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Correo :: Entrada: Consulta Pública 255 SENASA 1 de 3 Fecha: De: Para: Asunto: https://webmail.senasa.gov.ar/horde/imp/message.php?/horde/imp/messag... Tue, 2 Feb 2016 15:32:50 -0300 [02/02/16 15:32:50 ART] "Juan Bellocq" <[email protected]> [email protected] Consulta Pública 255 SENASA Comentarios de la Asociación Argentina de Fomento Equino, Director Dr. Eduardo Lucca. CONSULTA PUBLICA 255 SENASA / ENCEFALITIS ; INFLUENZA Consideraciones 1) Encefalitis: - En nuestro país se asume que, las patologías de SNC producidas por virus, están subdiagnosticadas; inclusive en la especie humana, con deficientes diagnósticos de certeza en tiempo y forma, acordes a las necesidades clínicas. - Hay diagnósticos clínicos de casos esporádicos e incluso de brotes micro - epidémicos, de Encefalitis equina, sin diagnósticos de certeza. - Virosis trasmitidas por vectores, artrópodos hematófagos, entre las que se encuentran las encefalitis equinas clásicas, se las considera dentro del grupo de denominadas “ enfermedades emergentes” a consecuencia del cambios climáticos por alteraciones de los ecosistemas y poblaciones de vectores. Son ejemplos el Denge, la Malaria, y algunos Arbovirus aislados recientemente en nuestro país, de humanos y equinos, de los que no se tenían antecedentes fehacientes. Muchas descriptas como zoonosis. -En los 80 funcionaron en el área central del país sistemas de pesquisa, consistentes en valoración periódica de “poblaciones centinelas” de equinos y aves, (metodología universalmente reconocida), que permite determinar circulación viral; información epidemiológica utilizada para predecir riesgos de brotes. Oportunamente fueron caracterizadas áreas endémicas, en la provincia de Santa Fe y Córdoba. Que se sepa, dichos estudios; que deberían ser permanentes; para poder determinar actividad viral, fueron interrumpidos ya que eran parte de un proyecto de investigación de Universidades. Por tanto, la “ausencia de brotes epidémicos”, que afirma el proyecto de Res., puede no coincidir con la “ausencia de circulación viral”. Objetivamente no lo sabemos; y descartar la herramienta de la vacuna sería asumir que estos virus no circulan más en la naturaleza. -El concepto referido a que los equinos tienen nulo o bajo impacto en la cadena epidemiológica por ser “ huéspedes terminales” es reconocido en encefalitis del EW; tiene relatividad en encefalitis del EE, con viremia más prolongada; y ningún valor en EV, que en nuestro país se reconoce como exótica. - Se asume que la vacuna es capaz de producir inmunidad en la población inoculada, cumpliendo protocolos adecuados. Es sabido que la proporción de vacunados en Argentina es pequeña, quedando restringida casi exclusivamente a los animales en movimiento, por ende al selecto grupo etario de caballos deportivos o esparcimiento; posiblemente los de mayor valor económico y/o afectivo, y con mayor proximidad a las personas. En consecuencia, ante eventuales epidemias los vacunados estarían con menores riesgos, y en favorables condiciones inmunológicas para reaccionar a una revacunación de urgencia. -La flexibilización propuesta conduciría a una disminución del uso del inmunógeno; por ende a menor existencia de stock disponible; y que se sepa no se dispone de stock de intervención, requeribles ante eventuales brotes. - El esquema de vacunación obligatorio mínimo vigente mantiene el conocimiento popular de la industria hípica, referida a la enfermedad y alguna herramienta de control, lo que constituye un bien positivo de educación para la salud, aprovechable ante la eventual aparición de 03/02/2016 11:42 a.m. Correo :: Entrada: Consulta Pública 255 SENASA 2 de 3 https://webmail.senasa.gov.ar/horde/imp/message.php?/horde/imp/messag... epidemias de Encefalitis. En conclusión: sería aconsejable flexibilizar el mínimo sistema de vacunación actual, solo si estaría demostrado que ya no hay circulación viral en nuestro país y regiones geográficamente aledañas de donde pueda propagarse por sus vectores. Quizás epidemiología de SENASA a considerado lo expuesto, con valoración de variables no publicadas, por tanto que escapan a la posibilidad del presente análisis técnico; por cierto escueto. 2) Influenza: Se asume que, la población en movimiento son los principales responsables de difundir la enfermedad entre los núcleos de aglomeración temporaria de equinos, y hacia poblaciones estables que eventualmente reciben individuos provenientes de estas concentraciones. O casos esporádicos en jóvenes incorporados recientes a poblaciones estables. Típico comportamiento epidemiológico esperable en esta enfermedad, altamente contagiosa. Esta característica propias de la enfermedad avala metodologías tendientes a que la inmunidad sea lo más sólida posible, al momento del eventual contacto; objetivo que se logra mediante la utilización de vacunas de potencia probada, con un protocolo de inoculaciones reiteradas, que considere el eventual momento de contacto del susceptible con el virus, principalmente en el primo-vacunado. En este contexto, el anticipado de la vacunación a 15 días previos mínimos al movimiento se considera un avance positivo. La obligatoriedad de los 15 días crea alguna contrariedad de tipo operativo, ya que en nuestro país, en general los movimientos de caballos deportivos no se proyectan con antelación suficiente; si bien podría suplirse con mantener un protocolo de vacunación acorde, bajo responsabilidad de los propietarios/ tenedores. Por otra parte, la re-vacunación con menos de 15 días en situaciones de urgencia, actuaría positivamente. En consecuencia: la obligatoriedad de anticipar la vacunación al movimiento un mínimo de 15 días, y su carácter restrictivo, tendría impacto positivo fundamentalmente en los primo-vacunados; y considerando los inconvenientes operativos, sería conveniente restringir el requerimiento solo a los primo-vacunados. Ref.: 7-8-1-1 No refiere a “Transferencias” dejando fuera la posibilidad de que los SENASA Locales requieran la vacunación debidamente conformada, y que en la práctica frecuentemente significa movimientos con cambio de poblaciones de uno o más individuos. Ref.: 7-8-2 “Planes de vacunaciones especiales, autorizados por SENASA”. No quedan explicitados los alcances, contenidos, etc. MV Eduardo Lucca Prof. Adjunto Cátedra de Infectología y Enf. Infecciosas FCV - UNL Rvdo. Padre L Kreder 2805 (3080) Esperanza SANTA FE Te: 03496 420629 inte 119 03491-15699435 03/02/2016 11:42 a.m. Correo :: Entrada: Consulta Pública 255 SENASA 3 de 3 https://webmail.senasa.gov.ar/horde/imp/message.php?/horde/imp/messag... Juan M. Bellocq - M.Vet. Gerente - Asoc. Arg. de Fomento Equino Tattersall de Palermo - Av. del Libertador 4595 Tel: 4779-1247 / 49 - Cel: 15-6398-2254 Buenos Aires - Argentina www.aafomentoequino.com.ar 03/02/2016 11:42 a.m.