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CONOCE TU
LA PAZ
1
CONOCIENDO MI ESTATUTO
LA PAZ
Hugo Siles Núñez del Prado
Ministro de Autonomías
Diseño y diagramación: Unidad de Comunicación
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Casilla 1397
[email protected]
Impreso en Bolivia
2015
3
LA PAZ
4
¿QUÉ ES EL ESTATUTO
AUTONÓMICO DEPARTAMENTAL?
Es la norma institucional básica del Gobierno Autónomo Departamental, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido
pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política del Estado y que expresa la
voluntad de sus habitantes. Es elaborado de
forma participativa por la Asamblea Legislativa Departamental y sometido a referendo
para su vigencia.
¿CUÁLES SON LOS ALCANCES DEL
ESTATUTO AUTONÓMICO?
PREGUNTAS
GENERALES
DEL ESTATUTO
Define los derechos y deberes, establece las
instituciones políticas del Gobierno Autónomo Departamental, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía
desarrollarán sus actividades y las relaciones
con el Estado.
5
¿CÓMO SE ELABORÓ EL ESTATUTO AUTONÓMICO DEPARTAMENTAL?
El Estatuto Autonómico Departamental de La Paz se elaboró mediante una ruta crítica de trece
pasos de la siguiente manera:
Recopilación
de propuestas
Documento
base
Trabajo
comisiones
Comisiones
especiales
Sistematización
propuestas
Anteproyecto
Estatuto
Revisión
Constitucional
Avance de la elaboración del
6
Socialización
proyecto
aprobado
Referendo
aprobatorio
Aprobación
en detalle
Revisión
constitucional
Socialización
final
Aprobación
en grande
Estatuto Autonómico de La Paz
7
¿CÓMO ESTÁ ESTRUCTURADO EL ESTATUTO AUTONÓMICO
DEPARTAMENTAL DE LA PAZ?
En la primera parte se detallan las bases fundamentales del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, en su 2do y 3er títulos se desarrollan temas como los derechos y deberes de las habitantes, políticas públicas propuestas para el departamento y aspectos como los componentes y
estructura organizacional-funcional entre otros. En los títulos 5to, 6to, 7mo y 8vo se desarrollan
temas relacionados con la organización económica del departamento y las políticas de desarrollo departamental en diversas áreas temáticas y sectores considerados importantes. Los títulos
finales tratan aspectos relacionados con trasparencia, participación, información y los tipos de
relaciones interinstitucionales como intergubernamentales.
DECLARACIÓN DE SUJECIÓN A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
El Estatuto Autonómico Departamental de La Paz, como norma institucional básica del Departamento, declara su plena sujeción a la Constitución Política del Estado y las Leyes.
PRINCIPIOS, VALORES Y FINES
Promueve el cumplimiento de los principios ético morales y además el Ama Qhilla, Ama Llulla,
Ama Suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), y Suma Qamaña (Vivir Bien).
8
El Estatuto tiene como fin el desarrollo integral económico y social para superar la desigualdad
económica y la injusticia social, hacia una sociedad comunitaria de economía plural, con participación y control social.
ÓRGANOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL
Y SU RELACIONAMIENTO
El Gobierno Autónomo Departamental está constituido por la Asamblea Departamental y el
Ejecutivo Departamental y la relación entre estos se fundamenta en la independencia, separación, coordinación y cooperación mutua.
Asamblea Legislativa Departamental
Es el Órgano con facultades deliberativa, legislativa y fiscalizadora. Está compuesto por 20
Asambleístas Departamentales por territorio y 20 Asambleístas Departamentales por población
elegidos por sufragio universal y 5 Asambleístas Departamentales Indígena originario campesinos elegidos por normas y procedimientos propios para cinco años.
Órgano Ejecutivo Departamental
El Órgano Ejecutivo Departamental de La Paz ejerce la facultad reglamentaria y ejecutiva en el
ámbito de sus competencias. Está representado y presidido por una Gobernadora o Gobernador elegido por mayoría absoluta para cinco años.
9
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
Son aquellas en las que el Gobierno Autónomo Departamental tiene facultad legislativa,
reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir
y delegar estas dos últimas. El Estatuto Departamental asume las 36 competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del
Estado.
COMPETENCIAS COMPARTIDAS Y
CONCURRENTES
MARCO
COMPETENCIAL
10
Las competencias compartidas son aquellas
sujetas a una legislación básica de la Asamblea Legislativa Plurinacional cuya legislación
de desarrollo, reglamentación y ejecución
corresponde al Gobierno Autónomo Departamental, mientras que las competencias concurrentes son aquellas en las que la legislación
corresponde al nivel central del Estado y el
Gobierno Autónomo Departamental con los
otros niveles de gobierno ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva.
DE LOS DERECHOS
Y DEBERES DE LAS
PERSONAS
Garantiza el cumplimiento de los derechos
civiles, políticos, sociales, económicos y de las
naciones y pueblos indígena originario campesinos para todas las personas y colectividades que habitan en el Departamento; respeta
la libertad de religión y las creencias sobre espiritualidad de acuerdo a sus cosmovisiones; y
promueve la no violencia y la no discriminación en cualquiera de sus formas.
11
INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA
Las autoridades del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz tienen la obligación de
informar sobre la administración de los recursos públicos, en forma oportuna y transparente a los habitantes del Departamento.
PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL
El Gobierno Autónomo Departamental de La
Paz garantizará el ejercicio y funcionamiento
de los mecanismos de participación y control
social a la ciudadanía y sus respectivas organizaciones.
