Download Ppt0000007.ppt [Somente leitura]
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
CAMARA PARAGUAYA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION - CAPACO LEY DE ALIANZA PUBLICO PRIVADA (APP) EXPECTATIVAS DESDE EL SECTOR DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN ING. MARCIAL MANUEL LÓPEZ CANO PRESIDENTE PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com CAMARA PARAGUAYA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION CAPACO ¡Quienes Somos! — Asociación Gremial sin fines de lucro, fundada el 19 de octubre de 1967. — Cuenta en la actualidad con más de 400 asociados. — Objetivos: ¡ Fomentar el desarrollo de emprendimientos relacionados al sector construcción. ¡ Analizar los problemas del sector y proponer las soluciones adecuadas. ¡ Proponer el mejoramiento cultural, profesional, moral y económico de los profesionales y empresarios de la Industria de la Construcción PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com Ley de APP QUE SE PRETENDE CON LA LEY APP? Captar recursos financieros del sector privado interno y/o externo que permita dar un salto cuantitativo en términos de crecimiento de infraestructura a través de la ejecución de obras de envergadura en un corto tiempo. PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com Recomendaciones — Socializar con todos los sectores que puedan ser involucrados el proyecto de reglamentación de la ley de APP. — Realizar análisis comparativo previo de los costos estimados de las obras con financiamiento incluido, versus, el retorno de la inversión y el precio final que debe ser pagado por la misma. — Establecer reglas claras en relación a los mecanismos de contratación de las empresas ejecutoras de obras y proyectos. — Incluir en el decreto reglamentario, y en los pliegos de Bases y Condiciones, clausulas que estimulen la participación de empresas nacionales PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com Aspectos Positivos de la Ley N° 5102 de Alianza Público Privada — Aspectos positivos relacionados principalmente con la flexibilidad, muy necesaria considerando que los contratos tendrán una vigencia de por los menos 20 a 30 años. — El participante privado tendrá derecho a obtener una compensación de la administración contratante, en caso de verificarse actos o hechos imprevisibles y extraordinarios. — Modificaciones unilaterales al contrato — — — — PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com dispuestas por la administración, en el marco de sus atribuciones y competencias por razones de interés público Eventos de caso fortuito o fuerza mayor ajenos a la voluntad del participante privado e incontrolable por este, siempre que el derecho a compensación se encuentre previsto en el contrato. Actos de carácter particular del estado que produzcan efectos directos sobre el contrato. Actos de carácter general del estado que produzcan efectos directos sobre el contrato, siempre que el derecho a compensación se encuentre previsto en el contrato, y Otros eventos expresamente previstos en el contrato que no sean imputables al participante privado. Aspectos Negativos de la Ley N° 5102 de Alianza Pública Privada Sin embargo, un aspecto fundamental en este tipo de contratos es la solución de controversias, punto que a nuestro criterio es una falencia de la Ley que debe ser necesariamente subsanada en la reglamentación. Consideramos que: — El tratamiento de este aspecto es muy débil en la ley. Debe ser normado detalladamente en el reglamento para que produzcan los efectos deseados — El sistema establecido en la ley contempla solo. — — — — — PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com Los conflictos sobre interpretación, ejecución, cumplimiento, desarrollo y/o extinción de los contratos, que no pueden resolverse por negociación directa de las partes, se podrán someter a un arbitraje de derecho, solo en tanto se refieran a cuestiones de derecho privado. No se señala la instancia que corresponde cuando se trata de materias de derecho público. Debiesen ser los tribunales de justicia pero se deja al reglamento. Se establece que el contrato debe regular aspectos como las instancias procedimentales, requerimientos a cumplir por las partes, integración del tribunal arbitral, etc., sin perjuicio de las disposiciones reglamentarias (estos aspectos corresponde normarlos en la ley o en el reglamento, nunca en el contrato porque atenta contra la certeza jurídica) Las discrepancias técnicas o económicas podrán resolverse por un panel técnico cuya composición no se detalla. El éxito de APP pasa por: — Seguridad jurídica, transparencia, reglas claras de juego son fundamentales si se pretende que esta herramienta impulse significativamente el crecimiento en cantidad y calidad de la infraestructura nacional. A esto debe sumarse un equipo técnico altamente calificado que administre los procesos con claridad, orientado únicamente a sus objetivos y libres de cualquier tipo de injerencias exógenas. PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com CAMARA PARAGUAYA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION - CAPACO «AL PARAGUAY LO CONSTRUIMOS LOS PARAGUAYOS» MUCHAS GRACIAS… PDF creado con la versión de prueba de pdfFactory Pro www.pdffactory.com