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Transcript
Resumen Informativo de la Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental N° 5, año 2016:
Acuerdo de París sobre el Cambio Climático - Contribuciones Previstas y Determinadas Nacionalmente de Argentina
El Acuerdo de París
Financiamiento
El 12 de diciembre de 2015, 195 países de la Convención Marco de Naciones Unidas
sobre el Cambio Climático (CMNUCC) reunidos en la vigésima primera Conferencia de
las Partes (COP21), decidieron aprobar el Acuerdo de París cuyas metas son combatir
el cambio climático e impulsar medidas vinculantes e inversiones para un futuro con
bajas emisiones mundiales de gases de efecto invernadero (GEI).
Los gobiernos decidieron que trabajarán para aumentar el financiamiento climático
a los 100.000 millones de dólares para 2020, así como para establecer antes de
2025 un nuevo objetivo de financiamiento por encima de la base de los 100.000
millones de dólares.
El objetivo a largo plazo de este tratado internacional es mantener el aumento de la
temperatura en este siglo por debajo de los 2°C, e impulsar los esfuerzos para limitar
el aumento de la temperatura incluso por debajo de 1,5°C sobre los niveles
preindustriales. Además, servirá para aprovechar plenamente las numerosas
oportunidades que presenta la necesaria transformación mundial hacia un desarrollo
limpio y sostenible.
El Acuerdo propone que las Partes adopten medidas para mitigar las causas del
cambio climático (reduciendo las emisiones de GEI y aumentando y/o mejorando los
sumideros y reservorios), y en lo que respecta al incremento de la capacidad de
adaptarse a sus impactos, deben fortalecer la resiliencia y reducir la vulnerabilidad.
Firma y entrada en vigor del Acuerdo
El Secretario General de Naciones Unidas, Ban Ki-moon, puso a disposición el Acuerdo
para ser firmado por todas las Partes el pasado 22 de abril, Día de la Madre Tierra, en
una ceremonia realizada en la sede de Naciones Unidas en Nueva York. El mismo se
podrá firmar hasta el 21 de abril de 2017.
Antes de adherir al Acuerdo, las partes deberán presentar sus primeras Contribuciones
Determinadas a Nivel Nacional (ver más adelante su significado). El acuerdo entrará en
vigor treinta días después de que las emisiones de carbono de todos los países que ya
lo hayan ratificado equivalgan al 55% de la emisión mundial (Art. 21).
COP21: 21 Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
Responsabilidades comunes pero diferenciadas
El Acuerdo se aplicará “de modo que refleje la equidad y el principio de las
responsabilidades comunes pero diferenciadas y las capacidades respectivas, a la
luz de las diferentes circunstancias nacionales”, tal como se expresa en su art. 2.
Las Partes que son países más adelantados deberán proporcionar recursos
financieros a los países en desarrollo para asistirlos en la mitigación y
principalmente en la adaptación, y seguir cumpliendo así sus obligaciones en virtud
de la Convención.
Contribuciones Previstas y Determinadas Nacionalmente
Las Contribuciones Previstas y Determinadas Nacionalmente (INDC´s por sus siglas
en inglés) son los planes actualizados que cada país Parte de la CMNUCC debe
llevar a cabo para intensificar sus acciones contra el cambio climático, tanto de
mitigación como de adaptación.
Cada país Parte deberá contabilizar las emisiones y absorciones de GEIs en
conformidad con las metodologías y los sistemas de medición evaluados por el IPCC
y deberá comunicar las INDCs cada cinco años.
Las contribuciones de cada país fueron establecidas en función de sus
circunstancias nacionales y respectivas capacidades. Los países acordaron que no
habrá retroceso con respecto a sus contribuciones, lo cual significa que el nivel de
ambición para reducir emisiones debería aumentar con el tiempo.
