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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN
DE LA GESTION DEL SERVICIO PUBLICO DE MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE PARQUES Y JARDINES, EN EL TERMINO
MUNICIPAL DE EL PUERTO DE SANTA MARIA, POR
PROCEDIMIENTO ABIERTO Y LA FORMA DE ADJUDICACIÓN DE
CONCURSO.
ÍNDICE
___________________________________________________________________________
CAPITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II
DISPOSICIONES TÉCNICAS
CAPITULO III
PERSONAL
CAPITULO IV
INSTALACIONES
CAPITULO V
MEDIOS MATERIALES
CAPITULO VI
INSPECCIÓN Y CONTROL
ANEXO 1
LISTADO DE LOS PARQUES Y JARDINES OBJETO DEL
CONTRATO.
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CAPITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1. El objeto del presente Pliego es la contratación de las labores de conservación y
mantenimiento de los Parques y Jardines de este termino municipal incluidos en el anexo del
presente pliego.
Cláusula 2. El nivel de prestación deberá ser tal que el estado actual de las zonas verdes se
incremente estética y fisiológicamente con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado
permanente producen.
Cláusula 3. La duración del presente contrato será de 4 años, prorrogables por otros 4, debiendo
ser solicitadas las prorrogas por el adjudicatario anualmente, con seis meses de antelación, y
aprobada la misma por el órgano competente. El día de inicio de la prestación será a todos los
efectos el día uno de enero del año 2.004
Cláusula 4. El adjudicatario a los 90 días del comienzo de las operaciones deberá entregar el
inventario actualizado de plantas, árboles y arbustos, la superficie de cespitosas, tapizantes y
zonas terrizas de las zonas verdes objeto de conservación e incluirlas en el programa
Greengest ya existente.
Cláusula 5. La Gestión del servicio consistirá en el mantenimiento y conservación de los jardines
públicos que figuran en el Anexo.
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CAPITULO II
DISPOSICIONES TÉCNICAS
LABORES DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
Cláusula 6. El conjunto de labores que han de realizarse para conservar las zonas verdes en
perfecto estado botánico y ornamental, se descompone como sigue, debiéndose considerar
incluidas, aunque no estén tácitamente señaladas, todos los trabajos y operaciones que en
orden lógico y práctico del buen oficio sea necesario ejecutar y disponer.
6.1. - Mantenimiento y conservación
A.- Céspedes y praderas:
* Siegas
* Desbroce
* Riegos
* Perfilados
* Escardas
* Aireado
* Abonados
* Recebado
* Limpieza
B.- Plantaciones:
* Cava
* Escardas
* Riegos
* Abonados
* Plantaciones
* Limpieza
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C.-Jardineras:
*Abonados
*Riegos
*Podas
*Limpieza
D.- Instalaciones de riego.
E.-Areneros.
F.-Exhorno recinto ferial.
G.-Recogida de naranjas.
6.2. - Reposición
A.- Plantas de temporada
B.- Plantas vivaces
C.- Césped
D.- Arbustos
E.- Arboles
6.3. - Poda
A.- De formación árboles y arbustos
B.- De rejuvenecimiento o de restauración
C.- De limpieza de palmeras
D.- Cualquier otro tipo de poda que requiera la planta
Las anteriores labores se realizarán ajustándose a las condiciones particulares que para
cada una de ellas se detallan.
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Cláusula 7. 7.1. - LABORES DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN:
Riegos.- Los elementos vegetales se regaran con la periodicidad mínima que requiera
la plantación en las épocas que fuese necesario, dependiendo de las condiciones
climatológicas, de las especies de plantas existentes y de las características del suelo, de
forma que todos los elementos vegetales encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil para
su normal crecimiento y desarrollo. En cualquier caso, la periodicidad del riego así como el
horario del mismo será aprobado por la Dirección Técnica del Excmo. Ayuntamiento.
