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MEMORIA DESCRIPTIVA
1.1. INTRODUCCIÓN
La documentación del presente Proyecto Básico y de Ejecución, tanto gráfica como escrita, se redacta
para establecer todos los datos descriptivos, urbanísticos y técnicos, para conseguir llevar a buen
término, la reforma en el Ayuntamiento de El Puig, según las reglas de la buena construcción y la
reglamentación aplicable.
1.2. AGENTES
•
PROMOTOR:
Excmo. Ayuntamiento de El Puig con CIF: P4620600I
•
ARQUITECTOS:
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
1.3. INFORMACION PREVIA
1.3.1. ANTECEDENTES Y CONDICIONANTES DE PARTIDA
El presente encargo tiene por objeto la reforma del Ayuntamiento de El Puig. Concretamente se basa en
la reforma de las estancias en las que actualmente se ubica la policía municipal y, con objeto de mejorar
la accesibilidad del edificio, la inclusión de un ascensor que comunique el vestíbulo principal del
ayuntamiento con el resto de plantas y la reforma de los aseos públicos existentes para adaptarlos a
personas con movilidad reducida.
Actualmente las estancias de la policía se ubican en el ala Oeste de la planta baja del Ayuntamiento de
El Puig y presentan unas instalaciones anticuadas, sin los servicios óptimos para el personal
(vestuarios…) y con barreras arquitectónicas que limitan la accesibilidad de las personas con movilidad
reducida.
Por otra parte, el resto de la edificación se destina para uso administrativo y, debido a su antigüedad,
presenta limitaciones físicas en su configuración que dificultan la accesibilidad de las personas con
movilidad reducida (inexistencia de ascensor, aseos públicos no adaptados…).
Por estas razones, el Excmo. Ayuntamiento de El Puig promueve la realización de las reformas
necesarias para solventar estas cuestiones.
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
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1.3.2. DATOS DE LA FINCA Y ENTORNO FÍSICO
Según información catastral, la edificación objeto de la reforma se ubica en el nº1 de la Plaza de
L’Ajuntament, en suelo urbano según se muestra en el plano de situación referido al PGOU 1999 de El
Puig. Se sitúa en el extremo de la manzana dando fachada a tres calles (C/ Mestre Miquel Galán al
oeste, plaza del Ayuntamiento al norte y Calle Sant Joan de Ribera al este) y lindando al sur con
edificaciones.
El entorno próximo se compone de edificaciones en hilera de dos y tres plantas destinadas a viviendas
unifamiliares y plurifamiliares, con cubiertas a dos aguas y materiales tradicionales.
El edificio objeto de la reforma conforma la sede de la administración municipal y consta de tres plantas
en las que se ubican los siguientes usos:
-Planta baja: Policía, vestíbulo principal, Biblioteca, Juzgado, Asistencia social y espacios de archivo
-Planta primera: Urbanismo, Alcaldía, Tesorería, Intervención, Informática, Personal etc.
-Planta segunda: Salón y despachos varios.
En el interior existe una escalera imperial dispuesta de forma centralizada y que comunica verticalmente
las tres plantas. Existen dos patios de luces que iluminan y ventilan diferentes estancias en cada planta.
En cuanto a los acabados, exteriormente la fachada está ejecutada con ladrillo cara vista rojo y los
materiales empleados en el interior son los utilizados tradicionalmente (pavimento pétreo,
revestimientos contínuos en techos y tabiques).
1.3.3 SERVIDUMBRES APARENTES
No se observan servidumbres aparentes.
1.4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
1.4.1. DEFINICIÓN, FINALIDAD DEL TRABAJO Y USO
La documentación del presente Proyecto Básico y de Ejecución, tanto gráfica como escrita, se redacta
para establecer todos los datos descriptivos, urbanísticos y técnicos, para conseguir llevar a buen
término, la reforma en el Ayuntamiento de El Puig, según las reglas de la buena construcción y la
reglamentación aplicable.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
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1.4.2. CUADRO DE SUPERFICIES
Según se muestra en la documentación gráfica adjunta se diferencias dos zonas de actuación:
-Reforma en el departamento de policía
-Reforma y ascensor en el Ayuntamiento.
SUPERFICIES CONSTRUIDAS
ZONA POLICIA
ZONA AYUNTAMIENTO
REFORMA
REFORMA
ASCENSOR
117.78
49.87
3.31
P PRIMERA
---
---
3.31
P SEGUNDA
---
---
3.31
117.78 m2
49.87 m2
9.93 m2
P BAJA
TOTAL
SUPERFICIES ÚTILES
ZONA POLICIA
ZONA AYUNTAMIENTO
REFORMA
REFORMA
ASCENSOR
103.25
43.35
1.54
P PRIMERA
---
---
1.54
P SEGUNDA
---
---
1.54
103.25 m2
43.35 m2
4.62 m2
P BAJA
TOTAL
1.4.3. PARÁMETROS QUE DETERMINEN LAS PREVISIONES TÉCNICAS
•
ACTUACIONES PREVIAS
DERRIBO
Los trabajos de derribo son los siguientes:
-
Derribo de la tabiquería interior
-
Levantado del pavimento interior existente
-
Levantado de instalaciones y saneamiento
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-
Levantado de carpintería
El procedimiento elegido para el derribo es elemento a elemento. Queda explícitamente prohibido el
derribo por colapso total o parcial.
•
Levantado de puertas, ventanas y portones, incluso marcos, hojas y accesorios.
•
Demolición de falso techo.
•
Demolición de tabique de ladrillo hueco sencillo.
•
Levantado de inodoros y accesorios, sin recuperación del material.
•
SISTEMA ESTRUCTURAL
CIMENTACIÓN
Se proyecta un foso de hormigón armado con una losa de canto 20 cm. y muros perimetrales de
contención del mismo espesor al de la losa.
Los parámetros determinantes han sido, en relación a la capacidad portante, el equilibrio de la
cimentación y la resistencia local y global del terreno, y en relación a las condiciones de servicio, el
control de las deformaciones, las vibraciones y el deterioro de otras unidades constructivas;
determinados por los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo y DB-SE-C de Cimientos, y la
norma EHE-08 de Hormigón Estructural.
ESTRUCTURA SOPORTE O DE BAJADA DE CARGAS
La estructura soporte del foso del ascensor es una fábrica armada de LP, atendiendo a los parámetros
especificados en el DB-SE-F.
Los parámetros que determinaron sus previsiones técnicas han sido, en relación a su capacidad
portante, la resistencia estructural de todos los elementos, secciones, puntos y uniones, y la estabilidad
global del edificio y de todas sus partes; y en relación a las condiciones de servicio, el control de las
deformaciones, las vibraciones y los daños o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la
apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra; determinados por los documentos básicos
DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SI-6 Resistencia al fuego de la estructura y la norma EHE-08 de
Hormigón Estructural.
ESTRUCTURA HORIZONTAL
El presente proyecto no modifica la estructura existente.
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ARRIOSTRAMIENTO VERTICAL
El presente proyecto no modifica la estructura existente.
•
SISTEMA ENVOLVENTE
CUBIERTA
Las cubiertas planas se limitan a la del casetón del ascensor y se resolverá con cubierta no transitable.
La cubierta estará compuesta por una capa de hormigón para formación de pendiente, sobre la losa de
hormigón, lámina impermeabilizante autoprotegida.
Para la estimación del peso propio de los distintos elementos que constituyen las cubiertas se ha
seguido lo establecido en DB-SE-AE.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección del sistema de cubierta
han sido la zona climática, el grado de impermeabilidad y recogida de aguas pluviales, las condiciones
de propagación exterior y de resistencia al fuego y las condiciones de aislamiento acústico
determinados por los documentos básicos DB-HS-1 de Protección frente a la humedad, DB-HS-5 de
Evacuación de aguas, DB-HE-1 de Limitación de la demanda energética y DB-SI-2 de Propagación
exterior y lel documento básico DB-HR de condiciones acústicas en los edificios.
FACHADAS
No se modifican los parámetros existentes en cuanto a los cerramientos exteriores. Únicamente se
ciega una ventana existente en el patio donde se proyecta el ascensor y se sustituyen todas las
carpinterías exteriores tanto para la fachada como para el patio.
MUROS BAJO RASANTE
No se modifican los parámetros existentes actualmente.
SUELOS
Se proyecta un nuevo pavimento de mármol en la zona a reformar.
CARPINTERÍA EXTERIOR
Se sustituye la carpintería exterior existente por carpintería de aluminio.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección de la carpintería exterior
han sido la zona climática, la transmitancia térmica, el grado de permeabilidad, las condiciones de
accesibilidad por fachada, las condiciones de seguridad de utilización en lo referente a los huecos y
elementos de protección y las condiciones de aislamiento acústico determinados por los documentos
básicos DB-HE-1 de Limitación de la demanda energética, DB-SI-5 Intervención de bomberos, DB-SUAREFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
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1 Seguridad frente al riesgo de caídas y DB-SUA-2 Seguridad frente al riesgo de impacto y
atrapamiento y el documento básico DB-HR de condiciones acústicas en los edificios.
1.4.4. SOLUCIÓN ADOPTADA
La solución planteada se basa en la reforma de las estancias de planta baja en las que actualmente se
ubica la policía municipal. La nueva distribución proyectada dispone las siguientes estancias:
- Vestuarios tanto masculino como femenino, ambos incluyen baños
- Comedor
- Trastero y almacén
- Zona de registro general vinculada al hall de acceso principal del ayuntamiento.
Con objeto de mejorar la accesibilidad del edificio, se proyecta un ascensor que comunica el vestíbulo
principal del ayuntamiento con el resto de plantas (la estructura soporte del foso del ascensor es una
fábrica resistente de LP). Además en base a esto se reforma los aseos públicos existentes para
adaptarlos a personas con movilidad reducida. Se proyectan dos aseos adaptados en lugar de los tres
existentes no adaptados.
No se actúa en las fachadas del edificio, puesto que la reforma es interior, como se observa en la
documentación gráfica adjunta.
1.5. PRESTACIONES DEL EDIFICIO
1.5.1 REQUISITOS BÁSICOS
1. SEGURIDAD
1.1.SEGURIDAD ESTRUCTURAL
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en los documentos básicos DB-SE de Bases de
Cálculo, DB-SE-AE de Acciones en la Edificación, DB-SE-C de Cimientos, DB-SE-A de Acero, DB-SE-F
de Fábrica y DB-SE-M de Madera, así como en las normas EHE-08 de Hormigón Estructural y NCSR-
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02 de construcción sismorresistente; para asegurar que el edificio tiene un comportamiento estructural
adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su
construcción y uso previsto, de modo que no se produzcan en el mismo o en alguna de sus partes,
daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, vigas, pilares, forjados, muros u otros elementos
estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica, la estabilidad del edificio o que se
produzcan deformaciones inadmisibles.
1.2.SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SI para reducir a límites aceptables el riesgo de que los
usuarios del edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, asegurando que los
ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del
incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de
extinción y rescate.
1.3.SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SUA en lo referente a la configuración de los espacios, los
elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, de tal manera que pueda ser usado para los
fines previstos reduciendo a límites aceptables el riesgo de accidentes para los usuarios.
2. HABITABILIDAD
2.1.HIGIENE, SALUD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en Decreto 151/2009 del Consell (DC-09), así
como en el DB-HS con respecto a higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se
alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que
éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de
toda clase de residuos. El conjunto de la edificación proyectada dispone de medios que impiden la
presencia de agua o humedad inadecuada procedente de precipitaciones atmosféricas, del terreno o de
condensaciones, de medios para impedir su penetración o, en su caso, permiten su evacuación sin
producción de daños, de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de
forma acorde con el sistema público de recogida, de medios para que sus recintos se puedan ventilar
adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso
normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y
expulsión del aire viciado por los contaminantes, de medios adecuados para suministrar al equipamiento
higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes
para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los
posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el
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control del agua y de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma
independiente con las precipitaciones atmosféricas.
2.2.PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en el CTE-DB-HR y en la Ley 7/02, 03/12/2002 de
protección contra la Contaminación Acústica , de tal forma que el ruido percibido o emitido no ponga en
peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades. Todos los
elementos constructivos, cuentan con el aislamiento acústico requerido para los usos previstos en las
dependencias que delimitan.
2.3.AHORRO DE ENERGÍA Y ASILAMIENTO TÉRMICO
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en DB-HE, de tal forma que se consiga un uso
racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.
Cumple con la UNE EN ISO 13 370: 1999 “Prestaciones térmicas de edificios. Transmisión de calor por
el terreno. Métodos de cálculo”.
3. FUNCIONALIDAD
3.1.UTILIZACIÓN
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en el DB-SUA y en el Decreto 15/2009 del Consell,
de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones
faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.
3.2.ACCESIBILIDAD
El proyecto se ajusta a lo establecido en el DB-SUA, en la Ley 8/97 y D.193/1988 para la accesibilidad y
eliminación de barreras arquitectónicas, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y
comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio.
3.3.ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN, AUDIOVISUALES Y DE INFORMACIÓN
El proyecto se ajusta a lo establecido en el RD. Ley 1/98 de Telecomunicaciones en instalaciones
comunes.
4. LIMITACIONES DE USO
El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto. La dedicación de algunas de sus
dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto de reforma y cambio de uso que
será objeto de licencia nueva. Este cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no
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altere las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en
cuanto a estructura, instalaciones, etc.
1.6. MEMORIA URBANÍSTICA
1.6.1. SERVICIOS URBANÍSTICOS
El presente proyecto no modifica los servicios urbanísticos existentes
1.6.2. JUSTIFICACIÓN NORMATIVA URBANÍSTICA
El presente proyecto no modifica los parámetros urbanísticos existentes.
En El Puig a Diciembre de 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
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MEMORIA
CONSTRUCTIVA
2.1. SUSTENTACIÓN DEL EDIFICIO
2.1.1. SUSTENTACIÓN DEL EDIFICIO
Se proyecta un foso de hormigón armado con una losa de canto 20 cm. y muros perimetrales de
contención del mismo espesor al de la losa, donde apoyará la f
2.1.1.1.BASES DE CÁLCULO
Las acciones características que se han adoptado para el cálculo de las solicitaciones y deformaciones,
son las establecidas en el CTE-DB-SE-AE Y NCSR-02, y sus valores se incluyen en el en el apartado
"Acciones adoptadas en el cálculo" de esta memoria.
El diseño y cálculo de los elementos y conjuntos estructurales de hormigón armado se ajustan en todo
momento a lo establecido en la Instrucción de hormigón estructural "EHE-08", y su construcción se
llevará a cabo de acuerdo con lo especificado en dicha norma.
2.1.1.2.ESTUDIO GEOTÉCNICO
No se modifica la estructura existente, no existen patologías, por tanto no procede efectuar un estudio
geotécnico.
2.2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS PARÁMETROS QUE DETERMINAN LAS PREVISIONES
TÉCNICAS A CONSIDERAR EN EL PROYECTO
2.2.1SISTEMA ESTRUCTURAL
ACTUACIONES PREVIAS
DERRIBO
Los trabajos de derribo son los siguientes:
-
Derribo de la tabiquería interior
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-
Levantado del pavimento interior existente
-
Levantado de instalaciones y saneamiento
-
Levantado de carpintería
El procedimiento elegido para el derribo es elemento a elemento. Queda explícitamente prohibido el
derribo por colapso total o parcial.
•
Levantado de puertas, ventanas y portones, incluso marcos, hojas y accesorios.
•
Demolición de falso techo.
•
Demolición de tabique de ladrillo hueco sencillo.
•
Levantado de inodoros y accesorios, sin recuperación del material.
CIMENTACIÓN
Se proyecta un foso de hormigón armado con una losa de canto 20 cm. y muros perimetrales de
contención del mismo espesor al de la losa, donde se apoyará la fabrica armada de LP.
Los parámetros determinantes han sido, en relación a la capacidad portante, el equilibrio de la
cimentación y la resistencia local y global del terreno, y en relación a las condiciones de servicio, el
control de las deformaciones, las vibraciones y el deterioro de otras unidades constructivas;
determinados por los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo y DB-SE-C de Cimientos, y la
norma EHE-08 de Hormigón Estructural.
ESTRUCTURA SOPORTE O DE BAJADA DE CARGAS
La estructura soporte del foso del ascensor es una fábrica armada de Ladrillo perforado, atendiendo a
los parámetros especificados en el DB-SE-F.
Los parámetros que determinaron sus previsiones técnicas han sido, en relación a su capacidad
portante, la resistencia estructural de todos los elementos, secciones, puntos y uniones, y la estabilidad
global del edificio y de todas sus partes; y en relación a las condiciones de servicio, el control de las
deformaciones, las vibraciones y los daños o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la
apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra; determinados por los documentos básicos
DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SI-6 Resistencia al fuego de la estructura y la norma EHE-08 de
Hormigón Estructural.
ESTRUCTURA HORIZONTAL
El presente proyecto no modifica la estructura existente.
ARRIOSTRAMIENTO VERTICAL
El presente proyecto no modifica la estructura existente.
.
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2.2.2. SISTEMA ENVOLVENTE Y DE COMPARTIMENTACIÓN
•
SISTEMA ENVOLVENTE
CUBIERTA
Las cubiertas planas se limitan a la del casetón del ascensor y se resolverá con cubierta no transitable.
La cubierta estará compuesta por una capa de hormigón para formación de pendiente, sobre la losa de
hormigón, lámina impermeabilizante autoprotegida.
Para la estimación del peso propio de los distintos elementos que constituyen las cubiertas se ha
seguido lo establecido en DB-SE-AE.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección del sistema de cubierta
han sido la zona climática, el grado de impermeabilidad y recogida de aguas pluviales, las condiciones
de propagación exterior y de resistencia al fuego y las condiciones de aislamiento acústico
determinados por los documentos básicos DB-HS-1 de Protección frente a la humedad, DB-HS-5 de
Evacuación de aguas, DB-HE-1 de Limitación de la demanda energética y DB-SI-2 de Propagación
exterior y lel documento básico DB-HR de condiciones acústicas en los edificios.
FACHADAS
No se modifican los parámetros existentes en cuanto a los cerramientos exteriores. Únicamente se
ciega una ventana existente en el patio donde se proyecta el ascensor y se sustituyen todas las
carpinterías exteriores tanto para la fachada como para el patio.
MUROS BAJO RASANTE
No se modifican los parámetros existentes actualmente.
SUELOS
Se proyecta un nuevo pavimento de mármol en la zona a reformar.
CARPINTERÍA EXTERIOR
Se sustituye la carpintería exterior existente por carpintería de aluminio.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección de la carpintería exterior
han sido la zona climática, la transmitancia térmica, el grado de permeabilidad, las condiciones de
accesibilidad por fachada, las condiciones de seguridad de utilización en lo referente a los huecos y
elementos de protección y las condiciones de aislamiento acústico determinados por los documentos
básicos DB-HE-1 de Limitación de la demanda energética, DB-SI-5 Intervención de bomberos, DB-SUA1 Seguridad frente al riesgo de caídas y DB-SUA-2 Seguridad frente al riesgo de impacto y
atrapamiento y el documento básico DB-HR de condiciones acústicas en los edificios.
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•
SISTEMA DE COMPARTIMENTACIÓN
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección de los elementos
separadores han sido las condiciones de propagación interior y evacuación y las condiciones de
aislamiento acústico determinados por los documentos básicos DB-SI-1 de propagación interior, DB-SI3 evacuación y el documento básico DB-HR de protección frente al ruido.
PARTICIONES INTERIORES
Las particiones interiores serán ejecutadas con tabiques de LH7 y LH9.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección de las particiones
interiores han sido la zona climática, la transmitancia térmica y las condiciones de aislamiento acústico
determinados por los documentos básicos DB-HE-1 de Limitación de la demanda energética y DB-SI-1
de Propagación interior y el documento básico DB-HR de protección frente al ruido.
CARPINTERÍA INTERIOR
La carpintería interior será en general de madera lisa, con puertas de paso lisas, guarniciones y marcos
de 7 cm de la misma madera, sobre premarcos de pino.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección de la carpintería interior
han sido las condiciones de seguridad de utilización en lo referente a impacto con elementos frágiles,
atrapamiento e aprisionamiento determinados por los documentos básicos DB-SUA-2 Seguridad frente
al riesgo de impacto y atrapamiento,
DB-SUA-3 seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en
recintos y el documento básico DB-HR de protección frente al ruido.
2.2.3. SISTEMA DE ACABADOS
PAVIMENTOS
Se proyecta un pavimento de mármol en las zona a reformar excepto en los baños, donde se dispondrá
plaqueta de gres.
PAREDES
En general, los revestimientos verticales interiores se acabarán con pintura plástica lisa.
En los locales húmedos se dispondrá plaqueta de gres de formato a elegir por DF.
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TECHOS
En las zonas objeto de la reforma se dispondrá de falso techo desmontable.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección de los acabados han sido
los criterios de confort y durabilidad, así como
las condiciones de seguridad de utilización en lo
referente a los suelos en el local determinadas por el documento básico DB-SUA-1 Seguridad frente al
riesgo de caídas.
2.2.4. SISTEMAS DE ACONDICIONAMIENTO E INSTALACIONES
•
INSTALACIÓN DE AGUA FRÍA
GENERALES.
Se basa en la ejecución de la instalación interior de polibutileno que se adapta a la nueva distribución,
conectando con la red existente.
ACOMETIDA Y SUS LLAVES.
No se modifica la acometida existente
TUBOS DE ALIMENTACIÓN.
No se modifican los existentes.
DISPOSITIVOS PARA PROTECCIÓN CONTRA RETORNOS.
De acuerdo con lo indicado en las “Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de
agua”, en su Título segundo, se adoptarán entre otras, las siguientes disposiciones en la instalación:
-Dispositivo antirretorno a la salida de los contadores.
-Válvulas reductoras de presión a la salida de los contadores. Las válvulas presentarán las
siguientes presiones de tarado, en función de la montante en la que se encuentren montadas:
- Planta Baja a 1º : Presión Tarado= 2,00 Kg/cm2
- Planta 2º : Presión Tarado= 2,50 Kg/cm2
En todos los casos, las válvulas o dispositivos deberán ser de un tipo aprobado por el Ministerio de
Industria y se instalarán inmediatamente después del contador.
