Download incapacidad temporal vs incapacidad permanente concepto y

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
INCAPACIDAD TEMPORAL VS
INCAPACIDAD PERMANENTE
CONCEPTO Y APLICABILIDAD
Dra. Ana Teresa Alvarado Guevara
Especialista en Medicina Legal
Departamento de Medicina Legal
Poder Judicial
Incapacidad temporal (IT)
Concepto de IT.
La Incapacidad
Temporal (IT) en nuestro
medio tiene una
connotación tanto en el
ámbito laboral como
legal, los cuales son los
medios donde mas
frecuentemente se
aplica.
Ø 
Definición según el Código De Trabajo
En su capitulo 4 articulo 223 el cual nos brinda la
siguiente definición:
Incapacidad temporal, la constituida por la pérdida
de facultades o aptitudes que imposibilita al
trabajador para desempeñar el trabajo por algún
tiempo.
Esta incapacidad finaliza por alguna de las siguientes
circunstancias:
Ø 
Finalización de (IT)
Ø 
Ø 
Ø 
Ø 
1. Por la declaratoria de alta, al concluir el
tratamiento.
2. Por haber transcurrido el plazo que señala el
artículo 237.(articulo derogado)
3. Por abandono injustificado de las prestaciones
médico - sanitarias que se suministran.
4. Por la muerte del trabajador.
Reglamento de Incapacidades de la
CCSS
Ø 
Incapacidad temporal por enfermedad: Período de
reposo ordenado por los médicos u odontólogos de
la Caja o médicos autorizados por ésta, al
asegurado directo activo que no esté en posibilidad
de trabajar, por pérdida temporal de las
facultades o aptitudes para el desempeño de las
labores habituales u otras compatibles con ésta, con
el fin de propiciar la recuperación de la salud,
mediante el reposo del asegurado (a) activo (a) y
su reincorporación al trabajo, el cual genera el
derecho a obtener el pago de un subsidio o de una
ayuda económica.
Reglamento de Incapacidades de la
CCSS
Estos derechos que están sujetos a los plazos de
calificación establecidos en el Reglamento del Seguro
de Salud.
La naturaleza y el sentido de la incapacidad parte
de la acreditación, por valoración del médico
competente, de que la persona está afectada por
una disminución o alteración de sus capacidades
normales físicas o psíquicas que le impiden la
realización normal de su trabajo, de ahí que
temporalmente se suspende para el asegurado (a)
activo (a) su obligación de presentarse a laborar.
Reglamento de Incapacidades de la
CCSS
1. 
2. 
Con el fin de que
reciba el tratamiento
adecuado y guarde el
reposo necesario para
su recuperación.
En ningún caso se
otorgará una
incapacidad a una
persona sana, aunque
fuere para cuidar a un
paciente enfermo.
Características del beneficio
Ø 
1) Contributiva, es
decir, destinada a
personas que están
contribuyendo al
mantenimiento del
sistema (INS, CCSS,
aseguradoras).
Existen algunas
excepciones: casos
amparados por el
Estado.
Características del beneficio
Ø 
2) Periodo de
carencia. Ejemplos:
embarazo y
enfermedades
comunes.
Características del beneficio
Ø 
3) Situaciones
determinantes de
incapacidad temporal
serán debidas a
enfermedad común o
profesional y a
accidente, sea o no de
trabajo.
Características del beneficio
Ø 
4) Cualquier situación
de incapacidad que
no sea debida a
enfermedad o
accidente no es
susceptible de
protección por IT.
Características del beneficio
Ø 
Ø 
5) La incapacidad temporal se puede prolongar
mientras el trabajador reciba asistencia medica.
Alta médica: Es el juicio clínico o acto que emite el
médico o los médicos sobre la condición de un
paciente que está bajo su cuidado y
responsabilidad, el cual determina que, finalizado
el tratamiento médico el paciente está en
condiciones de reincorporarse nuevamente a sus
labores habituales y su problema de salud por el
cual ha estado incapacitado ha sido resuelto.