El agua consumida en esta atención será de cuenta del Ayuntamiento, debiendo el
adjudicatario no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego, cuidando que
no se produzcan pérdidas de agua por bocas de riego mal cerradas, mal funcionamiento del
riego por aspersión o difusión, o cualquier otro motivo y avisando inmediatamente al Imucona
cuando se produjera cualquier avería.
Si por el incorrecto cumplimiento de este extremo, o de la realización de los riegos se
produjera derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario
establecerá por su cuenta la situación primitiva de toda la zona dañada.
Las labores de riego se planificarán por empresa adjudicataria de tal forma que por
motivo de sábado o festivos no se interrumpa el servicio más de cuarenta y ocho horas
seguidas, con la excepción de Mayo a Septiembre inclusive, que no podrá ser la interrupción
superior a veinticuatro horas, debiendo, por tanto, la empresa adjudicataria garantizar dicho
riego, al menos seis días a la semana.
Siega de céspedes.- Se realizarán con la frecuencia precisa para que la hierba no
alcance una altura tal, que estética o fisiológicamente suponga un perjuicio para el césped,
entendiéndose una altura no superior a 7 cm. En cualquier caso, la Dirección Técnica del
Ayuntamiento fijará las alturas máximas admisible para cada tipo de césped. La frecuencia de
siega será la necesaria en cada época del año para no superar ésta altura previamente
determinada.
La recogida de restos se hará inmediatamente después de la siega y ambas se
realizarán con el grado de mecanización necesario en cada caso.
Resiembra de céspedes.- En caso necesario, se efectuará procurando que la época no
coincida con la de máximas temperaturas. Previamente se realizarán paso de motocultor
incorporando al terreno abono mineral (60-125 Gr/m2.) y turba y/o mantillo (05 m3./Area).
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Se realizará un rastrillado de la zona, e inmediatamente después se extenderá la semilla, si
procede, la cual se cubrirá con martillo orgánico fermentado, intentando que la capa sea
aproximadamente 1 Cm. de espesor, y los esquejes de gramón si procede
Recorte y podas con tijeras.- Comprende la poda de formación y el pinzado de
arbustos en crecimiento libre o dirigido. Se realizarán en la forma y época precisa para la
mejor vegetación de las plantas y siempre de mutuo acuerdo con la Dirección Técnica del
Ayuntamiento.
Setos.- El brote nuevo no sobrepasará en 10 cm. la altura consolidada del seto,
empezando a realizarse en la época de comienzo de la actividad vegetativa que coincide
generalmente con finales de Febrero, principios de Marzo
Abonados.- El abonado de los céspedes se efectuará dos veces al año a principios de
primavera, y finales de verano respectivamente. Éstos abonados se harán a base de abonos
complejos de lenta liberación. En otoño se aplicará un abonado a base de mantillo orgánico
fermentado a razón de 0,5 m3/Área o bien se sustituirá por el césped reciclado procedente de
los distintos cortes siempre y cuando éstos se realicen de forma que no se produzca
acumulación de césped seco en la superficie de la pradera. No se descarta de manera puntual y
cuando el césped lo requiera un abonado de recuperación, en cualquier época del año, a base
de nitratos o correctores de carencias nutricionales.
Al realizar las plantaciones de las anuales de flor, arbustos y árboles, se abonará el
terreno con abono orgánico, mantillo con una dosificación de 1’5 m3/Area y/ó abono
complejo de lenta liberación a 60-100 grs/m2, no descartando cualquier corrector de carencias
nutricionales, excepto para las plantaciones de bulbosas en las que la utilización del mantillo
puede producir podredumbres, debiéndose realizar en este caso un abonado mineral a fondo.
En toda plantación de nueva creación de árboles, arbustos, plantas perennes y
cespitosas se aplicará un complejo formado por abonos de lenta liberación, abonos de
liberación normal, estimuladores de crecimiento y polímeros retentores de agua, como el
Terracotem u otros similares, en las dosis recomendadas para cada caso.
Los complejos y abonos serán suministrados por el adjudicatario.
