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MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO En Santiago de Chile, a [indicar fecha], [indicar razón social], sociedad que tiene por objeto [indicar objeto], Rol Único Tributario Nº [indicar], representada por don [individualizar representante], ambos domiciliados, para estos efectos, en [indicar domicilio], y [indicar razón social], sociedad que tiene por objeto [indicar objeto], Rol Único Tributario Nº [indicar], representada por don [individualizar representante], ambos domiciliados, para estos efectos, en [indicar domicilio] (en adelante referidos en conjunto como los “Compradores”) por una parte; y, por la otra, [indicar razón social], sociedad que tiene por objeto [indicar objeto], Rol Único Tributario Nº [indicar], representada por [individualizar representante], ambos domiciliados, para estos efectos, en [indicar domicilio] y [indicar razón social], sociedad que tiene por objeto [indicar objeto], Rol Único Tributario Nº [indicar], representada por don [individualizar representante], ambos domiciliados, para estos efectos, en [indicar domicilio] (en adelante referidos en conjunto como los “Vendedores”, y asimismo, referidos junto con los Compradores como las “Partes”); acuerdan lo siguiente: PPRIMERO.- Objeto. Por medio de la presente, [indicar] y [indicar] manifiestan su intención de adquirir para sí y para los restantes Compradores [indicar] y [indicar] manifiestan su intención de vender, el [100%] de las acciones de la sociedad denominada [indicar], constituida por escritura pública de fecha [indicar], otorgada en la Notaría de [indicar ciudad] de don [indicar nombre del notario], un extracto de la cual fue inscrito en [individualizar inscripción] y publicado en el Diario Oficial de fecha [indicar] (en adelante e indistintamente la “Sociedad”). Las Partes se obligan, por medio de este instrumento, a celebrar un contrato de compraventa de acciones y otros documentos que se negocien entre ellas para efectos de El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. perfeccionar la compraventa del [Indicar porcentaje de acciones] de las acciones de la Sociedad, dentro del plazo de [Indicar números de días] siguientes a la fecha en que se verifique el cumplimiento de las condiciones detalladas en el numeral segundo Asimismo, este acuerdo está condicionado a la ausencia de cambios materiales adversos que afecten los negocios, operaciones y situación (legal, financiera u otra) de la Sociedad y de los mercados de deuda internacionales entre esta fecha y la fecha de celebración del referido contrato de compraventa. Por su parte, los Vendedores otorgan a los Compradores un plazo de [Indicar número de días] contados desde la fecha del presente instrumento para celebrar en contrato de compraventa de acciones definitivo, el cual quedará sujeto a las condiciones detalladas en la siguiente cláusula. SEGUNDO.- Condiciones. (i) Condiciones Generales: a. Que los Compradores lleven a efecto, y a su plena satisfacción, un análisis y estudio completo de la Sociedad, tanto financiero, contable, legal y tributario (“due diligence”). b. Los Vendedores deberán entregar a los Compradores, o a quienes éstos designen, dentro del plazo de [Indicar número días] a contar de la fecha del presente instrumento, copia de todos los documentos que se le solicitarán para llevar a efecto el referido “due diligence” de la Sociedad y de los Vendedores (esto último exclusivamente para verificar su existencia y acreditar que quien suscribe los documentos tenga la autoridad suficiente para obligar válidamente a los Vendedores). El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. c. Que las respectivas Juntas de Accionistas de los Compradores, esto es, [indicar nombre o razón social de los compradores]) aprueben, sin más condiciones que las aquí indicadas, la compraventa materia del presente instrumento. (ii) Condiciones Al Cierre: a. A la fecha de Cierre deberá acreditarse que cada uno de los activos de la Sociedad se encuentran libres de prendas, hipotecas o cualesquiera otros derechos de terceros, y al mismo tiempo alzados los avales, fianzas, u otras garantías otorgadas por la Sociedad en favor de terceros. b. Entre la fecha de celebración del presente instrumento y la fecha de firma del contrato de compraventa de acciones correspondiente, los Vendedores deberán resguardar la continuidad del desarrollo ordinario de los negocios de la Sociedad en la forma en que actualmente se realiza. c. Que el valor de los pasivos financieros de la Sociedad no sean superiores a las suma de [indicar]. d. Que la Sociedad no tenga vínculos ni contratos con empresas relacionadas con excepción de los siguientes: [indicar]. e. Que se hayan alzado todas las garantías, las fianzas y codeudas solidarias asumidas por la Sociedad para garantizar obligaciones de terceros. f. Que [indicar] acredite que no tiene conocimiento alguno de acreedores de [indicar] distintos a los indicados en los libros contables de esta última y que declare que no tienen conocimiento de deudas contraídas por [indicar] o sus empresas relacionadas que pueda hacerse exigible en el patrimonio de [indicar]. El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. TERCERO.