Download 05CAT13 Registro de Certificados de Eficiencia

Document related concepts

Calificación energética de viviendas wikipedia , lookup

Directiva de eficiencia energética en edificios wikipedia , lookup

Eficiencia energética wikipedia , lookup

LEED wikipedia , lookup

80 PLUS wikipedia , lookup

Transcript
centro de asesoramiento técnico
Información
circular n°
junio 2013
REGISTRO ANDALUZ DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA
ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Y DE INDUSTRIAS
El pasado sábado 1 de junio de 2013, se habilitó desde la Consejería de Economía,
Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía el nuevo Registro Andaluz de
Certificados de Eficiencia Energética de Edificios y de Industrias.
Este registro sustituye al aprobado por Orden de 25 de junio de 2008, por la que se creaba
el Registro Electrónico de Certificados de eficiencia energética de nueva construcción y se
regulaba su organización y funcionamiento.
La necesidad de la existencia de este Registro, parte del Real Decreto 235/2013, de 5 de
abril, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia
Energética de los Edificios que, en su Disposición transitoria tercera, establecía que a la
entrada en vigor de este R.D. (15.abril.2013) cada Comunidad Autónoma habilitaría el
correspondiente registro de certificaciones. Dicho registro permitirá realizar las labores de
inspección y control técnico y administrativo que se indican en los artículos 9 y 10 del R.D.
235/2013, de 5 de abril.
La habilitación del registro debería ir acompañado de la publicación de la Orden que lo
regule, de la cual, no se tienen noticias hasta la fecha, por lo que el procedimiento a seguir
para registrar un documento podrá verse alterado cuando dicha orden se publique.
REGISTRO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS
¿Qué es el registro y para que sirve?
El registro es una base de datos pública donde aparecen ordenados todos los certificados de
eficiencia energética que se hayan registrado, ya sean éstos de proyecto, edificios
terminados o edificios existentes. La utilidad para la administración es, básicamente, la
simplificación del proceso de inspección y control de los mismos. En el caso de promotores o
propietarios, su utilidad radica en poder construir u ocupar los edificios de nueva planta así
catarquitectosdecádiz
http://www.arquitectosdecadiz.com
5
como obtener, para los casos de edificios existentes, la Etiqueta de Eficiencia Energética,
una vez realizado el registro y aportada toda la documentación necesaria.
¿Quién debe y/o puede realizar el registro?
Es obligación del propietario presentar el Certificado en el registro electrónico.
Originalmente esta presentación está pensada para ser realizada mediante el uso de un
certificado digital (firma digital). En caso de poseerla, el propietario podrá realizar el registro
desde cualquier ordenador conectado a internet que posea su firma digital instalada.
Adicionalmente tiene dos opciones:


Autorizar a un funcionario de la Delegación de la Consejería de innovación, ciencia
y empleo para la presentación por vía telemática de la documentación. Para ello se
deberá rellenar un formulario que se encuentra en la página web de la Junta de
Andalucía o en la Web colegial.
Autorizar al técnico redactor del certificado de eficiencia energética a realizar dicho
registro. Para ello se deberá aportar el Anexo III debidamente cumplimentado y
firmado por el promotor. Esta opción es solo válida para Certificados de eficiencia
energética de edificios existentes.
Esto implica que una vez emitido el Certificado de eficiencia energética del edificio,
podremos además registrarlo, pero esto no es más que una opción. Si queremos ser
nosotros los encargados del registro, deberemos negociarlo independientemente.
¿Debe estar visado el certificado de eficiencia energética?
No es exigible ni por el R.D. 235/2013, de 5 de abril, ni por el D. 169/2011, de 31 de
mayo; sin embargo, dentro del proceso de control de dichos certificados, (compañía de
suministro eléctrico, notaría, etc.) puede ser exigido su visado.
Aunque para poder registrar el Certificado, no se exige el visado, en caso de no poseerlo,
deberá aportarse una Declaración Responsable del Técnico Competente firmante del
certificado energético, basado en un formulario también disponible en la web colegial o en
la de la Junta de Andalucía.
¿Qué documentación debe aportarse?



