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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRAN LA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE
LOS SISTEMAS DE PLANIFICACION, UNIDAD DE
TRATAMIENTO Y ACCESORIOS DE BRAQUITERAPIA DEL
SERVICIO DE RADIOTERAPIA DEL HOSPITAL
UNIVERSITARIO “PUERTA DEL MAR” DE CADIZ
1.
ELEMENTOS TECNICOS DEL CONTRATO
1.1
Objeto del Pliego.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto definir y regular
el alcance y condiciones de la prestación de servicios, así como recursos
técnicos, que regirán la asistencia técnica de los Sistemas de Planificación,
Unidad de Tratamiento y Accesorios de Braquiterapia iinstalados en el Servicio
de Radioterapia del Hospital Universitario "Puerta del Mar” de Cádiz.
La asistencia técnica se llevará a cabo con arreglo a los requerimientos y
condiciones que se estipulen en este pliego de prescripciones técnicas, de los
que se derivarán los derechos y obligaciones de las partes contratantes.
1.2
Denominación técnica de los elementos.
El equipamiento objeto de esta contratación es el reflejado en el ANEXO I de
este pliego.
1.3
Características técnicas generales y específicas de los elementos.
1.3.1 Finalidad del servicio a contratar.
La prestación del servicio a que obliga el contrato tiene como fin:
a)
Conseguir el mejor estado de funcionamiento y la adecuación
tecnológica del equipamiento relacionado en el ANEXO I
perteneciente al Hospital Universitario "Puerta del Mar” de Cádiz,
actuando para ello, en partes, elementos, componentes y
accesorios.
b)
Facilitar la obtención de funciones, parámetros y prestaciones de
los equipos, incluido el software necesario para su
funcionamiento.
Pliego de Prescripciones Técnicas
Servicio de Mantenimiento H. U. “Puerta del Mar”
Electromedicina
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c)
Asegurar el correcto funcionamiento de los activos objeto del
contrato mediante la realización de las tareas técnicas
preventivas o correctivas necesarias para minimizar el número de
paradas como consecuencia de averías o funcionamiento
incorrectos.
d)
Realizar las operaciones de mantenimiento de acuerdo con las
directrices del fabricante y con normas, procedimientos y
técnicas de uso reconocido, con el fin de garantizar la
funcionalidad y duración de los equipos hasta su obsolescencia
funcional.
e)
Comprobar el cumplimiento de las normas de seguridad
obligatorias que afecten a los equipos principales, a sus partes y
accesorios. En caso de variación de la normativa de seguridad; el
adjudicatario propondrá las modificaciones necesarias.
1.3.2 Desarrollo operativo del servicio.
1.3.2.1 General.
1.3.2.1.1.Las prestaciones de Servicio a que obliga el contrato, serán
realizadas dentro del calendario y horario laboral aprobado por la autoridad
competente. En los equipos en los que las operaciones de mantenimiento
preventivo tengan gran incidencia sobre el funcionamiento normal del Servicio
Médico en el que estén ubicados, se valorará la realización de las operaciones
de mantenimiento preventivo en horario en los que los equipos no se utilicen
normalmente (fines de semana, tarde, etc.)
El Hospital se compromete a que todos los trabajos sean realizados por
el personal
autorizado y/o designado por la empresa adjudicataria,
facilitándose para ello, el acceso a los lugares donde los equipos se encuentren
ubicados.
1.3.2.1.2.-
La empresa adjudicataria se compromete a:
a) Efectuar la adaptación de los equipos instalados a las normas de seguridad
exigibles, previa aprobación por los órganos competentes de contratación
de la correspondiente oferta.
b) Aportar las certificaciones, homologaciones, autorizaciones, licencias de
operador y, en general, toda aquella documentación exigida por la
legislación vigente en relación con el equipamiento objeto del contrato a lo
largo de su periodo de vigencia.
Pliego de Prescripciones Técnicas
Servicio de Mantenimiento H. U. “Puerta del Mar”
Electromedicina
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c) Conseguir de los fabricantes de los equipos el compromiso de actualización
de la información relativa a las operaciones de mejora de seguridad o de
subsanación de los defectos de los mismos.
d) Establecer un sistema de aseguramiento de calidad en la materia objeto del
contrato, contemplando al menos la acreditación del personal técnico y los
protocolos de actuaciones.
e) Aceptar las auditorias de calidad que determine el SAS para controlar la
ejecución del contrato.
f)
Asegurar la trazabilidad de las intervenciones de modo que las mismas sean
homogéneas.
g) No se podrá argumentar obsolescencia técnica como motivo de no
intervención durante el periodo de vigencia del contrato.
h) El periodo de garantía de las reparaciones será de al menos tres meses.
