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DIÓCESIS DE ROCKFORD
POLÍTICAS QUE RIGEN EL USO DE LAS INSTALACIONES POR GRUPOS NO AFILIADOS O PATROCINADOS
POR UNA PARROQUIA, ESCUELA O LA DIÓCESIS
I.
Introducción
Estas políticas han sido desarrolladas para ayudar a los párrocos/administradores y administradores
diocesanos a determinar bajo qué circunstancias permitir a un grupo que no sea de la parroquia, la
escuela o diocesano utilice las locaciones una vez, periódicamente o a largo plazo.
II.
Principios
1.
2.
3.
III.
Las parroquias, escuelas y grupos diocesanos tienen prioridad en el uso de la parroquia, la
escuela y las locaciones diocesanas.
Conceder el uso de una parroquia o centro diocesano a un grupo u organización que no esté
afiliada o patrocinada por una parroquia o escuela o la diócesis no constituye un aval por la
parroquia local o la escuela, la diócesis, o la iglesia católica de los principios o la filosofía del
grupo al que se le está concedido uso de las instalaciones.
El párroco /administrador de la parroquia y la escuela y el administrador de la instalación
Diocesana podrán establecer directrices sobre el uso de las instalaciones de la
parroquia/instalación diocesana si esas directrices no son incompatibles con esta Política
Política
1.
El párroco de la parroquia y planteles escolares o administrador de una locación diocesana
determinará si la parroquia/escuela/centro diocesano estarán disponibles para uso de los
grupos que no estén afiliados con o patrocinados por la parroquia / escuela/Diócesis. Al
hacer esta determinación, el párroco/administrador/ administrador diocesano/ tomará en
consideración las necesidades y las operaciones de la parroquia/escuela/Diócesis.
2.
Existe una diferencia entre los edificios de la Iglesia que están construidos exclusivamente
para adoración y los edificios que pueden tener múltiples usos.
El propósito principal y la función del edificio de la Iglesia, es la oración y la adoración de los
fieles. Cualquier otro uso propuesto para hacerse en el edificio de la iglesia no debe ser de
carácter que pueda contradecir el objetivo y función del edificio de la iglesia, en
consonancia con las normas canónicas que regulan el espacio sagrado.
4.
En casos donde el párroco/administrador/ administrador diocesano/ haya decidido poner a
disposición un centro parroquial/escolar/Diocesano a individuos o grupos no afiliados con o
patrocinados por la parroquia/escuela / Diócesis, una instalación de ese tipo puede ser
alquilada a un individuo o grupo una sola vez, periódicamente o a largo plazo. El contrato
de uso de las instalaciones debe estar totalmente diligenciado para utilizar cualquier
acuerdo para la utilización única o periódica de una parroquia / escuela/ facilidad Diocesana.
Este documento está adjunto a esta Política y también se encuentra en ‘Diocese of Rockford
Parish Administrative Resource Manual’.
Un acuerdo para el uso de una locación parroquia/escuela/centro diocesano a largo plazo
debe ser completado y debidamente registrado en un contrato de arrendamiento por
escrito, el cual debe ser revisado y aprobado por el Consejo General de la Diócesis antes de
que las partes lo firmen. El Consejero General de la Diócesis ayudará al
párroco/administrador/administrador Diocesano/ en la preparación del contrato de
arrendamiento.
5.
El uso de una parroquia/escuela/locación diocesana no se le concederá a cualquier
individuo, grupo u organización: cuyo propósito, principios, actos u omisiones u objetivos
contradigan la fe y la moral de la Iglesia Católica o las políticas de la Diócesis de Rockford,
según lo determinado por el obispo de la diócesis de Rockford; y el propósito, principios,
actos u omisiones o los objetivos de la persona, grupo u organización son intrínsecamente
inseparables del uso propuesto de la instalación por el individuo, grupo u organización,
según lo determinado por el Obispo;
Cuando la actividad para que la instalación se va a utilizar contradiga la fe y la moral de la
iglesia católica o las políticas de la diócesis de Rockford, según lo determinado por el obispo
de la diócesis de Rockford; Cuando al hacerlo involucrara directamente a la Iglesia en la
política partidista en apoyo a un candidato para un cargo civil y en oposición a otros
candidatos para el mismo cargo; Cuando una actividad ilegal, insegura o peligrosa pueda
ocurrir como resultado; Cuando el párroco/administrador/administrador diocesano/ o la
Diócesis determine que la concesión de dicho uso no será en el mejor interés de la
parroquia, sus feligreses, los fieles o de la Diócesis, o la negación de tal uso es necesaria para
evitar el escándalo.
Individuos y grupos u organizaciones no parroquiales y no diocesanos que deseen utilizar
una parroquia o centro diocesano deberán obtener un certificado de seguro de cobertura de
responsabilidad con límites de cobertura aceptable y nombrar a la parroquia y la diócesis
como asegurados adicionales.
El procedimiento para hacerlo se describe en la Solicitud de Cobertura de Eventos
Especiales, Solicitud de Cobertura de Eventos Especiales para las reuniones
periódicas, El seguro Especial para Eventos Especiales y el Procedimientos
Seguros de Eventos Especiales memorando fechado en abril de 2014 y cualquier
versión revisada del mismo.
Estos documentos se anexan a esta Póliza y también se encuentran en ‘Diocese of
Rockford Parish Administrative Resource Manual’.
6. Reconociendo la exención de impuestos de las parroquias y la Diócesis, se recomienda,
que siempre que se solicite una donación para el uso de una parroquia o locación diocesana,
el monto de la donación no debe exceder el costo estimado necesario del mantenimiento de
las instalaciones y que la donación debe figurar claramente en los registros financieros de la
parroquia.
Efectivo desde marzo 3, 2015