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INTERPRETACIÓN, PRUDENCIA Y EQUIDAD en LUIS RECASÉNS José Chávez-Fernández Postigo Máster en Derecho, Universidad de Zaragoza Profesor de Filosofía del Derecho, Universidad Católica San Pablo INTERPRETACIÓN, PRUDENCIA Y EQUIDAD EN LUIS RECASÉNS Palestra Editores Lima — 2016 Facultad de Derecho Universidad Católica San Pablo INTERPRETACIÓN, PRUDENCIA Y EQUIDAD EN LUIS RECASÉNS José Chávez-Fernández Postigo Primera edición, abril 2016 Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta obra sin el consentimiento expreso de los titulares del Copyright. © Copyright: : José Chávez-Fernández Postigo © Copyright 2016: : Fondo Editorial de la Universidad Católica San Pablo Urb.Campiña Paisajista s/n Quinta Vivanco San Lázaro, Cercado de Arequipa. Telf. (51) 54-605630. Anexo: 403 © Copyright 2016 : Palestra Editores S.A.C. Plaza de la Bandera 125 Lima 21 - Perú Telf. (511) 637-8902 / 637-8903 [email protected] www.palestraeditores.com Impresión y encuadernación: Palestra Editores SAC Abril 2016 Diseño de carátula y diagramación: Alan O. Bejarano Nóblega Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2016-04663 ISBN: 978-612-4218-49-1 Tiraje: 500 ejemplares Impreso en el Perú Printed in Peru Para Armando, Analucía, Trilce y Adriana; con gratitud, por todos estos años de amistad y de invaluable ayuda en la investigación y en la enseñanza. Contenido INTRODUCCIÓN...........................................................................................9 Capítulo I La aparición de la propuesta......................................................15 A. Una sola Ciencia jurídica en sentido estricto......................................15 B. Dos derroteros iniciales hacia la Filosofía del derecho......................23 1. De la Ciencia jurídica a la Filosofía del derecho “sistemática”........23 2. De la Filosofía general a la Filosofía del derecho..........................29 C. La consolidación de la Filosofía de la interpretación del derecho como tema.................................................................................32 1. De los problemas prácticos de la Ciencia jurídica a la Filosofía del derecho “no sistemática”....................................32 2. Propósito y presupuestos de la Filosofía de la interpretación del derecho.........................................................................................36 Capítulo II El logos de lo razonable como nuevo paradigma de abordaje de los problemas jurídicos...............................43 A. La tesis ontológica-gnoseológica..........................................................44 1. La experiencia de los problemas jurídicos.....................................44 2. Las limitaciones de la lógica de lo racional para la creación, interpretación y aplicación del derecho.........................................51 3. Las características básicas del logos de lo razonable.....................64 8 José chávez-fernández postigo B. La tesis metodológica.............................................................................68 1. De los múltiples métodos de interpretación al único método “aporético”..........................................................................................68 2. Logos de lo razonable: tópica, retórica, dialéctica y argumentación...................................................................................73 3. Logos de lo razonable y prudencia..................................................81 4. Logos de lo razonable y equidad......................................................90 5. El logos de lo razonable en acción..................................................101 BALANCE....................................................................................................109 BIBLIOGRAFÍA...........................................................................................125 INTRODUCCIÓN N o es novedad la decisiva importancia que la Filosofía jurídica del profesor español Luis Recaséns Siches tuvo durante gran parte del siglo XX, en particular para el mundo hispanohablante. Sin embargo, cabe señalar que los significativos trabajos publicados sobre su iusfilosofía —como los de los profesores Benito de Castro Cid1, Marcelo Luis Contreras