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GOBERNAC ION
DE CASANARE
NIT. 892099216-6
10027-3753
ii N
Z r3Q 1
CORREO CERTIFICADO
Yopal, 11 de Septiembre de 2015
GOBERNACIÓN DE CASANARE
Señor(a):
RAOICACÓN D CQODCIA
MARIA UBALDINA ACHAGUA ACHAGUA
09 OCT 1015
VEREDA CAZADERO
Nunchia Casanare
-
IE
REF: COMUNICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO.
Cordial Saludo,
Comedidamente me permito comunicarle que el Departamento de Casanare mediante
Resolución N°583 de fecha 27 de agosto de 2015, declaró la perdida de ejecutoriedad
del acto administrativo frente a Ciento Ochenta y Nueve (189) núcleos familiares
beneficiarios de la Resolución NO3993 de fecha 31 de diciembre de 2003; por lo cual se
extinguen los efectos jurídicos frente al subsidio de vivienda que le fue asignado en dicho
acto administrativo, en virtud de la causal 3 1 del artículo 91 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, circunstancia que origina los efectos
jurídicos de la pérdida de fuerza de ejecutoria del acto administrativo cuando han
transcurrido más de cinco (5) años, y no se adelantaron las acciones correspondientes
para la ejecución del mismo.
Por consiguiente, le comunico que puede acercarse a la Oficina de Vivienda
Departamental dentro del término de cinco (5) días hábiles a partir del recibido de la
presente comunicación para que se le haga entrega de la copia del acto administrativo o
en su defecto la puede consultar y descargar en la página WEB de la Gobernación de
Casanare www.casanare.gov.co .
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 0 de la Resolución N°583 de fecha 27 de
agosto de 2015, se señaló que contra el presente acto administrativo no proceden los
recursos de ley.
Atentamente,
y Di au- ~
NARDA CONSUELO PERILLA ALONSO
Asesor(a) de Vivienda Departamental
PrOyectoA
Rafae
Profes
ez L.
ntratado.
Carrera 19 No. 6-83, Cód. Postal 850001, TeL 6324645, Ext. 249, Yopal, Casanare
www.casanare.gov.co - viviendacasanare.gov.co
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