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DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERU
“Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo”
ALERTA EPIDEMIOLÓGICA
RIESGO DE TRANSMISIÓN DE RABIA SILVESTRE ANTE LA PRESENCIA DE CASOS EN
EL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS
CODIGO: AE – DEVE Nº 002- 2011
I.- Objetivo:
Alertar a las Direcciones Regionales de Salud sobre el riesgo de presentación de casos de rabia
humana transmitida por murciélagos hematófagos.
II.- Situación actual:
La Región Amazónica presenta nichos ecológicos favorables para la presencia del murciélago
hematófago Desmodus rotundus, denominado comúnmente “vampiro“, que es el responsable de
la transmisión de esta enfermedad. La rabia silvestre es enzoótica con impacto en la
producción pecuaria, se registran casos de rabia bovina todos los años, principalmente en los
departamentos de la amazonía.
Desde el año 1975, en los distritos de Río Santiago, Nieva y El Cenepa, provincia de
Condorcanqui (Amazonas), se presentan brotes de rabia humana transmitida por murciélagos
hematófagos. Del año 1975 al 2010 en las comunidades nativas amazónicas se ha reportado
292 fallecidos por rabia, 49% son de la provincia de Condorcanqui y en menores de 15 años. En
el año 2010 en la provincia Condorcanqui se reportó 13 casos de rabia silvestre humana.
El año 1989, la DIRESA Madre de Dios reportó un brote de rabia silvestre con 28 casos en el
distrito de Huepetuhe, provincia de Manu. En el año 2007 se reportó un brote de rabia silvestre
en las localidades de Madre de Dios y Puno con total de 15 fallecidos, procedentes de las
localidades de Vuelta Grande - Palmeras, distrito de Huepetuhe. Así mismo, se ha reportado en
los últimos 02 años casos de rabia transmitida por murciélago en comunidades nativas de
Loreto y Junín.
En el presente año la DIRESA Amazonas notifica, desde la SE 04, un brote de rabia silvestre
con 09 muertes, procedentes de las comunidades nativas de Yupicusa y San Ramón, distrito
Imaza, provincia Bagua, con cuadro clínico de fiebre y manifestaciones neurológicas con un
tiempo de enfermedad entre 2 a 9 días. El ultimo caso, una mujer de 23 años, procedente de
Yupicusa que falleció en la SE 10 y fue confirmado como rabia.
Se ha identificado como condiciones de riesgo para la ocurrencia de mordeduras por murciélago
y brotes de rabia en comunidades nativas como: viviendas de material silvestre (madera, pona,
palmera, etc) precarias y desprotegidas, no uso de protección (mosquiteros) para dormir, alta
prevalencia de personas mordidas por murciélagos, principalmente menores de 15 años, la falta
de percepción de riesgo por la población, por lo cual no acuden a los establecimientos de salud
luego de sufrir mordeduras y por lo tanto no reciben protección con vacuna.
En este escenario de riesgo de ocurrencia de brotes y muertes por rabia en comunidades
nativas, transmitida por murciélago, es que se emite la siguiente alerta epidemiológica.
III.- Recomendaciones:
1. Los establecimientos de salud del país deberán investigar y notificar de manera inmediata:
 Conglomerados de casos febriles con manifestaciones neurológicas.
 Toda muerte por síndrome febril neurológico.
2. Las mordeduras causadas por murciélagos, así como por otros mamíferos silvestres, son
exposiciones graves con riesgo de transmisión de virus rábico a las personas afectadas, por
lo que deben recibir atención de la mordedura y el tratamiento antirrábico correspondiente,
suero vacunación en aquellas mordeduras localizadas en cara, cabeza, cuello o pulpejo de
dedos y sólo vacunación antirrábica (esquema reducido) si la mordedura es en otros
lugares, en forma inmediata, de acuerdo a la Norma Nacional.
3. Los accidentes por mordedura de animales son una urgencia y requieren ser atendidos
inmediatamente, por lo que los establecimientos de salud deben disponer de vacuna
antirrábica en sus servicios de emergencia y, los hospitales deben disponer de suero
antirrábico heterólogo, para los pacientes que sean referidos de los centros o puestos de
salud, para lo cual deberán contar con personal capacitado.
4. Para la identificación oportuna de casos de rabia humana se debe utilizar la vigilancia
sindrómica, aplicando la siguiente definición:
 Síndrome febril con manifestaciones neurológicas: Todo paciente febril, con inicio
agudo de alteración del sistema neurológico definida por la presencia de uno o varios de
los siguientes signos:
o Deterioro agudo de la función mental (por ejemplo, pérdida de la memoria,
comportamiento anormal, estado reducido de conciencia)
o Aparición aguda de parálisis.
o Convulsiones.
o Signos de irritación meníngea.
o Movimiento involuntario (por ejemplo, corea, temblor, mioclonus)
o Otro síntoma grave que se crea que es una disfunción del sistema neurológico y
enfermedad grave y
o Ausencia de factores predisponentes del paciente conocidos.
5. Las Direcciones de Salud en cuyas jurisdicciones haya circulación de virus rábico en
ganado o tengan antecedentes de brotes de rabia silvestre, deben priorizar las actividades
de vigilancia de mordeduras de murciélagos en las personas y difundir las medidas de
prevención de la rabia silvestre.
6. Los establecimientos de salud deben brindar recomendaciones a la población sobre las
medidas de protección y prevención para evitar mordeduras de murciélagos, como
protección de sus viviendas, uso de mosquiteros, y ante la mordedura de murciélagos
lavado de la herida con abundante agua y jabón y acudir inmediatamente al establecimiento
de salud.
7. Difundir y socializar la presente alerta para conocimiento de todos los hospitales y
establecimientos del sector para manejar adecuadamente las exposiciones al virus rábico.
Lima, 09 de marzo de 2011.