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CONTRATO DE SERVICIOS CON CENTROS ODONTOLOGICOS
ENTRE:
De una parte, el SEGURO NACIONAL DE SALUD (SeNaSa), entidad pública,
autónoma, creada para administrar los Riesgos de Salud de los afiliados. Legalmente
establecida por la ley No. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social
(SISALRIL) con el numero 0052-2002, con su domicilio y asiento en la calle
Presidente González No. 19, Ensanche Naco, de la ciudad de Santo Domingo. Distrito
Nacional: debidamente representada por su Directora Ejecutiva, DRA
ALTAGRACIA GUZMAN MARCELINO, dominicana, mayor de edad, medico,
portadora de la cedula de identidad y Electoral No. 001-0786496-9, domiciliada y
residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; designada mediante
Resolución del Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud, CoSeNaSa, en fecha
22 de septiembre del año 2004; quien en lo adelante y para fines del presente contrato
se denominara El SeNaSa, LA ARS o por su nombre completo.
De la otra parte,_______________________________________________, institución
constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, habilitada por la
SESPAS con el numero_________________, con su domicilio y asiento social sito en
la___________________________________________________________________,
debidamente representada por su ______________________________, el Dr. (a).
_____________________________________________, dominicano(a), mayor de
edad, portador(a) de la cedula de identidad y electoral No._____________________,
domiciliado(a) y residente en la calle ___________________________No.________,
de la provincia _________________________________, quien en lo adelante y para
fines del presente contrato se denominara EL CENTRO, CENTRO
ODONTOLOGICO O EL PRESTADOR.
PREAMBULO:
POR CUANTO: el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), al amparo de la ley No.8701, es la institución encargada de la administración del riesgo de salud de la población
de los Regimenes Contributivo, Subsidiado y Contributivo Subsidiado que se afilia a
través del Estado Dominicano.
POR CUANTO: Que el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), como Administradora
de Riesgos de Salud es la responsable de establecer una red de prestadores de servicios
de salud que garantice una atención integral a sus afiliados, la cual debe organizarse
por niveles de atención, priorizando un Primer Nivel como puerta de entrada.
POR CUANTO: El CENTRO:_____________________________________, es un
centro odontológico facultado por la Secretaria de Estado de Salud Publica y
Asistencia Social (SESPAS) para prestar servicio de salud en territorio dominicano, de
acuerdo con los registros anexos al presente contrato.
POR CUANTO: Tanto el SeNaSa como EL CENTRO, de mutuo acuerdo, desean
suscribir este contrato de prestación de servicios de salud, sin que ello represente una
relación de empleador-empleado.
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POR CUANTO: A que para mejor interpretación de lo pactado en presente contrato
se dan las siguientes definiciones:
AFILIADO: Significa la selección de una persona, junto a sus dependientes legales, al
SeNaSa como su administradora de riesgo de salud para los beneficios del plan básico
de salud o cualquier otro plan complementario, y que es elegible para recibir los
servicios contenidos en dichos planes. En ocasiones, durante el transcurso de esta
relación contractual, podríamos referirnos a un afiliado como beneficiario.
ADMINISTRADORAS DE RIESGOS DE SALUD (ARS): son las entidades
públicas, privadas o mixtas, descentralizadas con patrimonio propio y personería
jurídica autorizadas por la Superintendencia de Salud de Riesgos Laborales para
asumir y administrar de riesgo en la provisión del Plan Básico de Salud (PBS) a una
determinada cantidad de beneficiarios.
