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Preguntas Frecuentes
Como contribuyente, ¿tengo obligación de usar la factura electrónica?
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En general se prevé la obligatoriedad del uso de la factura electrónica para todas
aquellas transacciones que superen los $2,000 pesos, si bien se verán exentos
aquellos contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos, que
podrán seguir expidiendo comprobantes impresos sin importar el monto que amparen.
¿Puedo seguir usando mis folios pre-impresos?
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Todas las empresas que dispongan de folios pre-impresos en taller autorizado, pueden
seguir usándolos hasta que se les acaben o pierdan su vigencia (máximo 2 años).
Si ya soy emisor de Comprobantes Fiscales Digitales, ¿debo cambiar al modelo
CFDI?
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Las empresas que ya cuenten con un sistema de factura electrónica bajo el esquema
de “Emisión por medios propios” o que lo pongan en marcha ANTES del 31 de
diciembre de 2010, podrán seguir emitiendo sus comprobantes de la misma forma que
lo han venido haciendo hasta ahora.
Las empresas que emiten sus Comprobantes utilizando los servicios de un proveedor
autorizado de Emisión de CFD PACFD, deberán migrar al esquema llamado
comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) teniendo como fecha límite el 30 de
Junio de 2011. La migración la podrán hacer, por medio de un Proveedor Autorizado
PSECFDI.
Las empresas que inicien la emisión de facturas electrónicas a partir del 1º de Enero de
2011 o en alguna fecha posterior, deberán adoptar el esquema llamado Comprobante
Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) utilizando, para efectos de obtener el doble
sellado y la asignación de folios, los servicios de un Proveedor de Servicios de Emisión
de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet.
¿Qué cambios aplica el nuevo sistema CFDI respecto al de CFD (Comprobante
Fiscal Digital)?
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El Contribuyente deberá adquirir, arrendar, desarrollar o contratar los servicios de un
tercero para emitir sus facturas electrónicas, las cuales a su vez deberán ser remitidas
a un Proveedor de Servicios de Emisión de Comprobantes Fiscales Digitales a través
de Internet (PSECFDI) quien validará el cumplimiento de las normas publicadas por el
SAT, y asignará al comprobante el número de folio asignado por el Servicio de
Administración Tributaria, fecha y hora de certificación, y Certificado de Sello Digital del
CFDI.
¿Cómo puedo generar y certificar mis Comprobantes Fiscales Digitales a través
de Internet?
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Para llevar a cabo las funciones de validación, timbrado y asignación de folios en
representación del SAT, los proveedores autorizados por el SAT (PSECFDI), deberán
contar con un servicio de validación y certificación gratuito para los CFDI que generen
los Contribuyentes a partir de una aplicación gratuita que también deberán poner a
disposición del público en general.