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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
PROCURACIÓN GENERAL
2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Dictamen jurídico
C. Expte. Nº 30494/2009/MGEYA/AGC.
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL.
L
Vienen las presentes actuaciones a esta Procuración General
a efectos de que emita opinión en relación al recurso administrativo, interpuesto mediante
Presentación Agregar N° 1, contra el rechazo de la solicitud de habilitación del local
ubicado en la calle Cabrera Nº 3058, Planta Baja y Entrepiso.
G
EN
I.- ANTECEDENTES
ER
A
Mi opinión es la siguiente:
U
R
A
C
IO
N
A fs. 1/16, obra la solicitud de habilitación y la documentación
correspondiente, iniciada por la firma MIE GERMAN CARS SRL., para desarrollar en el
local referido ubicado en la calle Cabrera Nº 3058, Planta Baja y Entrepiso, la actividad de
Mantenimiento y Reparación del Motor, Mecánica Integral, Reparación de
Amortiguadores, Alineación de Dirección y Balanceo de Ruedas; Instalación y Reparación
de Parabrisas, Lunetas y Ventanillas, Alarmas, Cerraduras, Radios, Sistemas de
Climatización; Reparaciones Eléctricas, del Tablero e Instrumental, Reparación y Recarga
de Baterías.-
PR
O
C
A fs 17, luce formulario de Observaciones Habilitación, por el
cual se intimó a la firma peticionante a cumplir con las observaciones que en él se
detallan dentro del plazo de 30 días y en caso de incumplimiento se procederá al rechazo
del trámite de la habilitación solicitada. Este acto administrativo fue notificado en fecha 17
de Diciembre de 2009, conforme consta a fs. 17 y 21.A fs.- 21, se deja constancia que el autorizado, procede al
retiro de la documentación de fs. 1 a 5, 6 a 8 y 9 a 13, a los efectos de su corrección y
posterior agregación.A fs. 22, luce el Informe de Rubros Rechazados y Motivos,
indicando, que toda vez que visto que con fecha 17/12/2009 la parte interesada retiró
documentación y se notificó de las observaciones efectuadas, y al no haberse dado
cumplimiento a éstas últimas, se rechaza la presente solicitud de habilitación. En virtud de
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lo normado en el art. 9 del Decreto 93/2006.- El rechazo de la solicitud, fue notificado en
fecha 5 de Mayo de 2014, conforme consta a fs. 23.Por Presentación Agregar Nº 1, a fs. 25 y en fecha 7 de Mayo
de 2014, se presenta quien manifiesta ser apoderada de la empresa titular de la actividad,
Arquitecta Mabel H. Carnevale, cumpliendo parcialmente la intimación cursada, no
acredita la representación que invoca y plantea recurso de reconsideración, manifiesta
que no han podido cumplir con las observaciones intimadas, por problemas personales
los cuales hicieron imposible la dedicación al tema.A fs. 35/36, luce la DI-2015-9286-DGHP, que en su articulo 1°
dispuso "Desestímese el Recurso de Reconsideración deducido por la firma MIE
GERMAN CARS SRL., contra la denegatoria dispuesta para la habilitación del local sito
en la calle José Antonio Cabrera N° 3058, PB y EP, de esta Ciudad, Mantenimiento y
Reparación del Motor npc, Mecánica Integral, Reparación de Amortiguadores, Alineación
de Dirección y Balanceo de Ruedas; Instalación y Reparación de Parabrisas, Lunetas y
Ventanillas, Alarmas, Cerraduras, Radios, Sistemas de Climatización; Reparaciones
Eléctricas, del Tablero e Instrumental, Reparación y Recarga de Baterías, para una
superficie de 459,36 m2.Por Presentación Agregar Nº 2, a fs. 39, se presenta el
autorizado Sr. Emiliano Escola, plantea recurso jerárquico y solicita una prórroga a los
efectos de poder cumplimentar la intimación oportunamente cursada.
A fs. 44, se efectúa un análisis de las presentes actuaciones
y las remite a este Órgano de la Constitución a los efectos del tratamiento del recurso
según los términos del articulo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires.
II.- ASPECTO FORMAL DEL RECURSO
El recurso de reconsideración incoado contra el rechazo de la
solicitud de habilitación, fue desestimado por DI-2015-9286-DGHP, por lo que
corresponde a esta instancia efectuar el análisis correspondiente del recurso jerárquico
subsidiario, a tenor de lo prescripto por el artículo 111 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado Ley 5454).
A su vez, mediante Presentación Agregar N° 2, a fs. 39, se
presenta el Sr. Emiliano Escola, invocando la calidad de autorizado, que no acredita,
planteando recurso jerárquico, el que debe ser considerado, no como recurso, sino como
mejora o ampliación de los fundamentos del recurso de reconsideración, conforme la
última parte del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
PROCURACIÓN GENERAL
2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Buenos Aires.
III.- ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN:
EN
ER
A
L
Por la presente actuación tramitó la solicitud de habilitación
iniciada por la firma MIE GERMAN CARS SRL., para desarrollar en el local referido
ubicado en la calle Cabrera Nº 3058, Planta Baja y Entrepiso, la actividad de
Mantenimiento y Reparación del Motor, Mecánica Integral, Reparación de
Amortiguadores, Alineación de Dirección y Balanceo de Ruedas; Instalación y Reparación
de Parabrisas, Lunetas y Ventanillas, Alarmas, Cerraduras, Radios, Sistemas de
Climatización; Reparaciones Eléctricas, del Tablero e Instrumental, Reparación y Recarga
de Baterías.-
N
G
Dicha solicitud fue rechazada, por cuanto la parte interesada,
no cumplió con la intimación cursada.
R
A
C
IO
En relación al recurso articulado como así también en la
ampliación presentada mediante Presentación Agregar N° 2, de fs. 39, no se aportan
argumentos ni documentos que permitan modificar el temperamento adoptado, de
rechazo de la solicitud.
C
U
En tal sentido, las anomalías detectadas e intimadas, que
motivaron el rechazo de la solicitud de habilitación, en la actualidad aún no han sido
subsanadas, lo que implica que debe procederse al rechazo del recurso jerárquico
subsidiario.
PR
O
En todas las actuaciones, en las que se invoca la calidad de
apoderado o autorizado de la empresa titular de la actividad, no se agregan los
instrumentos que acrediten esas calidades, lo cual deberá tenerse en cuenta en futuras
articulaciones, a los efectos de proceder a tramitar las intimaciones pertinentes, en este
caso en particular carece de sentido por cuanto la falta de agregación de la
documentación habilitante, es parte del motivo del rechazo.
IV.- CONCLUSION:
Por lo expuesto opino que corresponde desestimar el recurso
jerárquico subsidiario del de reconsideración que ya fuera oportunamente analizado y
desestimado, mediante el dictado del pertinente acto administrativo que así lo resuelva,
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indicándose que se ha agotado la vía administrativa (art. 113 Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires)
En tal sentido me expido.
Procuración General,
jpr
gac
npp
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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Hoja Adicional de Firmas
Dictamen jurídico
Número: IF-2016-17056722- -DGAINST
Buenos Aires, Lunes 11 de Julio de 2016
Referencia: -30494-MGEYA-2009
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4 pagina/s.
Digitally signed by Carlos Ignacio Salvadores de Arzuaga
Date: 2016.07.11 15:28:33 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CARLOS SALVADORES
Director General
D.G. DE ASUNTOS INSTITUCIONALES (PGAAIYEP)
Digitally signed by Comunicaciones
Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2016.07.11 15:28:45 -03'00'