Características del beneficio
Ø 
Ø 
Por la curación del enfermo.
Si se hubiese finalizado por agotarse las
posibilidades terapéuticas sin que se hubiese
alcanzado la curación, y después de su finalización
persistieran circunstancias incapacitantes, la
prestación destinada a proteger a ese trabajador
no sería ya la incapacidad temporal, sino la
incapacidad permanente, prestación que
abordaremos más adelante.
Características del beneficio
6) Rendida por la CCSS o instituciones avaladas
En este caso el galeno lo que da es una
recomendación de incapacidad que posteriormente
debe ser aprobada por la CCSS según lo establecido
en el reglamento.
Las recomendaciones de incapacidad también pueden
ser emitidas por las aseguradoras, médicos del
sistema de Medicina Mixta, médicos privados en el
extranjero, así como por los centros autorizados por el
Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA).
Ø 
Características del beneficio
Ø 
Ø 
El asegurado que haya recibido la recomendación
de reposo tiene 1 día hábil para gestionar la
incapacidad ante la CCSS. En casos excepcionales
se admiten hasta 5 días.
La CCSS puede admitir, modificar o rechazar esa
recomendación
Situaciones que afectan el beneficio
Ø 
Ø 
Ø 
Cuando hay simulación de una enfermedad
La incapacidad fue otorgada por complacencia o
medió la entrega de una dádiva.
Cuando se utilicen boletas o talonarios sustraídos, o
se compruebe la falsificación del documento.
¿Cómo es el proceso de anulación?
Ø 
Hay que seguir el debido proceso en sede
administrativa a cargo del director médico: traslado
de cargos, acceso al expediente, plazo razonable
para la defensa y resolución final fundamentada.
Se admiten los recursos de revocatoria y apelación
en subsidio.
Acerca de las incapacidades
prolongadas
Capitulo VI
¨  Artículo 50º. —De los pacientes con períodos de
incapacidad mayores a 6 meses.
¨  De acuerdo con lo indicado en el artículo 35º de
este Reglamento, en aquellos casos en que un
asegurado (a) activo (a) tenga más de ciento
ochenta días (180) de incapacidad continua ó más
de ciento ochenta días (6 meses) de incapacidad
discontinua, en los últimos 12 (doce) meses
calendario.
¨ 
Acerca de las incapacidades
prolongadas
Artículo 51º. —De los pacientes con períodos de
incapacidad mayores a 12 meses.
¨  Los casos en que los períodos de incapacidad
continuas o discontinuas superen trescientos sesenta
y cinco (365) días, dentro de un período de dos
años, incluida la nueva incapacidad, deben ser
analizados por la Comisión Local Evaluadora de
Incapacidades, con el fin de ratificar su procedencia
y evaluar al asegurado (a) activo (a) bajo criterios
médico- administrativos, incluyendo el criterio del
médico o médicos a cargo, por solicitud de la
Comisión.
¨ 
Estandarización de la IT
CAPITULO IV De las incapacidades otorgadas en
medicina general y especialidades
Artículo 30º. —De los días de incapacidad por
enfermedad para medicina general para las
patologías más frecuentes en consulta externa.
Ejemplos.
Cefalea .............................................. hasta 3 (tres).
Ojo y sus anexos. ............................... hasta 4 (cuatro).
Otitis. ................................................ hasta 3 (tres).
Enfermedades odontológicas...........
hasta 3 (tres).
LA INCAPACIDAD PERMANENTE (IP)
Cuando la incapacidad es previsiblemente definitiva.
Articulo 223 del Código de Trabajo:
v  Incapacidad menor permanente, es la que causa
una disminución de facultades o aptitudes para el
trabajo, consistente en una pérdida de capacidad
general, orgánica o funcional, que va del 0,5% al
50% inclusive.