Aireación.- Para facilitar la aireación del terreno, se realizará un pase de aireadora
seguida de recebo con arenadora al final de la primavera, un pase de descompactadora con
pinchos macizos a principio de otoño y un pase de escarificadora al principio de la primavera.
No se descarta la repetición de alguna de éstas labores, por excesiva compactación del
terreno, en cualquier época.
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Entrecavado.- Las partes de las zonas verdes dedicadas a plantas de flor, se
entrecavarán frecuentemente, de forma que no existan malas hierbas y que se mantenga la
buena estructura del suelo. La frecuencia dependerá de la época del año, debiendo ser mayor
en primavera-verano.
A los arbustos y árboles plantados en zonas terrizas se les dará dos entrecavados, uno
en primavera y otro en otoño, de una profundidad del orden de 12/15 Cm. , de radio, sin que
afecte en ningún caso al sistema radicular.
Rastrillado.- Todos los terrenos de cualquiera de las zonas serán rastrillados
frecuentemente y en particular, después de cada labor de entrecavado.
Limpieza.- El personal dedicará una atención constante y meticulosa de todas las
superficies objeto del contrato comprendidas dentro del perímetro de los parques y zonas
verdes, zona encespedadas, parterres, alcorques, etc.
Esta labor consistirá tanto en la eliminación de la vegetación de crecimiento
espontáneo (malas hierbas, malezas, etc.), hojas caídas, restos de labores de siega, recortes y
podas, como de los desperdicios, residuos y basuras que por cualquier procedimiento lleguen
a las zonas que son objeto de este servicio.
La eliminación de la vegetación de crecimiento espontáneo se hará dentro de las zonas
ajardinadas, parterres y alcorques así como de los bordillos perimetrales de los mismos.
La limpieza de desperdicios y basuras se hará diariamente, de lunes a viernes, y en
aquellas zonas donde se producen concentración de personas por diversos motivos, ésta
limpieza se ampliará a los sábados domingos y festivos, de forma que los jardines y parterres
se encuentren siempre en perfecto estado.
Estas labores no se limitan al barrido, recogida y amontonamiento de las indicadas
materias dentro de las superficies verdes, sino que ha de completarse con retirada inmediata
de todas ellas y su traslado, dentro de la jornada de trabajo, a vertedero con sus propios
medios, evitándose que permanezcan en la vía pública.
Tratamientos fitosanitarios.- La empresa adjudicataria quedará obligada a realizar
con sus propios medios, bajo la supervisión de la Dirección Técnica del Ayuntamiento y en
las fechas oportunas, los tratamientos adecuados en los parques y zonas ajardinadas objeto de
este Pliego, para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga que
pudiera aparecer en cualquiera de las especies, así como aquellos otros destinados a combatir
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hasta su total extinción la enfermedad o plaga una vez desarrollada. La empresa adjudicataria
mantendrá el oportuno servicio de vigilancia para detectar la posible aparición de cualquier
plaga o enfermedad.
Los productos adecuados para cada tratamiento serán suministrados por el Imucona.
Conservación del trazado, setos y perfilado de praderas.- Se mantendrá el actual
trazado, setos y perfiles de praderas en las diferentes zonas, corrigiendo la empresa a su cargo
los desperfectos o alteraciones que se pudieran originar por la incorrecta realización de las
labores (daños por la incorrecta utilización de herbicidas, cortafilos, etc.).
Jardineras, macetas y otros elementos ornamentales que contengan especies
vegetales.
El mantenimiento consistirá básicamente en:
- riego de los recipientes que contengan las plantas con la frecuencia necesaria para
que las mismas no sufran estrés hídrico.
- aporte en el sustrato de un complejo formado por abonos de lenta liberación, abonos
de liberación normal, estimuladores de crecimiento y polímeros retentores de agua, como el
Terracotem u otros similares, en las dosis recomendadas para cada caso, sin descartar
cualquier otro tipo de abono tanto sólido como líquido necesario para el buen desarrollo de las
plantas.
- tratamientos fitosanitarios tanto preventivos como curativos cuando sea necesario.