- PRECIO. Habiéndose cumplido las condiciones establecidas en el numeral precedente, [indicar] y [indicar] se obligan a pagar la suma ascendente a [indicar] [en moneda nacional al tipo de cambio dólar publicado en el Diario Oficial el día anterior al del pago efectivo], por el [Indicar porcentaje] de las acciones de la Sociedad, contra la celebración del contrato de compraventa correspondiente. Adicionalmente, [indicar] y [indicar] se comprometen a: a) El pago del [Indicar porcentaje] de los saldos vigentes a la fecha de celebración del contrato de compraventa, de los pasivos bancarios y pasivos con otras instituciones financieras, pagaderos en efectivo a dicha fecha. b) El pago del total neto de la deuda con personas relacionadas al [indicar fecha] por un monto total de hasta [indicar], menos el monto de las amortizaciones realizadas entre dicha fecha y la fecha de celebración del contrato de compraventa. Para los efectos de la presente cláusula se entenderá por deuda con personas relacionadas neta lo siguiente: el saldo neto de las cuentas relacionadas por pagar y por cobrar con [indicar] y [indicar] y cualesquiera otras deudas con personas relacionadas que sean identificadas durante el proceso de “due diligence”. c) El pago del [Indicar porcentaje] de los proveedores vencidos o con plan de pago, según los acuerdos vigentes a la fecha de celebración del contrato de compraventa y por los saldos vigentes a esa fecha, pagadero en efectivo a dicha fecha. Se deja expresamente establecido que, a la fecha de celebración del contrato de compraventa del [Indicar porcentaje] de las acciones de la Sociedad y contra los pagos detallados en la presente cláusula, cada uno de los activos deberán estar liberados de prendas, hipotecas o cualesquiera otros derechos de terceros, y al mismo tiempo alzados los avales, fianzas, u otras garantías otorgadas por la Sociedad en favor de terceros. El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. CUARTO.- Confidencialidad. Ambas Partes se obligan, por sí y por sus Sociedades Relacionadas (entendida según los términos de la Ley de Mercado de Valores), sus directores, ejecutivos, empleados, agentes o asesores, incluyendo, sin limitación alguna, a abogados, contadores, consejeros, ejecutivos bancarios y asesores financieros, y aquellos de sus Sociedades Relacionadas (en adelante denominados conjuntamente los “Representantes”), a tratar la Información Confidencial y a realizar o abstenerse de realizar las acciones que se establecen más adelante. Para estos efectos: a) El término “Información Confidencial” no incluirá la parte de la información que: (i) es o llegará a ser de conocimiento público, o (ii) se encontraba en poder de alguna de las Partes, o sus Representantes, con anterioridad a la fecha de entrega de la Información Confidencial. b) La Información Confidencial será mantenida en tal carácter y no será difundida, de manera alguna, por las Partes o sus Representantes, sin el previo consentimiento escrito de la otra parte. c) La Información Confidencial sólo podrá ser utilizada para propósitos relacionados con la evaluación de esta compraventa. d) Ninguna de las Partes, o sus Representantes, divulgarán de forma alguna el hecho que la Información Confidencial ha sido proporcionada a ésta ni los propósitos para los cuales fue entregada. e) En caso que a cualquiera de las Partes, o a cualquiera de sus Representantes, le sea requerida por ley o sentencia emanada de autoridad competente, la divulgación de El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. cualquier parte de la Información Confidencial, esta circunstancia se comunicará por escrito a la parte afectada. En este caso, la Empresa Interesada o sus Representantes podrán, sin incurrir en incumplimiento de las obligaciones aquí contenidas, divulgar la parte de la Información Confidencial que les ha sido legalmente requerida. f) El incumplimiento de la obligación de confidencialidad contenida en el presente instrumento por cualquiera de las Partes, o sus Representantes, facultará a la parte afectada para iniciar las acciones legales pertinentes por los daños y perjuicios efectivamente causados. g) Toda la Información Confidencial proporcionada, y todas las copias, serán destruidas o devueltas, en un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud efectuada por cualquiera de ellos por escrito. QUINTO.- Exclusividad. Por este instrumento, y en tanto las Partes se encuentren negociando mutuamente, o sometidas bajo los efectos de este acuerdo se obligan personal y recíprocamente a no negociar con otras personas o empresas, la posible compra de las acciones de la Sociedad. SEXTO.