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ACCIDENTES NO TRAUMÁTICOS
Art. 115 Ley General de la Seguridad
Social
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión
corporal que el trabajador sufra con ocasión o
por consecuencia del trabajo que ejecute por
cuenta ajena.
Art. 116 Enfermedad Profesional
• Se entenderá por enfermedad profesional la
contraída a consecuencia del trabajo
ejecutado por cuenta ajena en las actividades
que se especifiquen en el cuadro que se
apruebe por las disposiciones de aplicación y
desarrollo de esta Ley, y que esté provocada
por la acción de los elementos o sustancias
que en dicho cuadro se indiquen para cada
enfermedad profesional.
ACCIDENTE
• Lesión corporal
• Súbita o repentina de un agente externo
• Con ocasión o por consecuencia del trabajo
por cuenta ajena (accidente de trabajadores
autónomos)
ACCIDENTES NO TRAUMÁTICOS
Art. 115. 1 : Se consideran accidentes de
trabajo:
Las enfermedades, no incluidas en el Art. 116,
que contraiga el trabajador con motivo de la
realización de su trabajo, siempre que se
pruebe que la enfermedad tuvo por causa
exclusiva la ejecución del mismo
Ejemplos
• RESFRIADOS:* (diagnosticados como enfermedad común y
no hay estadísticas propias) Cuando se producen trabajos en
espacios con corrientes de aire, exposición a bajas
temperaturas, trabajos en ambientes al aire libre….
• ANSIEDAD Y ESTRÉS *=: en situación de riesgo, aunque
tienen más probabilidad de sufrirlos aquellos colectivos que
su trabajo está relacionado con la atención al cliente
• ACOSO LABORAL *=
• TRAUMA PSÍQUICO *=
• INFARTOS Y ACCIDENTES CARDIOVASCULARES *
• ACCIDENTES IN ITINERI…*
Lesividad
• OMS: son los accidentes de mayor mortalidad,
por su gravedad.
• Una de cada cinco muertes en el trabajo a nivel
de España es atribuible a los accidentes no
traumáticos.
• En el año 2008, para el Principado de Asturias
representaron el 31% de la mortalidad por
accidentes de trabajo.
Pontevedra. Año 2010
• ACCIDENTES GRAVES:
- Totales: 269
- Infartos: 19 (7,07%)
- In itineri: 69 (25,65%)……..(32%)
• MORTALES:
- Totales: 32
- Infartos: 5 (15%)
- In itineri: 11 (34,38%)………50%
Año 2011
• Graves:
- Totales: 189
- Infartos: 15 (7.94%)
- In itineri: 46 (24,34%)…………32,28%
• Mortales:
- Totales: 22
- Infartos: 9 (40%)
- In itineri: 6 (27,28%)…………68%
Infartos, derrames cerebrales y otras
patologías no traumáticas
• No existe definición legal. Elaboración
jurisprudencial, muy casuística.
• Tienen su causa en el trabajo.
• Presunción de laboralidad: “Se presumirá,
salvo prueba en contrario, que son
constitutivas de accidente de trabajo las
lesiones que sufra el trabajador durante el
tiempo y en el lugar del trabajo”.
Casuística jurisprudencial
• El infarto sufrido por un individuo con sobrepeso que
corre detrás del autobús para ir al trabajo.
• El sufrido en el metro al ir a trabajar. Se estima
accidente laboral al no haber antecedentes cardiacos
previos.
• El padecido por un director de sucursal bancaria en
el trayecto al trabajo en su coche particular, que
había parado en el quiosco a comprar el periódico.
Se probó que era una época de mayor trabajo y poca
estaba sometido a un estrés cualificado
• Un trabajador que sufre infarto en su coche en el
trayecto al trabajo argumentando el estrés y la
excitación padecida por las dificultades para
encontrar aparcamiento y por exceder el horario de
entrada al trabajo
• El trabajador al que se le avería el coche y sufre un
infarto tratando de llevarlo al taller más próximo.
Existían antecedentes patológicos.
• Infartos sufridos por personal embarcado incluso
cuando descansa……etc
En la mayoría de los casos en que el trabajador se desplaza
o está en misión: el trabajador se desplaza para hacer el
trabajo:
- en el hotel donde pernocta o come.
-fallecimiento por leginella de conductor en ruta
internacional
- Asistencia a reuniones, congresos o comidas de negocios
No se ha considerado accidente un ahogamiento en la playa
en domingo estando en misión en Nigeria ni el conductor
de camión mientras duerme en hotel
Datos estadísticos
• Sexo y edad: La mortalidad por esta causa es
mayor en los hombres y en edades
comprendidas entre los 45-49 años, periodo
en el que las mujeres suelen tener protección
hormonal frente a los infartos y accidentes
cerebrovasculares
• Actividades:
Los conductores encabezan el ranking de las
ocupaciones con más infartos, accidentes
cerebrovasculares y otra patología no traumática,
que nos hace dirigirnos a los factores de riesgo:
sedentarismo que favorece el sobrepeso,
comidas poco saludables al realizarlas fuera de
casa con exceso de grasas y sal, incidiendo en un
peor control de la tensión arterial
• Los médicos, entre sus funciones, tienen guardias
de 24 horas, derivando a factores de riesgo como
la turnicidad y la nocturnicidad. La alteración de
los ritmos circadianos y la ingesta nocturna
elevan los índices de triglicéridos, glucosa,
insulina y desciende el rendimiento postpandrial.
