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CONSEJO MÉDICO EXTREMEÑO
DE ATENCIÓN PRIMARIA
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PROPUESTAS CONCRETAS
DE DESBUROCRATIZACIÓN
DE LAS CONSULTAS DE
ATENCIÓN PRIMARIA
- Septiembre 2008 -
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En el acta de la reunión constitutiva del Consejo Medico Extremeño de Atención
Primaria (AP) celebrada el 2 de junio de 2008 expresábamos nuestro compromiso por
trabajar desde el consenso para implementar un debate teórico-ideológico sobre
esencias, contenidos, fines e iniciativas que permitan revertir la situación actual de la
AP, a la vez que impulsar y promover propuestas de mejora que sean ofrecidas a quien
mayor responsabilidad y poder de transformación tiene en su mano, la Administración
Sanitaria, como también al propio colectivo médico de Atención Primaria, destinatario
de nuestro mayor interés y esfuerzo como representantes en los que han depositado
su confianza.
Desde la unanimidad acordábamos proponer que de manera urgente se
pongan en marcha iniciativas para la desburocratización de las consultas médicas
de AP. Pues bien, presentamos este documento fruto del compromiso adquirido.
Uno de los problemas que de forma más uniforme aparece en los distintos
documentos de consenso sobre “la crisis de Atención Primaria” en nuestro país es
el exceso de carga burocrática de las consultas, situación que aumenta de forma
exponencial la excesiva presión asistencial existente, y limitando aun más el tiempo de
consulta para el resto de tareas propias de este nivel asistencial. Este problema
administrativo es responsable en gran medida de la ineficiencia de la AP actual y
del sentimiento de frustración que sufren muchos de los profesionales de este nivel
asistencial.
Ante este panorama, el Consejo Médico Extremeño de Atención Primaria
propone las siguientes medidas que permitan racionalizar las tareas de los
profesionales médicos de AP, y que estimamos que deben aplicarse con urgencia,
bajo la filosofía general de eliminar actos médicos
burocráticos
innecesarios,
simplificar los necesarios y distribuir los delegables en otros profesionales del
Equipo de Atención Primaria (EAP).
APARTADOS:
I.- JUSTIFICANTES E INFORMES
II.- RECETAS
III.- INCAPACIDAD TEMPORAL
IV.- INTERCONSULTAS Y PRUEBAS COMPLEMENTARIAS
V.- TRANSPORTE SANITARIO
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I.- JUSTIFICANTES E INFORMES
1.1.- Justificantes para Institutos, Colegios y Guarderías: según la legislación
española, hasta los 18 años la “patria potestad” de los menores es de sus padres. Por
tanto, toda falta de asistencia a cualquiera de estas instituciones o similares, es preceptivo
que sea justificada por estos y no necesariamente por una entidad administrativa como es
el sistema sanitario.
*PROPUESTA nº 1: la Consejería de Sanidad y Dependencia o el Servicio
Extremeño de Salud informará a la Consejería de Educación de la no pertinencia
de pedir este tipo de justificantes para alumnos en los centros de AP del SES a partir
del próximo curso académico
2008-09.
1.2.- Informes de Salud: según el RD 1030/2006, por el que se establece la
cartera de servicios comunes del SNS, solo está incluido en las prestaciones de la
sanidad pública la expedición de informes sobre el estado de salud del paciente. Por
tanto no están incluidos, ni los médicos están obligados a su cumplimentación, los
certificados de aptitud o ausencia de determinadas enfermedades solicitados para
ingreso
en
universidad, empresa
pública, ayuntamientos, gimnasios, etc. los
cuales supondrían la realización de diversas pruebas complementarias específicas
que en muchos casos no están disponibles en nuestro nivel asistencial.
De la misma forma se está extendiendo la petición de informes clínicos por
parte de la Consejería de Sanidad y Dependencia para ingreso de personas mayores o
discapacitadas en residencias, pisos tutelados, balnearios, prestación de ayuda a la
dependencia, etc; y para cada uno de ellos se establecen formatos distintos de
solicitud.
