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ET - DEF
058 / 03
22 MAYO 2012
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE
CARTUCHO CALIBRE 20 mm x 139 mm EXPLOSIVO
FRAGMENTARIO INCENDIARIO TRAZANTE (EF-INC-T)
PARA CAÑÓN RHEINMETALL MK20 RH202
Todos los comentarios, sugerencias o preguntas sobre este documento deben dirigirse
a la Dirección General del Servicio Logístico de la Defensa
(Departamento Análisis Técnico de la Dirección de Planeamiento)
ET-DEF N° 058/03
1. OBJETO Y ALCANCE
La presente Especificación Técnica establece los requisitos funcionales, de desempeño,
técnicos, constructivos y de calidad que deberá satisfacer el CARTUCHO CALIBRE
20 mm x 139 mm EXPLOSIVO FRAGMENTARIO INCENDIARIO TRAZANTE (EF-INCT) PARA CAÑON RHEINMETALL MK20 RH202 empleado por las Fuerzas Armadas, para
su adquisición y posterior recepción.
2. DEFINICIONES
a) ET-DEF: Especificación Técnica de la Defensa.
b) CRE: Comisión Recepción de Efectos.
c) CITEDEF: Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas de la Defensa.
d) ENTREGA Y RECEPCIÓN: constituyen dos actividades continuas e indivisibles que se
concretan con el Acta de Recepción Definitiva de los materiales objeto de la presente
ET-DEF.
e) ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA: será aquella acta que se confecciona ante la
recepción de los efectos licitados, a los cuales restan hacerle las pruebas y ensayos que
determinen su completa aceptación.
f) ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA (ARD): es el Acta que se firma de común acuerdo
entre las partes ADJUDICATARIO- ORGANISMO ADQUIRENTE por la recepción total
de los efectos.
3. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR EL EFECTO
3.1. Requisitos Funcionales
3.1.1. El Cartucho deberá ser apto para ser empleado en el CAÑON RHEINMETALL
MK20 RH202. Las principales caracteristicas de este cañón son:
3.1.1.1. Tipo: Cañón automático monotubo.
3.1.1.2. Calibre: 20 mm.
3.1.1.3. Operación: Operado a gas.
3.1.1.4. Longitud: 2,61 metros.
3.1.1.5. Cadencia de tiro: 1.000 disparos/min.
3.1.1.6. Velocidad inicial: entre 1.050 y 1.150 m/s.
3.1.2. El Cartucho consiste en un conjunto constituido por una vaina de acero que
contiene una carga propulsora, fulminante y proyectil con espoleta.
3.1.3. El proyectil es de alto poder explosivo con efecto incendiario y sustancia química
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trazante diseñado para el uso tierra aire, tierra tierra y aire tierra.
3.2. Requisitos de Desempeño y Técnicos
3.2.1. Cartucho calibre: 20 mm x 139 mm.
3.2.2. Peso de la espoleta: 14 gramos.
3.2.3. Seguridad de boca: 8 metros.
3.2.4. Tiempo de autodestrucción: 4-9 seg.
3.2.5. Largo del proyectil: 92 mm.
3.2.6. Peso del proyectil: 98 gramos.
3.2.7. Peso de la carga explosiva: 8 gramos.
3.2.8. Tipo de explosivo de la carga: Hexal P30.
3.2.9. Peso de la vaina: 144 gramos.
3.2.10. Material de la vaina: acero.
3.2.11. Estopín a percusión.
3.2.12. Presentación:
3.2.12.1.
En bandas de CINCUENTA (50) cartuchos eslabonados.
3.2.12.2.
El eslabonado indicado precedentemente, deberá ser compatible con el
arma indicada en 3.1.1.
3.3. Requisitos de Calidad
3.3.1. Estado de los efectos:
3.3.1.1. Los efectos que se solicitan, deberán ser nuevos en perfecto estado de
conservación y mantenimiento.
3.3.1.2. Asimismo, los bienes a adquirir deberán ser originales de fábrica con una
fecha de fabricación no mayor a UN (1) año contado desde la fecha de
apertura de la Oferta.
3.3.2. Los efectos deberán ser fabricados bajo un Sistema de Gestión de la Calidad según
la Norma ISO 9001 (“Sistemas de Gestión de la Calidad - Requisitos”), y/o cumplir
los “Requisitos OTAN de aseguramiento de la Calidad de producción”.
3.3.3. La totalidad de los efectos a proveer responderán a las normas y procesos de
producción indicados por el fabricante.
3.3.4. Los efectos deberán contar con un Certificado de Calidad emitido por la Fábrica
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Productora.
3.3.5. En el Anexo 5 se detallan los aspectos complementarios que se deberán cumplir,
referentes a la presentación de documentación relacionada con la calidad y a la
garantía.
