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Clave de la recomendación: CCNDS/II/13/05 SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES PRESENTE Los que suscribimos integrantes del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable, de la Agenda de Transversalidad, con fundamento en los artículos 157 y 159 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y el Acuerdo mediante el cual se crean el Consejo Consultivo nacional, 6 Consejos Consultivos Regionales y 32 Consejos Consultivos Núcleo para el Desarrollo Sustentable (publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 14 de marzo de 2008), emitimos en nuestro carácter de asesores de la Semarnat, la siguiente recomendación de conformidad con los siguientes: Antecedentes (Breve descripción de la problemática, situación, historial o aspectos del entorno dentro del que se genera la recomendación) PROBLEMA IDENTIFICADO.- Existencia de un malestar de expresión regional por la presencia de actividades productivas del sector minero, sobre todo en desarrollos en donde se apliquen metodologías adoptadas para explotaciones a cielo abierto y el empleo de insumos de consideración contaminante. En la mayoría de los casos, se argumentan razones de carácter ambiental, sin embargo existen aspectos sociales, legales, administrativos y de tipo económico que inciden estructuralmente y no permiten el desarrollo del sector en regiones con un alto potencial minero. La problemática muestra varias facetas que ubican a la controversia bajo un contexto transversal, ya que se requiere de modificaciones, actualizaciones y reestructuración de leyes, reglamentos y normatividades operativas, ambientales y legales, que permitan una sana relación entre la inversión minera (concesionarios) y los propietarios o posesionarios de los predios en donde se ubiquen los recursos minerales y una saludable interacción de estos con la naturaleza y el entorno ambiental. Existen muchas voces que satanizan a la minería, muchas de ellas irracionalmente relacionan al sector con depredación del medio ambiente, minería igual a cianuro, minería igual a despojo de la riqueza nacional, minería igual a generación de desigualdades, minería igual a degradación ambiental, etc. De estas afirmaciones se generan las siguientes consideraciones: ¿estamos todos los que señalamos negativamente a la minería, dispuestos a no emplear cementos, aceros y perfiles metálicos para la construcción, a no ser propietario de un auto, no subirse a un camión, al metro, a las joyas y monedas o no emplear los medicamentos y alimentos balanceados muchos de ellos formulados por sales minerales, o acaso dispuestos a prescindir de la energía eléctrica que generan las carboníferas, o de todas las aleaciones metálicas que se emplean en la industria y en la vida cotidiana? o por si fuera poco: ¿estamos de acuerdo en que se cierre la minería a nivel nacional, que se eliminen los 300,000 empleos directos que genera el sector, a renunciar a los $ 26,000 millones de dólares correspondientes al cuarto lugar de la conformación del PIB del año 2012 y que todas las materias y elementos básicos que aporta la minería y que se requieren para el desarrollo, se los compremos a china? La respuesta es un absoluto ¡no! …….. En estas condiciones, es imprescindible buscar soluciones validas que permitan la armonía de este importante sector de la economía, bajo condiciones estrictas de aplicación de leyes, reglas y normatividades que regulen y mitiguen los impactos a la naturaleza, generen un entorno de sustentabilidad y permitan la interacción de la sociedad de una manera valida, justa e inteligente. 1 Cabe señalar que no basta con ajustes a los reglamentos, es realmente necesaria una supervisión estricta de la aplicación de estos, informar de manera clara y precisa a la sociedad de sus derechos y posibilidades y hacer de la actividad de la minería, un sector más humano y social en donde se permee a las comunidades vecinas a las explotaciones en operación, beneficios tangibles que participen en el desarrollo local, regional y del país. Considerandos (Descripción de los razonamientos, aspectos de orden normativo, estrategias y acciones de los tres órdenes de gobierno que sustentan la emisión de la recomendación) RAZONAMIENTOS.- El sector minero genera importantes ingresos al fisco ya que es una de las actividades con mayores cargas arancelarias, cabe señalar que los recientes ajustes aprobados por el congreso para el año 2014, pueden alcanzar hasta un 57% de impuestos, situación que afectará irremediablemente de manera negativa a la inversión nacional y extranjera en un futuro al corto plazo. Es claramente comprobable que el sector minero es la actividad económica más regulada en México, basta con mencionar las dependencias, organismos y oficinas que intervienen en su cotidiana operación, a saber: Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE); Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); Secretaría de Economía (SE); Dirección General de Inversión Extranjera (DGI); Dirección General de Regulación Minera (DGRM); Dirección General de Desarrollo Minero (DGDM); Fideicomiso de Fomento Minero (FIFOMI); Servicio Geológico Mexicano (SGM); Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) ; Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU); Registro Agrario Nacional (RAN); Procuraduría de la Reforma Agraria; Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI); Comisión Nacional del agua (CONAGUA); Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA); Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos; y Secretaría de Energía (SENER). Asimismo, existe una gran cantidad de leyes, normas, reglamentos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales que regulan al sector. Es claro detectar que existe un problema de aplicación de la ley y sus normas, una deficiente supervisión y monitoreo que limitan un verdadero diagnóstico del quehacer del sector y una inexacta comunicación de las ventajas y virtudes de esta actividad económica. Se considera que se debe simplemente aplicar la ley y las formas éticas que determina el bien hacer de las actividades del sector. NORMATIVIDAD.