- Misceláneos. (i) Gastos. Cada Parte soportará sus propios gastos en relación a la preparación, negociación y celebración del presente instrumento, así como respecto de las operaciones y transacciones que se contemplan en el mismo, incluyendo los honorarios de abogados y contadores. El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. (ii) Divisibilidad. Cualquiera disposición de este instrumento que no fuera válida o cuyo cumplimiento no pudiera exigirse conforme a derecho, deberá interpretarse, si ello fuera posible, de manera de ser válida y aplicable, y como si pudiera separarse en la medida de la invalidez o inexigibilidad, sin afectar a las demás disposiciones o afectar la validez o exigibilidad de esta disposición; sin perjuicio de que las Partes puedan convenir, en cumplimiento a su obligación de actuar de buena fe y diligentemente, nuevas disposiciones válidas y aplicables que reflejen lo más fielmente posible las disposiciones nulas. Para los efectos anteriores, cada disposición de este acuerdo se considerará como separada y distinta y si cualquier disposición fuere declarada nula, ilegal o inaplicable, no afectará la validez y aplicación de las demás disposiciones del mismo. (iii) Acuerdo Total y Modificaciones. Este acuerdo contiene el acuerdo total entre las Partes en relación con las materias contenidas en el mismo y sólo podrá modificarse mediante un convenio escrito firmado por las Partes. (iv) Legislación Aplicable. Este acuerdo y los derechos y obligaciones de las Partes derivados del mismo, y cualquier reclamo o disputa relacionados con los mismos, se regirán por y se interpretarán según las leyes de la República de Chile. (v) Domicilio y Jurisdicción. Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de [Indicar ciudad]. (vi) Solución Colaborativa de Conflictos. Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre las Partes respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez, cumplimiento o terminación de este contrato El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. será sometida obligatoriamente, a un proceso colaborativo de solución de conflictos ante la Unidad de Defensa del Emprendedor (DEFEM), perteneciente a la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECH). Este proceso será dirigido por un profesional jurídico imparcial, perteneciente a una Clínica Jurídica de la Facultades de Derecho de las Universidades del país, y/o con el apoyo técnico de un especialista en la materia determinada. Dicho procedimiento se dará inicio por medio de una solicitud escrita por cualquiera de las partes, presentada ante el DEFEM y dirigida a su Director, cuyo contenido tendrá al menos lo siguiente: a) Copia del Contrato que contiene la cláusula de proceso de solución colaborativa de conflictos. b) Individualización del destinatario de la conciliación. c) Breve descripción de los hechos que dieron origen al conflicto o controversia. d) Propuesta de posibles alternativas para solucionar el conflicto o la controversia. No habiéndose resuelto la controversia, o habiendo transcurrido un plazo de sesenta días corridos sin que exista acuerdo, cualquiera de las partes involucradas en el proceso de solución colaborativa de conflictos, podrá solicitar la constitución de un arbitraje, cuya designación será hecha por las partes y en caso de no existir acuerdo, por la justicia ordinaria. (vii) Notificaciones y Comunicaciones. Cualquier notificación y/o comunicación que deba ser enviada o entregada por las Partes en razón de este Pacto, deberá constar por escrito y puede ser enviada: por correo electrónico con recepción confirmada, y por carta certificada con recepción confirmada. Se considerará que las notificaciones y/o comunicaciones son recibidas; si fueron cursadas por correo electrónico, al quinto día de ser enviado dicho correo, o por carta certificada, al quinto día de ser ser enviada. (viii) Encabezamientos. El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. Los encabezamientos de las cláusulas han sido insertados para conveniencia únicamente y no deberán tomarse en cuenta para la interpretación del presente instrumento. (ix) Ejemplares. El presente instrumento se firma en [indicar] ejemplares de igual tenor y fecha, quedando uno en poder de cada parte. SÉPTIMO.- Personería. La personería de don [indicar] para actuar en representación de [indicar] consta en escritura pública de fecha [indicar], otorgada en la Notaría de [Santiago] de don [indicar]. La personería de don [indicar] para actuar en representación de [indicar] consta en escritura pública de fecha [indicar], otorgada en la Notaría de [Santiago] de don [indicar]. La personería de don [indicar] para actuar en representación de [indicar] consta en escritura pública de fecha [indicar], otorgada en la Notaría de [Santiago] de don [indicar]. La personería de don [indicar] para actuar en representación de [indicar] consta en escritura pública de fecha [indicar], otorgada en la Notaría de [Santiago] de don [indicar]. __________________________ [indicar nombre representante legal] [indicar nombre sociedad] __________________________ [indicar nombre representante legal] [indicar nombre sociedad] __________________________ __________________________ El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas. [indicar nombre representante legal] [indicar nombre sociedad] [indicar nombre representante legal] [indicar nombre sociedad] El presente documento corresponde a un formato general y estándar, y dependiendo del caso concreto puede hacerse necesario modificar ciertas cláusulas.