Concretamente se instalarán válvulas de retención a la entrada de cada una de las baterías de
contadores y a la salida de los contadores divisionarios, si así lo indica la Compañía Suministradora.
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CONTADORES.
No se modifican los contadores existentes.
INSTALACIONES PARTICULARES.
Toda la instalación interior se realizará con Tubería de POLIBUTILENO, de los diámetros indicados en
el apartado de cálculos y esquemas de la instalación.
El recorrido siempre se realizará por techo y se bajará a cada uno de los aparatos de forma individual.
Se protegerá la tubería de agua fría con tubo de plástico y la de agua caliente dispondrá del aislamiento
térmico reglamentario de acuerdo al Reglamento de Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE)
según apéndice 03.01. Para un material de aislamiento térmico de conductividad térmica de 0.020
W/m.K se adoptará un aislamiento de espesor de pared de 10 mm, tipo armaflex o similar.
DERIVACIONES PARTICULARES Y ACCESORIOS.
Las derivaciones particulares serán de los diámetros indicados en el apartado de cálculos. Se
mantendrá el diámetro de la derivación particular incluso hasta la entrada a la caldera.
RAMIFICACIONES INTERIORES.
Las ramificaciones interiores serán de los diámetros indicados en el apartado de cálculos y discurrirán
por los pasillos en falso techo.
Se mantendrán los mismos diámetros tanto para agua fría como caliente.
DERIVACIONES A APARATOS.
Toda la instalación se realizará con tubo de Polibutileno con características normalizadas y diámetros
indicados en los esquemas, planos y cálculos.
INSTALACIONES PARTICULARES. USOS COMUNES.
No se proyectan.
INSTALACIONES PARTICULARES. LOCAL COMERCIAL.
No se proyectan.
INSTALACIÓN PARTICULAR DE RED DE INCENDIOS.
No se proyectan.
INSTALACIONES ESPECIALES.
No se proyectan.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
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APARATOS DESCALCIFICADORES DE AGUA.
No se proyectan.
FLUXORES.
No se proyectan.
APARATOS SANITARIOS
Los aparatos sanitarios serán de porcelana vitrificada en blanco o color suave a elección de la
propiedad y su colocación será la indicada en planos de proyecto.
GRIFERÍA INTERIOR
La grifería será de acero inoxidable del tipo monomando de marca acreditada y buena calidad.
•
INSTALACIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA
Se dota con este servicio a los cuartos de baño y vestuarios, con los puntos de consumo indicados en
planos. Esta red se conectará a la existente.
El dimensionado de la instalación aparece reflejado en los planos, según justificación en los apartados
de cálculo.
Al no tratarse de una reforma de edificio completo, la demanda de agua caliente sanitaria se cubrirá con
el sistema existente, no incorporándose ninguno que se base en energías renovables.
Las canalizaciones de estas redes estarán dotadas del adecuado aislamiento, según se prescribe en el
Reglamento de Instalaciones de Térmicas en los Edificios. Se utilizará aislante de coquilla
tipo
Armaflex.
•
INSTALACIÓN DEL SANEAMIENTO
SITUACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA RED DE ALCANTARILLADO
La red urbana de alcantarillado es de tipo unitario, con un colector, tanto para aguas pluviales como
para aguas residuales. Las obras en cuanto a red de saneamiento se basan en la adaptación de la red
existente a la nueva distribución.
SITUACIÓN DEL EDIFICIO RESPECTO DE LA RED DE ALCANTARILLADO
No se modifican los parámetros existentes
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EFLUENTES A EVACUAR Y SUS CARACTERÍSTICAS
Las aguas generadas en los cuartos de baño son aguas residuales domésticas, cuyas características
las hacen aptas para ser enviadas a colector público sin depuración previa.
Las aguas pluviales no presentan problemas de contaminación y pueden ser vertidas sin depuración
previa al colector urbano que corresponda
DESCRIPCIÓN DE LA INSTALACIÓN. PARTES. CRITERIOS DE DISEÑO
La red existente se adaptará a las nuevas condiciones de distribución, eliminando aquellos tramos que
no se adapten e incluyendo aquellos tramos necesarios, conectándolos a la red existente.
Los materiales empleados en la instalación se detallan a continuación:
- La red de pequeña evacuación de locales húmedos se ha proyectado en Policloruro de vinilo PVC
serie 3.2 mm
En la red de pequeña evacuación se han seguido los siguientes criterios de diseño:
- Los desagües de lavabos, bidets, bañeras y duchas se realizan con sifones individuales.
- La distancia del desagüe de inodoros a bajante es menor o igual que 1,00 m
- El desagüe de los aparatos de bombeo se realiza mediante sifón individual
- Se ha evitado el enfrentamiento de dos desagües en una tubería común
- Los lavabos, bidets, bañeras y fregadero están dotados de rebosadero
No se proyectan bajantes.
En la red de colectores se han seguido los siguientes criterios de diseño:
- Los colectores discurren enterrados en el suelo con una pendiente mínima de 1,5 %
- Como la red de colectores es unitaria, se han interpuesto sifones con el correspondiente registro en
los puntos indicados en los planos correspondientes, para evitar la transmisión de olores hacia la red de
pluviales
JUSTIFICACIÓN DEL CALCULO Y DIMENSIONADO
a) Caudales de aguas residuales
La estimación de los caudales de aguas residuales se ha realizado en función de las unidades de
descarga de los distintos aparatos según la tabla adjunta:
Aparato
Unidades de descarga
lavabo
1
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
17
bañera
3
bidet
2
Inodoro con cisterna
4
ducha
2
Cuarto de baño( lavabo, inodoro con cisterna, bañera, bidet)
7
Cuarto de aseo( lavabo, inodoro con cisterna y ducha)
6
b) Caudales de aguas pluviales
A efectos de dimensionar la red de aguas pluviales, se ha considerado la zona pluviométrica en la que
se ubica el edificio, obteniendo la intensidad de lluvia de cálculo de las curvas de intensidad de lluvia –
duración. La expresión que permite obtener los caudales es:
C x Ix S
Q= -----------------3.600
Q= caudal (l/s)
I= intensidad de lluvia de cálculo(mm/h)
S= superficie que desagua a la bajante (m2)
C= coeficiente de escorrentía (adimensional)
c) Dimensionando de pequeña evacuación
Los diámetros de la red de pequeña evacuación se han obtenido de la siguiente tabla:
Aparato
Diámetro mínimo sifón y derivación
individual en mm
lavabo
32
bañera
40
bidet
32
Inodoro con cisterna
110
ducha
40
Cuarto de baño( lavabo, inodoro con cisterna, bañera, bidet)
110
Cuarto de aseo( lavabo, inodoro con cisterna y ducha)
110
En cuanto a las derivaciones en colector en cuartos húmedos se han obtenido los diámetros de la
siguiente tabla:
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
18
Diámetro en mm
Nº máximo de unidades de descarga
Pendiente 2%
Pendiente 4%
32
1
1
40
2
2
50
6
8
75( sin inodoro)
15
18
90(sin inodoro)
27
36
110
96
104
d) Dimensionado de bajantes
No se proyectan bajantes.
e) Dimensionado de colectores
Los diámetros de colectores de aguas residuales se han obtenido teniendo en cuenta el número
máximo de unidades de descarga, así como la pendiente de los mismos, indicándose los diámetros y
pendientes en los planos correspondientes
Los diámetros de colectores de aguas pluviales se han obtenido e función de la zona pluviométrica en la
que se ubica el edificio, y teniendo en cuenta la superficie que evacua a los mismos, así como la
pendiente, indicándose diámetros pendientes en los planos correspondientes.
EFLUENTES A EVACUAR Y SUS CARACTERÍSTICAS
En su caso, las aguas pluviales no presentan problemas de contaminación y pueden ser vertidas sin
depuración, a los jardines para el riego.
NORMATIVA
En la redacción del proyecto de la instalación de saneamiento del edificio se ha considerado la siguiente
normativa: PGOU EL PUIG.
•
INSTALACIÓN DE LA ELECTRICIDAD
NORMATIVA
En la redacción del proyecto de la instalación eléctrica se ha tenido en cuenta la siguiente normativa:
- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión R.D.842/2002 y sus instrucciones técnicas
complementarias
- Normas particulares para las instalaciones de enlace en el suministro de energía eléctrica en baja
tensión
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
19
SITUACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA RED URBANA DE SUMINISTRO. ACOMETIDA
No se modifica la acometida existente
PREVISIÓN DE CARGAS
No se modifica la potencia contratada actualmente.
DESCRIPCIÓN DE LA INSTALACIÓN. PARTES
a) Caja de protección y medida (CPM)
No se modifica el existente.
b) Derivación individual
La derivación individual discurre por el falso techo, mediante conductores aislados en el interior de
tubos. El diámetro del tubo permite la ampliación de la sección de los conductores en un 100%. El cable
es unipolar y con un aislamiento de tensión asignada 450/750 V. Cable ES07Z1-K
Los cables serán no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida, según
UNE 21123 parte 4 ó 5 o UNE 211002.
La derivación individual constará además del hilo de mando para posibilitar la aplicación de diferentes
tarifas. El hilo de mando tendrá una sección de 1,5 mm2 y será de color rojo
c) Interruptor de control de potencia (ICP)
Se ha previsto una caja homologada y empotrada para alojar el ICP. Es precintable y con índice de
protección IP30 e IK07. Está situada al lado del cuadro de protección y maniobra y ubicada en cerca
del acceso a la vivienda. Se ubica a una altura comprendida entre 1,4 y 2,0 m
d) Cuadro de mando y protección y circuitos interiores
Las especificaciones de la instalación interior se recogen en las instrucciones ITC-19, ITC-20, ITC-21 e
ITC-25.
Se ha previsto un cuadro de mando y protección ubicado en próximo al acceso de la vivienda, a una
altura entre 1,4m y 2,0 m. Contará con grados de protección IP30 e IK07
Las características del cuadro de mando y protección, así como de los circuitos interiores son las
siguientes:
Grado de electrificación básico con potencia 5.750 WLas secciones indicadas corresponden a la
instalación de dos conductores más conductor de protección bajo tubo de PVC empotrado.
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
20
circuitos
Nº puntos
Potencia
Tipo de
Tubo
Sección
IM
Longitud
ID
IG
por toma
toma
mm
mm2
A
máxima
A/mA
A
25/30
25
m
W
C1
30
200
Punto luz
16
1,5
10
27
C2
20
3.450
16A 2p+T
20
2,5
16
28
C3
2
5.400
25A 2p+T
25
6
25
43
C4
1
16A 2p+T
20
2,5
16
28
C4
1
16A 2p+T
20
2,5
16
28
C4
1
16A 2p+T
20
2,5
16
28
C5
6
16A 2p+T
20
2,5
16
28
3.450
C1= circuito de iluminación
C2= circuitos de tomas de uso general
C3= cocina y horno
C4= lavadora
C4= lavavajillas
C4= termo eléctrico
C5= baño y cocina
IG= interruptor general magnetotérmico omnipolar
IG= interruptor diferencial omnipolar
IM= interruptor magnetotérmico omnipolar
Si la instalación se alimentase o incluyese una línea aérea se preverá en el cuadro de protección y
maniobra, además de los elementos anteriores, un dispositivo de protección contra sobretensiones o
descargador, situado aguas arriba del interruptor diferencial, entre el interruptor general y el interruptor
diferencial.
El conductor de los circuitos interiores es de cobre en formato unipolar con tensión de aislamiento
450/750 V y bajo tubo de protección según ITC-20 e ITC-21.Cables tipo H 07V-U.
El interruptor general tendrá un poder de corte mínimo de 4,5kA.
La instalación interior discurre bajo tubo de protección corrugado
e) Puntos de utilización
Los mecanismos y puntos de la instalación empleados son
Grado de electrificación básico
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
21
ZONA POLICIA
Estancia
Circuito
Mecanismo
Nº mínimo según
acceso
C1
Pulsador timbre
1
vestíbulo
C1
Superficie/longitud
REBT 2002
Punto luz
1
Interruptor 10A
1
vestíbulo
C2
Base 16A 2p+T
1
Comedor
C1
Punto luz
1
Hasta 10m2(dos si S>10 m2)
Interruptor 10A
1
Uno por cada punto luz
Comedor
C2
Base 16A 2p+T
3(**)
Uno cada 6m2
Almacen
C1
Almacen
C2
baños
C1
Puntos luz
1
Hasta 10m2(dos si S>10m2)
Interruptor 10A
1
Uno por cada punto de luz
Base 16A 2p+T
3(**)
Uno cada 6m2
Punto de luz
1
Interruptor 10A
1
baños
C3
Base 16A 2p+T
1
Pasillos o
C1
Puntos luz
1
Uno cada 5 m de longitud
Interruptor/commutador
1
Uno en cada acceso
Base 16A 2p+T
1
Hasta 5 m(dos si L>5m)
distribuidores
10A
Pasillos o
C2
distribuidores
Terrazas y
C1
Puntos luz
1
Hasta 10m2(dos si S>10m2)
Interruptor 10A
1
Uno por cada punto luz
Puntos luz
1
Hasta 10m2(dos si S>10m2)
Interruptor/commutador
1
Uno por cada punto de luz
1
Uno cada 6m2
vestidores
Registro
C1
10A
Registro
C2
Base 16A 2p+T
Nota (*): se colocarán fuera del volumen delimitado por los planos verticales situados a 0,5 m del
fregadero y de la encimera de cocción o cocina.
Nota (**):Donde se prevea la instalación de una toma de TV, la base será múltiple, considerándose
como una sola base.
g) Instalación de puesta a tierra
Una vez ejecutada la excavación se procederá a la colocación del circuito de toma de tierra formado por
cable desnudo de cobre recocido de 35 mm2 de sección, sobre el fondo de zanjas y pozos, dejándolo
preparado para conexionar a las armaduras. Del mismo modo se clavarán 4 estacas de 1.5 metros en
puntos opuestos de la cimentación.
Los extremos de dichos circuitos se llevarán hasta la zona marcada en plano de cimentación para
posterior conexión al resto de la instalación eléctrica.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
22
JUSTIFICACIÓN DEL CÁLCULO
Para el dimensionado de la sección de los conductores se ha tenido en cuenta tanto el criterio de
intensidad máxima admisible en el conductor, como la caída de tensión admisible. Así mismo, se han
respetado las secciones mínimas indicadas en el Reglamento Electrotécnico para Baja tensión.
Las caídas de tensión admisibles según el Reglamento son:
Parte de la instalación
Caída de tensión en %
Derivación individual
1,5
Circuito interior
3
Para el cálculo de las secciones de los conductores se han aplicado de las siguientes expresiones:
Líneas monofásicas :
P
2xPxL
I= --------------
v =----------------
V x cosj
56 x V x S
I=intensidad (A)
P=potencia activa (W)
V=voltaje(V)
L=longitud real de la línea (m)
S=sección conductor fase (mm2)
cos j=factor de potencia (0,9; 1 en interior de vivienda)
56= conductividad del cobre (m/Wmm2)
En el plano correspondiente se recogen los distintos circuitos con sus secciones.
Para el dimensionado de las secciones de la instalación de puesta a tierra se ha considerado:
Denominación
Sección (mm2)
Anillo de enlace con tierra
35
Derivaciones de la línea principal de tierra y
Seccion fase mm2
Sección tierra mm2
conductores
16 S
S
16 < 35 S
16
S>35
S/2
de
protección
de
circuitos
interiores
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
23
En cuanto al anillo de enlace con tierra, se ha empleado la expresión:
L
2
/R
Siendo L= longitud en metros
R= resistencia de tierra (10 )
= resistividad del terreno (
x m)
Se han tendido en las zanjas de cimentación 60 metros aprox. de anillo de enlace, según se recoge en
el plano correspondiente; además para alcanzar el valor de resistencia requerido(10 ohmios como
máximo)se han hincado en el terreno picas de acero recubiertas de cobre de dos metros de longitud en
número según plano adjunto. El número de picas se ha obtenido de la tabla 1 de NTE-IEP.
Según ITC-BT-26 al anillo de enlace con tierra
Se ha conectado un cierto número de hierros de los principales de la losa.
•
INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES
DESCRIPCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA INST. DE TELECOMUNICACIONES
Los trabajos a realizar se basan en la adaptación de la red existente a la nueva distribución.
-Canalización interior, que utilizará configuración en estrella, será realizada mediante tres tubos ( uno
para cada servicio)de diámetro de 20 mmm de tipo plástico corrugado En la canalización interior se
instalarán registros de paso cada 15 m, en los cambios de dirección de radio inferior a 120 mm y cada
dos curvas de 90º. Estos registros de paso tendrán unas dimensiones de 100x100x40 (TB+RDSI) y
100x160x40 mm (TLCA,RTV).
-Registros de toma empotrados en paredes. Se han previsto tres registros de toma (TB+RDSI,
TLCA,RTV) en todas las estancias, teniendo estos registros de toma en sus inmediaciones una base de
enchufe de a instalación eléctrica interior.
A efectos del diseño y ejecución de la infraestructura para acoger las instalaciones de
telecomunicaciones se tendrá en cuenta el Anexo IV del Real Decreto 401/2003 de 4 de abril.
INFRAESTRUCTURA DE RTV
La red existente se adaptará a la nueva distribución.
La red interior contiene los registro de toma, previendo una por cada dos estancias o fracción, con las
bases de acceso terminales (BAT).
El sistema deberá disponer los elementos necesarios para proporcionar en las tomas de usuario las
señales con los niveles de calidad establecidos en el Anexo I del Real Decreto 401/2003 de 4 de abril.
La red ejecutada se conectará a la existente.
Así mismo, los elementos de captación, el equipamiento de cabecera de la instalación, la red y los
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24
cables, cumplirán lo especificado en el citado Anexo I.
INFRAESTRUCTURA DE TB+RDSI
La reforma consiste en adaptar la red existente a la nueva distribución.
La red interior de usuario contendrá los registros de toma, con las bases de acceso terminal,
previéndose dos cada tres estancias o fracción.
La instalación de TB+RDSI cumplirá lo especificado en el Anexo II del Real Decreto 401/2003 de 4 de
abril,
INFRAESTRUCTURA PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE BANDA ANCHA
La reforma consiste en adaptar la red existente a la nueva distribución.
La canalización interior de usuario ,con tubo de 20 mm, contendrá los registros de toma, con las bases
de acceso terminal, previéndose una cada dos estancias o fracción.
La instalación de TLCA y SAFI cumplirán lo especificado en el Anexo III del Real Decreto 401/2003 de 4
de abril
•
SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO E INSTALACIONES - VENTILACIÓN
No se modifica el sistema existente.
INSTALACIONES ANTI-INTRUSIÓN
No se proyectan
•
INSTALACIÓN DE ASCENSORES
Se proyecta un ascensor sin cuarto de máquinas y accesible atendiendo a la orden 25 de mayo de
2004.
•
INSTALACIÓN DE TRANSPORTE
No se proyectan
•
INSTALACIONES DE VENTILACIÓN
No se modifica el sistema existente.
•
INSTALACIÓN DE CLIMATIZACIÓN
No se modifica el sistema existente.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
25
•
INSTALACIÓN DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES
No se modifica el sistema existente.
2.2.5. EQUIPAMIENTO
Se ejecutan dos aseos adaptados dando al vestíbulo de entrada. Cada uno dispone de un inodoro con
tanque bajo y un lavabo de porcelana blanca vitrificada con pedestal.
Los baños de los vestuarios poseen cada uno de un inodoro con tanque bajo y lavabos de porcelana
blanca sobre encimera y una ducha de porcelana vitrificada.
En El Puig a Diciembre de 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
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26
3
MEMORIA DE CALCULO DE CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURA
3.1. SISTEMA DE CÁLCULO E HIPÓTESIS DE CARGA
Se ha seguido para el cálculo la Norma CTE-DB-SE-A y la instrucción EHE-08 para el cálculo de los
diferentes elementos estructurales, según sean estos de acero u hormigón armado. En cuanto a la
fábrica resistente de LP, se han seguido los criterios del CTE DB-SE-F. Las solicitaciones se han
obtenido a partir del predimensionado y las diferentes cargas, por cálculo en ordenador, utilizando el
programa Cypecad Unidireccional de CYPE Ingenieros. CYPECAD ESPACIAL ha sido diseñado para
realizar el cálculo y dimensionado de estructuras de hormigón armado diseñado con forjados
unidireccionales, reticulares y losas macizas para edificios sometidos a acciones verticales y
horizontales.
3.2. SIMPLIFICACIONES ADOPTADAS:
La estructura se discretiza en barras y nudos de la siguiente manera:
1. Pilares: Son barras verticales entre cada planta, definiendo un nudo en arranque de cimentación o en
otro elemento, como una viga o forjado, y en la intersección de cada planta, siendo su eje el de la
sección transversal. Se consideran las excentricidades debidas a la variación de dimensiones en altura.
2. Vigas: Se definen en planta fijando nudos en la intersección con el eje de pilares y/o sus caras, así
como en los puntos corte con elementos de forjado o con otras vigas. Así se crean nudos en el eje y en
los bordes laterales y, análogamente, en las puntas de voladizos y extremos libres o en contacto con
otros elementos de los forjados.
3. Vigas inclinadas: Se definen entre dos puntos que pueden estar en un mismo nivel o planta o en
diferentes niveles, creándose dos nudos en dichas intersecciones. Cuando una viga inclinada une dos
vigas independientes no produce el efecto de indeformabilidad del plano con comportamiento rígido.
4. Paños de forjados unidireccionales: Las viguetas se definen en los huecos definidos entre vigas,
creando nudos en las intersecciones de borde y eje correspondiente de la viga que intersecta.
5. Losas macizas: La discretización de los paños de losa maciza se realiza en elementos finitos de
tamaño máximo de 25 cm. y se efectúa una condensación estática (método exacto) de todos los grados
de libertad.
Se tiene en cuenta la deformación por cortante y se mantiene la hipótesis de
indeformabilidad en su plano.
6. Forjados reticulares: la discretización de los paños de forjado reticular se realiza en elementos finitos
cuyo tamaño máximo es un tercio del intereje definido entre nervios de la zona aligerada. La dimensión
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27
de la malla se mantiene constante tanto en la zona aligerada como en la maciza, adoptando en cada
zona las características mecánicas deducidas de su geometría. Se tiene en cuenta la deformación por
cortante y se mantiene la hipótesis de indeformabilidad en su plano.
