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Diplomado en Salud Pública
y Salud Familiar 2004
AUTORAS:
Laura Frías
Jacqueline Saldivia
INTRODUCCION
Nos parece de suma importancia abordar un “tema–problema” que no es considerado o
tomado en cuenta, ni en lo cotidiano de nuestro que hacer laboral, ni a esferas más altas
como las Legislativas. Nos referimos al resguardo de la intimidad
y/o privacidad de
nuestros pacientes.
Creemos que existe descuido en la protección de la intimidad, privacidad y confidencialidad
en lo que se refiere a la asistencia de los usuarios externos por parte del Equipo de Salud, a
todo nivel, pero para efectos de este Ensayo, lo analizaremos desde el punto de vista de la
Atención Primaria.
Además, creemos que no existen normas que regulen este derecho de los pacientes en
Chile.
Diplomado en Salud Pública
y Salud Familiar
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Módulo I: Tendencias en Salud Pública: Salud
Familiar y Comunitaria y Promoción
OBJETIVOS
Analizar el resguardo de la privacidad, intimidad y confidencialidad hacia nuestros
pacientes por parte de Equipo de Salud de Atención Primaria.
Analizar la normativa existente relacionada con el cumplimiento de este Derecho de los
Pacientes.
DISCUSIÓN
Se comenzará por definir algunos términos que ayudarán a unificar criterios y a
entender mejor como se ha abordado el tema.
•
PRIVADO
:
Intimo, que se realiza en estricta familiaridad .
Personal o particular de cada cual (1)
•
INTIMIDAD:
La parte más secreta y personal de los asuntos de uno o de
su familia. (1)
•
CONFIDENCIA: Confianza. Revelación secreta
Cosa intima o secreta que se comunica.
Que se hace o se dice en confianza o con seguridad recíproca entre
dos o más personas.
•
ETICA:
Conjunto de principios y normas morales que regulan las actividades
Humanas. (1)
-
Sócrates : la define con relación a la pregunta de ¿cómo debo comportarme?
-
M. Zurro: disciplina teórico-práctica que estudia los comportamientos libres de las
personas explicando metódicamente, con razones y a la luz de principios universales
de por qué una acción es buena o mala, correcta o incorrecta. (2)
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•
BIOETICA:
Este concepto se inicia en los comienzos de los años setenta, con el
informe Belmont, en el cual se propusieron tres principios:
-
Autonomía : procedimiento del consentimiento informado en la investigación con
seres humanos.
-
Beneficencia : ponderación de riesgos y beneficios.
-
Justicia : Bien social.
Este informe no contempla directamente la ética clínica. Con posterioridad se agrega el
principio de la no maleficencia, respeto a la vida del paciente.(2)
•
DEONTOLOGIA: Conjunto de reglas que regulan las relaciones de los médicos entre
ellos, entre sus enfermos o entre la sociedad y ellos. (2)
En todas las sociedades se refleja en mayor o menor medida el interés de los
humanos por la preservación de la exposición o de la observación por parte de los demás de
aquello que nos es más propio o íntimo en la esfera de lo personal y familiar, tanto en el
aspecto físico como mental, por ejemplo: el cuerpo, objetos personales, comportamiento
físico, intelectual, psicológico y emocional...
La intimidad es un Derecho Humano fundamental de primera generación consagrado
en la Declaración Universal de Derechos Humanos desde 1948. El derecho a la intimidad
representa la protección del paciente en el entorno inmediato, frente a la intromisión no
deseada de otras personas, sobre su información personal y privada (4). Los equipos del
área medica, son especialmente sensibles a estas cuestiones en el campo de la salud y de
la enfermedad, terreno en el cual son variadas las situaciones y actuaciones que afectan el
cumplimiento de este derecho.
En este mismo aspecto es preocupante la protección o resguardo
de la
confidencialidad de aquella información que pudiera proporcionar a otros ciertos datos
personales que son considerados privados (3).
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Por lo general, según M. Zurro, el paciente o usuario externo acude a los Centros
de Salud con una o varias demandas, sobre las cuales hay una expectativa previa de
resultado. Además acude con ansiedades concretas: miedo a tener algo malo, a que se le
haga daño,
que sus problemas sean conocidos por otros, a no ser escuchados ni
comprendidos y que el personal de salud no sea o sea poco competente. Por lo tanto se
hace necesaria una especial atención por parte de las administraciones y de los equipos de
salud para lograr y asegurar una atención satisfactoria a los usuarios del sistema público.(3)
En la protección a la intimidad del individuo, corresponde primeramente diferenciar
dos conceptos que encuentran tratamiento en la bioética : Privacidad y Confidencialidad.
