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DIOCESE OF DALLAS
RICA y Vínculos Matrimoniales Previos
-Casos Probables-
RICA y Vínculos Matrimoniales Previos – Casos Probables
Febrero de 2016
Página 1
TRIBUNAL
3725 Blackburn Street
P.O. Box 190507
Dallas, TX 75219
214-379-2840 FAX 214-523-2437
[email protected]
RICA y Vínculos Matrimoniales Previos
- Casos Probables (Revisado 26 de febrero de 2016)
I.
Una persona que nunca ha estado casada antes y que no está viviendo en una relación conyugal
puede ser recibida en la Iglesia Católica y/o completar los Sacramentos de Iniciación. Dicho
esto, si la persona quiere casarse con alguien, esa otra persona también debe ser libre para
casarse de acuerdo a las leyes de la Iglesia Católica. Si el prometido no es libre para casarse,
debe iniciarse un proceso para que, en última instancia, el Catecúmeno o Candidato pueda
casarse con su prometido en la Iglesia Católica. Por lo tanto, aunque el Catecúmeno o Candidato
nunca antes haya estado casado y no viva actualmente en una relación conyugal, si el
Catecúmeno o Candidato desea casarse con alguien, el prometido también debe ser libre para
casarse según las leyes de la Iglesia Católica antes que el Catecúmeno o Candidato sea recibido
en la Iglesia y/o complete los Sacramentos de Iniciación.
II.
Una persona actualmente unida en un matrimonio presuntamente válido, según las leyes de la
Iglesia Católica, puede ser recibida en la Iglesia y/o completar los Sacramentos de Iniciación.
Es decir, ninguna de las partes que se unirán en matrimonio debe haber estado casada con otra
persona que aún vive. Si cualquiera de las partes es un Católico bautizado, el matrimonio debe
haberse celebrado bajo los auspicios de la Iglesia Católica; de lo contrario, el matrimonio debe
ser convalidado en la Iglesia Católica antes que la persona sea recibida en la Iglesia y/o
complete los Sacramentos de Iniciación.
III.
Una persona que ha estado casada previamente, pero que actualmente no vive en una relación
conyugal, y no anticipa volver a casarse, podría ser recibida a la Iglesia Católica y completar los
Sacramentos de Iniciación, siempre y cuando la persona tenga el conocimiento que él o ella se
comprometerá a la forma del matrimonio Católico. Sin embargo, la prudencia indica que debe
introducirse un caso de nulidad para esta persona antes que sea recibida en la Iglesia Católica o
complete los Sacramentos de Iniciación, porque el Tribunal no puede garantizar que el
matrimonio será declarado no válido y dicha persona podría algún día querer volver a casarse en
la Iglesia. Sin embargo, en esas situaciones poco frecuentes en las que el clérigo ordenado que
trabaja con el Catecúmeno o Candidato considere apropiado que la persona sea recibida en la
Iglesia Católica, debe ponerse en contacto con el Tribunal al (214) 379-2840 o
[email protected] para discutir el asunto. Dicha decisión nunca debe dejarse sólo a la
conciencia de la persona o el equipo de RICA sino que debe ser cuidadosamente explorada por
el Catecúmeno o Candidato con el clérigo ordenado en la parroquia.
IV.
Una persona que ha estado previamente casada y que vive en una relación conyugal no
puede ser recibida en la Iglesia Católica y/o completar los Sacramentos de Iniciación hasta
que finalice el proceso del Tribunal con un resultado afirmativo. Por lo tanto, tanto el
Catecúmeno o Candidato, como el cónyuge actual o prometido deben ser libres para
casarse y su relación actual debe ser una unión matrimonial presuntamente válida según
las leyes de la Iglesia Católica. Si necesita ayuda en la introducción de un caso, póngase en
contacto con el Tribunal al (214) 379-2840 o [email protected].
RICA y Vínculos Matrimoniales Previos – Casos Probables
Febrero de 2016
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