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LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA SOBRE LA JUSTICIA EN VENEZUELA
Por Rogelio Pérez Perdomo y Laura Louza
Las estadísticas en materia de justicia tienen generalmente dos funciones en
cualquier país. Una función puede llamarse de gestión: la estadística permite a los
órganos de supervisión del sistema evaluar los servicios que están prestando, los
eventuales cuellos de botella u otras debilidades en la operación de los sistemas y, en
particular, el desempeño individual de los operadores de justicia. La segunda función no
es menos importante: es la rendición de cuentas al público en general sobre el
desempeño de los sistemas. Es así que las estadísticas de justicia deberían informarnos
sobre lo que ingresa y procesa el Poder Judicial, el Ministerio Público, las policías, el
sistema penitenciario, las notarías y registros y otros organismos del sistema de
justicia1.
Las estadísticas de justicia no son necesariamente el reflejo de fenómenos o
realidades sociales, pero son fotografías en el tiempo de la acción de los operadores
principales del sistema. Así, las estadísticas de criminalidad realmente no nos dicen
cuántos crímenes se cometen en un país, sino cuántos han llegado a conocimiento de la
policía. Este dato es muy importante porque puede revelar la propensión de denuncia en
el público. Como tenemos otros mecanismos para apreciar el nivel de la delincuencia
(por ejemplo, encuestas de victimización o nuestra experiencia como ciudadanos) la
estadística delictiva nos dice algo sobre la acción de la policía y el lugar de ésta en la
sociedad. Por otra parte, la información estadística tiene sentido cuando los datos del
presente se comparan con los del pasado. Por eso es tan importante la llamada serie
estadística.
Como esto puede aparecer abstracto usemos un ejemplo: supongamos que la
estadística muestre que el número de delitos, o el de determinados delitos como robo u
homicidio, haya descendido. Esto puede significar varias cosas. Generalmente los
funcionarios del área desean presentarlo como un logro de políticas oficiales que han
hecho disminuir la delincuencia, pero esto no es sino uno de los significados posibles.
Podría significar también que se haya incrementado la desconfianza frente a la policía y
que la población haga menos denuncias. Puede también ocurrir que haya una nueva
definición de homicidio o de robo. En consecuencia, para entender el significado de una
serie estadística se requiere de análisis y la consideración de otras fuentes de
información.
Como hay varios organismos que producen información estadística tiene el
mayor sentido analizar la relación entre cifras de distinto origen. Así, al cruzar la
información entre casos conocidos o resueltos por la policía y casos ingresados en los
tribunales penales en un determinado período de tiempo, puede evaluarse si el sistema
policial y el judicial operan armoniosamente. Por ejemplo, una cifra muy superior de
casos policiales sobre casos judiciales puede indicar que la policía está tomando
1
Según el artículo 253 de la Constitución: “El sistema de justicia está constituido por el Tribunal
Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría
Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia,
el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la
administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados para el ejercicio”.
1
decisiones que no le corresponden o que la administración de justicia es ineficaz e
ineficiente. Una cifra superior de casos judiciales sobre casos policiales puede significar
el uso de definiciones distintas.
En otros ámbitos de actividad del sistema de justicia, la información estadística
puede ser muy importante. Por ejemplo, la comparación entre las cifras de documentos
notariados y registrados (que en general reflejan la actividad de negocios) y la cifra de
demandas introducidas en tribunales civiles patrimoniales y mercantiles puede producir
una tasa de litigiosidad, un dato que quienes se ocupan de la marcha de un sistema de
justicia no deberían ignorar. En el mismo sentido, la comparación de la información
cuantitativa de matrimonios contrastada con demandas de divorcio, indica la tasa de
divorcialidad. Esto es importante porque las cifras de divorcio no tienen demasiada
significación por sí mismas. Tales cifras pueden decirnos algo comparadas con la
población y con los matrimonios que se realizan en un país.
Los datos estadísticos que se publican tienen también un significado sobre la
relación entre quien recoge la información y el público a quien está destinada la
publicación. En materia de justicia la estadística es una rendición de cuentas de la
actividad de los organismos del estado con competencia en la justicia. Cuando vemos
que los organismos que producen la estadística no definen los términos y que el lector
sólo puede tratar de adivinar lo que significan los términos no hay transparencia en la
rendición de cuentas. Puede ser que el organismo del estado simplemente sea negligente
en definir los términos y en asegurarse que se entienda el significado de los datos. O,
más grave, puede significar que el organismo del estado desea confundir sobre su
acción. Es bien conocido que en determinados momentos, los organismos estadales
pueden oscurecer las cifras con determinados propósitos. Por ejemplo, un organismo
estatal puede estar interesado en que las cifras delictivas aparezcan más bajas para
mostrar su eficacia controlando la delincuencia o puede abultarlas para convencer al
público que necesita un mayor financiamiento para atender el problema.
Con todas las limitaciones que puede significar la información estadística es
bueno facilitar el acceso para que aquellos que necesiten o deseen trabajar con esa
información puedan hacerlo con comodidad. La información estadística recogida sin
transparencia o con negligencia, o los frecuentes cambios en el tipo de información que
se publica, hacen menos útil o más complicado trabajar con la información estadística,
pero aun así la información es extraordinariamente útil, pues la negligencia o la falta de
transparencia también dice mucho de la manera cómo funciona un sistema de justicia.
En todo caso, cualquier información estadística requiere que la tomemos con un espíritu
crítico. El peor pecado que puede cometerse es confundir la estadística con la realidad.
