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SI VENDES O ALQUILAS UN INMUEBLE
Desde el 1 de Junio es obligatorio el certificado energético. En el
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, se establece la obligatoriedad
de facilitar a los compradores o usuarios en alquiler de los
edificios, un certificado de eficiencia energética que tendrá que
aportar información acerca de la eficiencia energética del edificio y
valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia
energética con el objetivo de que los propietarios o arrendatarios del
edificio o de parte de él sean capaces de comparar y evaluar su
eficiencia energética.
DEL
REAL DECRETO
235/2013PODEMOS
RESUMIR Y DESTACAR LO
SIGUIENTE:
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Se obliga a propietarios y arrendatarios a facilitar a los compradores y
usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética.
Los propietarios deben encargarlo y conservarlo.
Tendrá una validez de 10 años.
Pueden emitirlo aquellos técnicos con titulaciones académicas y
profesionales habilitantes.
Es de aplicación en edificios de nueva construcción, en edificios o
partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo
arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
El control sobre los certificados energéticos recaerá sobre
el órgano competente en materia de certificación energética de
edificios, de las Comunidades Autónomas, y deberá presentarse, por
el promotor, o propietario, en su caso, ante dicho órgano para el
registro de estas certificaciones en su ámbito territorial.
Se concreta un régimen sancionador con infracciones y sanciones, de
acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de
protección de los consumidores y usuarios, y en materia de certificación
de la eficiencia energética de los edificios.
No obstante lo anterior queremos aclarar dudas que pueden surgir.
¿QUÉ
APORTA EL CERTIFICADO?
El certificado permitirá determinar la calidad de la vivienda desde un
punto de vista de ahorro energético. La etiqueta energética clasifica
los edificios en siete letras desde la A (Favorable) a G (Desfavorable).
Un buen certificado permitirá detectar dónde se producen los gastos
innecesarios en instalaciones debidos a malas condiciones de la vivienda
Avd. la Laguna 1 local 3, 11550 Chipiona. Tf: 956370732 m: 628125988. www.villanuevacaro.com
o instalaciones, permitiendo al propietario aumentar la calidad de la
vivienda que desea vender o alquilar.
¿ES
NECESARIO CUMPLIR UNA MÍNIMA CALIFICACIÓN ?
No es necesario tener una calificación determinada para vender o
alquilar tu vivienda. Es una etiqueta informativa para los futuros
inquilinos o compradores. Es de esperar que una buena calificación
suponga un valor añadido al inmueble.
¿CUÁNDO
SE DEBE INFORMAR SOBRE EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?
1 – En toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o
arrendatario del edificio o unidad del edificio.
2 – Cuando el edificio existente sea objeto de contrato de
compraventa, total o parcial, será puesto a disposición del
adquiriente.
3 – Cuando el objeto del contrato sea el arrendamiento total o parcial
del edificio existente, bastará con la simple exhibición y puesta a
disposición del arrendatario de una copia del certificado.
QUÉ VALIDEZ TIENE
El certificado de eficiencia energética tiene una validez de 10 años,
tras los cuales si el inmueble fuese de nuevo objeto de venta o
alquiler debería certificarse.
CÓMO SE REALIZA ESTE CERTIFCADO
Un técnico habilitado debe visitar el inmueble y tomar los datos
necesarios para emitir el certificado y firmarlo. En el informe el
técnico incluirá a modo informativo las posibles mejoras que podrían
hacer mejorar la calificación de la vivienda. Certicalia.com cuenta
con más de dos mil técnicos colaboradores en todo el territorio
nacional de manera que el proceso de certificación sea lo más rápido y
eficaz posible.
POR QUÉ ESTE REAL DECRETO
Esta normativa proviene de una directiva Europea (Directiva
2002/91/CE) que ya se aplica en el resto de los países de la Unión.
España va con retraso en la aplicación de esta normativa cuyo objetivo
es reducir las emisiones de CO2 a la atmósfera.
En España ya es obligatoria le certificación energética para edificios
de nueva construcción desde 2007. Con este Real Decreto se da un paso
más incluyendo las viviendas y locales existentes que vayan a ser
objeto de venta o alquiler.
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SOLICITUD DE PROPUESTA ECONÓMICA
Al objeto de poder enviarle una propuesta técnica y económica lo más ajustada posible a sus necesidades, le
rogamos nos envíe relleno el siguiente formulario con los datos que correspondan a la edificación objeto de estudio,
a la dirección de correo electrónico comercial [email protected]. Los campos sombreados son obligatorios.
1. DATOS DEL TITULAR DE LA VIVIENDA
Nombre y Apellidos *
CIF / NIF *
Dirección
Teléfono móvil / fijo.
E-mail *
Horario de contacto *
2. DATOS DE LA VIVIENDA
Dirección
completa *
Año de
construcción/rehabilitación: *
C.P. *
Tipología de la edificación:
Localidad *
Vivienda unifamiliares:
Provincia *
Aisladas
Referencia
catastral
Adosadas/Pareadas
Superficie total
Construida
Útil *
Altura libre
Vivienda Individual:
En planta
Ático
Edificio Completos:
En Bloque
Fila de Adosados
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3. CARACTERÍSTICAS DE LA VIVIENDA
Tipología de fachadas:
Calefacción:
Ladrillo cara vista
Central por bloque/distrito
Aplacado de piedra
Individual
Prefabricada
Acristalamientos:
Producción de ACS:
Acristalamiento simple
Por caldera mixta
Doble acristalamiento
Central
Eléctrica
Paneles solares
Tipología de carpinterías:
Climatización:
Carpintería de madera
Centralizada
Carpintería de aluminio
Individual (Split)
Otros datos relevantes:
CONDICIONES DEL SERVICIO
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La empresa emitirá una oferta por correo electrónico indicando el precio total del servicio, que incluirá la
visita de un técnico, el cálculo de la calificación energética de la vivienda, y la elaboración del informe de
certificación.
Tras la recepción de la oferta aceptada por el Cliente y el justificante de pago correspondiente, el técnico
certificador asignado al servicio se pondrá en contacto para concertar una visita de inspección a la
vivienda.
La certificación energética irá firmada por técnicos con la cualificación requerida por la normativa vigente,
y estará avalada por el visado profesional.
El plazo de entrega de la certificación energética se establece en un máximo de 10 días hábiles desde la
visita de inspección, salvo causa de fuerza mayor.
Avd. la Laguna 1 local 3, 11550 Chipiona. Tf: 956370732 m: 628125988. www.villanuevacaro.com
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