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En relación a los certificados deportivos y de actividad lúdica, se debe tener
presente que deben ser cubiertos por las propias federaciones, y aquellas actividades
deportivas que no gocen de este “status” de federadas no precisan de ningún tipo de
justificante (solamente la propia declaración del usuario).
En el caso frecuente de empresas u organizaciones que para la selección de su
personal precise unas determinadas condiciones físicas o de salud, deben ser éstas
las que asuman la realización de los controles preceptivos, no derivando la
responsabilidad
a
otra
institución como es el Sistema Sanitario Público de
Extremadura.
*PROPUESTA nº 2: El SES debe elaborar y autorizar un modelo de
informe estandarizado que contenga un conjunto básico de datos de la historia
clínica, válido para cualquier solicitud de este tipo, independientemente del organismo
para el que vaya dirigido, y que pueda realizarse de forma inmediata desde los datos
registrados en la historia clínica informatizada del sistema JARA, a excepción de
cuando se especifique la solicitud de un modelo de certificado médico oficial.
*PROPUESTA nº 3: La Consejería de Sanidad y Dependencia o el Servicio
Extremeño de Salud debe informar a los distintos organismos públicos o privados y a los
usuarios del sistema público de la normativa vigente respecto a la petición de este tipo
de informes.
1.3.-
Justificantes de asistencia al Centro de Salud:
al
tratarse
de
documentos sin información sanitaria pueden y deben ser asumidos por la Unidad
Administrativa del Centro de Salud.
*PROPUESTA nº 4: en la próxima reforma de los Reglamentos de los EAP y
en los Reglamentos de Régimen Interno de los Centros de Salud se debe especificar
como una tarea propia del Área de Administración la expedición de este tipo de
justificantes. Sugerimos que tal medida tenga efecto a partir del 1 de octubre de
2008, previa instrucción del SES a todas las gerencias.
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II.- RECETAS
2.1.- Prescripciones iniciales: la prescripción y, por tanto, la emisión de recetas
en el formato oficial, corresponde siempre al médico prescriptor. Así, todo médico que
trabaje para el Servicio Extremeño de Salud, independientemente del nivel asistencial,
tipo de contrato, o servicio que desempeñe (urgencias u ordinario) está en la
obligación de emitir la correspondiente receta oficial de la prescripción que realice.
La continuación del tratamiento prescrito sólo podrá ser asumida por el médico de
AP cuando venga acompañada del correspondiente informe del médico prescriptor,
salvo mejor criterio propio.
*PROPUESTA nº 5: el Servicio Extremeño de Salud tomará las medidas necesarias y
dará las instrucciones precisas para que en todos los centros asistenciales y en cada
uno de sus servicios (ordinarios y de urgencias) los médicos emitan en receta oficial
las prescripciones realizadas, y las acompañen del correspondiente informe médico.
2.2.- Prescripciones posteriores: la renovación de prescripción de tratamientos
crónicos es la principal carga burocrática de las consultas de AP, ocupando más del
30% del tiempo asistencial del médico de AP.
*PROPUESTA nº 6: El SES debe priorizar y realizar los mayores esfuerzos para que,
con la mayor celeridad posible, se implante el programa de “receta electrónica”.
*PROPUESTA nº 7: Puesto que en las zonas de pilotaje del sistema de
prescripción electrónica permite hacerlo sobre un folio blanco en vez de modelo
verde/rojo, proponemos que se extienda al resto del sistema dicha gestión de
prescripción, con el consiguiente ahorro en costes económicos y del recurso más
escaso, el tiempo.
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2.3.- Recetas de estupefacientes: la prescripción de cualquier estupefaciente
conlleva una carga burocrática, al tener que emitir dos recetas para cada prescripción,
situación que no aporta ningún valor al acto médico.
*PROPUESTA nº 8: Instar desde la Consejería de Sanidad y Dependencia de
Extremadura al Ministerio de Sanidad y Consumo a simplificar este acto burocrático
médico, petición ya hecha por los médicos de AP de otras Comunidades Autónomas a la
respectivas Consejerías de Sanidad.