CODIGOS: Se refiere a los caracteres utilizados para el registro de la información
relacionada con el uso de servicios de salud por parte de la población afiliada. Estos se
asignaran a las entidades nosologicas, a los procesos practicados a los pacientes, a los
medicamentos y al material gastable utilizado. Estas codificaciones permiten
identificar los recursos utilizados en el proceso de atención con el fin de conocer los
resultados de la misma, los costos de la prestación de servicios y el desempeño de los
servicios de salud, además de ser un insumo importante para la planeación de la
atención. En el SDSS se utilizan prioritariamente los códigos de la Clasificación
Internacional de Estadística de las enfermedades, 10 revisión (CIE -10)
CONTRATO: Herramienta legal utilizada para poner en practica los objetivos de la
política sanitaria y mecanismos de coordinación que permitan asignar recursos en base
a resultados, separando los interés de los prestadores de los intereses de los afiliados.
DIRECCION DE INFORMACION Y DEFENSA DEL AFILIADO (DIDA):
Dependencia pública de orientación, información, asesoria y defensa de los afiliados,
así como supervisión desde el punto de vista del usuario del SDSS. Creada por la ley
No. 87-01.
EMERGENCIA: Se refiere a la manifestación de una condición en la cual el paciente
debe recibir atenciones inmediatas.
FACTURACION: Procedimiento mediante el cual los prestadores someten las
cuentas de cobro por los servicios prestados a los afiliados.
MANUAL DEL PRESTADOR: Se refiere al manual de políticas y procedimientos
que rigen las prestaciones de Servicios Cubiertos a los afiliados, el cual será previsto
por el SeNaSa a los Prestadores Participantes. El mismo especifica los mecanismos de
identificación de los usuarios, de las autorizaciones de servicios, de la facturaciones de
los tiempos de pagos, de las auditorias medicas (revisiones de utilización, manejo de la
calidad, el manejo de los casos), entre otras. El Prestador está obligado a cumplir con
los mandatos del Manual de Prestador el cual se anexa y es parte de este contrato.
MEDICAMENTO NECESARIO: Se refiere al tratamiento médico o quirúrgico que
requiere un afiliado, el cual es determinado por un Odontólogo asociado al SeNaSa, de
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acuerdo a las prácticas médicas o quirúrgico que prevalecen al momento del
tratamiento.
CENTRO ODONTOLOGICO: Se refiere al Centro contratado para prestar
servicios a los pacientes afiliados al SeNaSa.
PLAN DE BENEFICIOS: Conjunto de prestaciones, actividades, procedimientos y
servicios garantizados por el SeNaSa a los afiliados. En el caso del Seguro Nacional de
Salud, nos referimos al Plan Básico de Salud (PBS), al Plan de Servicios de Salud
(PDSS), o cualquier otro plan complementario adquirido por el afiliado.
PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD- PSS: Personas físicas o entidades
públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería
jurídica, habilitada por la SESPAS, dedicadas a la provisión de servicios de salud.
PROGRAMA DE MANEJO DE UTILIZACION Y MANEJO DE LA CALIDAD
(UM/QM PROGRAM): Se refiere a los estándares, políticas, procedimientos,
actividades y funciones desarrolladas o requeridas por el SeNaSa para monitorear la
utilización y la calidad de los Servicios Cubiertos que son entregados a los Afiliados,
incluyendo pero no limitado a, autorizaciones previa de Servicios Cubiertos,
Acreditación y certificación de prestadores, revisión de pares y procedimientos de
apelación y quejas de los prestadores.
RECLAMO INDIVIDUAL DE SERVICIOS (RIS): es el conjunto de datos que
identifican las actividades de salud que se les practican a las personas y constituyen el
soporte de información para la adecuada gestión de riesgos. Los RIS hacen parte de los
soportes de la facturación de las PSS, con el fin de garantizar un adecuado flujo de esta
información.
SERVICIOS NO CUBIERTOS: Aquellos a los que no tiene derecho un afiliado
dentro del Plan Básico de Salud o el PDSS, tal como están descrito en el catalogo de
prestaciones de salud aprobado y publicado por el CNSS y la SISALRIL, o que no se
encuentran en la cobertura del Plan Complementario que haya seleccionado o el
afiliado.
SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL (SDSS): Conjunto de
instituciones públicas, privadas y mixtas, recursos físicos y humanos, normas y
procedimientos que realizan y que rigen las actividades de seguridad social, que están
creadas por la ley No.87-01.
SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
(SESPAS): Entidad superior, rectora del Sistema Nacional de Salud.
SEGURO FAMILIAR DE SALUD (SFS): Conjunto de prestaciones cubiertas por el
SDSS con la finalidad de proteger la salud física y mental del afiliado y su familia.
SUPERINTENDENCIA DE SALUD Y RIESGOS LABORALES (SISALRIL):
Entidad estatal, autónoma, con personería jurídica y patrimonio propio, que representa
al Estado Dominicano en la función de velar por el estricto cumplimiento de la Ley
que crea Sistema Dominicano de Seguridad Social y sus normas complementarias.
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POR TANTO: Y en el entendido de que el preámbulo que antecede forma parte
integral del mismo las partes:
POR TANTO: y en el entendido de que el preámbulo que antecede forma parte
integral del mismo las partes de mutuo acuerdo.
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO: OBJETO DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene por objeto definir los compromisos, las responsabilidades,
los mecanismos de acceso, verificación y los pagos que otorgara el SeNaSa al
CENTRO ODONTOLÓGICO ASOCIADO por los servicios cubiertos contenidos
en el/los Plan (es) de Beneficios que se entreguen a los afiliados elegibles en las
facilidades del prestador, así como el marco y dinámica de las relaciones entre las
partes.
ARTICULO SEGUNDO: DEL AMBITO DE EJECUCION.
El ámbito de ejecución del presente contrato de las prestaciones de servicios de salud
correspondiente a los afiliados elegibles del SeNaSa a través del Régimen
Contributivo del SDSS se hará en toda la geografía nacional.
ARTICULO TERCERO: DE LOS SERVICIOS A LOS AFILIADOS.
El Centro Odontológico acuerda prestar servicios de salud a los afiliados al SeNaSa
de diferentes formas:
a) Conforme a lo pactado en el presente contrato;
b) Conforme al Manual de Prestador;
c) Con todos los demás estándares, políticas y procedimientos que puedan ser
establecidos entre las partes
PARRAFO: El Centro Odontológico se compromete a entregar a los afiliados al
SeNaSa los siguientes servicios de salud:
1. Promoción y Prevención:
1.1- Promoción y difusión a través de stickers, brochures, educación para la salud
dental.
1.2.- Información y educación.
1.3.- Consultas preventivas, terapia fluorada.
1.4.- Consultas de urgencias odontológicas (24 horas).
1.5.- Consultas a niños de 2 a 14 años de edad.
1.6.- Consultas a mujeres embarazadas de prevención de caries.
1.7.- Aplicación de Cariostáticos.
1.8.- Instrucción de higiene oral (IHO).
1.9.- Control de placas bacterianas.
1.10.- Profilaxis.
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2.- Diagnóstico:
2.1 Llenado de fichas clínicas o anamnesis.
2.2 Examen Clínicos.
2.3 Biopsia por punción o aspiración.
3.- Tratamientos:
3.1 Obturación amalgama, cavidad simple.
3.2 Obturación amalgamas, cavidad compuesta o compleja.
3.3 Extracción de cuerpo extraño.
3.4 Extracción dentaria.
3.5 Sellantes de fosas y fisuras.
3.6 Tratamientos de Gingivitis.
3.7 Recubrimiento Directo / Indirecto.
4.- Radiografías
4.1 Periapicales
5.- Cirugías
5.1 Extracción a Colgajos
5.2 Extracción tercer molar. Simple y complejo
5.3 Extracción de dientes temporales.
5.4 Exodoncia simple
6.-Periodontales
6.1 Raspaje y Curetaje Por Cuadrante
6.2 Gingivectomia
6.3 Gingivoplastia
6.4 Hipersensibilidad Dental
7. Resina Foto Curable
7.1 Clase I
7.2 Clase II
7.3 Clase III
7.4 Clase IV
7.5 Clase V
7.6 Reconstrucción Borde Inscisal
7.7 Restauración Preventiva
ARTÍCULO IV: OBLIGACIONES DEL CENTRO ODONTOLOGICO: Dentro
de las obligaciones que ha contraído EL CENTRO se encuentran:
1.- Dedicar el tiempo y la atención necesaria para la prestación de servicio competente
y efectivo a los afiliados de acuerdo a los estándares de calidad y rendimientos
reconocidos por la comunidad médica, que sean aceptados o establecidos por el
SeNaSa.
2.- Mantendrá en su consultorio todas las facilidades, el equipamiento, el personal
clínico y administrativo que sea necesario para prestar los servicios de salud con que
se ha comprometido por medio de este contrato.
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3.- El CENTRO, no suspenderá los servicios a los afiliados de manera unilateral, sin
la notificación previa por escrito al SeNaSa.
4.- El CENTRO acuerda cumplir y mantener vigente su habilitación dada por la
SESPAS, así como su acreditación con las sociedades especializadas y las entidades
que funcionen para estos fines, al igual que con las que el SeNaSa requiera.
5.- Acuerda participar y cooperar en todos los aspectos con la aplicación del Programa
de Medición, manejo de la utilización y Manejo de la Calidad que defina el SeNaSa y
que se definan por la SESPAS. la SISALRIL o a través del CNSS; y acepta aplicar
todas las estrategias que le comunique el SeNaSa con respecto al programa.
6.- Permitirá que tanto el SeNaSa como cualquier delegado de éste o de la SISALRIL
pueda revisar los expedientes de los afiliados así como la data y cualquier otra
información requerida, y los planes para los que es contratado tal y como ha sido
definido por el SeNaSa. Al igual acepta corregir las deficiencias encontradas en las
auditorias de calidad de acuerdo al plan acordado con el SeNaSa.
7.- Para hacer una remisión a un afiliado, EL CENTRO cumplirá con todos los
procedimientos establecidos por el SeNaSa y que son descritos en el Manual del
Prestador, el cual, forma parte integral del presente contrato.
8.- Acuerda prescribir los medicamentos del listado farmacéutico desarrollado o
adoptado por SeNaSa que se anexa al presente contrato; y que será notificado por éste
cada vez que esté disponible. Asimismo, acuerda prescribir los mismos en su
denominación común internacional o genérica, utilizando el recetario del SDSS
cuando el mismo esté oficialmente en uso.
9.- Se compromete a prestar servicios odontológicos los afiliados conforme con lo
establecido en el Manual del Prestador, siguiendo en todo caso las directrices en
cuanto a los métodos, las formas y los protocolos clínicos que se establezcan en este
contrato. En los demás casos preferirá las guías y protocolos de las sociedades
especializadas o que haya adoptado la SESPAS, siendo en última instancia responsable
del manejo de los Afiliados.
10.- En los casos en que EL CENTRO deba someter un Plan de Tratamiento a un
afiliado, deberá dar cumplimiento a lo descrito en el Manual del Prestador, el cual será
tramitado a través de los auditores médicos del SeNaSa. Si no hubiese acuerdo entre
las partes, las decisiones que emanen del SeNaSa serán finales y aceptadas por el
Odontólogo.
11.- El CENTRO para el control de infecciones, se compromete a seguir los
lineamientos y procedimientos establecidos por las autoridades de la SESPAS, por lo
que reportará por los canales establecidos por ésta, todas las enfermedades de
notificación obligatoria que dicho organismo establezca, enviando siempre una copia
de la misma al SeNaSa. Ver Manual de Bioseguridad. Anexo
12.- Durante la vigencia del presente contrato o después de su terminación, el
odontólogo se cohibirá de solicitar o motivará a los afiliados el SeNaSa, sea de manera
verbal o escrita o por cualquier otro medio que se desafilien o que seleccionen otra
administradora de riesgos de salud.
