Download reglamento pastoral universitaria - Universidad Católica los Ángeles

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
www.uladech.edu.pe
RECTORADO
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE
PASTORAL Y ESPIRITUALIDAD, SPES
VERSIÓN 004
Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, de fecha 27 de
mayo de 2013
CHIMBOTE – PERÚ
Versión: 004
Código: R – RSPES
F. Implementación: 27-05-13
Elaborado por: Rector
Revisado por: Gerencia de Calidad
Pag.: 1 de 7
Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH
CATÓLICA
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por finalidad establecer las normas
del proceso, Servicio de Pastoral y Espiritualidad, en adelante SPES, que
incluye asignaturas en todos los planes de estudio de las carreras
profesionales. Está adscrito a la Coordinación de Preventorio de la División de
Bienestar Universitario, como Coordinación del Servicio de Pastoral y
Espiritualidad. El dueño de proceso es el Capellán de la Universidad,
designado a propuesta del Gran Canciller.
La Coordinación del Servicio de Pastoral y Espiritualidad cuenta con capellanes
y promotores SPES en la Sede Central, los centros académicos y filiales.
Artículo 2º.- El Capellán de la Universidad es el docente titular de las
asignaturas de:
•
Vida espiritual
•
Fe cristiana y compromiso pastoral
Diseñados a través de un SPA integrado, incluido en todos los currículos de
estudio de las Escuelas Profesionales de la Universidad y que responde a las
competencias socio espirituales que promueve la Iglesia Católica a través de la
Universidad.
Artículo 3º.- El SPES responde a la expectativa de fidelidad y especificidad
católica de la Universidad de acuerdo a la Constitución Apostólica Ex corde
eclessiae, y de los acuerdos de la Federación Internacional de Universidades
Católicas (FIUC) y la Organización de Universidades Católica de América
Latina y El Caribe (ODUCAL), al servicio del Perú y de la Iglesia universal.
Artículo 4°.- El SPES debe:
a) Implementar acciones para acompañar la vida de todos los miembros de la
comunidad
universitaria,
promoviendo
un
encuentro
personal
y
comprometido con Jesucristo.
Versión: 004
Código: R – RSPES
F. Implementación: 27-05-13
Elaborado por: Rector
Revisado por: Gerencia de Calidad
Pag.: 2 de 7
Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH
CATÓLICA
b) Implementar el diálogo entre fe y razón, fe y cultura.
c) Implementar
la
formación
espiritual
de
docentes,
estudiantes
y
administrativos, desarrollando compromisos personales y comunitarios
fundados en la Doctrina Social y el Magisterio de la Iglesia Católica.
d) Orientar los contenidos y ejecución de las asignaturas transversales de
índole filosófica, teológica, pastoral y espiritual.
Artículo 5º.- La base legal del presente reglamento comprende: La
Constitución Apostólica Ex Corde Ecclesiae, la Ley Universitaria Nº 23733, el
Estatuto Institucional y el Reglamento General Institucional, el Decreto N° 0422008/OBIS/CH que reconoce como católica a la Universidad, el Plan
Estratégico Institucional, el Convenio Interinstitucional entre la Universidad y el
Obispado de Chimbote, los planes estratégicos y operativos de las escuelas
profesionales y los currículos de estudio de las diferentes escuelas
profesionales.
Artículo 6°.- El Obispo de Chimbote, en su calidad de Gran Canciller de la
Universidad, debe:
a) Proponer al Capellán de la ULADECH Católica y a los capellanes
adjuntos dentro de su jurisdicción, para su ratificación por el Consejo
Universitario.
b) Proponer al Promotor SPES de la Sede Central, para su ratificación por
el Consejo Universitario.
c) Solicitar a los Ordinarios del lugar la designación de los capellanes y la
propuesta de los promotores SPES de los centros académicos y filiales,
para su nombramiento por el Consejo Universitario.
d) Supervisar la ejecución del programa anual de actividades del SPES.
e) Asegurar y supervisar las asignaturas de formación de índole filosófica,
teológica, pastoral y espiritual de las diversas carreras profesionales y
programas de postgrado.
f) Velar por la integridad de fe y costumbres de los docentes tutores de las
asignaturas del SPES, renovando anualmente el mandato canónico de
Versión: 004
Código: R – RSPES
F. Implementación: 27-05-13
Elaborado por: Rector
Revisado por: Gerencia de Calidad
Pag.: 3 de 7
Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH
CATÓLICA
los mismos.
g) Cuidar el perfil humano, académico y cristiano de los estudiantes,
docentes, investigadores y administrativos de la Universidad.
CAPÍTULO II
DEL SERVICIO DE PASTORAL Y ESPIRITUALIDAD (SPES)
Artículo 7º.- El SPES cumple con la labor evangelizadora de la Iglesia en la
Universidad y la presencia del mundo universitario en la Iglesia. Está a cargo
de un equipo conformado por estudiantes, docentes y administrativos,
representantes de las diferentes carreras profesionales y coordinado por el
Capellán de la ULADECH Católica. El equipo SPES de la sede central, centros
académicos y filiales es responsable del acompañamiento espiritual, la
animación socio-pastoral y el diálogo fe-cultura de la comunidad universitaria.
Artículo 8°.- Los estudiantes que acompañan al SPES tienen prioridad para el
otorgamiento de medios de apoyo, como son categorizaciones y becas. Los
docentes y administrativos del Equipo SPES gozan de los permisos para
participar en las actividades.
