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Obstáculos para el reconocimiento de las familias LGTBI en Colombia Ingrid Lorena Quintero* Resumen La discriminación de minorías (lesbianas, gays, transexuales e intersexuales) ha sido un problema social y jurídico que ha trascendido durante distintas generaciones. Existe vulneración de derechos, frente a ellas, que ha impedido el reconocimiento de la familia, la igualdad y la dignidad humana. La investigación que soporta este artículo, hace una revisión de la producción académica en torno al reconocimiento, como familia, de uniones maritales de hecho entre homosexuales, con el objetivo de encontrar los vacíos que, al respecto, existen en el ámbito nacional y aportar en la comprensión de los efectos sociales que tiene la aplicación o no de la jurisprudencia. Se presentan en el texto los resultados obtenidos, así como una propuesta frente al problema de investigación; también se señala, como hallazgo más importante de la indagación, la existencia de violación de derechos humanos a las familias LGTBI, debido a la omisión de los fallos de la Corte Constitucional. Palabras clave Discriminación, vulneración, comunidad LGTBI, violación de derechos. * Abogada de la Universidad Cooperativa de Colombia; se encuentra en proceso de grado, de la Maestría en Derechos Humanos, de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, UPTC. En la actualidad, se desempeña como Coordinadora Académica de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, de la Fundación Universitaria Los Libertadores. Abstract Discrimination against minorities (Lesbians, Gays, Transsexuals and Intersex), has been a social and legal problem that has transcended generations. There violation of rights that have prevented the recognition of family, equality and human dignity. This research is a review of academic production around the recognition as the family of de facto marital unions between homosexuals, to find the gaps at the national level and contribute to the understanding of the social effects of the non-application or case law. Finally, the results and a proposal to the research are presented. It is noted that the most important finding was the violation of human rights for families LGTBI by the omission of the rulings of the Constitutional Court. Keywords Discrimination, breach, Community LGTBI, violation of rights. Introducción 154 El contexto colombiano actual se caracteriza por las luchas sociales y judiciales que llevan a cabo las minorías discriminadas históricamente, entre las cuales se encuentra la comunidad de Lesbianas, Gays, Transexuales e Intersexuales conocidos con la sigla LGTBI. Esta comunidad ha manifestado la vulneración de derechos consagrados en la Constitución de 1991. Así, la lucha, que adelanta esta comunidad, se ha orientado a la reivindicación del reconocimiento a la diversidad y a la pluralidad, en un primer momento. De ahí en adelante, se ha focalizado en todos los derechos que se desprenden en relación con la igualdad, la identidad, la familia y la dignidad. Este artículo busca responder los siguientes objetivos: Identificar las limitaciones y oportunidades del reconocimiento de familia para parejas del mismo sexo, teniendo en cuenta los efectos institucionales de la jurisprudencia desde la experiencia y testimonio vivo de las personas con esta orientación sexual. La investigación hace una recopilación de estudios y vivencias de personas pertenecientes a la comunidad LGTBI por medio de entrevistas. Donde se evidencia claramente la problemática, a pesar de las acciones que se están ejecutando, buscan ser aceptados como ciudadanos sin exclusión. A lo largo de la historia, el concepto de familia se ha visto sujeto a una diversidad de cambios significativos en su interpretación y conformación. Esto se debe a que su configuración siempre ha parecido inclinarse hacia una estructura de institución social. dición numérica para descubrir o afinar preguntas de investigación en el proceso de interpretación”. Es preciso señalar que esta investigación surge como una alternativa a la situación problema de la conceptualización secular de la familia tanto en el ámbito social como legal que implica los derechos fundamentales del grupo específico de la comunidad LGTBI. Metodología Constitución de las familias integradas por parejas del mismo sexo en Colombia Esta investigación