ANEXOS: Nº 1 “Envases. Marcación, Rotulado y Embalaje”.
Nº 2 “Inspección y recepción. Pruebas y ensayos a considerar”.
Nº 3 “Normas y planos a considerar”
N° 4 “Tablas de requisitos y diagramas, esquemas o fotos del efecto” (No aplicable).
Nº 5 “Aspectos complementarios”.
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ANEXO 1: ENVASES. MARCACIÓN, ROTULADO Y EMBALAJE
1. IDENTIFICACIÓN DE LOS EFECTOS
La identificación, el pintado y el marcado del CARTUCHO CALIBRE 20 mm x 139 mm
EXPLOSIVO FRAGMENTARIO INCENDIARIO TRAZANTE (EF-INC-T) PARA CAÑON
RHEINMETALL MK20 RH202, responderán a lo establecido en la Norma DEF AyE 353-B
“Identificación de la munición”.
2. ENVASES Y EMBALAJE
2.1. Envases/embalaje interior:
2.1.1. Las bandas de CINCUENTA (50) cartuchos eslabonados deberán estar contenidas
en bolsas de material plástico apropiado, termoselladas o con cierre estanco
2.2. Embalaje exterior:
2.2.1. En cajas de chapa de acero, con empuñadura de transporte, estancas, conteniendo
UNA (1) o DOS (2) bandas de CINCUENTA (50) cartuchos eslabonados cada
una, acondicionadas de acuerdo a lo indicado en el punto anterior.
2.3. Rotulado del embalaje e identificación del contenido:
2.3.1. De acuerdo a lo establecido en la Norma DEF AyE 1114 “Exigencias y requisitos
de los embalajes de explosivos”.
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ANEXO 2: INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN. PRUEBAS Y ENSAYOS
A CONSIDERAR
1. INSPECCIONES
1.1. El ORGANISMO ADQUIRENTE se reserva el derecho de realizar inspecciones
preventivas sobre la fabricación en curso o terminada de los efectos, sin previo aviso, en
las instalaciones del ADJUDICATARIO. A tal fin, el ADJUDICATARIO facilitará las
instalaciones, herramientas, calibres y medios adecuados para el control y los ensayos que
le sean requeridos.
2. INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN
2.1. El ADJUDICATARIO deberá evaluar la oportunidad de su entrega, y solicitar
PERSONALMENTE, con DIEZ (10) días corridos de anticipo, el turno correspondiente a
la Comisión Receptora de Efectos (CRE) del ORGANISMO ADQUIRENTE.
2.2. El lugar de entrega de los efectos será determinado por el ORGANISMO
ADQUIRENTE.
2.3. El ADJUDICATARIO y/o su representante legal, deberá estar presente durante la entrega
y recepción del material, objeto de esta ET-DEF, actividades que estarán a cargo de la
CRE, para realizar el control de estado y cargo por calidad y cantidad conjuntamente con
el inspector designado por la Fuerza adquirente.
2.4. La CRE recibirá el material en cantidad y calidad de acuerdo a lo indicado en la
correspondiente Orden de Compra (OC) y en la presente ET-DEF. Para efectos
importados, el ADJUDICATARIO, deberá presentar el número de Despacho de Plaza.
2.5. El ADJUDICATARIO deberá presentar Certificado de Origen de los efectos que entrega
al ORGANISMO ADQUIRENTE, cuando los mismos sean de origen importado.
2.6. El ADJUDICATARIO deberá poner a disposición del ORGANISMO ADQUIRENTE
junto con la entrega de los efectos, el Certificado de Garantía de Calidad emitido por la
Fábrica Productora, avalado con su firma.
2.7. Los efectos a adquirir serán verificados mediante una inspección ocular del 100 % de cada
lote, debiendo satisfacer los requisitos de la presente ET-DEF, considerándose ésta como
una recepción provisoria, debiendo la CRE del ORGANISMO ADQUIRENTE
confeccionar el ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA en el caso que no existan
novedades.
2.8. Luego de firmada el ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA y durante un lapso de
VEINTICINCO (25) días hábiles se ejecutarán las actividades de control de calidad
(incluyendo el tiro), ejecutadas por personal especializado de la Fuerza u Organismo que
designe el ORGANISMO ADQUIRENTE.
2.9. En el caso de que en alguno de los anteriores puntos no satisfagan las condiciones exigidas
en la Orden de Compra o en la presente ET-DEF, la CRE confeccionará un ACTA DE
RECHAZO.
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2.10. Al material recibido en reemplazo de aquel que resulte deficitario, se lo someterá a los
mismos ensayos de recepción que el original.
2.11. Concluidos los ensayos y habiendo sido éstos satisfactorios, el responsable designado
confeccionará un INFORME donde se dejarán asentados los resultados obtenidos,
conforme a los ensayos realizados.