1.3.2.1.3.La empresa adjudicataria notificará al Servicio de Radiofísica y a
la Unidad de Electromedicina, la fecha de las visitas de mantenimiento
preventivo con una antelación mínima de 15 días indicándose el tiempo de
inmovilización para este cometido.
Todas las actuaciones se llevarán a cabo con conocimiento de los
citados servicios.
1.3.3 Prestación del servicio de mantenimiento.
Mediante el contrato de mantenimiento suscrito, la empresa adjudicataria se
compromete a:
A) Asistencia telefónica y remota via Modem o similar:
Tal asistencia se deberá prestar al menos en horario laboral entre las 9.00 horas y
las 18.00 horas de lunes a viernes.
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B) Mantenimiento Presencial Preventivo:
Se habrán de realizar al menos dos revisiones preventivas al año.
La fechas de tales revisiones se fijarán de mutuo acuerdo entre el Servicio de
Radiofísica del hospital y la empresa adjudicataria.
En dichas revisiones preventivas, la empresa adjudicataria comprobará el correcto
funcionamiento del equipamiento objeto de contrato, y procederá a la sustitución
de aquellos componentes que se estimen necesario por deterioro de los mismos y
que afecten al correcto funcionamiento del sistema.
C) Mantenimiento Presencial Correctivo:
Se habrán de realizar tantas intervenciones correctivas sean necesarias para el
correcto funcionamiento del equipamiento objeto de contrato.
D) Otras prestaciones:
Durante el periodo de duración del contrato, se habrán de actualizar las versiones
de software que aparezcan y las actualizaciones del hardware que sean necesarias
para el correcto funcionamiento.
En caso de ser necesario, se habrán de sustituir los equipos perféricos que así lo
requieran por deterioro.
En cada intervención, preventiva o correctiva, será imprescindible rellenar el
“Certificado de Intervención” que se refleja en el Anexo II “Anexos de
Mantenimiento”, y entregarlo a los Servicios Técnicos del hospital. Además, para el
caso de averías, el Parte de Averías se entregará junto con el “Certificado de
Intervención” a los Servicios Técnicos del Hospital, siendo la cumplimentación de
los mismos imprescindible para el seguimiento de la calidad y prestaciones del
equipo o equipos.
1.3.3.1.-
Tiempo de Atención:
Es el tiempo transcurrido desde que el centro sanitario comunica un
aviso hasta que la empresa adjudicataria manifiesta que lo ha recibido. El
tiempo de atención deberá ser en la misma jornada en que se produzca la
avería.
1.3.3.2.-
Tiempo de Respuesta:
El tiempo de respuesta es el plazo de tiempo transcurrido desde que el
Hospital notifica la avería a la empresa adjudicataria hasta el momento de la
intervención técnica. Este tiempo queda fijado en 48 horas como máximo.
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1.3.3.3.-
Tiempo Máximo de Interrupción del Servicio:
Seis días naturales desde el aviso del centro sanitario. En estos casos
deberá existir justificación documentada de la demora en la resolución de la
avería.
1.3.3.4.-
Tiempo de Disponibilidad del Equipo:
Será la relación entre el tiempo en que haya estado operativo y el que
estaría sin que se produjeran averías. Los tiempos de disponibilidad semanal y
anual serán los mejores posibles, poniéndose a disposición de este objetivo
todos los recursos disponibles: humanos y materiales tanto nacionales como
internacionales. No obstante, se tenderá en lo posible a tiempos de
disponibilidad superiores al 70 y al 90 por ciento respectivamente.
1.3.4 Relaciones y Obligaciones de Carácter Laboral.
a)
La empresa adjudicataria deberá presentar todas aquellas
certificaciones, homologaciones, autorizaciones, licencias de operador y
en general toda aquella documentación exigida por la legislación
vigente, actuales y futuras, y en particular la certificación anual de
garantía de calidad, para los equipos contratados, según lo estipulado
en las normas europeas.
b)
La ejecución de las tareas de instalación y puesta a punto del
equipamiento se realizará por técnicos cualificados.
c)
La empresa adjudicataria queda obligada a que todo el personal que
emplee para la ejecución de la prestación del servicio esté afiliado a la
Seguridad Social, obligándose a cumplir con dicho personal toda la
legislación laboral vigente y futura.
d)
La empresa adjudicataria será responsable ante los tribunales de justicia
de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal técnico como
consecuencia del ejercicio de su profesión en el Centro Sanitario.