Hauser2, Elssié Núñez Carpizo3 o Miguel Bueno4— no han llegado a ocuparse lo suficiente de uno de los aspectos de su obra que hoy resulta de lo más relevante: su Filosofía de la interpretación del derecho —y más específicamente lo que el autor llamó “logos de lo razonable”— en tanto que “precursora” de las contemporáneas teorías de la arguCfr. B. de Castro Cid, La Filosofía jurídica de Luis Recaséns Siches, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1974. En general, nos remitimos a este trabajo si lo que se quiere es tener una panorámica biográfica y académica completa de nuestro autor, esfuerzo que no duplicaremos en este espacio. 2 Cfr. M. L. Contreras Hauser, La teoría fundamental del derecho de Luis Recaséns Siches. Implicaciones sociológicas, Madrid, Editorial de la Universidad Complutense de Madrid, 1983. 3 Cfr. E. Núñez Carpizo, El pensamiento español en la Filosofía del derecho de Luis Recaséns Siches, México, Porrúa, 2001. 4 Cfr. M. Bueno, La axiología jurídica en Luis Recaséns, México, UNAM, 1990. 1 10 José chávez-fernández postigo mentación jurídica. Precisamente han notado esta importancia en el último tiempo autores como García Amado5, Gascón Abellán y García Figueroa6, Atienza7, Rivaya8, Elósegui9 y, en particular, Cabra Apalategui10. En este trabajo nuestro objetivo será describir sintéticamente y ofrecer una renovada sistematización de la Filosofía de la interpretación del derecho de Recaséns, destacando sus rasgos más característicos con un especial énfasis en aquellos que hacen de ella una propuesta susceptible de ser considerada precursora de las contemporáneas teorías de la argumentación jurídica, sin pretender ocuparnos aquí del necesario paralelo o contraste de éstas últimas con la primera. Estamos frente una investigación descriptiva y de valoración crítica de la propuesta recaseniana realizada desde una perspectiva predominantemente iusfilosófica. Para el logro de nuestro objetivo seguiremos el siguiente itinerario. En el primer capítulo, nos ocuparemos de la aparición histórica de su propuesta en la sistemática de sus saberes jurídiCfr. J. A. García Amado, “Retórica, argumentación y derecho”, Isegoría, 21, 1999, p. 136 o, del mismo autor, Razonamiento jurídico y argumentación. Nociones introductorias, León, Eolas, 2013, p. 108. 6 Cfr. M. Gascón Abellán y A. J. García Figueroa, La argumentación en el derecho. Algunas cuestiones fundamentales, Lima, Palestra, 2003, pp. 78-81. 7 Cfr. M. Atienza, El derecho como argumentación, Barcelona, Ariel, 2006, p. 40. Este autor lo decía de alguna manera ya en 1987, Cfr. M. Atienza, “Para una razonable definición de ‘razonable’”, Doxa, 4, 1987, p. 190. 8 Cfr. B. Rivaya, Una historia de la Filosofía del derecho española del siglo XX, Madrid, Iustel, 2010, p. 206. 9 Cfr. M. Elósegui Itxaso, “La interpretación de los derechos humanos desde la tópica y la lógica de lo razonable en el profesor Puy”, en M. Otero Parga (Ed.), Tópica, retórica y dialéctica en la Jurisprudencia. Estudios en homenaje a Francisco Puy, Santiago de Compostela, Universidade de Santiago de Compostela, 2011, p. 142. 10 Cfr. J. M. Cabra Apalategui, Argumentación jurídica y racionalidad en A. Aarnio, Madrid, Dykinson, 2000, p. 2; “Antiformalismo y argumentación jurídica”, Derechos y libertades, 24, 2011, p. 69 y especialmente “Claves de la argumentación jurídica en Luis Recaséns Siches: estimativa jurídica y logos de lo razonable”, Anuario de Filosofía del derecho, 27, 2011, pp. 37-61. 5 Introducción 11 cos, lo que nos permitirá entender los problemas que llevaron a Recaséns a plantear como solución la justificación y el desarrollo teórico de la naturaleza del logos o lógica de lo razonable. Sólo entonces, en el segundo capítulo, estaremos en condiciones de dar cuenta de las dos tesis fundamentales que nuestro autor sostiene sobre su propuesta, las que llamaremos aquí: “tesis ontológicagnoseológica” y “tesis metodológica”. Finalmente, haremos un balance de lo estudiado, con el objetivo de que ello pueda servir de insumo para abordar —ya en otra ocasión—, por un lado, en qué sentido puede considerarse a la Filosofía de la interpretación del derecho de Recaséns “precursora” de las contemporáneas teorías de la argumentación jurídica y, por otro lado, hasta