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Ministerio de Ambiente y Energía
Dirección de Gestión de Calidad Ambiental
San José, 02 de setiembre de 2016
DIGECA-405-2016
Señores
Secretaría del Convenio de Estocolmo
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
Asunto:
Procedimientos y mecanismos sobre el cumplimiento del Convenio de
Estocolmo/Decisión SC-7126
Estimados señores:
En relación con la solicitud de revisión del texto borrador contenido en el anexo de la
decisión SC-7/26 "Procedures and mechanisms on compliance with the Stockolm
Convention", versión del 15 de mayo de 2015, me permito manifestar los siguientes puntos
de vista:
•
Párrafo 15: estamos de acuerdo con la primera propuesta de este párrafo, en la que
se tiene la opción de realizar un proceso de votación luego de agotar la vía del
consenso para la toma de decisiones en el seno del Comité de Cumplimiento.
•
Párrafo 26 (f): en cuanto a la creación de un fondo para la asistencia financiera, se
debe tener en consideración aspectos importantes como: criterios de elegibilidad,
administración del fondo, duración, donantes entre otros, los cuales no se
encuentran en la propuesta que se revisó.
•
Párrafo 27 (c): referente a las posibles acciones que podría tomar la Conferencia de
las Partes ante el cumplimiento del Convenio de cada uno de los países Parte, es
importante a efectos de resguardar la seguridad jurídica en la aplicación del
TElEFONO 2233-03-56 Ó 2257-18-39 FAcsíMil 2258-28-20 Apdo. postal. 10.104-1000 San José, Costa Rica
Correo electrónico: [email protected]
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COSTA RICA
PAls QUE UNE
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instrumento, que se definan las palabras "repeated" y "persistent" non compliance,
lo anterior a efectos de tener claridad a qué Partes se le estaría aplicando la sanción.
•
;:>árrafo 28:. se propone una fusión parcial del párrafo 28 con el 28 bis en cuanto se
deben corsiderar las condiciones de todos los países Partes del Convenio de
Esto~olmo,
leyéndose de la siguiente manera: "The Committee shall, in the context
of these compliance procedures and mechanisms taking in account the needs of
deve/oping countries, countries with economies in transition and the specia/
situations of /east deve/oped countries and small is/and deve/oping states".
• . De manera general se considera que por tratarse de un dJcumento que pretende
dar seguimiento al cumplimiento del Convenio, es conveniente que el verbo utilizado
en las diferentes párrafos sea "shall" y no "mayo might", de modo que las
disposiciones contempladas tengan un carácter de obligación/deber.
Con muestras de nuestra más alta consideración y estima, me suscribo atentamente,
~.-I
Shirley Soto Montero
Directora de Gestión Ambiental
Punto Focal Naciona/ Convenio de Estoco/mo
Costa Rica
EVC/MCS/MDM
Ce: Sra. Irene Cañas. Viceministra de Gestión Ambiental y Energía.
Sr. Roberto Avendaño, Ministerio de Relaciones Exteriores
Sr. Rubén Muñoz. Punto Focal GEF, MINAE
TE LE FONO 2233-03-56 Ó 2257-18-39 FACsíMIL 2258-28-20 Apdo. postal. 10.104-1000 San José, Costa Rica
Correo electrónico: [email protected]
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