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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
RECTORADO
048:
CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO — LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO
ABAD DEL CUSCO A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO
CLIMÁTICO PACC.
Conste por el presente documento, el convenio Específico de Cooperación
nterinstitucional que suscriben, EL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, debidamente
representado por su presidente Arq. Jorge lsaacs Acurio Ttito, identificado con DNI N°
23899091, con Credencial N° 551 emitida por el Jurado Nacional de Elecciones de
fecha 20 de diciembre del 2010, con domicilio legal en la Av. Tomasa Ttito Condemayta
s/n, Wanchaq Cusco — Perú, a quien en adelante se le denominará EL GOBIERNO
REGIONAL; LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO, con
RUC N° 20172474501, con domicilio legal en la Calle Tigre N° 127, distrito provincia y
departamento del Cusco, debidamente representado por su Rector Dr. Germán
Zecenarro Madueño, identificado con DNI N° 23811037, designado como tal con
esolución de Asamblea Universitaria R-N° AU-021-2011-UNSAAC, a quien en adelante
se le denominará LA UNSAAC; e INTERCOOPERATION Fundación Suiza para el
Desarrollo y la Cooperación Internacional, debidamente representado por su apoderada
para el Programa de Adaptación al Cambio Climático — PACC, la Sra. Lenkiza Enna
Angulo Villarreal, identificada con DNI N° 08271073, con domicilio legal en la Av.
Ricardo Palma 857, Urb. La Aurora, Miraflores — Lima, a quien en adelante se le
ominará INTERCOOPERATION — PACC; que proceden debidamente facultados
nforme a sus leyes y reglamentos vigentes, en los términos y condiciones siguientes:
Regeonli
ir] o, a• n,
LÁUSULA PRIMERA:
ANTECEDENTES.
a) EL GOBIERNO REGIONAL y LA UNSAAC, tienen suscrito y vigente un convenio
Marco de Cooperación Interinstitucional, entre cuyos objetivos específicos se
contempla el suscribir convenios de carácter específico para realizar en forma
compartida estudios y/o trabajos de investigación que contribuyan al desarrollo
regional, ejecutar programas de capacitación y transferencia tecnológica para el
personal de ambas instituciones, a nivel de diplomados, especializados y de post
grado, gestionar y suscribir convenios con entidades públicas y privadas y/o
extranjeras para estudios, proyectos y/o programas de desarrollo y capacitación.
b) EL GOBIERNO REGIONAL E INTERCOOPERATION — PACC, tienen suscrito un
convenio de Cooperación Interinstitucional N° 111-2009-GR-CUSCO/PR de fecha
17 de junio de 2009, para la ejecución del Programa de Adaptación al Cambio
Climático — PACC en la Región del Cusco, de acuerdo a su plan rector y a los
recursos que COSUDE ha puesto a disposición para tal fin a través de
INTERCOOPERATION — PACC.
c) Mediante las Resoluciones N° 1118-2010-UNSAAC de fecha 23 de junio de
2010 y CU-362-2011-UNSAAC, de fecha 26 de agosto de 2011, se aprobó la
realización del I y II Diplomado en "Ciencia y Gestión frente al Cambio Climático"
llevado a cabo el 03 de julio al 14 de noviembre de 2010 y del 20 de mayo al 19
de noviembre del 2011, en coordinación con los representantes de las
Universidades: Agraria La Molina, Mayor de San Marcos, LA UNSAAC a través
del Instituto de Investigación Universitaria y Región (IIUR) y la Universidad de
Zurich-Suiza; con el apoyo técnico y Programa de las Naciones Unidas para el
Medio Ambiente PNUMA en el primer y segundo Diplomado y también con
ARARIWA en este último.
