Download Urgencias y Emergencias

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Especialidad de
Urgencias y Emergencias
Situación actual
Razón 1:
Legitimidad
de origen
SEMES es una organización de carácter científico fundada en 1987,
registrada formalmente, al amparo de la Ley General de Asociaciones
(Ley191/1964, de 24 de diciembre).
SEMES es la única Sociedad Científica en España, y fuera de
España, donde está reconocida y asociada con sus homónimas a nivel de
la Comunidad Europea bajo el epígrafe de EUSEM (European Union
Society Emergency Medicine), perteneciente a la UEMS (Union European
Medical Specialist), que se ocupa de todos aquellos aspectos
concernientes a la Medicina de Urgencias y Emergencias,
según consta en la diligencia de redacción de sus últimos estatutos
redactados de acuerdo con las decisiones tomadas en la
Asamblea General Extraordinaria que la Sociedad
Española de Medicina de Urgencias y Emergencias celebró el 16 de junio
de 2001 en Cádiz
Razón 2:
Contexto
internacional
La Medicina de Urgencia y Emergencias (MUE), tal y como la define la
Sociedad Europea de Medicina de Urgencias (EuSEM), es
“una especialidad basada en el conocimiento y aptitudes necesarias para
la prevención, diagnóstico y tratamiento de los aspectos urgentes y
emergentes de las enfermedades y accidentes, afectando a pacientes de
todos los grupos de edad, con todo un espectro de alteraciones físicas y
De conducta. Es una especialidad en la que el tiempo es esencial.
La práctica de la Medicina de Urgencia abarca el triaje pre e
intrahospitalario, la reanimación cardiopulmonar, la valoración inicial y
el tratamiento de urgencia hasta el alta o la transferencia de los cuidados
a otro médico o profesional del sistema de salud. También incluye
la implicación en el desarrollo de sistemas de emergencia médica
pre e intrahospitalarios”.
Importancia de la normalización y el papel de la Unión
Europea de Médicos especialistas (UEMS)
Uno de los objetivos declarados de la UE es abrir fronteras al libre flujo
de bienes, servicios, y personas, incluido el personal médico.
Organización no gubernamental.
sede en Bruselas y, en la actualidad, cuenta con 35
países miembros y representa a 39 especialidades, a través de
secciones o divisiones y grupos multidisciplinarios,
y a 1,6 millones de especialistas en Europa.
La MUE se reconoce como Sección en Octubre de 2011, y con ello
la aceptación de la MUE como especialidad de pleno derecho
dentro de la UEMS
Sistemas de Salud en Europa y Servicios de Urgencias
La Resolución 60.22 de la Asamblea de la Organización Mundial de
la Salud (OMS) establece que la atención de urgencia es una parte
esencial de la salud pública, y exhorta a los gobiernos a establecer
sistemas de atención médica de urgencias y emergencias completas
(EMHCs) que integran a la perfección la atención pre-hospitalaria con
la estabilización, triaje, y atención inmediata en el hospital.
El Manifiesto por la MUE en Europa
El Manifiesto por la MUE en Europa se publicó en 1998. El Manifiesto
proclama que la prestación de la atención de urgencia de alta calidad
es el proporcionado por médicos con formación especializada en
MUE.
Reconocimiento de Especialidades en Europa
Cuando dos quintas partes de los países de la UE reconocen una
especialidad determinada, la especialidad debe ser abordada por la
UE en su conjunto.
Reconocimiento de la MUE como especialidad en Europa
En 2012, más de tres quintas partes de los países de la UE
reconocieron la MUE como una especialidad, por lo que la MUE
puede y debe ser una especialidad oficial en todos los países de la
UE. En noviembre de 2012, la página web de la UEMS renombra la
especialidad de "Medicina de Urgencias y Emergencias" en lugar de
"Accident & Emergency Medicine.