se clasifica como una investigación de tipo cualitativo que de acuerdo a Hernández (2010) “utiliza la recolección de datos sin me- A lo largo de la historia el concepto de familia se ha visto sujeto a una diversidad de cambios significativos en su interpretación y conformación. Esto se debe a que Facultad de Ciencias de la Comunicación - Fundación Universitaria Los Libertadores su configuración siempre ha parecido inclinarse hacia una estructura de institución social, lo que conlleva a una naturaleza irremediablemente metamórfica en lo que se conoce como familia y de esta manera no se puede pretender que ésta tenga un significado único ni estable. La familia se convierte en un campo para la disputa política donde la legitimidad de las diferentes estructuras sociales, sean tradicionales o en surgimiento, es propuesta y cuestionada de una manera proporcional. Esto se ve reflejado en el planteamiento de las diná- micas en las que el tejido social se desarrolla en su nivel más básico, integrando el libre desarrollo de la personalidad individual con los límites que encuentra tanto en la legalidad establecida por las instancias legislativas como en la misma aceptación del cambio por parte de la sociedad. En los casos donde el cambio no es acogido por una parte importante de la población se generan procesos de discriminación sistemáticos; pero si el rechazo viene de una parte pequeña de la población, lo que se percibe es una renovación de la diversidad nacional. Esta institución se transforma en el vehículo de transmisión cultural más importante, preservando las herencias sociopolíticas de la historia o modificándolas según se requiera. Uno de sus aspectos más importantes es su facultad pedagógica en materia de construcción de lo público y lo privado, condicionando a los individuos a trabajar como grupo hacia determinados fines, que en su mayoría tienen carácter productivo, y organizando un comportamiento sujeto a las autoridades necesarias para la administración de 155 11 156 los asuntos locales (principalmente el Estado) y privados (Oliva Gómez y Villa Guardiola, 2014). La forma de construir una familia en la actualidad puede entenderse desde un ejercicio de correlación de tres instancias primordiales en el proceso de moldear parentescos: la biología (el aspecto que aborda la capacidad fisiológica de reproducirse sexualmente y la posterior agrupación entre los miembros de la misma línea genealógica), la elección (la facultad que tiene una persona de organizarse con otros seres humanos y establecer vínculos familiares a partir de las relaciones psicoafectivas y los intereses que sostengan el núcleo familiar) y la voluntad (la autonomía que tienen las personas para decidir si quieren construir o asociarse a un grupo familiar y cómo hacerlo, del mismo modo que se decide si se quiere tener herederos biológicos o adoptivos, escogiendo libremente el mecanismo más acertado para llegar a tal fin). En el marco del artículo 42 de la Constitución Política de Colombia de 1991 se entiende a niveles generales como una entidad conformada por dos personas de sexos diferentes, se ve entonces discutida y replanteada para que represente las prácticas sociales actuales, sin ningún tipo de discriminación. Esto es absolutamente necesario si se consideran los factores que contribuyen a un enriquecimiento social y cultural (Butler, 2007) coherente con las políticas alrededor de los derechos humanos implementadas por el gobierno actual. Siendo la familia entonces una unidad de referencia social, el matrimonio se establece como una acción que busca mantener la continuidad social (López, 2012). Por esto, la aprobación del matrimonio igualitario (homosexual) en el caso de las personas que se autoreconocen como parte del sector poblacional LGTBI representa un avance muy importante en materia de la organización de familias homoparentales. Este proceso de “legalidad” incluso tuvo un mayor peso político que la aprobación para la adopción igualitaria, aunque la institución de la familia colombiana no sólo admite sino que espera la presencia de niños en su composición. Con este proceso se han empezado a romper los paradigmas heteronormativos impuestos por las instituciones religiosas y políticas que dejaron su huella en el modo de pensar de los colombianos y, en especial, la forma de legislar. En particular, la Corte Constitucional de Colombia ha emitido