qué punto la propuesta de nuestro autor presenta ciertas ventajas teóricas frente a ellas que pueden ser utilizadas para su renovación11. Es indispensable señalar que este trabajo corresponde básicamente al primer capítulo de la tesis doctoral en la que venimos trabajando desde 2011 en la Universidad de Zaragoza bajo la dirección de la Dra. María Elósegui Itxaso sobre el tema: “La dimensión axiológica de la Filosofía de la interpretación del derecho de Luis Recaséns Siches. Una revalorización a la luz de la teoría estándar de la argumentación jurídica”. En orden a su publicación se han realizado al texto original algunas adiciones y supresiones con el objetivo de darle autonomía. En ese sentido, es de justicia agradecer a la profesora Elósegui, quien en su calidad de discípula directa de los profesores Juan José Gil Cremades, Neil MacCormick y Robert Alexy, ha sido de enorme ayuda para abordar la tradición iusfilosófica española, en particular del siglo A propósito de lo señalado, cabe dejar constancia de que no nos ocuparemos aquí sino tangencialmente de los aspectos específicamente axiológicos de la Filosofía de la interpretación jurídica de Recaséns, lo cual rebasaría por mucho el espacio del que disponemos para llevar a cabo este aporte. Para una exposición cronológica y sistemática de dichos aspectos Cfr. B. de Castro, La Filosofía jurídica…, cit., pp. 73-209. Para una aproximación predominantemente crítica de la axiología jurídica recaseniana, Cfr. M. Bueno, La axiología jurídica en Luis Recaséns, cit. 11 12 José chávez-fernández postigo XX, pero siempre en perspectiva respecto de las contemporáneas teorías de la argumentación jurídica como las de los profesores de las universidades de Edimburgo y de Kiel. Es preciso agradecer también expresamente a los profesores Benito de Castro Cid, Antonio Enrique Pérez Luño y José Manuel Cabra Apalategui por habernos recibido gentilmente en sus despachos de Madrid, Sevilla y Málaga, respectivamente, para dialogar extensamente sobre los temas abordados en este trabajo, durante una de nuestras estancias en España en enero de 2014. También va nuestra gratitud para los profesores Elssié Núñez Carpizo, Eduardo Luis Feher y Luis Molina Piñeiro, de la Facultad de Derecho de la UNAM, discípulos directos de Luis Recaséns Siches en México, quienes nos permitieron conversar sobre diversos aspectos de la obra del autor hispano-mexicano en nuestra visita al Distrito Federal en mayo de 2013. Es indispensable agradecer también al profesor Javier Saldaña Serrano, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la misma casa de estudios, a cuya amabilidad le debemos el haber tenido acceso al “Acervo Luis Recaséns Siches” conservado en la Biblioteca Jorge Carpizo de dicha institución, lo que nos permitió entrar en contacto directo con parte importante de la biblioteca personal de Recaséns, copiosa bibliografía que nuestro autor consultó para su propio trabajo científico. Finalmente debemos agradecer al profesor Pedro Grández Castro de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, de Lima, por sus valiosos comentarios críticos y recomendaciones a una versión previa de este texto, realizados con ocasión de la discusión pública del mismo con un grupo de profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica San Pablo de Arequipa-Perú, en mayo de 2015. Si este avance de la tesis —necesariamente incompleto— se ofrece ahora a la comunidad académica jurídica, es con la intención de fomentar la discusión sobre un tema de la mayor relevancia para el debate iusfilosófico contemporáneo, tan preocupado por los alcances de la razón práctica, los modelos de interpretación del derecho y las teorías de la argumentación jurídica. En ese orden de ideas, creemos que conocer el pensamiento iusfilosófico de Introducción 13 Recaséns desde una perspectiva centrada principalmente en los aspectos prácticos de la interpretación, la prudencia y la equidad, puede ser de utilidad en orden a profundizar en los orígenes de las preocupaciones que hoy ocupan a un gran número de iusfilósofos, teóricos de la argumentación jurídica y profesionales del derecho en su ejercicio práctico. Esperamos sinceramente que este trabajo pueda ser de alguna ayuda para lograr dicho objetivo.