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H. Cámara de Senadores
Secretaría General
ORIGEN:
(ÁMARA DE SENADORES [ EXP:
FECHA DE MESA DE ENTRADA:
FECHA DE SESION (ORDINARIA):
ps-14
6405 [
23 DE ABRIL DE 2014.
24 DE ABRIL DE 2014.
6.- Proyecto de Ley uQUE DECLARA COMO BIEN CULTURAL Y PARTE DEL PATRIMONIO DE
LA NACIÓN EL INMUEBLE DENOMINADO 'EL CABILDO', ASIENTO DEL CENTRO CULTURAL DE
LA REPÚBLICA ", presentado por los Senadores Enrique Bacchetta y Mirta Gusinky.
GIRADO A LAS [OMISIONES DE
1.- CULTURA, EDUCACION, CULTO y DEPORTES.
2.- ASUNTOS DEPARTAMENTALES, MUNICIPALES, DISTRITALES
APROBADO EN SESION:
APROB. CON MODIF.:
RECHAZADO EN SESION:
RATIFICADO EN SESION:
ARCHIVADO EN SESiÓN:
RETIRADO EN SESiÓN:
VUELTO A COMISION:
SOLlCIT ADO POR:
POSTERGADO
SOLlCIT ADO POR
PllSllll:
VlJELVEll:
OBSERVA[(ONES:
DIRECCIÓN
DE PROCESO LEGISLATIVO
PERIODO 2013 -2018
Asunción,
..25de
abril de 2014
Señor
Presidente de la
Honorable Cámara de Senadores
Don Julio César Velázquez
PRESENTE
Tenemos a bien dirigirnos a Vuestra Honorabilidad y por su intermedio a los demás
miembros de este alto Cuerpo Legislativo, a objeto de comunicar, que de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 105 del Reglamento Interno, nos hacemos cargo del ante Proyecto de Ley: "Que declara como Bien
Cultural y parte del Patrimonio de la Nación el inmueble denominado "EL CABILDO", asiento del Centro
Cultural de la República, ubicado en la ciudad de Asunción, sobre la Avenida República entre las calles Chile
y Alberdi", presentado por la Escribanía Mayor de Gobierno según Nota W 89 de fecha 2 de abril de 2014.
Sin otro particular
respetuosamente
aprovechamos
la ocasión,
para saludar
al señor
Presidente
,
J
ESCRIBANíA MAYOR
DE GOBIERNO
GOBIERN~ NACIONAL
Con~truyendo
Asunción,
E.M.G. N°
ge¡
Juntos
Un Nuevo
Rumbo
2 de abril de 2014
1014
SEÑOR PRESIDENTE:
Tengo el agrado de dirigirme a Su Excelencia, a los efectos de presentar
para su estudio y consideración, un anteproyecto de ley, que tiene por objetivo
DECLARAR como BIEN CULTURAL y parte del PATRIMONIO DE LA NACION el
inmueble denominado "El CABilDO", actualmente, asiento del Centro Cultural de
la República, a fin de otorgar tanto al sitio como al edificio, de invalorable valor
histórico para el pueblo paraguayo, la protección jurídica necesaria para su
preservación y conservación. Al mismo tiempo, mediante la sanción de la ley que
se propone, se dará forma jurídica al título del inmueble, permitiendo su inscripción
en los registros públicos pertinentes.
Se acompaña al anteproyecto de ley,
a breve exposición de motivos y un
, I Cabildo".
informe sobre los antecedentes históricos
Hago propicia la oportunidad, par
expresiones de mi más alta consideración.
r al Señor Presidente,
:;Non~" lA B. NARVAJ
."....
•••·rH
ribana Mayor
A. S. E.
Dr. JULIO CESAR VELAZQUEZ TILLERIA
PRESIDENTE
HONO
E CAMARA DE SENADORES
E.
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A
¡NGRESADO
1 1 AB R 2014
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K. CÁ'iAARA DE SENAOOk'ES
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con las
EXPOSICION DE MOTIVOS
LEY QUE DECLARA AL INMUEBLE DENOMINADO
"EL CABILDO",
ASIENTO DEL "CENTRO CULTURAL DE LA REPUBLICA" COMO BIEN
CULTURAL Y PARTE DEL PATRIMONIO DE LA NACION.----------------------
El edificio denominado "El Cabildo", actualmente asiento del Centro Cultural de
la República, inaugurado el 14 de mayo de 2004, como sitio de exposición de diferentes
expresiones del arte y museo, fue construido en el solar donde funcionaba el antiguo
Cabildo de Asunción. Fue sede de los tres Poderes del Estado, en tiempos de Don
Carlos Antonio López y posteriormente, del Poder Legislativo hasta el año 2003.
Cabe recordar, que el 16 de septiembre de 1541 el Teniente Gobernador
Domingo Martínez de Irala al instituir el cabildo, dio al enclave militar que fue el fuerte
Nuestra Señora de la Asunción, fundado por el capitán Juan de Salazar y Espinosa el 15
de agosto de 1537, la categoría de ciudad. En el Acta asentada en esa oportunidad, se
expresa la necesidad de nombrar regidores "que tengan cargo y cuidado de su
gobernación ... ". Entre las ordenanzas que se debían dar cumplimiento, estaba la de
construir una casa para morada del cabildo, de acuerdo con las leyes y costumbres de la
época.
El Cabildo de Asunción, fue el primero del Río de la Plata y téngase en cuenta
que en ese entonces, ya Asunción había adquirido importancia como centro de la
conquista de esta parte de América, por eso llamada "Madre de Ciudades", No tuvo
local propio hasta fines del siglo XVI, bajo el gobierno de Hernandarias.
