Document related concepts
no text concepts found
Transcript
ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE CCM Y EL COLEGIO OFICIAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN FILOSOFÍA Y LETRAS Y EN CIENCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA Hemos firmado con CCM un Convenio de colaboración, que favorece la obtención de condiciones especiales ofertadas para el Colegio, los colegiados y empleados; con ello CCM pone a su disposición una amplia cartera de productos financieros, préstamos, tarjetas, etc. PRODUCTOS CONVENIADOS 1. OFERTA PARA EL COLEGIO, COLEGIADOS Y EMPLEADOS CDL-CLM 2. REMUNERACIÓN DE PASIVO EN CUENTA CORRIENTE 3. IMPOSICIONES A PLAZO 4. FONDOS DE INVERSIÓN 5. GESTIÓN DE RECIBOS 6. TRANSFERENCIAS 7. CUENTA DE CRÉDITO 8. DESCUENTO COMERCIAL 9. AVALES 10. LEASING 11. PRÉSTAMOS PERSONALES (Inversiones) (*) 12. PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS (Inmovilizado) (*) 13. PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS VIVIENDAS 14. SUBROGRACIONES 15. RENTING 16. TARJETAS Y TPV´S CCM Firma del Acuerdo: 17. SERVICIOS ESPECIALES NÓMINAS D. Jose Antonio Muñoz Muñoz, Director Terri- 18. CCM ACTIVA 24 (Cuota de alta grátis) torial de CCM. Firma con el Decano, acompañado 19. PREVISIÓN Y AHORRO del Vocal Angel Luis González Olivares 20. CCM MULTISEGUROS 21. CCM VIAJES 22. OBRA SOCIAL CCM CONDICIONES GENERALES 1) Será necesario, para el acceso a las condiciones financieras establecidas en el anexo de este documento, la pertenencia del interesado al Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Castilla – la Mancha, acreditada en la forma que Caja Castilla – La Mancha estime oportuno, bien en la condición de colegiado o de personal asalariado dependiente del Colegio. 2) Los tipos de interés ofertados, se entienden nominales anuales (independientemente de la tasa efectiva que resulte de su liquidación periódica, que se practicará de acuerdo con las normas habituales de la Caja para cada caso y del cumplimiento de las obligaciones que la normativa vigente establece sobre la determinación y comunicación de la misma) 3) Los tipos de interés y condiciones económicas ofertados podrán ser objeto de variación si, a juicio de Caja Castilla- La Mancha, las oscilaciones del mer4cado financiero así lo aconsejaran. Previamente se comunicará esta variación al Colegio, pudiendo cualquiera de las partes dar por vencido el convenio si no se llega a un acuerdo. 4) Las operaciones de activo que se concedan en virtud del presente Convenio se harán con garantías suficientes a juicio de la Caja, quedando supeditadas al favorable estudio y resolución de Caja Castilla la Mancha. 5) El periodo de vigencia de este acuerdo será de un año a contar desde el momento de la firma. En todo caso los puntos y condiciones en él reflejados, podrán ser modificados por aquellos acuerdos que le afecten, a los que puedan llegar las partes firmantes del mismo. 6) El Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Castilla la Mancha, se compromete a divulgar entre sus colegiados las estipulaciones detalladas en este documento, utilizando los medios a su alcance. 7) Se constituirá un grupo de coordinación entre representantes del CCM y del Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Castilla la Mancha, que mantendrán reuniones periódicas. El principal objetivo de este grupo será la coordinación y seguimiento para la buena marcha del Convenio, así como la promoción de una mayor utilización del mismo. También se tomarán las medidas necesarias para la correcta aplicación de este Acuerdo. Así como intercambio de información y detección de futuras demandas o necesidades de los clientes