Artículo 9°.- El Capellán de la Universidad, debe:
a) Acompañar espiritualmente a la comunidad universitaria a nivel nacional.
b) Promover la animación socio-pastoral y el diálogo fe-cultura, en
coordinación con los demás capellanes, los promotores del SPES y los
docentes de las asignaturas SPES a nivel nacional.
c) Asegurar la implementación del SPES a nivel nacional.
d) Verificar la planificación, ejecución, evaluación y registro de las
actividades del SPES.
e) Representar al Gran Canciller en la ULADECH Católica y a la
Universidad en la Iglesia diocesana.
f) Informar al Gran Canciller de la ULADECH Católica sobre el desarrollo
de las actividades del SPES.
Versión: 004
Código: R – RSPES
F. Implementación: 27-05-13
Elaborado por: Rector
Revisado por: Gerencia de Calidad
Pag.: 4 de 7
Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH
CATÓLICA
g) Promover la comunicación y la colaboración pastoral entre la Diócesis y
la Universidad.
h) Coordinar con las diferentes unidades operativas de la ULADECH
Católica y otras instituciones eclesiales y/o sociales para la planificación
y ejecución de los proyectos de pastoral universitaria.
i) Proponer la designación de capellanes y promotores del SPES ante el
Obispado.
Artículo 10°.- El Capellán adjunto de la Sede Central debe:
a) Acompañar espiritualmente a la comunidad universitaria de la Sede
Central.
b) Asegurar la implementación y coordinar las actividades del SPES a nivel
nacional en coordinación con el promotor SPES de la Sede Central.
Artículo 11º El Capellán de centro académico o filial debe:
a) Representar a la Iglesia Particular en el centro académico o filial
respectivo.
b) Coordinar la planificación, ejecución y evaluación de las actividades del
SPES en el centro académico o filial respectivo.
c) Acompañar espiritualmente a la comunidad universitaria.
d) Promover la animación socio-pastoral y el diálogo fe-cultura, en
coordinación con los docentes del SPES.
e) Informar al Obispo ordinario sobre el desarrollo de las actividades del
SPES, de acuerdo al Convenio suscrito entre la Diócesis y la
Universidad.
f) Promover la comunicación y la colaboración pastoral entre la Iglesia
Local y la Universidad.
Artículo 12º.- El promotor del SPES en la Sede Central, Centro académico o
Filial es un profesional de apoyo a las labores que le asigne el Capellán
ULADECH Católica.
Versión: 004
Código: R – RSPES
F. Implementación: 27-05-13
Elaborado por: Rector
Revisado por: Gerencia de Calidad
Pag.: 5 de 7
Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH
CATÓLICA
CAPÍTULO III
DE LAS ASIGNATURAS TRANSVERSALES DEL SPES
Artículo 13º.- Las asignaturas del SPES son de carácter obligatorio y están
incluidas en los currículos de estudio de las diferentes escuelas profesionales.
Artículo 14º.- Las asignaturas del SPES no son convalidables, salvo el caso de
haber sido aprobadas dentro de una carrera profesional de la ULADECH
Católica o en una institución superior católica de estudios.
Artículo 15º.- Las asignaturas del SPES tendrán pre-requisitos una de otra y
no podrán llevarse de forma paralela.
Artículo 16º.- Los sílabos y planes de aprendizaje, SPA, de las asignaturas del
SPES están articulados a las actividades de pastoral universitaria, diseñadas
por el Capellán de la Universidad en su calidad de docente titular.
Artículo 17º.- Las matrículas de las asignaturas del SPES serán en el ciclo
correspondiente según modalidad y plan de estudios.
Artículo 18º.- Las asignaturas del SPES son desarrolladas con uso intensivo
de nuevas tecnologías que dispone la Universidad de acuerdo al Modelo
Didáctico ULADECH Católica y la Norma de Calidad de Asignatura.
Artículo 19º.- Las asignaturas del SPES cumplen la normatividad académica
de la Universidad para los aspectos metodológicos y de evaluación.
Artículo 20º.- La distribución de grupos de estudiantes se realizará según
asignatura, modalidad, carrera, facultad y sede central, centro académico y
filial, considerando un mínimo de cuarenta (40) estudiantes y un máximo de
cincuenta (50). En casos excepcionales, se podrán integrar cursos con
estudiantes de diferentes centros, facultades o carreras, todo ello a cargo del
Versión: 004
Código: R – RSPES
F. Implementación: 27-05-13
Elaborado por: Rector
Revisado por: Gerencia de Calidad
Pag.: 6 de 7
Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH
CATÓLICA
Capellán ULADECH Católica, en calidad de Coordinador del Servicio de
Pastoral y Espiritualidad.
CAPÍTULO IV
DE LOS DOCENTES
Artículo 21º.- Para las asignaturas del SPES los docentes tutores deben
poseer el mandato canónico del Obispo del lugar cuando fuere posible, de lo
contrario, a petición del Capellán de la ULADECH Católica, dicho mandato será
concedido por el Obispo de Chimbote, en calidad de Gran Canciller. Los
docentes también deben tener la certificación en competencias TIC y en
perfeccionamiento pedagógico emitidos por la División de Innovación
Pedagógica.
Artículo 22°.- Los docentes tutores de las asignaturas del SPES, forman parte
del Equipo SPES, y dinamizan las actividades del SPES en sus respectivas
escuelas profesionales.
Artículo 23°.- La formación continua de los docentes tutores de las asignaturas
del SPES, es responsabilidad del Capellán de la ULADECH Católica.
Artículo 24º.- Los aspectos no considerados en el presente reglamento se
incluirán en instructivos de trabajo de obligatorio cumplimiento aprobados por la
Gerencia de Calidad a propuesta del SPES.
Chimbote, mayo de 2013.
JBDG.
Versión: 004
Código: R – RSPES
F. Implementación: 27-05-13
Elaborado por: Rector
Revisado por: Gerencia de Calidad
Pag.: 7 de 7
Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH
CATÓLICA