Las estadísticas en materia de justicia en Venezuela se han publicado
tradicionalmente en el Anuario Estadístico Venezolano y también en las memorias y
otras publicaciones de organismos como el extinto Consejo de la Judicatura, el
Ministerio del Interior y Justicia, el Ministerio Público y varias otras instituciones del
sistema de justicia. El Tribunal Supremo de Justicia a partir del año 2000 se ha
encargado de las estadísticas de la administración de justicia a través de su página web
(www.tsj.gov.ve) y de su “Informe Anual”.
El problema es que las estadísticas se publican por año y por separado, con lo
cual se hace difícil la comparación de datos de distinta fuente y el análisis de la
2
tendencia ya que no se organizan en series. En consecuencia, tampoco se hacen
publicaciones que expliquen las tendencias, sus cambios o evolución.
Debe decirse además que desde el año 2004 el Anuario Estadístico Venezolano
no ha sido publicado. Así que, a partir de ese año, no hay estadísticas sobre el sistema
de justicia publicadas por un órgano especializado.
El Tribunal Supremo de Justicia hace referencia fundamentalmente a asuntos
ingresados y a expedientes decididos. El informe anual además clasifica los expedientes
decididos según el tipo de recurso o acción a que se refieren. Se observa que hay cifras
diferentes entre los informes anuales y la página web, lo que puede hacer dudar de la
fiabilidad de los datos.
Asimismo, llama la atención que lo que se clasifica como expedientes decididos
no son casos concluidos, sólo son decisiones sobre una solicitud que no necesariamente
terminan el caso. Únicamente, existen estadísticas sobre asuntos ingresados y asuntos
resueltos, que a veces parecieran indicar que los tribunales resuelven más casos de los
que ingresan. El punto es que “asunto” no es equivalente a “caso”. Al contrario, cada
caso puede generar un número indeterminado de asuntos ingresados y resueltos. Un
indicador que se aproxima a la resolución de un caso es el número de sentencias
definitivas.
Debe añadirse que el Tribunal Supremo de Justicia no informa sobre el número
de sentencias definitivas, sino sobre el número de expedientes decididos. El problema es
que la resolución de un expediente no necesariamente implica la emisión de una
sentencia definitiva. De hecho, en el número de expedientes decididos se incluye
cualquier decisión que ponga fin al asunto, como la inadmisión de un recurso, aunque
no se decida sobre el fondo de lo planteado y en consecuencia, no resuelva el conflicto,
es decir, el caso.
El Tribunal Supremo de Justicia no publica el informe anual desde el año 2007,
es decir, se podría decir que no hay una publicación oficial de estadísticas de lo ocurrido
a partir de 2006 en el ámbito de la administración de justicia. Aunque en su página web
se encuentra la información de asuntos ingresados y expedientes decididos del Tribunal
Supremo de Justicia, no está la de los demás tribunales, ni la relacionada al número de
expedientes decididos por materia, ya que esto sólo se encuentra en el informe anual.
Se nota el esfuerzo en este ámbito que ha hecho la Dirección Ejecutiva de la
Magistratura al poner en su página web un formato para recopilar datos y obtener
indicadores que los tribunales deben compilar. Es más completo que lo que publica el
Tribunal Supremo de Justicia. Sin embargo, si se ingresa a la página web de la
Dirección Ejecutiva de la Magistratura en la sección de estadísticas judiciales y más
precisamente de informes, aparece la planilla con las casillas en blanco. Pareciera que la
Dirección Ejecutiva de la Magistratura no ha tenido mucho éxito en este ámbito. Si se le
solicita personalmente la información, por lo general, desde 2008 no la provee2.
Debe destacarse que la falta de estadísticas oficiales en la actualidad no es un
problema sólo del Poder Judicial, sino del Estado venezolano. El informe de la
2
Hemos enviado estudiantes que preparan trabajos de grado de derecho de la Universidad Metropolitana
y no han recibido la información. El organismo dice no disponer de ella.
3
Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicado en 2010 titulado
“Democracia y Derechos Humanos en Venezuela” en la página 14 manifiesta su
preocupación por “la falta de acceso a información pública” y el propio Estado reconoce
“que está haciendo lo imposible por superar el problema de la falta de información de
los organismos públicos, en particular de información estadística”.
A pesar de esta situación, todavía se puede encontrar bastante información sobre
lo que ocurre en la administración de justicia venezolana. Esta información la proveen
organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales, los medios de
comunicación e investigadores que logran tener acceso a datos oficiales y los organizan.
La página web del Tribunal Supremo de Justicia en que se publican todas las sentencias
resulta también una excelente fuente de información que permite conocer datos que no
están de forma sistematizada en el informe anual, ni en la propia página web. El reciente
estudio estadístico del abogado Antonio Canova3 en que analiza cada una de las
sentencias de la Sala Político Administrativa de 2007 y el primer semestre de 2008 para
mostrar cuántas sentencias definitivas se dictan y a favor de quién, es una excelente
demostración de esto.
Evidentemente el Internet también es una herramienta fundamental para que se
divulgue y sea más accesible la información. Llama la atención la gran cantidad de blog
que contienen información sobre lo que ocurre en Venezuela que permiten recopilar
estadísticas, aunque en este ámbito debe tenerse cuidado con la confiabilidad de la
fuente y de la forma en que se analiza.
3
Titulado: Las realidades del Contencioso Administrativo Venezolano, publicado por Funeda en Caracas
en el año 2009.
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