LA INCAPACIDAD PERMANENTE (IP)
Incapacidad parcial permanente, es la que causa
una disminución de facultades o aptitudes para el
trabajo consistentes en una pérdida de capacidad
general, orgánica o funcional igual o mayor al 50%
pero inferior al 67%.
v  Incapacidad total permanente, es la que causa una
disminución de facultades o aptitudes para el
trabajo, consistente en una pérdida de capacidad
general, orgánica o funcional, igual o superior al
67%.
v 
LA INCAPACIDAD PERMANENTE (IP)
Gran invalidez; ocurre cuando el trabajador ha
quedado con incapacidad total permanente y
además requiere de la asistencia de otra persona,
para realizar los actos esenciales de la vida:
Caminar, vestirse y comer.
v  La muerte.
v 
Según el Código de Trabajo
Artículo 224.- Capitulo V Baremo
v  Para los efectos de este Código, se adopta la
siguiente tabla de impedimentos físicos. Los
porcentajes de impedimento que se señalan en los
incisos de esta tabla, del 1 al 38, inclusive, se
refieren a pérdidas totales o parciales, y se
establecen de manera tal que el porcentaje
superior corresponde al miembro más útil y el
inferior al menos útil. Los porcentajes corresponden
a pérdida o disminución de la capacidad general,
con las excepciones indicadas.
v 
Según el Código de Trabajo
En los demás incisos de la tabla de valoración de
los porcentajes superior e inferior, se determinan
con base en la gravedad de las consecuencias del
riesgo ocurrido
Perdidas
%
Por la desarticulación
interescapulotoráxica
70-80
Por la desarticulación del
hombro
65-75
Según el Código de Trabajo
Artículo 52°—De las referencias a la Comisión
Calificadora del Estado de Invalidez.
v  Si la Comisión Local Evaluadora de Incapacidades,
producto del análisis que realiza a los casos que
presentan incapacidades continuas mayores a
trescientos sesenta y cinco (365) días, o aquellas
que en un plazo menor, se determina la persistencia
de un estado incapacitante, con escasas
posibilidades de reincorporación al .
v 
Según el Código de Trabajo
Comisión Calificadora del Estado de Invalidez, previa
verificación de que éste cumple con el requisito, según
lo establecido en el artículo 6° del Reglamento del
Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). Se
establece la obligatoriedad del paciente para
presentarse a ser valorado por la Comisión
Calificadora del Estado de Invalidez dentro del plazo
establecido.
Según el Código de Trabajo
En caso de que el
trámite de pensión por
invalidez sea rechazado
el paciente deberá
continuar incapacitado, si
existe criterio médico
para ello, sin menoscabo
de los trámites
administrativos de
apelación que el
paciente pueda realizar.
Reglamento del Seguro de Invalidez,
Vejez y Muerte (IVM)
Requisitos para pensionarse por Invalidez
Artículo 8º
Para efectos de este Seguro se considerará inválido el
asegurado que, por alteración o debilitamiento de su
estado físico o mental, perdiera dos terceras partes o
más de su capacidad de desempeño de su profesión,
de su actividad habitual o en otra compatible con su
capacidad residual, y que por tal motivo no pudiere
obtener una remuneración suficiente, todo a juicio de
la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez.
Reglamento del Seguro de Invalidez,
Vejez y Muerte (IVM)
También se consideran inválidos las personas que sean
declaradas en estado de incurables o con pronóstico
fatal que aún ante la posibilidad de realizar algún
trabajo, razones de conveniencia social o de
humanidad, justifiquen a juicio de la Comisión
Calificadora el otorgamiento de una pensión.
En estos casos la resolución deberá ser aprobada por
la Junta Directiva, a propuesta de la Gerencia
respectiva.
Reglamento del Seguro de Invalidez,
Vejez y Muerte (IVM)
En todo caso el derecho
de pensión se supedita a
que el estado de
invalidez se origine en
fecha posterior a la de
ingreso a este Seguro.
Características de IP
1) Contributiva (al igual que la IT), aunque existen
regímenes con excepción. Ej: Regimen No contributivo.
Personas que han tenido capacidad para el trabajo y
la han perdido.
