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REGISTRO Nº 3146/15.CORRESPONDE EXPTE. C-3583-15.V I S TO : Las actuaciones promovidas por el Director del Área Descentralización Tributaria, en relación con la necesidad de introducir modificaciones en la administración del impuesto Patente Automotor descentralizado.Atento ello y de conformidad con el informe del Director de Hacienda y Rentas y proyecto que antecede, el INTENDENTE MUNICIPAL DE PERGAMINO, en uso de sus atribuciones, DECRETA : ARTICULO 1º: Se autoriza al Departamento de Patentes de la Dirección de Descentralización Tributaria a actuar de oficio en la administración del Impuesto Patente Automotor y de la Tasa Patente de Rodados, mediante la utilización de toda información y/o documentación proveniente de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor y de acuerdo a lo establecido en los artículos siguientes: ARTICULO 2º : Se podrán realizar altas de automotores y /o moto vehículos que se encuentren radicados en el Partido de Pergamino con la presentación, por parte de persona interesada, de estados de dominio histórico emitidos por los registros competentes dependientes de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor.Se podrá utilizar además, a efectos de realizar altas de oficio, toda información suministrada por los Registros del Automotor a pedido de la oficina municipal competente.ARTICULO 3º: Se podrán realizar bajas de automotores y / o moto vehículos que se encuentran radicados fuera del partido de Pergamino, con la presentación, por parte de persona interesada, de estados de dominio histórico emitidos por los registros competentes dependientes de la DNRPA.Se podrá utilizar además, a efectos de realizar bajas de oficio, toda información suministrada por los Registros del Automotor a pedido de la oficina municipal competente.ARTICULO 4º: Se podrá realizar cambios de titularidad de los automotores y/ o moto vehículos que se encuentran incorporados en el padrón municipal con la presentación por parte de persona interesada, de estados de dominio histórico emitidos por los registros competentes dependientes de la D.NR.P.A.Se podrá utilizar además, a efectos de realizar cambios de titularidad, toda información suministrada por los Registros del Automotor a pedido de la oficina municipal competente.ARTICULO 5º: Se establece que los cambios reglamentados producirán efectos automáticos en el estado de deuda de los automotores y/o moto vehículos involucrados desde el mismo momento de su inscripción en el registro competente de la DNRPA y de acuerdo a lo determinado en los artículos siguientes -: ARTICULO 6º: Los automotores y/ o moto vehículos dados de alta según lo establecido en los artículos precedentes, estarán obligados al pago del impuesto y/ o tasa correspondiente desde la fecha de su radicación en el Partido de Pergamino que figura en el estado de dominio histórico o según lo informado por el registro automotor competente.ARTICULO 7º: Los automotores y/o moto vehículos dados de baja según lo establecido en los artículos precedentes, estarán obligados al pago del impuesto y/o tasa correspondiente hasta la fecha de su radicación fuera del Partido de Pergamino , que figura en el estado de dominio histórico o según la informada por el registro automotor competente.ARTICULO 8º: Los cambios de titularidad realizados según lo establecido en los artículos precedentes, no producirán cambios en el estado de deuda de los automotores y/o moto vehículos involucrados, quedando obligado el nuevo titular al pago de la deuda que hubiere con anterioridad. ARTICULO 9º: Regístrese, dése al BOLETIN MUNICIPAL, publíquese por la DIRECCION DE PRENSA y gírese a la DIRECCION DE DESCENTRALIZACION TRIBUTARIA y DIRECCION DE HACIENDA Y RENTAS a los fines procedentes.PERGAMINO, 29 de octubre de 2015. FIRMADO: Omar R. PACINI – Intendente Municipal.CPN. Sergio F. TRESSENS – Sec. De Economía y Hacienda.-