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13.- EL CENTRO se compromete a garantizar que sus odontólogos Mantengan
vigente la Póliza del Seguro de Mala Práctica Médica mientras dure su relación
contractual con el SeNaSa. En los casos donde el Seguro de Mala Práctica sea una
obligación exigida por las autoridades de la SESPAS el no poseer dicha póliza, lo
excluye automáticamente de esta contratación.
14.- EL CENTRO se compromete a garantizar que sus odontólogos participen en los
programas de Educación Odontológica Continuada, obligatorio para su especialidad
según las leyes y las normativas vigentes, y los que sean definidos por sus respectivas
sociedades odontológicas especializadas, a los de mantener las competencias y
habilidades clínicas y quirúrgicas estándares para el ejercicio de la profesión médica
de manera actualizada.
15.- Durante la vigencia de este contrato, EL CENTRO cumplirá con las políticas y
procedimientos establecidos por el SeNaSa, y que van de acuerdo con las establecidas
por las autoridades de salud y del SDSS, incluyendo sin limitación las políticas y
procedimientos relacionadas con las revisiones de expedientes por parte del SeNaSa
o de los delegados de ésta, revisiones de la utilización de servicios por los afiliados,
procedimientos de quejas y calidad de la atención. EL CENTRO cooperara con
cualquier procedimiento administrativo que haya sido adoptado entre el SeNaSa y la
SISALRIL en relación con la provisión de los Servicios Cubiertos a los afiliados
definidos en el PDSS, el PBS o cualquier Plan Complementario que se registre ante la
SISALRIL
16.- EL CENTRO notificara por escrito al SeNaSa, en un plazo no mayor de (5) días,
de cualquier evento o situación que pueda interferir adversamente con el cumplimiento
de lo pautado en este contrato.
17.- EL CENTRO, prestara los servicios contratados con el SeNaSa, sin dilación,
rechazo o cualquier otro tipo de discriminación por razones de raza, etnia, religión,
origen, nacionalidad, edad, sexo, orientación, preexistencia de condiciones
odontológicas, discapacidades físicas o mentales y capacidad de pago; excepto en los
casos que algunas de estas circunstancias incida de manera significativa en la
prestación y el cuidado apropiado del paciente.
18.- Suplir al SeNaSa, o cualquiera de sus representantes de las informaciones
necesaria tales como, nombre, dirección, No de teléfono, tipo de practica y su
disposición de aceptar nuevos pacientes y cualquier otra información pertinente, para
cualquier tipo de anuncios, material de mercadeo o relaciones publicas desarrollado
por El SeNaSa, dicha información deberá ser entregada en un plazo no mayor de siete
(7) días.
19.- No usar, autorizar
ni permitir que ninguno de sus empleados, agentes o
representantes use directa o indirectamente de manera verbal en comunicación escrita
o por cualquier otro medio. Los nombres, logos, marcas de servicios marcas
comerciales, direcciones, números telefónicos o cualquier otra información de
identificación. Del SeNaSa, excepto con la previa autorización escrita de SeNaSa.
20.- Acuerda crear y mantener los record Odontológicos, de acuerdo a los
requerimientos de las leyes, reglamentos y normativas complementarias y que cumplan
con los estándares de la práctica odontológica.
21.- EL CENTRO entiende, que los expedientes médicos pertenecen a los pacientes y
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son custodiados por éste y que a solicitud del Afiliado o del SeNaSa los record físicos
deberán ser entregados a cualquiera de estos que lo solicite por escrito, conservando en
todo momento una copia del mismo.
