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DIOCESE OF DALLAS RICA y Vínculos Matrimoniales Previos -Casos Probables- RICA y Vínculos Matrimoniales Previos – Casos Probables Febrero de 2016 Página 1 TRIBUNAL 3725 Blackburn Street P.O. Box 190507 Dallas, TX 75219 214-379-2840 FAX 214-523-2437 [email protected] RICA y Vínculos Matrimoniales Previos - Casos Probables (Revisado 26 de febrero de 2016) I. Una persona que nunca ha estado casada antes y que no está viviendo en una relación conyugal puede ser recibida en la Iglesia Católica y/o completar los Sacramentos de Iniciación. Dicho esto, si la persona quiere casarse con alguien, esa otra persona también debe ser libre para casarse de acuerdo a las leyes de la Iglesia Católica. Si el prometido no es libre para casarse, debe iniciarse un proceso para que, en última instancia, el Catecúmeno o Candidato pueda casarse con su prometido en la Iglesia Católica. Por lo tanto, aunque el Catecúmeno o Candidato nunca antes haya estado casado y no viva actualmente en una relación conyugal, si el Catecúmeno o Candidato desea casarse con alguien, el prometido también debe ser libre para casarse según las leyes de la Iglesia Católica antes que el Catecúmeno o Candidato sea recibido en la Iglesia y/o complete los Sacramentos de Iniciación. II. Una persona actualmente unida en un matrimonio presuntamente válido, según las leyes de la Iglesia Católica, puede ser recibida en la Iglesia y/o completar los Sacramentos de Iniciación. Es decir, ninguna de las partes que se unirán en matrimonio debe haber estado casada con otra persona que aún vive. Si cualquiera de las partes es un Católico bautizado, el matrimonio debe haberse celebrado bajo los auspicios de la Iglesia Católica; de lo contrario, el matrimonio debe ser convalidado en la Iglesia Católica antes que la persona sea recibida en la Iglesia y/o complete los Sacramentos de Iniciación. III. Una persona que ha estado casada previamente, pero que actualmente no vive en una relación conyugal, y no anticipa volver a casarse, podría ser recibida a la Iglesia Católica y completar los Sacramentos de Iniciación, siempre y cuando la persona tenga el conocimiento que él o ella se comprometerá a la forma del matrimonio Católico. Sin embargo, la prudencia indica que debe introducirse un caso de nulidad para esta persona antes que sea recibida en la Iglesia Católica o complete los Sacramentos de Iniciación, porque el Tribunal no puede garantizar que el matrimonio será declarado no válido y dicha persona podría algún día querer volver a casarse en la Iglesia. Sin embargo, en esas situaciones poco frecuentes en las que el clérigo ordenado que trabaja con el Catecúmeno o Candidato considere apropiado que la persona sea recibida en la Iglesia Católica, debe ponerse en contacto con el Tribunal al (214) 379-2840 o [email protected] para discutir el asunto. Dicha decisión nunca debe dejarse sólo a la conciencia de la persona o el equipo de RICA sino que debe ser cuidadosamente explorada por el Catecúmeno o Candidato con el clérigo ordenado en la parroquia. IV. Una persona que ha estado previamente casada y que vive en una relación conyugal no puede ser recibida en la Iglesia Católica y/o completar los Sacramentos de Iniciación hasta que finalice el proceso del Tribunal con un resultado afirmativo. Por lo tanto, tanto el Catecúmeno o Candidato, como el cónyuge actual o prometido deben ser libres para casarse y su relación actual debe ser una unión matrimonial presuntamente válida según las leyes de la Iglesia Católica. Si necesita ayuda en la introducción de un caso, póngase en contacto con el Tribunal al (214) 379-2840 o [email protected]. RICA y Vínculos Matrimoniales Previos – Casos Probables Febrero de 2016 Página 2