•
La privacidad: Se refiere al ámbito restringido de información, que administra todo
sujeto respecto de su vida personal. Puede aludir a la privacidad:
- Física: de utilizar el espacio íntimo.
- Decisional: de expresar libremente la voluntad individual.
- Dominial: De mantener la discreción en el uso de las cosas.
•
La confidencialidad: Constituye reglas, derechos, códigos, leyes y normas
profesionales. (5)
El mantenimiento de la confidencialidad y privacidad de los pacientes implica a la
Historia Clínica en primera instancia la que debe estar custodiada de forma adecuada,
permaneciendo accesible únicamente al personal autorizado.
Hasta hace poco tiempo la Ficha Clínica era un documento al cual el usuario no
tenía acceso. Hoy
existe en trámite legislativo un Proyecto de Ley sobre “Deberes y
Derechos de las personas en salud” el que dice en el artículo 14° lo siguiente: “El paciente
tiene derecho a acceder y a revisar su Ficha Clínica, ya sea personalmente o por medio de
sus representantes, y a obtener copia de todos o parte de los datos en ella consignados”.
“En caso de fallecimiento este derecho puede ser ejercido por sus herederos“, sin precisar
qué se entiende por herederos ni a cuantas generaciones comprende. (6)
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También hay que considerar la privacidad, entendida como intimidad, en el
momento de la realización de la anamnesis y de la exploración física, al dar información a
los familiares y/o acompañantes del paciente, en las conversaciones de pasillos, en las
conversaciones telefónicas, los interfonos abiertos y al compartir información clínica entre
integrantes del Equipo de Salud.
Es probable, que debido a la alta presión asistencial existente en los centros de
salud y a las deficiencias en la planta física de los establecimientos asistenciales se vean
infringidos ciertos aspectos de la privacidad. Por ejemplo: consultas profesionales que son
interrumpidas por otros funcionarios o un box de atención intercomunicado, donde los relatos
de los pacientes pueden ser oídos por terceros. Además se debe tener en consideración la
relevancia de ciertos actos como el compartir información relativa a los pacientes sin su
consentimiento.
Otro punto sensible es el que se refiere a la confidencialidad en los menores de
edad. Los menores se tienen que considerar como receptores de la información, por lo tanto
deben ser tratados con todos los derechos. Esta es la norma fundamental a tener en cuenta,
contrariamente a la tendencia que hay en algunos ámbitos a reclamar la presencia de los
padres o tutores. Estos últimos se consideran si los menores no son competentes ni
intelectual ni emocionalmente para comprender el alcance de la intervención en su propia
salud.
Otros aspectos a tomar en cuenta y que merecen discusión por parte del equipo de
salud son:
-
Confidencialidad en personas con enfermedades graves: ¿se le dice al afectado o a la
afectada que tiene cáncer? ¿se le informa sólo a los familiares y ellos deciden?
-
Confidencialidad en personas con enfermedades mentales ¿cuánto de Secreto
Profesional contarle a los familiares?
-
Confidencialidad y los jueces: Secreto Profesional v/s Deber de testificar.
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Primero considerar la opinión del afectado cuando es posible.
Pedir al juez que se exima al profesional de salud del Deber de Confidencialidad.
Se puede exigir dar sólo la información que afecte al proceso judicial y no más. Dar
información directa al Juez( no a otros funcionarios del Poder Judicial) recordándole que
queda obligado a mantener la reserva de la información entregada.
-
Confidencialidad y la intercomunicación entre niveles asistenciales : Buscar mecanismos
para intercambiar información con el permiso del paciente.
-
Considerar elementos estructurales para el cumplimiento del derecho a la privacidad
confidencialidad e intimidad física.
•
Box o consultas intercomunicadas, no hay paredes que las separe.
•
Paredes demasiado finas.
•
Teléfonos en el mostrador de recepción (todos escuchan la conversación telefónica
donde sale mucha información privada).