Calle Tigre 127 - Teléfono 222271 - FAX 238156 - Apdo. 921 CUSCO - PERÚ E-mail: [email protected]
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RECTORADr
CLÁUSULA SEGUNDA:
DE LAS PARTES.
a) EL GOBIERNO REGIONAL, como persona jurídica de derecho público, con
autonomía política, económica y administrativa en asuntos de sus competencias
constitucionales, exclusivas y compartidas; con jurisdicción en el Departamento
del Cusco, tiene por finalidad, fomentar el desarrollo regional sostenible,
promoviendo la inversión pública privada y el empleo; garantizando el ejercicio
pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de
acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de
desarrollo.
b) LA UNSAAC, es una persona jurídica de derecho público interno del más alto nivel
académico, con autonomía en sus regímenes: de Gobierno, académico,
administrativo y económico; se rige por sus propios Estatutos en el marco de la
Constitución Política del Perú y las leyes pertinentes. Sus principales fines son: la
formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual tanto como la
investigación tecnologia y científica; estando además de todo lo ya expuesto,
facultada para suscribir convenios que le permitan el cabal cumplimiento de sus fines
y objetivos.
c) INTERCOOPERATION-PACC, es una fundación de derecho privado suizo sin fines
de lucro, tiene tres áreas de concentración temática: Economía Rural, Agricultura
sostenible y Manejo de Recursos Naturales; Gobernabilidad Local y Sociedad
Civil, opera en los países andinos Ecuador, Perú y Bolivia a través de la
Delegación Intercooperation en América Latina (DICA) con sede en Lima.
Lidera el Consorcio Interinstitucional integrado además por LIBELULA, empresa
consultora especializada en tema de cambio climático y; PREDES, organismo no
gubernamental especializado en la gestión de riesgo, consorcio que está
encargado de dar facilitación técnica y soporte administrativo a la fase de
implementación del Programa de Adaptación al Cambio Climático — PACC,
financiada con fondos del COSUDE.
CLÁUSULA TERCERA:
-
-
BASE LEGAL.
Constitución Política del Perú del año 1993.
Decreto Legislativo 295, que aprueba el Código Civil peruano.
Ley N° 27783 Ley de Bases de Descentralización.
Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N°
27902.
Decreto Legislativo N° 719 Ley de Cooperación Técnica Internacional.
Decreto Supremo N° 015-92-PCM reglamento de la Ley de Cooperación Técnica
Internacional.
Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo Gen eral.
La normativa y reglamentación del Gobierno Regional del Cusco pertinente al
objeto del presente acuerdo.
Resoluciones N° R-1118-2010-UNSAAC, de fecha 23 de junio de 2010 y CU362-2011-UNSAAC, de fecha 26 de agosto de 2011.
CLÁSULA CUARTA:
DEL OBJETO DEL CONVENIO.
EL GOBIERNO REGIONAL, LA UNSAAC e INTERCOOPERATION-PACC, están de acuerdo
en establecer una colaboración mutua y específica para la ejecución de acciones en los
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RECTO RADO
campos de Investigación y Programas de Capacitación a nivel de la región Cusco, en la
temática vinculada al Cambio Climático.
o
LÁUSULA QUINTA:
RESPONSABILIDADES CONJUNTAS DE LAS PARTES.
co El GOBIERNO REGIONAL, La UNSAAC e INTERCOOPERATION-PACC establecerán
colaboración y responsabilidades conjuntas en lo siguiente:
EN EL CAMPO DE LA INVESTIGACIÓN:
La formulación de una Agenda Concertada de Investigación sobre los efectos e impactos
del cambio climático en la región Cusco en sus diversas dimensiones: física, biológicas,
económicas, sociales y culturales, que aporte alternativamente en acción y tecnologías
identificadas en la estructura regional del cambio climático de la Región Cusco, para
hacer frente a dicha problemática. Agenda que tomará en cuenta prioridades de
investigación identificadas en le Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región
Cusco así como los vacios de conocimiento identificados en la investigación de base
producida por el Programa de Adaptación al Cambio Climático — PACC y otros
Programas y Proyectos de Cambio Climático en la Región.