Se crea, por tanto, un conjunto de nudos generales de dimensión finita en pilares y vigas cuyos nudos
asociados son los definidos en las intersecciones de los elementos de los forjados en los bordes de las
vigas y de todos ellos en las caras de los pilares.
Dado que están relacionados entre sí por la compatibilidad de deformaciones se puede resolver la
matriz de rigidez general y las asociadas y obtener los desplazamientos y los esfuerzos en todos los
elementos.
3.3. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS:
En los planos se representa la estructura de cada planta diferente con una numeración de los pilares y
encuentros entre vigas. Cada pórtico se identifica por su planta y la numeración de los encuentros de
vigas con pilares u otras vigas.
CARACTERÍSTICAS RESISTENTES:
SOLERAS Y RELLENOS DE H0RMIGÓN EN MASA:
HM – 20 / P / 40 / IIa
ELEMENTOS DE HORMIGÓN ARMADO:
HA – 25 / P / 20 / IIa
ACERO DE LAS ARMADURAS:
B 500 S
ACERO LAMINADO:
S275JR
BLOQUES DE HORMIGÓN:
H-E (393x193x195) R 12 / II
3.4. ANÁLISIS EFECTUADO:
El análisis de las solicitaciones se realiza mediante un cálculo espacial en 3D, por métodos matriciales
de rigidez, formando todos los elementos que definen la estructura: pilares, vigas y forjados.
Se establece la compatibilidad de deformaciones en todos los nudos, considerando 6 grados de libertad,
y se crea la hipótesis de indeformabilidad del plano de cada planta, para simular el comportamiento
rígido de¡ forjado, impidiendo los desplazamientos relativos entre nudos de¡ mismo. Por tanto, cada
planta sólo podrá girar y desplazarse en su conjunto.
Cuando en una misma planta existan zonas independientes, se considerará cada una de éstas como
una parte distinta de cara a la indeformabilidad de esa zona, y no se tendrá en cuenta en su conjunto.
Por tanto, las plantas se comportarán como planos indeformables independientes.
Para todos los estados de carga se realiza un cálculo estático y se supone un comportamiento lineal de
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28
los materiales y, por tanto, un cálculo de primer orden, de cara a la obtención de desplazamientos y
esfuerzos.
3.5. ACCIONES CONSIDERADAS
Según el CTE DB-SE-AE:
Acciones permanentes :
Nombre del grupo
Peso propio
Cargas muertas (Tn/m²)
Losa Casetón
0.5
0.15
Acciones variables:
- Sobrecarga de uso
Nombre del grupo
S.C.U (Tn/m²)
Losa Casetón
0.1
- Nieve
Nombre del grupo
Nieve (Tn/m²)
Losa Casetón
0.1
Acciones accidentales:
- Sismo
No se consideran acciones sísmicas en el cálculo. Ver punto 3.8.
3.6. COEFICIENTES DE SEGURIDAD
Para la evaluación de los estados límites últimos se aplican:
TIPO DE ACCIÓN
Situación
Persistente
o Situación Accidental
transitoria
Efecto
E.
Efecto
favorable
Desfavorable
favorable
E. desfavorable
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29
Permanente
γG =1.00
γ G= 1.35
γ G = 1.00
γ G = 1.00
Pretensado
γp = 1.00
γ p =1.00
γ p = 1.00
γ p = 1.00
Permanente valor no constante γ G = 1.00
γ G = 1.50
γ G = 1.00
γ G = 1.00
γQ = 0.00
γ Q = 1.50
γ Q = 0.00
γ Q = 1.00
γA = 1.00
γ A = 1.00
Variable
Accidental
Se corrigen según el artículo 95º, dependiendo del nivel de control de ejecución adoptado:
TIPO DE ACCIÓN
Nivel de control de ejecución
Intenso
Normal
Reducido
Permanente
γG =1.35
γG =1.50
γG =1.60
Pretensado
γP =1.00
γP =1.00
Permanente de valor no constante
γG =1.50
γG =1.60
γG =1.80
Variable
γQ =1.50
γQ =1.60
γG =1.80
Coeficientes de los materiales para Estados Límites Últimos:
Situación de Proyecto
Hormigón
Acero pasivo y activo
Persistente o transitoria
1.50
1.15
Accidental
1.30
1.0
El presente proyecto se ha calculado considerando un nivel ESTADISTICO de control de ejecución.
3.7. HIPÓTESIS DE CARGA
En el cálculo de la estructura se han considerado las siguientes hipótesis de carga con las
combinaciones que marca la Norma DB-SE-A o la instrucción EHE-08 según se trate de elementos de
acero laminado u hormigón armado.
Automáticas
Carga permanente
Sobrecarga de uso
Adicionales
Referencia
Descripción
Naturaleza
N1
nieve
Nieve
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30
3.8. JUSTIFICACIÓN DE CUMPLIIMIENTO DE LA NORMA DE SISMORRESISTENTE -NCSE-02
El presente Proyecto de construcción de Nueva Planta, NO le es de aplicación la presente norma, por
tratarse de una REFORMA SIN MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LA ESTRUCTURA
En El Puig a Diciembre de 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
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31
4
CUMPLIMIENTO CTE
4.1. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL DB SE (SEGURIDAD ESTRUCTURAL)
La estructura se ha comprobado siguiendo los DB’s siguientes:
DB-SEBases de cálculo
DB-SE-AE Acciones en la edificación
DB-SE-CCimientos
DB-SE-AAcero
DB-SE-FFábrica
DB-SI Seguridad en caso de incendio
Y se han tenido en cuenta, además, las especificaciones de la normativa siguiente:
NCSR-02 Norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación
EHE-08 Instrucción de hormigón estructural
4.1.1. CUMPLIMIENTO DEL DB-SE. BASES DE CÁLCULO.
La estructura se ha analizado y dimensionado frente a los estados límite, que son aquellas situaciones
para las que, de ser superadas, puede considerarse que el edificio no cumple alguno de los requisitos
estructurales para los que ha sido concebido.
SE 1. RESISTENCIA Y ESTABILIDAD.
La estructura se ha calculado frente a los estados límite últimos, que son los que, de ser superados,
constituyen un riesgo para las personas, ya sea porque producen una puesta fuera de servicio del
edificio o el colapso total o parcial del mismo. En general se han considerado los siguientes:
a) pérdida del equilibrio del edificio, o de una parte estructuralmente independiente, considerado como
un cuerpo rígido;
b) fallo por deformación excesiva, transformación de la estructura o de parte de ella en un mecanismo,
rotura de sus elementos estructurales (incluidos los apoyos y la cimentación) o de sus uniones, o
inestabilidad de elementos estructurales incluyendo los originados por efectos dependientes del tiempo
(corrosión, fatiga).
Las verificaciones de los estados límite últimos que aseguran la capacidad portante de la estructura,
establecidas en el DB-SE 4.2, son las siguientes:
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
32
Se ha comprobado que hay suficiente resistencia de la estructura portante, de todos los elementos
estructurales, secciones, puntos y uniones entre elementos, porque para todas las situaciones de
dimensionado pertinentes, se cumple la siguiente condición:
Ed ≤ Rd siendo
Ed valor de cálculo del efecto de las acciones
Rd valor de cálculo de la resistencia correspondiente
Se ha comprobado que hay suficiente estabilidad del conjunto del edificio y de todas las partes
independientes del mismo, porque para todas las situaciones de dimensionado pertinentes, se cumple
la siguiente condición:
Ed,dst ≤ Ed,stb siendo
Ed,dst valor de cálculo del efecto de las acciones desestabilizadoras
Ed,stb valor de cálculo del efecto de las acciones estabilizadoras
SE 2. APTITUD AL SERVICIO.
La estructura se ha calculado frente a los estados límite de servicio, que son los que, de ser superados,
afectan al confort y al bienestar de los usuarios o de terceras personas, al correcto funcionamiento del
edificio o a la apariencia de la construcción.
Los estados límite de servicio pueden ser reversibles e irreversibles. La reversibilidad se refiere a las
consecuencias que excedan los límites especificados como admisibles, una vez desaparecidas las
acciones que las han producido. En general se han considerado los siguientes:
a) las deformaciones (flechas, asientos o desplomes) que afecten a la apariencia de la obra, al confort
de los usuarios, o al funcionamiento de equipos e instalaciones;
b) las vibraciones que causen una falta de confort de las personas, o que afecten a la funcionalidad de
la obra;
c) los daños o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la apariencia, a la durabilidad o a la
funcionalidad de la obra.
Las verificaciones de los estados límite de servicio, que aseguran la aptitud al servicio de la estructura,
han comprobado su comportamiento adecuado en relación con las deformaciones, las vibraciones y el
deterioro, porque se cumple, para las situaciones de dimensionado pertinentes, que el efecto de las
acciones no alcanza el valor límite admisible establecido para dicho efecto en el DB-SE 4.3.
4.1.2. CUMPLIMIENTO DEL DB-SE-AE. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN.
Las acciones sobre la estructura para verificar el cumplimiento de los requisitos de seguridad
estructural, capacidad portante (resistencia y estabilidad) y aptitud al servicio, establecidos en el DB-SE
se han determinado con los valores dados en el DB-SE-AE.
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33
4.1.3. CUMPLIMIENTO DEL DB-SE-C. CIMIENTOS.
El comportamiento de la cimentación en relación a la capacidad portante (resistencia y estabilidad) se
ha comprobado frente a los estados límite últimos asociados con el colapso total o parcial del terreno o
con el fallo estructural de la cimentación. En general se han considerado los siguientes:
a) pérdida de la capacidad portante del terreno de apoyo de la cimentación por hundimiento, deslizamiento o vuelco;
b) pérdida de la estabilidad global del terreno en el entorno próximo a la cimentación;
c) pérdida de la capacidad resistente de la cimentación por fallo estructural; y
d) fallos originados por efectos que dependen del tiempo (durabilidad del material de la cimentación,
fatiga del terreno sometido a cargas variables repetidas).
Las verificaciones de los estados límite últimos, que aseguran la capacidad portante de la cimentación,
son las siguientes:
En la comprobación de estabilidad, el equilibrio de la cimentación (estabilidad al vuelco o estabilidad
frente a la subpresión) se ha verificado, para las situaciones de dimensionado pertinentes, cumpliendo
la condición:
Ed,dst ≤ Ed,stb siendo
Ed,dst el valor de cálculo del efecto de las acciones desestabilizadoras;
Ed,stb el valor de cálculo del efecto de las acciones estabilizadoras.
En la comprobación de resistencia, la resistencia local y global del terreno se ha verificado, para las
situaciones de dimensionado pertinentes, cumpliendo la condición:
Ed ≤ Rd siendo
Ed el valor de cálculo del efecto de las acciones;
Rd el valor de cálculo de la resistencia del terreno.
La comprobación de la resistencia de la cimentación como elemento estructural se ha verificado
cumpliendo que el valor de cálculo del efecto de las acciones del edificio y del terreno sobre la
cimentación no supera el valor de cálculo de la resistencia de la cimentación como elemento estructural.
El comportamiento de la cimentación en relación a la aptitud al servicio se ha comprobado frente a los
estados límite de servicio asociados con determinados requisitos impuestos a las deformaciones del
terreno por razones estéticas y de servicio. En general se han considerado los siguientes:
a) los movimientos excesivos de la cimentación que puedan inducir esfuerzos y deformaciones
anormales en el resto de la estructura que se apoya en ellos, y que aunque no lleguen a romperla
afecten a la apariencia de la obra, al confort de los usuarios, o al funcionamiento de equipos e
instalaciones;
b) las vibraciones que al transmitirse a la estructura pueden producir falta de confort en las personas o
reducir su eficacia funcional;
c) los daños o el deterioro que pueden afectar negativamente a la apariencia, a la durabilidad o a la
funcionalidad de la obra.
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34
La verificación de los diferentes estados límite de servicio que aseguran la aptitud al servicio de la
cimentación, es la siguiente:
El comportamiento adecuado de la cimentación se ha verificado, para las situaciones de dimensionado
pertinentes, cumpliendo la condición:
Eser ≤ Clim siendo
Eser el efecto de las acciones;
Clim el valor límite para el mismo efecto.
Los diferentes tipos de cimentación requieren, además, las siguientes comprobaciones y criterios de
verificación, relacionados más específicamente con los materiales y procedimientos de construcción
empleados:
CIMENTACIONES DIRECTAS.
En el comportamiento de las cimentaciones directas se ha comprobado que el coeficiente de seguridad
disponible con relación a las cargas que producirían el agotamiento de la resistencia del terreno para
cualquier mecanismo posible de rotura, es adecuado. Se han considerado los estados límite últimos
siguientes: a) hundimiento; b) deslizamiento; c) vuelco; d) estabilidad global; y e) capacidad estructural
del cimiento; verificando las comprobaciones generales expuestas.
En el comportamiento de las cimentaciones directas se ha comprobado que las tensiones transmitidas
por las cimentaciones dan lugar a deformaciones del terreno que se traducen en asientos,
desplazamientos horizontales y giros de la estructura que no resultan excesivos y que no podrán
originar una pérdida de la funcionalidad, producir fisuraciones, agrietamientos, u otros daños. Se han
considerado los estados límite de servicio siguientes: a) los movimientos del terreno son admisibles
para el edificio a construir; y b) los movimientos inducidos en el entorno no afectan a los edificios
colindantes; verificando las comprobaciones generales expuestas y las comprobaciones adicionales del
DB-SE-C 4.2.2.3.
ELEMENTOS DE CONTENCIÓN.
En el comportamiento de los elementos de contención se han considerado los estados límite últimos
siguientes: a) estabilidad; b) capacidad estructural; y c) fallo combinado del terreno y del elemento
estructural; verificando las comprobaciones generales expuestas.
En el comportamiento de los elementos de contención se han considerado los estados límite de servicio
siguientes: a) movimientos o deformaciones de la estructura de contención o de sus elementos de
sujeción que puedan causar el colapso o afectar a la apariencia o al uso eficiente de la estructura, de
las estructuras cercanas o de los servicios próximos; b) infiltración de agua no admisible a través o por
debajo del elemento de contención; y c) afección a la situación del agua freática en el entorno con
repercusión sobre edificios o bienes próximos o sobre la propia obra; verificando las comprobaciones
generales expuestas.
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35
Las diferentes tipologías, además, requieren las siguientes comprobaciones y criterios de verificación:
En los cálculos de estabilidad de las pantallas, en cada fase constructiva, se han considerado los
estados límite siguientes: a) estabilidad global; b) estabilidad del fondo de la excavación; c) estabilidad
propia de la pantalla; d) estabilidad de los elementos de sujeción; e) estabilidad en las edificaciones
próximas; f) estabilidad de las zanjas, en el caso de pantallas de hormigón armado; y g) capacidad
estructural de la pantalla; verificando las comprobaciones generales expuestas.
En la comprobación de la estabilidad de un muro, en la situación pésima para todas y cada una de las
fases de su construcción, se han considerado los estados límite siguientes: a) estabilidad global; b)
hundimiento; c) deslizamiento; d) vuelco; y e) capacidad estructural del muro; verificando las
comprobaciones generales expuestas.
ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO.
No existen excavaciones ni formación de taludes.
4.1.4. CUMPLIMIENTO DEL DB-SE-A. ACERO.
No se proyectan estructuras de acero.
4.1.5. CUMPLIMIENTO DEL DB-SE-F. FÁBRICA.
En relación a los estados límite se han verificado los definidos con carácter general en el DB SE 3.2,
siguiendo las consideraciones del apartado 3 del DB-SE-F:
a) capacidad portante (estados límite últimos).
b) aptitud al servicio (estados límite de servicio).
Se han dispuesto juntas de movimiento para permitir dilataciones térmicas y por humedad, fluencia y
retracción, las deformaciones por flexión y los efectos de las tensiones internas producidas por cargas
verticales o laterales, sin que la fábrica sufra daños, teniendo en cuenta, para las fábricas sustentadas,
las distancias de la tabla 2.1.
En la comprobación frente a los estados límite últimos de los muros sometidos predominantemente a
carga vertical, se ha verificado la resistencia a compresión vertical; y en el comportamiento de la
estructura frente a acciones horizontales se ha verificado su resistencia a esfuerzo cortante; y también
se ha considerado la combinación del esfuerzo normal y del esfuerzo cortante más desfavorable.
El comportamiento de los muros con acciones laterales locales en relación a la resistencia se ha
comprobado frente al estado límite último de flexión.
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36
4.2. JUSTIFICACIÓN DEL DB-SI. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
4.2.1. INTRODUCCIÓN.
Tal y como se describe en el DB-SI (artículo 11) “El objetivo del requisito básico “Seguridad en caso de
incendio” consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran
daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su
proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán,
construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias
básicas que se establecen en los apartados siguientes.
El Documento Básico DB-SI especifica
parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias
básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en
caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los
que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales”, en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.”
Según se expresa en la parte III Criterios generales de aplicación, en las obras de reforma en las que se
mantenga el uso, este DB debe aplicarse a los elementos del edificio modificados por la reforma,
siempre que ello suponga una mayor adecuación a las condiciones de seguridad establecidas en este
DB.
Para garantizar los objetivos del Documento Básico (DB-SI) se deben cumplir determinadas secciones.
“La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente.
La correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en
caso de incendio".
Las exigencias básicas son las siguientes
Exigencia básica SI 1 Propagación interior.
Exigencia básica SI 2 Propagación exterior.
Exigencia básica SI 3 Evacuación de ocupantes.
Exigencia básica SI 4 Instalaciones de protección contra incendios.
Exigencia básica SI 5 Intervención de los bomberos.
Exigencia básica SI 6 Resistencia al fuego de la estructura.
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37
4.2.2. SI 1: PROPAGACIÓN INTERIOR
•
COMPARTIMENTACIÓN EN SECTORES DE INCENDIO.
La reforma no modifica los sectores existentes.
•
LOCALES DE RIESGO ESPECIAL
- Maquinaria ascensor: Riesgo bajo
o Paredes y techos: EI90
o Puerta de comunicación: EI2 45-C5
- Almacén armero: Riesgo bajo
oParedes y techos: EI90
o Puerta de comunicación: EI2 45-C5
•
ESPACIOS OCULTOS. PASO DE INSTALACIONES A TRAVÉS DE ELEMENTOS DE
COMPARTIMENTACIÓN DE INCENDIOS.
La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables tiene continuidad en los espacios
ocultos, tales como patinillos, cámaras, falsos techos, suelos elevados, etc., salvo cuando éstos estén
compartimentados respecto de los primeros al menos con la misma resistencia al fuego, pudiendo
reducirse ésta a la mitad en los registros para mantenimiento.
Ya que se limita a un máximo de tres plantas y a 10 m el desarrollo vertical de las cámaras no estancas
(ventiladas) y en las que no existan elementos cuya clase de reacción al fuego sea B-s3,d2, BL-s3,d2 ó
mejor, se cumple el apartado 3.2 de la sección SI 1 del DB-SI.
La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se mantiene en
los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como
cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc, excluidas las penetraciones cuya sección
de paso no exceda de 50 cm². Mediante la disposición de un elemento que, en caso de incendio, obture
automáticamente la sección de paso y garantice en dicho punto una resistencia al fuego al menos igual
a la del elemento atravesado, por ejemplo, una compuerta cortafuegos automática.
•
REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, DECORATIVOS Y DE
MOBILIARIO.
Se cumplen las condiciones de las clases de reacción al fuego de los elementos constructivos, según se
indica en la tabla 4.1:
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Tabla 4.1 Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos
Situación del elemento Revestimientos (1)
De techos y paredes (2) (3)
De suelos (2)
Zonas ocupables (4)
C-s2,d0
EFL
Pasillos y escaleras protegidos
B-s1,d0
CFL-s1
Aparcamientos y recintos de riesgo especial (5)
B-s1,d0
BFL-s1
B-s3,d0
BFL-s2 (6)
Espacios ocultos no estancos: patinillos, falsos techos
(excepto los existentes dentro de viviendas), suelos
elevados, etc.
(1) Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de
los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado.
(2) Incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento
resistente al fuego. Cuando se trate de tuberías con aislamiento térmico lineal, la clase de reacción al
fuego serála que se indica, pero incorporando el subíndice L.
(3) Incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y
que no estéprotegida por una capa que sea EI 30 como mínimo.
(4) Incluye, tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no sean protegidas.
Excluye el interior de viviendas. En uso Hospitalario se aplicarán las mismas condiciones que en
pasillos y escaleras protegidos.
(5) Véase el capítulo 2 de esta Sección.
(6) Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por ejemplo, en la cámara de los falsos techos se refiere
al material situado en la cara superior de la membrana. En espacios con clara configuración vertical (por
ejemplo, patinillos) así como cuando el falso techo esté constituido por una celosía, retícula o
entramado abierto, con una función acústica, decorativa, etc, esta condición no es aplicable.
No existe elemento textil de cubierta integrado en el edificio. No es necesario cumplir el apartado 4.3 de
la sección 1 del DB - SI.
4.2.3. SI 2: PROPAGACIÓN EXTERIOR
•
MEDIANERÍAS Y FACHADAS
No se alteran las fachadas y medianeras existentes.
•
RIESGO DE PROPAGACIÓN HORIZONTAL:
No se alteran las fachadas y medianeras existentes.
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39
•
RIESGO DE PROPAGACIÓN VERTICAL:
No se alteran las fachadas y medianeras existentes.
•
CLASE DE REACCIÓN AL FUEGO DE LOS MATERIALES:
No se alteran las fachadas y medianeras existentes.
•
CUBIERTAS
No se modifica la cubierta del edificio existente
4.2.4. SI 3: EVACUACIÓN DE OCUPANTES
•
CÁLCULO DE LA OCUPACIÓN.
Tal y como establece la sección SI 3 del DB-SI.
- Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se indican en la
tabla 2.1 de la en función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea previsible una ocupación
mayor o bien cuando sea exigible una ocupación menor en aplicación de alguna disposición legal de
obligado cumplimiento, como puede ser en el caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales,
etc. En aquellos recintos o zonas no incluidos en la tabla se deben aplicar los valores correspondientes
a los que sean más asimilables.