•
El fax es un elemento donde sale y llega información altamente sensible, el que a
menudo está ubicado en un lugar de acceso al público. Muchas veces por fax se
envía
información clínica sin tener las seguridad de que el receptor es quien
nosotros creemos. (7)
•
Las Salas de Espera y las filas: tienen que estar alejadas de las consultas, las colas
tienen que tener líneas separadoras que eviten compartir información. Si hay que
hablar de información sensible se debe ir a un espacio cerrado.(7)
-
La confidencialidad también se tiene que mantener tras la muerte de la persona. La
muerte de un paciente no libera de guardar el secreto profesional. (7)
En relación a la parte legislativa, el ordenamiento jurídico para los profesionales de
la salud en Chile se diferencia de gran parte de países modernos y algunos
latinoamericanos, puesto que carece absolutamente de regulaciones sobre la actividad
médica y los derechos de los pacientes.(8)Actualmente existe un Proyecto de Ley sobre los
Derechos del Paciente que está prácticamente paralizado desde el 2001 en el Parlamento.
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En Derechos relativos a la Privacidad en materia de Salud, el artículo 12° dice lo siguiente:
Todo paciente tiene derecho a la privacidad y confidencialidad de toda la información
relacionada con su salud. Las instituciones que manejen información de sus pacientes
deberán respetar siempre este derecho, a menos que una resolución judicial disponga
fundadamente lo contrario (8). Este derecho incluye:
1. El derecho a la privacidad personal.
2. El derecho a la confidencialidad de enfermedades, diagnósticos, tratamientos o
cualquier otro aspecto de su afección.
3. El derecho a la confidencialidad de su ficha o historia clínica.
4. El derecho a rehusarse a hablar o dar información a otras personas que no sean
quienes lo atiendan directamente.
5. El derecho a que su expediente sea leído solamente por aquellos que están
involucrados en su tratamiento o los encargados de supervisar la calidad de éste.
6. El derecho a que toda consulta o mención de su caso sea hecha discretamente y que
no haya gente presente que no esté involucrada en su tratamiento (8) (9).
A diferencia de Chile, en otros países como España, Argentina, Uruguay
Honduras, Perú, Puerto Rico y Estados Unidos, entre otros, existe legislación al respecto.
Como ejemplo podemos mencionar algunos derechos similares considerados en estos
países y que algunos los incluyen en su Carta de Derechos y Deberes del paciente:
- El paciente tiene derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin
que pueda ser discriminado por razones de tipo social, económico, moral o ideológica. (10)
- El paciente tiene derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su
proceso, incluso el secreto de su estancia en centros y establecimientos sanitarios, salvo
por exigencias legales que lo hagan imprescindible (10)
- Las actividades docentes requerirán asimismo consentimiento expreso del paciente.
- El paciente tiene derecho al correcto funcionamiento del los servicios asistenciales y
administrativos y a que la estructura de la institución proporcione las condiciones
aceptables de habitabilidad, higiene ,alimentación ,seguridad y respeto a su intimidad. (10)
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En algunos centros de salud de España existe en las salas, donde se reúnen los
profesionales, un poster denominado “Poster Interno” que dice así:
1. EVITAR INTERRUMPIR una consulta si no es estrictamente necesario.
2. EVITAR ENTRAR en la consulta sin llamar antes a la puerta y esperar la respuesta.
3. Mantener CERRADAS LAS PUERTAS de las consultas, pasillos...
4. EVITAR hacer LLAMADAS TELEFONICAS, ni en las consultas (mientras hay alguien) ni
en recepción
(la recepción es un espacio donde hay que tener especial cuidado al
intercambiar informaciones).
5. EVITAR COMENTARIOS PROFESIONALES con los usuarios fuera del ámbito de la
consulta.
6. Procurar siempre la máxima discreción en la COMUNICACIÓN INTERPROFESIONAL
(también dentro de la consulta, no hacer comentarios de un paciente delante de otro)
7. NO ESCRIBIR
ningún dato sobre el estado de salud en la tapa de la historia clínica.
8. NO DAR ninguna INFORMACION PERSONAL O SANITARIA de ningún paciente a
cualquier persona ajena al equipo, ni a los familiares. La excepción es por imperativo
legal.
9. Garantizar la seguridad y CONFIDENCIALIDAD de datos en el TRATAMIENTO
INFORMÁTICO y en el traspaso de datos al ordenador.
10. NO DEJAR A LA VISTA documentos que contengan información sobre los usuarios
(atención especial en el despacho de urgencias, atención continuada, papeleras,
contenedores de papeles, faxes....)
11. NO UTILIZAR LOS NOMBRES de los pacientes en las sesiones clínicas, sólo dar los
nombres cuando sea necesario para su seguimiento.
12. Estar ABIERTO A LA REFLEXIÓN personal y de grupo es fundamental para crear el
clima de intimidad y confidencialidad deseable.