-reposición de plantas secas o en mal estado que no cumplan con la función
ornamental, deberá ser de buen porte y encontrarse en buen estado fitosanitario.
Areneros.- El mantenimiento de los areneros destinados a las áreas de juegos
infantiles consistirá básicamente en la eliminación diaria (de lunes a domingo) de basuras y
otros elementos extraños, el rastrilleo de la arena en superficie una vez al día(de lunes a
viernes) a una profundidad de 10cms. Y el volteo de la arena en todo su espesor una vez al
trimestre. Cuando así lo determine la Dirección Técnica se procederá a la desinfección de la
arena con los productos inscritos en los registros oficiales correspondientes y autorizados para
éste uso que serán suministrados por el IMUCONA.
Recinto ferial.- Con motivo de la Feria de la Primavera se procederá al exhorno del
recinto ferial. Los trabajos consistirán básicamente en la colocación y plantación de botas y
jardineras en las calles y caseta municipal, plantación de flores y colocación de tepes en la
fuente y arreglo del talud existente junto a la carretera, y aquellos otros que proponga la
Dirección Técnica, además de las labores de mantenimiento de los mismos durante los días
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que dure la Feria. Las botas, jardineras, semillas, tepes y flores necesarias, serán
suministradas por el IMUCONA.
Recogida de naranjas.- Una vez al año se procederá a la retirada de las naranjas
amargas de los árboles situados en los espacios y vías públicas. Estos trabajos se realizarán
sin causar daños al árbol y dejando la zona en perfecto estado de limpieza. Los trabajos
comenzarán en la fecha que indique la Inspección del Servicio.
Desbroces.- Se realizarán trabajos de desbroce en todas aquella zonas objeto de este
servicio de mantenimiento donde las hierbas crecen de forma espontánea al no existir ningún
tipo de vegetación específica, como es el caso del Pago de la Alhaja, El Camaleón, La
carretera NIV…La frecuencia será la suficiente para que estas zonas se encuentren en buen
estado de limpieza.
7.2. - LABORES DE REPOSICIÓN:
Estas labores consistirán en la sustitución, renovación, plantación de arbolado y
plantas permanentes o de temporada, arbustos y siembra de césped que hubieran perdido o
mermado considerablemente sus características ornamentales o bien, que hubieran sido
dañados por actos vandálicos.
En lo que se refiere al arbolado la plantación se realizara con la colocación previa de
un cilindro de plástico de al menos 800 galgas y aproximadamente 1 metro de diámetro y 1
metro de profundidad al objeto de evitar daños en acerado y calzada y provocar un
enraizamiento profundo en zonas de césped.
En lo que se refiere a las plantas de temporada, las plantaciones se efectuarán tres
veces al año fijando la Dirección Técnica del Ayuntamiento las especies a emplear y la
densidad más adecuada en cada caso con el fin de tener floración durante todo el año.
Para todas las reposiciones que se efectúen, se utilizaran tepes, semillas, pratenses,
plantas, arbustos y árboles idénticos en características botánicas, conformación, etc., a las que
en el momento de la sustitución reunían el conjunto del que ha de formar parte, a excepción
de ejemplares de grandes dimensiones que por no estar disponibles en el mercado no puedan
ser sustituidos en cuyo caso será la Dirección Técnica la que determine las características de
los ejemplares a utilizar en la sustitución.
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La densidad de la plantación será tal que al alcanzar las plantas su normal desarrollo
deberá formar un macizo tapizante que cubra la superficie del terreno ocupado.
El suministro de plantas, semillas y, en general, el material vegetal a utilizar en las
reposiciones será aportado por el adjudicatario a excepción de las plantas de temporada y
aquellas necesarias por motivo de un cambio de especies determinada por la Dirección
Técnica. Serán por cuenta del adjudicatario las reposiciones de plantas, árboles y arbustos que
se deterioren por un mantenimiento deficiente por parte de la empresa concesionaria del
Servicio o por actos vandálicos.