- A efectos de determinar la ocupación, se debe tener en cuenta el carácter simultáneo o alternativo de
las diferentes zonas de un edificio, considerando el régimen de actividad y de uso previsto para el
mismo.
En función de esta tabla la ocupación prevista será la siguiente:
Recinto o planta
Tipo de uso
Superficie
Ocupación
Número de
personas
ZONA POLICIA
ACCESO
Administrativo
16.43
2
9
COMEDOR
12.34
5
3
ALMACEN
5.18
40
1
TRASTERO
5.24
40
1
VESTUARIO M
19.73
10
2
VESTUARIO F
16.17
10
2
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40
ASEO1
3.75
10
1
DUCHA1
3.73
10
1
ASEO2
3.31
10
1
DUCHA2
2.50
10
1
TOTAL
22
ZONA AYUNTAMIENTO
REGISTRO
Administrativo
35.83
10
4
BAÑO1
3.76
10
1
BAÑO2
3.76
10
1
TOTAL
•
6
ORIGEN DE EVACUACIÓN
Origen de evacuación es todo punto ocupable del edificio, exceptuando los despachos de
oficinas.
•
NUMERO DE SALIDAS Y LONGITUD DE LOS RECORRIDOS DE EVACUACIÓN
Una salida de planta.
La ocupación no excede de 100 personas
Longitud de recorrido de evacuación: 20m
Altura de evacuación: 0m
•
DIMENSIONADO DE LOS MEDIOS DE EVACUACIÓN
Puertas y Pasos: 0.8m
Pasillos: 1.20m
•
PROTECCIÓN DE LAS ESCALERAS
No existen escaleras protegidas
•
PUERTAS SITUADAS EN RECORRIDOS DE EVACUACIÓN.
La puerta de salida de edificio será de giro vertical y su sistema de cierre o bien no actuará
mientras haya actividad en las zonas a evacuar o bien consistirá en un dispositivo de fácil y
rapida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación sin tener que actuar mas de
un mecanismo.
No es necesario que abra en el sentido de la evacuación ya que la ocupación en menor a 100
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41
personas.
•
SEÑALIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE EVACUACIÓN
- “SALIDA” en la salida de edificio o salida de planta
- “SALIDA DE EMERGENCIA” en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia
- Señales indicativas de recorridos de evacuación desde todo origen de evacuación
- “SIN SALIDA” en todas las puertas que no sean salida y puedan inducir a error.
•
CONTROL DEL HUMO DE INCENDIO.
No es necesario al tener una ocupación menor de 1000 personas.
4.2.5. SI 4: INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
•
•
DOTACIÓN DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
Extintor portátil: 1 cada 15 metros; en cada local de riesgo especial.
SEÑALIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES MANUALES DE PROTECCIÓN CONTRA
INCENDIOS.
-
No se disponen al tratarse de una vivienda unifamiliar.
4.2.6. SI 5: INTERVENCIÓN DE BOMBEROS
•
CONDICIONES DE APROXIMACIÓN Y ENTORNO.
-
No es necesario cumplir condiciones de aproximación y entorno pues La altura de evacuación
descendente es menor de 9 m.
-
No es necesario disponer de espacio de maniobra con las condiciones establecidas en el DB-SI
(Sección SI 5) pues la altura de evacuación descendente es menor de 9m.
-
No es necesario disponer de un espacio suficiente para la maniobra de los vehículos del servicio
de extinción de incendios en los términos descritos en el DB-SI sección 5, pues no existen vías
de acceso sin salida de más de 20 m. de largo.
-
No es necesario disponer de un espacio suficiente para la maniobra de los vehículos del servicio
de extinción de incendios en los términos descritos en el DB-SI sección 5, pues no existen vías
de acceso sin salida de más de 20 m de largo.
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•
ACCESIBILIDAD POR FACHADA.
-
No se consideran las condiciones de la fachada al ser la altura de evacuación < de 9 metros.
4.2.7. SI 6: RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA
No procede su comprobación ya que no se modifica la estructura existente.
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43
4.3. JUSTIFICACIÓN DEL DB-SUA. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD
4.3.1. SECCIÓN SUA 1 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAÍDAS
•
RESBALADICIDAD DE LOS SUELOS
-Zonas interiores secas: Clase1
-Zonas interiores húmedas, entradas de edificios: Clase 2
•
DISCONTINUIDADES EN EL PAVIMENTO
Excepto en zonas de uso restringido y con el fin de limitar el riesgo de caídas como consecuencia de
traspiés o de tropiezos, el suelo cumplirá las condiciones siguientes:
a) No presentará imperfecciones o irregularidades que supongan una diferencia de nivel de más de 6
mm.
b) Los desniveles que no excedan de 50 mm se resolverán con una pendiente que no exceda el 25%.
c) En zonas interiores para circulación de personas, el suelo no presentará perforaciones o huecos por
los que pueda introducirse una esfera de 15 mm de diámetro.
En zonas de circulación no se dispondrá un escalón aislado, ni dos consecutivos, excepto en los casos
siguientes:
a) En zonas de uso restringido.
b) En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda.
c) En los accesos y salidas de los edificios.
d) En el acceso a un estrado o escenario.
DESNIVELES
Protección de los desniveles
En las zonas de público (personas no familiarizadas con el edificio) se facilitará la percepción de las
diferencias de nivel que no excedan de 550 mm y que sean susceptibles de causar caídas, mediante
diferenciación visual y táctil.
La diferenciación estará a una distancia de 250 mm del borde, como mínimo.
Características de las barreras de protección
No se proyectan
•
ESCALERAS Y RAMPAS
No se proyectan
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44
•
LIMPIEZA DE LOS ACRISTALAMIENTOS EXTERIORES
No existen acristalamientos a una altura superior a 6 m, por lo que no es necesario ningún sistema de
limpieza especial.
4.3.2. SECCIÓN SUA 2 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O DE ATRAPAMIENTO
•
IMPACTO
Impacto con elementos fijos
- La altura libre de paso en zonas de circulación será, como mínimo, 2.100 mm en zonas de uso
restringido y 2.200 mm en el resto de las zonas. En los umbrales de las puertas la altura libre será 2.000
mm, como mínimo.
- En zonas de circulación, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo,
que vuelen más de 150 mm en la zona de altura comprendida entre 150 mm y 2200 mm medida a partir
del suelo y que presenten riesgo de impacto.
Los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación
estarán a una altura de 2.200 mm, como mínimo.
Impacto con elementos practicables
- No es necesario cumplir ninguna condición de impacto en los términos del apartado 1.2 de la sección 2
del DB SUA.
Impacto con elementos frágiles
- Existen áreas con riesgo de impacto. Identificadas estas según el punto 2 del Apartado 1.3 de la
sección 2 del DB SUA.
Se identifican las siguientes áreas con riesgo de impacto (véase figura 1.2):
a) En puertas, el área comprendida entre el nivel del suelo, una altura de 1.500 mm y una anchura igual
a la de la puerta más 300 mm a cada lado de esta.
b) En paños fijos, el área comprendida entre el nivel del suelo y una altura de 900 mm.
- Las superficies acristaladas situadas en las áreas con riesgo de impacto según se indica en el punto 2
del Apartado 1.3 de la sección 2 del DB SUA cumplirán las condiciones que les sean aplicables de
entre las siguientes:
Diferencia de cotas a ambos lados del cristal <0.55m ----------------------------------------------------- 2(B)2
- Las partes vidriadas de puertas y de cerramientos de duchas y bañeras estarán constituidas por
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45
elementos laminados o templados que resistan sin rotura un impacto de nivel 3, conforme al
procedimiento descrito en la norma UNE EN 12600:2003.
La puerta de entrada existente no se modifica.
Se cumple así el punto 3 del apartado 1.3 de la sección 2 del DB SUA.
Impacto con elementos insuficientemente perceptibles
- No existen grandes superficies acristaladas que se puedan confundir con puertas o aberturas.
Las puertas de vidrio disponen de elementos que permitan identificarlas, tales como cercos o tiradores,
cumpliendo así el punto 2 del apartado 1.4 de la sección 2 del DB SUA.
La puerta de entrada existente no se modifica.
•
ATRAPAMIENTO
- Incluidos sus mecanismos de apertura y cierre, la distancia a hasta el objeto fijo más próximo será 200
mm, como mínimo (véase figura 2.1).
- No existen elementos de apertura y cierre automáticos.
4.3.3. SECCIÓN SUA 3 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE APRISIONAMIENTO EN RECINTOS
•
APRISIONAMIENTO
- Existen puertas de un recinto que tendrán dispositivo para su bloqueo desde el interior y en donde las
personas pueden quedar accidentalmente atrapadas dentro del mismo.
- En esas puertas existirá algún sistema de desbloqueo desde el exterior del recinto y excepto en el
caso de los baños o los aseos de viviendas, dichos recintos tendrán iluminación controlada desde su
interior.Se cumple así el apartado 1 de la sección 3 del DB SUA.
- Las dimensiones y la disposición de los pequeños recintos y espacios serán adecuadas para
garantizar a los posibles usuarios en sillas de ruedas la utilización de los mecanismos de apertura y
cierre de las puertas y el giro en su interior, libre del espacio barrido por las puertas.
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46
Se cumple así el apartado 2 de la sección 3 del DB SUA.
- La fuerza de apertura de las puertas de salida será de 140 N, como máximo, excepto en las de los
pequeños recintos y espacios, en las que será de 25 N, como máximo.
Se cumple así el apartado 3 de la sección 3 del DB SUA.
4.3.4. SECCIÓN SUA 4 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN
INADECUADA
•
ALUMBRADO NORMAL EN ZONAS DE CIRCULACIÓN
En cada zona se dispondrá una instalación de alumbrado capaz de proporcionar, como mínimo, el nivel
de iluminación que se establece en la tabla 1.1, medido a nivel del suelo.
El factor de uniformidad media de la iluminación será del 40% como mínimo.
•
ALUMBRADO DE EMERGENCIA
Dotación
En cumplimiento del apartado 2.1 de la Sección 4 del DB SU el edificios dispondrán de un alumbrado de
emergencia que, en caso de fallo del alumbrado normal, suministre la iluminación necesaria para
facilitar la visibilidad a los usuarios de manera que puedan abandonar el edificio, evite las situaciones de
pánico y permita la visión de las señales indicativas de las salidas y la situación de los equipos y medios
de protección existentes.
Posición y características de las luminarias
En cumplimiento del apartado 2.2 de la Sección 4 del DB SU las luminarias cumplirán las siguientes
condiciones:
a) Se situarán al menos a 2 m por encima del nivel del suelo.
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47
b) Se dispondrá una en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea necesario destacar un
peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se dispondrán en los
siguientes puntos:
i) En las puertas existentes en los recorridos de evacuación.
ii) En las escaleras, de modo que cada tramo de escaleras reciba iluminación directa.
iii) En cualquier otro cambio de nivel.
iv) En los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos.
Características de instalación
En cumplimiento del punto 1, apartado 2.3 de la Sección 4 del DB SU la instalación será fija, estará
provista de fuente propia de energía y debe entrar automáticamente en funcionamiento al producirse un
fallo de alimentación en la instalación de alumbrado normal en las zonas cubiertas por el alumbrado de
emergencia. Se considera como fallo de alimentación el descenso de la tensión de alimentación por
debajo del 70% de su valor nominal.
Iluminación de las señales de seguridad
En cumplimiento del apartado 2.4 de la Sección 4 del DB SU La iluminación de las señales de
evacuación indicativas de las salidas y de las señales indicativas de los medios manuales de protección
contra incendios y de los de primeros auxilios, cumplen los siguientes requisitos:
a) La luminancia de cualquier área de color de seguridad de la señal debe ser al menos de 2 cd/m² en
todas las direcciones de visión importantes.
b) La relación de la luminancia máxima a la mínima dentro del color blanco o de seguridad no debe ser
mayor de 10:1, debiéndose evitar variaciones importantes entre puntos adyacentes.
c) La relación entre la luminancia Lblanca, y la luminancia Lcolor >10, no será menor que 5:1 ni mayor
que 15:1.
d) Las señales de seguridad deben estar iluminadas al menos al 50% de la iluminancia requerida, al
cabo de 5 s, y al 100% al cabo de 60 s.
4.3.5. SECCIÓN SUA 5 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA
OCUPACIÓN
Tal y como se establece en el apartado 1, de la sección 5 del DB SUA en relación a la necesidad de
justificar el cumplimiento de la seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación las
condiciones establecidas en la sección no son de aplicación en la tipología del proyecto.
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
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48
4.3.6. SECCIÓN SUA 6 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE AHOGAMIENTO
•
PISCINAS
No existen piscinas de uso colectivo.
•
POZOS Y DEPÓSITOS
No se proyectan
4.3.7. SECCIÓN SUA 7 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR VEHÍCULOS EN
MOVIMIENTO
No existe zonas de uso aparcamiento.
4.3.8. SECCIÓN SUA 8 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA ACCIÓN DE UN
RAYO
No se modifica la envolvente, ni la estructura ni la instalación de protección contra el rayo existente.
4.3.9. SECCIÓN SUA 9 ACCESIBILIDAD
•
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD
Accesibilidad en el exterior
No posee parcela
Accesibilidad entre plantas
Se proyecta un ascensor accesible
Accesibilidad en las plantas
En las plantas reformadas se procede a crear un itinerario accesible
•
DOTACION DE ELEMENTOS ACCESIBLES
Servicios higiénicos accesibles
Se crean aseos y vestuarios accesibles
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49
Mobiliario fijo
El mostrador de entrada es accesible
Mecanismos
Los mecanismos deberán accesibles.
•
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA INFORMACION Y SEÑALIZACION PARA LA
ACCESIBILIDAD
Dotación
Ver tabla 2.1 DB_SUA
Caracteristicas
1 Las entradas al edificio accesibles, los itinerarios accesibles, las plazas de aparcamiento accesiblesy
los
servicios
higiénicos
accesibles
(aseo,
cabina
de
vestuario
y
ducha
accesible)
se
señalizaránmediante SIA, complementado, en su caso, con flecha direccional.
2 Los ascensores accesibles se señalizarán mediante SIA. Asimismo, contarán con indicación en
Brailley arábigo en alto relieve a una altura entre 0,80 y 1,20 m, del número de planta en la jamba
derechaen sentido salida de la cabina.
3 Los servicios higiénicos de uso general se señalizarán con pictogramas normalizados de sexo enalto
relieve y contraste cromático, a una altura entre 0,80 y 1,20 m, junto al marco, a la derecha de lapuerta
y en el sentido de la entrada.
4 Las bandas señalizadoras visuales y táctiles serán de color contrastado con el pavimento, con
relievede altura 3±1 mm en interiores y 5±1 mm en exteriores. Las exigidas en el apartado 4.2.3 de
laSección SUA 1 para señalizar el arranque de escaleras, tendrán 80 cm de longitud en el sentido dela
marcha, anchura la del itinerario y acanaladuras perpendiculares al eje de la escalera. Las exigidaspara
señalizar el itinerario accesible hasta un punto de llamada accesible o hasta un punto deatención
accesible, serán de acanaladura paralela a la dirección de la marcha y de anchura 40 cm. 5 Las
características y dimensiones del Símbolo Internacional de Accesibilidad para la movilidad (SIA) se
establecen en la norma UNE 41501:2002.
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50
4.4. MEMORIA JUSTIFICATIVA DE CUMPLIMIENTO DEL DB HS (SALUBRIDAD)
•
INTRODUCCIÓN
Este Documento Básico (DB) tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir
las exigencias básicas de salubridad. Las secciones de este DB se corresponden con las exigencias
básicas HS 1 a HS 5. La correcta aplicación de cada sección supone el cumplimiento de la exigencia
básica correspondiente. La correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito
básico "Higiene, salud y protección del medio ambiente".
4.4.1. SECCIÓN HS 1 PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD
•
DISEÑO
Los elementos constructivos (muros, suelos, fachadas, cubiertas, …) deberán cumplir las condiciones
de diseño del apartado 2 (HS1) relativas a los elementos constructivos.
La definición de cada elemento constructivo será la siguiente:
MUROS
No se proyectan muros en contacto con el terreno
SUELOS
No se modifica la solera existente
FACHADAS
No se modifican las fachadas existentes
CUBIERTAS
- Condiciones de las soluciones constructivas
Plana no transitable convencional sin aislamiento
Cubierta plana, no ventilada, tipo convencional, compuesta de losa de 20 cm de canto como elemento
resistente, formación de pendientes mediante hormigón ligero de 5 cm de espesor medio, lámina
bituminosa autoprotegida
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51
Sistema de formación de pendientes
- El sistema de formación de pendientes debe tener una cohesión y estabilidad suficientes frente a
las solicitaciones mecánicas y térmicas, y su constitución debe ser adecuada para el recibido o
fijación del resto de componentes.
Capa de impermeabilización:
- Cuando se disponga una capa de impermeabilización, ésta debe aplicarse y fijarse de acuerdo con
las condiciones para cada tipo de material constitutivo de la misma.
- Impermeabilización con materiales bituminosos y bituminosos modificados:
- Las láminas pueden ser de oxiasfalto o de betún modificado.
- Cuando la pendiente de la cubierta esté comprendida entre 5 y 15%, deben utilizarse sistemas
adheridos.
- Cuando se quiera independizar el impermeabilizante del elemento que le sirve de soporte para
mejorar la absorción de movimientos estructurales, deben utilizarse sistemas no adheridos.
- Cuando se utilicen sistemas no adheridos debe emplearse una capa de protección pesada.
- Cuando la cubierta no tenga protección deben utilizarse sistemas adheridos .
- Condiciones de los puntos singulares
1. Cubiertas planas
En las cubiertas planas se respetarán las condiciones de disposición de bandas de refuerzo y de
terminación, las de continuidad o discontinuidad, así como cualquier otra que afecte al diseño, relativas
al sistema de impermeabilización que se emplee.
1.1 Encuentro de la cubierta con un paramento vertical
La impermeabilización se prolonga por el paramento vertical hasta una altura de 20 cm como mínimo
por encima de la protección de la cubierta (Véase la figura 2.13)
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52
El encuentro con el paramento se realiza redondeándose con un radio de curvatura de 5 cm
aproximadamente o achaflanándose una medida análoga según el sistema de impermeabilización.
Para que el agua de las precipitaciones o la que se deslice por el paramento no se filtre por los remates
superiores de la impermeabilización, dichos remates se realizarán de alguna de las formas siguientes o
de cualquier otra que produzca el mismo efecto:
a)mediante una roza de 3 x 3 cm como mínimo en la que debe recibirse la impermeabilización con
mortero en bisel formando aproximadamente un ángulo de 30º con la horizontal y redondeándose la
arista del paramento;
b)mediante un retranqueo cuya profundidad con respecto a la superficie externa del paramento vertical
debe ser mayor que 5 cm y cuya altura por encima de la protección de la cubierta debe ser mayor que
20 cm;
c)mediante un perfil metálico inoxidable provisto de una pestaña al menos en su parte superior, que
sirva de base a un cordón de sellado entre el perfil y el muro. Si en la parte inferior no lleva pestaña, la
arista debe ser redondeada para evitar que pueda dañarse la lámina.
1.2.Encuentro de la cubierta con el borde lateral
El encuentro de la cubierta con el borde lateral se realiza como se indica:
Prolongando la impermeabilización 5 cm como mínimo sobre el frente del alero o el paramento.
•
PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN
Características exigibles a los productos
-Introducción
El comportamiento de los edificios frente al agua se caracteriza mediante las propiedades hídricas de
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53
los productos de construcción que componen sus cerramientos.
Los productos para aislamiento térmico y los que forman la hoja principal de la fachada se definen
mediante las siguientes propiedades:
a)La absorción de agua por capilaridad (g/(m².s 0,5) ó g/m².s).
b)La succión o tasa de absorción de agua inicial (Kg/m².min)).
c)La absorción al agua a largo plazo por inmersión total (% ó g/cm³).
Los productos para la barrera contra el vapor se definirán mediante la resistencia al paso del vapor de
agua (MN·s/g ó m²·h·Pa/mg).
Los productos para la impermeabilización se definirán mediante las siguientes propiedades, en función
de su uso: (apartado 4.1.1.4)
a)estanquidad;
b)resistencia a la penetración de raices;
c)envejecimiento artificial por exposición prolongada a la combinación de radiación ultravioleta, elevadas
temperaturas y agua;
d)resistencia a la fluencia (ºC);
e)estabilidad dimensional (%);
f)envejecimiento térmico (ºC);
g)flexibilidad a bajas temperaturas (ºC);
h)resistencia a la carga estática (kg);
i)resistencia a la carga dinámica (mm);
j)alargamiento a la rotura (%);
k)resistencia a la tracción (N/5cm).
•
CONSTRUCCIÓN
Ejecución
Las obras de construcción del edificio, en relación con esta sección, se ejecutarán con sujeción al
proyecto, a la legislación aplicable, a las normas de la buena práctica constructiva y a las instrucciones
del director de obra y del director de la ejecución de la obra, conforme a lo indicado en el artículo 7 de la
parte I del CTE. En el pliego de condiciones se indicarán las condiciones de ejecución de los
cerramientos.
- Cubiertas
1.Condiciones de la formación de pendientes
Cuando la formación de pendientes será el elemento que sirve de soporte de la impermeabilización, su
superficie será uniforme y limpia.
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54
2. Condiciones de la barrera contra el vapor
En la ejecución de la barrera contra el vapor se cumplirán estas condiciones:
-La barrera contra el vapor debe extenderse bajo el fondo y los laterales de la capa de aislante térmico.
-Debe aplicarse en unas condiciones térmicas ambientales que se encuentren dentro de los márgenes
prescritos en las correspondientes especificaciones de aplicación.
3. Condiciones del aislante térmico
El aislante térmico se coloca de forma continua y estable.
4. Condiciones de la impermeabilización
En la ejecución de la impermeabilización se cumplirán estas condiciones:
-Las láminas deben aplicarse en unas condiciones térmicas ambientales que se encuentren dentro de
los márgenes prescritos en las correspondientes especificaciones de aplicación.
-Cuando se interrumpan los trabajos deben protegerse adecuadamente los materiales.
-La impermeabilización debe colocarse en dirección perpendicular a la línea de máxima pendiente.
