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Los profesionales de la Imagen Médica
Médicos (Profesional Sanitario Facultativo)
El Médico Radiólogo es el principal referente en la Imagen Médica, dentro del panorama de los
Facultativos. Su especialidad le da competencia para conocer el método físico, las tecnologías
y técnicas, la anatomía y la interpretación de las Imágenes Médicas obtenidas, según los
hallazgos resultantes de la prueba a la que el paciente se somete.
Según la sensibilidad de la prueba, que es la capacidad de dicha prueba para detectar una
enfermedad, los Médicos Radiólogos intervienen directamente en la obtención de la Imagen
Médica: Se trata de la Ecografía.
Los Médicos especialistas en Digestivo también obtienen Imagen Médica a través de la
endoscopia (método habitualmente invasivo con visualización de micro cámara); los
Ginecólogos, mediante el Histerosalpingógrafo, pueden observar y obtener porciones de tejido
uterino; los Odontólogos están legalmente capacitados para obtener pruebas radiográficas
dentales (Rx de piezas dentales o Panorámicas - Ortopantomografía -).
También, en pruebas de Intervencionismo, sobre todo en áreas quirúrgicas, los Médicos
intervienen directamente en el manejo del aparato para obtener la Imagen Médica.
Técnicos Especialistas
Según la legislación y normativa vigente, no puede haber otro Profesional sanitario no
facultativo al frente del manejo de un aparato para obtener la Imagen Médica. Salvo la
excepción de ATS o Auxiliares que antes de la aparición de la Orden Ministerial 14 Junio 1984
estuvieran ejerciendo en Servicios de Radiología, en cuyo caso tuvieron que obtener el Título
de Especialista en Electroradiología.
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Progresivamente, estos profesionales ATS o Auxiliares de enfermería, por la naturaleza de la
edad, están acercándose a la edad de la jubilación o ya no ejercen. Por lo tanto, y salvo dicha
excepción, si no es un Técnico Especialista en Imagen para Diagnóstico - TSID - que ejerce en
Servicios de Radiología o de Diagnóstico por Imagen, o un TEMN (Técnico Especialista en
Medicina Nuclear), el paciente pudiere estar sometido a una prueba operada por un Intruso en
la profesión, con los riesgos de responsabilidades civiles y/o penales que pueden incurrir tanto
el propio profesional intruso, la empresa que lo contrata o la administación sanitaria donde
ejerce. Otros profesionales
Es posible encontrar a otros profesionales ejerciendo en Unidades o Servicios de Diagnóstico
por Imagen (que también se denominan Servicios de Rayos o de Radiodiagnóstico). Se trata
de Enfermeras, Auxiliares o Celadores. Las Enfermeras (profesional de la Enfermería) sólo pueden tener su función asistencial de
Cuidados Médicos, que eventualmente pudieran necesitarse según el estado del paciente. No
es inhabitual ver a Enfermeras al frente del manejo de TC (TAC), de Resonancia, de Aparatos
de RX. Eso es Intrusismo porque no están capacitados en su formación académica para esta
función. Entendemos como formación académica aquella que se instruye y aprende en la etapa
de Formación de gradoo bien Universitario o bien de Enseñanza de Formación Profesional.
Igual sucede con las Auxiliares de Enfermería. Quien voluntariamente maneja aparatos de
obtención de imágenes con fines diagnósticos, sin ser competente en sus funciones, incurre en
un delito de Intrusismo.
Los Celadores son profesionales no sanitarios cuya función es la de transporte y manejo de
pacientes, entre las Unidades Asistenciales.
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