Download La Resolución N° 435/11 del Ministerio de Salud
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
SJ\N F:=RNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 1o CICT 2012 VI STO: La Resolución N° 435/11 del Ministerio de Salud de la Nación y la Disposición N° 31383/11 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología 'Védica -A.N.IVl.A.T.-, )' CON SIDERANDO: Oue el comercio ilegítimo de medicamentos constituye un problema grave de salud pública, que afecta tanto a los habitantes de países en desarrollo como dt:!sarm llados y comprende a los medicamentos robados, a los q Je son objeto de operad ones de contrabando, a los no registrados ante la autoridc·d sanitaria, a los rT•edic2mentos y muestras de medicamentos vencidos, a los medicamentos adulterados y a lm; medicamentos falsificados Que por los citados instrumentos se establece que resulta imprescindible que los paíse!> y provincias adopten una actitud proactiva a lo> efectos de contranestar el impacto negativo que el comercio de medicamentos ilegítimos representa para la salud ele los pacientes y sus sistemas sanitarios. Que las personas físicas o jurídicas que intE~rvengan en la cadena de comercialización, distribución y dispensación de especialidades medicinales, incluid8s e11 el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de la /\ DMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA f\iiED ICA (ANMAT), d•3berán implementar un sistema de trazabilidad que permita ase Jurar el control y seguimiento de las mismas, desde la producción o importación del producto hasta su adqui!3ición por parte del usuario o paciente. Que se invita a los Gobiernos de las Provincias y al Gobiern o Autónomo de la Ciudacl de Buenos Aires, en el marco de las Actas Acuerdos oportunamente celebradas con la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), a adherir al régimen de la presen1e Resolución para s·-1 aplicación a la comercialización, distribución y dispensación de medicamentos que s·~ efE·ctúe en jurisdicc.ión ele sus respectivos territorios. Que las polític21S de Salud de la Provincia se encuentran en lineamiento con el Plan •=ederal de Salud y sus normativas, a los fines de asegurar a la población de la Provinda un sistema ~;anita rio accesible y confiable. Por ello, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE ARTIC ULO 1°.- Ad herir, Ad Refeíéndum del Poder Ejeculivo Provincial, a la Resolución N° 4:1!)/11 del Ministerio de Salud de la Nación y la Disposición N° 3683/1 1 de la ?dmin1stración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica A.N.M.A.T., a los nfectos de asegurar un sistema de trazabilidad que permita asegurar el control y .. ~ 1 JUiflisí'erio de Salud s1:)guimiento, desde la producción o importación del producto hasta ~:; u adquisición por parte del usuario o paciente. t~ RTI CULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y /\rchívese. n.ESOl UCIÓN MINIS f ERIAL -S- N°: MINIST! RIO DE ~~~2 NL. ·1 3 'i o