-Las distintas capas de la impermeabilización deben colocarse en la misma dirección y a cubrejuntas.
-Los solapos deben quedar a favor de la corriente de agua y no deben quedar alineados con los de las
hileras contiguas.
Control de la ejecución
El control de la ejecución de las obras se realiza de acuerdo con las especificaciones del proyecto, sus
anejos y modificaciones autorizados por el director de obra y las instrucciones del director de la
ejecución de la obra, conforme a lo indicado en el artículo 7.3 de la parte I del CTE y demás normativa
vigente de aplicación.
Se comprueba que la ejecución de la obra se realiza de acuerdo con los controles y con la frecuencia de
los mismos establecida en el pliego de condiciones del proyecto.
Cualquier modificación que pueda introducirse durante la ejecución de la obra queda en la
documentación de la obra ejecutada sin que en ningún caso dejen de cumplirse las condiciones
mínimas señaladas en este Documento Básico.
Control de la obra terminada
En el control se seguirán los criterios indicados en el artículo 7.4 de la parte I del CTE. En esta sección
del DB no se prescriben pruebas finales.
•
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
Se realizarán las operaciones de mantenimiento que, junto con su periodicidad, se incluyen en la tabla
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55
6.1 y las correcciones pertinentes en el caso de que se detecten defectos.
Tabla 6.1 Operaciones de mantenimiento
Operación
Comprobación del correcto funcionamiento de los canales y bajantes de
evacuación de los muros parcialmente estancos
Muros
Comprobación de que las aberturas de ventilación de la cámara de los muros
parcialmente estancos no están obstruidas
Suelos
Periodicidad
1 año (1)
1 año
Comprobación del estado de la impermeabilización interior
1 año
Comprobación del estado de limpieza de la red de drenaje y de evacuación
1 año (2)
Limpieza de las arquetas
1 año (2)
Comprobación del estado de las bombas de achique, incluyendo las de
reserva, si hubiera sido necesarias su implantación para poder garantizar el 1 año
drenaje
Comprobación de la posible existencia de filtraciones por fisuras y grietas
Comprobación del estado de conservación del revestimiento: posible aparición
de fisuras, desprendimientos, humedades y manchas
Comprobación del estado de conservación de los puntos singulares
Fachadas
Comprobación de la posible existencia de grietas y fisuras, así como
desplomes u otras deformaciones, en la hoja principal
Comprobación del estado de limpieza de las llagas o de las aberturas de
ventilación de la cámara
Limpieza de los elementos de desagüe (sumideros, canalones y rebosaderos)
y comprobación de su correcto funcionamiento
Cubiertas
1 año
3 años
3 años
5 años
10 años
1 años
Recolocación de la grava
1 años
Comprobación del estado de conservación de la protección o tejado
3 años
Comprobación del estado de conservación de los puntos singulares
3 años
(1) Además debe realizarse cada vez que haya habido tormentas importantes.
(2) Debe realizarse cada año al final del verano.
4.4.2. SECCIÓN HS 2 RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS
No procede su cumplimiento al tratarse de una reforma de edificio existente
4.4.3. SECCIÓN HS 3 CALIDAD DEL AIRE INTERIOR
No procede su cumplimiento al no modificarse las instalaciones térmicas existentes ni se ejecuta una
instalación de ACS mediante energía solar.
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56
4.4.4. SECCIÓN HS 4 SUMINISTRO DE AGUA
•
CONDICIONES MÍNIMAS DE SUMINISTRO
Caudal mínimo para cada tipo de aparato.
Tabla 1.1 Caudal instantáneo mínimo para cada tipo de aparato
Caudal
instantáneo Caudal instantáneo mínimo de
mínimo de agua fría
ACS
[dm3/s]
[dm3/s]
Lavamanos
0,05
0,03
Lavabo
0,10
0,065
Ducha
0,20
0,10
Bañera de 1,40 m o más
0,30
0,20
Bañera de menos de 1,40 m
0,20
0,15
Bidé
0,10
0,065
Inodoro con cisterna
0,10
-
Inodoro con fluxor
1,25
-
Urinarios con grifo temporizado
0,15
-
Urinarios con cisterna (c/u)
0,04
-
Fregadero doméstico
0,20
0,10
Fregadero no doméstico
0,30
0,20
Lavavajillas doméstico
0,15
0,10
0,25
0,20
Lavadero
0,20
0,10
Lavadora doméstica
0,20
0,15
Lavadora industrial (8 kg)
0,60
0,40
Grifo aislado
0,15
0,10
Grifo garaje
0,20
-
Vertedero
0,20
-
Tipo de aparato
Lavavajillas
industrial
(20
servicios)
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57
Presión mínima.
En los puntos de consumo la presión mínima ha de ser :
100 KPa para grifos comunes.
150 KPa para fluxores y calentadores.
Presión máxima.
Así mismo no se ha de sobrepasar los 500 KPa, según el C.T.E.
•
DISEÑO DE LA INSTALACIÓN.
Esquema general de la instalación de agua fría.
En función de los parámetros de suministro de caudal (continúo o discontinúo) y presión (suficiente o
insuficiente) correspondientes al municipio, localidad o barrio, donde vaya situado el edificio se elegirá
alguno de los esquemas que figuran a continuación:
Aljibe y grupo de presión. (Suministro
público discontinúo y presión insuficiente).
Edificio con un solo titular.
(Coincide en parte la Instalación Interior
General con la Instalación Interior Particular).
Depósito auxiliar y grupo de presión. ( Sólo
presión insuficiente).
Depósito elevado. Presión suficiente y
suministro público insuficiente.
Abastecimiento directo. Suministro público
y presión suficientes.
Aljibe y grupo de presión. Suministro
público discontinúo y presión insuficiente.
Edificio con múltiples titulares.
Depósito auxiliar y grupo de presión. Sólo
presión insuficiente.
Abastecimiento directo. Suministro público
continúo y presión suficiente.
•
DIMENSIONADO DE LAS INSTALACIONES Y MATERIALES UTILIZADOS. (DIMENSIONADO:
CTE. DB HS 4 SUMINISTRO DE AGUA)
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58
Reserva de espacio para el contador general
En los edificios dotados con contador general único se preverá un espacio para un armario o una
cámara para alojar el contador general de las dimensiones indicadas en la tabla 4.1.
Tabla 4.1 Dimensiones del armario y de la cámara para el contador general
Dimensiones
en mm
Diámetro nominal del contador en mm
Armario
Cámara
15
20
25
32
40
50
65
80
100
125
150
Largo
600
600
900
900
1300
2100
2100
2200
2500
3000
3000
Ancho
500
500
500
500
600
700
700
800
800
800
800
Alto
200
200
300
300
500
700
700
800
900
1000
1000
Dimensionado de las redes de distribución
El cálculo se realizará con un primer dimensionado seleccionando el tramo más desfavorable de la
misma y obteniéndose unos diámetros previos que posteriormente habrá que comprobar en función de
la pérdida de carga que se obtenga con los mismos.
Este dimensionado se hará siempre teniendo en cuenta las peculiaridades de cada instalación y los
diámetros obtenidos serán los mínimos que hagan compatibles el buen funcionamiento y la economía
de la misma.
Dimensionado de los tramos
El dimensionado de la red se hará a partir del dimensionado de cada tramo, y para ello se partirá del
circuito considerado como más desfavorable que será aquel que cuente con la mayor pérdida de
presión debida tanto al rozamiento como a su altura geométrica.
El dimensionado de los tramos se hará de acuerdo al procedimiento siguiente:
el caudal máximo de cada tramos será igual a la suma de los caudales de los puntos de consumo
alimentados por el mismo de acuerdo con la tabla 2.1.
establecimiento de los coeficientes de simultaneidad de cada tramo de acuerdo
con un criterio
adecuado.
determinación del caudal de cálculo en cada tramo como producto del caudal máximo por el coeficiente
de simultaneidad correspondiente.
elección de una velocidad de cálculo comprendida dentro de los intervalos siguientes:
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59
tuberías metálicas: entre 0,50 y 2,00 m/s
tuberías termoplásticas y multicapas: entre 0,50 y 3,50 m/s
Obtención del diámetro correspondiente a cada tramo en función del caudal y de la velocidad.
Comprobación de la presión
Se comprobará que la presión disponible en el punto de consumo más desfavorable supera con los
valores mínimos indicados en el apartado 2.1.3 y que en todos los puntos de consumo no se supera el
valor máximo indicado en el mismo apartado, de acuerdo con lo siguiente:
determinar la pérdida de presión del circuito sumando las pérdidas de presión total de cada tramo. Las
perdidas de carga localizadas podrán estimarse en un 20% al 30% de la producida sobre la longitud real
del tramo o evaluarse a partir de los elementos de la instalación.
comprobar la suficiencia de la presión disponible: una vez obtenidos los valores de las pérdidas de
presión del circuito, se verifica si son sensiblemente iguales a la presión disponible que queda después
de descontar a la presión total, la altura geométrica y la residual del punto de consumo más
desfavorable. En el caso de que la presión disponible en el punto de consumo fuera inferior a la presión
mínima exigida sería necesaria la instalación de un grupo de presión.
Dimensionado de las derivaciones a cuartos húmedos y ramales de enlace
Los ramales de enlace a los aparatos domésticos se dimensionarán conforme a lo que se establece en
las tabla 4.2. En el resto, se tomarán en cuenta los criterios de suministro dados por las características
de cada aparato y se dimensionará en consecuencia.
Tabla 3.2 Diámetros mínimos de derivaciones a los aparatos
Diámetro nominal del ramal de enlace
Aparato o punto de consumo
Tubo de acero (“)
Tubo
de
cobre
o
plástico (mm)
NORMA
PROYECTO NORMA
PROYECTO
Lavamanos
½
-
12
12
Lavabo, bidé
½
-
12
12
Ducha
½
-
12
12
Bañera <1,40 m
¾
-
20
20
Bañera >1,40 m
¾
-
20
20
Inodoro con cisterna
½
-
12
12
Inodoro con fluxor
1- 1 ½
-
25-40
-
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60
Urinario con grifo temporizado
½
-
12
-
Urinario con cisterna
½
-
12
-
Fregadero doméstico
½
-
12
12
Fregadero industrial
¾
-
20
-
Lavavajillas doméstico
½ (rosca a -
12
12
¾)
Lavavajillas industrial
¾
-
20
-
Lavadora doméstica
¾
-
20
20
Lavadora industrial
1
-
25
-
Vertedero
¾
-
20
-
Los diámetros de los diferentes tramos de la red de suministro se dimensionarán conforme al
procedimiento establecido en el apartado 4.2, adoptándose como mínimo los valores de la tabla 4.3:
Tabla 3.3 Diámetros mínimos de alimentación
Tramo considerado
Diámetro
nominal
del
tubo
de
alimentación
Cobre
Acero (“)
o
plástico
(mm)
NORMA PROYECTO NORMA PROYECTO
Alimentación
húmedo
a
cuarto
privado:
baño, ¾
-
20
20
¾
-
20
20
¾
-
20
20
1
-
25
25
aseo, cocina.
Alimentación a derivación
particular:
vivienda,
apartamento,
local
comercial
Columna
(montante
descendente)
Distribuidor principal
o
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61
Dimensionado de las redes de ACS
- Se dispondrá de tomas de ACS en lavadora y lavavajillas
- Dimensionado de las redes de impulsión de ACS
Para las redes de impulsión o ida de ACS se seguirá el mismo método de cálculo que para redes de
agua fría.
- Dimensionado de las redes de retorno de ACS
Para determinar el caudal que circulará por el circuito de retorno, se estimará que en el grifo más
alejado, la pérdida de temperatura sea como máximo de 3 ºC desde la salida del acumulador o
intercambiador en su caso.
En cualquier caso no se recircularán menos de 250 l/h en cada columna, si la instalación responde a
este esquema, para poder efectuar un adecuado equilibrado hidráulico.
El caudal de retorno se podrá estimar según reglas empíricas de la siguiente forma:
considerar que se recircula el 10% del agua de alimentación, como mínimo. De cualquier forma se
considera que el diámetro interior mínimo de la tubería de retorno es de 16 mm.
los diámetros en función del caudal recirculado se indican en la tabla 4.4.
Tabla 3.4 Relación entre diámetro de tubería y caudal recirculado de ACS
Diámetro de la tubería (pulgadas)
Caudal recirculado (l/h)
½
140
¾
300
1
600
1¼
1.100
1½
1.800
2
3.300
Cálculo del aislamiento térmico
El espesor del aislamiento de las conducciones, tanto en la ida como en el retorno, se dimensionará de
acuerdo a lo indicado en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios RITE y sus
Instrucciones Técnicas complementarias ITE.
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62
Cálculo de dilatadores
En los materiales metálicos se considera válido lo especificado en la norma UNE 100 156:1989 y para
los materiales termoplásticos lo indicado en la norma UNE ENV 12 108:2002.
En todo tramo recto sin conexiones intermedias con una longitud superior a 25 m se deben adoptar las
medidas oportunas para evitar posibles tensiones excesivas de la tubería, motivadas por las
contracciones y dilataciones producidas por las variaciones de temperatura. El mejor punto para
colocarlos se encuentra equidistante de las derivaciones más próximas en los montantes.
•
DIMENSIONADO DE LOS EQUIPOS, ELEMENTOS Y DISPOSITIVOS DE LA INSTALACIÓN
Dimensionado de los contadores
El calibre nominal de los distintos tipos de contadores se adecuará, tanto en agua fría como caliente, a
los caudales nominales y máximos de la instalación.
Cálculo del grupo de presión
Cálculo del depósito auxiliar de alimentación
El volumen del depósito se calculará en función del tiempo previsto de utilización, aplicando la siguiente
expresión:
V = Q ⋅ t ⋅ 60 (4.1)
Siendo:
V es el volumen del depósito [l];
Q es el caudal máximo simultáneo [dm3/s];
t es el tiempo estimado (de 15 a 20) [min].
La estimación de la capacidad de agua se podrá realizar con los criterios de la norma UNE 100
030:1994.
En el caso de utilizar aljibe, su volumen deberá ser suficiente para contener 3 días de reserva a razón
de 200l/p.día.
Cálculo de las bombas
El cálculo de las bombas se hará en función del caudal y de las presiones de arranque y parada de la/s
bomba/s (mínima y máxima respectivamente), siempre que no se instalen bombas de caudal variable.
En este segundo caso la presión será función del caudal solicitado en cada momento y siempre
constante.
El número de bombas a instalar en el caso de un grupo de tipo convencional, excluyendo las de
reserva, se determinará en función del caudal total del grupo. Se dispondrán dos bombas para caudales
de hasta 10 dm3/s, tres para caudales de hasta 30 dm3/s y 4 para más de 30 dm3/s.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
63
El caudal de las bombas será el máximo simultáneo de la instalación o caudal punta y vendrá fijado por
el uso y necesidades de la instalación.
La presión mínima o de arranque (Pb) será el resultado de sumar la altura geométrica de aspiración
(Ha), la altura geométrica (Hg), la pérdida de carga del circuito (Pc) y la presión residual en el grifo, llave
o fluxor (Pr).
c)
Cálculo del depósito de presión:
Para la presión máxima se adoptará un valor que limite el número de arranques y paradas del grupo
de forma que se prolongue lo más posible la vida útil del mismo. Este valor estará comprendido entre 2
y 3 bar por encima del valor de la presión mínima.
El cálculo de su volumen se hará con la fórmula siguiente.
Vn = Pb x Va / Pa(4.2)
Siendo:
Vn es el volumen útil del depósito de membrana;
Pb es la presión absoluta mínima;
Va es el volumen mínimo de agua;
Pa es la presión absoluta máxima.
d)
Cálculo del diámetro nominal del reductor de presión:
El diámetro nominal se establecerá aplicando los valores especificados en la tabla 4.5 en función del
caudal máximo simultáneo:
Tabla 3.5 Valores del diámetro nominal en función del caudal máximo simultáneo
Diámetro nominal del reductor de Caudal máximo simultáneo
presión
dm3/s
m3/h
15
0,5
1,8
20
0,8
2,9
25
1,3
4,7
32
2,0
7,2
40
2,3
8,3
50
3,6
13,0
65
6,5
23,0
80
9,0
32,0
100
12,5
45,0
125
17,5
63,0
150
25,0
90,0
200
40,0
144,0
250
75,0
270,0
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64
Nunca se calcularán en función del diámetro nominal de las tuberías.
Dimensionado de los sistemas y equipos de tratamiento de agua
- Determinación del tamaño de los aparatos dosificadores
El tamaño apropiado del aparato se tomará en función del caudal punta en la instalación, así como del
consumo mensual medio de agua previsto, o en su defecto se tomará como base un consumo de agua
previsible de 60 m3 en 6 meses, si se ha de tratar tanto el agua fría como el ACS, y de 30 m3 en 6
meses si sólo ha de ser tratada el agua destinada a la elaboración de ACS.
El límite de trabajo superior del aparato dosificador, en m3/h, debe corresponder como mínimo al caudal
máximo simultáneo o caudal punta de la instalación.
El volumen de dosificación por carga, en m3, no debe sobrepasar el consumo de agua previsto en 6
meses.
Determinación del tamaño de los equipos de descalcificación
Se tomará como caudal mínimo 80 litros por persona y día.
•
CONSTRUCCIÓN.
La instalación de suministro de agua se ejecutará conforme a lo dispuesto el apartado 5 de la Sección 4
del Documento Básico DB HS.
•
MATERIALES.
Los materiales que se vayan a utilizar cumplirán las especificaciones impuestas en el apartado 6 de la
Sección 4 del Documento Básico DB HS.
•
MANTENIMIENTO
Las operaciones de mantenimiento relativas a las instalaciones de fontanería se deben seguir las
prescripciones establecidas en el apartado 7 de la Sección 4 del Documento Básico DB HS.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
65
4.4.5. SECCIÓN HS 5 EVACUACIÓN DE AGUAS
•
DESCRIPCIÓN GENERAL:
Objeto:
Aspectos de la obra que tengan que ver con las instalaciones específicas. En general el objeto de estas
instalaciones es la evacuación de aguas pluviales y fecales. Sin embargo en algunos casos atienden a otro
tipo de aguas como las correspondientes a drenajes, aguas correspondientes a niveles freáticos altos o
evacuación de laboratorios, industrial, etc… que requieren estudios específicos.
Características
del X
Alcantarillado de Acometida:
Público.
Privado. (en caso de urbanización en el interior de la parcela).
X
Unitario / Mixto.
Separativo.
•
DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE EVACUACIÓN Y SUS PARTES.
Características de la Red de
Evacuación del Edificio:
Separativa total.
Separativa hasta salida edificio.
X
Red enterrada.
X
Red colgada.
Otros aspectos de interés:
Partes específicas de la red
Desagües y derivaciones
de evacuación:
Material:
Sifón individual:
Bajantes
PVC
Los cierres hidráulicos deben satsfacer las especificaciones establecidas en el
apartado 3.3.1.1 del Documento DB HS5
Indicar material y situación exterior por patios o interiores en patinillos
registrables /no registrables de instalaciones
Material:
PVC
Colectores
Características incluyendo acometida a la red de alcantarillado
Materiales:
PVC
Tabla 1: Características de los materiales
De acuerdo a las normas de referencia mirar las que se correspondan con el material :
Fundición Dúctil:
UNE EN 545:2002 “Tubos, racores y accesorios de fundición dúctil y sus uniones para canalizaciones de agua. Requisitos y métodos de ensayo”.
UNE EN 598:1996 “Tubos, accesorios y piezas especiales de fundición dúctil y sus uniones para el saneamiento. Prescripciones y métodos de ensayo”.
UNE EN 877:2000 “Tubos y accesorios de fundición, sus uniones y piezas especiales destinados a la evacuación de aguas de los edificios. Requisitos, métodos
de ensayo y aseguramiento de la calidad”.
Plásticos :
UNE EN 1 329-1:1999 “Sistemas de canalización en materiales plásticos para evacuación de aguas residuales (baja y alta temperatura) en el interior de la
estructura de los edificios. Poli (cloruro de vinilo) no plastificado (PVC-U). Parte 1: Especificaciones para tubos, accesorios y el sistema”.
UNE EN 1 401-1:1998 “Sistemas de canalización en materiales plásticos para saneamiento enterrado sin presión. Poli (cloruro de vinilo) no plastificado (PVC-U).
Parte 1: Especificaciones para tubos, accesorios y el sistema”.
UNE EN 1 453-1:2000 “Sistemas de canalización en materiales plásticos con tubos de pared estructurada para evacuación de aguas residuales (baja y alta
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66
temperatura) en el interior de la estructura de los edificios. Poli (cloruro de vinilo) no plastificado (PVCU). Parte 1: Especificaciones para los tubos y el sistema”.
UNE EN 1455-1:2000 “Sistemas de canalización en materiales plásticos para la evacuación de aguas residuales (baja y alta temperatura) en el interior de la
estructura de los edificios. Acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS). Parte 1: Especificaciones para tubos, accesorios y el sistema”.
UNE EN 1 519-1:2000 “Sistemas de canalización en materiales plásticos para evacuación de aguas residuales (baja y alta temperatura) en el interior de la
estructura de los edificios. Polietileno (PE). Parte 1: Especificaciones para tubos, accesorios y el sistema”.
UNE EN 1 565-1:1999 “Sistemas de canalización en materiales plásticos para evacuación de aguas residuales (baja y alta temperatura) en el interior de la
estructura de los edificios. Mezclas de copolímeros de estireno (SAN + PVC). Parte 1: Especificaciones para tubos, accesorios y el sistema”.
UNE EN 1 566-1:1999 “Sistemas de canalización en materiales plásticos para evacuación de aguas residuales (baja y alta temperatura) en el interior de la
estructura de los edificios. Poli (cloruro de vinilo) clorado (PVC-C). Parte 1: Especificaciones para tubos, accesorios y el sistema”.
UNE EN 1 852-1:1998 “Sistemas de canalización en materiales plásticos para saneamiento enterrado sin presión. Polipropileno (PP). Parte 1: Especificaciones
para tubos, accesorios y el sistema”.
UNE 53 323:2001 EX “Sistemas de canalización enterrados de materiales plásticos para aplicaciones con y sin presión. Plásticos termoestables reforzados con
fibra de vidrio (PRFV) basados en resinas de poliéster insaturado (UP) ”.