diferentes fallos que le dan reconocimiento y fortaleza legal a las formas de familia Facultad de Ciencias de la Comunicación - Fundación Universitaria Los Libertadores homoparentales en materia de patrimonio familiar, protección pensional, de lenguaje, de inclusión, o antidiscriminatorio (Caro, 2015). Pero estos avances aparentes también suponen varios retos. Como plantea Robaldo, “el hacer familia para las parejas homosexuales se logra desde una matriz distinta a la heterosexual y fuera de la heteronormatividad” (Robaldo, 2011). Es decir que sí existe una urgencia para que la familia como herramienta conceptual o socio jurídica aplique para todos los casos existentes o por conformarse. Al ir en contra de la concepción tradicional y hegemónica de familia, las nuevas configuraciones de esta institución deben soportar su propia validez en diferentes estudios médicos, antropológicos y científicos. Después de todo, es importante que la familia no sea considerada una persona o figura jurídica, sino una institución social que tiene el derecho de administrar los derechos y deberes de sus miembros (Barrero, 2014), y que en este ejercicio reproduce personas y ciudadanos autorreferentes de sus propias formas de organización sexual y biológica (Galán, 2008). evidencia de un goce efectivo de los derechos individuales o colectivos. Resultados Otro aspecto que debe tenerse en cuenta es la falta de interés que existe en promover políticas de reconocimiento de la diversidad. Aunque la Corte Constitucional haya logrado proveer las diferentes herramientas jurídicas necesarias para que las familias homoparentales pudieran ser constituidas, no hay un esfuerzo pedagógico para entender las particularidades de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género no hegemónicas, en especial sobre el hecho de que la aprobación del matrimonio o la adopción igualitaria son el resultado de un proceso de demanda para que la existencia de identidades homosexuales fuese visibilizada (López, 2012). Por último, también está el hecho de que, al ir en contra de la concepción tradicional y hegemónica de familia, las nuevas configuraciones de esta institución deben soportar su propia validez en diferentes estudios médicos, antropológicos y científicos, en especial en todo lo que involucra procesos con menores de edad por cualquier medio pertinente. Esto porque a la luz de la ley colombiana se debe garantizar la protección de los derechos de los niños y niñas por encima de los intereses de un adulto. En el caso de las familias homoparentales, los resultados han sido, a la fecha, positivos (Caro, 2015) pero esto no es En la entrevista de los expertos que para la presente investigación fueron Juan Felipe Rivera y Natalia Piza, el primero es abogado y se desempeña como asesor jurídico de Colombia Diversa y la segunda es comunicador social y también es funcionaria de la misma organización. En la entrevista manifestaron que el primer obstáculo como consecuencia del reconocimiento como a familia a hogares conformados por personas del mismo sexo, son las instituciones entra las que mencionaron la Procuraduría General de la Nación por conductas burocráticas y arbitrarias en el ejercicio de sus funciones administrativa, que consiste en los multiplicar subprocesos no existentes dentro de un proceso que busca el disfrute del derecho de las familias LGTBI, entre estas instituciones se encuentra el ICBF y como ejemplo de este obstáculo se encuentran los procesos de adopción en los cuales se aumentan las familias LGTBI los tramites y documentos para acceder a este derecho, en temas migratorios, de seguridad social en salud y en pensiones. El segundo obstáculo, que establecí por medio del instrumento, son los 11 157 158 imaginarios o estereotipos sociales negativos que giran en torno de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, esto implica que cada decisión que se tome en el seno de la familia va a traer consecuencias para sus miembros, esto lo identifique por medio del ejemplo. La decisión de cuál de las dos mamás (si son lesbianas) o papás (si son gays) va al colegio a reunión de padres y desempeñando que rol, el de mamá aunque sea hombre o el de papá si es mujer. Estos estereotipos van a causar por parte de la sociedad una conducta de reproche, asco o discriminación ante cualquier muestra de afecto normal de una pareja. Una gran oportunidad