También existe un “Poster Interno” dirigido a los usuarios externos, pero no viene al caso
en este análisis por lo que sólo se menciona como un dato más.
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CONFIDENCIALIDAD Y PRIVACIDAD EN LA PRÁCTICA CLÍNICA
A continuación se darán algunos ejemplos de situaciones que suelen ocurrir en los
centros de atención:
1. En ventanilla de SOME:
Funcionario: Y usted para qué quiere hora a matrona?
Usuaria
: En voz más baja responde “no me ha llegado mi regla”.
Otras usuarias conversan en la fila: “Seguro que está embarazada, pobre vecina,
tengo que contarle que su hija andaba pidiendo hora para matrona...
2. En box de atención:
Funcionario 1: Oye, ¿qué le pasaba a la Sra. Rosa P. que salió llorando?
Funcionario 2: Descubrió que su marido le fue infiel y para más remate su hija
menor está embarazada...
3. En Box intercomunicados:
Funcionaria 1: Sra. María ... su hija tiene algo que decirle (está embarazada).
Hija
: Mamá.....estoy embarazada...
Funcionaria 2: Entra a calentar agua para tomar café....”permiso salgo de
inmediato”....
4. En secretaría:
Funcionaria al teléfono: Llamo porque la Sra. Juana R. tiene un examen alterado,
tiene que venir a matrona lo antes posible.
Usuaria en espera de un funcionario comenta a acompañante: ¿qué tendrá la Juana
R., estará embarazada, tendrá una infección o tendrá cáncer...?
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5. En box intercomunicados:
Usuaria : No pude venir la semana pasada... perdí mi bebé.... llanto...
Box de al lado: Funcionarias que terminaron de atender sus citados.
Conversación amena y risas...
Funcionaria atendiendo: Les pide que bajen la voz... lo hacen pero igual se
escucha el cuchicheo....
6. En secretaría:
Teléfono descolgado, usuario en espera de respuesta... Dos funcionarios
conversando: Si... al Sr. Luis Z. lo tuve que mandar al hospital, no me da buena
espina, para mí que tiene cáncer.
7. En box intercomunicados:
Enfermera : intentando hacer una conserjería a paciente hipertenso mal control.
En box de al lado niño llorando a gritos...
8. En modulo dental (de tres pacientes):
Paciente : muy incómoda.
Dentista : le pregunta qué le pasa.
Paciente : Es que al lado está un vecino y no quiero que se entere que me estoy
poniendo prótesis...
9. En box maternal intercomunicados:
Usuaria acude por primera vez a matrona, está muy nerviosa y le da vergüenza
desvestirse. Se logra tranquilizar y se sube a la camilla... Cuando matrona está a
punto de examinarla, se tensa al escuchar voces en el box de al lado.... Matrona tiene
que empezar de nuevo ....
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10. En box enfermería intercomunicados:
Enfermera: haciendo un control de lactancia materna.
Paciente : con mamas descubiertas aprendiendo la técnica correcta..
Box de al lado: atención de médico a usuaria que anda con menor de seis años que
pasa al otro box...
11. En box dental:
Paciente incómoda por andar con falda y frente a ella está la puerta donde entra y
sale técnico dental. Puerta da al mesón donde se da hora y al pasillo de espera de
los demás usuarios...
12. En box de atención médica:
Paciente adulta mayor tendida en camilla para ser examinada.
Entra funcionaria avisando a médico que tiene una llamada...
Camilla frente a la puerta y no hay cortina ni biombo de protección....
Médico sale a contestar la llamada...
13. En box intercomunicados:
Atención a usuario interno.
Se cierran puertas con seguro, se ponen biombos y se avisa que nadie interrumpa....
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CONCLUSIONES
•
A diario en tanto en los centros de atención de salud suceden situaciones como las
mencionadas, donde los principios básicos de la ética
profesional simplemente se
olvidan o se tienen presentes para algunos casos y para otros no.
•
No existe mucha información sobre este Derecho; gran parte de lo encontrado fue a
través de sitios web. La mayoría se refiere a la confidencialidad de la Ficha Clínica, de la
información que entrega el (la) paciente. No se pudo encontrar algo más concreto sobre
el Derecho a la Intimidad Física, ni siquiera en lo legislativo esto sólo es mencionado
como “derecho a resguardar la privacidad física”.
Esto es lo que menos se cumple por ser tan obvio, a pesar de ser parte de la ética y de la
formación profesional.