Características Generales:
Registros: Accesibilidad para reparación y limpieza
en cubiertas:
Acceso a parte baja conexión por
falso techo.
El registro se realiza:
Por la parte alta.
Es recomendable situar en patios o
en bajantes:
patinillos registrables.
El registro se realiza:
En lugares entre cuartos húmedos. Por parte alta en ventilación primaria,
Con registro.
en la cubierta.
En Bajante.
Accesible
a
piezas
desmontables
situadas por encima de acometidas.
Baño, etc
En cambios de dirección.
A pie de bajante.
en
colectores
colgados:
Conectar con el alcantarillado por
Dejar vistos en sótano
gravedad.
Con los márgenes de seguridad.
Registros en cada encuentro y cada
15 m.
En cambios de dirección se ejecutará
con codos de 45º.
En
en
colectores
enterrados:
edificios
de
pequeño-medio
tamaño.
Los registros:
Viviendas aisladas:
En zonas exteriores con arquetas con
Se enterrará a nivel perimetral.
tapas practicables.
Viviendas entre medianeras:
Se
intentará
situar
en
comunes
en el interior de
cuartos húmedos:
Accesibilidad. Por falso techo.
zonas
En zonas habitables con arquetas
ciegas.
Registro:
Cierre hidráulicos por el interior del Sifones:
local
Por parte inferior.
Botes sifónicos:
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67
Por parte superior.
Ventilación
Primaria
Siempre para proteger cierre hidráulico
Conexión con Bajante.
Secundaria
En edificios de 6 ó más plantas. Si el cálculo de las bajantes está
sobredimensionado, a partir de 10 plantas.
Terciaria
Conexión entre el aparato y ventilación secundaria o al exterior
Siempre en ramales superior a 5 m.
En general:
Edificios alturas superiores a 14 plantas.
Ramales desagües de inodoros si la distancia a
bajante es mayor de 1 m..
Bote sifónico. Distancia a desagüe 2,0 m.
Es recomendable:
Ramales resto de aparatos baño con sifón individual
(excepto bañeras), si desagües son superiores a 4
m.
Sistema elevación:
•
DIMENSIONADO
Desagües y derivaciones
-Red de pequeña evacuación de aguas residuales
A. Derivaciones individuales
La adjudicación de UDs a cada tipo de aparato y los diámetros mínimos de sifones y derivaciones
individuales se establecen en la tabla 3.1 en función del uso privado o público.
Para los desagües de tipo continuo o semicontinuo, tales como los de los equipos de climatización,
bandejas de condensación, etc., se tomará 1 UD para 0,03 dm3/s estimados de caudal.
Tabla 3.1 UDs correspondientes a los distintos aparatos sanitarios
Unidades de desagüe
Tipo de aparato sanitario
UD
Diámetro mínimo sifón y
derivación
individual
[mm]
Uso
Uso
privado
público
Uso privado
Uso
público
Lavabo
1
2
32
40
Bidé
2
3
32
40
Ducha
2
3
40
50
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68
Bañera (con o sin ducha)
Inodoros
3
4
40
50
Con cisterna
4
5
100
100
Con fluxómetro
8
10
100
100
Pedestal
-
4
-
50
Suspendido
-
2
-
40
En batería
-
3.5
-
-
De cocina
3
6
40
50
-
2
-
40
Lavadero
3
-
40
-
Vertedero
-
8
-
100
Urinario
Fregadero
De
laboratorio,
restaurante, etc.
Fuente para beber
-
0.5
-
25
Sumidero sifónico
1
3
40
50
Lavavajillas
3
6
40
50
Lavadora
3
6
40
50
7
-
100
-
8
-
100
-
6
-
100
-
8
-
100
-
Inodoro
Cuarto de baño
cisterna
(lavabo, inodoro, bañera y bidé)
Inodoro
con
con
fluxómetro
Inodoro
Cuarto de aseo
cisterna
(lavabo, inodoro y ducha)
Inodoro
con
con
fluxómetro
Los diámetros indicados en la tabla se considerarán válidos para ramales individuales con una longitud
aproximada de 1,5 m. Si se supera esta longitud, se procederá a un cálculo pormenorizado del ramal,
en función de la misma, su pendiente y caudal a evacuar.
El diámetro de las conducciones se elegirá de forma que nunca sea inferior al diámetro de los tramos
situados aguas arriba.
Para el cálculo de las UDs de aparatos sanitarios o equipos que no estén incluidos en la tabla anterior,
podrán utilizarse los valores que se indican en la tabla 3.2 en función del diámetro del tubo de desagüe:
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69
Tabla 3.2 UDs de otros aparatos sanitarios y equipos
Diámetro del desagüe, mm
Número de UDs
32
1
40
2
50
3
60
4
80
5
100
6
B. Botes sifónicos o sifones individuales
Los sifones individuales tendrán el mismo diámetro que la válvula de desagüe conectada.
Los botes sifónicos se elegirán en función del número y tamaño de las entradas y con la altura mínima
recomendada para evitar que la descarga de un aparato sanitario alto salga por otro de menor altura.
C. Ramales colectores
Se utilizará la tabla 3.3 para el dimensionado de ramales colectores entre aparatos sanitarios y la
bajante según el número máximo de unidades de desagüe y la pendiente del ramal colector.
Tabla 3.3 UDs en los ramales colectores entre aparatos sanitarios y bajante
Máximo número de UDs
Diámetro mm
Pendiente
1%
2%
4%
32
-
1
1
40
-
2
3
50
-
6
8
63
-
11
14
75
-
21
28
90
47
60
75
110
123
151
181
125
180
234
280
160
438
582
800
200
870
1.150
1.680
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70
Bajantes
No se proyectan bajantes
Colectores
-Colectores horizontales de aguas residuales
Los colectores horizontales se dimensionarán para funcionar a media de sección, hasta un máximo de
tres cuartos de sección, bajo condiciones de flujo uniforme.
Mediante la utilización de la Tabla 3.5, se obtiene el diámetro en función del máximo número de UDs y
de la pendiente.
Tabla 3.5 Diámetro de los colectores horizontales en función del número máximo de UDs y la pendiente
adoptada
Diámetro
mm
Máximo número de UDs
Pendiente
1%
2%
4%
50
-
20
25
63
-
24
29
75
-
38
57
90
96
130
160
110
264
321
382
125
390
480
580
160
880
1.056
1.300
200
1.600
1.920
2.300
250
2.900
3.500
4.200
315
5.710
6.920
8.290
350
8.300
10.000
12.000
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71
4.5. MEMORIA JUSTIFICATIVA DE CUMPLIMIENTO DEL DB –HE (AHORRO DE ENERGÍA)
•
INTRODUCCIÓN
Tal y como se describe en el artículo 1 del DB HE, “Objeto”: “Este Documento Básico (DB) tiene por
objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de ahorro de
energía. Las secciones de este DB se corresponden con las exigencias básicas HE 1 a HE 5. La
correcta aplicación de cada sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La
correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Ahorro de energía"
.”
Las Exigencias básicas de ahorro de energía (HE) son las siguientes:
Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética
Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas
Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria
Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
4.5.1. CUMPLIMIENTO DE LA SECCIÓN HE-1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA
No procede su verificación al tratarse de una reforma con una superficie menor a 1000 m2.
4.5.2. CUMPLIMIENTO DE LA SECCIÓN HE-2. RENDIMIENTO DE LAS INSTALACIONES
TÉRMICAS
Los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar
térmico de sus ocupantes. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE, y su aplicación quedará definida en el proyecto del
edificio.
Justificación de haber contemplado los aspectos generales del RITE que correspondería, dentro de la
memoria del proyecto, según el Anexo I del CTE, al apartado del Cumplimiento del CTE, sección HE2
Rendimiento de las Instalaciones Térmicas.
La justificación del cumplimiento de las Instrucciones Técnicas I.T.01 “Diseño y dimensionado”, I.T.02
“Montaje”, I.T.03 “Mantenimiento y uso” e I.T.04 “Inspecciones” se realizará, cuando sea requerido, en la
documentación técnica exigida (proyecto específico o memoria técnica) en el anexo correspondiente al
cálculo de instalaciones, en los planos correspondientes y en las instrucciones de uso y mantenimiento
del edificio.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
72
A través de este reglamento se justifica la exigencia básica según la cual los edificios dispondrán de
instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes.
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
Es de aplicación el RITE dado que el edificio proyectado es de nueva construcción
Es de aplicación el RITE dado que, a pesar de ser un edificio ya construido, se reforman las instalaciones térmicas
de forma que ello supone una modificación del proyecto o memoria técnica original. En este caso la reforma en
concreto se refiere a
La incorporación de nuevos subsistemas de climatización o de producción de agua caliente sanitaria o la
modificación de los existentes
La sustitución por otro de diferentes características o ampliación del número de equipos generadores de calor
o de frío
El cambio del tipo de energía utilizada o la incorporación de energías renovables
Es de aplicación el RITE, dado que a pesar de ser un edificio ya construido, se modifica el uso para el que se habían
previsto las instalaciones térmicas existentes
x
No es de aplicación el RITE, dado que el proyecto redactado es para realizar una reforma, o ampliación de un
edificio existente, que no supone una modificación, sustitución o ampliación con nuevos subsistemas de la
instalación térmica en cuanto a las condiciones del proyecto o memoria técnica originales de la instalación térmica
existente.
No es de aplicación el RITE, dado que las instalaciones térmicas no están destinadas al bienestar térmico ni a la
higiene de personas.
4.5.3. CUMPLIMIENTO DE LA SECCIÓN HE-3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INTALACIONES
DE ILUMINACIÓN
No es de aplicación por tratarse de una reforma con una superficie menor a 1000 m2 y no se trata de un
local comercial ni de la reforma de un edificio entero con uso administrativo.
4.5.4. CUMPLIMIENTO DE LA SECCIÓN HE-4.CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA
CALIENTE SANITARIA
No es de aplicación al reformarse parte de un edificio en el que coexisten varias actividades.
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73
4.6 MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DEL DB HR
No es de aplicación al tratarse de una reforma en la que no se modifica la estructura existente
En el Puig a Diciembre 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
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74
5
ANEXOS A LA MEMORIA
5.1. ANEXO PLAN CONTROL DE CALIDAD
CONTROL REDUCIDO
En aplicación del Decreto 107/1991, de 10 de Junio del Consell de la Generalitat Valenciana, y su
modificación en el Decreto 165/1991, de 16 de Septiembre y Orden de 30 de Septiembre de 1991, del
Conseller de Obras Públicas y Urbanismo, se redacta el presente ANEXO SOBRE EL CONTROL DE
CALIDAD de las obras a ejecutar en el presente proyecto.
A)El nivel de control será REDUCIDO, por lo tanto se estará a lo dispuesto en nivel de los ensayos
ESTRUCTURALES lo indicado en los artículos 88.2 y 90.2 de la EHE-08.
B)Los FACTORES DE RIESGO serán los mínimos.
C)Los productos bituminosos, los de fibra de vidrio, poliestireno expandido, aparatos sanitarios y grifería
sanitaria, llevarán la HOMOLOGACIÓN
OBLIGATORIA, según lo dispuesto en el Real Decreto
105/1988, de 12 de Febrero, de esta forma no existirán ensayos preceptivos de Recepción.
D)Asimismo, no se desarrollarán tales ensayos, puesto que a los materiales como cemento y yesos se
les exigirá el sello AENOR, según lo indicado en los Pliegos RC-97 y RY-85.
E)El número de baldosas de cemento es inferior a 4.000, el de ladrillos cerámicos cara vista será inferior
a 30.000 y el de bloques de hormigón inferior a 3.000, por lo que no se efectuarán los pertinentes
ensayos de recepción.
Por ello en la VALORACIÓN ECONÓMICA de las obras se tomará la cantidad de 0 ptas.
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75
5.2. ANEXO DECLARATIVO DEL R.I.T.E y LAS I.T.E
Al presente PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, no le es de aplicación el Real Decreto 1027/2007
(B.O.E., nº 207 de 29/08/2007), por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los
Edificios, (R.I.T.E.), y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, (I.T.E.), según el artículo quinto, por
ser una obra de reforma en la que no se modifican las instalaciones térmicas existentes.
5.3. ANEXO DECLARATIVO SOBRE INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA
EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN
Al presente PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, no le es de aplicación el Real Decreto-Ley
1/1998, de 27 de febrero (B.O.E., nº 51 de 28 de febrero de 1998), sobre Infraestructuras Comunes de
los Edificios para el Acceso a los servicios de Telecomunicación, según el artículo 3.1., por ser una
reforma parcial de edificio existente.
5.4. TESTIMONIO DE APORTE DE DOCUMENTACIÓN
Los arquitectos redactores de este Proyecto básico y ejecución de reforma, emplazada en la Plaza Pais
Valencià nº1, en el municipio de El Puig, hacen constar que D. Jose Miguel Tolosa Peiró, en
representación de el Excmo. Ayuntamiento de El Puig, como promotor, aporta el Estudio de Gestión
de Residuos de esta obra, suscrito por él en cumplimiento de su obligación como generador de los
mismos, para su inclusión como anejo al presente proyecto, en cumplimiento del Art. 4 del R.D.
105/2008 de 1 de Febrero.
Y para que así conste, a los efectos únicos de testimoniar que se le ha entregado por el promotor la
citada documentación.
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76
5.5. DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL ART. 486.6.2º.a) DEL DECRETO 36/2007,
DE 13 DE ABRIL DEL CONSELL POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 67/2006 DE 19 DE
MAYO DEL CONSELL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN Y
GESTIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA.
En el presente proyecto se declara por el técnico Redactor del mismo:
a) Del Cumplimiento de la Normativa Urbanística Vigente:
– Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo. (BOE 29/05/2007)
– Ley 16/2005 de 30 de diciembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana (LUV). (DOGV 23-5-06)
– Decreto 6772006 de 19 de mayo del Consell por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y
Urbanística (ROGTOU)
– Decreto 36/2007, de 13 de abril del Consell por el que se modifica el Decreto 6772006 de 19 de mayo del Consell por el que se
aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística
– Normas Subsidiarias del municipio de Chiva 22/10/1983 (B.O.P), 21/09/1983 (C.P.U.)
b) Del cumplimiento de los Requisitos Básicos de calidad de la edificación:
– Art. 3., de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de la Jefatura del Estado por el que se aprueba la Ley de Ordenación de la
Edificación (LOE). (BOE 166, de 6 de Noviembre).
– Art. 4., de la Ley 3/2004, de 30 de junio de la Generalitat Valenciana de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación
(LOFCE). (DOGV 2-7-2004)
Los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad que la LOE y la LOFCE establecen como objetivos
de calidad de la edificación se desarrollan en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio
de la Vivienda por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE), de conformidad con lo
dispuesto en dichas leyes, mediante las exigencias básicas correspondientes a cada uno de ellos
establecidos en su Capítulo 3. Estas son:
– Exigencia Básica de Seguridad Estructural: Justificado en el DB-SE, DB-SE-AE, DB-SE-C, DB-SE-A, DB-SE-F y DB-SE-M.
– Exigencia Básica de Seguridad en caso de Incendio: Justificada en el DB-SI.
– Exigencia Básica de Seguridad de Utilización: Justificada en el DB-SUA.
– Exigencia Básica de Salubridad, Higiene, Salud y Protección del medio ambiente: Justificada en el DB-HS.
– Exigencia Básica de Ahorro de Energía: Justificada en el DB-HE.
– Exigencia Básica de Protección frente al Ruido: Justificada en el DB-HR
Otras normativas con carácter reglamentario que conviven con el CTE, son justificadas:
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77
–REAL DECRETO 842/2002. del 2 de agosto de 2002, del Ministerio de Ciencia y Tecnologia por el que se Aprueba el
Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. (BOE 18/09/2002).
–REAL DECRETO LEY 1/1998. de 27 de FEBRERO de 1998, del Ministerio de Ciencia y Tecnologia sobre Infraestructuras
Comunes en los edificios para el Acceso a los Servicios de Telecomunicaciones. (BOE 28/02/1998).
–REAL DECRETO 1218/2002, del 22 de noviembre de 2002, del Ministerio de la Presidencia, por el que se Modifica el R.D.
1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sus Instrucciones
Técnicas Complementarias y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios.
–REAL DECRETO 997/2002, de 27 de septiembre de 2002, del Ministerio de Fomento, por el que se . Aprueba la norma de
construcción sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02) . (BOE 11/10/2002).
–REAL DECRETO 1247/2008, de 18 de julio, por el que se aprueba la instrucción de hormigón estructural (EHE-08)
–DECRETO 107/1991, de 10 de junio de 1991, de la Presidencia de la Generalidad Valenciana por el que se Regula el control de
calidad de la edificación de viviendas y su documentación. Modificado por Decreto 165/1991 (entrada en vigor). Desarrollado por
Orden 30 de septiembre de 1991 (LC/91). ( DOGV 24/06/1991).
–Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la Contaminación Acústica. DOGV 9-12-02
-DECRETO 151/2009, de 2 de octubre, del Consell, por el que se aprueban las exigencias básicas de diseño y calidad en edificios
de vivienda y alojamiento.
5.6. ANEXO ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTONICAS
Según Orden de 25 de Mayo de 2004, de 5 de Marzo, del Gobierno Valenciano, en materia de
accesibilidad en al edificación de pública concurrencia, el edificio proyectado debe cumplir las
exigencias de edificio adaptado:
ANEXO I. CONDICIONES DE LOS EDIFICIOS (Orden de 25 de mayo de 2004)
CAPÍTULO 1. CONDICIONES FUNCIONALES
1. ACCESOS DE USO PÚBLICO
• Desnivel máximo sin rampa
NORMATIVA
ACCESIBILIDAD
PROYECTO
0.12 m
0.10 m
1.10 m
1.20 m
Ø 1.20 m
>Ø 1.20 m
2. ITINERARIOS DE USO PUBLICO
CIRCULACIONES HORIZONTALES
•
Ancho libre mínimo
•
Espacio de maniobra en los extremos o cada 10
m
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
78
•
Estrechamientos puntuales
•
Mobiliario u otros obstáculos en los itinerarios
•
Elementos volados
NO
CUMPLE
Se evitará
CUMPLE
<0.15 m por debajo
de 2.10 m de altura
CUMPLE
CIRCULACIONES VERTICALES
ASCENSORES
•
Profundidad de cabina
1.40 m
CUMPLE
•
Ancho cabina
1.10 m
CUMPLE
•
Hueco acceso
.0.85 m
CUMPLE
•
Frente a puerta ascensor circulo de Ø
1.50 m
CUMPLE
Ø 1.5m
CUMPLE
2.10 m
CUMPLE
0.85 m
CUMPLE
90º
CUMPLE
SI
CUMPLE
≤ 30 N
CUMPLE
Sólo si cuentan
NO EXISTEN
PUERTAS
•
Espacio a ambos lados de las puertas donde se
pueda inscribir una circunferencia de
•
Altura libre mínima
•
Ancho mínimo
•
Ángulo de apertura mínimo en puertas abatibles
•
Desbloqueo desde el exterior
•
Fuerzas de apertura o cierre
•
Puertas de molinete, torniquetes o barreras en
accesos
además con puertas
abatibles o
correderas
automáticas
3. SERVICIOS HIGIÉNICOS
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
79
•
Se ubicarán en recintos que cumplan las
condiciones funcionales de las circulaciones
horizontales
SI
SI
11. EQUIPAMIENTO
•
Mecanismos, interruptores, pulsadores y similares
sobre paramentos situados
0.7 m ≤ L ≤ 1.00 m
SI
•
Las bases de conexión para telefonía, datos y
enchufes sobre paramentos situados en zonas de
uso público, se colocarán a una altura (L)
0.5 m ≤ L ≤ 1.20 m
SI
12. SEÑALIZACIÓN
.
1. En los accesos de uso público con nivel adaptado
existirá:
•
Información sobre los accesos al edificio,
indicando la ubicación de los elementos de
accesibilidad de uso público
SI
SI
•
Directorio de los recintos de uso público
existentes en el edificio, situados en lo accesos
adaptados
SI
SI
SI
SI
SI
SI
2. En los itinerarios de uso público con nivel
adaptado existirá:
•
Carteles en las puertas de los despachos de
atención al público y recintos de uso público
•
Señalización del comienzo final de las escaleras o
rampas así como de las barandillas, mediante
elementos o dispositivos que informen a
disminuidos visuales y con la antelación
suficiente.
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
80
NORMATIVA
ACCESIBILIDAD
CAPÍTULO 2. CONDICIONES DE SEGURIDAD
1. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
• Los pavimentos deben ser de resbalamiento
reducido, especialmente en recintos húmedos y
en el exterior. No tendrán desigualdades
acusadas que puedan inducir al tropiezo.
•
Tamaño huecos en perforaciones o rejillas
•
Mantenimiento
•
Los itinerarios deberán ser lo más rectilíneos
posibles, con el menor número de entrantes y
salientes, conservando al menos la continuidad
en uno de los parámetros para facilitar la
orientación de los invidentes con bastón
•
Zócalo en rampa
•
Puertas correderas en itinerarios de uso público
•
Superficies acristaladas:
Superficie señalización
-
•
•
Ubicación (altura L)
Deberán estar señalizadas las puertas que no
dispongan de elementos como herrajes o marcos
que las identifiquen como tales
Deberán disponerse barandillas cuando existan
desniveles > 0,45m:
Altura barandillas para desniveles de
hasta 3m.
SI
PROYECTO
SI
>=0,80 m
>=0,80 m
No alterar sus
características
No alterar sus
características
SI
SI
>=0,10 m
No procede
Sólo automáticas con
dispositivos
antiatrapamiento
No procede
2 bandas continuas o
discontinuas
(intervalo 5 cm)
2 bandas
continuas o
discontinuas
(intervalo 5 cm)
Inf:0,85<= L<=1,10m
Sup: 1.50m ≤ L ≤
1.70m
Inf:0,85<=
L<=1,10m
Sup:1.50m ≤ L ≤
1.70m
SI
SI
>=0,90 m
>=0,90 m
-
Altura barandillas para desniveles
superiores a 3m.
>=1,05 m
>=1,05 m
-
En zonas de uso público, los huecos
o permitirán el paso de una esfera de
 0,12 m.