que se tiene son los medios de comunicación (…) el tema de diversidad sexual, de familias homosexuales, ya ocupa un espacio importante en la agenda de los medios más importantes del país. El tercer obstáculo es la Procuraduría, ya que familias LGTBI están siendo invisibilizadas por esta entidad, y al no poder materializar sus derechos reconocidos en las sentencias por las omisiones de los agentes del Estado Colombiano, no cuenta con la acción disciplinaria como medio de control para la garantía de sus derechos. El cuarto obstáculo es el poder político, según lo manifestado por el publicista Elkin a partir de su experiencia de convivencia en unión marital de hecho con su compañero del mismo sexo por más de 20 años, afirmó que para finales de la década de los años noventa se encontraba afiliado al régimen contributivo de salud, en condición de beneficiario de su compañero y en el periodo del presiente Uribe, lo desafiliaron arbitrariamente dejándolo sin protección en salud y sin recibir explicación alguna. Las oportunidades que se encontraron a través de la aplicación del instrumento fueron las siguientes: La primera oportunidad es la importancia que pueden ejercer los medios de comunicación, incluyendo todas las redes sociales, para que por medio de estrategias de comunicación sensibilizar, concientizar y educar a la ciudadanía Colombiana respecto de la problemática de discriminación, que aun aqueja a la comunidad LGTBI. Esta situación se establece por medio de la entrevista a Natalia Piza: para el 17 de mayo del año en curso, Colombia Diversa realizó una campaña en contra de la homofobia, que consistía en que cada persona LGTBI que quisiera, por vía electrónica (página de Facultad de Ciencias de la Comunicación - Fundación Universitaria Los Libertadores la entidad) le escribía una carta a otra persona que en ciertas situaciones de la vida lo o la había discriminado por motivo de la identidad sexual. La entidad registro la elaboración de más de 300 cartas y en su mayoría iban dirigidas a integrantes de sus familias (papás, mamás, hermanos, primos o tíos, entre otros), lo cual nos permite afirmar que en la mayoría de los casos, el primer lugar en donde las personas de diferente identidad sexual vive una experiencia de discriminación es al interior de su familia, y en segundo lugar, en recibir mayor cantidad de cartas fueron las instituciones prestadores de servicios relacionados la protección de derechos fundamentales. Los funcionarios de Colombia Diversa entrevistados manifestaron que una gran oportunidad que se tiene son los medios de comunicación, esto ha implicado que el tema de diversidad sexual, de familias homosexuales, ya ocupa un espacio importante en la agenda de los medios más importantes del país y eso por un lado permite el cubrimiento de las decisiones judiciales históricas en referencia a la comunidad LGTBI, y al mismo tiempo hay una gran oportunidad en la realización de campañas publicitarias direccionadas a garantizar la igualdad. En definitiva, se evidenció claramente, por medio de los entrevistados, un reto grande en lo que tiene que ver con el disfrute efectivo de los derechos reconocidos en las sentencias y la situación actual de la Comunidad LGTBI, ya que se detectó una ruptura entre las sentencias emitidas por la Corte es decir el reconocimiento del derecho y cumplimiento de estas por medio de las entidades que materializan la protección del derecho. Conclusiones Esta investigación la constante omisión por parte del legislador en Colombia en material de temas referentes a la diversidad sexual. Se configura violación de los derechos por parte del legislador por tener a la ciudadanía en un limbo legal al guardar silencio respecto de los derechos que le asisten a las familias conformadas por parejas del mismo sexo, realidad sociales evidente en el contexto, social, cultural, política y jurídico en Colombia. La acción de tutela se convirtió en un instrumento ordinario para la protección de derechos fundamentales y se contraviene su finalidad, que tiene que ver con carácter subsidiario y excepcional tal como lo consagra el art. 86 CPN. Para el reconocimiento de los derechos de las fa- 11 159 160 milias LGTBI la acción tutela se convirtió en la regla general y no en la excepción. Así se haya extendido la protección a las familias homosexuales, la familia clásica, heterosexual y monogámica sigue