En sus
primeros tiempos, las reuniones capitulares se realizaban en la morada del gobernador o
en la Iglesia Mayor. Los famosos cabildos abiertos, se reunían en la iglesia y el pueblo
era convocado para decidir asuntos importantes o llevar a cabo la elección de
gobernadores, como lo mandaba la famosa Cédula Real del 12 de setiembre de 1537.
Tan importante fue esta institución, como antecedente del gobierno comunal
actual y de nuestra democracia, tanta ingerencia tuvo en la historia del Paraguay, por
haber traspasado la línea de lo meramente local para ocuparse de cuestiones de interés
de la provincia, como el problema que suscitaban los bandeirantes paulistas, la
fundación de pueblos, expediciones, sin olvidar la revolución comunera, el abuso de
sistemas como la encomienda, de las órdenes religiosas y hasta los abusos del poder
monárquico y de los gobernadores, que merece un especial cuidado la preservación y
conservación del edificio.
Como lo expresa la investigadora Margarita Durand
realizado sobre el tema, el Cabildo de Asunción se hallaba
inmemorial junto a la Plaza Mayor, muy cerca de las barrancas
constantes reparaciones, debido al suelo arenoso de la ciudad,
fuertes lluvias, que se sumaban a la precariedad de la obra.
Estragó en un trabajo
ubicado desde tiempo
del río. Fue objeto de
la cercanía al río y las
Es sabido, que el reloj y las campanas de la torre del Cabil
cuartos de hora, por lo que eran para la ciudad de gran importancia. F
de constantes reparaciones.
daban la hora y
objeto también,
MARTA
.
'~Jl.V~
Escribana Mayor e Gobierno
Av. Colón 1163 .1: léf.: 423-11617
Asunción Paraguay
El cabildo fue reedificado en tiempos del Dictador Francia. El 14 de agosto de
1815, en vísperas de la fiesta patronal de la ciudad, el obispo García de Panés bendijo la
piedra fundamental.
Posteriormente, Don Carlos Antonio López en 1844, procede a la reforma y
ampliación del edificio del antiguo Cabildo, para convertido en sede del Gobierno.
Así, el cabildo fue asiento del Poder Ejecutivo hasta el año 1892, en que se
dispone su traslado al edificio mandado construir por el Mariscal López, que se
convierte en sede definitiva de las oficinas de la Presidencia desde el año 1894.
Asiento del Poder Legislativo hasta el año 2003, quedó convertido en espacio
cultural y museo desde el 14 de mayo de 2004, conservándose su antigua denominación
de CABILDO.
Toda la rica historia que guarda el edificio del antiguo Cabildo y Palacio de
Gobierno para nuestra patria, sirve de suficiente fundamento para la sanción de una ley
que disponga su preservación y conservación y que al mismo tiempo, haga la necesaria
DECLARACION que reconozca y ratifique su categoría y status de PATRIMONIO de
la NACION PARAGUA YA.
Ya fue objeto de alteraciones y agregados en su construcción original, para
acomodarlo a las necesidades del Congreso Nacional, que funcionó allí hasta hace
pocos años. Debemos ahora cuidar que no vuelva a ser tocado en su fachada y
estructura, salvo en lo que sea necesario para su mantenimiento.
Es por ello, que es de rigor el dictamiento de una ley que en forma particular
declare al edificio que nos ocupa, como un bien cultural y patrimonio de la Nación, a fin
de que pueda gozar de las protecciones que dan la normativa nacional y municipal a esta
clase de inmuebles, como así también, goce de exenciones tributarlas.
Por otra parte, la ley debe prever la realización de una mensura administrativa, a
los efectos de su inscrip .ón en los registros públicos pertinentes dándole la protección
jurídica adecuada.
ANTEPROYECTO DE LEY
PODER LEGISLATIVO
LEY N° --------.- QUE DECLARA COMO BIEN CULTURAL Y PARTE DEL
PATRIMONIO DE LA NACION EL INMUEBLE DENOMINADO "EL CABILDO",
ASIENTO DEL CENTRO CULTURAL DE LA REPUBLICA, UBICADO EN LA
CIUDAD DE ASUNCION,
SOBRE LA AVENIDA REPUBLICA ENTRE LAS
CALLES ClBDILEY ALBERDI. --------------------------------------------------------------------
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo ¡O.- Dec1árase como Bien Cultural y parte del Patrimonio de la Nación, el
inmueble denominado "El Cabildo", asiento del Centro Cultural de la República, ubicado
en la ciudad de Asunción, sobre la Avenida República entre las calles Chile y Alberdi.
Artículo 2°.- El inmueble individual izado en el Artículo 10 de la presente Ley, se
encuentra bajo la protección prevista en la Ley 946/82 "De Protección a los Bienes
Culturales"
y demás disposiciones normativas vigentes o a dictarse en el futuro, que
establezcan medidas para la preservación, conservación y protección
de los bienes
culturales y del patrimonio histórico de la República del Paraguay y goza de las exenciones
fiscales y municipales, previstas para los edificios y monumentos históricos y de valor
cultural.
Artículo 3°._ El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones,
a través
Departamento de Agrimensura y Geodesia, realizará la mensura administrativa
inmueble, a los efectos de su protocolización e inscripción.
del
del
Artículo 4°._ La Escribanía Mayor de Gobierno protocolizará la presente Ley y tramitará
la inscripción de "El Cabildo", ante la Dirección General de los Registros Públicos y
demás registros que correspondan.
Artículo 5°._ Comuníquese al Poder Ejecutivo.