Documentación genérica
 En caso de no visar el certificado de eficiencia energética: Declaración
responsable del técnico competente
 En caso de realizar el trámite presencialmente: modelo de autorización para el
funcionario firmada por el promotor/propietario.
 En el caso de edificios existentes y realización del trámite por el técnico redactor
del certificado: autorización a dicho técnico firmada por el promotor/propietario.
Edificios de nueva planta o proyecto:
 Certificado Energético Andaluz
 Documento administrativo generado por el programa utilizado (CALENER, CE2,
CES, CERMA, …)
 En el caso de usar CALENER GT: archivos *.pdf, *.inp, *.pd2 y *.pdl
 En el caso de usar CALENER VYP: archivos *.pdf, *.xml y *.cte
Edificios existentes:
 Certificado energético del edificios existente según R.D. 235/2013, de 5 de abril.
Este certificado es el que nos devuelve CE3 o CE3X
 En el caso de usar CE3: Carpeta del expediente (situada en Mis Documentos/Mis
Proyectos CE3), debidamente comprimida en un archivo zip o rar.
 En el caso de usar CE3X, el fichero *.cex que contiene el expediente.
¿Tiene algún coste el registro del certificado?
El Registro es gratuito. No obstante, habrá que esperar a la publicación de la Orden que
regule el Registro para confirmar esta circunstancia.
PROCEDIMIENTO
El procedimiento tiene muchas combinaciones posibles, dependiendo de si se hace
telemática o presencialmente, si lo realiza el promotor/propietario o una persona
autorizada y en función de si se trata de edificio de nueva planta o existente. En cualquier
caso los pasos a dar son los siguientes:

Redactar el Certificación de eficiencia energética del edificio mediante alguno de los
documentos reconocidos:





Nueva construcción: Calener VYP, Calener GT, CE2, CES, CERMA …
Edificios existentes: CE3 ó CE3X
En caso de no visar el certificado de eficiencia energética: rellenar, imprimir y firmar la
Declaración responsable del técnico competente.
En caso de ser el promotor/propietario quien realice el registro, habrá que facilitarle en
soporte digital la documentación anteriormente descrita para que la suba al registro o
se la facilite al funcionario. Adicionalmente en caso de registro presencial es
recomendable facilitarle el modelo de autorización a un funcionario para simplificar su
trámite.
En caso de recibir el encargo adicional, de registrar el certificado:




Deberemos tener una copia firmada del Anexo III (Autorización al Técnico
Competente para tramitar la solicitud de inscripción en el Registro Andaluz de
Certificados de eficiencia energética de edificios y de industrias). Podremos optar
por realizar el registro presencial o digitalmente, para este último caso,
necesitaremos un certificado digital.
Accederemos a la página web de la Junta de Andalucía:
www.juntadeandalucia.es/servicios/otros-tramites/detalle/13298.html
Accederemos al registro pulsando el enlace Solicitud on-line
En el caso de hacer el registro con certificado digital, usaremos el botón:
Entrada con certificado

En el caso de hacer el registro presencialmente, usaremos el botón:
Entrada sin certificado


Una vez que hemos accedido, seleccionaremos “Registros”
En Registros, seleccionaremos “Registro Andaluz de Certificados de eficiencia
energética de edificios y de industrias”