•
Este “rompimiento” o “escaso resguardo ” de la privacidad ,de la confidencialidad y de la
intimidad física se puede cometer consciente o inconscientemente .
•
Se deben adecuar las acciones y las consultas (box) para facilitar la privacidad,
garantizarla y destacarla.
•
Las atenciones odontológicas en Módulos Dentales son un procedimiento que favorece la
alta productividad disminuyendo los costos, pero no favorece la intimidad del paciente y
tampoco la confidencialidad de la información entregada por lo menos tratándose de
pacientes adultos que deben relatar situaciones privadas como ser portador de alguna
patología especifica que ponga incomoda a la persona. Hay que preguntarse qué siente
el (la) paciente al ser examinado(a) rodeado(a) de tanto personal y de otros pacientes.
•
Es necesario unificar criterios, tanto a nivel legislativo como a nivel local.
•
Es un tema que tampoco es abordado en Salud Familiar.
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RECOMENDACIONES
Todas las situaciones discutidas en este ensayo referentes al descuido en la privacidad y
confidencialidad pueden cambiar si existe disposición como funcionarios involucrados. Es así
como se recomienda:
•
En los Centros de Salud y más aún, los CESFAM; no deben existir box intercomunicados
a no ser que cuenten con un sistema de cierre cuando así se requiera.
•
Una forma útil de trabajar el tema en los equipos de Atención Primaria es organizar
sesiones de debate en reuniones de Sector, reuniones por Estamentos, reuniones
Clínicas, reuniones del Consejo de Desarrollo Local y en Estudios de Familia entre otros.
•
De estas reuniones debería obtenerse como producto una guía o pauta a seguir por el
Equipo de Salud que favorezca el Derecho a la Privacidad.
•
Se sugiere que los Equipos de Salud se planteen las siguientes preguntas entre otras:
¿Cómo se atienden las llamadas?
¿Cómo se dan los informes?
¿Cómo se comentan los casos de los pacientes en las sesiones?
¿Qué información tenemos que compartir?
¿Cómo van las interrupciones?
¿Se hacen diferencias al atender a un usuario interno y a uno externo?
¿Existen elementos para resguardar la intimidad física de nuestros pacientes?
•
Deben existir biombos, pestillos o seguros para las puertas, cortinas, box o consultas
individuales
•
Implementar señales éticas, ejemplo en puertas de box o en salas de reuniones “NO
INTERRUMPIR”.
•
Hay que incluir aspectos de confidencialidad y privacidad en los planes de acogida de los
nuevos funcionarios, aunque sean suplentes.
•
Considerar el tema de la Privacidad en la construcción de los nuevos Centros de Salud y
en las remodelaciones de plantas físicas en uso.
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•
Visualizar que con el avance de la tecnología, va a ser necesario considerar en un futuro
nada lejano, la confidencialidad en la historia clínica electrónica. La mecanización tiene el
peligro de permitir un rápido acceso a grandes volúmenes de información que puede
transportarse en un simple disquete.
•
La Legislación debería normar respecto de la informatización de la información clínica.
•
Se debería implementar un sistema de buzón de voz para no interrumpir la atención.
•
Se debe convertir la confidencialidad en un hábito.
•
Los Centros de atención en Salud deben garantizar la privacidad del paciente externo e
interno, tanto visual como auditiva, hacia y desde otros establecimientos.
“La confidencialidad es un derecho del usuario, una obligación de los
profesionales y un compromiso por parte de la organización.”
“Es mucho más difícil equivocarse por callar que por hablar”
“Todo lo anterior va en directa relación con mejorar la calidad de la atención en nuestros
lugares de trabajo y depende principalmente de nosotros - Funcionarios de Salud ”
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BIBLIOGRAFÍA
1. Grijalbo M. “Gran Diccionario Enciclopédico Ilustrado”. Barcelona- España. Litografía
Rosés S.A.
2. Martín Zurro A y Caro Pérez J.F. “Atención Primaria, conceptos, organizaciones y
práctica clínica” Vol I y II Harcout.
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España. Pág.2-4.
www.asociacionmedicaperuana8k.com/Asesoría_Jurídica
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www.aaaba.org.ar/bi170p19.htm
“Primeras Jornadas Nacionales de Bioética y Derecho” Buenos Aires Argentina.
Págs.1-2
www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext.Chile
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www.scmfic.org/scmfic/atach/CAST confidencialit.at2.pdf.España
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www.medilex.cl/proyecto2htm.Chile
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