siendo el modelo ideal, así se puede observar en el contexto social, cultural (incluyendo los medios de comunicación), jurídico y político. La familia es identificada como una institución de gran importancia a nivel social, político, legal y cultural en el contexto actual. De esta manera la afirmación que hace el artículo 42. De la Constitución Política de 1991 “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad” sigue vigente, es aceptada y reconocida por la sociedad Colombiana. Desde la perspectiva cultural, la construcción mental en la sociedad colombiana del concepto de familia, se consolida a través del vínculo del matrimonio, que surge como un modelo de conformación de la misma. En consecuencia, aunque las uniones maritales de hecho están protegidas por la ley, hay un imaginario negativo de las mismas, esto establecido a partir del precedente constitucional. Además, se logró constatar que aunque existe un principio en el artículo 7 de la Constitución que reconoce la diversidad desde la óptica del Estado, por el contrario la realidad cultural de- muestra que los asuntos concernientes a género e identidad sexual, quedan asignados a los lineamientos de moralidad social y de creencias religiosas. De este modo, continúan predominando los prejuicios negativos respecto a todo lo que contravenga los modelos tradicionales de sociedad y familia. Respecto al goce de los derechos por parte de la comunidad LGTBI, se ve claramente que en relación a la igualdad no hay una efectiva garantía de esta prerrogativa por parte de Estado. Lo anterior , teniendo en cuenta que en los últimos años este grupo se ha visto enfrentado a múltiples luchas judiciales para el goce de derechos, especialmente, en relación al reconocimiento como familia, y los derechos que de esto se derivan, entre los que se encuentran: derecho a tener una familia y no ser separado de ella, derecho a la unidad e intimidad familiar y sexual, prohibición de discriminación en razón a de condición o conducta sexual, reconocimiento de las uniones maritales de hecho de parejas homosexuales, régimen patrimonial entre compañeros permanente homosexuales, libre desarrollo de la personalidad, derecho a la autonomía y autodeterminación, asistencia alimentaria entre compañeros permanentes homosexuales, derecho a la verdad, Facultad de Ciencias de la Comunicación - Fundación Universitaria Los Libertadores justicia y reparación, subsidio familiar, beneficios de las indemnizaciones de SOAT, visita íntima a compañeros permanentes homosexuales privados de la libertad, derecho a adoptar y matrimonio homosexual. Desde la perspectiva cultural, la construcción mental en la sociedad colombiana del concepto de familia, se consolida a través del vínculo del matrimonio, que surge como un modelo de conformación de la misma. Todas estas controversias única y exclusivamente derivadas a una orientación sexual diferente, lo cual hace notar que en Colombia existe discriminación desde la ley hacia estas nuevas formas de familia. Para finalizar, se deja claro con lo anteriormente expuesto, que hay una invisibilización social, política y jurídica hacia la comunidad LGBTI, ya que no se promueven leyes que permitan que este sector de la población disfrute de todas las garantías constitucionales y legales que existen en el país. Por el contrario, la acción de tutela se ha convertido en el instrumento aliado de esta población para promover y defender sus derechos. Referencias ■■ Barrero, N. S. (2014). El concepto de familia en el siglo XXI. Ponencia-Foro Nacional de Familia. Bogotá, D.C., Cundinamarca, Colombia: Ministerio de Justicia. ■■ Butler, J. (2007). El género en disputa. Barcelona: Ediciones Paidós Ibérica, S.A. ■■ Caro, A. C. (2015). Del concepto jurídico de familia en el marco de la jurisprudencia constitucional colombiana: un estudio comparado en américa latina. Bogotá: Facultad de Derecho-Universidad Católica de Colombia. ■■ Galán, J. I. (2008). (Homo) sexualidad y familia: cambios y continuidades al inicio del tercer milenio. Madrid: Universidad Complutense de Madrid. ■■ Oliva, E., y Villa, V. J. (2014). Hacia un concepto interdisciplinario de la familia en la globalización. Justicia Juris, Universidad Autónoma del Caribe, 11-20. ■■ Robaldo, M. (2011). La homoparentalidad en la deconstrucción y reconstrucción de familia. Aportes para la discusión. Punto Género No. 1, 171-183. 161 11