Programa Europeo de formación en MUE
Desarrollado por el Grupo de Trabajo EuSEM, con participación de
SEMES, y se basa libremente en el Core Curriculum americano. Fue
aprobado en 2009 y se publica en la página web de la EuSEM. El plan
de estudios está diseñado para un Programa de Residencia de 5 años
Razón 3:
la orientación
del sistema al
paciente
crónico
En las últimas décadas se viene produciendo un aumento progresivo de
la población con una o más enfermedades crónicas. Este patrón
epidemiológico, que ya predijo la OMS a finales de la década de los
años 70 del siglo anterior, ha originado una aumento de la demanda de
los servicios sanitarios
Los Servicios de Urgencias juegan en este escenario un papel
fundamental, si tenemos en cuenta que agudizaciones de patologías
Crónicas son habituales de nuestros Servicios.
Los Servicios de Urgencias y Emergencias en el mundo desarrollado
Han ido creciendo en el contexto de este cambio “sociosanitario”,
ya que se han ido adaptando en origen y en su evolución
a la realidad social.
Razón 4:
Cumple
criterios
26.000.000 de consultas a SERVICIOS DE URGENCIAS HOSPITALARIOS
30.000.000 de consultas a SISTEMAS DE EMERGENCIAS MÉDICAS
Razón 5:
Gestión
asistencial
Servicios de Urgencias Hospitalarios y Sistemas de Emergencias Médicas:
- Autónoma
- Contratos de gestión propios
- Plantillas propias
- Servicios jerarquizados
- Hay abundante literatura sobre la gestión de estos Servicios.
- No se concibe una formación en esta área no acorde con
la estructura administrativa ya existente.
Real Decreto 866/2001, de 20 de julio, de Creación de la categoría de
Médico de Urgencia Hospitalaria
Workshop de Urgencias Razón 6:
Equidad en
la atención
Más de 15.000 médicos en estos dispositivos.
Formación heterogénea
La convivencia laboral y profesional entre
estos diferentes perfiles ha sido y es excelente
Colaboración con los profesionales de AP,
garantizando la continuidad asistencial
de los pacientes.
Razón 7:
Seguridad del
paciente
55%
45%
87%
13%
Sí
No
Incidente
Efecto adverso
Estudio descriptivo, longitudinal, prospectivo y multicéntrico
Realizado en 21 SUH españoles. (3854 pacientes)
Elevada evitabilidad (70%)
Es recomendable establecer medidas en el seguimiento para
Prevenir la aparición de EA.
Razón 8:
Social
Las prestaciones sanitarias públicas nos definen a qué servicios sanitarios
tiene derecho la población de un País y en un momento concreto.
OMS: Traslada al paciente la decisión: Urgencia es toda condición que, en
opinión del paciente, su familia o allegados, requiere asistencia inmediata
“Los pacientes utilizan mucho los servicios de
urgencias. En esto se ve el reflejo de una sociedad
que no sabe esperar y que busca encontrar
soluciones rápidas a los problemas de salud.
Unido a la ausencia de servicios de Salud
que atiendan en horario de tarde-noche
y de fin de semana”.
A.J.Jovell. El paciente del siglo XXI.
Anales.Vol. 29, Suplemento 3, 2006
Los SISTEMAS DE EMERGENCIAS MÉDICAS trabajan en colaboración:
-Ministerio de Asuntos Exteriores:
catástrofes humanitarias
-Ministerio del Interior:
grandes acontecimientos vía pública
La MEDICINA DE CATÁSTROFES es un ámbito diferencial de la MUE
Razón 9:
Deontológica
Código de Ética y Deontología Médica
1.999
Art. 6.2.
Siendo el sistema sanitario el instrumento principal de la sociedad para la
atención y promoción de la salud, los médicos han de velar para que en
él se den los requisitos de calidad, suficiencia asistencial y mantenimiento
de los principios éticos. Están obligados a denunciar las deficiencias,
en tanto puedan afectar a la correcta atención de los pacientes.
Art. 20.2.
Individualmente o por mediación de sus Organizaciones el médico debe llamar
la atención de la comunidad sobre las deficiencias que impiden el correcto ejercicio
de su profesión.
Art. 21.1.
El ejercicio de la Medicina es un servicio basado en el conocimiento
científico, en la destreza técnica y en actitudes éticas, cuyo mantenimiento
y actualización son un deber individual del médico y un compromiso de todas las
organizaciones y autoridades que intervienen en la regulación de la profesión.