7.3. - LABORES DE PODA:
a). - Necesidad de la poda árboles, arbustos y recorte de setos.- Para mantener la
salud y buen aspecto de los árboles y arbustos presentes en los parques y zonas verdes objeto
de este Pliego, se han de podar en primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o muertas,
con el fin de impedir la infección por hongos xilófagos que podrían penetrar por esta vía. La
eliminación de ramas vivas y sanas solo se justifica para compensar la pérdida de raíces, para
dar buena forma, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas y para revitalizar arbustos
viejos o poco vigorosos. En definitiva, lo que se define como poda terapéutica y sanitaria no
descartándose cualquier otro tipo de poda o cirugía arbórea que la planta requiera en un
momento determinado.
En todo los casos, es fundamental efectuar los cortes correctamente y tratar
debidamente las heridas resultantes.
b).- Poda y limpieza de palmeras.- La poda de palmeras se limita a la eliminación de
hojas, hijuelos, inflorescencias e infrutescencias, teniendo cuidado de no dañar el cogollo de
la palmera.
La supresión de hojas viejas se realizará sin cortarlas a ras de estípite, conservando
aquellas tabalas que estén fuertemente adheridas y eliminando las que se desprenden
fácilmente. La distancia del corte de poda a l tronco deberá ser uniforme. Los cortes deberás
ser limpios y no deberán provocar desgarros.
Para las palmeras adultas se cortarán únicamente las hojas totalmente secas,
conservando todas aquellas hojas verdes en buen estado y respetando al máximo la forma
esférica natural de la corona. La eliminación de hojas parcialmente secas y de las enfermas,
dependerá de cada caso particular. Se deberán eliminar las inflorescencias o infrutescencias ,
especialmente en las zonas peatonales. También se procederá a eliminar la suciedad que
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pueda haber en la corona, la estípite y la peana de las palmeras, así como los nidos de
roedores. Solamente se deberán limpiar las que se desprendan con facilidad.
El acceso a la palmera en ningún caso se hará mediante espuelas o similares, que
pueden producir heridas irreversibles en el estípite, se utilizarán equipos de trepa como la
bicicleta o estribos y cintas exprés de escalada así como maquinaria como la plataforma
hidráulica, escalera hidráulica, grúa o cesta elevadora.
La herramientas de corte deberán estar bien afiladas y desinfectadas con productos
expresamente autorizados para este tipo de herramientas.
c). - Retirada de restos de poda.- Los restos de poda y limpieza se retirarán al
mismo tiempo que se van produciendo de forma que la zona quede perfectamente limpia al
finalizar la jornada. Éstos restos de forraje deberán ser trasladados a vertedero autorizado.
d). - Frecuencia de las podas.- En los parques, plazas y otras zonas verdes, los
árboles y arbustos se podarán con la frecuencia necesaria para mantener el buen estado
sanitario, forma adecuada y floración en el caso de los arbustos en flor, y el adjudicatario
estará a lo dispuesto en este sentido por la Dirección Técnica del Ayuntamiento.
En lo que se refiere a las palmeras, la poda y limpieza se realizará cada dos años y se
eliminará cuando fuera necesario, las hojas, flores y frutos con peligro de caída. La primera
poda se realizará durante el primer año de contrato.
Las labores de poda de los árboles y arbustos incluidos en las zonas objeto del
presente Pliego se realizarán preferentemente en la época de parada vegetativa, no siendo
preceptivas estas normas para las limpiezas y pinzamientos.
7.4. - MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO:
El Mantenimiento de las instalaciones de riego comprende:
- Las bocas de riego, así como sus tuberías y piezas especiales.
- Los regadores (aspersores, toberas-goteros, etc.) y la parte de su acometida
- Los pozos ubicados en los parques y zonas verdes objeto de este Pliego o que las abastezcan.
- La obligación de atender los casos esporádicos que puedan presentarse en la sustitución de
bocas de riego de tipo no oficial por otras del modelo actualmente utilizado.
- El mantenimiento de la instalación eléctrica de los mismos, incluyendo los cuadros de
mandos y protección, así como los programadores.