III– INCAPACIDAD TEMPORAL
3.1- Incapacidad Temporal por ingreso hospitalario: la prescripción de incapacidad
temporal en caso de ingreso hospitalario debe ser asumida
por
el
médico
responsable de su proceso desde la fecha de su ingreso hasta que el paciente sea remitido
a su domicilio habitual, con el pertinente informe de alta.
3.2.- Apertura y Renovación de partes de Incapacidad Temporal: el inicio y
seguimiento de un proceso de baja laboral soporta una gran carga burocrática,
siempre que debemos realizar un parte de confirmación de baja a los 4 días y
posteriormente semanales hasta el alta laboral. Hay muchos procesos clínicos de baja
laboral en los que se puede estimar fácilmente que van a ser prolongados, con la
consiguiente carga burocrática semanal que se genera, situación que podría evitarse
ofertando un sistema de seguimiento más demorado.
*PROPUESTA nº 9: El SES tomará las medidas necesarias para que en cada uno de
sus centros hospitalarios se facilite de forma obligatoria al paciente el parte de BAJA
desde la fecha de ingreso, y los correspondientes partes de confirmación hasta su alta
hospitalaria.
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*PROPUESTA nº 10: La Administración, con el debido asesoramiento profesional
médico, debe estudiar y planificar la posibilidad de que el médico de AP autorice
periodos de IT en función del tiempo estándar estimado en cada proceso, al igual que
está establecido en ciertas mutualidades. Para ello la Consejería de Sanidad y
Dependencia de Extremadura realizará las gestiones oportunas con los organismos
competentes para adecuar este acto burocrático médico.
IV.- INTERCONSULTAS Y PRUEBAS COMPLEMENTARIAS.
4.1.- Interconsultas: la interconsulta desde AP con el segundo nivel asistencial es un
acto clínico que en muchas ocasiones se origina en la necesidad de poner a disposición del
paciente medidas diagnostico-terapéuticas que no están al alcance de este nivel
asistencial. La revisión de un proceso que no es pautada desde la AP no puede
considerarse una Interconsulta y por tanto debe ser garantizada y asumida por el Servicio
que la genera, evitando sobrecargar las consultas de AP para realización de este
trámite
burocrático
que
puede
ser
asumido directamente por el Servicio de
Administración del nivel asistencial demandante.
*PROPUESTA nº 11: el Servicio Extremeño de Salud tomará las medidas
necesarias y dará instrucciones precisas para que toda Interconsulta derivada de
revisión o cruzada entre servicios sea asumida obligatoriamente por el nivel asistencial
hospitalario, y no sea necesaria la participación burocrática de los médicos de AP.
En este punto señalar que los cada vez más frecuentes informes de segundo
nivel con revisión “según evolución” no deben ser considerados primera consulta,
dando al propio paciente la posibilidad de solicitar nueva cita de revisión con este
mismo informe.
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4.2.- Pruebas complementarias: la solicitud de pruebas complementarias necesarias
en la atención recibida por el nivel asistencial hospitalario, es con frecuencia
derivada a las consultas de AP, generando consultas administrativas para rellenar los
formularios de petitorio de dichas pruebas.
*PROPUESTA nº 12: el Servicio Extremeño de Salud tomará las medidas
necesarias para que toda petición de pruebas complementarias y otros tipos de
servicios generados en el nivel asistencial
hospitalario
sean
asumidos
obligatoriamente por el médico prescriptor y los distintos servicios hospitalario.
4.3.- Listas de espera: la demora en la atención clínica hospitalaria tras derivación
desde Atención Primaria, como la establecida para la realización de pruebas
complementarias generadas en este nivel asistencial, origina un elevado número de
consultas para demandar información por dicha demora.
*PROPUESTA
actualizada
nº
13:
y transparente
Ofrecer
sobre
al
las
usuario
del
demoras
en
SES
el
una
acceso
información
a
pruebas
complementarias y primeras y sucesivas consultas con atención hospitalaria en
cada Área de Salud en la web correspondiente.
