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RECOMENDACIONES
PARA CONSENTIMIENTO INFORMADO
El consentimiento informado es un requisito previo para que
el profesional pueda realizar las intervenciones médicas o
quirúrgicas previstas como necesarias para la recuperación o
mejoramiento de las condiciones de salud del paciente, excepto en las situaciones de urgencia que no den oportunidad de
realizarlo, por prevalecer la oportuna atención médica que
prevenga o corrija condiciones graves de salud.
División Científica SCARE
L
a prueba del cumplimiento de esta obligación es cada
información al paciente y su aceptación, su rechazo o la
día de mayor valor en el desenlace de los procesos de
imposibilidad de hacerlo, puesto que es la prueba de mayor
responsabilidad médico legal, por lo que el FEPASDE considera
validez del hecho. «...el médico dejará constancia en la hisimportante recordar a los profesionales de la
toria clínica del hecho de la advertencia del
salud los aspectos más destacados y ofrecer
riesgo previsto o de la imposibilidad de haun formato genérico con un ejemplo de oftalcerlo...» (Artículo 12 Ley de Ética Médica).
«...el
médico
dejamología.
3. Recordar que en la atención de urgenrá constancia en la
cias, el médico también debe informar al
historia clínica del hepaciente o sus familiares sobre el pronósti1. La advertencia de riesgos y solicitud de
co de la patología presentada, los riesgos y
consentimiento debe ser considerado
cho de la advertencia
los efectos colaterales de las intervenciones
como un acto médico obligatorio y por
del riesgo previsto o
necesarias para su tratamiento. De ello debe
tanto lo debe realizar el médico tratante
de la imposibilidad
dejarse constancia en la historia clínica. Si
durante una consulta previa al procedino hay un rechazo explícito del paciente al
miento, dada la necesidad de disponer de
de hacerlo...»
tratamiento, se establece un consentimienun tiempo mínimo para la adecuada into implícito de éste. Si el estado mental del
formación de riesgos, aclaración de duenfermo y la ausencia de responsables de éste impiden dar
das y decisión libre del paciente. No puede ser remplazado
la información, el médico podrá adelantar el tratamiento de
por información de otra persona o por formatos de inforurgencia necesario. En los casos de emergencia en donde se
mación preimpresa.
establece una inminente amenaza de daños graves o muerte
del paciente, el médico no está obligado a la advertencia de
2. Como cualquier acto médico es muy importante registrar
riesgos para iniciar la intervención salvadora. «...el médico
en la historia clínica el momento en que se cumple con la
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queda exonerado de hacer la advertencia del riesgo previsto
en los siguientes casos: A) Cuando el estado mental del
paciente y la ausencia de parientes o allegados se lo impidan. B) Cuando exista urgencia o emergencia para llevar a
cabo el tratamiento o procedimiento médico...» (Artículo
11 Ley de Ética Médica).
4. Adicionalmente si se desea se puede hacer diligenciar un
formato de consentimiento, que lo que hace es constatar la
realización del acto médico de información obligatoria al
paciente (advertencia de riesgos) y el consentimiento para
que el profesional realice la intervención.
7. Los riesgos previstos son aquellas complicaciones que están
descritas como frecuentes en la literatura científica para el
procedimiento. Estos deben informarse todos y registrarse
en el formato y en la historia. Por ejemplo para cirugía de
catarata deberían incluirse la ruptura de cápsula posterior,
edema corneal, hifemas, endoftalmitis, deprendimiento de retina, luxación del lente intraocular, glaucoma crónico en niños, o las que se considere que por los factores predisponentes específicos puede tener el paciente.
8. Los riesgos poco previstos son aquellos que como la inducción del astigmatismo, hemorragia expulsiva intraoperatoria, ampollas infiltrantes en cirugía de catarata,
que están descritas en la literatura científica para
5. Es preferible que el formato sea de tipo abierto porque para cada tipo de procedimiento
«El médico cumple el procedimiento pero su ocurrencia es poco provarían los riesgos y efectos colaterales, hay
bable si el paciente no tiene factores de riesgo
la advertencia del
diferentes técnicas para los mismos, contiespeciales. En estos casos no es obligatorio esperiesgo previsto…con cificar el tipo de complicación, sino que se puenuamente está variando la calidad y capacidad tecnológica, fuera de que también hay
el aviso que en forma den hacer una advertencia general de que en el
diferencias entre un paciente y otro por sus
procedimiento puede presentarse otras situacioprudente
haga
a
su
nes molestas o graves de escasa ocurrencia que
específicas condiciones de salud.
paciente o a sus fami- podrían generar molestias, lesiones o inclusive
6. Los efectos colaterales son aquellas reacciocausar la muerte (tener en cuenta el criterio méliares o allegados...»
nes molestas esperadas, pasajeras, no gradico para no causar ansiedad innecesaria al paves o graves pero inevitables, que se conociente). No olvidar que estos riesgos poco frecen para el procedimiento pero que no se concuentes, pueden convertirse en un riesgo previsisideran complicaciones y son muy importanble si el paciente tiene factores de riesgo para que
tes de informar al paciente. Ejemplo el dolor postoperatorio,
se desencadene. “El médico cumple la advertencia del riesgo
fotofobia inicial en cirugía refractiva, o incluso la enucleaprevisto…con el aviso que en forma prudente haga a su
ción como efecto colateral necesario para controlar una papaciente o a sus familiares o allegados, con respecto a los
noftalmitis que amenace la vida del paciente.
efectos adversos que, en su concepto, pueden llegar a producirse como consecuencia del tratamiento o procedimiento médico” (Artículo 10 decreto 3380 de 1981).
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9. Los formatos preimpresos con información sobre el
procedimiento y lista de riesgos, puede utilizarse pero
con la precaución de ser información adicional al
acto de advertencia de riesgos y solicitud de consentimiento que debe registrarse en la historia clínica, de acuerdo con la ley 23. El formato solo, así
esté firmado por el paciente puede caerse como prueba de consentimiento informado, puesto que el pa-
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ciente o demandante puede alegar que lo firmó sin entender
lo que decía como un requisito para acceder al servicio.
10. Es muy importante la advertencia de los pronósticos
que de acuerdo con la condición clínica se logre con la intervención médica, puesto que el paciente tiende a tolerar
pocos resultados que no satisfagan las expectativas creadas respecto a la recuperación de su salud.