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Estándares para Placas
de Identificación de
Activos Fijos en las
Entidades del Gobierno
de Panamá
Autoridad Nacional para la
Innovación Gubernamental
Estándares y Procedimientos
[Mayo de 2014]
Versión 02
AIG
Estándares para Placas de Identificación de Activos Fijos en las
Entidades del Gobierno de Panamá
STD-ART13-01
ING. EDUARDO JAÉN
Administrador General
LIC. OMAR ARCIA - Encargado
Oficina de Asesoría Legal
LIC. GISELA GONZÁLEZ
Oficina de Auditoría Interna
LIC. THAYS ZORRILLA
Oficina Institucional de Recursos Humanos
LIC. RICARDO CUCALÓN
Dirección de Finanzas
LIC. OLMARIS LEZCANO DE ARAÚZ
Dirección de Administración Ejecutiva
LIC. IGNACIO MOLINO
Oficina de Cooperación Técnica
ING. JOAQUÍN HUERTAS
Dirección Nacional de Tecnología y Sistemas
ING. EDGAR RODRIGUEZ
Dirección de Innovación Gubernamental
Elaborado: Estándares y Procedimientos
Versión: 02
Aprobado: Dir. de Tecnología y Sistemas
Fecha: Mayo de 2014
Autorizado: Administrador General
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Entidades del Gobierno de Panamá
STD-ART13-01
ING. EDUARDO BRICEÑO
Dirección de Arquitectura Tecnológica
ING. DIONYS SÁNCHEZ
Dirección de Tecnología y Transformación
ING. KAREN ORTEGA
Dirección de Gobierno Digital
Elaborado: Estándares y Procedimientos
Versión: 02
Aprobado: Dir. de Tecnología y Sistemas
Fecha: Mayo de 2014
Autorizado: Administrador General
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Entidades del Gobierno de Panamá
STD-ART13-01
Elaborado por:
Magister MARY LUZ GOLDER
Estándares y Procedimientos
Elaborado: Estándares y Procedimientos
Versión: 02
Aprobado: Dir. de Tecnología y Sistemas
Fecha: Mayo de 2014
Autorizado: Administrador General
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Estándares para Placas de Identificación de Activos Fijos en las
Entidades del Gobierno de Panamá
STD-ART13-01
AUTORIDAD NACIONAL
PARA LA INNOVACION GUBERNAMENTAL
Título:
Estándares Para Placas de Identificación de Activos Fijos en las
Entidades del Gobierno de Panamá
Aprobado por:
Dirección de Tecnología y Sistemas
Autorizado por:
Ing. Eduardo E. Jaén
Administrador General
Control de Cambios
Número de Versión
Versión 02
Cambio
Versión Original
Modificado: Página 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13,
14.
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Fecha: Mayo de 2014
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Estándares para Placas de Identificación de Activos Fijos en las
Entidades del Gobierno de Panamá
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Tabla de Contenido
A. Conceptos ..................................................................................................... 7
B. Objetivo ........................................................................................................ 8
C. Ámbito de Aplicación .................................................................................... 8
D. Base Legal ..................................................................................................... 8
E. Principios de Aplicación de Estándares.......................................................... 9
F. Estándares para placas de Identificación de Activos Fijos ............................ 10
F.1
Material ................................................................................................... 10
F.2
Presentación ............................................................................................ 12
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 Activos Fijos: son bienes que las Entidades utilizan de manera continua en el
curso normal de sus operaciones.
 Código de Barras: conjunto de líneas paralelas verticales de distinto grosor y
espaciado, que en su conjunto contienen información de
un producto de manera rápida, única y global.
 Código DataMatrix (Codificación de Datos 2D): sistema industrial de
codificación bidimensional, que permite la generación
de un gran volumen de información en un formato
muy reducido, con una alta fiabilidad de lectura
gracias a sus sistemas de información redundante y
corrección de errores (legible hasta con un 20%-30%
dañado). Además no es necesario un alto contraste
para reconocer el código. El código está formado por
celdas de color blanco y negro (perforadas o no
perforadas en el caso de micro percusión) que forman
una figura cuadrada o rectangular. Cada una de esas celdas representa un bit
de información. La información puede estar codificada como texto o datos en
bruto.1
 Placas de Inventario: identificación
física que se adhiere a un bien
patrimonial, con el objetivo de
identificarlo y registrarlo. Puede
contener logo en información general.
 Medidas de Protección: acciones que adoptan las Entidades con sus activos
en caso de que se viole las reglas de seguridad causada por acciones u
omisiones de cualquier persona dentro o fuera de las mismas.
1
http://es.wikipedia.org/wiki/Matriz_de_datos
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 Identificación por Radiofrecuencia (RFID): tecnología que
utiliza ondas de radio para transmitir la identidad de un
objeto, utilizando dispositivos denominados etiquetas o tags
RFID.
 TAGS RFID: etiquetas que contienen una antena y un circuito integrado para
recibir y responder peticiones por ondas radio desde un emisor/receptor
RFID.
 TAGS de seguridad RFID: etiquetas RFID que integran componentes de
seguridad tales como: adhesivo de alto poder, laminado especial, químico de
grabado indeleble que deja una huella en la superficie del activo al que
identifica y algoritmo de seguridad con encriptación de datos.
Establecer los parámetros que deberá aplicarse en la Administración Pública para
toda adquisición de Placas de Identificación de Activos Fijos, con el propósito de
contar con información precisa, oportuna y en tiempo real.
El presente estándar será aplicable por la Administración Pública para la
adquisición de Placas de Identificación de Activos Fijos.
Ley No. 83 de 9 de noviembre de 2012, Que Regula el Uso de Medios Electrónicos
para los Trámites Gubernamentales y Modifica la Ley 65 De 2009, Que Crea la
Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental.
Ley No. 65 de 30 de octubre de 2009, “Que crea la Autoridad Nacional para la
Innovación Gubernamental”.
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Decreto Ejecutivo No. 205 de 9 de marzo de 2010 “Por la cual se Reglamenta la
Ley No. 65 de 30 de octubre de 2009 “Que crea la Autoridad Nacional para la
Innovación Gubernamental ".
Decreto Ejecutivo No. 826 de 11 de agosto de 2010, Que Aprueba la Estructura
Organizativa de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental.
1. El presente estándar será utilizado por todas las Entidades del Gobierno, que
adquieran placas de identificación de activos fijos, para el curso normal de sus
operaciones.
2. Todas las Entidades del Estado que soliciten la compra de placas de identificación
de activos, utilizarán los estándares descritos a continuación, con el propósito de
contar con información precisa, oportuna, para el registro, control e inventario
de activos.
3. Las placas de identificación para activos, serán de alto poder adhesivo con
resistencia aproximada de 100 KG de atracción, para ser despegadas y resistentes
a intemperies.
4. A fin de facilitar la recuperación de los activos robados y/o perdidos, la etiqueta
de seguridad deberá contener, tanto en su frente como en la parte posterior (en
la huella química), la información relativa a los datos de la Institución,
permitiendo la identificación, e implementación del proceso de recuperación del
activo.
5. En caso de que alguien intentara despegar la placa, quedará en el activo una
huella indeleble con la alerta de ACTIVO ROBADO, característica que se generará
al momento de pegar la misma, a través de una reacción química que funde la
huella sobre la superficie del activo.
6. Las placas de identificación de activos tendrán en la parte superior la siguiente
información: Logo de la entidad, código DataMatrix, código correlativo, teléfono,
correo electrónico de contacto y mensaje de advertencia.
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7. Las placas contarán con un chip de radiofrecuencia RFID, que estará ubicado
dentro de la etiqueta, con el número de identificación del activo codificado,
permitiendo un inventario rápido de los activos presentes, en el radio de
operación de una antena de lectura RFID, sea fija o móvil.