22.- Mantener los expedientes o records de los pacientes archivados por un período de
siete (7) años por lo menos después de haberle prestado un Servicio Cubierto; y los
expedientes o records de un menor de edad deberán permanecer archivados por lo
menos un (1) año después de que el mismo cumpla los dieciocho (18) años; en ningún
caso el periodo podrá ser menor de siete (7) años.
23.- Mientras dure el presente contrato y por los períodos definidos en el Numeral 9,
El CENTRO, permitirá el acceso del SeNaSa o cualquiera de sus representantes, para
fines de auditar cualquier servicio prestado a uno de los Afiliados que haya recibido
servicios. Ver ficha clínica anexo
24.- Se compromete a no divulgar ni de forma oral, escrita, ni por ningún otro medio la
información odontológica, de afiliación o administrativa, que se derive de
la
relación con ninguno de los pacientes afiliados al SeNaSa, excepto en las condiciones
descritas en este contrato, o por la orden de las autoridades judiciales competentes, o al
menos que sirviera para el tratamiento del mismo.
25.- El CENTRO entiende que su relación contractual con el SeNaSa le permite
acceso a información confidencial de los pacientes así como de sus planes por lo que
acuerda que toda la información contenida en este contrato, sean estas de los
mecanismos de prestación, formas de pago o tarifas al igual que la información de los
Afiliados, no podrá ser divulgada por este ni de manera verbal, escrita o por ningún
otro medio.
ARTÍCULO V: OBLIGACIONES DEL SeNaSa. Dentro de las obligaciones
asumidas en el presente contrato por El SeNaSa, se encuentran: la supervisión,
monitoreo y evaluación de los servicios de salud otorgados por el Odontólogo, a fin
de garantizar la entrega adecuada y oportuna de las prestaciones del Plan de Beneficios
y la correcta ejecución de lo contratado, así como la entrega de los recursos
financieros necesarios.
PARRAFO: El SeNaSa se compromete mediante el presente contrato a:
1.-) Pagar al CENTRO por el valor correspondiente al servicio prestado de
conformidad con la modalidad de pago acordado por las partes, en este caso Pago por
Percápita.
2.-) Suministrar a EL CENTRO al menos una vez al mes, en medio magnético, correo
electrónico o en físico, las actualizaciones de población afiliada:
3.-) Realizar seguimiento a la ejecución financiera del contrato, acorde con la
información suministrada por EL CENTRO a efecto y. en caso que sea necesario,
realizar de común acuerdo los ajustes que sean de lugar para lo cual el SeNaSa
programará reuniones periódicas:
4.-) Ejercer la supervisión, evaluación y control del presente contrato en la forma como
él queda establecido;
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5.-) Suministrar a EL CENTRO las actualizaciones del Manual del Prestador y
facturaciones de los servicios cuando estos estén disponibles;
6.-) El SeNaSa apoyará el desarrollo y fortalecimiento de los servicios necesarios para
una atención integral a sus afiliados.
7.-) El SeNaSa supervisará todo lo relativo a la calidad de la prestación de los
servicios el mantenimiento de los records odontológicos de la utilización de los
servicios que genere EL CENTRO a los afiliados. Para esto, podrá hacer visitas a las
facilidades de sus asociados o solicitar el envío de información de parte de estos.
ARTÍCULO VI: DE LA FORMA DE PAGO.
1.- el SeNaSa pagara a EL CENTRO por Per- capita, conforme las tarifas
estipuladas en el Manual Tarifario.
2.- El CENTRO Odontólogo enviara en los primeros diez (10) días del mes, una
relación detallada de los pacientes atendidos y los servicios prestados del mes anterior,
junto con los formularios de Reclamación Individual
de
Servicios
(RIS),
debidamente llenados y firmados por el afiliado. Estos servicios serán totalizados en
una sola factura de acuerdo a como se describe en el Manual del Prestador. En los
casos en que la facturación sea sometida después de los diez (10) primeros días del
mes, la misma será recibida por el SeNaSa con fecha del siguiente mes contable.
3.- El CENTRO no cobrará al afiliado por servicio prestado, excepto los servicios
excluidos del Plan de Cobertura. En los casos en que al afiliado le sea cancelada su
afiliación y el SeNaSa no informe o ponga a disposición del Centro el mecanismo de
verificación; Este tendrá derecho a cobrar al afiliado por el servicio prestado.
4.- Cualquier servicio reportado por el Centro al SeNaSa a los fines de facturación
que no corresponda con el Plan de Cobertura, no serán pagado por el SeNaSa.
5.- El sistema define un plazo de pago de treinta (30) días laborables después de haber
sido sometida correctamente una reclamación, para hacer efectivo el pago es necesario
que el SeNaSa haya recibido los recursos de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS)
de acuerdo a la Ley No. 87-0l.
6.- El SeNaSa, hará los pagos por cheques o de manera electrónica por lo que El
CENTRO le suministrará los datos de una cuenta bancaria a los fines de que dichos
pagos sean depositados en la misma.
ARTÍCULO VII: TÉRMINACION DEL CONTRATO
1.- Este contrato tendrá una duración de un (1) año contado a partir de la firma del
mismo; en caso de necesidad de ajustar las condiciones, las partes firmaran el
Addendum correspondiente. Vencido el termino del año, el presente contrato se
prorrogará automáticamente por el periodo de un año mas, y así sucesivamente, salvo
previo aviso escrito, dado por cualquiera de las partes con una anticipación de treinta
(30) días calendario antes de la fecha del vencimiento o sus prorrogas.
2.- Este contrato podrá rescindirse antes del término del mismo sin causa justificada
siempre que la parte interesada le notifique a la otra por escrito y con acuse de recibo,
en un plazo de treinta (30) días de antelación a la fecha que considere pertinente. No
obstante las partes podrán dar por rescindido el presente contrato en cualquier
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momento sin comprometer sus responsabilidades, si el mismo fuere violado, cualquier
cláusula o parte del mismo.
3.- En el caso de rescisión del presente contrato, EL CENTRO no cesará las
atenciones que se encuentre recibiendo algún afiliado y que pueda poner en peligro la
vida o la integridad de la salud del mismo, hasta tanto SeNaSa no haya culminado las
acciones de lugar para garantizar la continuidad del tratamiento con otro odontólogo.
El SeNaSa se compromete a cubrir las tarifas vigentes y los gastos en que incurra
dicho afiliado hasta su reubicación.
4.- En caso de surgir algún conflicto o discrepancia se resolverá a través de la
SISALRIL en su condición de árbitro conciliador que conocerá conforme
a
la
solicitud hecha por la parte interesada la diferencia y desacuerdo que surjan durante la
vigencia del presente contrato.
HECHO Y FIRMADO de buena fe, en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto,
uno para cada una de las partes; En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional,
Capital
de
la
República
Dominicana, a los______________días
del mes de________ del año Dos mil___________ (
).
_______________________________
Dra. Altagracia Guzmán Marcelino
Directora Ejecutiva SeNaSa
_________________________
El Centro Odontológico
Yo______________________________________________Abogado(a)
Notario(a)
Publico de los del Numero para el Distrito Nacional, miembro(a) activo del Colegio
Dominicano de Notarios, inscrito(a) bajo la colegiatura No____________:
CERTIFICO Y DOY FE: Que por ante mí comparecieron personalmente los señores,
DRA.
ALTAGRACIA
GUZMÁN
MARCELINO
y
el
Dr.
(a)
_____________________________________________, de generales que constan,
quienes me declararon bajo la fe del juramento que las firmas que anteceden fueron
puestas por ellos libre y voluntariamente y que esas son las mismas que acostumbran
usar en todos sus actos tanto públicos como privados. En la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los___________ (
) días
del mes de__________del año dos mil ___________ ( ).
_____________________________
Abogado Notario
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