Download lobería, 28 de setiembre de 2

Document related concepts

Bandera de la Ciudad de Buenos Aires wikipedia , lookup

Puerto Baquerizo Moreno wikipedia , lookup

Transcript
Honorable Concejo Deliberante de Lobería
LOBERÍA, 15 DE JUNIO DE 2.012
VISTO:
Lo dispuesto por los artículos 24, 25, 27, 57 y 77 inciso a) de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, la Nota Nº 5.061/12; y
CONSIDERANDO:
QUE, mediante nota citada en el exordio de la presente, la División Patrimonio Municipal informa la
donación recibida de parte del Partido Justicialista de Lobería, destinada a la Residencia de Estudiantes
Universitarios recientemente inaugurada en la Ciudad de Mar del Plata por parte de esta Municipalidad;
QUE, los elementos incorporados resultan de gran utilidad para el funcionamiento de esa morada
estudiantil;
QUE, es facultad del Honorable Concejo Deliberante sancionar la presente Ordenanza, para aceptar
formalmente la donación recibida;
QUE, es voluntad de esta Gestión Municipal, expresar su agradecimiento a la institución donante;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a las
atribuciones que le son propias, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- ACEPTASE la donación de ocho (08) camas montables, realizada por el Partido
Justicialista de Lobería, con destino a la Residencia de Estudiantes Universitarios de la Ciudad de Mar del
Plata, recientemente inaugurada por la Municipalidad de Lobería.
ARTICULO 2º.- INCORPORENSE los bienes mencionados en el artículo precedente, al Inventario
Municipal por intermedio de la División Patrimonio.
ARTICULO 3º.- Envíese copia de la presente al donante.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanzas, cumplido,
ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LOBERIA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE, SANCIONADA
POR UNANIMIDAD.-
ANDREA SILVINA RODRIGUEZ
SECRETARIA H.C.D.
ORDENANZA Nº 1742-12
JOSE FRANCISCO NICOCIA
PRESIDENTE H.C.D.