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Instrucciones para la dispensación en contingencia a. El paciente SIEMPRE deberá presentar la hoja de tratamiento activa en la que figuran todos los medicamentos prescritos. b. Mientras dure la situación de contingencia sólo estará permitida la dispensación de un único envase de aquellos productos con prescripción activa vigente cuya dispensación no pueda ser demorada. Los cupones precinto o asimilados de los productos dispensados se adherirán a una hoja de cupones (folio 28 cupones) de modo que se asignará un único folio por paciente. El farmacéutico anotará en el folio si el paciente es activo o pensionista. c. Tras la dispensación, el farmacéutico: Recortará una de las “casillas” situados en la parte inferior de la hoja de tratamiento activa en la que figuran el CIA del paciente y el número de la hoja de tratamiento. Adherirá esta “casilla” con los datos identificativos de la hoja de tratamiento en la hoja de cupones en la posición 28. Se adherirán los cupones de los productos dispensados en esta hoja de cupones. Deberá hacer constar en el reverso de la hoja de tratamiento del paciente de la que se ha recortado la “casilla”: o Los datos identificativos de la farmacia (sello y firma) o La fecha de la dispensación y los productos dispensados Dará instrucciones al paciente para que no retire de forma inmediata en otra farmacia los productos ya dispensados. Instrucciones a seguir cuando se restaure el servicio. Facturación de productos dispensados. El sistema pedirá obligatoriamente un identificador de contingencia, que será el código de autorización de Salud en caso de que sea necesario o uno que la propia farmacia generará con la siguiente estructura: COFZ-código de farmacia-fecha dd/mm/aaaa - G/U Sólo se especificará la letra G (Guardia) o U (farmacia Única en localidad). En caso de que no se cumpla ninguno de los dos requisitos no se especificará ninguna letra. Un ejemplo sería COFH-88801-02-2012-G. Este código también aparecerá anotado en el formulario de declaración de entrada en contingencia que la farmacia remite al Colegio. El Registro de dispensaciones y su facturación se realizará siguiendo las siguientes instrucciones: La farmacia accederá al tratamiento activo del paciente a través del CIA que figura en la “casilla” recortada de la hoja de tratamiento y que se ha adherido en la posición 28 de la hoja de cupones. Se utilizarán los métodos desarrollados por los aplicativos de gestión para registrar las dispensaciones en contingencia, indicando la fecha de la dispensación que puede ser diferente a la fecha en la que se registre. 1 Como el farmacéutico no puede saber en el momento de la dispensación que aportación debe abonar el paciente, se ha acordado el 40% para los activos y el 10% para los pensionistas. A la hora de efectuar el registro, el farmacéutico tendrá que informar al sistema del régimen de aportación (10% o 40%). Se consultará si el producto dispensado figura en la prescripción activa pero no está dispensable en el momento en el que se efectuó la dispensación; entonces el sistema de Receta Electrónica admitirá su dispensación y realizará una corrección de cálculos de la fecha de disponibilidad de la nueva dispensación. Producto que no forma parte de la hoja de tratamiento activa del paciente, pero que aparentemente lo estaba. En este caso: Deberá contactar con el paciente para informarle de que no debe consumir dicho producto ya que no forma parte de la prescripción activa. Ante la imposibilidad de facturar estos productos por el procedimiento establecido para Receta Electrónica, la autorización de abono de los productos afectados por una incidencia de este tipo se aprobará en el marco de la Comisión Provincial de farmacia dentro de la causa, establecida en el concierto de “receta dispensada no facturada”. En el caso excepcional de situaciones de contingencia que afecten a todas las farmacias de una o varias Zonas Básicas de Salud y se prolonguen en el tiempo más de 24 horas, en el marco de la Comisión Provincial de Farmacia, o en su caso, la Comisión Central se podrán aprobar medidas extraordinarias de facturación para los tratamientos dispensados . 2