Art. 36.3.
La Organización Médica Colegial defenderá a los colegiados que se
vean perjudicados por causa del cumplimiento de las normas de este Código.
Razón 10:
Demanda
profesional
Promoción
MIR
2.010
Estudiantes de
Medicina en
facultades
catalanas
2.008-2.009
Razón 11:
Docente
Triaje
Suturas
Inmovilización
Monitorización
Vía
aérea
Vías
periféricas
RCP
22/28 (79%) de las Facultades de Medicina en España ;enen asignatura de URGENCIAS Razón 12:
Investigación
Editadas en España
Emergency Medicine
(…)
Razón 13:
Mediáticas
“CON MÁS DE UN 70% DE APOYO”
Acuerdo de colaboración entre SEMES Y SEMERGEN
Razón 14:
Institucionales
Convenio de Colaboración SEMES - Fundación Ad Qualitatem.
Convenio de Colaboración SEMES - VADEMECUM.
Universidad de Lleida - Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias SEMES
INACEPS - Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias SEMES.
Firmado un convenio marco de colaboración entre SEMES y la Fundación General de la
Universidad de Salamanca para el desarrollo de la innovación, formación y proyectos
científicos.
Convenio con la Universidad de Cordoba. Firmado por SEMES Andalucia
La ONT y la SEMES amplian su colaboración docente a la
investigación y desarrollo de actividades científicas relacionadas
con la donación y el trasplante en las urgencias
- La participación de los profesionales de urgencias y emergencias sanitarias en la
detección de posibles donantes fuera de las UCIS, es uno de los puntos clave de la
nueva estrategia de la ONT para seguir incrementando los trasplantes en nuestro país
- La ONT también destaca el papel esencial de los profesionales de los servicios de
emergencias en el programa de donación en asistolia (parada cardiorrespiratoria)
Fuente: Nota de Prensa. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. 26 de julio de 2011
Razón 15:
No compite con
otras
especialidades
Si se crea la especialidad de MUE no se coarta la posibilidad de salida
laboral de otras especialidades, como puedan ser los Médicos de Familia
e Internistas.
El desarrollo de una especialidad es muy lento en el tiempo.
La formación Troncal, que debía haber comenzado en el año 1984, se
recoge en la LOPS en 2003, y hasta el día de hoy no se ha formalizado,
constituye precisamente un magnífico escenario para incluir la MUE
como una especialidad troncal más, como apuesta de futuro.
La MUE es una de las Cuatro especialidades generalistas
más importantes del mundo desarrollado
La petición:
que sea una
ESPECIALIDAD
PRIMARIA
Una petición desde SEMES
- Sociedad científica fundada en 1.988 con 6.500 médicos asociados
· 3.200 (51%) con CME
-  Diferentes especialidades
· 37% MFyC
· 16% Medicina Interna
· 1% Medicina Intensiva
· 2% otras especialidades MIR
· 44% sin especialidad vía MIR
-  Nexo común: trabajar en urgencias
· 94% activos en urgencias (81% SUH / 13% SEM)
· 6% Actividad laboral ajena a urgencias
- Favorables a la ESPECIALIDAD PRIMARIA
· 92% favorable
· 5% indiferente
· 2% en contra
Una petición desde SEMES
-  25 congresos nacionales de urgencias y emergencias
-  Más de 200 actividades de FMC avaladas específicas de urgencias
-  Más de 50 textos avalados y 1 tratado de MUE
-  Certificación mediante examen: (Certificado Médico de Emergencias)
-  Sistema de triaje hospitalario (Sistema Español de Triaje)
-  Modelo de acreditación de SUH y de SEM
-  Revista científica específica de urgencias y emergencias
(EMERGENCIAS)
-  Programa Nacional de Seguridad Clínica en MUE
Razón 15:
Marco Legal
Una petición en un marco legal adecuado
Ley 16/2003, de cohesión y calidad del SNS:
- Potenciación del papel de los usuarios como decisores,
- Implicación de profesionales en las reformas administrativas,
las actuaciones clínicas y la toma de decisiones basadas en la
evidencia científica.
- Artículo 15: hace referencia a la atención de urgencia
Real Decreto 1030/2006: cartera de servicios comunes del SNS.
- Anexo IV : Cartera de Servicios Comunes de prestación de
Atención de Urgencia.
- Anexo II: incluye la cartera de servicios comunes de AP
Una petición en un marco legal adecuado
Ley de 20 de julio de 1955 sobre enseñanza, título y ejercicio de las
especialidades médicas:
33 especialidades médicas, estableciéndose
Vías de formación: Cátedras, Institutos y Escuelas.
Ordenes Ministeriales de 3 de septiembre de 1969 y 28 de junio de
1971:
Regulan las categorías de Internos y Residentes.
Selección: convocatoria única de carácter nacional, 1971
Real Decreto 2015/78 de 15 de julio por el que se regula la obtención
de médico especialista.
51 especialidades y se consolidó el sistema de Médicos
Internos Residentes (MIR) y sus Programas de Formación
Real Decreto 127/1984:
Consolida Sistema MIR. Anticipa normativa europea (Art.57.3 UE)
No se hace referencia a la formación troncal.
Se crean la mayoría de las especialidades vigentes (no MUE)
Una petición en un marco legal adecuado
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, LOPS
- Íntima conexión entre el ejercicio de las profesiones sanitarias y
derechos fundamentales de las personas.
- Contextualiza la Normativa de la CEE (art. 36 CE), sobre
reconocimiento recíproco de titulaciones (Ley)
- Establece bases para que se produzcan pactos entre profesionales
y que sus praxis cotidianas evolucionen de forma no conflictiva, sino
cooperativa y transparente.
- Art. 19.2. “las especialidades en Ciencias de la Salud se agruparán,
cuando ello proceda, atendiendo a criterios de troncalidad”.
- Art.19.3. “El Gobierno determinará el título o títulos necesarios para
acceder a cada una de las especialidades, así como el tronco en el
que se integran.”
- Art. 23. hace referencia a la formación para una nueva especialización
(mismo tronco, 5 años de ejercicio profesional)
- Art. 24. hace referencia a las ACE.
Una petición en un marco legal adecuado
Podrá decidirse la inclusión en el punto 5.1.3 del anexo V de nuevas
especialidades médicas comunes como mínimo a dos quintos de los
Estados miembros con arreglo al procedimiento previsto en el
artículo 58, apartado 2, con miras a la actualización de la presente
Directiva a la luz de la evolución de las legislaciones nacionales.
MUE supera esa cifra.
Art.25.1: la admisión a la formación especializada esta supeditada a
la convalidación de 6 años (en España, de Medicina)
Importante razón para obtener la homologación con los países de
nuestro entorno.
Hasta la actualidad, España mantiene una situación alegal, dejando a un
importante colectivo fuera de la normativa vigente.
PAISES CON LA
ESPECIALIDAD DE
MUE RECONOCIDA
EUROPEOS
República
Checa
Rumanía
Bulgaria
Irlanda
Italia
Malta
Francia
Polonia
Bélgica
Eslovenia
Eslovaquia
Reino Unido
Lituania
Hungría
Estonia
Suecia
Finlandia
Algunos de
ellos:
NO
EUROPEOS
Estados
Unidos
Canadá
Australia
Nueva
Zelanda
otros 54
Una petición en un marco legal adecuado
RD 183/2008
- Determina y clasifica las especialidades y otros aspectos.
- Desarrolla la LOPS y regula aspectos de la
Formación Sanitaria Especializada.
- Actualiza el RD 127/1984
- Define como especialidades en Ciencias de la Salud por
el sistema de residencia las que figuran relacionadas en el
anexo I, clasificadas, según la titulación requerida para
acceder a ellas.
-  Deja al margen Urgencias y la opinión de SEMES
RD 1837/2008
- Transposición del Directiva 2005/36/CE. A la legislación española Art. 37
Una petición en un marco legal adecuado
LA DIFERENCIA ESTRIBA EN LA TITULACIÓN
REQUERIDA PARA ACCEDER A ELLAS
Una petición en un marco legal adecuado
Ante una demanda social, para conseguir una mayor adecuación
de la formación de los profesionales a las necesidades del SS,
a los avances científicos y técnicos, o a las disposiciones de la
CEE, el MSPS puede iniciar el trámite de establecimiento de
Nuevas Especialidades (Art.13.2.LOPS).
SEMES, que representa los intereses mayoritarios de estos
profesionales, ha seguido los procedimientos legalmente
establecidos:
Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados: solicitó la
Especialidad Primaria de MUE en el año 2007.
Programa de Formación: para los futuros residentes.
Tres ex-ministros anunciaron la creación de la MUE
La anterior titular lo hizo en sede parlamentaria
Es Alegal mantener esta situación
Artículo 2.2.
Crear la MUE como especialidad multidisciplinar, con exigencia de una
Especialidad previa:
-  Contraviene el marco normativo vigente nacional y europeo
- Directiva 2005/36/CE PE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales
- Ley 44/2003, LOPS
- RD 1837/2008 de transposición del Directiva 2005/36/CE. Art. 37
- RD 450/2005 sobre especialidades de enfermería
- RD 183/2008
-  Confunde el concepto multidisciplinar (pluridisciplinar)
-  Está fuera de la lógica asistencial
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 9 de octubre de 2013 con
vistas a la adopción de la Directiva 2013/.../UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la
que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones
profesionales y el Reglamento (UE) n° 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a
través del Sistema de Información del Mercado Interior («Reglamento IMI»)
P7_TC1-COD(2011)0435(Texto pertinente a efectos del EEE)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,Visto el Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 46, su artículo 53, apartado 1,
y su artículo 62 ▌,Vista la propuesta de la Comisión Europea,Previa transmisión del proyecto
de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,Visto el dictamen del Comité Económico y
social Europeo.
De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario
Una petición en un marco legal adecuado
El sistema MIR es el modelo que ha modernizado la
Medicina Española en los últimos 40 años y a través
del que se forman todos los especialistas
El grado de satisfacción de la administración, los
profesionales y los usuarios con nuestro sistema de
formar especialistas es alto.
Urgencias y Emergencias es una especialidad
¿ Por qué no se van a formar sus especialistas como
el resto de especialidades ?
No se pude mostrar la imagen vinculada. Puede que se haya movido, cambiado de nombre o eliminado el archivo. Compruebe que el vínculo señala al archivo y ubicaciones correctos.
DIARIO MEDICO
tribuna. Juan González Armengol
Especialidad de Medicina de Urgencias
y Emergencias: el día después
tribuna. Juan González Armengol
El Nuevo Modelo Español de Urgencias
tribuna. SEMES
El craso error de que Urgencias sea
ACE
Alegaciones de SEMES al Proyecto de
Troncalidad, ACEs y
Nuevas especialidades
Febrero de 2013
LA PROPUESTA DE LOS URGENCIÓLOGOS
“El MSSSI RECONOCE LA NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA
CREACIÓN DE LA ESPECIALIDAD DE MUE”
Art. 38. Creación de nuevos títulos de especialistas
Art 38.1.
“Se crea el título oficial de Médico Especialista Urgencias y
Emergencias Sanitarias”.
A ver si lo entiendes:
TU te encargas de trabajar,
de conciliar tu vida familiar los 247365,
de formarte, de investigar, de publicar, de pagar
de compartir el sufrimiento con los pacientes…
“YO, desde mi casa me encargaré de decidir si vales
o no para esto…..
Y de cobrarte por ello”
…”de la necesidad de que nuestro país se
sumara a los países avanzados y convirtiera de
iure lo que ya existe de facto, es decir: una
especialidad primaria denominada Medicina de
Urgencias y Emergencias.
Estoy seguro que muy pronto, una vez cumplidas
nuestras justas aspiraciones, nuestra SEMES
adquirirá al cien por cien el carácter de sociedad
científica con mayúsculas, ocupada y
preocupada por la adecuada formación de todos
los actuales y futuros urgenciólogos y por la
búsqueda de la excelencia en los ámbitos de la
docencia, asistencia e investigación”.
24 7 365
Gracias