8. El tag contará con un código de seguridad encriptado para evitar la clonación del
mismo.
9. Las placas estarán cubiertas por un laminado de protección que impida su
desgaste para mantener la información impresa.
1. Las placas de identificación de activos serán autoadhesivas, sintéticas (poliéster),
impresa con tinta de resina, con laminado protector y huella indeleble en su
parte posterior.
2. El tag de seguridad RFID será anti metal y metal (permitirá colocarse sobre
superficies metálicas y no metálicas), resistir altas y bajas temperaturas, alta
humedad, agua, detergentes e intemperie.
3. El laminado de la parte posterior contará con un adhesivo de alto poder, que
soporte altas resistencias de tracción, para ser removidas del activo.
4. Las placas contarán con un Chip de Identificación por Radio Frecuencia RFID, para
la localización, monitorización del activo en tiempo real.
5. Las placas contarán con una cubierta de laminado protector, en la parte superior,
para proteger la información impresa, impidiendo su desgaste.
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1. El tag deberá contar con las diferentes áreas de almacenamiento y sus
respectivas capacidades mínimas: EPC (96 bits), memoria de uso (512 bits), TID
(128 bits).
2. El tag deberá operar en las frecuencias de 902-928 Mhz US.
3. Rango de lectura en metal entre 2.0 a 2.5 metros.
4. Estándar Class 1, Gen 2, UHF, ISO 18000-6C.
Lámina de Protección
Material Sintético
Materiales para
las placas de
identificación de
activos
RFID
Aislante anti metal
Huella Indeleble
Activo
Tecnológico
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8. Las placas de identificación de activos tendrán el logo de identificación de la
Entidad a la que pertenece el activo.
9. Las placas tendrán un número de identificación único compuesta de un rango de
letras y números, correlativos y visibles.
10. Las placas contarán con un código de barras de matriz 2D o bidimensional
(DataMatrix), cuadrado o rectangular, para datos de longitudes variables, con el
propósito de facilitar la toma de inventario y su recuperación, en caso de robo o
hurto.
11. Todas las placas llevarán impreso (Ejemplo: “Advertencia: Activo Protegido
contra Robo”).
12. Llevarán impreso el número telefónico y/o correo electrónico, para que el o los
ciudadanos puedan comunicarse en caso de pérdida y así facilitar la recuperación
del activo.
13. Las placas de identificación de activo serán rectangulares con bordes
redondeados para dificultar la remoción.
14. Las Entidades utilizarán un diseño único de placas, que presentamos a
continuación, como medida de estandarización de los activos gubernamentales.
15. La impresión frontal de las placas manejarán un total de hasta cuatro colores.
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Mensaje de
advertencia
STD-ART13-01
Logo de la Entidad
Activo protegido contra robo
Código Correlativo
AIG-2013-04328
Código
DataMatrix
Si encuentra este activo, llame al (507) XXX-XXXX
[email protected]
Código RFID
Teléfono o correo electrónico que
utilizará la Entidad en caso de robo o
hurto
14. Las placas tendrá las dimensiones necesarias para el contenido de todos los
componentes gráficos y físicos (Logo, teléfonos, numeración, código Data Matrix,
Chip RFID). La dimensión no debe ser mayor a :2.8 pulgadas x 1.3 pulgadas.
15. Todas las placas de identificación estarán dotadas en su parte posterior de un
sistema químico de grabado de huella indeleble en color rojo, con la leyenda
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STD-ART13-01
“Activo Robado. Si lo encuentra, llame al No. XXX-XXX o al escriba al
[email protected]”.
Leyenda obligatoria.
Huella indeleble,
parte posterior de la
Placa de
identificación
Activo Robado
Si lo encuentra, llame al No. XXX-XXX
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o escriba a
[email protected]
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Fecha: Mayo de 2014
Coloque
el
número
telefónico para que el
ciudadano pueda hacer la
denuncia en la Entidad.
Coloque
el
correo
electrónico para que el
ciudadano pueda hacer la
denuncia en la Entidad.
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