 0,12 m.
-
Escalabilidad
NO
NO
SI
SI
2. SEGURIDAD EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA
• Los planes contemplarán actuaciones para
evacuar personas disminuidas
• En edificios con sistemas de alarma serán de dos
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
81
tipos: sonoro y visual
SI
SI
ANEXO II. CONDICIONES DE LOS APARATOS Y ACCESORIOS (Orden de 25 de mayo de 2004)
NORMATIVA
ACCESIBILIDAD
PROYECTO
2. APARATOS SANITARIOS Y ACCESORIOS
2.1. INODOROS
•
Altura del asiento (L)
•
Espacio lateral de transferencia
•
Respaldo estable y asiento con apertura
delantera Altura (L) accesorios
•
Altura (L) accesorios
0,45 m <= L<=0,50 m
0,45 m <= L<=0,50 m
0,80 m de lado x
0,80 m de lado x
0,75 m de fondo
0,75 m de fondo
SI
SI
0,70 m <= L<=1,20 m
0,70 m <= L<=1,20 m
0,80 m <= L<=0,86 m
0,80 m <= L<=0,86 m
0,70 m. de alto x
0,70 m. de alto x
0,25 de fondo
0,25 de fondo
0,70 m <= L<=1,20 m
0,70 m <= L<=1,20 m
0,45 m <= L<=0,50 m
No procede
0,70 m <= L<=1,20 m
No procede
0,45 m <= L<=0,50 m
No procede
0,45 m <= L<=0,50 m
No procede
2.2. LAVABO
•
Altura (L)
•
Espacio libre para aproximación frontal
•
Altura (L) accesorios
2.3. BIDÉ
•
Altura del asiento (L)
•
Altura (L) accesorios
2.4. BAÑERA
•
Altura del borde superior (L) con banco de
transferencia a la misma altura
•
Altura (L) del banco de transferencia
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
82
•
Superficie del suelo antideslizante
SI
No procede
SI
SI
2%
2%
0,45 m <= L<=0,50
0,45 m <= L<=0,50
>=0,50 m
>=0,50 m
Automática o
Automática o
monomando
monomando
H<=0,60 m
H<=0,60 m
0,70 m <= L<=1,20 m
0,70 m <= L<=1,20 m
3 cm <=  <= 4 cm
3 cm <=  <= 4 cm
4,50cm<=S<=5,50cm
4,50cm<=S<=5,50cm
0,70 m <= L<=0,75 m
0,70 m <= L<=0,75 m
Exceda de la longitud
Exceda de la
del asiento entre
longitud del asiento
0,20 m y 0,25 m
entre 0,20 m y 0,25
2.5. DUCHA
•
Suelo continuo con el recinto
•
Pendiente máxima
•
Altura (L) del banco de transferencia
•
Distancia del borde del asiento a la pared para
dotarlo de respaldo
2.6. GRIFERIA
•
Tipo
En bañera o ducha:
•
Alcance horizontal (H)
•
Alcance vertical (L)
2.7. BARRAS DE APOYO
•
Diámetro ()
• Separación pared (S)
Barras horizontales:
•
•
Altura (L)
Longitud
m
Barras verticales e inclinadas
•
Altura (L) 0,30 m por delante del borde de
aparato
0,45 m <= L<=1,05 m
0,45 m <= L<=1,05 m
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
83
0,60 m
•
0,60 m
Longitud
En El Puig, Diciembre 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
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DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
84
6
EFICIENCIA ENERGÉTICA
6.1. CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL PROYECTO.
No es de aplicación el RD 47/2007 al tratarse de una reforma con una superficie útil menor a 1000 m2.
En El Puig, Diciembre 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
85
7
NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
7.1. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO NACIONAL
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 1º a). Uno del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, del Ministerio
de la Vivienda por el que se dictan normas sobre la redacción de proyectos y la dirección de obras de
edificación, en la redacción del presente proyecto de Edificación se han observado las siguientes
normas vigentes aplicables sobre construcción.
ACTIVIDAD PROFESIONAL
FUNCIONES DE LOS ARQUITECTOS Y LOS APAREJADORES
Decreto del Ministerio de Gobernación de fecha 16 de julio de 193518.07.35
Corrección de errores19.07.35
Modificación26.07.64
FACULTADES Y COMPETENCIAS PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS TÉCNICOS
Decreto 265/1971 de 19 de febrero de 1971del Ministerio de ViviendaB.O.E.4420.02.71
NORMAS SOBRE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y LA DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN
Decreto 462/1971 de 11 de Marzo de 1971 de Ministerio de ViviendaB.O.E.7124.03.71
MODIFICACIÓN DEL ART. 3 DEL DECRETO 462/1971, DE 11 DE MARZO, REFERENTE A DIRECCIÓN DE OBRAS DE
EDIFICACIÓN
Real Decreto 129/1985 de 23 de enero de 1985 del Ministerio de obras Públicas y UrbanismoB.O.E.3307.02.85
NORMAS DE REGULACIÓN DE LA EXISTENCIA DEL "LIBRO DE ÓRDENES Y VISITAS" EN LAS OBRAS DE
CONSTRUCCIÓN DE "VIVIENDAS DE PROTECCION OFICIAL"
Orden de 19 de mayo de 1970 del Ministerio de ViviendaB.O.E.12526.05.70
NORMAS SOBRE EL LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS EN OBRAS DE EDIFICACIÓN
Orden de 9 de junio de 1971 del Ministerio de ViviendaB.O.E.14417.06.71
Determinación del ámbito de aplicación de la OrdenB.O.E.17624.07.71
REGULACIÓN DEL CERTIFICADO FINAL DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS DE LA EDIFICACIÓN
Orden de 28 de enero de 1972 del Ministerio de ViviendaB.O.E.3510.02.72
LEY SOBRE COLEGIOS PROFESIONALES
Ley 02/1974 de 13 de Febrero de 1974de la Jefatura de EstadoB.O.E.4015.02.74
Parcialmente derogada por la Ley 74/1978 de 26 de diciembreB.O.E.1011.01.79
Se modifican los arts. 2, 3 y 5 por el Real Decreto-Ley 5/1996, de 7 de junioB.O.E.13908.06.96
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
86
Se modifican los arts. 2, 3, 5 y 6, por la Ley 7/1997, de 14 de abrilB.O.E.9015.04.97
Se modifica la disposición adicional 2, por el Real Decreto-Ley 6/1999, de 16 de abrilB.O.E.9217.04.99
Se modifica el art. 3, por el Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junioB.O.E.15124.06.00
NORMAS REGULADORAS DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES
Ley 74/1978 de 26 de diciembre de Jefatura del EstadoB.O.E.1011.01.79
TARIFAS DE HONORARIOS DE LOS ARQUITECTOS EN TRABAJOS DE SU PROFESIÓN
Real decreto 2512/1977 de 17 de junio de 1977 del Ministerio de ViviendaB.O.E.23430.09.77
La Ley 17/97 deroga los aspectos económicos de la Ley
MODIFICACIÓN DE LAS TARIFAS DE LOS HONORARIOS DE LOS ARQUITECTOS EN TRABAJOS DE SU PROFESION
Real Decreto 2356/1985 de 4 de diciembre de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.30319.12.85
MODIFICACIÓN PARCIAL DE LAS TARIFAS DE HONORARIOS DE ARQUITECTOS, APROBADA POR EL REAL DECRETO
2512/1977, DE 17 DE JUNIO, Y DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS APROBADAS POR EL REAL DECRETO
314/1979, DE 19 DE ENERO
Real Decreto 84/1990 de 19 de enero de 1990 del Minis. de Relac. con las Cortes y de la Secr.
del GobiernoB.O.E.2225.01.90
REGULACIÓN DE LAS ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE ARQUITECTOS E INGENIEROS TÉCNICOS
Ley 12/1986 de la Jefatura de Estado de 1 de abril de 1986B.O.E.7902.04.86
Corrección de erroresB.O.E.10026.04.86
MODIFICACIÓN DE LA LEY 12/1986, SOBRE REGULACION DE LAS ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS
ARQUITECTOS E INGENIEROS TECNICOS
Ley 33/1992 de 9 de diciembre de 1992 de Jefatura del EstadoB.O.E.29610.12.92
MEDIDAS LIBERALIZADORAS EN MATERIA DE SUELO Y COLEGIOS PROFESIONALES
Ley 7/1997 de la Jefatura de Estado de 14 de abril de 1997B.O.E.9015.04.97
LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN
Ley 38/1999 de la Jefatura de Estado de 5 de noviembre de 1999B.O.E.26606.11.99
Se modifica el art. 3.1, por la Ley 24/2001 de 27 de diciembreB.O.E.31331.12.01
Se modifica la disposición adicional 2, por Ley 53/2002, de 30 de diciembreB.O.E.31331.12.02
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
Documento Básico DB-HR Protección frente al Ruido (R.D. 1371/2007 de 19.10.07)
Ver disposiciones transitoriasB.O.E.25423.10.07
Corrección de errores del R.D. 1371/2007B.O.E.30420.12.07
LEY DE SOCIEDADES PROFESIONALES
Ley 2/2007 de 15 de marzo de2007de la Jefatura de EstadoB.O.E.6516.03.07
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
87
ABASTECIMIENTO DE AGUA, VERTIDO Y DEPURACIÓN
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 4. SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA
Real Decreto 314/2006, del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 5 SALUBRIDAD, EVACUACIÓN DE AGUAS
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
CONTADORES DE AGUA FRÍA
Orden de 28 de diciembre de 1988, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.5506.03.89
CONTADORES DE AGUA CALIENTE
Orden de 30 de Diciembre de 1988, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.2530.01.89
NORMAS PROVISIONALES PARA EL PROYECTO Y EJECUCION DE INSTALACIONES DEPURADORAS Y DE VERTIDO DE
AGUAS RESIDUALES AL MAR EN LAS COSTAS ESPAOLAS
Resolución de 23 de abril de 1969 de la Dirección General de Puertos y Señales MarítimasB.O.E.14720.06.69
Corrección de erroresB.O.E.18504.08.69
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AGUAS
Real Decreto Legislativo de 20 de julio de 2001 del Ministerio de Medio AmbienteB.O.E.17624.07.01
Corrección de erroresB.O.E.28730.11.01
MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AGUAS, APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO
1/2001, DE 20 DE JULIO
Real Decreto Ley 4/2007 de 13 de abril de 2007 de Jefatura del EstadoB.O.E.9014.04.07
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA TUBERÍAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA
Orden de 28 de Julio de 1974 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.23602.10.74
Orden de 28 de Julio de 1974 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.23703.10.74
Corrección de erroresB.O.E.26030.10.74
NORMAS APLICABLES AL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES URBANAS
Real Decreto Ley 11/1995 de 28 de diciembre de 1995 de la Jefatura del EstadoB.O.E.31230.12.95
Real Decreto 509/1996 de 15 de marzo de 1996 del ministerio de Obras Públicas, Transportes
y Medio AmbienteB.O.E.7729.03.96
Modificación. Real Decreto 2116/1998 de 2 de octubre del Ministerio de Medio AmbienteB.O.E.25120.10.98
NORMAS DE EMISIÓN, OBJETIVOS DE CALIDAD Y MÉTODOS DE MEDICIÓN DE REFERENCIA RELATIVOS A
DETERMINADAS SUSTANCIAS NOCIVAS O PELIGROSAS CONTENIDAS EN LOS VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES
Orden de 12 de noviembre de 1987 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.28023.11.87
Corrección de erroresB.O.E.9318.04.88
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
88
ORDEN POR LA QUE SE INCLUYE EN LA DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1987, LA NORMATIVA APLICABLE A NUEVAS
SUSTANCIAS NOCIVAS O PELIGROSAS QUE PUEDEN FORMAR PARTE DE DETERMINADOS VERTIDOS DE AGUAS
RESIDUALES
Orden de 13 de marzo de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.6720.03.89
AMPLIACIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA ORDEN DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1987 A CUATRO SUSTANCIAS
NOCIVAS O PELIGROSAS QUE PUEDEN FORMAR PARTE DE DETERMINADOS VERTIDOS
Orden de 28 de junio de 1991 del Ministerio de Obras Públicas y TransportesB.O.E.16208.07.91
MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1987 SOBRE NORMAS DE EMISION, OBJETIVOS DE CALIDAD Y
METODOS DE MEDICION DE REFERENCIA RELATIVOS A DETERMINADAS SUSTANCIAS NOCIVAS O PELIGROSAS
CONTENIDAS EN LOS VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES
Orden de 25 de mayo de 1992 del Ministerio de Obras Públicas y TransportesB.O.E.12929.05.92
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA TUBERÍAS DE SANEAMIENTO DE POBLACIONES
Orden de 15 de septiembre de 1986 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.22823.09.86
NORMAS DE EMISIÓN, OBJETIVOS DE CALIDAD Y MÉTODOS DE MEDICIÓN SOBRE VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES
Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transporte12.11.87
Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transporte20.03.89
Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transporte27.02.91
Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transporte02.03.91
Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transporte08.07.91
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS
Orden de 4 de mayo de 1986 del Ministerio de Industria04.07.86
HOMOLOGACIÓN DE APARATOS SANITARIOS EN COCINAS Y LAVADEROS
Orden de 23 de diciembre de 1986 del Ministerio de Industria21.01.87
NORMATIVA GENERAL SOBRE VERTIDOS DE SUSTANCIAS PELIGROSAS DESDE TIERRA AL MAR
Real Decreto 258/1989 de 10 de marzo de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.6416.03.89
INSTRUCCIÓN PARA EL PROYECTO DE CONDUCCIONES DE VERTIDOS DESDE TIERRA AL MAR
Orden del 13 de julio de 1993 del Ministerio de Obras Públicas y TransporteB.O.E.17827.07.93
Corrección de erroresB.O.E.19313.08.93
ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE AE SEGURIDAD ESTRUCTURAL. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
CORRECCIÓN DE ERRORES NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
89
(NCSR-02)
Real Decreto 997/2002, de 27 de septiembre de 2002 del Ministerio de FomentoB.O.E.24411.10.02
AISLAMIENTO TÉRMICO
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB HE 1 AHORRO DE ENERGÍA, LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
DISPOSICIONES EN MATERIA DE NORMALIZACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE PRODUCTOS INDUSTRIALES DE
CONSTRUCCIÓN
Real Decreto 683/2003 de 12 de junio de 2003 del Ministerio de Ciencia y TecnologíaB.O.E.15327.06.03
NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LAS ESPUMAS DE UREAFORMOL USADAS COMO AISLANTES EN LA EDIFICACIÓN
Orden de 8 de mayo de 1984 de Presidencia del GobiernoB.O.E.113 11.05.84
Orden de 31 de julio de 1987 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del tribunal
supremo de 9 de marzo de 1987, que declara la nulidad de la disposicion sexta de la Orden de
8 de mayo de 1984 del Minis. de Relac. con las Cortes y de la Secr. del GobiernoB.O.E.22216.09.87
Modificación de 28 de febrero de 1989 del Minis. de Relac. con las Cortes y de la Secr. del
GobiernoB.O.E.5303.03.89
AISLAMIENTO ACÚSTICO
NORMA BÁSICA NBE-CA-88 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS ACLARACIONES Y CORRECCIÓNES
DE LOS ANEXOS DE LA NBE-CA-82
Orden de 29 de septiembre de 1988 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.24208.10.88
LEY DEL RUIDO
Ley 37/2003 de 17 de Noviembre de 2003 de Jefatura del EstadoB.O.E.27618.11.03
Real Decreto 1367/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio de la Presidencia del GobiernoB.O.E.25423.10.07
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB-HR
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
Aplicación obligatoria 12 meses después de su publicación en el B.O.E.