- Las leyes y normatividad existen, entre otras como: la Ley Minera, LGEEPA, Ley General de Bienes Nacionales, Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, etc., normas específicas como: NOM-043SEMARNAT, NOM-052-SEMARNAT, NOM-053-SEMARNAT, NOM-055-SEMARNAT, NOM-120SEMARNAT, NOM-141-SEMARNAT, NOM-161-SEMARNAT, NOM-018-STPS, NOM-023-STPS, NOM-031-STPS, etc. Lo realmente relevante es su estricta aplicación. ESTRATEGIAS.- México cuenta con una amplia tradición minera, su territorio posee una gran riqueza y un alto potencial de recursos minerales, por lo que es indispensable promover políticas, programas y acciones de gobierno, así como sanas prácticas empresariales orientadas al desarrollo sustentable y la responsabilidad social corporativa, para que estos recursos sean aprovechados en forma integral y sustentable en beneficio de la nación, de las regiones en donde se ubican los distintos yacimientos minerales y contribuir con ello al bienestar de las comunidades y la generación de empleos. Las acciones en este sentido, deberán estar enfocadas a la inversión en la minería, ofreciendo un ambiente confiable que transmita certidumbre a las inversiones responsables en la exploración, explotación y beneficio de minerales, propiciando asimismo la competitividad en el sector. La realización de foros informativos será parte de la estrategia para mantener adecuadamente a la sociedad al tanto de las acciones, posibles afectaciones y conocimiento de las bondades que el 2 desarrollo del sector aportaría en las distintas regiones del País. Será fundamental revisar con base en las necesidades actuales del país y en los avances tecnológicos y normativos internacionales, los parámetros y los límites de contaminantes en descargas en efluentes o disposición de sólidos, uso y manejo de explosivos, métodos de explotación, almacenamiento de productos, procedimientos de beneficio y fundición de minerales, etc., estableciendo la aplicación obligatoria de una evaluación de impacto ambiental para proyectos mineros, clara, objetiva, semejante a lo que propone la Environmental Law Alliance Worldwide (jul, 2010). Parte relevante será definir con precisión las especificaciones ambientales para el cierre de operaciones mineras, de tal suerte que sea posible prevenir, minimizar y controlar los impactos ambientales que pudieran ocasionarse con posterioridad al cierre de una operación minera y la restauración de las localidades en donde se llevaron a cabo las actividades de referencia. Generar las condiciones que aseguren que las empresas se desarrollen en un clima de negocios favorable, en condiciones de equidad, inclusión, buscando que los concesionarios, comunidades y los propietarios de los terrenos involucrados accedan a los beneficios, bienes y servicios que generen los proyectos mineros. Promover el desarrollo de proveedores responsables para alcanzar una cadena productiva del sector, plena y fortalecida que permita lograr índices de crecimiento en la competitividad de la industria minera. Promover adecuaciones al marco regulatorio, a fin de fortalecer a los organismos que apliquen las normas de forma transversal u horizontal y los de carácter vertical o sectorial, mediante la revisión del marco regulatorio nacional, diagnosticar su aplicación y elaborar propuestas sobre proyectos de disposiciones legislativas y administrativas y programas para mejorar el monitoreo y el diseño institucional de las agencias regulatorias. Por lo anterior, los miembros del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable emitimos la siguiente: Recomendación (Escribir de manera, clara, entendible y concreta el texto de la recomendación). Formalización de un grupo de trabajo interdisciplinario “Minería y Medio Ambiente”, conformado por miembros de la Semarnat, la Secretaría de Economía, particularmente del Servicio Geológico Mexicano, la Dirección de Minería, la Dirección General de Regulación Minera, integrantes del Comité Consultivo Nacional de Normatividad del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Dirección General de Desarrollo Minero y del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable, así como dependencias y organismos relacionados en la materia, en donde puedan participar invitados externos especiales, que conserven un amplio conocimiento en los temas relacionados, para hacer un análisis, con la visión de todos los involucrados y, a partir de ello, ver qué tipo de recomendaciones informadas y con conocimiento pueden hacerse para ayudar a normar la política ambiental en la materia. Esta recomendación fue elaborada por: Ing. Gerardo Carrillo de Isolbi Comisión Técnica o Grupo de Trabajo: Agenda de Transversalidad Coordinador de la Comisión Técnica o Mtra. Hilda Martínez Salgado Grupo de Trabajo: Consejeros integrantes: 1. Carlos de la Parra Rentería 2. Rosalba Thomas Muñoz 3. Nein Farrera Vázquez 4. Rolando Ibarra Rodríguez 3 5. Juan Carlos Belausteguigoitia 6. Margie Simon Fine 7. Pedro Javier Pliego Castil 8. Gerardo Carrillo de Isolbi 9. Rosa Susana Campos Romero 10. José Salvador Rivera Chávez 11. Maria del Carmen Tajonar Méndez 12. Jesús Julio Díaz Reyes 13. Eckart Boege Schmidt 14. Hilda Martínez Salgado Dado en México, D.F., sede de la 2ª Sesión Ordinaria del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable, 5 de diciembre de 2013. 4