‘<l' ,‘El desarrollo por parte de la UNSAAC a través del Vice Rectorado de Investigación, de
royectos que respondan a las prioridades establecidas en la Agenda Concertada de
Investigación sobre Cambio Climático, a ser financiadas con recursos del Canon que
'para tal fin recibe dicho Centro Académico.
INTERCOOPERATION-PACC, para apoyar transitoriamente el desarrollo de las
investigaciones priorizadas en la Agenda Concertada, constituirá con recurso de la
Cooperación Suiza, un fondo de incentivo para los docentes investigadores que diseñen
y conduzcan los proyectos de investigación a través del Consejo de Investigación,
vinculados al Cambio Climático en el año 2012, hasta por un monto de S/. 100,000
nuevos soles y cuya aplicación se reglamentará en forma conjunta.
EN EL CAMPO DE LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN:
A) Institucionalizar una oferta formativa permanente a nivel de post-grado en la
temática del Cambio Climático, tomando como antecedente la malla curricular y
los contenidos desarrollados para los Diplomados Ciencia y Gestión frente al
Cambio Climático, realizados a través de las modalidades de Diplomado y/o
Maestría.
B) Para la institucionalización de dicha oferta formativa, el Vice Rectorado
Académico, evaluará su transferencia a la Facultad Académica que reúna las
mejores condiciones para tal fin.
CLÁUSULA SEXTA: CONFORMACIÓN DE UNA INSTANCIA INTERINSTITUCIONAL DE
COORDINACIÓN.
Para establecer un Plan de Acción que precise y programe las actividades a realizar para
el cumplimiento del objetivo y las responsabilidades conjuntas establecidas en las
cláusulas cuarta y quinta del presente convenio, se conformará una comisión
interinstitucional integrada por dos representantes de EL GOBIERNO REGIONAL, tres
representantes de La UNSAAC y un representante de INTERCOOPERATION — PACC.
La coordinación de la comisión interinstitucional recaerá en un representante de LA
UNSAAC, el que junto con los otros dos representantes de este Centro Académico,
serán designados mediante resolución rectoral y comunicado a las otras partes.
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RECTORADO
La designación de los representantes de EL GOBIERNO REGIONAL e
INTERCOOPERATION-PACC se realizará luego de la designación de los representantes
de LA UNSAAC, será acreditada mediante carta suscrita por los representantes legales
de cada institución.
La comisión interinstitucional deberá instalarse en un plazo no mayor de quince días
luego de la designación de los representantes de LA UNSAAC y acordará su modalidad y
periodicidad de reuniones de trabajo.
CLÁUSULA SEPTIMA:
ENTRADA DE VIGOR Y DURACIÓN.
La vigencia del presente convenio será de tres años contados a partir de la firma, este
plazo podrá ser renovado si las partes convienen expresamente y por escrito noventa
(90) días antes de su expiración.
Para el caso de INTERCOOPERATION-PACC, las responsabilidades que contrae a través
'del presente convenio tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2012, fecha en
la cual concluye el periodo de consolidación de su primera fase.
CLÁUSULA OCTAVA:
DE LOS ASPECTOS NO CONTEMPLADOS.
os aspectos no previsto en el presente convenio y las modificaciones que las partes
stimen convenientes, serán determinadas de común acuerdo vía suscripción de
dendas.
CLÁUSULA NOVENA:
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Todas las desavenencias o controversias que pudieran derivarse de este convenio,
incluidas las de su nulidad o invalidez, serán resueltas entre las partes siguiendo las
reglas de buena fe y común intención.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en cuatro
ejemplares a los veintidós días del mes de marzo del año 2012.
1
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Arq. Jorge Isaacs Acudo Tito
Presidente
Gobierno Regional Cusco
án Zecenarro Madueño
Rector
Universidad Nacional de San
Antonio Abad del Cusco.
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Arq.
a Angulo Villarreal
Apoderada de 1 ERCOOPERATION para el PACC
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