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Honorable Concejo Deliberante del Pilar
San Martin 972 – Pilar
0230-4669235
www.hcdpilar.gov.ar
REFERENCIA EXPEDIENTE N°: 12.415 - 453/13
VISTO:
El expediente de referencia, por el cual la Sra. SANFILIPPO NORA LILIANA, DNI
12.623.217,
tramita el “Uso Conforme de Suelo” para la instalación
Lavandería” “5 a Sec”,
de una “Tintorería y
ubicada en la Ruta Panamericana Ramal Pilar km 54.5 Local 150 Paseo
Champagnat – Partido del Pilar.
VISTO:
El informe a fs. 48 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el
cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.
CONSIDERANDO:
Que del total de los 10 vecinos consultados, 10 han dado su conformidad, cuya firma se
verifica de fs. 37 a 46 del expte de referencia.
Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a
este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimientos de
este tipo.
Por todo ello, este HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus facultades,
sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: I,
Sección: E, Código: 7, Chacra: 1, Fracción: 1 b, Parcela: 13 a, Partida: 1185, el “Uso Conforme de
Honorable Concejo Deliberante del Pilar
San Martin 972 – Pilar
0230-4669235
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Suelo” para la instalación de una “Tintorería y Lavandería” “5 a Sec”,
ubicada en la Ruta
Panamericana Ramal Pilar km 54.5 Local 150 Paseo Champagnat – Partido del Pilar.
ARTÍCULO 2°: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la
promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho periodo y de no mediar causales
impeditivas, a solicitud del iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos
de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.
ARTÍCULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o
habilitación del emprendimiento.-
ARTÍCULO 4°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este
Honorable Concejo Deliberante, con fecha 19 de diciembre de 2013.-
ORDENANZA N° 298/13
Honorable Concejo Deliberante del Pilar
San Martin 972 – Pilar
0230-4669235
www.hcdpilar.gov.ar
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 453/13 – 12.415/13
VISTO:
El expediente de referencia, por el cual la Sra. SANFILIPPO NORA LILIANA, DNI
12.623.217,
tramita el “Uso Conforme de Suelo” para la instalación
Lavandería” “5 a Sec”,
de una “Tintorería y
ubicada en la Ruta Panamericana Ramal Pilar km 54.5 Local 150 Paseo
Champagnat – Partido del Pilar.
El informe a fs. 48 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el
cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.
CONSIDERANDO:
Que del total de los 10 vecinos consultados, 10 han dado su conformidad, cuya firma se
verifica de fs. 37 a 46 del expte de referencia.
Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a
este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimientos de
este tipo.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza Nº
298/2013.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Honorable Concejo Deliberante del Pilar
San Martin 972 – Pilar
0230-4669235
www.hcdpilar.gov.ar
ARTÍCULO 1º: Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal Nº
298/2013, cuya parte dispositiva dice:
Artículo 1º: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: I,
Sección: E, Código: 7, Chacra: 1, Fracción: 1 b, Parcela: 13 a, Partida: 1185, el “Uso Conforme de
Suelo” para la instalación de una “Tintorería y Lavandería” “5 a Sec”,
ubicada en la Ruta
Panamericana Ramal Pilar km 54.5 Local 150 Paseo Champagnat – Partido del Pilar.
Artículo 2º: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la
promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho periodo y de no mediar causales
impeditivas, a solicitud del iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos
de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.
Artículo 3º: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o
habilitación del emprendimiento.
Artículo 4º: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este
Honorable Concejo Deliberante, con fecha 19 de Diciembre de 2013.
ARTÍCULO 2º: Dése al Registro Municipal, pase a la Secretaria de Planeamiento, Catastro, Gestión
y Desarrollo Urbano, Dirección de Coordinación de Inspecciones, notifíquese, con las debidas
constancias, archívese.
DECRETO Nº: 0005114