En los servicios de urgencias no se puede
programar la consulta del que acude al hospital o
centro de salud y en ocasiones son situaciones
donde peligra la vida del paciente, todo ello
favorece la aparición de estrés.
En el caso de la industria, se recogen varias
actividades con riesgos de naturaleza muy
diversa, desde las temperaturas extremas que
podría producir una vasodilatación periférica
que dificultase la actividad del bombeo
cardiaco (“golpe de calor” en invernaderos,
hornos, etc), a los riesgos higiénicos como los
humos de los soldadores o los sobreesfuerzos
en los montadores de estructuras
PREVENCIÓN:EVALUACION (art.
15)
FACTORES DE RIESGO:
-estrés,
-responsabilidad,
-patologías previas,
-turnos y nocturnos,
-hábitos de vida…… (tabaquismo,
sedentarismo...)
MEDIDAS PREVENTIVAS: art. 16 LPRL
Incluyendo programas de prevención del estrés,
organización del trabajo, turnos, prevención de
adicciones…..
• Art. 22: RM ( con historial clínico)
• Art. 19: FORMACIÓN E INFORMACIÓN,
(incluyendo hábito de vida saludables)
• Art. 26: TRABAJADORES SENSIBLES*
ACCIDENTES IN ITINERI: Art. 115 LGSS
• Los que sufra el trabajador al ir o al volver del
lugar de trabajo.
• Los que sufra el trabajador con ocasión o como
consecuencia del desempeño de cargos electivos
de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o
al volver del lugar en que se ejerciten las
funciones propias de dichos cargos.
• No se incluyen los accidentes “de tráfico”
ocurridos en el interior del centro de trabajo
(atropellos, vuelcos de equipos, colisiones, etc
con carretillas, camiones y maquinaria pesada)
• En 2010 se produjeron 645.964 accidentes de
trabajo con baja. De ellos 11,8% sucedieron al
ir y volver del trabajo.
• En cifras absolutas este porcentaje se traduce
en 65.446 casos notificados.
• La franja de edad entre 16 y 35 años acumula
un 56,7% del total.
• En el año 2010 se produjeron 757 accidentes
laborales mortales (188 in itinere) 30%.
Definición jurisprudencial
• Exige que el desplazamiento viene impuesto
por la obligación de acudir al trabajo:
– 1º) lugar de trabajo
– 2º) domicilio del trabajador
– 3º) nexo causal o conexión entre ambos:
Nexo causal: no es AT
• Interrupciones de cierta duración en el trayecto
• Interrupción por un acto privado del trabajador
• ¿ Salida antes del fin de la jornada sin-con
autorización de la empresa ?
• Medio de transporte o trayecto que aumente el
riesgo innecesariamente o incumpliendo normas
de tráfico (paso a nivel con barreras, alcoholismo,
conducción sin permiso,…) : imprudencia
temeraria
• Lesión súbita y violenta producidas por un
agente externo, no otras patologías que se
pongan de manifiesto en los desplazamientos
• El trabajador ha de probar que la lesión
corporal se produce en el desplazamiento
• Incluye, además del accidente de tráfico
“ordinario”, otros sucesos como
- insolación en el trayecto
- atracos sufridos en garaje o trayecto
Y desplazamientos para acudir a los
reconocimientos médicos a cargo de la
empresa, o a cursos de formación, actos
sociales como comidas de trabajo.
EVALUACION Y PREVENCIÓN. PLAN DE
SEGURIDAD VIAL LABORAL
- Estado de las carreteras, por asfaltado, nieve o
hielo, obras en vías, etc
- Estado de vehículo: ITV, revisiones,
- Estado del conductor:
- jornada y tiempos de descanso
- consumo del alcohol, medicamentos o
drogas: planes de prevención y detección precoz
- trabajadores especialmente sensibles por
patologías previas: vigilancia de la salud
OTROS ACCIDENTES NO
TRAUMÁTICOS
• DEPRESIÓN Y OTRAS PATOLOGÍAS
• TRAUMA PSÍQUICO: trastorno por estrés
postraumático o trastorno por estrés agudo,
pe, tras un atraco
• ES ACCIDENTE DE TRABAJO SI TIENE
RELACIÓN CAUSAL CON EL DESEMPEÑO DEL
TRABAJO, por ejemplo por ACOSO LABORAL,
VIOLENCIA EN EL TRABAJO: PROTOCOLOS DE
PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN