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DERECHO CIVIL PARTE GENERAL CÁTEDRA: DR. FELICETTI 1- FUNDAMENTACION: La asignatura corresponde al 2° año de la Carrera de Abogacía según el Plan de Estudios actualmente en vigencia desde el primer cuatrimestre del año 2009. Derecho Civil Parte General, posee como correlativas anteriores a las siguientes asignaturas: Introducción al Derecho; Derecho Romano; Derecho Político; Teoría Constitucional; Realidad Social Latinoamericana y Derecho y Teoría General del Proceso. Siendo esta asignatura el primer acercamiento de los alumnos a una materia codificada y además, la base del estudio sobre el derecho privado, especialmente acerca del Derecho Civil de forma general y, por tratarse de los conocimientos esenciales aplicables para el resto del estudio pormenorizado que deberán abordar en adelante en relación a la unicidad emergente de la interrelación del mencionado derecho privado con el derecho público; la intención es que comprendan que el derecho en todas sus instancias, lejos de ser abstracto, es parte de la vida diaria de los miembros de la sociedad a la que pertenecen. 2- OBJETIVOS GENERALES: Favorecer la construcción de los conocimientos fundamentales del derecho civil con el fin de producir una apropiación de los contenidos significativos de esta rama del derecho y la relación con las demás. Abordar los contenidos del derecho civil desde una perspectiva teórico práctica y su consecuente relación con las situaciones fácticas a los efectos de realizar una conjunción entre lo teórico-conceptual y lo practico-instrumental. Favorecer la apropiación del vocabulario técnico-jurídico con el fin de fortalecer la formación integral del estudiante de derecho. 3- UNIDADES PROGRAMATICAS Según ley 26.994 Unidad Nº 1: El derecho: Concepto. Definiciones varias. Moral y derecho. Derecho Natural y derecho positivo. Derecho objetivo y derechos subjetivos. Derecho Objetivo y positivo: Concepto. Ramas del derecho. Derecho civil: Origen y evolución. Derechos subjetivos: Concepto. Teorías afirmatorias y negatorias. Clasificación: Derechos extrapatrimoniales: Derechos derivados de las potestades del derecho de familia. Derechos y actos personalísimos (arts. 51º al 61º): Inviolabilidad de la persona humana. Afectaciones a la dignidad. Derecho a la imagen. Actos peligrosos. Disposición de derechos personalísimos. Actos de disposición sobre el propio cuerpo. Prácticas prohibidas. Investigaciones en seres humanos. Consentimiento informado para actos médicos e investigación en salud Directivas médicas anticipadas. Exequias. Derechos patrimoniales: derechos reales. Derechos personales o creditorios. Derechos intelectuales. Los deberes de los sujetos: Deberes, obligaciones, cargas y responsabilidad. Relatividad de los derechos y deberes: El ejercicio de los derechos (arts. 9º al 18º): Principio de buena fé. Abuso del derecho. Abuso de posición dominante. Orden Público. Fraude a la ley. Renuncia a la ley. Derechos individuales y de incidencia colectiva. Unidad Nº 2: Fuentes del Derecho: Enunciación. Concepto. Clasificación: Fuentes formales y fuentes materiales. Fundamentos de su existencia (Principios de los arts. 1º al 3º). Evolución histórica. Clasificación. La ley: Concepto. La Costumbre: Concepto. Elementos y caracteres. Elemento objetivo y elemento subjetivo. Clases. Régimen de nuestro Código Civil y Comercial. La Jurisprudencia: Concepto. Jurisprudencia obligatoria y jurisprudencia no obligatoria. Recursos de Inaplicabilidad de la ley y extraordinario. La influencia en la evolución del derecho. La Doctrina: Concepto. Importancia. Otras Fuentes: La equidad. Los principios generales del derecho. Unidad Nº 3: La Codificación: Concepto. Ventajas e inconvenientes. Antecedentes y sanción del Código Civil redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield. Antecedentes y sanción del Código Civil y Comercial (Ley 26.994). Common Law: Características. Ventajas y desventajas. El Código Civil argentino: Antecedentes y Sanción. Fuentes del Código Civil. Valor de las notas. Principales reformas. Unidad Nº 4: La Ley (arts. 4º al 8º): Concepto. Acepciones: En sentido amplio o formal y en sentido estricto o material. Proceso de formación de las leyes. Vigencia de la ley: Formas de derogación. Clasificación de la ley: Según su obligatoriedad. Según la índole de la sanción que contiene. Según el sentido de su disposición. Leyes de fondo y leyes de forma. Orden público: Concepto. Efectos de la ley: con respecto al territorio y al tiempo. La retroactividad de la ley (art. 7º) y la aplicación de leyes extranjeras (art. 2600º). Modos de contar los intervalos del derecho (art. 6º). Interpretación de la ley: Concepto. Distintas especies de interpretación. Escuelas de interpretación. Unidad Nº 5: Las personas como sujeto de la relación jurídica: Concepto de persona. Clases de personas. La persona humana (arts. 19º al 21º): Personas por nacer: Comienzo de su existencia. Condición jurídica. Personalidad condicional. Derechos que pueden adquirir y obligaciones que pueden contraer. Concepción y embarazo: Duración del embarazo. Época de la concepción. El nacimiento: Importancia. Presunción de vida. Prueba de la muerte. La viabilidad en el derecho comparado. Nacimiento de varios hijos en un mismo parto. Atributos de la personalidad: Concepto. Caracteres comunes. Enumeración. El Nombre (arts. 62º al 72º): Concepto. Antecedentes. Función. Naturaleza jurídica. Adquisición originaria y adquisición derivada. Derecho y deber. Reglas concernientes al prenombre. Apellido de los hijos. Apellido de persona menor de edad sin filiación determinada; casos especiales. Cónyuges. Nombre del hijo adoptivo. Cambio de nombre; proceso. Acciones de protección del nombre. Seudónimo. El estado civil: Concepto. Antecedentes históricos. Elementos. Estado civil y estado de familia. Acciones de estado. Título y posesión de estado de familia. Prueba del nacimiento, de la muerte y de la edad Partidas del Registro Civil y de Capacidad de las Personas, y parroquiales. Contenido de las partidas. Nulidad y rectificación de las partidas (arts. 96º al 99º). Relación del estado civil con la capacidad. Unidad Nº 6: La capacidad (arts. 22º al 50º): Concepto general. Clases. Ley aplicable a la capacidad de derecho y ley aplicable a la capacidad de ejercicio. Capacidad de Derecho: Concepto. Alcance y limitaciones. Capacidad de Ejercicio: Alcance y limitaciones. Personas incapaces de ejercicio. Persona menor de edad: Menor de edad y adolescente. Ejercicio de los derechos por la persona menor de edad. Inhabilitados (art. 48º al 50º): Pródigos. Concepto. Régimen jurídico. Incapacidad e Inhabilidad para contratar (arts. 1000º a 1002º): Efectos de la nulidad del contrato. Inhabilidades para contratar. Inhabilidades especiales. Representación y asistencia (arts. 100º al 103º): Concepto de cada una. Regla general. Enumeración. Asistencia. Actuación del ministerio Público. Tutela (arts. 104º al 137º): Concepto. Curatela (arts. 138º al 140º): Concepto. Emancipación (art. 22º): Concepto. Evolución en nuestro derecho. Actos prohibidos a la persona emancipada (art. 28º), Actos sujetos a autorización judicial (art. 29º). Persona menor de edad con título profesional habilitante (art. 30º). Unidad Nº 7: Restricciones a la capacidad (arts. 31º al 42º): Reglas generales. Persona con capacidad restringida y con incapacidad. Legitimación para solicitar la declaración de incapacidad y de capacidad restringida. Medidas cautelares. Entrevista personal. Intervención del interesado en el proceso. Competencia. Sentencia: Alcances. Registración y revisión. Internación. Traslado dispuesto por autoridad pública: Evaluación e internación. Sistemas de apoyo al ejercicio de la capacidad (art. 43º): Concepto. Función y Designación. Actos realizados por persona incapaz o con capacidad restringida (arts. 44º al 46º): Actos posteriores a la inscripción de la sentencia. Actos anteriores a la inscripción. Persona fallecida, efectos de sus actos. Cese de la incapacidad y de las restricciones a la capacidad (art. 47º): Procedimiento. Unidad Nº 8: El domicilio (arts. 73º al 78º): Concepto. Diferencia con la habitación y la residencia. Especies: Domicilio general u ordinario: Domicilio real: Caracteres. Elementos constitutivos. Domicilio legal: Caracteres. Personas que lo tienen. Domicilio especial. Domicilio ignorado. Cambio de domicilio. Efectos del domicilio. Unidad Nº 9: El Patrimonio: Concepto. Naturaleza Jurídica. Teorías. Titularidad de derechos, principios del art. 15º. Función de garantía para los acreedores (arts. 242º y 243º). Clases de acreedores. Acciones integratorias del patrimonio. Otras acciones. Bienes y Cosas (art. 16º): Concepto. Clasificación de las cosas en sí mismas (arts. 225º al 234º) y en relación a las personas (arts. 235º al 239º). Bienes con relación a los derechos de incidencia colectiva (art. 240º y 241º). Límites al ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes. Vivienda (art. 244º al 256º): Régimen jurídico. Derecho de las comunidades indígenas (art. 18º). Unidad Nº 10: Fin de la existencia de las personas humanas (arts. 93º al 95º): Principio general. Comprobación de la muerte. Teorías de los Conmorientes y de los premorientes: Concepto y efectos. Efectos de la muerte respecto a los derechos: Transmisión de los derechos (arts. 398º al 400º): Transmisibilidad. Regla general. Sucesores. Ausencia simple (arts. 79º al 84º): Concepto. Legitimados. Juez competente. Procedimiento. Sentencia. Conclusión de la curatela. Presunción de fallecimiento (arts. 85º al 92º): Casos. Legitimados. Procedimiento. Curador a los bienes. Declaración del fallecimiento presunto. Día presuntivo del fallecimiento. Entrega de los bienes. Inventario. Conclusión de la prenotación. Efectos de la declaración respecto al matrimonio (art. 435º). Reaparición del ausente presumido fallecido, respecto a los bienes y al matrimonio. Unidad Nº 11: La persona jurídica (arts. 141º al 224º): Evolución histórica. Naturaleza jurídica. Legislación comparada. Personas jurídicas constituidas en el extranjero. Definición. Comienzo de su existencia. Personalidad diferenciada. Inoponibilidad de la personalidad jurídica. Clases: Personas Jurídicas Públicas, ley aplicable. Personas Jurídicas Privadas, clases. Participación del Estado. Leyes aplicables. Atributos de la personalidad jurídica: Nombre. Domicilio y sede social: Alcance del domicilio. Notificaciones. Patrimonio. Duración. Objeto. Funcionamiento: Modificación del estatuto. Gobierno, administración y fiscalización. Deber de lealtad y diligencia. Interés contrario. Responsabilidad de los administradores. Obstáculos que impiden adoptar decisiones. Transformación. Fusión. Escisión. Disolución. Liquidación: Causales. Revocación de la autorización estatal. Prórroga. Reconducción. Liquidación y responsabilidades. Asociaciones civiles: Objeto. Forma del acto constitutivo: Contenido. Administradores. Fiscalización. Integrantes del órgano de fiscalización. Contralor estatal. Participación en los actos de gobierno. Cesación en el cargo. Extinción de la responsabilidad. Participación en las asambleas. Renuncia. Exclusión. Responsabilidad. Intransmisibilidad. Disolución. Liquidador. Procedimiento de la liquidación. Normas supletorias. Simples asociaciones: Forma del acto constitutivo. Ley aplicable. Reenvío. Existencia. Prescindencia de órgano de fiscalización. Insolvencia. Responsabilidad de los miembros. Fundaciones: Concepto, objeto, modo de constitución y patrimonio: Concepto. Patrimonio inicial. Acto constitutivo. Estatuto. Aportes. Promesas de donación. Cumplimiento de promesas. Planes de acción. Responsabilidad de los fundadores y administradores durante la etapa de gestación. Gobierno y administración: Consejo de administración. Derecho de los fundadores. Designación de los consejeros. Carácter de los consejeros. Comité ejecutivo. Carácter honorario del cargo. Reuniones, convocatorias, mayorías, decisiones y actas. Quorum especial. Remoción del consejo de administración. Acefalía del consejo de administración. Derechos y obligaciones de los integrantes del consejo de administración. Contrato con el fundador o sus herederos. Destino de los ingresos. Deber de información. Colaboración de las reparticiones oficiales. Reforma del estatuto y disolución: Mayoría necesaria. Cambio de objeto. Destino de los bienes. Revocación de las donaciones. Fundaciones creadas por disposición testamentaria: Intervención del Ministerio Público. Facultades del Juez. Autoridad de contralor: Atribuciones. Otras facultades. Cambio de objeto, fusión y coordinación de actividades. Recursos. Responsabilidad de las personas jurídicas. Fin de su existencia. Unidad Nº 12: Hecho Jurídico (art. 257º): Concepto. Clasificación. Diferencia entre los hechos y actos jurídicos. Teoría general de los actos voluntarios. Condiciones internas: Discernimiento, intención y libertad. Causas obstativas. Condiciones externas: Diversas formas de manifestación de la voluntad (arts. 262º al 264º). Imputabilidad de los actos voluntarios. Concepto. Clasificación de las consecuencias (art. 1727º). Regla general para la imputación (art. 1726º). Valoración de la conducta (art. 1725º). Eximición de responsabilidad (arts. 1730º, 1731º y 1732º). Actos involuntarios: Efectos (arts. 1750º y 1742º). Clasificación: Ilícito civil y criminal. Su distinción. Unidad Nº 13: Acto Jurídico (art. 259º): Concepto. Caracteres. Elementos del acto jurídico: El sujeto. El objeto (art. 279º y 280º). La forma: Concepto. Principio de la libertad de las formas (arts. 284º a 288º). La causa (art. 281º a 283º). Clasificación de los actos jurídicos: Actos patrimoniales y extrapatrimoniales. Unilaterales y bilaterales. Onerosos y gratuitos. De disposición y de administración. Principales y accesorios. Puros o simples y sometidos a modalidades. Modalidades de los actos jurídicos: Concepto. Clasificación. Condición, plazo y cargo (arts. 343º a 357º). Efectos de los actos jurídicos (1021º al 1024º). Interpretación de los actos jurídicos (arts. 1061º a 1068º). Unidad Nº 14: La forma y el acto jurídico: Forma. Concepto. El instrumento como concepto autónomo. La forma y la prueba (arts. 284º a 288º). Instrumentos públicos (arts. 289º a 298º): Enunciación. Requisitos. Prohibiciones. Presupuestos. Competencia. Defectos de forma. Testigos inhábiles. Eficacia probatoria. Incolumidad formal. Contradocumento. Escritura pública y acta (arts. 299º al 312º): Escritura pública, definición. Protocolo. Requisitos. Idioma. Abreviaturas y números. Otorgante con discapacidad auditiva. Contenido. Justificación e identidad. Documentos habilitantes. Copias o testimonios. Nulidad. Actas. Requisitos de las actas notariales. Valor probatorio. Instrumentos privados y particulares (arts. 313º al 319º): Firma de los instrumentos privados. Reconocimiento de la firma. Documento firmado en blanco. Enmiendas. Fecha cierta. Correspondencia. Valor probatorio. Principios del art. 2649º. Unidad Nº 15: Vicios de los actos jurídicos: Concepto. Vicios de la voluntad: a) Error como vicio de la voluntad (arts. 265º al 270º). Error de hecho. Error reconocible. Supuestos de error esencial. Error de cálculo. Subsistencia del acto. Error en la declaración. b) Dolo como vicio de la voluntad (arts. 271º a 275º): Acción y omisión dolosa. Dolo esencial. Dolo incidental. Sujetos. Responsabilidad por los daños causados. c) Violencia como vicio de la voluntad (arts. 276º al 278º): Fuerza e intimidación. Sujetos. Responsabilidad por los daños causados. Vicios de los actos jurídicos: a) Lesión (art. 332º). b) Simulación (arts. 333º al 337º). Caracterización. Simulación lícita e ilícita. Acción entre las partes. Contradocumento. Acción de terceros. Efectos frente a terceros. Deber de indemnizar. c) Fraude (arts. 338º al 342º). Declaración de inoponibilidad. Requisitos. Efectos frente a terceros. Deber de indemnizar. Extinción de la acción. Extensión de la inoponibilidad. Unidad Nº 16: Sanciones destinadas a los actos prohibidos por las leyes: Sanciones en general (resarcitorias, represivas y cancelatorias). Ineficacia de los actos jurídicos: Disposiciones generales (arts. 382º al 385º): Categorías de ineficacia. Articulación. Conversión. Acto indirecto. Nulidad: Concepto. Naturaleza jurídica. Clasificaciones clásicas. Clasificaciones actuales: a) Nulidad absoluta y relativa (arts. 386º al 388º): Criterio de distinción. Nulidad absoluta: Consecuencias. Nulidad relativa: Consecuencias. b) Nulidad total y parcial (art. 389º): Principio. Integración. Efectos de la nulidad (arts. 390º al 392º): Restitución. Hechos simples. Efectos respecto de terceros en cosas registrables. Modos de hacer valer la nulidad. Confirmación de los actos jurídicos (arts. 393º al 395º): Concepto. Requisitos. Forma. Efecto retroactivo. Ratificación de los actos jurídicos (arts. 369º al 371º): Concepto. Tiempo de la ratificación. Manifestación de la ratificación. Inoponibilidad (Arts. 396º y 397º): Concepto. Efectos del acto inoponible frente a terceros. Oportunidad para invocarla. Unidad Nº 17: Extinción de las relaciones jurídicas: a) Hechos jurídicos extintivos: Concepto. Clasificación: Confusión. Compensación, Imposibilidad de cumplimiento, Muerte, Prescripción liberatoria y caducidad. b) Actos jurídicos extintivos: Concepto. Clasificación: Pago, novación, dación en pago, renuncia y remisión. Prescripción: Concepto. Clasificación. a) Prescripción adquisitiva. Concepto. Clases. Plazos. b) Prescripción liberatoria o extintiva. Concepto. Plazos. Interrupción, suspensión y dispensa. Diferencias entre la caducidad y la prescripción. Aclaración: Todos los artículos indicados en este programa se refieren al Código Civil y Comercial (Unificado), Ley 26.994 BIBLIOGRAFÍA: OBRAS DE CONSULTA: Alterini, Atilio A.: “Derecho Privado” Arauz Castex, Manuel: “Tratado de Derecho Civil – Parte General” Borda, Guillermo A. “Tratado de Derecho Civil Parte General” Cifuentes, Santos: “Elementos de Derecho Civil Parte General” Felicetti, Hugo Raúl: “Introducción al estudio del Derecho Civil – Parte General” Felicetti, Hugo Raúl: “Derecho a la Identidad Personal” Furgoni Rey, Guillermo: “Manual de Derecho Civil” Llambías, Jorge J.: “Tratado de Derecho Civil – Parte General” Rivera, Julio César: “Instituciones de Derecho Civil” Salvat, Raymundo: “Tratado de Derecho Civil” Spota, Alberto G.: “Tratado de Derecho Civil En cuanto al Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) existen al día de hoy varias ediciones comentadas del mismo: * Bueres, Alberto J. (Director) – Ed. Hammurabi * Calvo Costa, Carlos (Director) ; Danesi, Cecilia y Sáenz, Luis (Autores) - Ed. Thomson Reuters – La Ley * Lorenzetti, Ricardo Luis (Director) – Ed. Rubinzal Culzoni * Rivera, Julio César y Medina, Graciela (Directores) – Ed. Thomson Reuters – La Ley 5- MÉTODO DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE La presente asignatura se dictará en forma teórico – práctica. Lo que significa que los Docentes iniciarán las clases en forma expositiva sobre la temática correspondiente y luego en la parte final de la clase, se harán trabajos basados en casos o fallos que deberán ser analizados bajo la supervisión de los auxiliares docentes con evaluación de los resultados y la calificación correspondiente. El fundamento del método de estudio se basa en que por el Plan de Estudios 2009, se ubica en el grupo de materias de Formación Disciplinaria específica. La metodología utilizada logrará que el alumno alcance una comprensión primero global y luego particular de los conocimientos básicos a partir de clases que se dictan en forma teórica, con la utilización de materiales tales como pizarrón, elaborando cuadros sinópticos y así atrapar la atención de los alumnos mediante gran cantidad de ejemplos que acerquen esos conocimientos teóricos a la realidad que los circunda. A lo largo de la explicación de cada tema que conforman las unidades temáticas del Programa, se harán las citas oportunas desde la ingente producción doctrinal, jurisprudencial y legislativa que afecte a aquellas. Las estrategias teórico/práctico y actividades grupales se complementarán con trabajos monográficos o de investigación con defensa de parte del alumno. Los objetivos particulares del curso apuntan a lograr que los alumnos comprendan el Derecho Civil como base del cual nacen las demás ramas del Derecho; conocer su estructura, fuentes y principios; apropiarse de los grandes temas de este curso; distinguir entre las distintas estructuras jurídicas y utilizar vocabulario específico de la disciplina. De esta manera se persigue la no memorización de los temas sino su comprensión y razonamiento para así lograr efectuar deducciones y planteos válidos. CARGA HORARIA De acuerdo a las disposiciones del Plan de Estudios vigente, la carga horaria cuatrimestral, será de 80 hrs. en días y horarios establecidos por la Secretaría Académica. 6- EVALUACIONES Los alumnos a los fines de su evaluación parcial deberán dar cumplimiento a un setenta y cinco por ciento de asistencia a las clases de la asignatura y a las actividades previstas por la Cátedra. a) PROMOCIÓN DIRECTA. La calificación final, será la resultante de la media aritmética entre la calificación del primer examen parcial y la calificación del segundo examen parcial. Los alumnos promocionan la asignatura cuando la calificación final es de seis (6) o más puntos. El alumno no podrá promocionar la asignatura, cuando sea aplazado en uno de los dos parciales, a pesar que su promedio se de seis (6) o más puntos. b) EXAMEN INTEGRADOR. Se encuentran en condiciones de rendir el examen integrador, aquellos alumnos que: b.1) Obtienen un promedio final menor a seis (6) puntos. b.2) Se encuentran aplazados en una o en la totalidad de las evaluaciones parciales. b.3) Figuran ausentes a una o la totalidad de las evaluaciones parciales. c) ESCALA DE CALIFICACIONES. El rendimiento del alumno será calificado con números enteros dentro de la escala cero (0) al diez (10), con los siguientes valores 0,1,2,3 insuficiente o aplazado; 4 y 5 regular; 6 y 7 bueno; 8 y 9 distinguido; 10 sobresaliente.