2.12. Una vez que se haya confeccionado el INFORME, luego de los ensayos de calidad
enunciados en el punto anterior, la recepción definitiva estará materializada en todo su
ciclo con las siguientes actividades:
a) ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA (ARD) que será confeccionada por la CRE del
ORGANISMO ADQUIRENTE.
b) Remito.
c) Certificado de Garantía de Calidad emitido por la Fábrica Productora (entregado por el
ADJUDICATARIO).
2.13. Los gastos ocasionados de un eventual rechazo, tales como reexportación, estadía por
trámites aduaneros y transportes asociados, estarán a cargo del ADJUDICATARIO.
3. PRUEBAS Y ENSAYOS A CONSIDERAR
3.1. El Organismo designado para efectuar las pruebas y ensayos de recepción a los efectos
será el CITEDEF, quién controlará el cumplimiento de los requisitos especificados en los
puntos 3.1. y 3.2. del Cuerpo de esta ET-DEF.
3.2. Se efectuarán las pruebas y ensayos para cada uno de los lotes entregados según la norma
de recepción del fabricante, la cual fuera entregada por el ADJUDICATARIO al momento
de la presentación de su oferta, según lo establecido en el punto 1.1.2. del Anexo 5.
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ANEXO 3: NORMAS Y PLANOS A CONSIDERAR
1. NORMAS A CONSIDERAR
1.1. Norma DEF AyE 353-B: “Identificación de la munición”.
1.2. Norma DEF AyE 1114: “Exigencias y requisitos de los embalajes de explosivos”.
1.3. Normas de recepción a facilitar por la Fabrica Productora/Adjudicatario.
1.4. Las indicadas en el Cuerpo de la ET-DEF.
NOTA: Las ediciones/revisiones de las Normas indicadas son las vigentes en el momento de la
aprobación de la presente ET-DEF. Dichas Normas son susceptibles de ser revisadas,
debiendo considerase y aplicarse para cada contratación, la edición y/o revisión más
reciente.
2. PLANOS A CONSIDERAR
No se hacen consideraciones.
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ANEXO 4: TABLAS DE REQUISITOS Y DIAGRAMAS, ESQUEMAS O FOTOS
DEL EFECTO
No aplicable para la presente ET-DEF
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ANEXO 5: ASPECTOS COMPLEMENTARIOS
1. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON LA CALIDAD
1.1. Los OFERENTES deberán adjuntar a sus ofertas:
1.1.1. El Certificado indicando que los ítems ofertados fueron fabricados bajo un Sistema
de Gestión de la Calidad según la Norma ISO 9001 (“Sistemas de Gestión de la
Calidad - Requisitos”) y/o cumplir los “Requisitos OTAN de aseguramiento de la
Calidad de producción”, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.3.2. del Cuerpo
de la ET-DEF.
1.1.2. La Especificación Técnico-Comercial de la Fábrica Productora, la que deberá
contener:
a) Las normas empleadas para la fabricación.
b) El control de calidad de todos sus componentes.
c) Las pruebas y ensayos de calidad de los efectos que realiza para la recepción de
los lotes y sus criterios de aceptación.
1.2. Los OFERENTES deberán indicar en la Oferta el país de origen de los efectos ofertados.
1.3. El ADJUDICATARIO deberá poner a disposición del ORGANISMO ADQUIRENTE,
junto con la entrega de los efectos, el Certificado de Calidad emitido por la Fábrica
Productora, avalado con su firma.
2. GARANTÍA
2.1. Los efectos estarán amparados por una garantía de calidad, ESCRITA contra defectos del
material y/o mano de obra, otorgada y firmada por la Fábrica Productora representada por
el ADJUDICATARIO, por un período no inferior a CINCO (5) años a partir de la fecha de
recepción y en el caso que constate el hecho (fallas del material) el Proveedor deberá
reponer el material. En la misma deberá constar por escrito la fecha declarada de
fabricación y vencimiento (mes - año) de cada uno de los distintos lotes.
3. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
3.1. El ADJUDICATARIO deberá proporcionar la correspondiente documentación técnica
emitida por el fabricante para cada lote del material o producto y sus correspondientes
revisiones y actualizaciones a saber:
a) Documentación técnica (boletines de servicios, de alerta y estandarización, cartas de
servicio, etc.).
b) Documentación logística (descripción física general, descripción de funcionamiento,
marcas de embalaje, almacenamiento, información de catalogación etc.).
4. DOCUMENTACIÓN Y TRADUCCIONES
4.1. Toda documentación (folletos, manuales, hojas técnicas) que sea obtenida a través de
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Internet, deberá estar acompañada por la dirección desde donde se obtuvo, para permitir
corroborar su veracidad.
4.2. Todo documento presentado en idioma extranjero deberá estar traducido al castellano.
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