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- Reposición de cualquier elemento sustraído, deteriorado o dañado por actos vandálicos.
Será obligación del adjudicatario el mantenimiento del riego, en suministros a la red, a
partir del contador.
El mantenimiento del riego se hará por personal especializado en fontanería y
electricidad que llevarán a cabo las obras necesarias para el buen funcionamiento, en este
mantenimiento va incluida la obra civil que no sea propia de fontanería, así como la
obligación de reponer los materiales y dejar la zona objeto de los trabajos tal y como estaba
antes de acometer la obra.
Asimismo para el correcto funcionamiento y mantenimiento de la red y en previsión
de posibles incidencias el adjudicatario dispondrá de un servicio de guardia permanente de
fontanería durante las veinticuatro horas del día y dotado del personal, equipos, medios
técnicos y repuestos necesarios para resolver inmediatamente cualquier avería normal del
servicio o tomar las medidas necesarias para evitar el posible riesgo a los usuarios y
elementos vegetales o daños a las instalaciones.
Previa autorización del Ayuntamiento, el adjudicatario podrá realizar a su cargo
mejoras a la red de riego, que quedarán de propiedad municipal, sin derecho a indemnización
alguna. En todos los casos, cualquier reforma o nueva instalación, se ajustará a la normativa
municipal al respecto.
Cualquier mejora que se produzca en la red de riego, reforma de la misma o nueva
instalación deberá reflejarse en un plano a escala acompañado de las características de los
diferentes elementos que la componen.
Cláusula 8. Dentro de las zonas verdes, el Ayuntamiento tendrá libertad absoluta para realizar
tanto obras nuevas como mejoras en los espacios verdes entregado a conservación. A tal
efecto, podrán crearse nuevos macizos de planta en flor, nuevas praderas, plantar árboles,
transplantarlos, cambiar el pavimento de los paseos y cuantas actuaciones juzgue oportunas.
Al ser la naturaleza de la adjudicación exclusivamente de conservación, el
adjudicatario no podrá realizar obras nuevas ni mejoras que modifiquen el trazado o
características de los elementos a conservar, salvo autorización expresa de la Dirección
técnica del Ayuntamiento
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CAPITULO III
PERSONAL
Cláusula 9. El adjudicatario dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de las
labores, debiendo contar en su plantilla con un INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA, con
dedicación completa, con la debida cualificación y experiencia en conservación y
mantenimiento de zonas verdes que figurará al frente de los Servicios con plena autoridad y
los debidos poderes para resolver cuantos problemas pudieran surgir en el desempeño de sus
funciones. Este Técnico será interlocutor válido frente a la Dirección Técnica del
Ayuntamiento para todo lo relacionado con las labores propias objeto del Pliego.
La plantilla media mínima al año tendrá la siguiente composición:
.1 Ingeniero Técnico Agrícola
.1 Encargado general
.2 Oficial
.5,5 Jardinero
.10,5 Auxiliar jardinero
.6 Peón
.1 Auxiliar administrativo
En los servicios descritos, se cubrirán las bajas y las vacaciones de todo el personal
exceptuando al Técnico y al Encargado General.
Cláusula 10. Se notificará a la Dirección Técnica del Ayuntamiento los nombres y categorías, tanto
del Técnico como de los Operarios que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las
misiones a que se refiere el presente Pliego, así como las variaciones que se produzcan en el
mismo. Estos dos puestos serán sustituidos en caso de bajas de larga duración (superior a un
mes).
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Cláusula 11. El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse con
relación laboral contractual, funcionarial o de naturaleza alguna respecto del Ayuntamiento.
Cláusula 12. El personal deberá ir siempre uniformado. En el uniforme figurará el indicativo o
anagrama de la empresa, el escudo y leyenda del Área de Medio Ambiente y Desarrollo
Sostenible e IMUCONA. Los colores serán los que defina el Ayuntamiento.
Para la seguridad en el trabajo, el personal deberá disponer de los equipos de seguridad
reglamentarios de acuerdo con lo establecido en la Ley de prevención de riesgos laborales.
Cláusula 13. La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal
en la Seguridad Social dentro del Convenio Estatal de Jardinería vigente o el que fuere de
aplicación y a cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo.
CAPITULO IV
INSTALACIONES
Cláusula 14. Los licitadores deberán comprometerse a disponer, a su cargo, de los locales
necesarios para el buen funcionamiento del servicio, con al menos un teléfono de
comunicación.
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CAPITULO V
MEDIOS MATERIALES
Cláusula 15. La adquisición de todo tipo de material necesario para la prestación de los distintos
Servicios definidos en el presente Pliego será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como
los gastos de entretenimiento, conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento
durante el periodo de vigencia del contrato.
Los adjudicatarios pondrán a disposición de cada Servicio los vehículos, maquinaria y
materiales necesarios para el buen desarrollo de los mismos, de acuerdo con las
prescripciones técnicas de este Pliego, disponiendo de las reservas correspondientes de
vehículos y maquinaria para suplir las normales incidencias que surjan, de forma que bajo
ningún concepto se entorpezca la marcha del Servicio.
Todos los vehículos y maquinarias, deberán encontrarse en perfecto estado de
conservación y limpieza en todo momento.
Cláusula 16. Los vehículos deberán ser adecuados a las funciones que hayan de realizar, teniendo
buen aspecto exterior y fácil lavado, tanto interior como exteriormente. Asimismo llevarán a
ambos lados el escudo de la ciudad y leyenda del Area de Medio Ambiente y Desarrollo
sostenible e IMUCONA. Los colores serán los que el Ayuntamiento establezca.
Todos los vehículos irán obligatoriamente dotados de emisoras o telefonía móvil que
permitan su inmediata conexión con el IMUCONA.
Todo el material, vehículos y maquinaria, se encontrarán en perfectas condiciones
pudiendo ser desechado por los Técnicos del Ayuntamiento cuando no reúnan estas
condiciones, debiendo el adjudicatario sustituirlo por otro adecuado.
Cláusula 17. Queda prohibido a los adjudicatarios introducir vehículos de tracción mecánica en los
Parques, salvo en los casos necesarios motivados por las labores propias de conservación de
los mismos o de las fuentes ornamentales en ellos localizadas, tales como: suministros de
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abono, retirada de hierba segada, retirada de la leña resultante de la poda, suministro de
plantas en caso de reposición, limpieza general de los parques, etc.
Para ello y para cualquier caso excepcional, se recabará el oportuno permiso de la
Dirección Técnica del Ayuntamiento.
Los vehículos y maquinarias no podrán ser utilizados en actividades o trabajos ajenos
a los Servicios objeto de este Pliego salvo circunstancias muy especiales que deben ser
expresamente aprobadas por la Dirección Técnica del Ayuntamiento.
CAPITULO VI
INSPECCIÓN Y CONTROL
Cláusula 18. El Ayuntamiento inspeccionará en todo momento la forma de prestación de los
diferentes trabajos adjudicados en relación con las especificaciones del presente Pliego.
La Dirección Técnica del Ayuntamiento mantendrá una inspección con la
organización que estime oportuna, si bien dará cuenta a los adjudicatarios de las personas que
han de tener relación directa con ellos.
Cláusula 19. Las facultades de los técnicos designados para desempeñar el Servicio de Inspección,
serán las siguientes:
a). - Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada.
b). - Controlar si se cumple tanto lo estipulado en este Pliego como en los compromisos
posteriores del adjudicatario en cuanto al número y cualificación del personal operativo en las
distintas zonas.
c). - Determinar si los equipos, maquinarias y herramientas que hayan de utilizarse en la
realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en el presente Pliego.
d). - Fiscalizar el consumo de agua para que sea el mínimo compatible con la realización de
los riesgos adecuados.
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e). – Determinar otras actuaciones de carácter excepcional, no previstas inicialmente en los
programas de trabajo, en las cuales se estime oportuno activar los servicios de urgencia.
Se establecerá un sistema de partes diarios en los que se reflejarán las operaciones
diarias, medios humanos y materiales empleados.