TRANSPARENCIA Y
CONTROL SOCIAL
12
PLANIFICACIÓN DEPARTAMENTAL
Define la conducción del proceso de planificación económica, social y territorial con participación ciudadana, en temas de atención a las
necesidades y las demandas de mujeres, niñas,
niños, adolescentes, adultas y adultos mayores
y personas con discapacidad, además de priorizar la inversión en los proyectos productivos.
POLÍTICA ECONÓMICA
DEPARTAMENTAL
DESARROLLO
SECTORIAL DEL
DEPARTAMENTO
Se apoyará el acceso al microcrédito de la
mujer en el área urbana y rural; asimismo
fomentará la iniciativa de las actividades productivas de los trabajadores por cuenta propia, comerciantes, cooperativistas, transportistas, artesanos, asociaciones comunitarias,
organizaciones territoriales productivas, microempresas, empresas pequeñas, medianas y
grandes, estatales y otras actividades de auto
sustento económico.
13
DESARROLLO ECONÓMICO
Se diseñarán y aplicarán políticas públicas de desarrollo con el fin de alcanzar la equidad económica, de género y justicia social, con participación ciudadana y control social.
INVERSIÓN PÚBLICA - INFRAESTRUCTURA DEPARTAMENTAL
Se debe invertir los recursos económicos en la planificación, diseño, construcción, mantenimiento, modificación y administración de infraestructura necesaria en:
14
•
Transporte terrestre (carreteras, puentes, túneles, pasos a desnivel de la red vial departamental, incluyendo la red fundamental y líneas férreas), Aéreo (aeropuertos departamentales, terminal aérea) y fluvial (puertos).
•
Electrificación rural provincial.
•
Sistema de educación y salud.
•
Productivo, agropecuario, manufacturero e industrial.
•
Ámbito Deportivo.
•
Parques industriales, campos feriales y centros artesanales.
DESARROLLO PRODUCTIVO
Se promoverá el desarrollo productivo departamental que supere las limitaciones de la pobreza hacia el desarrollo rural y urbano, con inclusión social y generación de empleo digno para Vivir Bien.
Fomento a la Asociatividad Empresarial
Se fomentará e impulsará la asociatividad y cooperación empresarial entre los diversos actores de
la economía plural para promocionar los productos en los mercados nacionales e internacionales.
Ciencia y tecnología
Se diseñarán políticas y programas orientados a fomentar los procesos de investigación, innovación, promoción, divulgación, aplicación y transferencia de ciencia y tecnología para un
desarrollo productivo departamental.
Turismo
Se elaborará y ejecutará el Plan Departamental del Turismo y fomentará la iniciativa productiva e innovación del desarrollo de servicios turísticos, priorizando los proyectos comunitarios,
ecológicos y metropolitanos.
15
Empresas Departamentales
Se conformarán empresas públicas en áreas productiva industrial, artesanal y de servicios. Además de empresas de economía mixta en complejos productivos, industria agropecuaria y otros.
DESARROLLO HUMANO
Se establecerá la Política Departamental de equidad de género, generacional, de personas con
discapacidad, niñez adolescencia y personas adultas mayores, promoviendo y apoyando políticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo social en los siguientes ámbitos:
Niñez y Adolescencia
Se promoverá el desarrollo físico, mental, moral y social en condiciones de equidad social de
toda niña, niño y adolescente, mediante políticas de prevención, protección y atención integral.
Género
Se promoverá la equidad de género de toda persona, priorizando a la mujer en atención a su rol
protagónico en la sociedad, mediante políticas de prevención, protección y atención integral.
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Adulto Mayor
Se promoverá una vejez digna a todas las personas mediante
políticas de prevención, protección y atención integral.
Personas en Situación de Discapacidad
Se promoverá el ejercicio pleno de los derechos de las personas
en situación de discapacidad mediante políticas de prevención,
protección y atención integral.
Salud
Se implementarán y ejecutarán, programas y proyectos de fortalecimiento y equipamiento a hospitales se
apoyará para un mejor funcionamiento del sistema
único de salud promoviendo la inclusión de la medicina tradicional de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
17
Educación
Se impulsará la educación Técnica Tecnológica, alternativa y especial, pública, universal, democrática, participativa, comunitaria, descolonizadora, intracultural, intercultural, plurilingüe
y de calidad, rescatando los valores de las cosmovisiones de los pueblos y naciones indígena
originario campesinos.
Seguridad ciudadana
Se impulsará la elaboración e implementación de políticas, planes de Seguridad Ciudadana, en
el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, en coordinación con las Entidades Territoriales
Autónomas del departamento y la fuerza pública.
Deporte y recreación
Se establecerá la política departamental del deporte, tomando en cuenta la práctica integral
del deporte en todas sus disciplinas, niveles competitivos y recreativos, en todas las etapas del
ciclo; además adoptará nuevas tecnologías que estimulen y coadyuven la práctica del deporte
de alta calidad y de competición, apoyando la práctica deportiva de las personas en situación
de vulnerabilidad. Asimismo rescatará las disciplinas deportivas de los pueblos indígena originario campesinos y fomentará la conformación de organizaciones y asociaciones deportivas en
el ámbito del Departamento.
18
DIRECCIÓN
GENERAL DE
AUTONOMÍAS
LA PAZ
Av. 20 de Octubre
esq. Fernando Guachalla
Edif. Ex Conavi
Telf. 2110934
Fax. 2113613. Casilla 1397
19
Oficina Central
Av. 20 de Octubre Nº 2230 esq. Fernando Guachalla
Telf (591 - 2) 2110934 - 2110930
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