Usaremos el botón
Entrar para acceder al formulario de registro
La edición del registro es tediosa, ya que hay que ir por orden estricto; conforme se van
seleccionando las casillas, se nos permitirá la cumplimentación de otras casillas. A modo
de breve explicación del formulario cabe destacar:
1. Hay una primera parte donde indicaremos si se trata de un nuevo certificado, o una
anulación, renovación, modificación… También se nos pregunta si se trata de
edificación o de industrias e instalaciones. Estas instalaciones no son certificables
por nosotros, por lo que nuestra opción será siempre Sección primera: Edificación
2. Seleccionaremos el tipo de certificado: nueva planta o edificio existente; su ámbito
de aplicación (D.169/2011 o R.D. 235/2013) y el tipo de certificado que
aportaremos: Certificado energético andaluz o Certificado de edificios existentes.
3. Esta sección es solo para la certificación de industrias e instalaciones. NO SE
CUMPLIMENTA
4. Datos identificativos del edificio: Situación, referencia catastral, superficie
construida, nº de plantas, altura, potencia térmica nominal instalada, año de
terminación del edificio.
5. Esta sección es solo para la certificación de industrias e instalaciones. NO SE
CUMPLIMENTA
6. Datos del promotor.
7. Datos del proyectista firmante del certificado: Solo se cumplimenta cuando se trate
de un certificado de eficiencia energética de un proyecto de nueva planta o reforma
según R.D. 235/2013
8. Datos de la dirección facultativa firmante del certificado: Solo se cumplimenta
cuando se trate de un certificado de eficiencia energética de un edificio terminado.
9. Datos del organismo colaborador: Solo es necesario cuando sea este el que haya
participado o redactado el Certificado de eficiencia energética.
10. Datos del técnico competente del organismo colaborador: Solo es necesario cuando
sea este el que haya participado o redactado el Certificado de eficiencia energética.
11. Datos del técnico competente firmante del certificado: Datos del certificador para los
casos de edificios existentes.
12. Validez del registro: En cualquier caso no podrá superar los 10 años desde la fecha
de emisión del mismo.
13. Normativa energética de aplicación: normativa de aplicación en la construcción o
gran reforma del edificio, vivienda o local certificado.
14. Opción elegida: Indicaremos que método hemos usado: CE3, CE3X, CALENER VYP,
CALENER GT, CE2, CES, CERMA…
15. Características energéticas del edificio: Se definen los parámetros que afectan al
comportamiento térmico del edificio. En el caso de viviendas, se podría evitar
introducir alguno de esos datos:
a. Superficie construida, % Superficie acondicionada en régimen de
refrigeración, % de superficie acondicionada en régimen de calefacción, nº
de plantas sobre rasante, compacidad (Volumen del edificio / Superficie de
la envolvente térmica)
b. Características constructivas: % de huecos, transmitancias medias de los
elementos que componen la envolvente térmica.
c. Parámetros de las instalaciones térmicas: Grado de centralización, tipo de
equipo principal, combustible rendimiento y potencia térmica nominal.
d. Parámetros de las instalaciones eléctricas: Potencia eléctrica total instalada,
potencia nominal en iluminación.
e. Cogeneración y energías renovables.
16. Calificación energética: Calificación obtenida, emisiones de CO2 y consumo de
energía primaria; aquí solo se introducirán los datos que refleja el certificado de
eficiencia energética que hayamos obtenido con el programa de referencia.
17. Datos del proyectista: Solo será necesario en caso de que se trate de un certificado
de eficiencia energética de un proyecto de nueva planta.
18. Datos de la dirección facultativa: Solo será necesario en caso de que se trate de un
certificado de eficiencia energética de un edificio terminado.
19. Características energéticas de las instalaciones: Esta sección es solo para la
certificación de industrias e instalaciones. NO SE CUMPLIMENTA
20. Recomendaciones de mejora: Solo apto para certificados de eficiencia energética de
edificios de nueva planta. Esta información debe aparecer en el informe que genera
el programa de referencia: Breve explicación de la mejora propuesta (o mejoras
propuestas) y los parámetros obtenidos expresados en calificación energética,
emisiones de CO2 y consumo de energía primaria.
21. Autorización para las notificaciones: Autorización para las notificaciones
relacionadas con el registro, según se tenga o no un medio en el Sistema de
Notificaciones Notific@
22. Documentación a aportar: Se indicará que documentación se aporta. La lista no es
opcional, tan solo entregaremos los documentos relacionados con el tipo de
certificado que hayamos hecho.
23. Firma del documento
Una vez cumplimentado el formulario se nos pedirá que añadamos los archivos
anteriormente descritos y se nos devolverá la etiqueta de eficiencia energética.