AUDIOVISUALES, ANTENAS Y TELECOMUNICACIONES
LEY DE ORDENACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES
Ley 31/1987 de 18 de diciembre de 1987 de Jefatura del EstadoB.O.E.30319.12.87
MODIFICACIÓN DE LA LEY 31/1987 DE ORDENACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES
Ley 32/1992 de 3 de diciembre de 1992 de Jefatura del EstadoB.O.E.29104.12.92
LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
Ley 11/1998 de 24 de abril de 1998 de Jefatura del EstadoB.O.E.9925.04.98
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
90
Corrección de erroresB.O.E.16208.07.98
LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
Ley 32/2003, de 3 de Noviembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.26404.11.03
Corrección de erroresB.O.E.6819.03.04
INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACION
Real Decreto Ley 1/1998 de 27 de febrero de 1998 de la Jefatura del EstadoB.O.E.5128.02.98
Se modifica el art. 2.a), por Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la edificaciónB.O.E.26606.11.99
Se modifican los arts. 1.2 y 3.1, por Ley 10/2005 de 14 de junio de Medidas Urgentes para el
impulso de la Televisión Digital Terrestre, de Liberalización de la Televisión por Cable y de
fomento del PluralismoB.O.E.14215.06.05
REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A
LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE
EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES
Real Decreto 401/2003 de 4 de abril de 2003 del Ministerio de Ciencia y TecnologíaB.O.E.11514.05.03
Se declara nulo el inciso telecomunicaciones de los arts. 8.1 y 2, 9.1 y 14.3, por sentencia
del Tribunal Supremo de 15 de febrero de 2005B.O.E.8004.04.05
Se declara nulo el inciso de telecomunicaciones de los arts. 8.1, 8.2, 9.1 y 14.3, por sentencia
del Tribunal Supremo de 15 de febrero de 2005B.O.E.9825.04.05
Se modifican los anexos I, II y IV por Orden ITC/1077/2006 de 6 de abrilB.O.E.8813.04.06
PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LAS INSTALACIONES COLECTIVAS DE RECEPCIÓN DE TELEVISIÓN EN EL PROCESO
DE SU ADECUACIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE Y SE MODIFICAN DETERMINADOS
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIÓN EN EL
INTERIOR DE LOS EDIFICIOS
Orden ITC/1077/2006 de 6 de abril de 2006 de Ministerio de Industria, Turismo y ComercioB.O.E.8813.04.06
TELECOMUNICACIONES. DESARROLLO DEL REGLAMENTO. INFRAESTRUCTURAS COMUNES
Orden CTE 1296/2003, de 14-MAY, del Ministerio de Ciencia y Tecnología27.05.03
LEY DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE
Ley 37/1995 de 12 de diciembre de 1995 de Jefatura del EstadoB.O.E.29713.12.95
Se deroga salvo lo mencionado y se declara vigente el art.1.1, en lo indicado, y las
disposiciones adicionales 3, 5, 6 Y 7, por la Ley 11/1998 de 24 de abrilB.O.E.9925.04.98
Se derogan los párrafos 2 y 3 de la disposición adicional 7, por Ley 22/1999 de 7 de junioB.O.E.13608.06.99
REGLAMENTO TECNICO Y DE PRESTACION DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE
Real Decreto 136/97 de 31 de enero de 1997 del Ministerio de Fomento01.02.97
Corrección de erroresB.O.E.3914.02.97
Se modifica el art.23 por Real Decreto 1912/1997 de 19 de diciembre de 1997B.O.E.30724.12.97
Se declara la nulidad del art. 2, por sentencia del Tribunal Supremo de 10 de diciembre de 2002B.O.E.1922.01.03
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
91
CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE)
Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio de 2007 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.20729.08.07
Corrección de erroresB.O.E.5128.02.08
NORMAS TÉCNICAS DE LOS TIPOS DE RADIADORES Y CONVECTORES DE CALEFACCIÓN POR MEDIO DE FLUÍDOS Y
SU HOMOLOGACIÓN POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Orden de 10 de febrero de 1983 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.3915.02.83
COMPLEMENTARIO DEL REAL DECRETO 3089/1982, DE 15 DE OCTUBRE, QUE ESTABLECIO LA SUJECION A NORMAS
TECNICAS DE LOS TIPOS DE RADIADORES Y CONVECTORES DE CALEFACCION
Real Decreto 363/1984 de 22 de febrero de 1984 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.4825.02.84
CRITERIOS HIGIÉNICO-SANITARIOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS
Real Decreto 865/2003 de 4 de julio de 2003 del Ministerio de Sanidad y ConsumoB.O.E.17118.07.03
PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA
CONSTRUCCIÓN
Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.2731.01.07
Corrección de erroresB.O.E.27617.11.07
CARPINTERÍA
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO DE LOS PERFILES EXTRUIDOS DE ALUMINIO Y SUS
ALEACIONES Y SU HOMOLOGACIÓN POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Real Decreto 2699/1985 de 27 de diciembre de 1985 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.4622.02.86
CASILLEROS POSTALES
REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS
Decreto 1653/1964, de 14 de mayo de 1964 del Ministerio de la GobernaciónB.O.E.13809.06.64
Corrección de errores09.07.64
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS
Orden de 14 de agosto de 1971 del Ministerio de Gobernación03.09.71
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
92
NORMAS PARA LA INSTALACIÓN DE CASILLEROS POSTALES DOMICILIARIOS EN LOCALIDADES DE MAS DE 20.000
HABITANTES
Resolución de 7 de diciembre de 1971 de la Dirección General de Correos y Telecomunicación
y del Ministerio de la GobernaciónB.O.E.30623.12.71
CEMENTOS
INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CEMENTOS (RC-08)
Real Decreto 956/2008 de 6 de junio de 2008 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.14819.06.08
HOMOLOGACIÓN OBLIGATORIA DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS PARA
TODO TIPO DE OBRAS Y PRODUCTOS PREFABRICADOS
Real Decreto 1313/1988 de 28 de octubre de 1988 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.26504.11.88
Se modifica el Anexo por Orden PRE/3796/2006 de 11 de diciembre de 2006B.O.E.29814.12.06
Corrección de errores de la Orden PRE/3796/2006B.O.E.3206.02.07
CIMENTACIONES
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
CONTROL DE CALIDAD
DISPOSICIONES REGULADORAS GENERALES DE LA ACREDITACION DE LABORATORIOS DE ENSAYOS PARA EL
CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACION
Real Decreto 1230/1989 de 13 de octubre de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.25018.10.89
DISPOSICIONES REGULADORAS GENERALES DE LA ACREDITACION DE LABORATORIOS DE ENSAYOS PARA EL
CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACION
Orden FOM/2060/2002 de 2 de agosto de 2002 del Ministerio de FomentoB.O.E.19313.08.02
CUBIERTAS E IMPERMEABILIZACIONES
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 1 SALUBRIDAD, PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
93
ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. "REBT"
Decreto 842/2002, de 2-AGO, del Ministerio de Ciencia y Tecnología18.09.02
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB HE 5 AHORRO DE ENERGÍA, CONTRIBUCIÓN FOTOVOTAICA MÍNIMA DE
ENERGÍA ELÉCTRICA
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB HE 3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
DISTANCIAS A LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre de 200027.12.00
AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES
PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO
Resolución de 18 de enero de 1988 de la Dirección General de Innovación Industrial19.02.88
REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN CENTRALES ELÉCTRICAS Y
CENTROS DE TRANSFORMIACIÓN
Real Decreto 3275/1982 de 12 ed noviembre de 1982 del Ministerio de Industria y Energía01.12.82
Corrección de errores18.01.83
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS "MIE-RAT" DEL REGLAMENTO ANTES CITADO
Orden de 6 de julio de 1984 del Ministerio de Industria y Energía01.10.84
MODIFICACIÓN DE LAS "ITC-MIE-RAT" 1, 2, 7, 9,15,16,17 Y 18
Orden de 23 de junio de 1988 del Ministerio de Industria y Energía05.07.88
Corrección de errores03.10.88
COMPLEMENTO DE LA ITC "MIE-RAT" 20
Orden de 18 de octubre de 1984 del Ministerio de Industria y Energía25.10.84
DESARROLLO Y CUMPLEMIENTO DEL REAL DECRETO 7/1988 SOBRE EXIGENCIAS DE SEGURIDAD DE MATERIAL
ELÉCTRICO
Orden de 6 de junio de 1989 del Ministerio de Industria y Energía21.06.89
Corrección de errores03.03.88
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
94
ENERGÍA SOLAR Y ENERGÍAS RENOVABLES
HOMOLOGACION DE LOS PANELES SOLARES
Real Decreto 891/1980, de 14 de abril, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.11412.05.80
ESPECIFICACIONES DE LAS EXIGENCIAS TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS SOLARES PARA AGUA
CALIENTE Y CLIMATIZACIÓN A EFECTOS DE LA CONCESION DE SUBVENCIONES A SUS PROPIETARIOS, EN
DESARROLLO DEL ARTICULO 13 DE LA LEY 82/1980, DE 30 DE DICIEMBRE, SOBRE CONSERVACION DE LA ENERGIA
Orden de 9 de abril de 1981, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.9925.04.81
Prórroga de plazoB.O.E.5505.03.82
ESTRUCTURAS DE ACERO
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB SE A SEGURIDAD ESTRUCTURAL, ACERO
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
ESTRUCTURAS DE FÁBRICA
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE-F SEGURIDAD ESTRUCTURAL, FÁBRICA
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
ESTRUCTURAS DE FORJADOS
FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS
Real Decreto 1630/1980 de 18 de julio de 1980 de la Presidencia del Gobierno08.08.80
MODIFICACIÓN DE FICHAS TÉCNICAS A QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO ANTERIOR SOBRE AUTORIZACIÓN DE
USO PARA LA FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS
Orden de 29 de noviembre de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo16.12.89
ALAMBRES
TREFILADOS
LISOS
Y
CORRUGADOS
PARA
MALLAS
ELECTROSOLDADAS
Y
VIGUETAS
SEMIRRESISTENTES DE HORMIGÓN ARMADO PARA LA CONSTRUCCIÓN
Real Decreto 2702/1985 de 18 de diciembre de1985 del Ministerio de Industria y Energía28.02.86
CERTIFICACION DE CONFORMIDAD A NORMAS COMO ALTERNATIVA DE LA HOMOLOGACION DE ALAMBRES
TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS EMPLEADOS EN LA FABRICACION DE MALLAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS
SEMIRRESISTENTES DE HORMIGON ARMADO
Orden de 8 de marzo de 1994 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.6922.03.94
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
95
ACTUALIZACIÓN DE LAS FICHAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE SISTEMAS DE FORJADOS
Resolución de 30 de enero de 1997 del Ministerio de Fomento06.03.97
ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN
INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE-08)
Real Decreto 2661/1998 de 11 de diciembre de 1998 del Ministerio de FomentoB.O.E.1113.01.99
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 2661/1998 POR EL QUE SE APRUEBA LA INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN
ESTRUCTURAL (EHE-08)
Real Decreto 996/1999 de 11 de junio de 1999 del Ministerio de FomentoB.O.E.15024.06.99
HOMOLOGACIÓN DE LAS ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGÓN PRETENSADO
Real Decreto 2365/1985 de 20 de noviembre de 1985 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.30521.12.85
CERTIFICACION DE CONFORMIDAD A NORMAS COMO ALTERNATIVA DE LA HOMOLOGACION DE LAS ARMADURAS
ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGON PRETENSADO
Orden de 8 de marzo de 1994 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.6922.03.94
FONTANERÍA
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB HS 4 SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA LOS LOCALES ANTES CITADOS
Orden de 14 de mayo de 1986 del Ministerio de Industria y Energía04.07.86
Derogado parcialmente por Real Decreto 442/2007 de 3 de abril del Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio01.05.07
MODIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA COCINAS Y
LAVADEROS
Orden de 23 de diciembre de 1986 del Ministerio de Industria y Energía21.01.87
NORMAS TÉCNICAS DE LAS GRIFERÍAS SANITARIAS PARA SU UTILIZACIÓN EN LOCALES DE HIGIENE CORPORAL,
COCINAS Y LAVADEROS
Real Decreto 358/1985, de 23 de enero del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.7022.03.85
NORMAS TÉCNICAS SOBRE CONDICIONES PARA HOMOLOGACIÓN DE GRIFERÍAS
Orden de 15 de abril de 1985 del Ministerio de Industria y Energía20.04.85
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
96
Corrección de errores27.04.85
CERTIFICACION DE CONFORMIDAD A NORMAS COMO ALTERNATIVA DE LA HOMOLOGACION DE LA GRIFERIA
SANITARIA PARA UTILIZAR EN LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS Y LAVADEROS
Orden de 12 de junio de 1989 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.16107.07.89
HABITABILIDAD
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB HS-3 SALUBRIDAD, CALIDAD DEL AIRE INTERIOR
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
DECRETO 151/09, DE 2 DE OCTUBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS EXIGENCIAS BASICAS DE
DISEÑO Y CALIDAD EN EDIFICIOS DE VIVIENDA Y ALOJAMIENTO
SIMPLIFICACION DE TRAMITES PARA EXPEDICION DE LA CEDULA DE HABITABILIDAD
Decreto 469/1972, de 24 de febrero de 1972 del Ministerio de ViviendaB.O.E.5606.03.72
MODIFICACIÓN EL ART.3.0 DEL DECRETO 469/1972 SOBRE EXPEDICIÓN DE CÉDULAS DE HABITABILIDAD
Real Decreto 1320/1979 de 10 de mayo de 1979 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.13607.06.79
MODIFICACIÓN DE LOS ART.2 Y 4 DEL DECRETO 462/1971 DE 11 DE MARZO SOBRE EXPEDICIÓN DE CÉDULAS DE
HABITABILIDAD
Real Decreto 129/1985 de 23 de enero de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.3307.02.85
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DB SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES
Real Decreto 2267/2004 de 3 de diciembre de 2004 del Ministerio de Industria, Turismo
y ComercioB.O.E.30317.12.04
Corrección de erroresB.O.E.5505.03.05
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
97
CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE
SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA FRENTE AL FUEGO
Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo de 2005 del Ministerio de PresidenciaB.O.E.7902.04.05
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 312/2005 DE CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS
ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA FRENTE AL
FUEGO
Real Decreto 110/2008 de 1 de febrero de 2008 del Ministerio de PresidenciaB.O.E.3712.02.08
REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre de 1993 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.29814.12.93
Corrección de erroresB.O.E.10907.05.94
NORMAS DE PROCEDIMIENTO Y DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1942/1993, DE 5 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE
APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS Y SE REVISA EL ANEXO I Y
LOS APENDICES DEL MISMO
Orden de 16 de Abril de 1998 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.10128.04.98
PROYECTOS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 314/2006 del Ministerio de Vivienda del 17 de marzo de 2006B.O.E.7428.03.06
Corrección de erroresB.O.E.2225.01.08
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre de 2007 del Ministerio la ViviendaB.O.E.25423.10.07
DECRETO 151/09, DE 2 DE OCTUBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS EXIGENCIAS BASICAS DE
DISEÑO Y CALIDAD EN EDIFICIOS DE VIVIENDA Y ALOJAMIENTO
LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN
Ley 38/1999 de 5 de noviembre de 1999, de Jefatura del EstadoB.O.E.26606.11.99
NORMAS SOBRE LA REDACCIÓN DE PROYECTOS Y LA DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN
Decreto 462/1971 de 11 de marzo de 1971 del Ministerio de ViviendaB.O.E.7124.03.71
MODIFICACION DEL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 462/71
Real Decreto 129/1985 de 23 de enero de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.O.E.3307.02.85
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio de 2000, del Ministerio de HaciendaB.O.E.14821.06.00
Corrección erroresB.O.E.22721.09.00
Se deroga excepto el capítulo IV del título V del libro II, con efectos de 30 de abril de 2008,
por Ley 30/2007, de 30 de octubre B.O.E.26131.10.07
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
98
CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
Ley 30/2007, de 30 de Octubre de 2007, de Jefatura del EstadoB.O.E.26131.10.07
Entrada en vigor el 30 de abril de 2008
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL SUELO
Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio de 2008 del Ministerio de ViviendaB.O.E.15426.06.08
SEGURIDAD Y SALUD
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Ley 31/1995 de 8 de noviembre de 1995 de la Jefatura del EstadoB.O.E.26910.11.95
LEY DE REFORMA DEL MARCO NORMATIVO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Ley 54/2003 de 12 de diciembre de 2003 de Jefatura del EstadoB.O.E.29813.12.03
REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
Real Decreto 39/1997 de 17 de enero de 1997 del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.2731.01.97
Se modifican las disposiciones final segunda y adicional quinta, por real decreto 780/1998,
de 30 de abrilB.O.E.10401.05.98
Se modifica el art. 22, por Real Decreto 688/2005, de 10 de junioB.O.E.13911.06.05
Se modifican los arts. 1, 2, 7, 16, 19 a 21, 29 a 32, 35 y 36 y AADE el 22 bis, 31 bis, 33 bis
y las disposiciones adicionales 10, 11 y 12, por Real Decreto 604/2006, de 19 de mayoB.O.E.12729.05.06
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción
Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre de 1997 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.25625.10.97
Se modifica el anexo IV por Real Decreto 2177/2004B.O.E.27413.11.04
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 39/1997 POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE
PREVENCIÓN, Y EL REAL DECRETO 1627/1997 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES MÍNIMAS DE
SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN
Real Decreto 604/2006 de 19 de mayo de 2006 del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.12729.05.06
DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACION POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS
DE TRABAJO
Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio de 1997 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.18807.08.97
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1215/1997 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES MÍNIMAS DE
SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO, EN MATERIA
DE TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA
Real Decreto 2177/2004 de 12 de noviembre de 2004 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.27413.11.04
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Real Decreto 171/2004 de 30 de enero de 2004 del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.2731.01.04
Corrección de erroresB.O.E.6010.03.04
DISPOSICIONES MÍNIMAS EN MATERIA DE SEALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Real Decreto 485/1997 de 14 de abril de 1997 del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.9723.04.97
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
99
DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO
Real Decreto 486/1997 de 14 de abril de 1997 del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.9723.04.77
Se modifica el anexo I, por Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembreB.O.E.27413.11.04
REGLAMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre de 1995 del Ministerio de TrabajoB.O.E.3226.02.96
Corrección de erroresB.O.E.5706.03.96
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 2200/1995 POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA
PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo de 1997 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.10026.04.97
ADAPTACIÓN DE LA LEGISLACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL
ESTADO
Real Decreto 1488/1998 de 30 de julio de 1998 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.17017.07.98
Corrección de erroresB.O.E.18231.07.98
DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN EL ÁMBITO DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO
TEMPORAL
Real Decreto 216/1999 de 5 de febrero de 1999 del Ministerio de TrabajoB.O.E.4724.02.99
LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
Ley 32/2006 de 18 de octubre de 2006 de la Jefatura del EstadoB.O.E.25019.10.06
DESARROLLO DE LA LEY 32/2006 REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
Real Decreto 1109/2007 de 24 de agosto de 2007 del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.20425.08.07
Corrección de erroresB.O.E.21912.09.07
DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICABLES A LOS TRABAJOS CON RIESGO DE EXPOSICION AL
AMIANTO
Real Decreto 396/2006 de 31 de marzo de 2006 del Ministerio de la Presidencia11.04.06
PROTECCION DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE A LOS RIESGOS DERIVADOS O QUE
PUEDAN DERIVARSE DE LA EXPOSICION A VIBRACIONES MECANICAS
Real Decreto 1311/2005 de 4 de noviembre de2005 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales05.11.05
DISPOSICIONES MÍNIMAS PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE AL
RIESGO ELÉCTRICO
Real Decreto 614/2001 de 8 de junio de 2001 del Ministerio de la Presidencia21.06.01
PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LOS
AGENTES QUÍMICOS DURANTE EL TRABAJO
Real Decreto 374/2001 de 6 de abril de 2001 del Ministerio de la Presidencia01.05.01
DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA UTILIZACION POR LOS TRABAJADORES DE
EQUIPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL
Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo de 1997 de Ministerio de Presidencia12.06.97
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
100
PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A AGENTES
CANCERÍGENOS DURANTE EL TRABAJO
Real Decreto 665/1997 de 12 de mayo de 1997 de Ministerio de Presidencia24.05.97
PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A AGENTES
BIOLÓGICOS DURANTE EL TRABAJO
Real Decreto 664/1997 de 12 de mayo de 1997 de Ministerio de Presidencia24.05.97
DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA MANIPULACION MANUAL DE CARGAS QUE
ENTRAE RIESGOS, EN PARTICULAR DORSOLUMBARES, PARA LOS TRABAJADORES
Real Decreto 487/1997 de 14 de abril de 1997 de Ministerio de Presidencia13.04.97
ORDENANZA GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
Orden de 9 de marzo de 1971 del Ministerio de Trabajo16.03.71
ORDENANZA DEL TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCION, VIDRIO Y CERAMICA (CAP. XVI)
Orden de 28 de agosto de 1970 del Ministerio de Trabajo05.09.70
PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON
LA EXPOSICIÓN AL RUIDO
Real Decreto 286/2006 de 10 de marzo de 2006 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.6011.03.06
Corrección de erroresB.O.E.6214.03.06
Corrección de erroresB.O.E.7124.03.06
DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS AL TRABAJO CON EQUIPOS QUE INCLUYEN
PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN
Real Decreto 488/1997 de 14 de abril de 1997 del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.9723.04.97
REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES PARA LA COMERCIALIZACIÓN Y LIBRE CIRCULACIÓN INTRACOMUNITARIA DE
LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Real Decreto 1407/1992 de 20 de noviembre del Minis. de Relac. con las Cortes y de la Secr.
del GobiernoB.O.E.31128.12.92
Corrección de erroresB.O.E.4724.02.93
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1407/1992 POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES PARA LA
COMERCIALIZACIÓN Y LIBRE CIRCULACIÓN INTRACOMUNITARIA DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Real Decreto 159/1995 de 3 de febrero de 1995 del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.5708.03.95
Corrección de erroresB.O.E.6922.03.95
MODIFICACIÓN DEL ANEXO DEL REAL DECRETO 159/1995 QUE MODIFICÓ A SU VEZ EL REAL DECRETO 1407/1992
RELATIVO A LAS CONDICIONES PARA LA COMERCIALIZACIÓN Y LIBRE CIRCULACIÓN INTRACOMUNITARIA DE LOS
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Orden de 20 de febrero de 1997 del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.5606.03.97
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
101
REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
Orden de 20 de mayo de 1952
REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. CAPÍTULO VII. ANDAMIOS
Orden de 31 de enero 1940, del Ministerio de Trabajo
VIDRIERÍA
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE BLINDAJES TRANSPARENTES Y TRANSLÚCIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN
Orden de 13 de marzo de 1986 del Ministerio de Industria y Energía08.05.86
Corrección de errores15.08.86
MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 13 DE MARZO DE 1986 DONDE SE REGULAN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE
BLINDAJES TRANSPARENTES Y TRANSLÚCIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN
Orden de 6 de agosto de 1986 del Ministerio de Trabajo de Industria y Energía11.09.86
DETERMINADAS CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL VIDRIO-CRISTAL
Real Decreto 168/88 de 26 de febrero de 1988 del Ministerio de Relaciones con las Cortes01.03.88
YESOS Y ESCAYOLAS
YESOS Y ESCAYOLAS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PREFABRICADOS DE
YESOS Y ESCAYOLAS
Real Decreto 1312/1986 de 23 de abril de 1986 del Ministerio de Industria y Energía01.07.86
Corrección errores07.10.86
Derogado parcialmente por Real Decreto 846/2006 de 7 de julio del Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio05.08.06
Derogado parcialmente por Real Decreto 442/2007, de 3 de abril, del Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio01.05.07
Fuente CTAV Actualizado a 24 de septiembre de 2010.
En El Puig, Diciembre 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA E INSTALACION
DE ASCENSOR EN EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG
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ANEJO CONTRATACIÓN
8.1. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PERIODO DE GARANTÍA
El plazo que se propone, a criterio de los proyectistas, para la ejecución de la totalidad de las obras,
dado el volumen y características de las mismas, es de SEIS (6) meses.
El período de garantía será de (1) UN año contado a partir del Acta de Recepción de las obras.
8.2. SISTEMA DE CONTRATACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
En el presente Proyecto se prevé la ejecución de las obras por el sistema de Contrata, siendo el
promotor quien fije de manera definitiva el sistema de contratación. Conforme a la Instrucción para la
Redacción de Proyectos de Obras a incluir en los Planes Provinciales de la Diputación de Valencia,
aprobada en Sesión de Plenaria de 24 de febrero de 2004 de la Diputación Provincial de Valencia,
procede concretar clasificación del contratista en el presente trabajo, conforme al Capítulo III, por ser
el Presupuesto de Licitación superior a 120.202,42 €. A tal efecto se propone la siguiente
clasificación:
- Grupo C, categoría C
8.3. CLASIFICACION DE LAS OBRAS
A efectos de clasificación del proyecto, las obras según objeto y contenido, y a tenor de lo dispuesto
en el art. 106 de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 30/2007, de 30 de octubre) se clasifican
según el epígrafe:
Clasificación de la obra
a) Obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación.
8.4. EXPROPIACIONES
No existe constancia de la existencia de suelo incluido en el ámbito del presente proyecto cuya titularidad no sea
municipal, por lo que no se prevén expropiaciones en el presente proyecto.
REFORMA DEPENDENCIAS DE LA POLICIA LOCAL E
INSTALACION DE ASCENSOR EN AYUNTAMIENTO DEL PUIG
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■
8.5. PRESUPUESTO, JUSTIFICACIÓN Y REVISIÓN DE PRECIOS
… Revisión de Precios:
No procede la revisión de precios, conforme al art. 103 de la ley de contratos de las administraciones
públicas, considerando que el plazo de ejecución previsto no excede de un año.
… Justificación de Precios:
Para la confección del presupuesto del presente proyecto se ha utilizado la base de precios del IVE
2009, publicada por el instituto valenciano de la edificación, adaptada a las particulares condiciones
de la presente obra y del mercado actual, por lo que se ha aplicado una reducción aproximada del
20% sobre los precios allí expuestos.
Para la determinación del Coeficiente de Costes Indirectos (K) se ha tenido en cuenta la Orden de 12
de Junio de 1968 del Ministerio de Obras Públicas, relativa a Contratos del Estado.
Se consideran costes indirectos: los gastos de instalación de oficinas a pié de obra, comunicaciones,
edificación de almacenes, talleres, pabellones temporales para obreros, laboratorio, etc., los de
personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra, y los imprevistos. Todos estos
gastos, excepto aquellos que se reflejen en el presupuesto valorados en unidades de obra o en
partidas alzadas, se cifran en un porcentaje de los costes directos, igual para todas las unidades de
obra.
El valor de K se calcula como suma de dos términos, K1 y K2. El primero es el porcentaje que resulte
de la relación entre la valoración de los costes indirectos y el importe de los costes directos de la
obra. El segundo es el porcentaje correspondiente a los imprevistos y, considerando que se trata de
una obra terrestre, K2 = 1.
La relación entre los costes indirectos y los costes directos, dada la naturaleza, volumen y plazo de
ejecución de la obra, se cifra en K1 = 2%.
Por lo que el coeficiente de costes indirectos será K = 3%. Incrementado con este coeficiente los
costes directos se obtienen los precios de ejecución material de las partidas que componen el
presupuesto del presente proyecto.
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INSTALACION DE ASCENSOR EN AYUNTAMIENTO DEL PUIG
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… Presupuesto de ejecución material y Presupuesto base de Licitación:
- Presupuesto de ejecución material
105.042,02 Euros
- 13% Gastos generales
13.655,46 Euros
- 6% Beneficio industrial
6.302,52 Euros
- Presupuesto de Ejecución de Contrata
125.000,00 Euros
- 18% IVA
22.500,00 Euros
- Presupuesto de licitación con IVA
147.500,00 Euros
El Presupuesto de Ejecución Material (PEM) de las obras definidas en el presente proyecto asciende
a la cantidad de CIENTO CINCO MIL CUARENTA Y DOS EUROS Y DOS CÉNTIMOS.
Con el incremento del 13% en concepto de Gastos Generales de la Empresa y el 6% de Beneficio
Industrial se alcanza un Presupuesto de Ejecución por Contrata de CIENTO VEINTICINCO MIL
EUROS.
El Impuesto del Valor Añadido (IVA) vigente del 18 % asciende a la cantidad de VEINTIDOS MIL
QUINIENTOS EUROS.
Todo ello nos lleva a un PBL Presupuesto Base de Licitación de CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL
QUINIENTOS EUROS.
En El Puig, Diciembre 2010
Los arquitectos
Fernando Martín Mancebo y Marcial Martínez Carrión
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