La empresa adjudicataria deberá dotar al personal técnico que ejecute la
prestación del servicio, de la oportuna acreditación para su identificación en el
Hospital.
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1.3.5. Obligaciones en Materia de Aseguramiento de Calidad
La Empresa adjudicataria deberá establecer sistemas de Aseguramiento de
Calidad según Normas universalmente aceptadas que contemplen
procedimientos de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos
electromédicos, así como la acreditación del personal técnico responsable.
Deberá poderse someter en su caso, a una Auditoría Externa en materia de
calidad por Empresa Consultora Independiente, según procedimientos
universalmente aceptados y designada por los Servicios Centrales del SAS.
No obstante lo anterior, el Centro Sanitario podrá tomar en cualquier momento
las medidas de control que considere oportunas para vigilar el cumplimiento de
las obligaciones a que está sometida la Empresa adjudicataria, como
consecuencia de lo especificado en el presente Pliego y de las que se
contemplen en el contrato que de él se deriven.
El personal que el centro sanitario designe, se incorporará al sistema de control
de calidad según los procedimientos establecidos en las normas de
aseguramiento de la calidad.
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1.3.6
Obligaciones en Materia de Gestión Medioambiental.
El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la
legislación ambiental comunitaria, estatal, autonómica y local vigente que sea de
aplicación.
El adjudicatario deberá cumplir los procedimientos y protocolos del H.U. Puerta del Mar
que le sean aplicables. Dicha documentación se pondrá a su disposición a través del
servicio contratante, del responsable de Gestión Ambiental del centro o por los medios
de difusión pública del centro.
El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para la minimización del impacto
ambiental inherente al suministro (consumo de agua, electricidad, etc.).
El adjudicatario responderá de cualquier incidente por él causado. El H.U. Puerta del
Mar se reserva el derecho a repercutir sobre el adjudicatario las acciones y gastos que
se originen por el incumplimiento de sus obligaciones de carácter ambiental.
Para evitar tales incidentes, el adjudicatario adoptará las medidas preventivas
oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar
vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de
cualquier tipo de residuo procedente del propio producto o de los elementos necesarios
para su transporte, con extrema atención a la correcta manipulación de los residuos
peligrosos.
Sobre la persona designada por el adjudicatario recaerá la responsabilidad de la
observación de estas condiciones de carácter ambiental. Dicho responsable podrá ser
requerido por el H.U. Puerta del Mar ante cualquier incidencia de carácter ambiental.
Los residuos generados durante los trabajos que sean de titularidad del adjudicatario,
o los continentes de los productos que se caractericen como peligrosos suministrados
por aquellos, deberán ser retirados de las instalaciones por sus propios medios, bajo su
responsabilidad, de acuerdo a las prescripciones legales vigentes, comunicando dicho
trámite al H.U. Puerta del Mar.
El adjudicatario se compromete a informar inmediatamente al H.U. Puerta del Mar
sobre cualquier incidente que se produzca en el curso de los trabajos. El Centro podrá
solicitar un informe escrito referente al hecho y a sus causas.
Pliego de Prescripciones Técnicas
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2.DENOMINACION
Y
DESCRIPCION
CARACTERISTICAS COMPLEMENTARIAS
DE
CONDICIONES
O
El servicio de mantenimiento preventivo y correctivo se ajustará a lo
exigido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas., y por tanto cubrirá
todas las eventualidades que se produzcan, salvo en las que se demuestre mala
fe, uso indebido o errores de manipulación de los equipos, catástrofes naturales
(tales como inundaciones, terremotos o incendios), negligencia o fallos en las
condiciones ambientales y/o fallos en los sistemas de alimentación de los
equipos.
3.-
VARIANTES
No se admiten variantes.
4.-
DOCUMENTACION TECNICA
4.1.- DOCUMENTACION TECNICA OBLIGATORIA
4.1.1.- Los licitadores han de presentar información sobre los siguientes
aspectos:
- Plan de Mantenimiento Preventivo.
- Plan de Mantenimiento Correctivo.
- Descripción del personal técnico que dedicarán a la prestación del
servicio (categoría profesional, homologaciones,...).
