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JUICIOS PARA DIRIMIR LOS
CONFLICTOS O DIFERENCIAS
LABORALES
DE
LOS
SERVIDORES DEL INSTITUTO
NACIONAL ELECTORAL
ACUERDO GENERAL DE LA SALA REGIONAL DISTRITO
FEDERAL
México, Distrito Federal, a quince de septiembre de dos mil
quince.- En sesión privada celebrada el día en que se actúa, los
Magistrados que integran la Sala Regional del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta
Circunscripción Plurinominal, con sede en el Distrito Federal,
Armando I. Maitret Hernández, Janine M. Otálora Malassis, en su
carácter de Presidenta, y Héctor Romero Bolaños; así como la
Secretaria General de Acuerdos, Carla Rodríguez Padrón, quien
autoriza y da fe, tomando en cuenta que:
a) Actualmente se encuentran en sustanciación, en esta
Sala Regional, diversos medios de impugnación relacionados con
los procesos electorales que se están desarrollado en los estados
de Guerrero, Distrito Federal y Morelos, los cuales deben
resolverse con prontitud; aunado a que existen cargas excesivas de
trabajo.
b) Los Magistrados integrantes de esta Sala Regional, en
sesión privada celebrada el pasado veintitrés de junio, decretaron
emitir un acuerdo de suspensión de la sustanciación y de los plazos
legalmente establecidos para dictar resolución, en los juicios para
dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del
Instituto Nacional Electoral y, en cualquier otro asunto de naturaleza
laboral.
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Ahora bien, con fundamento en el artículo 99, párrafo
cuarto, fracción VII, y párrafo sexto, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, relacionados con los numerales
186, 192, 195, fracción XII, y 204, fracciones I y VIII, de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación; así como 94, 105 y
106 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en
Materia Electoral, han determinado asumir el siguiente
ACUERDO GENERAL:
Ampliar el periodo de suspensión de la sustanciación y
de los plazos legalmente establecidos para dictar resolución,
en los juicios para dirimir los conflictos o diferencias laborales
de los servidores del Instituto Nacional Electoral y, en
cualquier otro asunto de naturaleza laboral, recibido o radicado
en esta Sala Regional, que actualmente estén en instrucción o en
los cuales se ha declarado cerrada esta etapa procesal, según el
caso; asimismo, se acuerda que las demandas que se reciban a
partir de esta fecha sean turnadas a los Magistrados que
correspondan, sin que proceda iniciar la sustanciación respectiva;
decretado mediante acuerdo general emitido por la Sala Regional
Distrito Federal, el pasado veintitrés de junio.
Lo anterior, para efectos de que la suspensión surta
efectos, hasta el próximo treinta de septiembre de dos mil
quince, inclusive, para reanudar el cómputo de plazos, así como
la sustanciación y resolución de los asuntos, a partir del uno de
octubre siguiente. Para su debido cumplimiento, hágase del
conocimiento público el presente Acuerdo General, fijando
copia en los estrados de esta Sala Regional y en la página de
internet.- CÚMPLASE.- Para los efectos procedentes, agréguese
copia certificada de este Acuerdo en los expedientes respectivos.
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Así lo acuerdan y firman, por unanimidad, los Magistrados
que integran la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder
Judicial
de
la
Federación
correspondiente
a
la
Cuarta
Circunscripción Plurinominal, con sede en el Distrito Federal, ante
la Secretaria General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.
MAGISTRADA PRESIDENTA
JANINE M. OTÁLORA MALASSIS
MAGISTRADO
MAGISTRADO
ARMANDO I. MAITRET
HERNÁNDEZ
HÉCTOR ROMERO
BOLAÑOS
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS
CARLA RODRÍGUEZ PADRÓN