Las decisiones de la Dirección Técnica del Ayuntamiento se transmitirán por escrito y
serán cumplidas de forma inmediata o en su caso, en plazo fijado por la misma.
El Puerto de Santa María a 20 de octubre de 2003.
Fdo. : Isabel Mochales Gutiérrez
Adjunta al Servicio de Imucona
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ANEXO I
1.
2
3.
4.
Plaza de El Polvorista
Plaza de Cristóbal Colón
Zona verde calle Caña
Jardineras y macetas de. Calle Palacios, calle Luna y calle Virgen de Los Milagros, Plaza
de España, Plaza de Las Galeras, Parque Calderón e isletas Estación de Ferrocarril.
5. Parque Calderón
6. Plaza del pescador
7. Plaza de Isaac Peral
8. Plaza Los Jazmines
9. Paseo de la Victoria
10. Parque del Vino Fino e Isletas
11. Ronda del Ferrocarril
12. Plaza de La Esperanza
13. Nudo de confluencia entre Avenida de Sanlúcar y Ronda del Ferrocarril.
14. Plaza del Hermano Ignacio
15. Cruce Avenida de Fuentebravía con calle San Francisco.
16. Callejón de La Escuela.
17. Cruce del Oasis.
18. Calle Valdés y monumento al Toro
19. Parque de Europa
20. Plaza de los Arrumbadores
21. Plaza de los Olivos entre calle Octavio Paz y Avda. Dr. Marañón y zona verde situada
entre Octavio Paz, Dr. Marañón y Salvador Rueda.
22. Talud Dr. Marañón y calle Enrique Ochoa
23. Plaza del Pelícano
24. Zona verde confluencia Avenida Padre de las Casas y calle Rodrigo de Bastida
25. Calle de Antonio Caraballo
26. Plaza de la Tradición
27. Zona verde Puntilla Puerto
28. Rotonda de La Puntilla
29. Paseo José Luis Tejada
30. Paseo Marítimo de La Puntilla
31. Paseo del Aculadero
32. Variante (tramo que discurre desde el Colegio Inglés hasta el Puente)
33. Urbanización Cuatropinos
34. Carretera de Fuentebravía, desde el Oasis hasta entrada Fuentebravía
35. Zona verde playa de Fuentebravía en calle Calabaza
36. Rotondas Avenida del Parador
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37. Avda. Los Corales
38. Avda. Madrid
39. C/ Las Olas
40. Rotonda Pueblos de la Sierra
41. Avda. de La Paz
42. Avda. Tiro de Pichón
43. C/ Bahía y alineación de arbolado de Avda. Santa María del Mar.
44. Pradera Avda. del Mar ( junto a Colomina)
45. Isleta cruce c/ Zahara de la Sierra con Avenida del Mar
46. Avda. Guachi
47. Paseo Marítimo de Valdelagrana
48. Zona verde Barriada de los Madrileños.
49. Zona verde c/ Carabela Santa María (Bda. Sericícola)
50. Zona verde PP VA-2 Valdelagrana.
51. Rotondas carretera Nacional IV:
- rotonda de Pozos Dulces, incluyendo la zona verde del aparcamiento adyacente.
- rotonda junto al Parque de La Victoria.
- rotonda junto al Parque de bomberos.
- rotonda de acceso a la variante a Rota.
52. Rotonda Cante de Los Puertos.
53 Rotonda Camino Viejo de Rota.
54 Plaza Río San Pedro( calle Del Mar)
55 Zona verde Pago de la Alhaja.
56 Zona verde El Camaleón
57 Zona verde Plan Parcial Duna de águila, incluyendo rotondas y acerados.
58 Plaza Escritor Salvador Rueda
59 Zona verde Avenida del Descubrimiento
60 Carretera N IV desde el Aqua-park hasta el río San Pedro
61 Rotonda de Magisterio.
62 Urbanización de Vallealto
63 Parque de La Paz (a partir del uno de Mayo)
64 Parque de La Arboleda Perdida
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