Contribuciones Previstas y Determinadas Nacionalmente de Argentina
Contribuciones condicionales
El documento argentino para el Cambio Climático fue presentado el 2 de octubre
del 2015. Su contenido abarca una contextualización socio económica de la
Argentina, precisa las circunstancias del país, la vulnerabilidad e impactos del
cambio climático y el perfil de emisiones de GEI.
La Argentina podría alcanzar una reducción de sus emisiones de GEIs del 30% para
el año 2030 con respecto a las emisiones proyectadas en su BAU al mismo año, si
se dan las siguientes condiciones:
Contribuciones incondicionales
a) Financiamiento internacional adecuado y predecible;
b) Apoyo a la transferencia, la innovación y el desarrollo de tecnologías;
c) Apoyo a la creación de capacidades.
La Argentina propone en sus contribuciones incondicionales una meta de
reducción de sus emisiones de GEI del 15% para el año 2030 con respecto a las
emisiones proyectadas en su BAU (*) al mismo año.
Los criterios para seleccionar las acciones, incluyeron el potencial para
reducir/capturar emisiones de GEI y los co-beneficios asociados, así como la
posibilidad de aplicar tecnologías desarrolladas nacionalmente.
La meta incluye acciones vinculadas a promover: el manejo sostenible de los
bosques, la eficiencia energética, los biocombustibles, la energía nuclear, las
energías renovables y el cambio modal en el transporte, entre otras.
Figura 2: Emisiones de GEI (Gg CO2eq) en Argentina para tres Escenarios: “Emisiones del BAU” (línea
roja) que representa a las emisiones de GEI proyectadas sino se aplicaran medidas de reducción,
“Escenario con Contribuciones Condicionales e Incondicinales” en la cual se puede observar un 30% de
reducción y por último el “Escenario con Contribuciones Incondicionales” que muestra una reducción
de emisiones GEI del 15% respecto a BAU. (“República Argentina: Contribución Prevista y Determinada
a Nivel Nacional” 2015)
Figura 1: Algunas de las medidas propuestas en las INDCs para la adaptación al cambio climático en
Argentina. (Contribuciones Nacionalmente Determinadas: Adaptación. Septiembre 2015)
(*) BAU: “Business as usual”, se refiere a las emisiones de GEI “como si todo siguiera igual”, es decir, aquellas
proyectadas en caso de que no se aplicaran medidas de reducción.
Fuente:
Convención Marco sobre el Cambio Climático. “Acuerdo de París” (en español). 2015. Disponible en:
http://unfccc.int/files/meetings/paris_nov_2015/application/pdf/paris_agreement_spanish_.pdf
Organización de Naciones Unidas-Cambio Climático- Noticias. “Acuerdo histórico sobre el Cambio Climático en París”
[htm]. Disponible en: http://newsroom.unfccc.int/es/bienvenida/final-cop21/
Organización de Naciones Unidas-Cambio Climático- Noticias. 29/01/2016 “Entrada en vigor del Acuerdo de París” [htm].
Disponible
en:
http://newsroom.unfccc.int/es/bienvenida/entrada-en-vigor-del-acuerdo-de-paris-siguientes-pasos-yplanes-climaticos-nacionales/
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. “República Argentina: Contribución Prevista y Determinada
a Nivel Nacional” 2015. Disponible en:
http://www4.unfccc.int/submissions/INDC/Published%20Documents/Argentina/1/INDC%20Argentina.pdf
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. “Contribuciones Nacionalmente Determinadas: Adaptación”
Septiembre 2015. Disponible en:
http://www.ambiente.gov.ar/archivos/web/UCC/file/2015_09_28%20contrib%20Adaptacion.pdf
Figura N°2: Forzamiento radiativo de la atmósfera debido a los gases de efecto invernadero de larga
duración, respecto de 1750 y actualización de 2010 del índice anual de gases de efecto invernadero
(AGGI) de la NOAA. Para este índice se ha escogido 1990 como año de referencia (AGGI = 1) (OMNM,
2011)