- Sistema de calidad que tengan establecido conforme a normas de
ámbito europeo.
Con independencia de lo anterior, deberá reflejarse claramente en la oferta
técnica, los puntos de sus características por las que se cumple con todas y
cada una de las especificaciones solicitadas en este pliego.
4.2.- DOCUMENTACION TECNICA COMPLEMENTARIA
Cualquier otra documentación que la empresa considere de interés, no incluida
en el apartado anterior, y que pueda ser evaluada por la Comisión Técnica u
Organo Evaluador designado al efecto.
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ANEXO I
Pliego de Prescripciones Técnicas
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ANEXO II
“ANEXO DE MANTENIMIENTO 1”
La empresa adjudicataria se compromete a entregar los protocolos a seguir para la ejecución
de las revisiones, que deberán de ser aprobados por el Área ó Unidad de Electromedicina del
hospital. Análogo procedimiento se ha de seguir con cualquier actualización de los mismos,
previa aplicación a los equipos electromédicos del hospital.
A través de estos protocolos, la empresa adjudicataria, una vez efectuada la intervención,
tantopreventiva como correctiva, emitirá los partes de trabajo propios y certificará en el
Certificado de intervención posterior:
-
-
-
-
Los resultados cuantitativos resultantes del control de las variables que
requieran verificación o calibración incluyendo el margen de aceptación
para cada variable establecido bien por la legislación aplicable, o porque se
asuman las especificaciones de los fabricantes o por los criterios del
mantenedor.
Los patrones o protocolos utilizados en dicha verificación o calibración y el
método empleado para asegurar la trazabilidad y calibración de los equipos
o instrumentos usados en la calibración o verificación. Estos protocolos
serán los empleados en las revisiones efectuadas sobre los equipos.
Deben mostrar el código de protocolo y edición en vigor. En caso de
modificación de estos protocolos, así como de los manuales de los
equipos, deben entregarse y aprobarse los nuevos antes de una futura
revisión.
Que dichos patrones o protocolos están calibrados contra patrones
nacionales o internacionales reconocidos.
Los partes de trabajo garantizan el cumplimiento de los protocolos de
revisión vigentes, cuyos registros y rangos de aceptación deben aparecer
en el parte. Estos registros deben de cumplir los rangos de aceptación
establecidos.
Indicaciones de fecha y hora de inicio de la intervención y fin de
intervención.
Tiempo de indisponibilidad del equipo.
El certificado de intervención (Anexo de Mantenimiento 2) de los equipos o instrumentos
electromédicos descritos en el presente contrato deberá ser entregado al Servicio de
Electromedicina, una vez haya sido realizada la correspondiente revisión, tanto preventiva
como correctiva. Junto a este se entregará copia de los certificados de calibración de los
instrumentos empleados para ejecutar dicha revisión. Para asegurar la trazabilidad de los
certificados de calibración, en el certificado de intervención se adjuntarán los modelos, marcas,
números de serie de los instrumentos empleados.
La empresa adjudicataria se compromete a entregar un calendario de las revisiones periódicas
preventivas a realizar sobre los equipos en un plazo no superior a quince días posteriores a la
firma del contrato. Este calendario debe ser aprobado por el Área ó unidad de Electromedicina.
Análogo procedimiento se ha de seguir cada primero de enero, el Hospital deberá disponer de
los calendarios de revisión para ese año, para su aprobación previa por parte del servicio de
electromedicina del hospital.
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ANEXO DE MANTENIMIENTO 2
(CERTIFICADO DE INTERVENCION)
Nº PARTE DE TRABAJO:
EQUIPO:
MARCA:
MODELO:
FABRICANTE:
Nº SERIE:
UBICACIÓN:
La Empresa _________________________, expide este certificado como superación
de las condiciones de las revisiones efectuadas en fecha de ___________ según los
protocolos de revisión _________, que el fabricante exige y conforme a la normativa
legal vigente.
Los equipos o instrumentos empleados en esta revisión están calibrados bajo patrones
nacionales o internacionales.
OBSERVACIONES AL ESTADO FINAL DEL EQUIPO:
Fecha y hora de inicio de la intervención:
Fecha y hora de finalización intervención:
Tiempo de indisponibilidad del equipo:
Instrumentos Utilizados:
Nº/serie:
Nº Certificado:
Fecha calibración:
Fecha de Emisión:
Sello de la Empresa
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Electromedicina
Firma del Técnico
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