2) La calificación como incapacitado permanente
puede proceder después de haber estado sometido al
tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta
médicamente. Ello quiere decir que durante el periodo
en que el enfermo o accidentado está sometido a
tratamiento de cualquier índole con expectativas
razonables de recuperar la capacidad funcional.
Características de IP
3) Habrá de presentar reducciones anatómicas o
funcionales graves: lo suficientemente graves, en
cualquier caso, como para determinar una disminución
o (en el peor de los casos) anulación de su capacidad
laboral.
Características de IP
NO entrara a consideración una disminución parcial o
total de la capacidad para realizar las funciones de
la profesión que habitualmente se ejerce, pero
conservando una capacidad funcional residual que
permita dedicarse a otras actividades Productivas.
Ej: pianista concertista con amputación de dos dedos
de su mano dominante que puede dedicarse se ser
profesor de música
Características de IP
4) El hecho de que tales
reducciones anatómicas
o funcionales hayan de
ser susceptibles de
determinación objetiva
es un requisito.
Uso de baremos.
5) Carácter definitivo.
De los montos de las pensiones
Monto de las pensiones por vejez e invalidez de la
CCSS
Artículo 23º
La pensión por vejez o invalidez se calculará con base
en el promedio de los últimos 240 salarios o ingresos
mensuales, devengados y cotizados por el asegurado,
actualizados por inflación, tomando como base el
índice de precios al consumidor.
Para el INS
ü 
ü 
Incapacidad Menor Permanente: Cuando el médico
establece que el trabajador tiene un porcentaje de
pérdida de su capacidad general. Renta mensual
por 5 años, o el pago del total de las rentas de una
sola vez, cuando el monto a pagar no exceda el
establecido por el Régimen.
Incapacidad Parcial Permanente: Adelanto de una
suma equivalente a 1 año de renta. Décimo tercer
mes, previa solicitud y estudio socioeconómico.
Extensión de rentas por períodos de 5 años previo
estudio socioeconómico. Ajustes anuales de renta.
Para el INS
ü 
ü 
Incapacidad Total y Permanente: Adelanto de una
suma equivalente a 1 o 2 años de renta. Seguro de
enfermedad con la Caja Costarricense del Seguro
Social. Pago del décimo tercer mes de renta. Ajustes
anuales de renta.
- Gran Invalido: Plus a la renta establecida.
Asignación de una suma para la adquisición de
vivienda y pagar el Seguro de Incendio. Adelanto
de una suma equivalente a 1 o 2 años de renta.
Seguro de enfermedad con la Caja Costarricense
del Seguro Social. Pago del décimo tercer mes de
renta. Ajustes anuales.
Para el INS
Beneficios en caso de muerte del Trabajador: Asimismo,
bajo el Régimen de Riegos del Trabajo, los familiares
cuentan con los siguientes beneficios:
ü  Seguro de enfermedad con la Caja Costarricense del
Seguro Social.
ü  Extensión de renta para estudiantes hasta los 25 años
de edad.
ü  Adelanto de una suma equivalente a 1 año de renta.
ü  Extensión de rentas por períodos de 5 años.
ü  Pago de décimo tercer mes de renta.
ü  Ajustes anuales de renta.
Régimen No Contributivo
Los ingresos deben ser inferiores o iguales a la línea
de pobreza, o a la línea de pobreza familiar
ampliada, según corresponda
Artículo 5
CASOS POR PARALISIS CEREBRAL
PROFUNDA, AUTISMO, MIELOMENINGOCELE O
CUALQUIER OTRA ENFERMEDAD OCURRIDA EN LA
PRIMERA INFANCIACON MANIFESTACIONES
NEUROLOGICAS EQUIPARABLES EN SEVERIDAD.
Régimen No Contributivo
Ar t. 6 b.- Personas
inválidas: Son aquellas
personas que por
debilitamiento de su
estado físico o mental
h aya n p e r d i d o d o s
terceras partes (67%) o
más de su capacidad
general.
Muchas Gracias