think-tanks liberales. Trabaja en el impulso de estrategias que generen propuestas liberales para el desarrollo del país, que hagan énfasis en la importancia de una sociedad informada y participativa y que promuevan el valor de la libertad, las virtudes de la democracia liberal, los principios de - 86 - la economía de mercado y el respeto por los derechos individuales, las instituciones de la democracia y el Estado de Derecho. La FNF tiene presencia en más de 60 países del mundo. Su sede se encuentra en Postdam, Alemania y en América Latina la oficina regional se ubica en México D.F. desde donde se coordina la labor de las oficinas de proyecto de Argentina, Brasil, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México y Nicaragua. En el ámbito político alemán, la FNF trabaja con el Partido Liberal de Alemania (FDP, por sus siglas en alemán), que actualmente forma parte de la coalición gobernante en el país. El presidente de la FNF es el Dr. Wolfgang Gerhardt y la directora regional para América Latina es Birgit Lamm. www.la.fnst.org www.fnst.org - 87 - ÍNDICE Presentación: Lo que es de todos no es de nadie, por Sergio Sarmiento 3 Derechos de Propiedad y prosperidad, por Victor H. Becerra 4 Introducción: Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013, por Hernando de Soto 5 Carta por el Lorenzo Montanari 8 Prefacio por Gerardo Bongiovanni 10 Acerca del Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013 15 Sobre el Autor 16 Socios de la edición Internacional 17 Composición y Cobertura del Índice 21 Resultados para México 28 Derechos de Propiedad, Libertad y Desarrollo Económico, por Isaac Katz 41 El Estado de los Derechos de Propiedad en México, por Carlos Ignacio Gutiérrez y Alberto Saracho 51 Propuestas para Fortalecer los Derechos de Propiedad en México, por Claudia Terzi 70 Perfiles institucionales de los coeditores de la edición México 85 - 88 - DE DERECHOS DE PROPIEDAD POR QUINTIL A RCT IC O CEA N Sweden R Finland u s s i a Estonia Latvia Lithuania Belarus Poland many m Ukraine Slovakia Austria Hungary Moldova Slovenia ly Croatia Romania Kazakhstan Czech Rep. a Bosnia & Serbia Herz. Bulgaria Macedonia A ania Alba a a Turkey Greece Malta Cyprus Lebanon Israel sia s Libya Georgia Armenia Azerb. Syria Jordan Iraq Saudi ger g Chad Ethiopia Central African Republic Uganda Congo Gabon G Rwanda Dem. Republic of the Congo Angola Namibia C Afghanistan Pakistan Bahrain Qatar U.A.E. Oman Arabia Nepal India h i n Somalia Bhutan Taiwan Myanmar Laos Cambodia Kenya Sri Lanka Equator Burundi East Timor Papua New Guinea Solomon Islands Vanuatu Mauritius Mozambique Swaziland Lesotho South Africa Palau Singapore Malawi Zimbabwe Botswana Brunei Malaysia PA CIFIC O CEA N Philippines Indonesia Tanzania Zambia Vietnam Japan Tropic of Cancer Hong Kong Thailand IN DIA N S. Korea a Bangladesh Dijbouti ia Cameroon C Iran Yemen Eritrea Sudan N. Korea Uzbekistan Turkmenistan Tajikistan Kuwait Egypt Mongolia Kyrgyz Rep. Tropic of Capricorn Madagascar Somoa Fiji Tonga A u s t r a l i a O CEA N New Zealand El Índice Internacional de Derechos de Propiedad es la publicación insignia de la Alianza de Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance, PRA). La PRA está comprometida con la promoción de los derechos de propiedad alrededor del mundo. El Índice Internacional de Derechos de Propiedad es un estudio anual comparativo que busca cuantificar la fortaleza de los derechos de propiedad —tanto físicos como intelectuales— y clasificar de acuerdo a esto a los países. Este reporte muestra la relación entre la protección de los derechos de propiedad y el desarrollo económico. La edición 2013 contiene puntuaciones para 131 países, lo que representa 98 por ciento del producto interno bruto del mundo y 93 por ciento de la población mundial. La edición 2013 contiene las clasificaciones por puntuación global y por componentes, la distribución regional de las puntuaciones, y los cambios en las puntuaciones respecto a 2012. La edición 2013 presenta nuevamente los perfiles por país, los cuales proveen la progresión histórica de las puntuaciones en el índice y por componentes, y permiten identificar los avances y variaciones así como los aspectos robustos o débiles de los derechos de propiedad de un país. Además, para explicar las disparidades de género que existen en los países en desarrollo dentro de los derechos de propiedad, se dedica un capítulo a la igualdad de géneros. Dentro del esfuerzo por producir este índice, la PRA ha logrado asegurar el apoyo de 74 think tanks y organizaciones políticas en 57 países que se dedican a la investigación, el desarrollo de políticas, la educación y la promoción de los derechos de propiedad en sus países. El Índice Internacional de Derechos de Propiedad es una plataforma internacional para resaltar los esfuerzos de sus socios por defender los derechos de propiedad físicos e intelectuales basados en un marco legal sólido y una efectiva aplicación de las leyes. El Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2013 es una herramienta para los políticos, think tanks, académicos, líderes empresarios y otras organizaciones interesadas en promover la protección de los derechos de propiedad y el desarrollo económico. http://www.internationalpropertyrightsindex.org