*PROPUESTA nº 14: Establecer un número de Teléfono de Atención
Personalizada al Paciente de acceso gratuito que adecuadamente publicitado
permita informar de forma operativa las demoras vigentes respecto a las
consultas externas hospitalarias y para la realización de pruebas complementarias.
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V.- TRANSPORTE SANITARIO
5.1.- Petición de transporte sanitario: en situación de discapacidad física, los
pacientes que requieren consultas de revisión clínica o realización de pruebas
complementarias solicitadas por el nivel asistencial hospitalario recaen en el médico de
AP, sobrecargando aun más las tareas burocráticas a realizar.
*PROPUESTA nº 15: el SES tomará las medidas necesarias para que esta tarea
burocrática recaiga de forma obligatoria en el nivel asistencial que lo genera.
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Estas quince propuestas concretas son fruto de las múltiples y diversas
opiniones y quejas de los médicos de este nivel asistencial, y que le trasladamos para
que el SES las pueda implementar a la mayor brevedad posible.
La reducción de la carga burocrática de las consultas de AP conllevará disponer
de más tiempo para otros aspectos inherentes al desarrollo profesional de
nuestra categoría profesional, como son las actividades preventivas y comunitarias, la
docencia e investigación, recuperando con ello el prestigio perdido por el médico
de AP y aumentando el nivel de satisfacción de los usuarios con la calidad de la
atención recibida.
El sistema JARA, que se apuntaba como solución a la excesiva burocracia, nos ha
traído una nueva “burocracia electrónica” a las consultas de AP. Para dar el paso
definitivo del papel a la pantalla no solo hemos de apostar por las enormes posibilidades
de la herramienta informática en la gestión de procesos de salud frente a otros soportes
tradicionales, lo cual ya hacemos desde nuestras organizaciones, sino que debemos
objetivar esos avances en la consulta médica diaria, con mejoras progresivas que den
acertadas respuesta a nuestras necesidades clínicas a un ritmo más rápido que el actual.
Solicitamos al SES que los responsables del núcleo de diseño del JARA realicen
diversas consultas con distintos profesionales clínicos de las diferentes Áreas de Salud de
Extremadura, y les permita sondear los distintos problemas técnicos con los que se
enfrentan en la práctica clínica diaria, y las tenga en consideración para avanzar en su
aceptación. El Consejo Médico Extremeño de Atención Primaria presentará diversas
propuestas de mejora en el diseño actual.
Por último, el SES debe informar adecuadamente y de forma pública a los
usuarios del sistema sanitario de todas las propuestas organizativas que se aprueben,
para evitar molestias innecesarias y que el sistema sanitario funcione de forma más ágil
en su vertiente administrativa.
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ORGANIZACIONES FIRMANTES
MIEMBROS DEL CONSEJO MÉDICO EXTREMEÑO DE AP
SOCIEDAD EXTREMEÑA DE MÉDICOS GENERALES Y DE FAMILIA (SEMG)
Representantes: D. Fernando Pérez Escanilla y D. Manuel Carmona Calderón
SOCIEDAD EXTREMEÑA DE MEDICINA DE FAMILIA Y COMUNITARIA (SEXMFYC)
Representantes: Dña. Pilar Abaurrea Ortiz y Dña. Susana Moreno Molina.
SOCIEDAD EXTREMEÑA DE MÉDICOS DE ATENCIÓN PRIMARIA (SEMERGEN)
Representantes: D. José Polo García y D. Leandro Fernández Fernández
ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE CÁCERES.
Representantes: D. Ángel Ligero Domínguez y D. Evelio Robles Agüero.
ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE BADAJOZ
Representantes: D. Tomás Pérez Torralba y D. Leopoldo Gil Correa.
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SINDICATO MÉDICO DE EXTREMADURA.
Representantes: D. Carlos Arjona Mateos y Dña. Mercedes Padilla Serna.
SOCIEDAD DE PEDIATRIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE EXTREMADURA
Representante: D. Mª Ángeles Martín Rodríguez
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